Este documento presenta información sobre el Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE) y el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) en Perú. Explica que el SNIP establece normas y procedimientos para la formulación, evaluación y ejecución de proyectos de inversión pública, CONSUCODE regula los procesos de contratación de obras públicas, y SEACE busca agilizar dichos procesos de manera
4.3 Subestaciones eléctricas componentes principales .pptx
SNIP, CONSUCODE y SEACE: Herramientas para la inversión pública
1. I
|UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO – PUNO
FACULTAD DE INGENIERIA CIVIL Y
ARQUITECTURA
ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA CIVIL
MANUAL:
SNIP, CONSUCODE Y SE@CE
CURSO : CONSTRUCCIONES I
DOCENTE : ING. Augusto Molina Chavez
PRESENTADO POR:
Aliaga Quilca Smath Pol
Onofre Cervantes David Gabriel
Pacoticona Arua Richard Jesus
Flores Mamani Aydon Gil
Coaquira Justo Edwin Gildo
SEMESTRE: V
Grupo B
2016
2. INGENIERIA CIVIL UNA-PUNO
2
INDICE:
1. INTRODUCCIÓN ............................................................................................................................... 3
2. OBJETIVOS......................................................................................................................................... 4
2.1. OBJETIVOS GENERALES: ................................................................................. 4
2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS:............................................................................... 4
3. CONTENIDO........................................................................................................................................ 5
3.1. SNIP .................................................................................................................................... 5
3.1.1. INTRODUCCIÓN.......................................................................................................... 5
3.1.2. DEFINICIÓN.................................................................................................................. 6
3.1.3. ANTECEDENTES. ....................................................................................................... 8
3.1.4. ALGUNAS CONSIDERACIONES............................................................................. 9
3.2. CONSUCODE................................................................................................................. 11
3.2.1. CREACIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y
ADQUISICIONES DEL ESTADO ....................................................................................... 11
3.2.2. CONCEPTO:............................................................................................................... 11
3.2.3. OBJETIVOS INSTITUCIONALES:.......................................................................... 12
3.2.4. FUNCIONES: .............................................................................................................. 13
3.2.5. ORGANIGRAMA........................................................................................................ 14
3.2.6. ORGANIZACIÓN........................................................................................................ 15
3.3. SEACE .............................................................................................................................. 19
3.3.1. ¿QUÉ ES EL SEACE?.......................................................................................... 19
3.3.2. ¿QUÉ FUNCIONALIDADES TIENE EL SEACE?............................................ 19
3.3.3. ¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DEL SEACE?........................................... 19
3.3.4. ¿CUÁLES SON LAS DISPOSICIONES QUE REGULAN EL SISTEMA
ELECTRÓNICO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO? .......................................... 20
3.3.5. ¿QUÉ ÁREAS TEMÁTICAS DE ACCESO PUEDO ENCONTRAR EN EL
PORTAL SEACE O SEACE PÚBLICO EN GENERAL?.............................................. 20
3.3.6. ¿CUAL ES EL ESQUEMA DEL SEACE?......................................................... 21
3.3.7. ¿CÓMO PUEDO OBTENER INFORMACIÓN RESPECTO A LOS
PROCESOS PROGRAMADOS PARA EL PRESENTE AÑO DE LA ENTIDAD DE MI
INTERÉS? .............................................................................................................................. 21
3.3.8. ¿POR QUÉ EXISTEN DOS VERSIONES DEL SEACE? ............................... 24
3.3.9. ¿CUÁNDO SE UTILIZA LA VERSIÓN 2.0 O LA 3.0 DEL SEACE? ............ 24
4. BIBLIOGRAFÍA ................................................................................................................................ 25
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1. INTRODUCCIÓN
Para que un país progrese tiene realizar diversas tareas tales como mejorar la
calidad de vida, implementar cosas nuevas, mejorar en cuanto a sus construcciones
en fin cada vez modernizarse más y más.
