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Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
ÍNDICE                                                                                                      página

   INTRODUCCIÓN                                                                                                           3
   VENTAJAS DEL NUEVO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE                                                         4
   COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL                                                                                     7
   CÁLCULO DE COSTES FORMACIÓN TEÓRICA                                                                                    8
   SERVICIOS PARA COLABORADORES                                                                                           9
   		-Netcontrat@
   		-Lexnova
   		-Otros servicios
   CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD                                                                                       12
   OCUPACIONES HOMOLOGADAS                                                                                               13
   TRAMITACIÓN DEL CONTRATO                                                                                              15
   ANEXOS / DOCUMENTOS PARA EL CONTRATO                                                                                  16
   		               -Contrato para la Formación y el Aprendizaje
   		               -Anexo II: Acuerdo para la Actividad Formativa
   		               -Autorización de pago
   REGISTRO DE CONTRATO SISTEMA RED / CONTRAT@                                                                           20
   		-Sistema Red
   		-Contrat@
   		-Ususario Net-Contrat@
   COMUNICADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO                                                                         26




                                                                                                                         2/25

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Introducción
   Contratos de Formación | 2013




Estimado Colaborador/a




Grupo 2000 es un Centro de Formación Homologado (acreditación INEM nº 18-26061) por el Servicio Público
de Empleo Estatal para la realización e impartición de la formación teórica de los contratos para la formación
y el aprendizaje. Actualmente tenemos más de 80 ocupaciones homologadas a su servicio, que atesoran
todos los sectores del ámbito laboral. En Grupo 2000 trabajamos con un gran número de gestorías y asesorías
colaboradoras que confían en nosotros, convirtiendonos una empresa líder en el sector de los contratos de
formación teórica a distancia.

Los beneficios del contrato para la formación y el aprendizaje son múltiples tanto para el trabajador como
para el empresario, donde se obtienen bonificaciones en los Seguros Sociales, que comparado con otras
modalidades contractuales, supone una elevada reducción en los costes salariales anuales.

Grupo 2000 dispone de forma gratuita los software Netcontrat@, y Lexnova online, que le permitirán registrar
contratos de manera online, además de otros servicios como gratificación del 20% (IVA/IRPF incluido) del
coste de formación, cumplimentación vía telefónica de sus contratos, comerciales por todo el territorio
nacional, etc.

En nuestra empresa, seguimos avanzando y ayudando a nuestros clientes. Con nuestra plataforma virtual
ayudamos a nuestros clientes en la tramitación de los contratos online, que permitirá generar e imprimir
todos los documentos relativos al contrato de formación y el aprendizaje.


Un cordial saludo.

Francisco Manuel Cortés Cano
Director de Grupo 2000




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Ventajas del nuevo Contrato de
     Formación y Aprendizaje
     Contratos de Formación | 2013




        Requisitos

        Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 30 años (1) que carezcan
        de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el
        empleo, para celebrar un contrato en prácticas. En el caso de personas con discapacidad, no
        habrá límite máximo de edad.

        Duración

        El contrato se formalizará por un periodo mínimo de 1 año y máximo de 3 años. No obstante,
        mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, en
        función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, sin que la duración
        mínima pueda ser inferior 6 meses ni la máxima superior a 3 años.

        Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción
        o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, interrumpirán el cómputo de la
        duración del contrato.

        Jornada

        La jornada laboral no podrá ser superior al 75 %, durante el primer año, o al 85 %, durante
        el segundo y tercer año, de la jornada máxima habitual de la empresa. Los trabajadores
        no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3.
        Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos.

        Retribución del trabajador/a

        La retribución del trabajador será fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo
        con lo establecido en convenio colectivo. Si el convenio no lo específica, el cálculo será sobre el
        Salario Mínimo Interprofesional. En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo
        interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.

        El Salario Mínimo Interprofesional para el año 2013 queda fijado en 25,10 euros/día o 645,30 euros/
        mes (Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional
        para 2013)

        Ejemplo:
        Salario Mínimo Interprofesional = 645,30 €
        Salario a percibir en un contrato de formación y aprendizaje es de 75% del Salario Mínimo
        Interprofesional = 483,97 €




        (1) Hasta que la tasa de desempleo del país se sitúe por debajo del 15 %
                                                                                                                         4/25

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Ventajas del nuevo contrato de
     Formación y Aprendizaje
     Contratos de Formación | 2013




      Gran ahorro mensual en salarios y Seguros Sociales

      Comprueba hasta que punto es más rentable el contrato de formación respecto al contrato de
      obra o servicios, tomando como ejemplo la ocupación de camarero.




      *Diferencia calculada tomando el convenio colectivo de Granada.

      Formación Teórica

      La formación teórica será vinculada al puesto de trabajo a desarrollar en la empresa,
      desapareciendo para los contratos celebrados a partir del 12/02/2012 la formación orientada a
      la obtención del Graduado en ESO, siendo el tiempo de formación del contrato un 25 % de la
      jornada laboral el primer año y del 15% durante el segundo y tercer año. Esta Formación tendrá
      una bonificación del 100% en los Seguros Sociales.

      La formación profesional adquirida a través del contrato, será objeto de acreditación de las
      Cualificaciones y de la Formación Profesional, teniendo derecho a solicitar en la Administración
      Pública competente, la expedición del certificado de profesionalidad, título de formación
      profesional o, en su caso, acreditación parcial acumulable.

      Periodo de prueba

      Según el articulo 14 del estatuto de los trabajadores, podrá concertarse por escrito un periodo de
      prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los Convenios
      Colectivos. En defecto de pacto en convenio, la duración del periodo de prueba no podrá exceder
      los 6 meses para los técnicos titulados, ni de 2 meses para los demás trabajadores. En las
      empresas de menos de 25 trabajadoresel periodo de prueba no podrá exceder de 3 meses para
      los tarbajadores que no sean técnicos titulados.

      El empresario y el trabajador están respectivamente , obligados a realizar las experiencias que
      constituyan el objeto de prueba . Será nulo el pacto que establezca un periodo de prueba cuando
      el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo
      cualquier modalidad de contratación.
                                                                                                                         5/25

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Ventajas del nuevo Contrato de
     Formación y Aprendizaje
     Contratos de Formación | 2013




     Desempleo

     Los trabajadores/as mantendrán plenos derechos laborales y de protección de la Seguridad Social,
     incluida la protección por desempleo, y del FOGASA. Ya que cotiza por dicha contingencia.



     ¿Por qué elegir el contrato de formación y aprendizaje?


     El contrato de formación y aprendizaje se ha renovado para promover e incentivar la contratación de
     menores de 30 años, que podrán incorporarse al mercado de trabajo con las mejores condiciones laborales
     para el trabajador y las mayores ventajas para el empresario.



     	        MÁS ECONÓMICO: Sin costes en seguros sociales, o una cuota reducida mensual y un ahorro para 	
     	        la empresa, entre salario y seguros sociales puede superar el 50%.

     	        MÁS FORMACIÓN: Cualificación teórica (impartida a distancia) y práctica para los trabajadores, 	
     	        según las necesidades de su empresa. Los gastos de formación se bonifican al 100% en los 	
     	        seguros sociales.

