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TRABAJO FIN DE GRADO
Factores que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema de
pensiones español
Autor; D. Fernando Bernal Ayala
Tutor; D. José Luis Nieto González
Grado en Economía
Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales
UNIVERSIDAD DE ALMERÍA
Curso Académico: 2016 / 2017
Almería, Junio de 2017
INDICE
1. RESUMEN................................................................................................................................. 1
2. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 2
3. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA ................................................................................................. 3
4. LAS PENSIONES EN ESPAÑA: ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN.................................. 6
5. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE PENSIONES................................................................ 10
5.1. Pensiones contributivas y pensiones no contributivas ..................................................... 10
5.2. Financiación sistema de pensiones................................................................................... 12
5.2.1. Fondo de Reserva de la Seguridad Social ................................................................ 13
6. FACTORES QUE PONEN EN RIESGO LA SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA PÚBLICO
DE PENSIONES.............................................................................................................................. 17
6.1. Factores demográficos...................................................................................................... 17
6.1.1. Envejecimiento de la población ............................................................................... 17
6.1.2. Saldo migratorio....................................................................................................... 21
6.2. Factores económicos ........................................................................................................ 22
6.2.1. Efectos de la crisis mundial en España .................................................................... 22
6.2.2. Evolución del mercado laboral español.................................................................... 23
7. REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES EN ESPAÑA ................................................ 28
7.1. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del
sistema de Seguridad Social......................................................................................................... 28
7.2. Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la
vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo ................ 31
7.3. Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de
Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social................................................ 33
8. CONCLUSIONES ................................................................................................................... 36
9. BIBLIOGRAFÍA...................................................................................................................... 38
1
1. RESUMEN
El sistema de pensiones público español se encuentra continuamente cuestionado debido a
una serie factores que han llevado a las arcas del sistema de la Seguridad Social a un continuo
déficit. El aumento de la esperanza de vida, el envejecimiento de la población, la crisis
financiera internacional o la deplorable situación del mercado laboral son algunos de los
factores tanto demográficos como económicos que ponen en riesgo la sostenibilidad del
sistema público de pensiones.
En este trabajo se estudiara el funcionamiento del sistema de pensiones actual, analizando
los factores anteriormente mencionados con el objetivo de proporcionar una visión clara de
los problemas que plantea el sistema de pensiones público español, en el que una ausencia
prolongada de reformas estructurales de gran calado, hará que el sistema de pensiones
público español sea insostenible pocos años.
2
2. INTRODUCCIÓN
El objetivo de este trabajo radica en identificar los principales factores que ponen en riesgo
la sostenibilidad del sistema español de pensiones, dado que la situación actual dicta mucho
desde la implantación del sistema de pensiones en el pasado. Es por ello que se hace
necesario estudiar la estructura que compone el sistema de pensiones actual y realizar una
breve revisión histórica desde sus orígenes hasta la actualidad que nos indique cómo ha
evolucionado su funcionamiento, todo ello con el fin de comprender las causas de la actual
crisis del sistema de pensiones de la Seguridad Social y como consecuencia ultima, las
reformas llevadas a cabo.
En primer lugar, se revisarán los antecedentes históricos de la Seguridad Social, lo que nos
ayudará a comprender como ha evolucionado el sistema de pensiones hasta llegar al que
conocemos en la actualidad.
A continuación, se identificarán las distintas modalidades que componen el sistema,
analizando la estructura del sistema de pensiones y las distintas vías de financiación que
utiliza, para posteriormente estudiar la evolución que ha sufrido el Fondo de Reserva de la
Seguridad Social.
Una vez comprendido su funcionamiento, se analizarán los distintos factores que hacen
tambalear los cimientos del sistema de pensiones español, estudiando la evolución
demográfica y económica de la sociedad española, proporcionando una visión clara de los
motivos que han llevado a reformar el actual sistema de pensiones.
Tras detectar y estudiar los principales problemas que ponen en riesgo la sostenibilidad del
sistema de pensiones, se revisarán las distintas reformas acometidas recientemente como
consecuencia de lo anteriormente expuesto.
Finalmente, se incluye un apartado de conclusiones donde se exponen los principales
aspectos del trabajo, además de un apartado de referencias bibliografías en el que se pueden
consultar las diferentes fuentes utilizadas para la elaboración del trabajo.
Para un mejor entendimiento, se han utilizado gráficos y tablas con los últimos datos
publicados por el Instituto Nacional de Estadística, lo que proporciona una mejor visión de
la evolución del sistema de pensiones de la Seguridad Social en España.
3
3. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA
La sostenibilidad del sistema público de pensiones español se encuentra continuamente
cuestionada como consecuencia de los cambios demográficos, económicos y políticos
acontecidos en los últimos años. Es por ello que se observa que el gasto público en pensiones
continúa con una tendencia creciente a la vez que disminuyen ligeramente los ingresos
aportados al sistema, ambos expresados en relación al PIB.
Según un estudio realizado por Sabatini (2016) para el grupo Allianz sobre el índice de
sostenibilidad de las pensiones, la debilidad de los datos financieros y demográficos del
sistema de pensiones hace que España se sitúe en el puesto 45 de 54 países estudiados en
cuanto a la fortaleza de su sistema de pensiones. En dicho informe Sabatini destaca la falta
de reformas a realizar, en gran parte por el difícil panorama político de los últimos años,
poniendo especial énfasis en la necesidad del sistema de pensiones de generar ingresos
adicionales para que este pueda mantenerse.
Un estudio sobre las proyecciones de futuro del sistema de pensiones realizado por el
Instituto Nacional de Estadística (2016) en el que se realiza una proyección de futuro de la
demografía española hasta 2066, destaca que de seguir con la tendencia demográfica actual,
en poco menos de 15 años la población habrá descendido en medio millón, llegando a
disminuir en 5,4 millones para el año 2066, fenómeno que se presentará principalmente por
el descenso del número de nacimientos y el aumento del de las defunciones. Al problema
presentado por la pérdida de población, hay que añadir un progresivo aumento de la
esperanza de vida, lo que eleva el peso de la población en edad de jubilación.
A los problemas demográficos presentados, hay que añadir las graves consecuencias
originadas a raíz de la crisis económica internacional surgida en 2007. Como señalan
Arellano, Felgueroso y Vegas (2014) en su estudio “Crisis económica y sostenibilidad de las
pensiones de jubilación”, la mencionada crisis sitúa a España en una situación complicada,
frenando la creación de empleo y la riqueza de la economía española. En el documento se
refleja como al aumentar la tasa de paro, el número de cotizantes disminuye, y por
consiguiente el número de cotizaciones a la Seguridad Social, pasando la población
potencialmente activa a ser desempleada, aumentando la demanda de prestaciones por
desempleo. El resultado se traduce en una caída de los ingresos del sistema de seguridad
social (menores cotizaciones) y un aumento del gasto derivado (mayores prestaciones).
4
Todos los factores analizados anteriormente hacen que la evolución de las cuentas de la
seguridad social, tal y como describen Hernández de Cos, Jimeno y Ramos (2017) en su
informe “El sistema público de pensiones en España: situación actual, retos y alternativas de
reforma” elaborado para el Banco Central Europeo, siga una tendencia negativa.
La situación es muy distante de la existente en el año 2007 cuando las cuentas del sistema
de seguridad social presentaban un superávit del 2,2%, teniendo en 2015 un déficit de 1,5%
ambos expresados en relación al PIB. Y es que, el gasto en pensiones se ha incrementado en
3,1 puntos porcentuales sobre el PIB, correspondiéndose con una mayor tasa de dependencia
y sustitución, a la vez que se produce una caída de la tasa de empleo. Esta situación ha tenido
como resultado una disminución del Fondo de Reserva de la Seguridad Social respecto al
año 2011, cuando este alcanzo su punto álgido y representaba un 6,2 % del PIB, reduciéndose
en 4,8 puntos porcentuales hasta situarse en un 1,4 % del PIB a finales de 2016.
A raíz de la situación de crisis del sistema público de pensiones, comienzan a aparecer
diferentes opiniones sobre la viabilidad de mantener el sistema de pensiones de reparto, o si,
por el contrario, se debería pasar a un sistema de capitalización o mixto. Para el catedrático
de Economía de la Universidad de Columbia, Xavier Sala i Martin, tal y como refleja en su
blog personal, “el sistema de pensiones español es insostenible” (salaimartin.com, 2013),
dado que considera que las contribuciones que puede realizar un trabajador medio a lo largo
de su vida no son suficientes para pagar las prestaciones que recibirá durante sus años como
jubilado, considerando el factor sostenibilidad recientemente introducido en el sistema de
pensiones como “un eufemismo que, en realidad, quiere decir bajar las pensiones” (Sala i
Martin, 2013, p.1). En su opinión, la mejor opción sería pasar a un sistema de capitalización:
"Los trabajadores escogen un fondo de pensiones privado que administra el dinero, y estos
fondos compiten para obtener las mejores contribuciones de cada uno de los trabajadores"
(Sala i Martin, 2013, p.1).
Algunos economistas abogan por un sistema de pensiones mixto, como es el caso de Rafael
Domenech, profesor de Economía en la Universidad de Valencia y actualmente Responsable
de Análisis Macroeconómico de BBVA, tal y como defiende en su artículo “Pensiones,
bienestar y crecimiento económico” (Domenech, 2014). Para Domenech, el sistema de
capitalización supone un incentivo al ahorro, lo que se traduce en una mayor acumulación
de capital, pero siendo también interesante el sistema de reparto debido a su capacidad
redistributiva de la renta, por lo que defiende un sistema de pensiones mixto que
compatibilice los beneficios de ambos sistemas, buscando un equilibrio entre la equidad y la
5
existencia de mecanismos que proporcionen un seguro a aquellas personas que no han sido
suficientemente previsoras, complementando el sistema de reparto con el pilar de la
capitalización, aumentando la rentabilidad media de las aportaciones.
Ante las propuestas a favor de cambio de sistema en las pensiones, Ignacio Zubiri,
catedrático universitario y experto en pensiones, se muestra claro defensor del actual sistema
de reparto en su artículo “Reforma y sostenibilidad del sistema de pensiones: una valoración
crítica” (Zubiri, 2012), si bien destaca que las medidas realizadas hasta ahora se muestran
insuficientes y la necesidad de realizar reformas de gran calado se hace imperativo. Para
Zubiri, las pensiones privadas presentadas en numerosas ocasiones como superiores a las
públicas no son una alternativa válida. Según el experto en pensiones, “las pensiones
privadas tienen un coste elevado de gestión, no garantizan rentabilidades altas, conllevan
riesgos individuales y colectivos sustanciales, solo cubren la invalidez, la vejez o la orfandad
pagando primas altas, no son siquiera inmunes al envejecimiento y pueden no aumentar
mucho el ahorro nacional” (Zubiri, 2012, p.99), para el que el sistema de reparto, según
Zubiri, solventa los problemas mencionados.
6
4. LAS PENSIONES EN ESPAÑA: ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN
El inicio de las políticas de protección en España tiene como punto de partida la Comisión
de Reformas Sociales de 1883, cuya finalidad era “estudiar todas las cuestiones que
directamente interesan a la mejora o bienestar de las clases obreras, tanto agrícolas como
industriales, y que afecten a las relaciones entre el capital y el trabajo” (seg-social.es, 2017).
En 1900, y bajo la influencia de la ley francesa de 1889, se crea en España el primer seguro
social, La Ley de Accidentes de Trabajo, que abandona la teoría de la culpa mediante la
lógica de la responsabilidad objetiva pero siendo aún la protección efectiva de esta
insuficiente ya que hasta la promulgación de la Ley de 4 de Julio de 1932 no pasa a ser
obligatoria por parte del empresario.
La seguridad social que conocemos hoy en día tiene su origen institucional en 1908 con la
creación del Instituto Nacional de Previsión (INP), constituyendo la primera institución
oficial encargada de la Seguridad Social y de la asistencia sanitaria en España, en principio
para fomentar la previsión popular; después, para gestionar directamente el sistema de
seguros sociales, y posteriormente, el sistema de Seguridad Social.
A partir de entonces, y hasta llegar a la Ley de Bases de la Seguridad Social (LBSS) de
1963 surgen numerosos seguros sociales como el Retiro Obrero de 1919, primer seguro
social obligatorio que protegía la vejez al ser considerada una invalidez por edad, con
obligatoriedad de afiliación y cotizaciones por parte del empleado y empleador.
Dentro de este periodo cabe destacar: la Ley de 1 de septiembre de 1939, sobre Seguro de
Vejez; la Ley de 14 de diciembre de 1942, sobre Seguro Obligatorio de enfermedad; el
Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) de 1947. Estos seguros sociales fueron
gestionados por el INP, resultando todos en una funcionalidad insuficiente, dando lugar a la
creación de multitud de mutualidades laborales.
Con el objeto de unificar e integrar la protección social, aparece en 1963 la Ley de Bases de
la Seguridad Social (LBSS), optando por un sistema de reparto con el fin de proteger el
derecho a jubilación de los trabajadores de la época, que más tarde quedaría retratado en la
Ley General de la Seguridad de 1966, aunque con un sistema de cotización muy alejado
aun de los salarios reales de los trabajadores, con ausencia de revalorizaciones y con una
superposición de organismos que no permitía plasmar una tendencia hacia la unidad.
7
No será hasta la llegada de la democracia a España mediante las primeras elecciones
democráticas de 1977 y tras la implantación de la Constitución Española (CE) de 1978,
cuando se produzcan una serie de reformas con un enfoque al sistema de la Seguridad Social
que existe actualmente.
En el artículo 41 de la Constitución española, los poderes públicos se comprometen a
mantener un régimen público de seguridad social, una garantía de asistencia y de
prestaciones sociales, garantizando el principio de protección a todos los ciudadanos: “Los
poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los
ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones
de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones
complementarias serán libres” (BOE, art. 41 de la CE, 1978).
El artículo 43 de la CE quedó dedicado de forma completa a reconocer y garantizar el
derecho a protección de la salud. También, los artículos 49 y 50 garantizan los derechos de
minusválidos y de la tercera edad, respectivamente.
Con la publicación del Real Decreto Ley 36/1978, de 16 de noviembre, se produce la primera
gran reforma, que según lo establecido en los Pactos de la Moncloa, se crea un sistema de
participación de los agentes sociales dotando de transparencia y racionalidad a la Seguridad
Social, creando además un sistema de gestión por múltiples organismos, como el Instituto
Nacional de la Seguridad Social, encargado de las prestaciones económicas del sistema y
la Tesorería General de la Seguridad Social, como una caja única del sistema y bajo la
actuación del principio de solidaridad financiera. El INP desaparece, y sus funciones son
encomendadas al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social a través del Instituto Nacional
de la Seguridad Social.
Durante la década de los ochenta y los noventa, se llevaron a cabo numerosas reformas, de
las cuales cabe destacar: el Decreto-Ley 13/1981, que establece la edad de jubilación en 64
años; la Ley 31/1984 de protección por desempleo, que modificaba completamente la Ley
Básica de Empleo de 1980; la Ley 26/1985, que establecía medidas urgentes para la
racionalización de la estructura y de la acción protectora de la Seguridad Social; la Ley
26/1990, que regula las prestaciones no contributivas y la Ley 22/1992, que modificaba de
forma importante la normativa sobre desempleo.
Debido a la preocupación por la viabilidad financiera del sistema de la Seguridad Social,
tanto por el constante crecimiento de los gastos (aumento de pensionistas y su pensión
8
media) como por la nueva política de estabilidad monetaria de la Unión Europea (UE), en
1995 se firmó el Pacto de Toledo con unanimidad del Congreso de los Diputados, un
informe que analizase los problemas estructurales del sistema de la Seguridad Social e
identificase las primeras reformas que debían llevarse a cabo.
En dicho informe se establecían tres objetivos para el sistema de la Seguridad Social:
estabilidad financiera, equidad y eficiencia en la gestión. Para la consecución de estos tres
objetivos, se establecieron quince recomendaciones, de las cuales destacamos las
principales medidas en la Tabla 1.
Tabla 1: Principales medidas del Pacto de Toledo.
Grupo de
medidas
Descripción
Separación
y clarificación
de fuentes
de financiación
- Las prestaciones no contributivas pasan a ser financiadas a
través de aportaciones del Estado
- La financiación de las prestaciones contributivas se financiarán
por cotizaciones de empresas y trabajadores
Poder
adquisitivo de
las pensiones
- Todas las pensiones se revalorizarán con el IPC previsto,
revisándose correspondientemente en caso de divergencia entre
este y el realizado.
Dotación de un
fondo de
reserva
- Permite acumular los excedentes producidos después de abonar
las pensiones del año anterior.
Modernización
e información
al ciudadano
- Integración de la Seguridad Social con las tecnologías de la
información.
- Fácil acceso al ciudadano sobre sus derechos y obligaciones con
la Seguridad Social.