Se sabe también que todas las obras que se realizan tienen como base un proyecto
que muchas veces no es el adecuado y es así como se invierte de manera negativa
la inversión de un país. Para contrarrestar este problema surgió el SNIP.
Como también surgió CONSUCODE cuya misión es de administrar el Registro
Nacional de Contratistas de Obras Públicas, a fin de garantizar la idoneidad técnica
y económica de los que contratan la ejecución de obras públicas. También velar por
el cumplimiento de la legislación normativa de los procedimientos de licitación y
contratación de obras públicas.
Y por último hablaremos del SE@CE cuyo objetivo principal es fortalecer y agilizar
los procesos de contrataciones e incrementar la transparencia en los contratos de
bienes, servicios y obras.
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2. OBJETIVOS
2.1. OBJETIVOS GENERALES:
Dar a conocer al estudiante de manera resumida los
conceptos de SNIP, CONSUCODE Y SE@CE.
Que el alumno entienda la importancia de conocer estos
conceptos.
2.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS:
Que el estudiante pueda entender los temas de SNIP,
CONSUCODE y SE@CE .
Que el estudiante entienda las funciones que cumplen el
SNIP, CONSUCODE Y SE@CE.
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3. CONTENIDO
3.1. SNIP
3.1.1. INTRODUCCIÓN
El Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) se implementa en nuestro país con
la finalidad de elevar la calidad de las inversiones y mejorar los niveles de equidad,
eficiencia y sostenibilidad del gasto público, para ello, se determinó como unidad
básica de análisis al proyecto y su ciclo de vida.
La incorporación del Sistema Nacional de Inversión Pública en nuestro medio
significa un avance en materia de evaluación y toma de decisión racional de los
proyectos propuestos por el sector público, ya que uniformiza conceptos, criterios y
metodologías, además de brindar un marco legal que norma su operación.
Su aplicación en forma progresiva en las entidades del sector público fue un acierto
metodológico pero con algunas limitaciones de información y poca flexibilidad en el
uso de los manuales.
Es indudable que los avances son importantes, pero existen algunos componentes
que no facilitan su aplicación, por lo tanto, es necesario mejorarlos. Las
observaciones siguientes se proponen bajo una perspectiva crítica, para que sirvan
de reflexión de todas aquellas personas que, en su quehacer diario llevan consigo
las inquietudes por comprender y dar respuestas a interrogantes en esta materia.
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3.1.2. DEFINICIÓN
El Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) es un instrumento del Estado que
permite la mejor utilización de los recursos públicos destinados a la inversión. Para
tal efecto, el SNIP aplica un conjunto de principios, normas técnicas métodos y
procedimientos para la formulación, evaluación y ejecución de Proyectos de
inversión publica.
Un proyecto es una alternativa de inversión cuyo propósito es generar una
rentabilidad económica. En el caso de los proyectos de inversión pública, y tomando
la definición del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), "es toda intervención
limitada en el tiempo que utiliza total o parcialmente recursos públicos, con el fin de
crear, ampliar, mejorar, modernizar o recuperar la capacidad productora de bienes
o servicios ". Por lo tanto, su objetivo es más bien dar solución a algún problema
identificado en un área específica o en una población determinada, por lo que
debería generar una rentabilidad social con su ejecución. En este sentido, resulta
evidente la importancia de evaluar todo proyecto de inversión pública, a fin de
determinar si realmente alcanza una rentabilidad social mínima deseable, dados los
recursos económicos con los que cuenta el estado
Un proyecto implica tres niveles de análisis: el perfil, el estudio de prefactibiliadad,
y el de factibilidad
El perfil se elabora principalmente con fuentes secundarias y preliminares. Tiene
como propósito central la identificación del problema que se quiere resolver y de sus
causas, de los objetivos del proyecto, y de las alternativas para la solución del
problema; asimismo, debe incluir una evaluación preliminar de dichas alternativas.