     	        Mejor oportunidad para contratar a jóvenes


     Limites de contratos de formación por centro de trabajo

     Según informa la Dirección General de Trabajo, concretamente la Subdirección General de Ordenación
     Normativa (SGON) , a traves del subdirector general, Rafael García Matos, las empresas pueden celebrar
     cuantos contratos para la formación y el aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo
     se establezca algún límite a partir del 31 de agosto de 2011.

     En el siguiente anexo que le ofrecemos, pueden leer la respuesta que este organismo dió mediante
     correo electronico a un colaborador nuestro. Para más informacion, consulte el anexo comunicado de la
     Dirección General de Trabajo, respecto al límite de contratos de formación en la empresa.




                                                                                                                         6/25

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Cotizaciones a la Seguridad Social
    Contratos de Formación | 2013




     Esta será la cotización por un contrato sin bonificación, la cotización por contingencias comunes
     a cargo del empresario y a cargo del trabajador, por contingencias profesionales, por desempleo,
     al Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional de los contratos para la formación y
     el aprendizaje se incrementarán, desde el 1 de enero de 2013 y respecto a las cuantías vigentes
     a 31 de diciembre de 2012, el mismo porcentaje que aumente la base mínima del Régimen
     General un 0,6%.Durante el año 2013 será:




     • Base mínima diaria año 2013: 25,10 euros.
     • Base de cotización año 2013 = 25,10 x 30 días = 753,00 euros


     Reducción a la cotización

     Si se reúnen determinados requisitos que enumeramos a continuación, el contrato puede tener
     una reducción del 100 % ( ó del 75% en empresas de más de 250 trabajadores) durante toda la
     vigencia del contrato de las cotizaciones a la S. S. para la empresa. Asimismo, los trabajadores
     tendrán una reducción del 100% de las cuotas a la S.S., con lo cual el coste será 0€ de Seguridad
     Social.

     Los requisitos que tienen que cumplirse para tener derecho a la reducción son:

     a) En los contratos iniciales que sean realizados con trabajadores desempleados inscritos en la
     Oficina de Empleo.

     b) Será de aplicación previsto de la Sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre.




     (*) Cuando proceda cotizar por desempleo en los contratos para la formación, la base de cotización, será la base
     mínima correspondiente a las contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, para el año
     2013 (753,00 euros), a la que será de aplicación el tipo del 7,05%, distribuido conforme al siguiente detalle: 5,50% a
     cargo de la empresa y 1,55% a cargo del trabajador.



                                                                                                                              7/25

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Cálculo de Costes Formación teórica
   Contratos de Formación | 2013




      Los costes correspondientes a formación teórica del primer año de contrato serán del 25% de la formación teórica de
      un contrato o prórroga de 1 año son 516 horas, correspondiendo 43 horas mensuales. Los meses que sean completos:
      43 x 5€/hora = 215€.

      FÓRMULA DE COSTES APLICADA: 43 horas/mes : 30 días/mes = 1.433 horas

      Ejemplo: 7 días por 1.433 = 10.031 horas (redondeado = 10) x (5,00 €) = 50,00 €

      Tabla de cuantía a distancia primer año




      Los costes correspondientes a formación teórica del segundo y tercer año de contrato serán del
      15% de la formación teórica de un contrato o prórroga de 1 año son 312 horas, correspondiendo
      26 horas mensuales. Los meses que sean completos : 26 horas x 5€/hora = 130€

      Tabla de cuantía a distancia segundo y tercer año




       NOTA: Un contrato que no comience el día 1 origina 13 recibos, el 1º y el 13º con horas sueltas y 11 meses completos.


                                                                                                                               8/25

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Servicios para Colaboradores
       Contratos de Formación | 2013




        Netcontrat@ es una aplicación informática destinada a simplificar y homogeneizar todo el
        proceso de comunicación de contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo.
        Se trata de una aplicación dual, o sea el usuario realiza todas las gestiones en local (creación
        de contratos, prórrogas, transformaciones, modificaciones, etc.) y cuando lo desea se establece
        una Comunicación con el Servicio Público de Empleo (INEM), realizándose todo el proceso de
        registro del contrato, impresión de huella electrónica, consultas.., lo cual sin duda proporciona
        mejoras sustanciales si lo comparamos con las limitaciones que tienen los usuarios que utilizan
        directamente CONTRAT@.

        Ventajas

        Aunque Contrat@ registra los contratos en tiempo real, la introducción de la información hay que
        hacerla completa cada vez y sólo sirve para obtener la huella del contrato.

        Con NetContrat@ la introducción de la información es mucho más ágil ya que parte de la
        información es guardada en local. Cuando comunicamos un contrato no sólo hemos cumplido
        con la obligación legal de realizar dicha comunicación sino que además hemos generado todos
        los documentos intrínsecos a dicha comunicación tales como contrato de trabajo, copia básica,
        solicitud de incentivos, modificaciones y finalizaciones de contratos, cláusulas adicionales a un
        contrato de trabajo, acuerdos de formación, etc. NetContrat@ le indicará cuándo finalizan los
        contratos de trabajo para que realice las prórrogas o transformaciones de los mismos.

        NetContrat@ funciona en red, sin limitación en el número de usuarios. Le permite guardar el
        contenido de los contratos, pudiendo, si así lo desea, enviar dichos contratos por email a sus
        empresas o trabajadores. Los contratos generados con NetContrat@ llevan incluido un sello
        que hace referencia a la comunicación electrónica de los mismos, la cual incluye el número de
        contrato, la fecha de comunicación del mismo y el número de autorización administrativa. Las
        prórrogas o transformaciones de contratos se realizan de forma automática en función de los
        datos que tenemos en nuestra base de datos.




                                Software Netcontrat@


                                                                                                                         9/25

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Servicios para Colaboradores
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       A través de nuestra web (www.grupo2000.es) podrá acceder gratuitamente a los contenidos
       de Lex Nova.

       RELACIÓN DE CONTENIDOS

       · Aceso a todos los convenios colectivos vigentes
       Base de datos documental, actualizada a diario, con los últimos convenios tanto sectoriales,
       como de empresa, publicados en los distintos boletines.

       · Jurisprudencia
       Base de datos que cuenta, aproximadamente, con 65.000 resoluciones judiciales.

       · Formularios y modelos
       Más de 2.000 formularios y modelos componen esta útil y práctica base de datos.

       · Ayudas y subvenciones
       Base de datos en la que se puede encontrar cualquier ayuda o subvención que, estando o no
       su plazo de solicitud abierto, hayan sido publica as en los distintos boletines.

       · Supuestos prácticos
       Supuestos prácticos resueltos y extraídos de diferentes obras. Sólo materias laboral y fiscal.

       · Proyectos de Ley
       Apartado con los Proyectos de Ley que puedan ser de más interés para los usuarios.