Cotizaciones - Eliminar gradualmente los topes de cotización por debajo del
máximo.
- Aproximar las bases de cotización a los salarios realmente
percibidos.
Carácter
contributivo
del sistema
- Reforzar el principio de contributividad con el objetivo de
conseguir una mayor proporcionalidad entre las pensiones y el
esfuerzo de cotización realizado.
Lucha contra el
fraude
- Lucha contra la economía sumergida.
- Lucha contra el uso inadecuado de la afiliación al régimen de
autónomos por trabajadores respecto de los cuales se dan las
9
características de ajeneidad y dependencia propias de la relación
laboral.
Jubilaciones
Anticipadas
- La edad de jubilación debe adaptarse de manera gradual y
progresiva, teniendo en cuenta el aumento de la esperanza de
vida de la población española.
- Se desincentivarán las jubilaciones anticipadas voluntarias pero
descenderá el coeficiente reductor al 7% anual para las
jubilaciones forzosas con 40 o más años de cotización.
Incapacidad
Permanente
- Mejor definición de los supuestos y controles más severos.
Pensión de jubilación con 65 años.
- Estas pensiones pasan a denominarse de jubilación a los 65 años.
No varía su importe.
Fuente: Ley de Consolidación y elaboración propia.
A través de estas medidas comienza en España una etapa de análisis, debate y desarrollo de
las propuestas sobre las reformas de las pensiones.
10
5. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE PENSIONES
El sistema público español de pensiones funciona mediante un modelo de solidaridad
intergeneracional, también conocido como sistema de reparto. En este sistema, las
pensiones de los jubilados son financiadas mediante las cotizaciones de la población activa
a la Seguridad Social, y cuando la población activa pasa a ser jubilada, serán los nuevos
trabajadores los que financien sus pensiones. Por lo tanto, las pensiones actuales son pagadas
con la recaudación de las cotizaciones del momento. Estos trabajadores activos que financian
con sus cotizaciones las pensiones adquieren el derecho a recibir una prestación de jubilación
en un futuro.
5.1. Pensiones contributivas y pensiones no contributivas
Existen dos tipos de pensiones públicas en España, las pensiones contributivas, que exigen
haber tenido una relación previa con el sistema de la seguridad social mediante un periodo
mínimo de cotización, y las pensiones no contributivas, que pueden definirse como “un
mecanismo colectivo de solidaridad, cuya protección se otorga independientemente de la
existencia de una cotización previa y de la pérdida o reducción de ingresos profesionales y
se destina a los individuos, familias y grupos que se encuentran en una situación de necesidad
y riesgo social." (Blasco Lahoz y López Gandía, 2014).
Las pensiones contributivas son prestaciones económicas, normalmente de carácter
indefinido, que aquellas personas con una previa relación con el sistema de Seguridad Social
tienen derecho a percibir. Dentro de la acción protectora del Régimen General y de los
Regímenes Especiales de la Seguridad Social existen las siguientes modalidades de
pensiones (seg-social.es, 2017):
 Por jubilación, puede darse de forma ordinaria, anticipada, flexible o parcial.
o Ordinaria: aquellas personas que cumplan los requisitos de edad y periodo
mínimo de cotización.
o Anticipada: iniciada antes de cumplir la edad de jubilación ordinaria debido
a un cese no voluntario en el trabajo, o mediante la propia voluntad del
trabajador mediante el cumplimiento de ciertos requisitos (tener como
máximo dos años menos de la edad de jubilación ordinaria, periodo mínimo
de cotización efectiva, importe de la pensión superior a la cuantía de la
pensión mínima).
11
o Flexible: compatibilización de la pensión de jubilación y un contrato de
trabajo a tiempo parcial (límite de jornada laboral según Estatuto de los
Trabajadores y minoración de la pensión).
o Parcial: iniciada antes o después de la edad de jubilación ordinaria y de forma
simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial.
 Por incapacidad permanente: total, absoluta y gran invalidez.
 Por fallecimiento: Viudedad, orfandad y en favor de familiares.
A esto debemos añadir el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Según la
Seguridad Social: “SOVI es el régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores y sus
derechohabientes que, reuniendo los requisitos exigidos por la legislación del extinguido
régimen, no tengan derecho a pensión del actual Sistema de la Seguridad Social, con
excepción de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios”(seg-social.es,
2017).
Dentro de su acción protectora, están incluidas las siguientes pensiones:
 Vejez.
 Invalidez.
 Viudedad.
Tras la reciente reforma de la ley de pensiones llevada a cabo por el gobierno y de la cual
hablaremos más adelante, la edad de jubilación ordinaria se ha retrasado a 67 años, en lugar
de los 65 anteriores a la reforma. Para calcular la cuantía de la prestación económica, hay
que tener en cuenta el importe y el porcentaje de la base reguladora que se cobra según el
número de años cotizados, con un periodo mínimo de cotización genérico de 15 años (5.745
días), existiendo limites en las cuantías máximas y mínimas para la percepción de la
prestación económica.
Las pensiones no contributivas son “prestaciones económicas que se reconocen a aquellos
ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos
suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no
hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel
contributivo” (seg-social.es, 2017). Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones
siguientes:
 Invalidez.
12
 Jubilación.
La gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de
cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales en las ciudades de Ceuta y Melilla.
5.2. Financiación sistema de pensiones
Por sistema de financiación entendemos las técnicas financieras utilizadas para planificar la
cobertura de los costes de la acción protectora de la Seguridad Social (seg-social, 2017).
Podemos dividirlas en sistema de capitalización y sistema de reparto:
 Sistema de capitalización: responde a la concepción de seguro privado, mediante el
cual las cotizaciones de los trabajadores van siendo acumuladas para revertir en el
cotizante en el momento que se produzca la situación protegida, quedando destinadas
a satisfacer las necesidades futuras.
 Sistema de reparto: las cotizaciones de los trabajadores en activo se utilizan para
financiar las prestaciones que se originan en el momento, tanto las propias como la
de los pensionistas de la generación anterior.
La Ley de Seguridad Social mediante el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
establece en su artículo 110 lo siguiente: “El sistema financiero de todos los Regímenes que
integran el sistema de la Seguridad Social será el de reparto, para todas las contingencias
y situaciones amparadas por cada una de ellos, sin perjuicio de la excepción prevista en el
apartado 3 de este artículo.” (BOE, RDL 8/2015).
Este sistema de reparto descansa en el principio de solidaridad financiera, la cual se refleja
en 3 pilares fundamentales:
 Solidaridad entre generaciones.
 Solidaridad de los activos respecto de los pasivos.
 Solidaridad entre los distintos territorios de la Nación.
La Seguridad Social española utiliza un sistema mixto de financiación, pues utiliza diversos
mecanismos para obtener los recursos necesarios para poder cubrir su acción protectora. El
artículo 86 de la LGSS enumera en su apartado primero los recursos utilizados para
financiación del sistema de seguridad social, estableciendo como tales los siguientes:
 Las cuotas de las personas obligadas.
13
 Las entidades recargadas en concepto de recargo, sanciones u otras de naturaleza
análoga.
 Los frutos, rentas o intereses y cualquier otro producto de sus recursos patrimoniales.
 Cualesquiera otros ingresos, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional
vigésima segunda de esta Ley.
 Las aportaciones progresivas del estado, que se consigan con carácter permanente en
los Presupuestos Generales y las que se acuerden para atenciones especiales o
resulten precisas por exigencias de la coyuntura.
El recurso más importante de este sistema de financiación son las cotizaciones sociales que
aportan los trabajadores y los empresarios de los distintos regímenes que componen el
sistema de Seguridad Social, aportación que queda definida sobre el porcentaje de las
retribuciones de los trabajadores, quedando muy por encima de las aportaciones progresivas
del estado, que quedaría en segundo lugar. Es la Tesorería General de la Seguridad Social la
que se encarga de recaudar todos los meses las cotizaciones sociales de aquellas personas
con obligación de cotizar.
En el segundo apartado del citado artículo 86, quedan especificados cuales son los recursos
que se utilizaran para financiar las prestaciones contributivas y cuáles son los que van a
financiar las pensiones no contributivas.
Las pensiones contributivas son financiadas con los cuatro primeros recursos mencionados
en el primer apartado del artículo 86, solo accediendo a las aportaciones del estado en caso
de necesidad. Todos estos recursos deben de ser suficientes para mantener la financiación
del nivel contributivo de la Seguridad Social, incluyendo todos los gastos derivados de su
gestión.
Por otro lado, la financiación de las pensiones no contributivas o nivel asistencial queda en
manos del Estado, siendo estas financiadas a través de las aportaciones del Estado al
Presupuesto de la Seguridad Social, quedando la gestión de la asistencia sanitaria y los
servicios sociales en manos de las Comunidades Autónomas mediante su propia financiación
autonómica.
5.2.1. Fondo de Reserva de la Seguridad Social
El Fondo de Reserva de la Seguridad Social (popularmente conocido como hucha de las
pensiones) es un fondo soberano de inversión originado en el año 2000 como cumplimiento
14
de la segunda recomendación del Pacto de Toledo de 1995 para garantizar el equilibrio
financiero del sistema de pensiones contributivas.
Con el fin de solventar los posibles futuros problemas de financiación de las pensiones
contributivas de la Seguridad Social, mediante el artículo 91 del RDL 1/1994 se constituye
un Fondo de Reserva en la Tesorería General de la Seguridad Social: “En la Tesorería
General de la Seguridad Social se constituirá un Fondo de Reserva de la Seguridad Social
con la finalidad de atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en
materia de prestaciones contributivas, en la forma y demás condiciones que determine la
ley reguladora del mismo.” (BOE, RDL 1/1994)
La función principal del Fondo de Reserva de la Seguridad Social es la de recaudar aquellos
excedentes de financiación surgidos en época de bonanza económica con el fin de tener
ciertas reservas para paliar los efectos de los ciclos económicos bajos surgidos en épocas en
las que recaudación realizada no sea suficiente para mantener el sistema de pensiones
contributivas de la Seguridad Social. Por tanto, la financiación del fondo de reserva se llevara
a cabo a través de los excedentes procedentes de la financiación del sistema de pensiones
contributivas, no existiendo máximo ni mínimo a para dichas aportaciones al fondo de
reserva.
La Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad
Social establece en su artículo 1 la dotación del Fondo de Reserva: “Los excedentes de
ingresos que financian las prestaciones de carácter contributivo y demás gastos necesarios
para su gestión, que, en su caso, resulten de la consignación presupuestaria de cada
ejercicio o de la liquidación presupuestaria del mismo, se destinarán prioritaria y
mayoritariamente, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del
sistema de Seguridad Social lo permitan, al Fondo de Reserva de la Seguridad Social
previsto en el artículo 91.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social.”(BOE, Ley 28/2003).
La Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad
Social establece en su artículo 4 la disposición de los activos del fondo: “La disposición de
los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se destinará con carácter exclusivo
a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para
su gestión, y sólo será posible en situaciones estructurales de déficit por operaciones no
financieras del sistema de la Seguridad Social, no podrá exceder en cada año del tres por
15
ciento de la suma de ambos conceptos y precisará de autorización previa del Consejo de
Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales, de
Hacienda y de Economía.”(BOE, Ley 28/2003).
A través del citado artículo se establece el límite de retirada anual del fondo en un 3% del
gasto total de las pensiones contributivas. Según lo establecido en el Pacto de Toledo, en
caso de que fuese necesaria una cuantía superior a este 3%, el resto del importe sería
completado por el Estado vía impuestos. Teniendo en cuenta que el gasto presupuestado para
las pensiones contributivas en 2017 es de 122.777 millones de euros, la cantidad máxima
que podría ser retirada del Fondo de Reserva para financiar estas sería de 4.189 millones.
Cabe mencionar que según lo previsto en el artículo 1 del RDL 28/2012, de 30 de noviembre,
el límite para la disposición del Fondo de Reserva fue suspendido temporalmente para los
ejercicios 2012, 2013 y 2014, y posteriormente ampliado a 2015 y 2016 debido a la
dramática situación económica que acontecía nuestro país, por la que el gobierno puede
disponer de la cantidad necesaria siempre que lo notifique con antelación.
Grafico 1: Evolución del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
Fuente: elpais.es
Desde el año 2000, los diversos gobiernos en el poder han ido realizando aportaciones al
Fondo de Reserva de la Seguridad Social con el fin de tener un colchón económico para
cuando llegasen las vacas flacas.
16
Como se puede observar en el grafico 1, el fondo de reserva de la seguridad social alcanzó
su puntal álgido en el año 2011, cuando el total acumulado era de 66.815 millones de euros.
Desde 2012, no solo han bajado de forma progresiva las aportaciones a dicho fondo, sino
que comienzan a utilizarse los fondos de reserva. Este mismo año se retiran 7.003 millones
de euros del Fondo de Reserva, hecho posible gracias a la suspensión temporal del límite
máximo de retirada del 3% anual mencionado anteriormente, ya que según los presupuestos,
el límite debería de estar fijado en 3.350 millones.
Desde 2012 hasta la actualidad, las disposiciones realizadas al fondo de reserva se elevan a
67.337 millones de euros, con una retirada record de 15.915 millones en el pasado ejercicio
2016, dejando al fondo de reserva con un restante de 15.915 millones. De producirse en este
año 2017 una retirada de similar magnitud respecto a los años anteriores, a final de 2017 el
fondo de reserva de la Seguridad Social se verá totalmente agotado.
17
6. FACTORES QUE PONEN EN RIESGO LA SOSTENIBILIDAD DEL
SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES
6.1. Factores demográficos
Al igual que el conjunto de las sociedades desarrolladas, en España se ha producido un
cambio en la estructura demográfica de la población. Este cambio viene provocado por un
descenso de la natalidad junto con un aumento de la esperanza de vida, influyendo
notablemente en un proceso de envejecimiento de la población española, traduciéndose en
un aumento de la población en edad de jubilación y en una reducción de población activa
que coticen al sistema de la seguridad social, poniendo en riesgo la estabilidad financiera del
sistema de pensiones.
6.1.1. Envejecimiento de la población
Para analizar el progresivo envejecimiento de la población española hay que tener en cuenta
dos factores fundamentales como son el aumento de la esperanza de vida y el descenso de
la natalidad.
Como se puede observar en el gráfico 2, en España se produce un continuo aumento de la
esperanza de vida, factor fundamental a tener en cuenta a la hora de estudiar el
envejecimiento de la población española.
Grafico 2: Esperanza de vida al nacimiento.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
70
75
80
85
90
1990
1991
1992
1993
1994
1995
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1998
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2000
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2002
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2010
2011
2012
2013
2014
2015
Esperanzadevida(años)
Hombres Mujeres
18
A pesar de la evidente diferencia entre la esperanza de vida de las mujeres en relación a los
hombres, se puede observar como el aumento para ambos grupos es constante. Consecuencia
directa de este aumento de la esperanza de vida es el envejecimiento de la población
española, por lo que a la vez que el tiempo que un jubilado recibe su pensión aumenta,
también aumentan los problemas respecto a la estabilidad financiera del sistema de
pensiones. Teniendo en cuenta el periodo comprendido entre el año 2000 hasta el año 2015,
la esperanza de vida ha aumentado 4,7 años para los hombres y 3,9 años para las mujeres,
en tan solo 15 años.
A este aumento de la esperanza de vida, hay que añadir una progresiva pérdida de población.
Al igual que el conjunto de las sociedades desarrolladas, en España se ha producido un
cambio en la estructura de la población debido a una serie de factores.
Los factores más destacables a tener en cuenta son una reducción de la natalidad debida al
desplome de la fecundidad, y un aumento de la mortalidad. Por tanto, existen menos
nacimientos y más muertes que años atrás, dando lugar a un saldo vegetativo negativo. Según
el Instituto Nacional de Estadística (INE), de continuar con la tendencia demográfica actual,
la población bajará algo más de medio millón de habitantes al cabo de 15 años.
Grafico 3: Crecimiento natural de la población de España.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
-100
0
100
200
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400
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1990
1991
1992
1993
1994
1995
1996
1997
1998
1999
2000
2001
2002
2003
2004
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2006
2007
2008
2009
2010
2011
2012
2013
2014
2015
Millaresdepersonas
Nacimientos Defunciones Crecimiento vegetativo
19
Cabe destacar el año 2008 como punto de inflexión en los nacimientos debido a los efectos
de la crisis económica acontecida en nuestro país, incitando a la población al ahorro y como
consecuencia un descenso del número de nacimientos.
La suma de estos factores que ponen en riesgo la futura sostenibilidad del sistema de
pensiones actual, junto con el peso de la generación del baby boom (aquellos nacidos entre
finales de los años cincuenta y mediados de los setenta) que se jubilaran en la próxima
década, va a producir un aumento de la intensidad con la que se va a transformar la pirámide
demográfica española, con una tendencia a convertirse en una pirámide invertida.