Para evaluar las alternativas de solución deben compararse los beneficios y
costos de la situación "con proyecto" respecto a la situación "sin proyecto". La
situación "sin proyecto" se refiere a la situación actual optimizada, que implica
eliminar posibles deficiencias en la operación de dicha situación a través de
intervenciones menores o acciones administrativas.
El estudio de prefactibilidad tiene como objetivo acotar las alternativas identificadas en el
nivel del perfil, sobre la base de un mayor detalle de la información que se utiliza para
llevarlo a cabo. Incluye la selección de tecnologías, localización, tamaño y el momento
óptimo de inversión, que permitan una mejor definición del proyecto y de sus componentes.
El estudio de factibilidad tiene como objetivo establecer en forma definitiva los aspectos
técnicos fundamentales del proyecto que se evalúa: la localización, el tamaño, la tecnología,
el calendario de ejecución, puesta en marcha y lanzamiento, organización, gestión y análisis
financiero.
Generalmente, todo proyecto de inversión pública debe ser evaluado utilizando los tres tipos
de estudios antes mencionados, en la secuencia en que han sido propuestos. Sin embargo,
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es posible que en el caso de un proyecto de pequeña escala baste realizar un estudio a
nivel de perfil.
COMO FUNCIONA EL SNIP
Secuencia de pasos que todo PIP, por Ley, debe cumplir; o mejor dicho, la forma
cómo el país ha decidido hacer inversión"
Qué esun PIP? Definición Normativa
Toda intervención limitada en eltiempo
Que utiliza totalo parcialmente recursospúblicos
Con elfin de crearampliar, mejoraro recuperar la capacidad productora de bieneso servicios
de la entidad pública
Cuyosbeneficiosse generen durante la vidaútildelproyecto y son independientesde losotros
proyectos
Toda entidad o empresa del sector público no financiero que use recursos públicos
para la ejecución de proyectos de inversión.
NO SON PIP
Las intervenciones que constituyen gastos de operación y mantenimiento
La reposición de activos que:
(i) se realice en el marco de las inversiones programadas de un proyecto declarado
viable;
(ii) esté asociada a la operatividad de las instalaciones físicas para el
funcionamiento de la entidad; no implique ampliación de capacidad para la provisión
de servicios
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3.1.3. ANTECEDENTES.
El referente inmediato anterior al Sistema Nacional de Inversión Pública del Perú lo
constituye el Sistema Nacional de Planificación, el mismo que fue desactivado al
disolverse su órgano rector el Instituto Nacional de Planificación el año de 1992,
asumiendo dichas funciones el Ministerio de Economía y Finanzas.
El Sistema Nacional de Inversión Pública está conformado por:
La dirección general de programación multianual del sector público (DGPM)
del Ministerio de Economía y Finanzas, es la más alta autoridad técnica
normativa del Sistema.
Los Órganos Resolutivos, es la máxima autoridad ejecutiva de cada sector.
Las Oficinas de Programación e Inversiones (OPI), es el órgano técnico del
Sistema en cada sector.
Las Unidades Formuladoras (UF), son las dependencias o entidades del
sector público registradas ante la DGPM, es la encargada de elaborar los
estudios de pre inversión
Las Unidades Ejecutoras (UE), son las dependencias o entidades del sector
público con capacidad legal para ejecutar proyectos de inversión pública.
La aplicación del Sistema Nacional de Inversión Pública fue en forma
progresiva ya que en sus inicios excluía a los gobiernos locales de su
aplicación, para posteriormente a través de la Resolución Directoral Nº 007-
2003-EF/68.01, aprobar la Directiva Nº 004- 2003-EF/68.01 Directiva para los
Gobiernos Regionales y Gobiernos locales donde se determina incluirlos
según parámetros establecidos.
Los proyectos de inversión pública están sujetas a las siguientes fases o ciclos:
Fase de Pre inversión: se realizan los estudios para sustentar y obtener la
viabilidad del proyecto.
Fase de Inversión: se inicia una vez obtenido la viabilidad del proyecto.
Fase de Post Inversión.