       · Legislación
       Tres secciones de nuestro sitio web incorporan legislación: Avances Informativos, Normativa
       autonómica y Normas de interés general

       · Utilidades
       Este Apartado está compuesto por 4 secciones:

          Calendarios laborales
          Calendario del contribuyente para el año en curso.
          Índice de Precios al Consumo.
          SMI: Esta sección recoge el importe de los salarios mínimos interprofesionales
               hasta el año en curso




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       También prestamos los siguientes servicios a nuestros colaboradores:

       A la asesoría

       · Teléfono gratuito 900 44 22 44 , para resolverle cualquier duda mediante una atención
       personalizada.
       · Fax gratuito 900 10 17 99, para un servicio rápido y eficaz.
       · Visitas periódicas de revisión de nuestros Delegados Comerciales repartidos por todo el territorio
       nacional.
       · Sobres con franqueo gratuito para la devolución de documentos o ejercicios.
       · Informe periódico de los Contratos de Formación realizados a través de nuestro centro.
       · Cumplimentación vía telefónica de sus contratos.
       · Envío de prórrogas cumplimentadas, con 15 días de antelación al mes de vencimiento del
       contrato o prorroga.
       · Aplicación NetContrata, con la que podrá simplificar y homogeneizar todo el proceso de
       comunicación de contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo.


        En nuestra aplicación web www.grupo2000.es :

       · Zona Privada, donde podrá consultar información detallada en tiempo real del estado de sus
       contratos.
       · Creación de contratos iniciales y prórrogas.
       · Descarga de documentación cumplimentada.
       · Sistema de avisos vía e-mail: prórrogas, bajas, incidencias.
       · Acceso a contenidos Lex Nova, donde podrá realizar búsquedas de modelos y documentos,
       acceder a convenios colecctivos vigentes, consultar legislaciones, etc.
       · Acceso a la agencia de colocación Contrato10

       A la empresa:

       · Envío del temario formativo en 24 horas desde la recepción del contrato.
       · Seguimiento exhaustivo de la progresión del alumno.
       · Envío de carta informativa de los vencimientos de pago.
       · Envío mensual de aviso de cobro a la empresa.
       · Envío del “Certificado Oficial de Cualificación Profesional” a la finalización del contrato.




                                                                                                                         11/25

Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
Certificados de Profesionalidad
    Contratos de Formación | 2013




      Los C0ntratos de Formación y Aprendizaje serán orientados a la obtención de los Certificados
      de Profesionalidad según el R.D Ley 3/2012

      Actualmente las ocupaciones del contrato para la formación y el aprendizaje están vinculadas a
      los certificados de profesionalidad, de forma que a través de la formación que se realiza para el
      contrato de formación se puede obtener el certificado de profesionalidad o convalidar alguno de
      los módulos que conforman el certificado Según especifica el R.D Ley 3/2012

      “La cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato para la formación y
      el aprendizaje será objeto de acreditación en los términos previstos en la Ley Orgánica 5/2002,
      de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El trabajador podrá solicitar
      de la Administración pública competente la expedición del correspondiente certificado de
      profesionalidad, título de formación profesional o, en su caso, acreditación parcial acumulable.”

      ¿Que es un certificado de profesionalidad?

      Los certificados acreditan con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para
      el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo. Se trata, por tanto, de
      proporcionar a los trabajadores la formación requerida por el sistema productivo y acercar los
      certificados a la realidad del mercado laboral.

      Objetivos

      Los objetivos fundamentales de los certificados de profesionalidad, es la obtención de un
      documento oficial y acreditativo. Este tipo de certificados, permite convalidar módulos de un
      título o de un Certificado de Profesionalidad, así como completar la formación para la obtención
      de un título de Formación Profesional o de un certificado de profesionalidad, ampliando las
      mejoras para el ámbito laboral.

      Grupo 2000 ofrece un catalogo, formado por más de 60 ocupaciones. Además le informamos en
      todo momento para la obtención de nuestros certificados de profesionalidad, solamente tienes
      que llamar a nuestro número gratuito 900 44 22 44




                                                                                                                         12/25

Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
Tablas de ocupaciones.
 Certificado de profesionalidad
 Contratos de Formación


   Código            Administración y gestión                           Certificado de profesionalidad              Código
   41221011	 Empleado admin. Comercial                                  Actividades de gestión admin.		             ADGD0308
   40110013	 Empleado admin. de Contabilidad*
   41121012	 Empleado admin. de personal                                Gest. integrada de recursos humanos ADGD0238
   40210014	 Empleado admin. de los servicios                           Actividades admin. en la relación
   		        de almacenamiento y recepción*                             con el cliente				ADGD0238
   44121057	 Recepcionistas - telefonistas                              Operaciones auxiliares de
   		        en oficinas en general                                     servicios administrativos		         ADGD0408
   43011025	 Operadores - grabadores                                    Operadores de grabación y
   		        de datos en el ordenador                                   tratamiento de datos y documentos	 ADGG0508
   26511049	 Técnicos en publicidad y/o
   		relacciones públicas

   Código            Agricultura                                        Certificado de profesionalidad              Código
   61201028	         Jardineros en general

   Código            Artesanía                                          Certificado de profesionalidad             Código
   76141010	 Alfareros y ceramistas                                     Alfarero ceramista			ARTC10
   76231016	 Encuadernadores -
   		restauradores artesanales
   76131071	Plateros                                                    Platero					ARTO20
   76131044	 Joyeros en general
   Código            Artes / artes gráficas                             Certificado de profesionalidad             Código
   37311016	         Fotógrafos en general                             Fotógrafo				IMSI70
   76221134	         Operadores de máquina.
   		                Impresora Offset en general                       Impresión en offset			                ARGI0109
   31101024	         Delineantes en general                            Representación de proyectos de edif.	 EOCO0108

   Código            Automoción - mecánica                              Certificado de profesionalidad             Código
   73131063	         Chapistas - pintores de vehículos -                Manteniento de estructuras de
                                                                        carrocerías de vehículos		                  TMVL0309
   76210020	         Electricista y/o electrónico de
    		               automoción en general*
   74011119	         Mecanicos - ajust. del automovil                   Mantenimiento del motor		                   TMVG0209
   73231213	         Operadores torneros y fresadores                   Mecanizado por arranque de viruta	          FMEH0109
   Código            Alimentación                                       Certificado de profesionalidad              Código
   77031039	Panaderos                                                   Panadería y bollería			                     INAF0108
   77031048	Pasteleros                                                  Pastelería y confitería			                  INAF0109
   83750018	 Op. de maquina para la elab. y                             Industrias de conservas
   	       	 conser. Fruta, verdura Prod. veg.                          y jugos vegetales			                        INAV0110
   77011051	 Matarifes - carniceros en general                          Sacrifício, faenado y despiece		            INAI0208
   78010028	 Carniceros para la venta al comercio
   Código            Carga y descarga                                   Certificado de profesionalidad              Código
   83321124	Estibadores

   Código            Comercio                                          Certificado de profesionalidad              Código
   52201079	        Dependientes de comercio en Gral.                  Actividades de venta			                     CM0108
   55001018	        Cajeros de comercio
   52201110	        Dependientes de farmacia
   52201068	        Dependientes de carnicería                         Carniceria y elab. de produc. carnicos	 INAI0108

   Código            Docencia                                          Certificado de profesionalidad                   13/25
                                                                                                                    Código
   57211015	         Ciudadores/as de guardería infantil
Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
Código            Edificación y obra civil                          Certificado de profesionalidad               Código
  71211015	Albañiles                                                  Fábricas de albañilería			                  EOCB0108
  71221012	Canteros                                                   Elaboración de piedra natural		             IEXD0308
  71321013	 Carpinteros metálicos                                     Carpintero metálico y de pvc		              FMLL30
  73221023	Cerrajeros
  72931013	 Cristaleros de edificios                                  Limpieza de superficies y
                                                                      mobiliaro en edificios			                   SSCM0108
  71111014	Encofradores
  71111025	Ferrallistas                                               Ferrallista				EOCE20	
  73141020	 Montadores de grandes
  		estructuras metálicas
  41221011	 Pintores y /o empapeladores                               Pintor					EOCA10
  72401073	 Soladores - alicatadores en general                       Solador - alicatador			 EOCA70
  73121060	 Soldadores de estructiras                                 Soldador de estructuras
  		metálicas pesadas                                                 metálicas pesadas			FMEL60
  30230181	 Técnicos en mantenimiento de                              		
  		        aire acondicionados y fluidos*