Según la simulación realizada por el Instituto Nacional de Estadística “Proyección de la
población de España 2016–2066” sobre la intensidad del proceso de envejecimiento de la
población española, “de mantenerse la situación demográfica de la actualidad, la pérdida de
población se concentraría en el tramo de edad entre 30 y 49 años, que se reduciría en 4,2
millones de personas en los 15 próximos años, un 28,5% menos, y en 6 millones hasta 2066,
un 40,1% menos.” (Instituto Nacional de Estadística, 2016).
Grafico 4: Piramide de poblacion de España y proyección de futuro.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística.
Se está produciendo una convergencia demográfica con Europa y en el grado de
envejecimiento característico de los países más avanzados, con una caída de la natalidad y
un aumento de la esperanza de vida, lo que cual está produciendo ciertas modificaciones en
20
la estructura de la pirámide demográfica española, que quedan plasmadas en una pirámide
regresiva, de población envejecida la cual queda reflejada en el ensanchamiento de los
estratos superiores, tendiendo la base a ser más estrecha con el paso del tiempo. Sin embargo,
y a pesar de ser una tendencia común en los países desarrollados, según las previsiones del
INE, España es uno de los países que más intensidad va a sufrir en el incremento de peso de
la población en edad de jubilación.
Para una mayor claridad respecto al tema que nos referimos, utilizaremos la tasa de
dependencia actual y una proyección de futuro realizada por el Instituto Nacional de
Estadística, entendiendo como tasa de dependencia, “el cociente, en tanto por ciento, entre
la población menor de 16 años o mayor de 64 y la población de 16 a 64 años” (Instituto
Nacional de Estadística, 2017).
Grafico 5: Evolución tasa de dependencia.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
La tasa de dependencia mantiene desde años atrás una tendencia creciente, llegando a
alcanzar en la actualidad un 53.5%. Para un mejor estudio de la tasa de dependencia, resulta
fundamental desglosar los dos grupos de edad que forman este índice, debido a la distinta
naturaleza de las necesidades que presenta cada grupo. Una vez desglosados los grupos de
edad, como podemos observar en el grafico anterior, cabe destacar como se ha ido
produciendo un descenso de la tasa de dependencia de menores de 16 años, propiciado por
el descenso de nacimientos del que anteriormente mencionábamos. A su vez, la tasa de
dependencia de mayores de 64 años presenta un constante crecimiento, lo que supone un
constante aumento de la población en edad de dependencia. Este aumento de dependencia
20
30
40
50
60
70
80
90
100
2012 2013 2014 2015 2016 2021 2026 2031 2041 2051 2061 2066
%
Tasa de dependencia (%) Mayores de 64 años (%) Menores de 16 años (%)
21
en la población española, nos vuelve a reflejar un problema a la hora de mantener la
sostenibilidad del sistema de pensiones actual, ya que en pocas palabras, el número de
jubilados crece en mayor medida que el número de trabajadores. Cabe destacar las
proyecciones realizadas por el INE hasta 2066, haciendo hincapié en el considerable cambio
en la futura tasa de dependencia, llegan casi al 93% en 2051, con un 37% de población mayor
de 64 años.
6.1.2. Saldo migratorio
La inmigración es un tema reciente en la historia de España, pero ha sido de una intensidad
muy elevada desde mediados de los años noventa, llegando a representar un 12% del total
de la población en 2008, año en el que España se encontraba en una época de crecimiento
económico. Hay que tener presente, que el saldo migratorio es extremadamente sensible al
ciclo económico en el que se encuentre el país estudiado, por lo que a partir del inicio de la
crisis en España, se produjo una pérdida de población estimada de 1,3 millones de personas
en función de los saldos migratorios.
Los saldos migratorios alivian en parte la financiación del sistema de pensiones, pues
generalmente, la mayoría de los inmigrantes se encuentran en edad de trabajar y pertenecen
a la población activa, por lo tanto, cotizan en el sistema de la seguridad social y permiten su
sostenimiento, reduciendo la tasa de dependencia.
Grafico 6: Evolución saldo migratorio.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Inmigraciones 599.074 392.963 360.704 371.335 314.358 280.772 305.454 343.614 343.614
Emigraciones 288.432 380.118 403.379 409.034 476.748 532.303 400.430 352.003 330.675
Saldo migratorio 310.642 12.845 -42.675 -37.699 -142.552 -251.531 -94.976 -8.389 12.939
-300
-200
-100
0
100
200
300
400
500
600
700
Millares
Inmigraciones Emigraciones Saldo migratorio
22
Aun así, como hemos mencionado anteriormente, el saldo migratorio es muy sensible a los
ciclos económicos, por lo que al proporcionar efectos temporales en la demografía española,
no es una buena medida para lograr un sistema de pensiones más eficaz. En el grafico 6,
podemos observar como a partir de 2008, el saldo migratorio ha pasado a ser negativo, y a
pesar de las predicciones que el INE hizo en su día, volvió una tendencia positiva a partir
del año 2016, reflejando una mejora de la situación económica del país.
6.2. Factores económicos
6.2.1. Efectos de la crisis mundial en España
Los problemas financieros surgidos de la tendencia demográfica de la población española
no hacen sino agravar los problemas económicos dados a raíz del inicio de la crisis
económica internacional surgida en 2007, cuyos principales detonantes fueron el fenómeno
de las hipotecas “subprime” y la caída del precio de las viviendas en Estados Unidos.
En España, país en el que el sector de la construcción ha tenido mucho peso, los efectos de
la crisis comenzaron con el estallido de la burbuja inmobiliaria, hecho producido por la
incapacidad del mercado de absorber la inmensa oferta de viviendas, bajando la demanda y
a su vez los precios, paralizando la construcción de viviendas y acabando en un
estancamiento del sector inmobiliario y sectores afines. Consecuencia directa de la falta de
demanda y estancamiento de la construcción es un exceso de mano de obra en los sectores
relacionados con el negocio inmobiliario, por lo que la tasa de paro comienza a aumentar a
gran ritmo a partir del tercer trimestre de 2007.
Podemos observar como en tan solo un periodo de dos años, desde 2007 a 2009, la tasa de
paro aumentó más del doble, pasando de 8,01% a un 17,65% (media de ambos grupos),
dando lugar a una dramática situación social en España.
23
Grafico 7: Evolución tasa de paro en España por género.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
El aumento de la tasa de paro provoca una caída de las cotizaciones a la Seguridad Social, y
a su vez, esta población potencialmente activa pasa a pertenecer al sector desempleado de la
población, por lo que estas personas que se encuentran en una nueva situación de desempleo
solicitan la prestación correspondiente, afectando negativamente a la Tesorería General de
la Seguridad Social, disminuyendo sus ingresos e incrementándose sus gastos, surgiendo una
etapa de destrucción de empleo y una incapacidad de la mayoría de las empresas de generar
nuevos puestos de trabajo. En el grafico 7 se observa como a partir de 2009 la tasa de paro
femenina logra igualar a la masculina, hecho remarcable debido a que históricamente la tasa
de paro femenina ha sido siempre superior a la masculina, pero volviendo esta recientemente
a seguir una tendencia desigual.
Los problemas de sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social generados por la tendencia
demográfica a través del aumento del número de pensionistas sin una proporción de
cotizantes suficientes que permita mantener un equilibrio entre cotizantes y jubilados, se ven
aún más agravados por la reducción de ingresos (↓ cotizaciones) y el aumento de los gastos
(↑ prestaciones por desempleo).
6.2.2. Evolución del mercado laboral español
A partir del año 2007 comienza el desarrollo de una profunda crisis en la que quedara
sumergida la economía de nuestro país, afectando de gran manera al mercado laboral
español. Utilizando la “Encuesta de Población Activa elaborada por el Instituto Nacional de
Estadística” (INE, 2016), realizaremos un análisis de la evolución del mercado de trabajo
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5,00
10,00
15,00
20,00
25,00
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2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Tasadeparo(%)
Hombres Mujeres Lineal (Hombres) Lineal (Mujeres)
24
español desde 2007 a 2016. Para una mayor facilidad a la hora de estudiar los datos ofrecidos
por el INE, desglosaremos los datos en trabajadores ocupados y trabajadores en situación de
desempleo, y su vez, distinguiendo por grupos de edad y género.
Grafico 8: Número de trabajadores ocupados según género.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
La caída en la tasa de ocupación se ha visto más acentuada en los hombres que en las mujeres,
manteniendo estas una media alrededor de los 8 millones de trabajadoras, alcanzando la
mayor ocupación en 2008, con 8.650.900 mujeres ocupadas. Aunque desde 2008 la tasa de
ocupación de mujeres ha ido reduciéndose, esta lo ha hecho de forma muy suave si se
compara con la tasa de ocupación de los hombres en el periodo comprendido. El número de
hombres ocupados sufre una caída mucho más notoria, pasando de su máximo en el año
2008 con 12.014.000 a su mínimo en 2014 con tan solo 9.165.600 hombres ocupados.
El descenso en la tasa de ocupación, estudiada por géneros ha sido de carácter continuo desde
2008 hasta 2014, presentando este último año un punto de inflexión en el que comienza a
notarse cierta mejoría para ambos grupos.
6000
7000
8000
9000
10000
11000
12000
13000
2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Milesdepersonas
Hombres Mujeres Lineal (Hombres) Lineal (Mujeres)
25
Grafico 9: Número de trabajadores ocupados según edad.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
El número de trabajadores ocupados por edad permite un estudio distinguiendo entre 3
grandes grupos, que utilizaremos para una mejor visualización. Los tres grupos que
utilizamos son: de 16 a 34 años, de 35 a 54 años y mayores de 55 años.
El grupo que más ha sufrido los efectos de la crisis en cuanto a la tasa de ocupación a la que
nos referimos es el grupo de los jóvenes, de 16 a 34 años. Este grupo ha sufrido un constante
descenso del número de trabajadores ocupados desde el año 2007 hasta 2014, reduciéndose
casi en un 50% su cantidad.
Los trabajadores ocupados de edad comprendida entre 35 y 54 años se han mantenido en
torno a los 10 millones de trabajadores cada año, mientras que el grupo de mayor edad ha
ido incrementándose de forma tímida.
Los efectos de la crisis en el número de trabajadores ocupados no son de igual magnitud
según el grupo de edad o género al que nos refiramos, siendo los hombres y con una edad
comprendida entre 16 y 34 años el grupo con un cambio más significante.
Para analizar el número de trabadores desempleados, utilizaremos la misma forma que la
empleada anteriormente para la tasa de ocupación, analizando en primer lugar el número de
desempleados en función de su género y posteriormente según el grupo de edad al que
pertenecen.
0,0
5.000,0
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2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Milesdepersonas
De 16 a 34 años De 35 a 54 años De 55 y más
26
Grafico 10: Número de trabajadores desempleados según género.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
La tendencia del número de personas en situación de desempleo ha sido creciente tanto para
el grupo de mujeres como de hombres desde 2007 hasta 2013, año en el que comienza a
disminuir debido a la mejora de la situación económica del país.
El grupo de hombres trabajadores desempleados pasa de una situación donde el número era
de 826.400 trabajadores desempleados en 2007 a casi cuadriplicar su cifra en 2013 con
3.205.600 trabajadores desempleados.
El grupo de mujeres trabajadoras desempleadas sigue la misma tendencia que el grupo de
hombres, si bien es cierto que de forma menos acusada, pasando de 1.019.700 trabajadores
desempleados en 2007 a 2.845.500 trabajadores desempleados en 2013.
A partir de 2013 con la mejora de la situación del país y con la generación de nuevos puestos
de trabajo, el número de trabajadores desempleados empieza a disminuir para ambos
géneros.
0,0
500,0
1.000,0
1.500,0
2.000,0
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Milesdepersonas
Hombres Mujeres
27
Grafico 11: Número de trabajadores desempleados según edad.
Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia.
Analizando el número de trabajadores desempleados en función de su edad, observamos que
los grupos de edad comprendidos entre 16 y 34 años, y entre 34 y 54 años, mantienen una
tendencia creciente desde 2007 hasta 2013, año en el que comienzan a reducirse el número
de desempleados para estos dos primeros grupos. Sin embargo, el número de desempleados
mayores de 55 años continúa siendo creciente hasta 2014, y manteniéndose casi en los
mismos niveles desde 2014 a la actualidad, debido a la mayor dificultad a la hora de
encontrar empleo de este grupo de edad.
0,0
1.000,0
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2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016
Milesdepersonas
De 16 a 34 años De 35 a 54 años De 55 y más
28
7. REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES EN ESPAÑA
El aumento de gasto en pensiones debido al progresivo envejecimiento de la población junto
a los efectos provocados por la crisis económica, han obligado al estado español a realizar
una serie de reformas del sistema de pensiones español, intentando lograr una sostenibilidad
y viabilidad frente a la nueva situación económica y demográfica. En los siguientes
apartados estudiaremos las recientes reformas realizadas sobre el sistema de pensiones
español.
Debido a la situación demográfica y económica estudiada en apartados anteriores, se hace
imprescindible realizar una reforma que alivie el déficit financiero del sistema de pensiones
español.
7.1. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización
del sistema de Seguridad Social
Con el objetivo de introducir algunas de las recomendaciones contenidas en el Informe de
Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo, se aprueba la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Los cambios
empezaron a aplicarse en el año 2013 mediante una planificación temporal y que terminará
con una implantación total en el año 2027. Las reformas acometidas mediante la Ley 27/2011
son las siguientes:
Jubilación
La edad de jubilación se incrementa de forma progresiva de los 65 a los 67 años,
aumentándose un mes por año entre 2013 y 2018 y dos meses entre 2019 y 2027. Se podrá
seguir optando por la jubilación a los 65 años, siempre y cuando se acredite un periodo de
cotización superior a 38 años y 6 meses.
Modificación de la tasa de sustitución
El número de años cotizados para conseguir el máximo de la base reguladora se amplia de
35 a 37 años, modificando la anterior Ley 40/2007, de 4 de diciembre de medidas en materia
de Seguridad, pasando a ser 15 años el mínimo de años cotizados con un 50% de la base
reguladora y 37 años cotizados para obtener el 100%, aplicándose la modificación de forma
progresiva hasta 2027.
Ampliación del periodo de cálculo de la base reguladora
29
Se amplía el periodo para el cálculo de la pensión de jubilación de los 15 a los 25 años,
atendiendo a una de las recomendaciones del Pacto de Toledo, con la intención de reforzar
la contributividad del sistema de pensiones. Aquellos trabajadores que abandonen la
actividad laboral por motivos ajenos a su voluntad, a partir de los 55 años y al menos durante
24 meses, podrán aplicar un periodo de cálculo de 20 años hasta 2017 y un periodo de 25
años a partir de 2017, siempre que resulte más favorable. La reforma se aplicará de forma
gradual según la tabla 2.
Tabla 2: Modificación del periodo de cálculo de la base reguladora (2011).
Año Numero de bases
A partir de 2013 192 (16 años)
A partir de 2014 204 (17 años)
A partir de 2015 216 (18 años)
A partir de 2016 228 (19 años)
A partir de 2017 240 (20 años)
A partir de 2018 252 (21 años)
A partir de 2019 264 (22 años)
A partir de 2020 276 (23 años)
A partir de 2021 288 (24 años)
A partir de 2022 300 (25 años)
Fuente: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de
Seguridad Social y elaboración propia.
Prolongación voluntaria de la vida laboral
Aumentan las bonificaciones para la prolongación de la vida laboral para aquellas personas
que sigan trabajando después de llegar a su edad legal de jubilación (2%, 2,72% y 4% por
año), aunque las bonificaciones no serán de aplicación una vez alcanzada la base máxima de
cotización. Para ello deben de haber llegado a la edad de jubilación legal, o con 65 años, y
38 años y medio de cotización, acreditando un mínimo de 15 años cotizados.
Modificación de la jubilación anticipada
Mediante la Ley 27/2011 se establecen dos formas para el acceso a la jubilación anticipada:
1. Cese en el trabajo debido a causas no imputables al trabajador, siempre que el
individuo cumpla los siguientes requisitos:
30
a. Tener 61 años de edad.
b. Haber estado inscrito como demandante de empleo al menos 6 meses antes
de la solicitud de la jubilación.
c. Haber cotizado un mínimo de 33 años sin tener en cuenta la parte
proporcional de las pagas extra.
d. Sea consecuencia del cierre de la empresa.
Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la
aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falten al
trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:
Tabla 3: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2011)
Cotización menor a 38,5 años 1,875 % por trimestre
Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,750 % por trimestre
Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,625 % por trimestre
Cotización superior a 44,5 años 1,500 % por trimestre
Fuente: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de
Seguridad Social y elaboración propia.