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3.1.4. ALGUNAS CONSIDERACIONES
Primero: Para que el SNIP cumpla con sus objetivos, es importante que se
desarrolle una cultura de proyectos, ello requiere de la formación de profesionales
con especialización en la materia. En nuestro medio se han realizado
capacitaciones que por su estructura y la cantidad de horas, resultan insuficientes;
es más, en el país, esta materia se desarrolla académicamente con muchas
limitaciones.
Por la naturaleza de los cursos, siempre los temas de formulación y evaluación
quedan pendientes de ser desarrollados, por lo que sería necesario programar
cursos donde se expliquen temas específicos (evaluación social, oferta y demanda,
etc.); también, es recomendable realizar capacitaciones según los niveles de
conocimiento de los participantes.
Todo esto, influirá en mejorar la calidad de los proyectos y así facilitar el proceso de
viabilidad así como de efectividad de las unidades formuladoras.
Segundo: En lo que respecta a los manuales para la preparación de los proyectos
disponibles en el portal del Ministerio de Economía y Finanzas es necesario que la
metodología empleada en estos documentos sea más práctica y consistente en la
presentación de casos, tales que, se mantenga la continuidad de ejemplos
enlazados con la temática y relegar la rigurosidad de algunos tópicos que en la
realidad son difíciles de aplicar por la complejidad del uso de información en nuestro
medio. El aprendizaje es un proceso a desarrollar en etapas, por tanto, las
cualidades de los documentos de consulta deben caracterizarse por su claridad,
simplicidad y flexibilidad.
Tercero: El SNIP establece contenidos mínimos para la presentación de proyectos,
específicamente a nivel de perfil contiene una estructura un poco rígida, por
ejemplo, para proyectos de tipo productivos es necesario la incorporación de
variables de marketing, es decir, el precio, distribución, descripción de las
características del producto, etc. Es cierto que estamos analizando proyectos del
sector público pero puede darse el caso, que se presenten estos tipos de proyectos,
como por ejemplo, un centro preuniversitario de una universidad.
Asimismo, en el esquema citado los costos son considerados antes que los
beneficios, siendo lo correcto primero la identificación de los beneficios ya que a
partir de ello se hallan los costos.
Cuarto: La tasa de descuento es aquel parámetro que mide el uso de los recursos
del estado y debe incorporar el riesgo del sector en donde se dirigirá el proyecto, el
SNIP define una tasa del 14% para todos los proyectos del sector público; la
interrogante sería, si un proyecto del sector agricultura tiene el mismo riesgo que un
proyecto del sector educación,
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Quinto: El tipo de análisis utilizado en la evaluación de proyectos es
preferentemente el costo beneficio; en muchos casos se debe utilizar otra
metodología ya que los beneficios son difíciles de llevarlos a valores monetarios, el
SNIP define al costo efectividad pero en muchos casos se utiliza el costo eficiencia.
La diferencia se da en que el primero se relaciona los costos con algún indicador
que represente a los beneficios, en el segundo caso, se relacionan los costos con
la cantidad de usuarios.
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3.2. CONSUCODE
3.2.1. CREACIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR DE
CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
El 03 de agosto de 1997 se publica en el Diario Oficial el peruano la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, Ley Nº 26850, que establece en su
Primera Disposición Final que entrará en vigencia a partir del día siguiente de la
publicación de su Reglamento. Así mismo, establece en su Segunda Disposición
Final que, el Consejo superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE se conformará sobre la base del CONSULCOP (Consejo Superior
de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas), CONASUCO (Consejo Nacional
Superior de Consultaría) y el CADELI (Consejo Departamental de Adquisiciones de
Lima
3.2.2. CONCEPTO:
El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -
CONSUCODE- Es un organismo público descentralizado adscrito al Ministerio de
Economía y Finanzas, con personalidad jurídica de derecho público, con autonomía
técnica, funcional, administrativa, económica y financiera, con representación
judicial propia, sin perjuicio de la defensa de la defensa del coadyuvante de la
Procuraduría Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
El CONSUCODE es el ente rector del sistema de contrataciones y adquisiciones del
Estado, ejerce sus competencias en el ámbito nacional y comprende a todas las
entidades que realizan procesos para la adquisición de bienes, prestación de
servicios y ejecución de obras.