  Código           Electricidad y agua                                Certificado de profesionalidad              Código
  72300037	 Inst. Electricista de edificios
  		y viviendas*
  72211012	Fontaneros                                                 Op. de fontanería y calefacción		           IMAI0108
  75311081	 Electrónicos de mantenimiento
  		industrial
  75211071	 Electricistas de mantenimiento                            Montaje y mantenimiento de
  		y reparación                                                      instalaciones de baja tensión		             ELEE0109
  74031142	 Mecánicos de mantenimiento
  		        industrial de bienes de equipo                            Montaje y puesta en marcha		                FMEE0208

  Código            Hostelería y turismo                               Certificado de profesionalidad              Código
  51201049	         Camareros en general                               Servicio de restaurante			 HOTR0608
  51101026	         Cocineros en general                               Cocina					HOTR0408
  92101050	         Personal de limpieza o limpiadores                 Limpieza de superficies y
                                                                       mobiliario de edificios			 SSCM0108
  91210053	         Camarera de pisos*
  92211025	         Lenceros, lavanderos y planchadores                Op. básicas de pisos en alojamientos	 HOTA0108

  Código            Imagen personal                                    Certificado de profesionalidad              Código
  58121030	Esteticistas                                                Serv. auxiliares de esteticísta		 IMPE0108
  58111037	 Peluqueros unisex                                          Peluquería				IMPQ0208

  Código            Industrias químicas                                Certificado de profesionalidad              Código
  81311181	         Op.de planta química

  Código            Madera, mueble y corcho                            Certificado de profesionalidad              Código
  71311049	         Carpinteros en general                             Inst. de elementos de carpintería	  MAMS0108
  81411052 	        Operadores de maquinas de                          Operaciones de transformación
  		                transformación del caucho                          del caucho				QUIT0309
  78351035	         Tapiceros de muebles                               Operaciones auxiliares de tapizados
                                                                       de mobiliario y mural			            TCPF0209
  Código            Sanidad                                           Certificado de profesionalidad              Código
  56111013	 Auxiliares de clínica
  56111022	 Auxiliares de enfermería
  		en geriatría
 Código             Seguridad                                                                                            14/25
  52000415	         Vigilantes de seguridad *
Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
Código            Textil                                             Certificado de profesionalidad              Código
  78341069	         Cosedores de prendas
  		                de peletería a mano
  81531110	         Operadores de máquinas                             Cortinaje y complementos
  		                industriales de coser y bordar                     de decoración			                            TCPF0309	
  78371152	         Modelistas, patronistas,
  		                escaladores de calzado
  78371246	         Zapateros en general                               Rep. de calzado y marroquinería 	           TCPF0209	



                              Otras ocupaciones |


Si está interesado en alguna de las siguientes ocupaciones, póngase en contacto con nosotros, en los números
958 80 67 60 ó 900 44 22 44


  Código           Agricultura                                        Certificado de profesionalidad              Código
  61201084	        Trabajadores en la producción de plantas hortícolas
  62091060	        Trabajadores agrícolas frutales, en general
  64101051	        Trabajadores forestales, en general
  83211032	        Tractoristas - Manipuladores agrícolas
  78941018	        Aplicadores de plaguicidas
  61201062	        Trabajadores del cultivo de plantas para flor cortada

  Código            Alimentación                                      Certificado de profesionalidad               Código
  77071013	 Bodeguero vinícola
  77041023	Queseros
  77021036	 Trabajadores en la prep. del pescado para 	
  		la conserva

  Código           Comercio                                           Certificado de profesionalidad              Código
  26401047	Repartidor-Vendedor

  Código            Edificación y obra civil                           Certificado de profesionalidad              Código
  83311044	         Conductores - Op.de excavadora

  Código           Electricidad y agua                                Certificado de profesionalidad              Código
  72941021	        Inst. de sist. de energía solar térmica
  75211101	        Inst. de sist. fotovoltaicos y eólicos
  31321075	        Op. de planta de tratamiento y 		
  		               depuración de agua

  Código            Ganadería                                         Certificado de profesionalidad              Código
  62011011	         Trabajadores de ganado vacuno
  62031026	         Trabajadores de ganado porcino
  62091051	         Trabajadores de la cria de caballos
  620510311	        Trabajadores de la cria de aves
  62051040	         Trabajadores de la cria de conejos

  Código            Pesca y acuicultura                               Certificado de profesionalidad               Código
  64231039	 Marineros de buque de pesca
  64211051	 Trabajadores del cultivo de moluscos en 	
  		criadero                                                          		
  64211093	 Trabajadores del cultivo zooplancton

                                                                                                                         15/25

Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
Tramitación del Contrato
    Contratos de Formación | 2013




           TRÁMITES PARA LA REALIZACIÓN DE UN CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJ
           En la Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.)

           • Solicitar el Número patronal para aprendizaje (modelo TA-7).
             Para ello deberá acompañar TA-6 (número de cuenta principal de la empresa).

           • Solicitud de acuerdo con Mutua de A.T. y E.P. y DNI o CIF.

           • Presentar parte de alta (modelo TA-2) del trabajador con carácter previo al inicio del
           contrato.

           • TA-1 (si el trabajador no tiene nº de afiliación).

           • DNI del trabajador.


           Para la Oficina de Empleo (antiguo INEM)

           • Contrato de Formación y Aprendizaje. (Mod. 421)

           • Acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación y aprendizaje, firmada
           por ambas partes. Imprescindible indicar la actividad formativa con la denominación del
           certificado de profesionalidad especificando: su código, normativa y número de horas del
           mismo.


           Para Grupo 2000

           • Fotocopia legible del Contrato de Formación (Mod. 421).

           • Original del Acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación y
           aprendizaje, firmada por ambas partes. Imprescindible indicar la actividad formativa con
           la denominación del certificado de profesionalidad especificando: su código, normativa y
           número de horas del mismo.

           • Domiciliación Bancaria de la empresa con sus 20 dígitos.

           - Dirección: Av. Doctor Oloriz 2, 1ºA (18012) Granada. E-mail: admin@grupo2000.es




           *Este código deberá insertarse a la hora de formalizar el anexo del contrato de formacion


                                                                                                                         16/25

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Contrato de Formación y aprendizaje
                   Anexos

                   •	   A continuación le mostramos los documentos necesarios para realizar un
                        contrato de formación con Grupo 2000

                   	
                   	       - Contrato para la Formación y el Aprendizaje

                   	       - Anexo II: Acuerdo para la Actividad Formativa

                   	       - Autorización de Pago


                   •	 Comunicado de la Dirección General de Trabajo, respecto al límite de contratos
                      de formación en la empresa.