2. Cese del trabajo debido a la voluntad del trabajador, siempre que el individuo cumpla
los siguientes requisitos:
a. Tener 63 años de edad
b. Haber cotizado un mínimo de 35 años sin tener en cuenta la parte
proporcional de las pagas extra.
c. La pensión resultante debe ser superior al importe de la pensión mínima.
d. La jubilación parcial se mantiene a los 61 años, pero la cotización será íntegra
tanto para el trabajador relevista como para el relevado.
Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la
aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falten al
trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:
31
Tabla 4: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2011).
Cotización menor a 38,5 años 2 % por trimestre
Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,850 % por trimestre
Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,750 % por trimestre
Cotización superior a 44,5 años 1,625 % por trimestre
Fuente: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de
Seguridad Social y elaboración propia.
 Factor de sostenibilidad
La Ley 27/2011 incluye un factor de sostenibilidad ligado a la evolución de la esperanza
de vida, que realice correcciones paramétricas (tras la evaluación quinquenal del sistema a
partir de 2027) para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones.
7.2. Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la
continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover
el envejecimiento activo
Mediante el Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, se intenta facilitar la compatibilidad de
la jubilación con el trabajo, modificando el sistema de jubilación anticipada y parcial, a la
vez que también se modifican los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 55
años.
Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo
Se posibilita la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo siempre
y cuando se haya accedido a la pensión con el 100% de la base reguladora. El trabajo podrá
ser completo o parcial, reduciendo la cuantía de la prestación al 50%. Mientras perdura la
situación de compatibilidad, la cotización será por incapacidad temporal y por contingencias
profesionales, estableciendo una cotización de solidaridad del 6% para el empresario y del
2% para el trabajador.
Modificación de la jubilación anticipada
Se modifican los requisitos para el acceso a la jubilación anticipada, estableciéndose dos
modalidades, distinguiendo entre jubilación anticipada voluntaria o involuntaria:
 Jubilación anticipada involuntaria (cese en el trabajo no imputable a la libre voluntad
del trabajador, cuyos requisitos/modificaciones son:
32
o Se incrementa gradualmente la edad desde los 61 años actuales hasta los 63
en 2027.
o Periodo de cotización mínima efectiva de 33 años.
o Haber estado inscrito un periodo mínimo de 6 meses a las oficinas de empleo
anteriormente a la solicitud de la jubilación.
o Que el cese en el trabajo se haya producido como consecuencia de una
reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral.
Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la
aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falte al
trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:
Tabla 5: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2013).
Cotización menor a 38,5 años 1,875 % por trimestre
Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,750 % por trimestre
Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,625 % por trimestre
Cotización superior a 44,5 años 1,500 % por trimestre
Fuente: Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de
los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo y elaboración propia.
 Jubilación anticipada por voluntad propia, cuyas modificaciones son:
o Se incrementa gradualmente la edad desde los 63 años actuales hasta los 65
en 2027.
o Periodo mínimo de cotización efectiva de 35 años.
o Se modifican los coeficientes de reducción de la pensión.
Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la
aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falten al
trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:
33
Tabla 6: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2013).
Cotización menor a 38,5 años 2 % por trimestre
Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,850 % por trimestre
Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,750 % por trimestre
Cotización superior a 44,5 años 1,625 % por trimestre
Fuente: Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de
los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo y elaboración propia.
Jubilación parcial
En caso de que el trabajador haya cumplido la edad de jubilación ordinaria, el trabajador
podrá acceder a la jubilación anticipada siempre y cuando reduzca su jornada laboral entre
el 25% y el 50%, no siendo exigible la celebración simultánea de un contrato de relevo.
En caso de que el trabajador no haya cumplido la edad de jubilación ordinaria, el trabajador
podrá acceder a la jubilación anticipada siempre que se celebre simultáneamente un contrato
de relevo y se cumplan los siguientes requisitos:
 Acreditar una antigüedad de al menos 6 años en la empresa.
 Haber cotizado más de 33 años.
 Reducción de jornada entre el 25% y el 50%, o bien del 75% cuando el relevista sea
contratado a jornada completa con un contrato indefinido.
 La base de cotización prevista no sea inferior al 65% del promedio de las últimas seis
bases del jubilado parcial.
Políticas activas de empleo para mayores de 55 años
Los trabajadores que hayan agotado su prestación por desempleo y sean mayores de 55 años,
o que no tengan derecho a percibirla, serán considerados como colectivo prioritario en la
aplicación de políticas activas de empleo con el objetivo de fomentar su permanencia en el
mercado y prolongar su vida laboral.
7.3. Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y
del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social
El aumento de la esperanza de vida unido a factores como la baja tasa de natalidad o la
reciente crisis económica, han hecho necesario introducir determinados elementos que
corrijan el sistema de pensiones actual, con el fin de conseguir un sistema público de
pensiones estable y viable.
34
El proceso para paliar estos factores que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema de
pensiones comenzó con la ley 27/2011, de 1 de agosto, introduciendo una serie de reformas
como el progresivo aumento de la edad de jubilación o la ampliación del periodo para el
cálculo de la base reguladora. El conjunto de las medidas aplicadas resultan de gran utilidad
en el corto plazo, pero son insuficientes para el medio y largo plazo, y es por ello, que para
dotar de una sostenibilidad a medio y largo plazo al sistema de pensiones se aprueba la Ley
23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de
Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, regulando dos elementos
decisivos:
 El factor de sostenibilidad
 El índice de revalorización
El factor de sostenibilidad
El factor de sostenibilidad se define como “un instrumento que con carácter automático
permite vincular el importe de las pensiones de jubilación del sistema de la Seguridad Social
a la evolución de la esperanza de vida de los pensionistas, a través de la fórmula que se
regula en esta norma, ajustando las cuantías que percibirán aquellos que se jubilen en
similares condiciones en momentos temporales diferentes.” (BOE, Ley 23/2013).
Tiene su origen en la Ley 27/2011 de 1 de agosto, donde su entrada se esperaba a largo plazo.
Pero a raíz de la crisis económica acontecida en nuestro país, su puesta en marcha se hizo
necesaria, siendo adelantada al 1 de enero de 2019. La revisión del factor de sostenibilidad
se realizará con periodicidad quinquenal, revisándose la variación interanual de esperanza
de vida a tener en cuenta para calcular el valor del factor sostenibilidad.
Para el cálculo del factor sostenibilidad se tendrá en cuenta:
a. Las tablas de mortalidad de la población pensionista de jubilación del sistema de la
Seguridad Social elaboradas por la propia Seguridad Social.
b. La edad de 67 años como edad de referencia.
Índice de revalorización
Las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, incluido el importe de
la pensión mínima, serán incrementadas al comienzo de cada año en función del índice de
revalorización previsto en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado.
Dicho índice se determinará según la siguiente expresión matemática (BOE, Ley 23/2013):
35
Ecuación 1: Índice de revalorización
𝐼𝑅 𝑡+1 = 𝑔̅𝐼,𝑡+1 − 𝑔̅ 𝑝,𝑡+1 − 𝑔̅ 𝑠,𝑡+1 + 𝛼 [
𝐼∗
𝑡+1 − 𝐺∗
𝑡+1
𝐺∗
𝑡+1
]
Fuente: Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de
Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social y elaboración propia.
Siendo (BOE, Ley 23/2013):
 IR = Índice de revalorización de pensiones expresado en tanto por uno con cuatro
decimales.
 t+1= Año para el que se calcula la revalorización.
 ḡI,t+1 = Media móvil aritmética centrada en t+1, de once valores de la tasa de variación
en tanto por uno de los ingresos del sistema de la Seguridad Social.
 ḡp,t+1 = Media móvil aritmética centrada en t+1, de once valores de la tasa de
variación en tanto por uno del número de pensiones contributivas del sistema de la
Seguridad Social.
 ḡs,t+1 = Media móvil aritmética centrada en t+1, de once valores del efecto sustitución
expresado en tanto por uno. El efecto sustitución se define como la variación
interanual de la pensión media del sistema en un año en ausencia de revalorización
en dicho año.
 I*
t+1 = Media móvil geométrica centrada en t+1 de once valores del importe de los
ingresos del sistema de la Seguridad Social.
 G*
t+1 = Media móvil geométrica centrada en t+1 de once valores del importe de los
gastos del sistema de la Seguridad Social.
 α = Parámetro que tomará un valor situado entre 0,25 y 0,33. El valor del parámetro
se revisará cada cinco años.
Mediante el nuevo índice de revalorización de las pensiones, se sustituye el IPC como
elemento de referencia, tomándose ahora la situación financiera del sistema de pensiones. El
resultado se ve limitado al no poder ofrecer un incremento anual de las pensiones inferior al
0,25% ni superior a la variación porcentual del IPC (IPC del año anterior más 0,50%). Por
lo tanto, ante una situación de crisis, el índice de revalorización disminuirá (asegurando un
incremento del 0,25%) disminuyendo el poder adquisitivo de los pensionistas.
36
8. CONCLUSIONES
El progresivo aumento de la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad han provocado un
envejecimiento de la población española que, unido a la crisis financiera internacional y la
situación del mercado laboral, hacen que la sostenibilidad del sistema público de pensiones
se encuentre en una difícil situación.
El sistema público de pensiones español funciona mediante un modelo de reparto, basado en
el principio de solidaridad intergeneracional, en el que las prestaciones que reciben los
pensionistas son financiadas con las cotizaciones de los trabajadores del momento. Si bien
es cierto que hasta no hace demasiados años el sistema de reparto ha sido viable, llegando a
generar excedentes que eran acumulados en el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, la
situación dicta mucho del pasado debido al nuevo escenario demográfico y económico.
Los pilares del sistema de reparto se sostienen en la existencia de un equilibrio entre el
número de cotizantes y de pensionistas, existiendo actualmente un ratio de menos de dos
cotizantes por pensionista, situación que se aparta bastante de los inicios del sistema público
de pensiones, cuando el ratio era de 4 trabajadores por pensionista en la década de los setenta,
por lo que en un futuro no muy lejano, la situación será insostenible.
Como consecuencia de los problemas surgidos, en los últimos años se han realizado una
serie de reformas paramétricas (incremento del periodo de cotización, aumento en el número
de años a tener en cuenta para calcular la pensión, incremento en la edad de jubilación…)
con el objetivo de devolver cierta sostenibilidad al sistema de pensiones. Estas medidas
pueden suponer cierto alivio en el corto plazo, pero no aseguran la sostenibilidad financiera
a largo plazo, por lo que también se deben de introducir una serie de reformas de mayor
envergadura, realizando modificaciones estructurales que adapten el sistema de pensiones al
nuevo escenario.
En mi opinión, el sistema de pensiones español debería de realizar una transición a un
sistema de pensiones que combine pensiones públicas con privadas (sistema mixto), como
puede ser el sistema de cuentas nocionales de aportación definida, aplicado por países como
Suecia, Letonia o Polonia.
El sistema continuaría basándose en el reparto intergeneracional, en el que las cotizaciones
del momento son utilizadas para pagar las prestaciones en vigor, pero combinándose con un
37
sistema de capitalización, calculándose las pensiones mediante un sistema de aportación
definida, por lo que principal diferencia sería la forma de calcular las pensiones.
En dicho modelo, se crea una cuenta ficticia donde se recogen las cotizaciones y los
rendimientos virtuales generados por cada cotizante durante toda su vida laboral,
calculándose los rendimientos conforme a un tanto nocional, pudiendo ser los salarios
medios, la tasa de crecimiento del PIB, los ingresos por cotizaciones, etc.
En nuestro actual sistema de pensiones, la prestación es calculada utilizando las aportaciones
realizadas en los últimos 25 años, existiendo límites máximos y mínimos en las prestaciones.
Sin embargo, en el sistema de cuentas nocionales, al inicio de la vida laboral de cada
individuo se genera una cuenta ficticia donde se recogen las cotizaciones y los rendimientos
virtuales generados por cada cotizante. Cuando el individuo pase a ser jubilado, la prestación
que recibirá es calculada en base a al valor de las cotizaciones aportadas a lo largo de toda
la vida laboral del individuo dividido entre la esperanza de vida estimada del momento.
Mediante el sistema de cuentas nocionales lograríamos dotar al sistema de pensiones de una
mayor sostenibilidad, ya que cada jubilado cobraría su pensión en función de lo aportado al
sistema, evitando desfases en las cuentas de la Seguridad Social. Además, al estar
directamente ligado las cotizaciones aportadas con la cantidad recibida en el futuro, se
incentiva directamente la prolongación voluntaria de la vida laboral.
La mayor desventaja que encuentra este sistema es que no es capaz de asegurar que el
pensionista vaya a cobrar lo necesario para vivir una vez que se jubile, pero este problema
sería solucionado implantando un sistema de pensiones mínimas como ya se ha hecho en el
caso del modelo sueco, basado en 3 pilares fundamentales: pensión mínima, sistema de
cuentas nocionales y aportaciones obligatorias a un plan de pensiones individual, que cada
individuo elige en función del riesgo y la rentabilidad que genere el mismo.
A la vista de lo estudiado, el principal problema es la falta de cotizantes que generan ingresos
y doten de estabilidad al sistema de pensiones, por lo que un sistema de pensiones mixto
puede ser una buena alternativa para conseguir un sistema de pensiones español sostenible a
largo plazo.
38
9. BIBLIOGRAFÍA
Álvarez, M. (2013). Un sistema de pensiones sostenible. Observatorio de pensiones de
Caser. Guadalajara: Aventura Gráfica.
Arellano, A., Felgueroso, F. y Vegas, R. (2010). Crisis económica y sostenibilidad de las
pensiones de jubilación y los sistemas de provisión privados. Gobierno de España.
Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Blasco Lahoz, J. F. y López Gandía, J. (2016). Curso de Seguridad Social (8a
Edición).
Valencia: Tirant Lo Blanch.
Castillo, S. (2008). Solidaridad, seguridad, bienestar: Cien años de protección social en
España. Madrid: Ministerio de Trabajo e Inmigración.
Conde-Ruiz, J. I. (2017). Medidas para restaurar (o no) la sostenibilidad financiera de las
pensiones. FEDEA Policy Papers 2017/04, Madrid: FEDEA.
Constitución Española (1978). Boletín Oficial Del Estado, (311), 29313-29424. Recuperado
de https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1978-31229
Doménech, R. (2014). Pensiones, bienestar y crecimiento económico. Documento de
Trabajo nº 14/03, Madrid: BBVA Research.
Eguiagaray, J. M., Doménech, R., Fidalgo, J. M., Leal Maldonado, J. L., Pérez Díaz, V. y
Serrano, F. (2013). Un sistema de cuentas nocionales para España. Por un sistema de
pensiones solidario, sostenible y transparente. Madrid: Grupo Consultivo de Reflexión
sobre Políticas Públicas – UNESPA.
Hacia un sistema público de pensiones sostenible, equitativo y transparente (2010). Madrid:
FEDEA.
Hernández De Cos, P., Jimeno, J. F. y Ramos, R. (2017). El sistema público de pensiones en
España: situación actual, retos y alternativas de reforma. Documentos Ocasionales nº
1701, Madrid: Banco de España.
39
Ine.es (2009). Instituto Nacional de Estadística. Madrid: INE. Recuperado de
http://www.ine.es/
La Cuesta, A. y Puente, S. (2010). El efecto del ciclo económico en las entradas y salidas de
inmigrantes en España. Documento de Trabajo nº 1016, Madrid: Banco de España.
Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de
Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social (2013). Boletín Oficial
Del Estado, (309), 105137-105144. Recuperado de
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13617
Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad
Social (1997). Boletín Oficial Del Estado, (169), 21781-21787. Recuperado de
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1997-15810
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema
de Seguridad Social. (2011). Boletín Oficial Del Estado, (184), 87495-87544.
Recuperado de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13242
Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
(2003). Boletín Oficial Del Estado, (234), 35404-35406. Recuperado de
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-18089
Montero García, F. (1988). Orígenes y antecedentes de la Previsión Social. Madrid:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
INE (20 de octubre de 2016). Proyección de la población de España 2016–2066. Nota de
prensa. Madrid: Instituto Nacional de Estadística.
Quintero Lima, M. G. (2014). La Seguridad Social en España. Evolución histórica. Madrid:
Universidad Carlos III.
Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley General de la Seguridad Social. (1994), Boletín Oficial del Estado, (154), 20658-
20708. Recuperado de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-14960
40
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
de la Ley General de la Seguridad Social. (2015). Boletín Oficial Del Estado, (261),
103291-103519. Recuperado de https://www.boe.es/boe/dias/2015/10/31/pdfs/BOE-
A-2015-11724.pdf
Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la
vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.
(2013). Boletín Oficial Del Estado, (65), 21441-21474. Recuperado de
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-2874
Sabatini, M. (2016). Índice de sostenibilidad de las pensiones. Madrid: Allianz.
Sala i Martin, X. (2013). La Reforma de las Pensiones: “Factores de Sostenibilidad.”