3.2.2.1. MISION:
Resolver en última instancia administrativa, las discrepancias que se produzcan
entre las entidades licitantes o contratantes y los postores o contratistas de obras
públicas, a nivel nacional.
Administrar el Registro Nacional de Contratistas de Obras Públicas, a fin de
garantizar la idoneidad técnica y económica de los que contratan la ejecución de
obras públicas.
Velar por el cumplimiento de la legislación normativa de los procedimientos de
licitación y contratación de obras públicas.
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3.2.3. OBJETIVOS INSTITUCIONALES:
3.2.3.1. Objetivos Generales:
Oportunidad y eficacia de los pronunciamientos del Tribunal respecto a las
discrepancias que se produzcan entre las entidades licitantes o contratantes y
los postores o contratistas de obras públicas, a nivel nacional.
Participación institucional en el proceso de modernización de las adquisiciones
y contrataciones del Estado
Atención y calificación de expedientes en el Registro Nacional de Contratistas
dentro de los plazos más breves.
3.2.3.2. Objetivos parciales:
Garantizar que los pronunciamientos emitidos por el Tribunal se dicten acorde a
la normatividad de la obra pública en el momento oportuno.
Apoyar en el manejo de la Gestión Institucional para mejorar la calidad y
oportunidad de los servicios.
Garantizar el pago de las pensiones, beneficios y otros.
Formular y recomendar mejoras en la legislación materia de competencia del
CONSUCODE.
Brindar una mejor atención rápida y oportuna a los usuarios.
3.2.3.3. Objetivos Específicos:
Optimizar el tiempo requerido para informar al Tribunal los Expedientes y
Consultas.
Sistematizar la legislación y jurisprudencia vinculada a las Licitaciones y
contratos de obras públicas.
Actualizar el TUPA.
Hacer fácil, rápido y directo el acceso de las partes sobre las etapas
procedimentales del expediente en trámite.
Implementar el sistema de notificación por nota y edicto.
Estructurar mecanismos de orientación al usuario.
Difusión de la legislación que regula la contratación de obras públicas.
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3.2.4. FUNCIONES:
El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado tiene las
siguientes funciones:
1. Supervisar el debido cumplimiento de la Ley, su Reglamento y demás normas
complementarias, dictando para el efecto resoluciones y pronunciamientos y,
pudiendo requerir información y la participación de las Entidades para la
implementación de las medidas correctivas que disponga.
2. Elaborar Directivas de Orientación sobre las materias de su competencia.
3. Administrar el Registro Nacional de Contratistas y el Registro de Inhabilitados
para Contratar con el Estado.
4. Absolver las consultas sobre las materias de su competencia.
5. Pronunciarse sobre observaciones a las bases de los procesos de selección.
6. Dictar normas complementarias respecto a los registros que administra, de
acuerdo a la ley y reglamento, así como los criterios de calificación.
7. Brindar servicios de administración de procedimientos de conciliación y/o
arbitraje, pudiendo designar a los conciliadores o árbitros correspondientes,
cuando así lo decidan las partes y en los casos previstos en la normativa de la
materia.
8. Designar al árbitro o miembro del Tribunal Arbitral, ante la rebeldía de alguna de
las partes en cumplir con dicha designación.
9. Aplicar sanciones a los postores y contratistas que contravengan las
disposiciones de la Ley, su Reglamento y demás normas complementarias.
10.Pronunciarse, en última instancia administrativa, sobre las controversias entre
los postores o los contratistas y las Entidades sometidas a su competencia
conforme a la Ley y su Reglamento.
11.Poner en conocimiento de la Contraloría General de la República los casos en
que detecte indicios de incompetencia, negligencia, corrupción o inmoralidad
detectados en el ejercicio de las funciones en las Entidades.