                                                                                                                17/25

                               *Estos documentos fax. 958 80 67 61 | email. descargados en www.grupo2000.es
Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | también pueden seradmin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
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Autorización de pago
                                                                                                                                                                                                                                                                                                             Contratos de Formación
PROTECCIÓN DE DATOS: la persona firmante de este documento reconoce que todos los datos recogidos son ciertos bajo su responsabilidad y tiene autorización para facilitar dicha información, y así mismo, queda informada que esos datos que nos aporta de su empresa o entidad o los suyos
propios van a ser incluidos en el fichero “alumnos“ del Centro de Formación Grupo 2000 RCS.L con la finalidad de gestionar los cursos de formación que nos solicita o le ofrecemos. Dicha información será cedida a la administración pública con competencia en la materia en caso que nos sea requerida.




                                                                                                                                                                                                                                                                                                               DATOS DE LA EMPRESA

                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Razón Social: ________________________________________________CIF: ____________________
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Responsable:________________________________________________ NIF: __________________
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Dirección: ______________________________________________________C.P.:________________
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Localidad: __________________________Provincia: ____________________Tlfno:________________
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Mail: _____________________________________________________ Móvil:___________________



                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                             AUTORIZO

                                                                                                                                                                                                                                                                                                               El pago de los recibos de la formación teórica por un importe de 215€ mensuales durante el primer
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               año al “CENTRO DE FORMACION GRUPO 2000 RC, S.L” con CIF B-18488890. Por el coste establecido
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               en la resolución de 8 de Febrero de 2005 (B.O.E. de 24-02-2005) por la formación teórica durante
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               el tiempo de vigencia del trabajador/a contratado en formación:

                                                                                                                                                                                                                                                                                                               DATOS DEL TRABAJADOR

                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Apellidos, nombre:____________________________________________DNI: ____________________
Usted podrá ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición en nuestra dirección: Avda Doctor Olóriz, 2 ,1ºA 18012 Granada




                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Los recibos de la formación se pasarán el día 10 de cada mes, empezando a cargarse en la cuenta
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               abajo indicada, dos meses después del inicio del contrato y siguiendo cargando dichos importes
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               hasta dos meses después de la finalización de este.
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               (Si dichos recibos son devueltos, tendrán un cargo de gastos bancarios de un 2%, I.V.A no incluido).




                                                                                                                                                                                                                                                                                                               DATOS BANCARIOS (EMPRESA)


                                                                                                                                                                                                                                                                                                               				Entidad	                                                       Oficina	            D.C.	        Número de cuenta
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Código de cuenta:	




                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                      Firma y sello de la empresa :




                                                                                                                                                                                                                                                                                                               Nota: El contrato de formación y aprendizaje está considerado como un contrato de reducción de cuotas, por el cual no se pagan seguros
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               sociales por el trabajador, sólo se paga la formación teórica, y dichos recibos son bonificados por la SS.GG de manera integra. Por lo que es
                                                                                                                                                                                                                                                                                                               un contrato a coste cero para el empresario.

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                               21/25

                                                                             Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada || tel. 958 80 67 60 || fax. 958 80 67 61 || email. admin@grupo2000.es || web. www.grupo2000.es
                                                                             Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada tel. 958 80 67 60 fax. 958 80 67 61 email. admin@grupo2000.es web. www.grupo2000.es
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     Sistema Red / Contrat@
     Contratos de Formación | 2013




            Sistema Red

            1.- Alta en Seguridad Social

            Como ya conocen los trabajadores en formación y aprendizaje, tienen que darse de alta
            en un CCC específico para este tipo de contratos.
            El alta hay que realizarla con carácter previo al inicio de la relación o en su caso el mismo
            día. El código de contrato es 421.




            Si el contrato de formación tiene reducción de cuotas, tienen que poner el valor 1, en el
            campo “Cond. Desempleado”. Si este campo lo dejan en blanco no podrán practicar la
            reducción.




                                                                                                                         22/25

Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
Registro de Contrato
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           Contrat@

           En primer lugar tienen que cumplimentar la pantalla de comunicación del contrato con todos
           los apartados de la misma.




                                                                              Tiene que indicar una ocupación en la que su
                                                                              Centro de Formación esté acreditado para
                                                                              impartir la formación objeto del contrato.




                                                                              Si el contrato tiene reducción de cuotas del
                                                                              100 % o 75 %, por cumplir los requisitos
                                                                              tiene que marcar esta casilla. Y se le abre
                                                                              una ventana como la que figura en la
                                                                              siguiente ventana.




                                                                              Seleccione lo que proceda.




                                                                                                                         23/25

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          Una vez comunicado el contrato obtendrá un identificador o número de contrato.
          A continuación acceda a la siguiente opción del menú de CONTRAT@




          								Pulse aquí e introduzca el 	
          								identificador del contrato.	
          								Obtendrá la siguiente
          pantalla.




                                                                                   Cumplimente los datos del
                                                                                   ANEXO, con la información
                                                                                   que le hemos proporcionado
                                                                                   de nuestro CENTRO.




          A continuación debe de generar toda la documentación relacionada, contrato, Anexo II y
          domiciliación bancaria y remítanos copia de la misma a nuestro CENTRO, junto con la huella
          electrónica del contrato para poder empezar a impartir la formación al trabajador/a.
                                                                                                                         24/25

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            Usuarios de NETCONTRATA

            Estos usuarios lo tienen bastante más fácil ya que en una misma pantalla van a poder
            realizar todos los pasos anteriores indicados para CONTRAT@ y SISTEMA RED.

            Seleccionar en la aplicación NETCONTRATA, la opción “Nuevo contrato de formación” y
            accederemos a una pantalla como esta.




                             Marcar esta casilla si tiene reducción de cuotas.
                             Introducimos los datos del contrato que incluye toda la información
                             necesaria tanto para el contrato como para el ANEXO de formación
                             guiando al usuario en todo el procedimiento. Una vez finalizada la
                             cumplimentación lo validamos.




                                                      Pulsamos aquí para comunicar telemáticamente
                                                      el contrato y el Acuerdo

                                                      Pulsamos aquí para comunicar el Alta en Seguridad Social




            Compruebe que al comunicar el Alta en Seguridad Social que la casilla “Cond. Desempleado”
            tiene el valor 1 si el contrato tiene reducción de cuotas.
                                                                                                                         25/25

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          Al comunicar el contrato la aplicación NETCONTRATA, le solicitará confirmación para
          comunicar en dicho momento el Anexo de Formación, con lo cual en un único proceso
          habrá realizado toda la tramitación.

          Una vez realizadas las comunicaciones ya puede imprimir o enviar por email todos
          los documentos relacionados con el contrato de formación que irán prácticamente
          cumplimentados en su totalidad.

          Cuando las partes hayan firmado dichos documentos pueden subir dichos impresos para
          que nos lleguen a nuestro CENTRO a través del botón que se encuentra junto a cada
          contrato de formación que comuniquen.




                                                                                                                         26/25

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Comunicado de la Dirección
   General de Trabajo
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       CONSULTA:

       Buenos días, necesito saber como se calcula la plantilla del centro de trabajo para saber el
       número máximo de contratos para la formación que puede hacer una empresa (art. 7 del
       Real
       Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los
       Trabajadores en materia de contratos formativos. BOE de 9 de abril) ¿Este artículo del R.D.
       sigue en vigor o está derogado por el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje de la
       Reforma Laboral R.D. Ley 3/2012?