Recuperado de http://salaimartin.com/randomthoughts/item/621-la-reforma-de-las-
pensiones-factores-de-sostenibilidad.html
Sánchez Marín, Á. L. (2014). El instituto de Reformas Sociales: origen, evolución y
funcionamiento. Revista Crítica de Historia de las Relaciones Laborales y de la
Política Social, (8), 7-28.
Seg-social.es (2009). Ministerio de empleo y Seguridad Social. Madrid: INE. Recuperado
de http://www.seg-social.es/
Zubiri Oria, I. (2012). Reforma y sostenibilidad del sistema de pensiones: una valoración
crítica. Economía Española y Protección Social, IV, 59-105.

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Factores que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema de pensiones español

  • 1. TRABAJO FIN DE GRADO Factores que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema de pensiones español Autor; D. Fernando Bernal Ayala Tutor; D. José Luis Nieto González Grado en Economía Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales UNIVERSIDAD DE ALMERÍA Curso Académico: 2016 / 2017 Almería, Junio de 2017
  • 2. INDICE 1. RESUMEN................................................................................................................................. 1 2. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 2 3. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA ................................................................................................. 3 4. LAS PENSIONES EN ESPAÑA: ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN.................................. 6 5. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE PENSIONES................................................................ 10 5.1. Pensiones contributivas y pensiones no contributivas ..................................................... 10 5.2. Financiación sistema de pensiones................................................................................... 12 5.2.1. Fondo de Reserva de la Seguridad Social ................................................................ 13 6. FACTORES QUE PONEN EN RIESGO LA SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES.............................................................................................................................. 17 6.1. Factores demográficos...................................................................................................... 17 6.1.1. Envejecimiento de la población ............................................................................... 17 6.1.2. Saldo migratorio....................................................................................................... 21 6.2. Factores económicos ........................................................................................................ 22 6.2.1. Efectos de la crisis mundial en España .................................................................... 22 6.2.2. Evolución del mercado laboral español.................................................................... 23 7. REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES EN ESPAÑA ................................................ 28 7.1. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social......................................................................................................... 28 7.2. Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo ................ 31 7.3. Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social................................................ 33 8. CONCLUSIONES ................................................................................................................... 36 9. BIBLIOGRAFÍA...................................................................................................................... 38
  • 3. 1 1. RESUMEN El sistema de pensiones público español se encuentra continuamente cuestionado debido a una serie factores que han llevado a las arcas del sistema de la Seguridad Social a un continuo déficit. El aumento de la esperanza de vida, el envejecimiento de la población, la crisis financiera internacional o la deplorable situación del mercado laboral son algunos de los factores tanto demográficos como económicos que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema público de pensiones. En este trabajo se estudiara el funcionamiento del sistema de pensiones actual, analizando los factores anteriormente mencionados con el objetivo de proporcionar una visión clara de los problemas que plantea el sistema de pensiones público español, en el que una ausencia prolongada de reformas estructurales de gran calado, hará que el sistema de pensiones público español sea insostenible pocos años.
  • 4. 2 2. INTRODUCCIÓN El objetivo de este trabajo radica en identificar los principales factores que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema español de pensiones, dado que la situación actual dicta mucho desde la implantación del sistema de pensiones en el pasado. Es por ello que se hace necesario estudiar la estructura que compone el sistema de pensiones actual y realizar una breve revisión histórica desde sus orígenes hasta la actualidad que nos indique cómo ha evolucionado su funcionamiento, todo ello con el fin de comprender las causas de la actual crisis del sistema de pensiones de la Seguridad Social y como consecuencia ultima, las reformas llevadas a cabo. En primer lugar, se revisarán los antecedentes históricos de la Seguridad Social, lo que nos ayudará a comprender como ha evolucionado el sistema de pensiones hasta llegar al que conocemos en la actualidad. A continuación, se identificarán las distintas modalidades que componen el sistema, analizando la estructura del sistema de pensiones y las distintas vías de financiación que utiliza, para posteriormente estudiar la evolución que ha sufrido el Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Una vez comprendido su funcionamiento, se analizarán los distintos factores que hacen tambalear los cimientos del sistema de pensiones español, estudiando la evolución demográfica y económica de la sociedad española, proporcionando una visión clara de los motivos que han llevado a reformar el actual sistema de pensiones. Tras detectar y estudiar los principales problemas que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema de pensiones, se revisarán las distintas reformas acometidas recientemente como consecuencia de lo anteriormente expuesto. Finalmente, se incluye un apartado de conclusiones donde se exponen los principales aspectos del trabajo, además de un apartado de referencias bibliografías en el que se pueden consultar las diferentes fuentes utilizadas para la elaboración del trabajo. Para un mejor entendimiento, se han utilizado gráficos y tablas con los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística, lo que proporciona una mejor visión de la evolución del sistema de pensiones de la Seguridad Social en España.
  • 5. 3 3. REVISIÓN BIBLIOGRÁFICA La sostenibilidad del sistema público de pensiones español se encuentra continuamente cuestionada como consecuencia de los cambios demográficos, económicos y políticos acontecidos en los últimos años. Es por ello que se observa que el gasto público en pensiones continúa con una tendencia creciente a la vez que disminuyen ligeramente los ingresos aportados al sistema, ambos expresados en relación al PIB. Según un estudio realizado por Sabatini (2016) para el grupo Allianz sobre el índice de sostenibilidad de las pensiones, la debilidad de los datos financieros y demográficos del sistema de pensiones hace que España se sitúe en el puesto 45 de 54 países estudiados en cuanto a la fortaleza de su sistema de pensiones. En dicho informe Sabatini destaca la falta de reformas a realizar, en gran parte por el difícil panorama político de los últimos años, poniendo especial énfasis en la necesidad del sistema de pensiones de generar ingresos adicionales para que este pueda mantenerse. Un estudio sobre las proyecciones de futuro del sistema de pensiones realizado por el Instituto Nacional de Estadística (2016) en el que se realiza una proyección de futuro de la demografía española hasta 2066, destaca que de seguir con la tendencia demográfica actual, en poco menos de 15 años la población habrá descendido en medio millón, llegando a disminuir en 5,4 millones para el año 2066, fenómeno que se presentará principalmente por el descenso del número de nacimientos y el aumento del de las defunciones. Al problema presentado por la pérdida de población, hay que añadir un progresivo aumento de la esperanza de vida, lo que eleva el peso de la población en edad de jubilación. A los problemas demográficos presentados, hay que añadir las graves consecuencias originadas a raíz de la crisis económica internacional surgida en 2007. Como señalan Arellano, Felgueroso y Vegas (2014) en su estudio “Crisis económica y sostenibilidad de las pensiones de jubilación”, la mencionada crisis sitúa a España en una situación complicada, frenando la creación de empleo y la riqueza de la economía española. En el documento se refleja como al aumentar la tasa de paro, el número de cotizantes disminuye, y por consiguiente el número de cotizaciones a la Seguridad Social, pasando la población potencialmente activa a ser desempleada, aumentando la demanda de prestaciones por desempleo. El resultado se traduce en una caída de los ingresos del sistema de seguridad social (menores cotizaciones) y un aumento del gasto derivado (mayores prestaciones).
  • 6. 4 Todos los factores analizados anteriormente hacen que la evolución de las cuentas de la seguridad social, tal y como describen Hernández de Cos, Jimeno y Ramos (2017) en su informe “El sistema público de pensiones en España: situación actual, retos y alternativas de reforma” elaborado para el Banco Central Europeo, siga una tendencia negativa. La situación es muy distante de la existente en el año 2007 cuando las cuentas del sistema de seguridad social presentaban un superávit del 2,2%, teniendo en 2015 un déficit de 1,5% ambos expresados en relación al PIB. Y es que, el gasto en pensiones se ha incrementado en 3,1 puntos porcentuales sobre el PIB, correspondiéndose con una mayor tasa de dependencia y sustitución, a la vez que se produce una caída de la tasa de empleo. Esta situación ha tenido como resultado una disminución del Fondo de Reserva de la Seguridad Social respecto al año 2011, cuando este alcanzo su punto álgido y representaba un 6,2 % del PIB, reduciéndose en 4,8 puntos porcentuales hasta situarse en un 1,4 % del PIB a finales de 2016. A raíz de la situación de crisis del sistema público de pensiones, comienzan a aparecer diferentes opiniones sobre la viabilidad de mantener el sistema de pensiones de reparto, o si, por el contrario, se debería pasar a un sistema de capitalización o mixto. Para el catedrático de Economía de la Universidad de Columbia, Xavier Sala i Martin, tal y como refleja en su blog personal, “el sistema de pensiones español es insostenible” (salaimartin.com, 2013), dado que considera que las contribuciones que puede realizar un trabajador medio a lo largo de su vida no son suficientes para pagar las prestaciones que recibirá durante sus años como jubilado, considerando el factor sostenibilidad recientemente introducido en el sistema de pensiones como “un eufemismo que, en realidad, quiere decir bajar las pensiones” (Sala i Martin, 2013, p.1). En su opinión, la mejor opción sería pasar a un sistema de capitalización: "Los trabajadores escogen un fondo de pensiones privado que administra el dinero, y estos fondos compiten para obtener las mejores contribuciones de cada uno de los trabajadores" (Sala i Martin, 2013, p.1). Algunos economistas abogan por un sistema de pensiones mixto, como es el caso de Rafael Domenech, profesor de Economía en la Universidad de Valencia y actualmente Responsable de Análisis Macroeconómico de BBVA, tal y como defiende en su artículo “Pensiones, bienestar y crecimiento económico” (Domenech, 2014). Para Domenech, el sistema de capitalización supone un incentivo al ahorro, lo que se traduce en una mayor acumulación de capital, pero siendo también interesante el sistema de reparto debido a su capacidad redistributiva de la renta, por lo que defiende un sistema de pensiones mixto que compatibilice los beneficios de ambos sistemas, buscando un equilibrio entre la equidad y la
  • 7. 5 existencia de mecanismos que proporcionen un seguro a aquellas personas que no han sido suficientemente previsoras, complementando el sistema de reparto con el pilar de la capitalización, aumentando la rentabilidad media de las aportaciones. Ante las propuestas a favor de cambio de sistema en las pensiones, Ignacio Zubiri, catedrático universitario y experto en pensiones, se muestra claro defensor del actual sistema de reparto en su artículo “Reforma y sostenibilidad del sistema de pensiones: una valoración crítica” (Zubiri, 2012), si bien destaca que las medidas realizadas hasta ahora se muestran insuficientes y la necesidad de realizar reformas de gran calado se hace imperativo. Para Zubiri, las pensiones privadas presentadas en numerosas ocasiones como superiores a las públicas no son una alternativa válida. Según el experto en pensiones, “las pensiones privadas tienen un coste elevado de gestión, no garantizan rentabilidades altas, conllevan riesgos individuales y colectivos sustanciales, solo cubren la invalidez, la vejez o la orfandad pagando primas altas, no son siquiera inmunes al envejecimiento y pueden no aumentar mucho el ahorro nacional” (Zubiri, 2012, p.99), para el que el sistema de reparto, según Zubiri, solventa los problemas mencionados.
  • 8. 6 4. LAS PENSIONES EN ESPAÑA: ANTECEDENTES Y EVOLUCIÓN El inicio de las políticas de protección en España tiene como punto de partida la Comisión de Reformas Sociales de 1883, cuya finalidad era “estudiar todas las cuestiones que directamente interesan a la mejora o bienestar de las clases obreras, tanto agrícolas como industriales, y que afecten a las relaciones entre el capital y el trabajo” (seg-social.es, 2017). En 1900, y bajo la influencia de la ley francesa de 1889, se crea en España el primer seguro social, La Ley de Accidentes de Trabajo, que abandona la teoría de la culpa mediante la lógica de la responsabilidad objetiva pero siendo aún la protección efectiva de esta insuficiente ya que hasta la promulgación de la Ley de 4 de Julio de 1932 no pasa a ser obligatoria por parte del empresario. La seguridad social que conocemos hoy en día tiene su origen institucional en 1908 con la creación del Instituto Nacional de Previsión (INP), constituyendo la primera institución oficial encargada de la Seguridad Social y de la asistencia sanitaria en España, en principio para fomentar la previsión popular; después, para gestionar directamente el sistema de seguros sociales, y posteriormente, el sistema de Seguridad Social. A partir de entonces, y hasta llegar a la Ley de Bases de la Seguridad Social (LBSS) de 1963 surgen numerosos seguros sociales como el Retiro Obrero de 1919, primer seguro social obligatorio que protegía la vejez al ser considerada una invalidez por edad, con obligatoriedad de afiliación y cotizaciones por parte del empleado y empleador. Dentro de este periodo cabe destacar: la Ley de 1 de septiembre de 1939, sobre Seguro de Vejez; la Ley de 14 de diciembre de 1942, sobre Seguro Obligatorio de enfermedad; el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) de 1947. Estos seguros sociales fueron gestionados por el INP, resultando todos en una funcionalidad insuficiente, dando lugar a la creación de multitud de mutualidades laborales. Con el objeto de unificar e integrar la protección social, aparece en 1963 la Ley de Bases de la Seguridad Social (LBSS), optando por un sistema de reparto con el fin de proteger el derecho a jubilación de los trabajadores de la época, que más tarde quedaría retratado en la Ley General de la Seguridad de 1966, aunque con un sistema de cotización muy alejado aun de los salarios reales de los trabajadores, con ausencia de revalorizaciones y con una superposición de organismos que no permitía plasmar una tendencia hacia la unidad.
  • 9. 7 No será hasta la llegada de la democracia a España mediante las primeras elecciones democráticas de 1977 y tras la implantación de la Constitución Española (CE) de 1978, cuando se produzcan una serie de reformas con un enfoque al sistema de la Seguridad Social que existe actualmente. En el artículo 41 de la Constitución española, los poderes públicos se comprometen a mantener un régimen público de seguridad social, una garantía de asistencia y de prestaciones sociales, garantizando el principio de protección a todos los ciudadanos: “Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres” (BOE, art. 41 de la CE, 1978). El artículo 43 de la CE quedó dedicado de forma completa a reconocer y garantizar el derecho a protección de la salud. También, los artículos 49 y 50 garantizan los derechos de minusválidos y de la tercera edad, respectivamente. Con la publicación del Real Decreto Ley 36/1978, de 16 de noviembre, se produce la primera gran reforma, que según lo establecido en los Pactos de la Moncloa, se crea un sistema de participación de los agentes sociales dotando de transparencia y racionalidad a la Seguridad Social, creando además un sistema de gestión por múltiples organismos, como el Instituto Nacional de la Seguridad Social, encargado de las prestaciones económicas del sistema y la Tesorería General de la Seguridad Social, como una caja única del sistema y bajo la actuación del principio de solidaridad financiera. El INP desaparece, y sus funciones son encomendadas al Ministerio de Sanidad y Seguridad Social a través del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Durante la década de los ochenta y los noventa, se llevaron a cabo numerosas reformas, de las cuales cabe destacar: el Decreto-Ley 13/1981, que establece la edad de jubilación en 64 años; la Ley 31/1984 de protección por desempleo, que modificaba completamente la Ley Básica de Empleo de 1980; la Ley 26/1985, que establecía medidas urgentes para la racionalización de la estructura y de la acción protectora de la Seguridad Social; la Ley 26/1990, que regula las prestaciones no contributivas y la Ley 22/1992, que modificaba de forma importante la normativa sobre desempleo. Debido a la preocupación por la viabilidad financiera del sistema de la Seguridad Social, tanto por el constante crecimiento de los gastos (aumento de pensionistas y su pensión
  • 10. 8 media) como por la nueva política de estabilidad monetaria de la Unión Europea (UE), en 1995 se firmó el Pacto de Toledo con unanimidad del Congreso de los Diputados, un informe que analizase los problemas estructurales del sistema de la Seguridad Social e identificase las primeras reformas que debían llevarse a cabo. En dicho informe se establecían tres objetivos para el sistema de la Seguridad Social: estabilidad financiera, equidad y eficiencia en la gestión. Para la consecución de estos tres objetivos, se establecieron quince recomendaciones, de las cuales destacamos las principales medidas en la Tabla 1. Tabla 1: Principales medidas del Pacto de Toledo. Grupo de medidas Descripción Separación y clarificación de fuentes de financiación - Las prestaciones no contributivas pasan a ser financiadas a través de aportaciones del Estado - La financiación de las prestaciones contributivas se financiarán por cotizaciones de empresas y trabajadores Poder adquisitivo de las pensiones - Todas las pensiones se revalorizarán con el IPC previsto, revisándose correspondientemente en caso de divergencia entre este y el realizado. Dotación de un fondo de reserva - Permite acumular los excedentes producidos después de abonar las pensiones del año anterior. Modernización e información al ciudadano - Integración de la Seguridad Social con las tecnologías de la información. - Fácil acceso al ciudadano sobre sus derechos y obligaciones con la Seguridad Social. Cotizaciones - Eliminar gradualmente los topes de cotización por debajo del máximo. - Aproximar las bases de cotización a los salarios realmente percibidos. Carácter contributivo del sistema - Reforzar el principio de contributividad con el objetivo de conseguir una mayor proporcionalidad entre las pensiones y el esfuerzo de cotización realizado. Lucha contra el fraude - Lucha contra la economía sumergida. - Lucha contra el uso inadecuado de la afiliación al régimen de autónomos por trabajadores respecto de los cuales se dan las
  • 11. 9 características de ajeneidad y dependencia propias de la relación laboral. Jubilaciones Anticipadas - La edad de jubilación debe adaptarse de manera gradual y progresiva, teniendo en cuenta el aumento de la esperanza de vida de la población española. - Se desincentivarán las jubilaciones anticipadas voluntarias pero descenderá el coeficiente reductor al 7% anual para las jubilaciones forzosas con 40 o más años de cotización. Incapacidad Permanente - Mejor definición de los supuestos y controles más severos. Pensión de jubilación con 65 años. - Estas pensiones pasan a denominarse de jubilación a los 65 años. No varía su importe. Fuente: Ley de Consolidación y elaboración propia. A través de estas medidas comienza en España una etapa de análisis, debate y desarrollo de las propuestas sobre las reformas de las pensiones.