12.Proponer a la Presidencia del Consejo de Ministros el perfeccionamiento de la
normativa materia de su competencia.
13.Conducir la cobranza de sus acreencias, de manera directa o a través de
terceros.
14.Ejecutar coactivamente sus acreencias, directamente o mediante la celebración
de convenios de encargo de cobranza; y Las demás que le asigne la normativa.
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3.2.6. ORGANIZACIÓN
El Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado tiene la siguiente
organización:
Presidencia.- Órgano de mayor nivel jerárquico de la Institución y se encuentra a
cargo del Presidente, quien es Titular del Pliego Presupuestario y ejerce además la
representación legal de la misma.
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.- Es el órgano colegiado
encargado de resolver, en última instancia administrativa, las controversias que
surjan entre las Entidades, los participantes y los postores durante el proceso de
selección, así como de aplicar las sanciones de suspensión o inhabilitación a
proveedores, postores y contratistas, entidades y expertos independientes, según
corresponda para cada caso, por infracción de las disposiciones de la ley, su
reglamento y demás normas complementarias.
Oficina de Control Interno.- Es el órgano encargado de conducir, programar,
ejecutar y evaluar las acciones de control de conformidad con las normas del
Sistema Nacional de Control, así como ejecutar el control interno posterior y el
control gubernamental externo. Se encuentra a cargo del jefe de la oficina.
Secretaria General.- Es el órgano encargado de la coordinación interinstitucional.
Tiene a su cargo el despacho con la Presidencia del CONSUCODE y la imagen
institucional. Se encuentra a cargo del Secretario General.
Oficina de Procuraduría.- Es el órgano que ejerce la representación y defensa
judicial del CONSUCODE ante los órganos jurisdiccionales en los procesos civiles,
penales, laborales, arbitrales y especiales en los que actúe como demandante,
denunciante o parte civil a nivel nacional, así como ante el Ministerio Público. Se
encuentra a cargo del Procurador Público Ad Hoc.
Oficina de Conciliación y Arbitraje Administrativo.- Es el órgano encargado de
proporcionar apoyo en los servicios de Conciliación y Arbitraje Administrativo. Se
encuentra a cargo del Jefe de Oficina.
Oficina de Asesoría Jurídica.- Es el órgano encargado de brindar asesoramiento
a la Alta Dirección y demás unidades orgánicas del CONSUCODE, en asuntos de
carácter jurídico. Se encuentra a cargo del Jefe de Oficina.
Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación.- Es el órgano encargado
de conducir y evaluar la ejecución de los planes institucionales, el proceso
presupuestario del CONSUCODE, así como las actividades de cooperación técnica
nacional e internacional. Se encuentra a cargo del Jefe de Oficina.
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Oficina de Administración y Finanzas.- Es el órgano de apoyo encargado de la
operación y funcionamiento de los sistemas administrativos del CONSUCODE.
Tiene a su cargo la ejecución presupuestal, financiera, contable y patrimonial, así
como proveer al CONSUCODE de los recursos materiales y humanos de acuerdo
a las necesidades y normas vigentes. Se encuentra a cargo del Jefe de Oficina.
Oficina de Sistemas.- Es el órgano encargado de planificar, organizar, supervisar
y evaluar el uso y aplicación racional de las tecnologías de información vigentes y
de la organización de los procesos administrados por el CONSUCODE, así como la
elaboración de estudios e investigaciones económicas sobre el sistema de
contrataciones públicas. Se encuentra a cargo del Jefe de Oficina.
Dirección de Operaciones.- Es el órgano encargado de administrar y supervisar
los Convenios Marco, promover la utilización de la modalidad de Subasta Inversa y
conducir los procesos de Compras Corporativas. Asimismo, brinda asesoría de
carácter técnico legal en materia de contrataciones públicas. Se encuentra a cargo
del Director de Operaciones.