       Si está en vigor, dice que hasta 5 trabajadores se puede hacer un contrato de formación.¿Se
       tienen en cuenta los trabajadores de la empresa en el momento de la contratación o hay que
       sacar algún tipo de media de plantilla?

       RESPUESTA:

       De: DGT-SGON

       Asunto: Consulta en materia de contratos para la formación y el aprendizaje

       En respuesta a su consulta, recibida por correo electrónico el 30 de mayo de 2012, en la que
       se plantea si el artículo 7 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla
       el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos, continua
       en vigor tras la reforma laboral a efectos de determinar el cálculo de la plantilla del centro de
       trabajo para saber el número máximo de contratos para la FORMACIÓN que puede realizar
       una empresa, se informa cuanto sigue.

       1. El Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del
       empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del
       programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por
       desempleo, da nueva redacción al artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, regulando el
       nuevo contrato para la formación y el aprendizaje (como se hace constar en la exposición
       de motivos del citado Real Decreto-ley), que sustituye al contrato para la formación.

       Pues bien, es en la redacción del artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores llevada a cabo
       por el Real Decreto-ley 10/2011, donde queda suprimido la limitación del número máximo de
       contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla.

       De tal forma que las empresas, a partir del 31 de agosto de 2011, fecha de entrada en vigor
       del Real Decreto-Ley 10/2011, pueden celebrar cuantos contratos para la formación y el
       aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo se establezca algún límite.

       Por lo que respecta a la mención en el escrito de consulta de la falta derogación expresa del
       artículo 7 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, que desarrolla el artículo 11 del Estatuto
       de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, en materia de contratos
       formativos, indicar que el propio Real Decreto-ley 10/2011, contiene Disposición derogatoria



                                                                                                                         27/25

Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
Comunicado de la Dirección
    General de Trabajo
    Contratos de Formación | 2013




        única que establece expresamente: “quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior
        rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en este real decreto-ley”.
        En todo caso, no hay que olvidar que el artículo 7 del Real Decreto 488/1998 es de naturaleza
        reglamentaria, por lo que, en virtud del principio de jerarquía normativa (artículo 3.2 del
        Estatuto de los Trabajadores), debe ser interpretado conforme a la regulación legal del contrato
        para la formación y el aprendizaje contenida en el artículo 11.2 del Estatuto de los
        Trabajadores.

        2. Recientemente, el 11 de febrero de 2012 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el
        Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado
        laboral, en cuyo artículo 2.dos se introducen modificaciones al artículo 11.2 del Estatuto de los
        Trabajadores, no variando la regulación anterior respecto a la supresión de la limitación del
        número máximo de contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla.

        3. En conclusión, podemos afirmar que las empresas pueden celebrar cuantos contratos
        para la formación y el aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo se
        establezca algún límite a partir del 31 de agosto de 2011 (fecha de entrada en vigor del Real
        Decreto-ley 10/2011, disposición que origina el contrato para la formación y el aprendizaje y
        que suprime la limitación del número de contratos de formación que puede realizar una
        empresa en función del tamaño de la plantilla, quedando desde entonces derogado el artículo 7
        del Real Decreto 488/1998, en virtud de la Disposición derogatoria única del citado Real
        Decreto-ley).

        Reiterar que Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma
        del mercado laboral, introduce modificaciones al contrato para la formación y el aprendizaje,
        modificaciones que se concretan en ampliar las posibilidades de dicho contrato flexibilizando
        los supuestos de contratación, la duración del mismo, así como las posibilidades de realización
        de la formación inherente al contrato permitiendo que ésta pueda ser realizada en las
        empresas, así como, las posibilidades de contratación al permitir que el trabajador sea
        contratado para distinta actividad u ocupación aunque hubiera tenido un contrato previo de esta
        modalidad.



        EL DIRECTOR GENERAL
        P.D. EL SUBDIRECTOR GENERAL
        Rafael García Matos