  • 12. 10 5. ESTRUCTURA DEL SISTEMA DE PENSIONES El sistema público español de pensiones funciona mediante un modelo de solidaridad intergeneracional, también conocido como sistema de reparto. En este sistema, las pensiones de los jubilados son financiadas mediante las cotizaciones de la población activa a la Seguridad Social, y cuando la población activa pasa a ser jubilada, serán los nuevos trabajadores los que financien sus pensiones. Por lo tanto, las pensiones actuales son pagadas con la recaudación de las cotizaciones del momento. Estos trabajadores activos que financian con sus cotizaciones las pensiones adquieren el derecho a recibir una prestación de jubilación en un futuro. 5.1. Pensiones contributivas y pensiones no contributivas Existen dos tipos de pensiones públicas en España, las pensiones contributivas, que exigen haber tenido una relación previa con el sistema de la seguridad social mediante un periodo mínimo de cotización, y las pensiones no contributivas, que pueden definirse como “un mecanismo colectivo de solidaridad, cuya protección se otorga independientemente de la existencia de una cotización previa y de la pérdida o reducción de ingresos profesionales y se destina a los individuos, familias y grupos que se encuentran en una situación de necesidad y riesgo social." (Blasco Lahoz y López Gandía, 2014). Las pensiones contributivas son prestaciones económicas, normalmente de carácter indefinido, que aquellas personas con una previa relación con el sistema de Seguridad Social tienen derecho a percibir. Dentro de la acción protectora del Régimen General y de los Regímenes Especiales de la Seguridad Social existen las siguientes modalidades de pensiones (seg-social.es, 2017):  Por jubilación, puede darse de forma ordinaria, anticipada, flexible o parcial. o Ordinaria: aquellas personas que cumplan los requisitos de edad y periodo mínimo de cotización. o Anticipada: iniciada antes de cumplir la edad de jubilación ordinaria debido a un cese no voluntario en el trabajo, o mediante la propia voluntad del trabajador mediante el cumplimiento de ciertos requisitos (tener como máximo dos años menos de la edad de jubilación ordinaria, periodo mínimo de cotización efectiva, importe de la pensión superior a la cuantía de la pensión mínima).
  • 13. 11 o Flexible: compatibilización de la pensión de jubilación y un contrato de trabajo a tiempo parcial (límite de jornada laboral según Estatuto de los Trabajadores y minoración de la pensión). o Parcial: iniciada antes o después de la edad de jubilación ordinaria y de forma simultánea con un contrato de trabajo a tiempo parcial.  Por incapacidad permanente: total, absoluta y gran invalidez.  Por fallecimiento: Viudedad, orfandad y en favor de familiares. A esto debemos añadir el Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI). Según la Seguridad Social: “SOVI es el régimen residual que se aplica a aquellos trabajadores y sus derechohabientes que, reuniendo los requisitos exigidos por la legislación del extinguido régimen, no tengan derecho a pensión del actual Sistema de la Seguridad Social, con excepción de las pensiones de viudedad de las que puedan ser beneficiarios”(seg-social.es, 2017). Dentro de su acción protectora, están incluidas las siguientes pensiones:  Vejez.  Invalidez.  Viudedad. Tras la reciente reforma de la ley de pensiones llevada a cabo por el gobierno y de la cual hablaremos más adelante, la edad de jubilación ordinaria se ha retrasado a 67 años, en lugar de los 65 anteriores a la reforma. Para calcular la cuantía de la prestación económica, hay que tener en cuenta el importe y el porcentaje de la base reguladora que se cobra según el número de años cotizados, con un periodo mínimo de cotización genérico de 15 años (5.745 días), existiendo limites en las cuantías máximas y mínimas para la percepción de la prestación económica. Las pensiones no contributivas son “prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo” (seg-social.es, 2017). Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes:  Invalidez.
  • 14. 12  Jubilación. La gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en las ciudades de Ceuta y Melilla. 5.2. Financiación sistema de pensiones Por sistema de financiación entendemos las técnicas financieras utilizadas para planificar la cobertura de los costes de la acción protectora de la Seguridad Social (seg-social, 2017). Podemos dividirlas en sistema de capitalización y sistema de reparto:  Sistema de capitalización: responde a la concepción de seguro privado, mediante el cual las cotizaciones de los trabajadores van siendo acumuladas para revertir en el cotizante en el momento que se produzca la situación protegida, quedando destinadas a satisfacer las necesidades futuras.  Sistema de reparto: las cotizaciones de los trabajadores en activo se utilizan para financiar las prestaciones que se originan en el momento, tanto las propias como la de los pensionistas de la generación anterior. La Ley de Seguridad Social mediante el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, establece en su artículo 110 lo siguiente: “El sistema financiero de todos los Regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social será el de reparto, para todas las contingencias y situaciones amparadas por cada una de ellos, sin perjuicio de la excepción prevista en el apartado 3 de este artículo.” (BOE, RDL 8/2015). Este sistema de reparto descansa en el principio de solidaridad financiera, la cual se refleja en 3 pilares fundamentales:  Solidaridad entre generaciones.  Solidaridad de los activos respecto de los pasivos.  Solidaridad entre los distintos territorios de la Nación. La Seguridad Social española utiliza un sistema mixto de financiación, pues utiliza diversos mecanismos para obtener los recursos necesarios para poder cubrir su acción protectora. El artículo 86 de la LGSS enumera en su apartado primero los recursos utilizados para financiación del sistema de seguridad social, estableciendo como tales los siguientes:  Las cuotas de las personas obligadas.
  • 15. 13  Las entidades recargadas en concepto de recargo, sanciones u otras de naturaleza análoga.  Los frutos, rentas o intereses y cualquier otro producto de sus recursos patrimoniales.  Cualesquiera otros ingresos, sin perjuicio de lo previsto en la disposición adicional vigésima segunda de esta Ley.  Las aportaciones progresivas del estado, que se consigan con carácter permanente en los Presupuestos Generales y las que se acuerden para atenciones especiales o resulten precisas por exigencias de la coyuntura. El recurso más importante de este sistema de financiación son las cotizaciones sociales que aportan los trabajadores y los empresarios de los distintos regímenes que componen el sistema de Seguridad Social, aportación que queda definida sobre el porcentaje de las retribuciones de los trabajadores, quedando muy por encima de las aportaciones progresivas del estado, que quedaría en segundo lugar. Es la Tesorería General de la Seguridad Social la que se encarga de recaudar todos los meses las cotizaciones sociales de aquellas personas con obligación de cotizar. En el segundo apartado del citado artículo 86, quedan especificados cuales son los recursos que se utilizaran para financiar las prestaciones contributivas y cuáles son los que van a financiar las pensiones no contributivas. Las pensiones contributivas son financiadas con los cuatro primeros recursos mencionados en el primer apartado del artículo 86, solo accediendo a las aportaciones del estado en caso de necesidad. Todos estos recursos deben de ser suficientes para mantener la financiación del nivel contributivo de la Seguridad Social, incluyendo todos los gastos derivados de su gestión. Por otro lado, la financiación de las pensiones no contributivas o nivel asistencial queda en manos del Estado, siendo estas financiadas a través de las aportaciones del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social, quedando la gestión de la asistencia sanitaria y los servicios sociales en manos de las Comunidades Autónomas mediante su propia financiación autonómica. 5.2.1. Fondo de Reserva de la Seguridad Social El Fondo de Reserva de la Seguridad Social (popularmente conocido como hucha de las pensiones) es un fondo soberano de inversión originado en el año 2000 como cumplimiento
  • 16. 14 de la segunda recomendación del Pacto de Toledo de 1995 para garantizar el equilibrio financiero del sistema de pensiones contributivas. Con el fin de solventar los posibles futuros problemas de financiación de las pensiones contributivas de la Seguridad Social, mediante el artículo 91 del RDL 1/1994 se constituye un Fondo de Reserva en la Tesorería General de la Seguridad Social: “En la Tesorería General de la Seguridad Social se constituirá un Fondo de Reserva de la Seguridad Social con la finalidad de atender a las necesidades futuras del sistema de la Seguridad Social en materia de prestaciones contributivas, en la forma y demás condiciones que determine la ley reguladora del mismo.” (BOE, RDL 1/1994) La función principal del Fondo de Reserva de la Seguridad Social es la de recaudar aquellos excedentes de financiación surgidos en época de bonanza económica con el fin de tener ciertas reservas para paliar los efectos de los ciclos económicos bajos surgidos en épocas en las que recaudación realizada no sea suficiente para mantener el sistema de pensiones contributivas de la Seguridad Social. Por tanto, la financiación del fondo de reserva se llevara a cabo a través de los excedentes procedentes de la financiación del sistema de pensiones contributivas, no existiendo máximo ni mínimo a para dichas aportaciones al fondo de reserva. La Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social establece en su artículo 1 la dotación del Fondo de Reserva: “Los excedentes de ingresos que financian las prestaciones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión, que, en su caso, resulten de la consignación presupuestaria de cada ejercicio o de la liquidación presupuestaria del mismo, se destinarán prioritaria y mayoritariamente, siempre que las posibilidades económicas y la situación financiera del sistema de Seguridad Social lo permitan, al Fondo de Reserva de la Seguridad Social previsto en el artículo 91.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.”(BOE, Ley 28/2003). La Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social establece en su artículo 4 la disposición de los activos del fondo: “La disposición de los activos del Fondo de Reserva de la Seguridad Social se destinará con carácter exclusivo a la financiación de las pensiones de carácter contributivo y demás gastos necesarios para su gestión, y sólo será posible en situaciones estructurales de déficit por operaciones no financieras del sistema de la Seguridad Social, no podrá exceder en cada año del tres por
  • 17. 15 ciento de la suma de ambos conceptos y precisará de autorización previa del Consejo de Ministros, a propuesta conjunta de los Ministros de Trabajo y Asuntos Sociales, de Hacienda y de Economía.”(BOE, Ley 28/2003). A través del citado artículo se establece el límite de retirada anual del fondo en un 3% del gasto total de las pensiones contributivas. Según lo establecido en el Pacto de Toledo, en caso de que fuese necesaria una cuantía superior a este 3%, el resto del importe sería completado por el Estado vía impuestos. Teniendo en cuenta que el gasto presupuestado para las pensiones contributivas en 2017 es de 122.777 millones de euros, la cantidad máxima que podría ser retirada del Fondo de Reserva para financiar estas sería de 4.189 millones. Cabe mencionar que según lo previsto en el artículo 1 del RDL 28/2012, de 30 de noviembre, el límite para la disposición del Fondo de Reserva fue suspendido temporalmente para los ejercicios 2012, 2013 y 2014, y posteriormente ampliado a 2015 y 2016 debido a la dramática situación económica que acontecía nuestro país, por la que el gobierno puede disponer de la cantidad necesaria siempre que lo notifique con antelación. Grafico 1: Evolución del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. Fuente: elpais.es Desde el año 2000, los diversos gobiernos en el poder han ido realizando aportaciones al Fondo de Reserva de la Seguridad Social con el fin de tener un colchón económico para cuando llegasen las vacas flacas.
  • 18. 16 Como se puede observar en el grafico 1, el fondo de reserva de la seguridad social alcanzó su puntal álgido en el año 2011, cuando el total acumulado era de 66.815 millones de euros. Desde 2012, no solo han bajado de forma progresiva las aportaciones a dicho fondo, sino que comienzan a utilizarse los fondos de reserva. Este mismo año se retiran 7.003 millones de euros del Fondo de Reserva, hecho posible gracias a la suspensión temporal del límite máximo de retirada del 3% anual mencionado anteriormente, ya que según los presupuestos, el límite debería de estar fijado en 3.350 millones. Desde 2012 hasta la actualidad, las disposiciones realizadas al fondo de reserva se elevan a 67.337 millones de euros, con una retirada record de 15.915 millones en el pasado ejercicio 2016, dejando al fondo de reserva con un restante de 15.915 millones. De producirse en este año 2017 una retirada de similar magnitud respecto a los años anteriores, a final de 2017 el fondo de reserva de la Seguridad Social se verá totalmente agotado.