Dirección de Servicios Institucionales.- Es el órgano encargado de brindar
orientación a los usuarios sobre los diversos servicios que presta el CONSUCODE,
de desarrollar actividades referentes a la difusión y capacitación sobre la
contratación pública, así como administrar el trámite, archivo del CONSUCODE y
las oficinas desconcentradas. Se encuentra a cargo del Director de Servicios
Institucionales.
Dirección de Plataforma – SEACE.- Es el órgano encargado de administrar y
supervisar las operaciones que se desarrollen en el marco del Sistema Electrónico
de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE, así como de conducir los
procesos del Registro Nacional de Proveedores y Administrar el Catálogo de Bienes
y Servicios. Se encuentra a cargo del Director de la Plataforma – SEACE.
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Funcionarios Principales vigentes del CONSUCODE
Cargo: Presidente del Consejo Superior de Contrataciones
Nombre: Econ. Luis Orlando Torricelli Farfán
Cargo: Secretario General
Responsable de brindar información solicitada al CONSUCODE, en virtud
de la Ley 27806.
Nombre: Dr. Héctor Inga Huamán
Cargo: Jefe de la Oficina de Administración y Finanzas
Nombre: Econ. Rosa Elena Chanduvi Sono
Cargo: Director de Servicios Institucionales
Nombre: Sr.. Marco Antonio Alemán Alemán
Cargo: Jefe de la Oficina de Conciliación y Arbitraje Administrativo
Nombre: Dr. Franz Kundmüller Caminiti
Cargo: Director de Operaciones
Nombre: Lic. Hugo Vallejos Campbell
Cargo: Director de Plataforma - SEACE (e)
Nombre: Dr. Juan Vargas de Zela
Cargo: Jefe de la Oficina de Control Interno
Nombre: Srta. Olga Marianella Gonzales Montoro
Cargo: Jefe de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación (e)
Nombre: Ing. Luis Enrique De la Flor Sáenz
Cargo: Jefe de la Oficina de Sistemas
Nombre: Ing. César Palomino Monteagudo
Cargo: Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica
Nombre: Dr. Juan Vargas de Zela
Cargo: Presidente del Tribunal - Presidente de la Primera Sala
Nombre: Abg. Derik Roberto Latorre Boza
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Wina Grely Margarita Isasi Berrospi
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Carlos Ernesto Cabieses López
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Cargo: Vocal - Presidente de la Segunda Sala
Nombre: Abg. Carlos Augusto Salazar Romero
Cargo: Vocal - Presidente de la Cuarta Sala
Nombre: Dr. Oscar Martín Luna Milla
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Juan Carlos Mejía Cornejo
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Carlos Vicente Navas Rondón
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Janette Elke Ramírez Maynetto
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Víctor Manuel Rodríguez Buitrón
Cargo: Vocal - Presidente de la Tercera Sala
Nombre: Abg. Juan Carlos Valdivia Huaringa
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Mónica Yadira Yaya Luyo
Cargo: Vocal
Nombre: Abg. Martín Zumaeta Guidichi
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3.3. SEACE
3.3.1. ¿QUÉ ES EL SEACE?
El Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado – SEACE, es un
sistema integral, compuesto por políticas, procedimientos, normas y
software basado en el uso del internet, con el fin de dar transparencia,
optimizar, modernizar y generar ahorros en las contrataciones públicas
del Perú.
3.3.2. ¿QUÉ FUNCIONALIDADES TIENE EL SEACE?
El SEACE, permite el intercambio de información y difusión sobre las
contrataciones del Estado, así como, el seguimiento de la ejecución de
las contrataciones públicas y la realización de transacciones electrónicas.
3.3.3. ¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DEL SEACE?
Fortalecer y agilizar los procesos de contrataciones.
Incrementar la transparencia en los contratos de bienes, servicios y
obras.
Permitir la activa participación de los Proveedores.
Ser un sistema de información para la Sociedad Civil.
Supervisar y fiscalizar el mercado de las contrataciones públicas.