                                                                                                                         28/25

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  • 1. 1/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 2. ÍNDICE página INTRODUCCIÓN 3 VENTAJAS DEL NUEVO CONTRATO PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE 4 COTIZACIONES A LA SEGURIDAD SOCIAL 7 CÁLCULO DE COSTES FORMACIÓN TEÓRICA 8 SERVICIOS PARA COLABORADORES 9 -Netcontrat@ -Lexnova -Otros servicios CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD 12 OCUPACIONES HOMOLOGADAS 13 TRAMITACIÓN DEL CONTRATO 15 ANEXOS / DOCUMENTOS PARA EL CONTRATO 16 -Contrato para la Formación y el Aprendizaje -Anexo II: Acuerdo para la Actividad Formativa -Autorización de pago REGISTRO DE CONTRATO SISTEMA RED / CONTRAT@ 20 -Sistema Red -Contrat@ -Ususario Net-Contrat@ COMUNICADO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO 26 2/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 3. Introducción Contratos de Formación | 2013 Estimado Colaborador/a Grupo 2000 es un Centro de Formación Homologado (acreditación INEM nº 18-26061) por el Servicio Público de Empleo Estatal para la realización e impartición de la formación teórica de los contratos para la formación y el aprendizaje. Actualmente tenemos más de 80 ocupaciones homologadas a su servicio, que atesoran todos los sectores del ámbito laboral. En Grupo 2000 trabajamos con un gran número de gestorías y asesorías colaboradoras que confían en nosotros, convirtiendonos una empresa líder en el sector de los contratos de formación teórica a distancia. Los beneficios del contrato para la formación y el aprendizaje son múltiples tanto para el trabajador como para el empresario, donde se obtienen bonificaciones en los Seguros Sociales, que comparado con otras modalidades contractuales, supone una elevada reducción en los costes salariales anuales. Grupo 2000 dispone de forma gratuita los software Netcontrat@, y Lexnova online, que le permitirán registrar contratos de manera online, además de otros servicios como gratificación del 20% (IVA/IRPF incluido) del coste de formación, cumplimentación vía telefónica de sus contratos, comerciales por todo el territorio nacional, etc. En nuestra empresa, seguimos avanzando y ayudando a nuestros clientes. Con nuestra plataforma virtual ayudamos a nuestros clientes en la tramitación de los contratos online, que permitirá generar e imprimir todos los documentos relativos al contrato de formación y el aprendizaje. Un cordial saludo. Francisco Manuel Cortés Cano Director de Grupo 2000 3/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 4. Ventajas del nuevo Contrato de Formación y Aprendizaje Contratos de Formación | 2013 Requisitos Se podrá celebrar con trabajadores mayores de 16 años y menores de 30 años (1) que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo, para celebrar un contrato en prácticas. En el caso de personas con discapacidad, no habrá límite máximo de edad. Duración El contrato se formalizará por un periodo mínimo de 1 año y máximo de 3 años. No obstante, mediante convenio colectivo podrán establecerse distintas duraciones del contrato, en función de las necesidades organizativas o productivas de las empresas, sin que la duración mínima pueda ser inferior 6 meses ni la máxima superior a 3 años. Las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad, interrumpirán el cómputo de la duración del contrato. Jornada La jornada laboral no podrá ser superior al 75 %, durante el primer año, o al 85 %, durante el segundo y tercer año, de la jornada máxima habitual de la empresa. Los trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias, salvo en el supuesto previsto en el artículo 35.3. Tampoco podrán realizar trabajos nocturnos ni trabajo a turnos. Retribución del trabajador/a La retribución del trabajador será fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en convenio colectivo. Si el convenio no lo específica, el cálculo será sobre el Salario Mínimo Interprofesional. En ningún caso, la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo. El Salario Mínimo Interprofesional para el año 2013 queda fijado en 25,10 euros/día o 645,30 euros/ mes (Real Decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2013) Ejemplo: Salario Mínimo Interprofesional = 645,30 € Salario a percibir en un contrato de formación y aprendizaje es de 75% del Salario Mínimo Interprofesional = 483,97 € (1) Hasta que la tasa de desempleo del país se sitúe por debajo del 15 % 4/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 5. Ventajas del nuevo contrato de Formación y Aprendizaje Contratos de Formación | 2013 Gran ahorro mensual en salarios y Seguros Sociales Comprueba hasta que punto es más rentable el contrato de formación respecto al contrato de obra o servicios, tomando como ejemplo la ocupación de camarero. *Diferencia calculada tomando el convenio colectivo de Granada. Formación Teórica La formación teórica será vinculada al puesto de trabajo a desarrollar en la empresa, desapareciendo para los contratos celebrados a partir del 12/02/2012 la formación orientada a la obtención del Graduado en ESO, siendo el tiempo de formación del contrato un 25 % de la jornada laboral el primer año y del 15% durante el segundo y tercer año. Esta Formación tendrá una bonificación del 100% en los Seguros Sociales. La formación profesional adquirida a través del contrato, será objeto de acreditación de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, teniendo derecho a solicitar en la Administración Pública competente, la expedición del certificado de profesionalidad, título de formación profesional o, en su caso, acreditación parcial acumulable. Periodo de prueba Según el articulo 14 del estatuto de los trabajadores, podrá concertarse por escrito un periodo de prueba, con sujeción a los límites de duración que, en su caso, se establezcan en los Convenios Colectivos. En defecto de pacto en convenio, la duración del periodo de prueba no podrá exceder los 6 meses para los técnicos titulados, ni de 2 meses para los demás trabajadores. En las empresas de menos de 25 trabajadoresel periodo de prueba no podrá exceder de 3 meses para los tarbajadores que no sean técnicos titulados. El empresario y el trabajador están respectivamente , obligados a realizar las experiencias que constituyan el objeto de prueba . Será nulo el pacto que establezca un periodo de prueba cuando el trabajador haya ya desempeñado las mismas funciones con anterioridad en la empresa, bajo cualquier modalidad de contratación. 5/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 6. Ventajas del nuevo Contrato de Formación y Aprendizaje Contratos de Formación | 2013 Desempleo Los trabajadores/as mantendrán plenos derechos laborales y de protección de la Seguridad Social, incluida la protección por desempleo, y del FOGASA. Ya que cotiza por dicha contingencia. ¿Por qué elegir el contrato de formación y aprendizaje? El contrato de formación y aprendizaje se ha renovado para promover e incentivar la contratación de menores de 30 años, que podrán incorporarse al mercado de trabajo con las mejores condiciones laborales para el trabajador y las mayores ventajas para el empresario. MÁS ECONÓMICO: Sin costes en seguros sociales, o una cuota reducida mensual y un ahorro para la empresa, entre salario y seguros sociales puede superar el 50%. MÁS FORMACIÓN: Cualificación teórica (impartida a distancia) y práctica para los trabajadores, según las necesidades de su empresa. Los gastos de formación se bonifican al 100% en los seguros sociales. Mejor oportunidad para contratar a jóvenes Limites de contratos de formación por centro de trabajo Según informa la Dirección General de Trabajo, concretamente la Subdirección General de Ordenación Normativa (SGON) , a traves del subdirector general, Rafael García Matos, las empresas pueden celebrar cuantos contratos para la formación y el aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo se establezca algún límite a partir del 31 de agosto de 2011. En el siguiente anexo que le ofrecemos, pueden leer la respuesta que este organismo dió mediante correo electronico a un colaborador nuestro. Para más informacion, consulte el anexo comunicado de la Dirección General de Trabajo, respecto al límite de contratos de formación en la empresa. 6/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 7. Cotizaciones a la Seguridad Social Contratos de Formación | 2013 Esta será la cotización por un contrato sin bonificación, la cotización por contingencias comunes a cargo del empresario y a cargo del trabajador, por contingencias profesionales, por desempleo, al Fondo de Garantía Salarial y por Formación Profesional de los contratos para la formación y el aprendizaje se incrementarán, desde el 1 de enero de 2013 y respecto a las cuantías vigentes a 31 de diciembre de 2012, el mismo porcentaje que aumente la base mínima del Régimen General un 0,6%.Durante el año 2013 será: • Base mínima diaria año 2013: 25,10 euros. • Base de cotización año 2013 = 25,10 x 30 días = 753,00 euros Reducción a la cotización Si se reúnen determinados requisitos que enumeramos a continuación, el contrato puede tener una reducción del 100 % ( ó del 75% en empresas de más de 250 trabajadores) durante toda la vigencia del contrato de las cotizaciones a la S. S. para la empresa. Asimismo, los trabajadores tendrán una reducción del 100% de las cuotas a la S.S., con lo cual el coste será 0€ de Seguridad Social. Los requisitos que tienen que cumplirse para tener derecho a la reducción son: a) En los contratos iniciales que sean realizados con trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo. b) Será de aplicación previsto de la Sección I del Capítulo I de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre. (*) Cuando proceda cotizar por desempleo en los contratos para la formación, la base de cotización, será la base mínima correspondiente a las contingencias por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, para el año 2013 (753,00 euros), a la que será de aplicación el tipo del 7,05%, distribuido conforme al siguiente detalle: 5,50% a cargo de la empresa y 1,55% a cargo del trabajador. 