  • 19. 17 6. FACTORES QUE PONEN EN RIESGO LA SOSTENIBILIDAD DEL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES 6.1. Factores demográficos Al igual que el conjunto de las sociedades desarrolladas, en España se ha producido un cambio en la estructura demográfica de la población. Este cambio viene provocado por un descenso de la natalidad junto con un aumento de la esperanza de vida, influyendo notablemente en un proceso de envejecimiento de la población española, traduciéndose en un aumento de la población en edad de jubilación y en una reducción de población activa que coticen al sistema de la seguridad social, poniendo en riesgo la estabilidad financiera del sistema de pensiones. 6.1.1. Envejecimiento de la población Para analizar el progresivo envejecimiento de la población española hay que tener en cuenta dos factores fundamentales como son el aumento de la esperanza de vida y el descenso de la natalidad. Como se puede observar en el gráfico 2, en España se produce un continuo aumento de la esperanza de vida, factor fundamental a tener en cuenta a la hora de estudiar el envejecimiento de la población española. Grafico 2: Esperanza de vida al nacimiento. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. 70 75 80 85 90 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Esperanzadevida(años) Hombres Mujeres
  • 20. 18 A pesar de la evidente diferencia entre la esperanza de vida de las mujeres en relación a los hombres, se puede observar como el aumento para ambos grupos es constante. Consecuencia directa de este aumento de la esperanza de vida es el envejecimiento de la población española, por lo que a la vez que el tiempo que un jubilado recibe su pensión aumenta, también aumentan los problemas respecto a la estabilidad financiera del sistema de pensiones. Teniendo en cuenta el periodo comprendido entre el año 2000 hasta el año 2015, la esperanza de vida ha aumentado 4,7 años para los hombres y 3,9 años para las mujeres, en tan solo 15 años. A este aumento de la esperanza de vida, hay que añadir una progresiva pérdida de población. Al igual que el conjunto de las sociedades desarrolladas, en España se ha producido un cambio en la estructura de la población debido a una serie de factores. Los factores más destacables a tener en cuenta son una reducción de la natalidad debida al desplome de la fecundidad, y un aumento de la mortalidad. Por tanto, existen menos nacimientos y más muertes que años atrás, dando lugar a un saldo vegetativo negativo. Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), de continuar con la tendencia demográfica actual, la población bajará algo más de medio millón de habitantes al cabo de 15 años. Grafico 3: Crecimiento natural de la población de España. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. -100 0 100 200 300 400 500 600 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 Millaresdepersonas Nacimientos Defunciones Crecimiento vegetativo
  • 21. 19 Cabe destacar el año 2008 como punto de inflexión en los nacimientos debido a los efectos de la crisis económica acontecida en nuestro país, incitando a la población al ahorro y como consecuencia un descenso del número de nacimientos. La suma de estos factores que ponen en riesgo la futura sostenibilidad del sistema de pensiones actual, junto con el peso de la generación del baby boom (aquellos nacidos entre finales de los años cincuenta y mediados de los setenta) que se jubilaran en la próxima década, va a producir un aumento de la intensidad con la que se va a transformar la pirámide demográfica española, con una tendencia a convertirse en una pirámide invertida. Según la simulación realizada por el Instituto Nacional de Estadística “Proyección de la población de España 2016–2066” sobre la intensidad del proceso de envejecimiento de la población española, “de mantenerse la situación demográfica de la actualidad, la pérdida de población se concentraría en el tramo de edad entre 30 y 49 años, que se reduciría en 4,2 millones de personas en los 15 próximos años, un 28,5% menos, y en 6 millones hasta 2066, un 40,1% menos.” (Instituto Nacional de Estadística, 2016). Grafico 4: Piramide de poblacion de España y proyección de futuro. Fuente: Instituto Nacional de Estadística. Se está produciendo una convergencia demográfica con Europa y en el grado de envejecimiento característico de los países más avanzados, con una caída de la natalidad y un aumento de la esperanza de vida, lo que cual está produciendo ciertas modificaciones en
  • 22. 20 la estructura de la pirámide demográfica española, que quedan plasmadas en una pirámide regresiva, de población envejecida la cual queda reflejada en el ensanchamiento de los estratos superiores, tendiendo la base a ser más estrecha con el paso del tiempo. Sin embargo, y a pesar de ser una tendencia común en los países desarrollados, según las previsiones del INE, España es uno de los países que más intensidad va a sufrir en el incremento de peso de la población en edad de jubilación. Para una mayor claridad respecto al tema que nos referimos, utilizaremos la tasa de dependencia actual y una proyección de futuro realizada por el Instituto Nacional de Estadística, entendiendo como tasa de dependencia, “el cociente, en tanto por ciento, entre la población menor de 16 años o mayor de 64 y la población de 16 a 64 años” (Instituto Nacional de Estadística, 2017). Grafico 5: Evolución tasa de dependencia. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. La tasa de dependencia mantiene desde años atrás una tendencia creciente, llegando a alcanzar en la actualidad un 53.5%. Para un mejor estudio de la tasa de dependencia, resulta fundamental desglosar los dos grupos de edad que forman este índice, debido a la distinta naturaleza de las necesidades que presenta cada grupo. Una vez desglosados los grupos de edad, como podemos observar en el grafico anterior, cabe destacar como se ha ido produciendo un descenso de la tasa de dependencia de menores de 16 años, propiciado por el descenso de nacimientos del que anteriormente mencionábamos. A su vez, la tasa de dependencia de mayores de 64 años presenta un constante crecimiento, lo que supone un constante aumento de la población en edad de dependencia. Este aumento de dependencia 20 30 40 50 60 70 80 90 100 2012 2013 2014 2015 2016 2021 2026 2031 2041 2051 2061 2066 % Tasa de dependencia (%) Mayores de 64 años (%) Menores de 16 años (%)
  • 23. 21 en la población española, nos vuelve a reflejar un problema a la hora de mantener la sostenibilidad del sistema de pensiones actual, ya que en pocas palabras, el número de jubilados crece en mayor medida que el número de trabajadores. Cabe destacar las proyecciones realizadas por el INE hasta 2066, haciendo hincapié en el considerable cambio en la futura tasa de dependencia, llegan casi al 93% en 2051, con un 37% de población mayor de 64 años. 6.1.2. Saldo migratorio La inmigración es un tema reciente en la historia de España, pero ha sido de una intensidad muy elevada desde mediados de los años noventa, llegando a representar un 12% del total de la población en 2008, año en el que España se encontraba en una época de crecimiento económico. Hay que tener presente, que el saldo migratorio es extremadamente sensible al ciclo económico en el que se encuentre el país estudiado, por lo que a partir del inicio de la crisis en España, se produjo una pérdida de población estimada de 1,3 millones de personas en función de los saldos migratorios. Los saldos migratorios alivian en parte la financiación del sistema de pensiones, pues generalmente, la mayoría de los inmigrantes se encuentran en edad de trabajar y pertenecen a la población activa, por lo tanto, cotizan en el sistema de la seguridad social y permiten su sostenimiento, reduciendo la tasa de dependencia. Grafico 6: Evolución saldo migratorio. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Inmigraciones 599.074 392.963 360.704 371.335 314.358 280.772 305.454 343.614 343.614 Emigraciones 288.432 380.118 403.379 409.034 476.748 532.303 400.430 352.003 330.675 Saldo migratorio 310.642 12.845 -42.675 -37.699 -142.552 -251.531 -94.976 -8.389 12.939 -300 -200 -100 0 100 200 300 400 500 600 700 Millares Inmigraciones Emigraciones Saldo migratorio
  • 24. 22 Aun así, como hemos mencionado anteriormente, el saldo migratorio es muy sensible a los ciclos económicos, por lo que al proporcionar efectos temporales en la demografía española, no es una buena medida para lograr un sistema de pensiones más eficaz. En el grafico 6, podemos observar como a partir de 2008, el saldo migratorio ha pasado a ser negativo, y a pesar de las predicciones que el INE hizo en su día, volvió una tendencia positiva a partir del año 2016, reflejando una mejora de la situación económica del país. 6.2. Factores económicos 6.2.1. Efectos de la crisis mundial en España Los problemas financieros surgidos de la tendencia demográfica de la población española no hacen sino agravar los problemas económicos dados a raíz del inicio de la crisis económica internacional surgida en 2007, cuyos principales detonantes fueron el fenómeno de las hipotecas “subprime” y la caída del precio de las viviendas en Estados Unidos. En España, país en el que el sector de la construcción ha tenido mucho peso, los efectos de la crisis comenzaron con el estallido de la burbuja inmobiliaria, hecho producido por la incapacidad del mercado de absorber la inmensa oferta de viviendas, bajando la demanda y a su vez los precios, paralizando la construcción de viviendas y acabando en un estancamiento del sector inmobiliario y sectores afines. Consecuencia directa de la falta de demanda y estancamiento de la construcción es un exceso de mano de obra en los sectores relacionados con el negocio inmobiliario, por lo que la tasa de paro comienza a aumentar a gran ritmo a partir del tercer trimestre de 2007. Podemos observar como en tan solo un periodo de dos años, desde 2007 a 2009, la tasa de paro aumentó más del doble, pasando de 8,01% a un 17,65% (media de ambos grupos), dando lugar a una dramática situación social en España.
  • 25. 23 Grafico 7: Evolución tasa de paro en España por género. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. El aumento de la tasa de paro provoca una caída de las cotizaciones a la Seguridad Social, y a su vez, esta población potencialmente activa pasa a pertenecer al sector desempleado de la población, por lo que estas personas que se encuentran en una nueva situación de desempleo solicitan la prestación correspondiente, afectando negativamente a la Tesorería General de la Seguridad Social, disminuyendo sus ingresos e incrementándose sus gastos, surgiendo una etapa de destrucción de empleo y una incapacidad de la mayoría de las empresas de generar nuevos puestos de trabajo. En el grafico 7 se observa como a partir de 2009 la tasa de paro femenina logra igualar a la masculina, hecho remarcable debido a que históricamente la tasa de paro femenina ha sido siempre superior a la masculina, pero volviendo esta recientemente a seguir una tendencia desigual. Los problemas de sostenibilidad del Sistema de Seguridad Social generados por la tendencia demográfica a través del aumento del número de pensionistas sin una proporción de cotizantes suficientes que permita mantener un equilibrio entre cotizantes y jubilados, se ven aún más agravados por la reducción de ingresos (↓ cotizaciones) y el aumento de los gastos (↑ prestaciones por desempleo). 6.2.2. Evolución del mercado laboral español A partir del año 2007 comienza el desarrollo de una profunda crisis en la que quedara sumergida la economía de nuestro país, afectando de gran manera al mercado laboral español. Utilizando la “Encuesta de Población Activa elaborada por el Instituto Nacional de Estadística” (INE, 2016), realizaremos un análisis de la evolución del mercado de trabajo 0,00 5,00 10,00 15,00 20,00 25,00 30,00 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Tasadeparo(%) Hombres Mujeres Lineal (Hombres) Lineal (Mujeres)
  • 26. 24 español desde 2007 a 2016. Para una mayor facilidad a la hora de estudiar los datos ofrecidos por el INE, desglosaremos los datos en trabajadores ocupados y trabajadores en situación de desempleo, y su vez, distinguiendo por grupos de edad y género. Grafico 8: Número de trabajadores ocupados según género. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. La caída en la tasa de ocupación se ha visto más acentuada en los hombres que en las mujeres, manteniendo estas una media alrededor de los 8 millones de trabajadoras, alcanzando la mayor ocupación en 2008, con 8.650.900 mujeres ocupadas. Aunque desde 2008 la tasa de ocupación de mujeres ha ido reduciéndose, esta lo ha hecho de forma muy suave si se compara con la tasa de ocupación de los hombres en el periodo comprendido. El número de hombres ocupados sufre una caída mucho más notoria, pasando de su máximo en el año 2008 con 12.014.000 a su mínimo en 2014 con tan solo 9.165.600 hombres ocupados. El descenso en la tasa de ocupación, estudiada por géneros ha sido de carácter continuo desde 2008 hasta 2014, presentando este último año un punto de inflexión en el que comienza a notarse cierta mejoría para ambos grupos. 6000 7000 8000 9000 10000 11000 12000 13000 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Milesdepersonas Hombres Mujeres Lineal (Hombres) Lineal (Mujeres)
  • 27. 25 Grafico 9: Número de trabajadores ocupados según edad. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. El número de trabajadores ocupados por edad permite un estudio distinguiendo entre 3 grandes grupos, que utilizaremos para una mejor visualización. Los tres grupos que utilizamos son: de 16 a 34 años, de 35 a 54 años y mayores de 55 años. El grupo que más ha sufrido los efectos de la crisis en cuanto a la tasa de ocupación a la que nos referimos es el grupo de los jóvenes, de 16 a 34 años. Este grupo ha sufrido un constante descenso del número de trabajadores ocupados desde el año 2007 hasta 2014, reduciéndose casi en un 50% su cantidad. Los trabajadores ocupados de edad comprendida entre 35 y 54 años se han mantenido en torno a los 10 millones de trabajadores cada año, mientras que el grupo de mayor edad ha ido incrementándose de forma tímida. Los efectos de la crisis en el número de trabajadores ocupados no son de igual magnitud según el grupo de edad o género al que nos refiramos, siendo los hombres y con una edad comprendida entre 16 y 34 años el grupo con un cambio más significante. Para analizar el número de trabadores desempleados, utilizaremos la misma forma que la empleada anteriormente para la tasa de ocupación, analizando en primer lugar el número de desempleados en función de su género y posteriormente según el grupo de edad al que pertenecen. 0,0 5.000,0 10.000,0 15.000,0 20.000,0 25.000,0 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Milesdepersonas De 16 a 34 años De 35 a 54 años De 55 y más
  • 28. 26 Grafico 10: Número de trabajadores desempleados según género. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. La tendencia del número de personas en situación de desempleo ha sido creciente tanto para el grupo de mujeres como de hombres desde 2007 hasta 2013, año en el que comienza a disminuir debido a la mejora de la situación económica del país. El grupo de hombres trabajadores desempleados pasa de una situación donde el número era de 826.400 trabajadores desempleados en 2007 a casi cuadriplicar su cifra en 2013 con 3.205.600 trabajadores desempleados. El grupo de mujeres trabajadoras desempleadas sigue la misma tendencia que el grupo de hombres, si bien es cierto que de forma menos acusada, pasando de 1.019.700 trabajadores desempleados en 2007 a 2.845.500 trabajadores desempleados en 2013. A partir de 2013 con la mejora de la situación del país y con la generación de nuevos puestos de trabajo, el número de trabajadores desempleados empieza a disminuir para ambos géneros. 0,0 500,0 1.000,0 1.500,0 2.000,0 2.500,0 3.000,0 3.500,0 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Milesdepersonas Hombres Mujeres
  • 29. 27 Grafico 11: Número de trabajadores desempleados según edad. Fuente: Instituto Nacional de Estadística y elaboración propia. Analizando el número de trabajadores desempleados en función de su edad, observamos que los grupos de edad comprendidos entre 16 y 34 años, y entre 34 y 54 años, mantienen una tendencia creciente desde 2007 hasta 2013, año en el que comienzan a reducirse el número de desempleados para estos dos primeros grupos. Sin embargo, el número de desempleados mayores de 55 años continúa siendo creciente hasta 2014, y manteniéndose casi en los mismos niveles desde 2014 a la actualidad, debido a la mayor dificultad a la hora de encontrar empleo de este grupo de edad. 0,0 1.000,0 2.000,0 3.000,0 4.000,0 5.000,0 6.000,0 7.000,0 2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Milesdepersonas De 16 a 34 años De 35 a 54 años De 55 y más
  • 30. 28 7. REFORMA DEL SISTEMA DE PENSIONES EN ESPAÑA El aumento de gasto en pensiones debido al progresivo envejecimiento de la población junto a los efectos provocados por la crisis económica, han obligado al estado español a realizar una serie de reformas del sistema de pensiones español, intentando lograr una sostenibilidad y viabilidad frente a la nueva situación económica y demográfica. En los siguientes apartados estudiaremos las recientes reformas realizadas sobre el sistema de pensiones español. Debido a la situación demográfica y económica estudiada en apartados anteriores, se hace imprescindible realizar una reforma que alivie el déficit financiero del sistema de pensiones español. 7.1. Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social Con el objetivo de introducir algunas de las recomendaciones contenidas en el Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo, se aprueba la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Los cambios empezaron a aplicarse en el año 2013 mediante una planificación temporal y que terminará con una implantación total en el año 2027. Las reformas acometidas mediante la Ley 27/2011 son las siguientes: Jubilación La edad de jubilación se incrementa de forma progresiva de los 65 a los 67 años, aumentándose un mes por año entre 2013 y 2018 y dos meses entre 2019 y 2027. Se podrá seguir optando por la jubilación a los 65 años, siempre y cuando se acredite un periodo de cotización superior a 38 años y 6 meses. Modificación de la tasa de sustitución El número de años cotizados para conseguir el máximo de la base reguladora se amplia de 35 a 37 años, modificando la anterior Ley 40/2007, de 4 de diciembre de medidas en materia de Seguridad, pasando a ser 15 años el mínimo de años cotizados con un 50% de la base reguladora y 37 años cotizados para obtener el 100%, aplicándose la modificación de forma progresiva hasta 2027. Ampliación del periodo de cálculo de la base reguladora
  • 31. 29 Se amplía el periodo para el cálculo de la pensión de jubilación de los 15 a los 25 años, atendiendo a una de las recomendaciones del Pacto de Toledo, con la intención de reforzar la contributividad del sistema de pensiones. Aquellos trabajadores que abandonen la actividad laboral por motivos ajenos a su voluntad, a partir de los 55 años y al menos durante 24 meses, podrán aplicar un periodo de cálculo de 20 años hasta 2017 y un periodo de 25 años a partir de 2017, siempre que resulte más favorable. La reforma se aplicará de forma gradual según la tabla 2. Tabla 2: Modificación del periodo de cálculo de la base reguladora (2011). Año Numero de bases A partir de 2013 192 (16 años) A partir de 2014 204 (17 años) A partir de 2015 216 (18 años) A partir de 2016 228 (19 años) A partir de 2017 240 (20 años) A partir de 2018 252 (21 años) A partir de 2019 264 (22 años) A partir de 2020 276 (23 años) A partir de 2021 288 (24 años) A partir de 2022 300 (25 años) Fuente: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social y elaboración propia. Prolongación voluntaria de la vida laboral Aumentan las bonificaciones para la prolongación de la vida laboral para aquellas personas que sigan trabajando después de llegar a su edad legal de jubilación (2%, 2,72% y 4% por año), aunque las bonificaciones no serán de aplicación una vez alcanzada la base máxima de cotización. Para ello deben de haber llegado a la edad de jubilación legal, o con 65 años, y 38 años y medio de cotización, acreditando un mínimo de 15 años cotizados. Modificación de la jubilación anticipada Mediante la Ley 27/2011 se establecen dos formas para el acceso a la jubilación anticipada: 1. Cese en el trabajo debido a causas no imputables al trabajador, siempre que el individuo cumpla los siguientes requisitos:
  • 32. 30 a. Tener 61 años de edad. b. Haber estado inscrito como demandante de empleo al menos 6 meses antes de la solicitud de la jubilación. c. Haber cotizado un mínimo de 33 años sin tener en cuenta la parte proporcional de las pagas extra. d. Sea consecuencia del cierre de la empresa. Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falten al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación: Tabla 3: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2011) Cotización menor a 38,5 años 1,875 % por trimestre Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,750 % por trimestre Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,625 % por trimestre Cotización superior a 44,5 años 1,500 % por trimestre Fuente: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social y elaboración propia. 2. Cese del trabajo debido a la voluntad del trabajador, siempre que el individuo cumpla los siguientes requisitos: a. Tener 63 años de edad b. Haber cotizado un mínimo de 35 años sin tener en cuenta la parte proporcional de las pagas extra. c. La pensión resultante debe ser superior al importe de la pensión mínima. d. La jubilación parcial se mantiene a los 61 años, pero la cotización será íntegra tanto para el trabajador relevista como para el relevado. Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falten al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:
  • 33. 31 Tabla 4: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2011). Cotización menor a 38,5 años 2 % por trimestre Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,850 % por trimestre Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,750 % por trimestre Cotización superior a 44,5 años 1,625 % por trimestre Fuente: Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social y elaboración propia.  Factor de sostenibilidad La Ley 27/2011 incluye un factor de sostenibilidad ligado a la evolución de la esperanza de vida, que realice correcciones paramétricas (tras la evaluación quinquenal del sistema a partir de 2027) para garantizar la sostenibilidad del sistema de pensiones. 7.2. Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo Mediante el Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, se intenta facilitar la compatibilidad de la jubilación con el trabajo, modificando el sistema de jubilación anticipada y parcial, a la vez que también se modifican los requisitos para acceder al subsidio para mayores de 55 años. Compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo Se posibilita la compatibilidad de la pensión contributiva de jubilación con el trabajo siempre y cuando se haya accedido a la pensión con el 100% de la base reguladora. El trabajo podrá ser completo o parcial, reduciendo la cuantía de la prestación al 50%. Mientras perdura la situación de compatibilidad, la cotización será por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, estableciendo una cotización de solidaridad del 6% para el empresario y del 2% para el trabajador. Modificación de la jubilación anticipada Se modifican los requisitos para el acceso a la jubilación anticipada, estableciéndose dos modalidades, distinguiendo entre jubilación anticipada voluntaria o involuntaria:  Jubilación anticipada involuntaria (cese en el trabajo no imputable a la libre voluntad del trabajador, cuyos requisitos/modificaciones son:
  • 34. 32 o Se incrementa gradualmente la edad desde los 61 años actuales hasta los 63 en 2027. o Periodo de cotización mínima efectiva de 33 años. o Haber estado inscrito un periodo mínimo de 6 meses a las oficinas de empleo anteriormente a la solicitud de la jubilación. o Que el cese en el trabajo se haya producido como consecuencia de una reestructuración empresarial que impida la continuidad de la relación laboral. Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación: Tabla 5: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2013). Cotización menor a 38,5 años 1,875 % por trimestre Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,750 % por trimestre Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,625 % por trimestre Cotización superior a 44,5 años 1,500 % por trimestre Fuente: Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo y elaboración propia.  Jubilación anticipada por voluntad propia, cuyas modificaciones son: o Se incrementa gradualmente la edad desde los 63 años actuales hasta los 65 en 2027. o Periodo mínimo de cotización efectiva de 35 años. o Se modifican los coeficientes de reducción de la pensión. Una vez cumplidos estos requisitos, se podrá acceder a la jubilación anticipada con la aplicación de unos coeficientes reductores por cada trimestre o fracción que le falten al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación:
  • 35. 33 Tabla 6: Modificaciones respecto a la jubilación anticipada (2013). Cotización menor a 38,5 años 2 % por trimestre Cotización entre 38,5 y 41,5 años 1,850 % por trimestre Cotización entre 41,5 años y 44,5 años 1,750 % por trimestre Cotización superior a 44,5 años 1,625 % por trimestre Fuente: Real Decreto 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo y elaboración propia. Jubilación parcial En caso de que el trabajador haya cumplido la edad de jubilación ordinaria, el trabajador podrá acceder a la jubilación anticipada siempre y cuando reduzca su jornada laboral entre el 25% y el 50%, no siendo exigible la celebración simultánea de un contrato de relevo. En caso de que el trabajador no haya cumplido la edad de jubilación ordinaria, el trabajador podrá acceder a la jubilación anticipada siempre que se celebre simultáneamente un contrato de relevo y se cumplan los siguientes requisitos:  Acreditar una antigüedad de al menos 6 años en la empresa.  Haber cotizado más de 33 años.  Reducción de jornada entre el 25% y el 50%, o bien del 75% cuando el relevista sea contratado a jornada completa con un contrato indefinido.  La base de cotización prevista no sea inferior al 65% del promedio de las últimas seis bases del jubilado parcial. Políticas activas de empleo para mayores de 55 años Los trabajadores que hayan agotado su prestación por desempleo y sean mayores de 55 años, o que no tengan derecho a percibirla, serán considerados como colectivo prioritario en la aplicación de políticas activas de empleo con el objetivo de fomentar su permanencia en el mercado y prolongar su vida laboral. 7.3. Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social El aumento de la esperanza de vida unido a factores como la baja tasa de natalidad o la reciente crisis económica, han hecho necesario introducir determinados elementos que corrijan el sistema de pensiones actual, con el fin de conseguir un sistema público de pensiones estable y viable.