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3.3.4. ¿CUÁLES SON LAS DISPOSICIONES QUE
REGULAN EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE
CONTRATACIONES DEL ESTADO?
A. Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo
N° 1017- PCM.
B. Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificaciones.
C. Directiva N° 005-2009-OSCE/CD - Plan Anual de Contrataciones.
D. Directiva N° 001-2013-OSCE/CD - Procesos de Selección
Electrónicos de Adjudicación de Menor Cuantía para la contratación
de Bienes y Servicios.
E. Directiva N° 007-2012-OSCE/CD - Disposiciones aplicables al
Registro de Información en el Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado (SEACE).
F. Directiva N° 010-2012-OSCE/CD - Disposiciones referidas al
trámite de asignación, actualización y desactivación de Certificado
SEACE otorgado a los usuarios del Sistema Electrónico de
Contrataciones del Estado (SEACE).
G. Directiva N° 015-2012-OSCE/CD - Aplicación de modalidad
Especial de Selección por Subasta Inversa.
H. Directiva N° 017-2012-OSCE/CD - Directiva de Convenio Marco.
I. Ley 27806, de Transparencia al acceso de la información.
3.3.5. ¿QUÉ ÁREAS TEMÁTICAS DE ACCESO PUEDO
ENCONTRAR EN EL PORTAL SEACE O SEACE
PÚBLICO EN GENERAL?
El Portal del SEACE www.seace.gob.pe presenta las siguientes ÁREAS
TEMÁTICAS:
1. Inicio
2. Planes Anuales
3. Procesos de Selección
4. Subasta Inversa
5. Convenio Marco
6. Compras Corporativas
7. CUBSO
21. INGENIERIA CIVIL UNA-PUNO
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3.3.6. ¿CUAL ES EL ESQUEMA DEL SEACE?
3.3.7. ¿CÓMO PUEDO OBTENER INFORMACIÓN
RESPECTO A LOS PROCESOS PROGRAMADOS
PARA EL PRESENTE AÑO DE LA ENTIDAD DE MI
INTERÉS?
La información de los procesos programados para el año en curso de
cualquier Entidad se encuentran en los Planes Anuales de cada uno de ellos.
Esta información puede encontrarla en la página Web del SEACE: Pestaña 2.
Planes Anuales, Consulta de Planes Anuales.
Por ejemplo, para realizar la búsqueda del Plan Anual de la Municipalidad de
la Molina, escribiremos una palabra clave del nombre de la Entidad, luego
seleccionar el botón Buscar. Finalmente, seleccionaremos el nombre de la
Entidad para visualizar sus procesos, como se muestra en la siguiente figura:
24. INGENIERIA CIVIL UNA-PUNO
24
3.3.8. ¿POR QUÉ EXISTEN DOS VERSIONES DEL
SEACE?
A partir del 2013 se ha implementado la versión 3.0 del SEACE, por lo que
sólo las entidades incluidas en los listados publicados por el OSCE en el
portal del SEACE tendrá la obligación de registrar la información en dicha
versión, en tanto que las demás entidades continúan registrado la
información de los procesos en la versión 2.0 del SEACE.
3.3.9. ¿CUÁNDO SE UTILIZA LA VERSIÓN 2.0 O LA 3.0
DEL SEACE?
Están obligadas a registrar información en la versión 3.0 las entidades
incluidas en los listados publicados por el OSCE en el portal del SEACE,
conforme al numeral 2 de las Disposiciones Transitorias de la Directiva N°
007-2012-OSCE/CD.
La información de los procesos de selección cuya convocatoria se efectuó
con anterioridad a la mencionada inclusión continuarán siendo registrada en
el SEACE v 2.0 hasta la culminación de los mismos.
Cabe señalar que actualmente, la versión 3.0 del SEACE sólo está habilitado
para el registro de los actos preparatorio y procesos de selección, en tanto
que el registro del Plan Anual de Contrataciones y Contratos se mantiene en
todos los casos en la versión 2.0 del SEACE.