  • 36. 34 El proceso para paliar estos factores que ponen en riesgo la sostenibilidad del sistema de pensiones comenzó con la ley 27/2011, de 1 de agosto, introduciendo una serie de reformas como el progresivo aumento de la edad de jubilación o la ampliación del periodo para el cálculo de la base reguladora. El conjunto de las medidas aplicadas resultan de gran utilidad en el corto plazo, pero son insuficientes para el medio y largo plazo, y es por ello, que para dotar de una sostenibilidad a medio y largo plazo al sistema de pensiones se aprueba la Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social, regulando dos elementos decisivos:  El factor de sostenibilidad  El índice de revalorización El factor de sostenibilidad El factor de sostenibilidad se define como “un instrumento que con carácter automático permite vincular el importe de las pensiones de jubilación del sistema de la Seguridad Social a la evolución de la esperanza de vida de los pensionistas, a través de la fórmula que se regula en esta norma, ajustando las cuantías que percibirán aquellos que se jubilen en similares condiciones en momentos temporales diferentes.” (BOE, Ley 23/2013). Tiene su origen en la Ley 27/2011 de 1 de agosto, donde su entrada se esperaba a largo plazo. Pero a raíz de la crisis económica acontecida en nuestro país, su puesta en marcha se hizo necesaria, siendo adelantada al 1 de enero de 2019. La revisión del factor de sostenibilidad se realizará con periodicidad quinquenal, revisándose la variación interanual de esperanza de vida a tener en cuenta para calcular el valor del factor sostenibilidad. Para el cálculo del factor sostenibilidad se tendrá en cuenta: a. Las tablas de mortalidad de la población pensionista de jubilación del sistema de la Seguridad Social elaboradas por la propia Seguridad Social. b. La edad de 67 años como edad de referencia. Índice de revalorización Las pensiones de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, incluido el importe de la pensión mínima, serán incrementadas al comienzo de cada año en función del índice de revalorización previsto en la correspondiente Ley de Presupuestos Generales del Estado. Dicho índice se determinará según la siguiente expresión matemática (BOE, Ley 23/2013):
  • 37. 35 Ecuación 1: Índice de revalorización 𝐼𝑅 𝑡+1 = 𝑔̅𝐼,𝑡+1 − 𝑔̅ 𝑝,𝑡+1 − 𝑔̅ 𝑠,𝑡+1 + 𝛼 [ 𝐼∗ 𝑡+1 − 𝐺∗ 𝑡+1 𝐺∗ 𝑡+1 ] Fuente: Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social y elaboración propia. Siendo (BOE, Ley 23/2013):  IR = Índice de revalorización de pensiones expresado en tanto por uno con cuatro decimales.  t+1= Año para el que se calcula la revalorización.  ḡI,t+1 = Media móvil aritmética centrada en t+1, de once valores de la tasa de variación en tanto por uno de los ingresos del sistema de la Seguridad Social.  ḡp,t+1 = Media móvil aritmética centrada en t+1, de once valores de la tasa de variación en tanto por uno del número de pensiones contributivas del sistema de la Seguridad Social.  ḡs,t+1 = Media móvil aritmética centrada en t+1, de once valores del efecto sustitución expresado en tanto por uno. El efecto sustitución se define como la variación interanual de la pensión media del sistema en un año en ausencia de revalorización en dicho año.  I* t+1 = Media móvil geométrica centrada en t+1 de once valores del importe de los ingresos del sistema de la Seguridad Social.  G* t+1 = Media móvil geométrica centrada en t+1 de once valores del importe de los gastos del sistema de la Seguridad Social.  α = Parámetro que tomará un valor situado entre 0,25 y 0,33. El valor del parámetro se revisará cada cinco años. Mediante el nuevo índice de revalorización de las pensiones, se sustituye el IPC como elemento de referencia, tomándose ahora la situación financiera del sistema de pensiones. El resultado se ve limitado al no poder ofrecer un incremento anual de las pensiones inferior al 0,25% ni superior a la variación porcentual del IPC (IPC del año anterior más 0,50%). Por lo tanto, ante una situación de crisis, el índice de revalorización disminuirá (asegurando un incremento del 0,25%) disminuyendo el poder adquisitivo de los pensionistas.
  • 38. 36 8. CONCLUSIONES El progresivo aumento de la esperanza de vida y la baja tasa de natalidad han provocado un envejecimiento de la población española que, unido a la crisis financiera internacional y la situación del mercado laboral, hacen que la sostenibilidad del sistema público de pensiones se encuentre en una difícil situación. El sistema público de pensiones español funciona mediante un modelo de reparto, basado en el principio de solidaridad intergeneracional, en el que las prestaciones que reciben los pensionistas son financiadas con las cotizaciones de los trabajadores del momento. Si bien es cierto que hasta no hace demasiados años el sistema de reparto ha sido viable, llegando a generar excedentes que eran acumulados en el Fondo de Reserva de la Seguridad Social, la situación dicta mucho del pasado debido al nuevo escenario demográfico y económico. Los pilares del sistema de reparto se sostienen en la existencia de un equilibrio entre el número de cotizantes y de pensionistas, existiendo actualmente un ratio de menos de dos cotizantes por pensionista, situación que se aparta bastante de los inicios del sistema público de pensiones, cuando el ratio era de 4 trabajadores por pensionista en la década de los setenta, por lo que en un futuro no muy lejano, la situación será insostenible. Como consecuencia de los problemas surgidos, en los últimos años se han realizado una serie de reformas paramétricas (incremento del periodo de cotización, aumento en el número de años a tener en cuenta para calcular la pensión, incremento en la edad de jubilación…) con el objetivo de devolver cierta sostenibilidad al sistema de pensiones. Estas medidas pueden suponer cierto alivio en el corto plazo, pero no aseguran la sostenibilidad financiera a largo plazo, por lo que también se deben de introducir una serie de reformas de mayor envergadura, realizando modificaciones estructurales que adapten el sistema de pensiones al nuevo escenario. En mi opinión, el sistema de pensiones español debería de realizar una transición a un sistema de pensiones que combine pensiones públicas con privadas (sistema mixto), como puede ser el sistema de cuentas nocionales de aportación definida, aplicado por países como Suecia, Letonia o Polonia. El sistema continuaría basándose en el reparto intergeneracional, en el que las cotizaciones del momento son utilizadas para pagar las prestaciones en vigor, pero combinándose con un
  • 39. 37 sistema de capitalización, calculándose las pensiones mediante un sistema de aportación definida, por lo que principal diferencia sería la forma de calcular las pensiones. En dicho modelo, se crea una cuenta ficticia donde se recogen las cotizaciones y los rendimientos virtuales generados por cada cotizante durante toda su vida laboral, calculándose los rendimientos conforme a un tanto nocional, pudiendo ser los salarios medios, la tasa de crecimiento del PIB, los ingresos por cotizaciones, etc. En nuestro actual sistema de pensiones, la prestación es calculada utilizando las aportaciones realizadas en los últimos 25 años, existiendo límites máximos y mínimos en las prestaciones. Sin embargo, en el sistema de cuentas nocionales, al inicio de la vida laboral de cada individuo se genera una cuenta ficticia donde se recogen las cotizaciones y los rendimientos virtuales generados por cada cotizante. Cuando el individuo pase a ser jubilado, la prestación que recibirá es calculada en base a al valor de las cotizaciones aportadas a lo largo de toda la vida laboral del individuo dividido entre la esperanza de vida estimada del momento. Mediante el sistema de cuentas nocionales lograríamos dotar al sistema de pensiones de una mayor sostenibilidad, ya que cada jubilado cobraría su pensión en función de lo aportado al sistema, evitando desfases en las cuentas de la Seguridad Social. Además, al estar directamente ligado las cotizaciones aportadas con la cantidad recibida en el futuro, se incentiva directamente la prolongación voluntaria de la vida laboral. La mayor desventaja que encuentra este sistema es que no es capaz de asegurar que el pensionista vaya a cobrar lo necesario para vivir una vez que se jubile, pero este problema sería solucionado implantando un sistema de pensiones mínimas como ya se ha hecho en el caso del modelo sueco, basado en 3 pilares fundamentales: pensión mínima, sistema de cuentas nocionales y aportaciones obligatorias a un plan de pensiones individual, que cada individuo elige en función del riesgo y la rentabilidad que genere el mismo. A la vista de lo estudiado, el principal problema es la falta de cotizantes que generan ingresos y doten de estabilidad al sistema de pensiones, por lo que un sistema de pensiones mixto puede ser una buena alternativa para conseguir un sistema de pensiones español sostenible a largo plazo.
  • 40. 38 9. BIBLIOGRAFÍA Álvarez, M. (2013). Un sistema de pensiones sostenible. Observatorio de pensiones de Caser. Guadalajara: Aventura Gráfica. Arellano, A., Felgueroso, F. y Vegas, R. (2010). Crisis económica y sostenibilidad de las pensiones de jubilación y los sistemas de provisión privados. Gobierno de España. Ministerio de Trabajo e Inmigración. Blasco Lahoz, J. F. y López Gandía, J. (2016). Curso de Seguridad Social (8a Edición). Valencia: Tirant Lo Blanch. Castillo, S. (2008). Solidaridad, seguridad, bienestar: Cien años de protección social en España. Madrid: Ministerio de Trabajo e Inmigración. Conde-Ruiz, J. I. (2017). Medidas para restaurar (o no) la sostenibilidad financiera de las pensiones. FEDEA Policy Papers 2017/04, Madrid: FEDEA. Constitución Española (1978). Boletín Oficial Del Estado, (311), 29313-29424. Recuperado de https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1978-31229 Doménech, R. (2014). Pensiones, bienestar y crecimiento económico. Documento de Trabajo nº 14/03, Madrid: BBVA Research. Eguiagaray, J. M., Doménech, R., Fidalgo, J. M., Leal Maldonado, J. L., Pérez Díaz, V. y Serrano, F. (2013). Un sistema de cuentas nocionales para España. Por un sistema de pensiones solidario, sostenible y transparente. Madrid: Grupo Consultivo de Reflexión sobre Políticas Públicas – UNESPA. Hacia un sistema público de pensiones sostenible, equitativo y transparente (2010). Madrid: FEDEA. Hernández De Cos, P., Jimeno, J. F. y Ramos, R. (2017). El sistema público de pensiones en España: situación actual, retos y alternativas de reforma. Documentos Ocasionales nº 1701, Madrid: Banco de España.
  • 41. 39 Ine.es (2009). Instituto Nacional de Estadística. Madrid: INE. Recuperado de http://www.ine.es/ La Cuesta, A. y Puente, S. (2010). El efecto del ciclo económico en las entradas y salidas de inmigrantes en España. Documento de Trabajo nº 1016, Madrid: Banco de España. Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social (2013). Boletín Oficial Del Estado, (309), 105137-105144. Recuperado de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13617 Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social (1997). Boletín Oficial Del Estado, (169), 21781-21787. Recuperado de https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-1997-15810 Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. (2011). Boletín Oficial Del Estado, (184), 87495-87544. Recuperado de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13242 Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social. (2003). Boletín Oficial Del Estado, (234), 35404-35406. Recuperado de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-18089 Montero García, F. (1988). Orígenes y antecedentes de la Previsión Social. Madrid: Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. INE (20 de octubre de 2016). Proyección de la población de España 2016–2066. Nota de prensa. Madrid: Instituto Nacional de Estadística. Quintero Lima, M. G. (2014). La Seguridad Social en España. Evolución histórica. Madrid: Universidad Carlos III. Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. (1994), Boletín Oficial del Estado, (154), 20658- 20708. Recuperado de https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1994-14960
  • 42. 40 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. (2015). Boletín Oficial Del Estado, (261), 103291-103519. Recuperado de https://www.boe.es/boe/dias/2015/10/31/pdfs/BOE- A-2015-11724.pdf Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo. (2013). Boletín Oficial Del Estado, (65), 21441-21474. Recuperado de https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-2874 Sabatini, M. (2016). Índice de sostenibilidad de las pensiones. Madrid: Allianz. Sala i Martin, X. (2013). La Reforma de las Pensiones: “Factores de Sostenibilidad.” Recuperado de http://salaimartin.com/randomthoughts/item/621-la-reforma-de-las- pensiones-factores-de-sostenibilidad.html Sánchez Marín, Á. L. (2014). El instituto de Reformas Sociales: origen, evolución y funcionamiento. Revista Crítica de Historia de las Relaciones Laborales y de la Política Social, (8), 7-28. Seg-social.es (2009). Ministerio de empleo y Seguridad Social. Madrid: INE. Recuperado de http://www.seg-social.es/ Zubiri Oria, I. (2012). Reforma y sostenibilidad del sistema de pensiones: una valoración crítica. Economía Española y Protección Social, IV, 59-105.