7/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 8. Cálculo de Costes Formación teórica Contratos de Formación | 2013 Los costes correspondientes a formación teórica del primer año de contrato serán del 25% de la formación teórica de un contrato o prórroga de 1 año son 516 horas, correspondiendo 43 horas mensuales. Los meses que sean completos: 43 x 5€/hora = 215€. FÓRMULA DE COSTES APLICADA: 43 horas/mes : 30 días/mes = 1.433 horas Ejemplo: 7 días por 1.433 = 10.031 horas (redondeado = 10) x (5,00 €) = 50,00 € Tabla de cuantía a distancia primer año Los costes correspondientes a formación teórica del segundo y tercer año de contrato serán del 15% de la formación teórica de un contrato o prórroga de 1 año son 312 horas, correspondiendo 26 horas mensuales. Los meses que sean completos : 26 horas x 5€/hora = 130€ Tabla de cuantía a distancia segundo y tercer año NOTA: Un contrato que no comience el día 1 origina 13 recibos, el 1º y el 13º con horas sueltas y 11 meses completos. 8/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 9. Servicios para Colaboradores Contratos de Formación | 2013 Netcontrat@ es una aplicación informática destinada a simplificar y homogeneizar todo el proceso de comunicación de contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo. Se trata de una aplicación dual, o sea el usuario realiza todas las gestiones en local (creación de contratos, prórrogas, transformaciones, modificaciones, etc.) y cuando lo desea se establece una Comunicación con el Servicio Público de Empleo (INEM), realizándose todo el proceso de registro del contrato, impresión de huella electrónica, consultas.., lo cual sin duda proporciona mejoras sustanciales si lo comparamos con las limitaciones que tienen los usuarios que utilizan directamente CONTRAT@. Ventajas Aunque Contrat@ registra los contratos en tiempo real, la introducción de la información hay que hacerla completa cada vez y sólo sirve para obtener la huella del contrato. Con NetContrat@ la introducción de la información es mucho más ágil ya que parte de la información es guardada en local. Cuando comunicamos un contrato no sólo hemos cumplido con la obligación legal de realizar dicha comunicación sino que además hemos generado todos los documentos intrínsecos a dicha comunicación tales como contrato de trabajo, copia básica, solicitud de incentivos, modificaciones y finalizaciones de contratos, cláusulas adicionales a un contrato de trabajo, acuerdos de formación, etc. NetContrat@ le indicará cuándo finalizan los contratos de trabajo para que realice las prórrogas o transformaciones de los mismos. NetContrat@ funciona en red, sin limitación en el número de usuarios. Le permite guardar el contenido de los contratos, pudiendo, si así lo desea, enviar dichos contratos por email a sus empresas o trabajadores. Los contratos generados con NetContrat@ llevan incluido un sello que hace referencia a la comunicación electrónica de los mismos, la cual incluye el número de contrato, la fecha de comunicación del mismo y el número de autorización administrativa. Las prórrogas o transformaciones de contratos se realizan de forma automática en función de los datos que tenemos en nuestra base de datos. Software Netcontrat@ 9/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 10. Servicios para Colaboradores Contratos de Formación | 2013 A través de nuestra web (www.grupo2000.es) podrá acceder gratuitamente a los contenidos de Lex Nova. RELACIÓN DE CONTENIDOS · Aceso a todos los convenios colectivos vigentes Base de datos documental, actualizada a diario, con los últimos convenios tanto sectoriales, como de empresa, publicados en los distintos boletines. · Jurisprudencia Base de datos que cuenta, aproximadamente, con 65.000 resoluciones judiciales. · Formularios y modelos Más de 2.000 formularios y modelos componen esta útil y práctica base de datos. · Ayudas y subvenciones Base de datos en la que se puede encontrar cualquier ayuda o subvención que, estando o no su plazo de solicitud abierto, hayan sido publica as en los distintos boletines. · Supuestos prácticos Supuestos prácticos resueltos y extraídos de diferentes obras. Sólo materias laboral y fiscal. · Proyectos de Ley Apartado con los Proyectos de Ley que puedan ser de más interés para los usuarios. · Legislación Tres secciones de nuestro sitio web incorporan legislación: Avances Informativos, Normativa autonómica y Normas de interés general · Utilidades Este Apartado está compuesto por 4 secciones: Calendarios laborales Calendario del contribuyente para el año en curso. Índice de Precios al Consumo. SMI: Esta sección recoge el importe de los salarios mínimos interprofesionales hasta el año en curso 10/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 11. Servicios para Colaboradores Contratos de Formación | 2013 También prestamos los siguientes servicios a nuestros colaboradores: A la asesoría · Teléfono gratuito 900 44 22 44 , para resolverle cualquier duda mediante una atención personalizada. · Fax gratuito 900 10 17 99, para un servicio rápido y eficaz. · Visitas periódicas de revisión de nuestros Delegados Comerciales repartidos por todo el territorio nacional. · Sobres con franqueo gratuito para la devolución de documentos o ejercicios. · Informe periódico de los Contratos de Formación realizados a través de nuestro centro. · Cumplimentación vía telefónica de sus contratos. · Envío de prórrogas cumplimentadas, con 15 días de antelación al mes de vencimiento del contrato o prorroga. · Aplicación NetContrata, con la que podrá simplificar y homogeneizar todo el proceso de comunicación de contratos de trabajo al Servicio Público de Empleo. En nuestra aplicación web www.grupo2000.es : · Zona Privada, donde podrá consultar información detallada en tiempo real del estado de sus contratos. · Creación de contratos iniciales y prórrogas. · Descarga de documentación cumplimentada. · Sistema de avisos vía e-mail: prórrogas, bajas, incidencias. · Acceso a contenidos Lex Nova, donde podrá realizar búsquedas de modelos y documentos, acceder a convenios colecctivos vigentes, consultar legislaciones, etc. · Acceso a la agencia de colocación Contrato10 A la empresa: · Envío del temario formativo en 24 horas desde la recepción del contrato. · Seguimiento exhaustivo de la progresión del alumno. · Envío de carta informativa de los vencimientos de pago. · Envío mensual de aviso de cobro a la empresa. · Envío del “Certificado Oficial de Cualificación Profesional” a la finalización del contrato. 11/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 12. Certificados de Profesionalidad Contratos de Formación | 2013 Los C0ntratos de Formación y Aprendizaje serán orientados a la obtención de los Certificados de Profesionalidad según el R.D Ley 3/2012 Actualmente las ocupaciones del contrato para la formación y el aprendizaje están vinculadas a los certificados de profesionalidad, de forma que a través de la formación que se realiza para el contrato de formación se puede obtener el certificado de profesionalidad o convalidar alguno de los módulos que conforman el certificado Según especifica el R.D Ley 3/2012 “La cualificación o competencia profesional adquirida a través del contrato para la formación y el aprendizaje será objeto de acreditación en los términos previstos en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El trabajador podrá solicitar de la Administración pública competente la expedición del correspondiente certificado de profesionalidad, título de formación profesional o, en su caso, acreditación parcial acumulable.” ¿Que es un certificado de profesionalidad? Los certificados acreditan con carácter oficial las competencias profesionales que capacitan para el desarrollo de una actividad laboral con significación en el empleo. Se trata, por tanto, de proporcionar a los trabajadores la formación requerida por el sistema productivo y acercar los certificados a la realidad del mercado laboral. Objetivos Los objetivos fundamentales de los certificados de profesionalidad, es la obtención de un documento oficial y acreditativo. Este tipo de certificados, permite convalidar módulos de un título o de un Certificado de Profesionalidad, así como completar la formación para la obtención de un título de Formación Profesional o de un certificado de profesionalidad, ampliando las mejoras para el ámbito laboral. Grupo 2000 ofrece un catalogo, formado por más de 60 ocupaciones. Además le informamos en todo momento para la obtención de nuestros certificados de profesionalidad, solamente tienes que llamar a nuestro número gratuito 900 44 22 44 12/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 13. Tablas de ocupaciones. Certificado de profesionalidad Contratos de Formación Código Administración y gestión Certificado de profesionalidad Código 41221011 Empleado admin. Comercial Actividades de gestión admin. ADGD0308 40110013 Empleado admin. de Contabilidad* 41121012 Empleado admin. de personal Gest. integrada de recursos humanos ADGD0238 40210014 Empleado admin. de los servicios Actividades admin. en la relación de almacenamiento y recepción* con el cliente ADGD0238 44121057 Recepcionistas - telefonistas Operaciones auxiliares de en oficinas en general servicios administrativos ADGD0408 43011025 Operadores - grabadores Operadores de grabación y de datos en el ordenador tratamiento de datos y documentos ADGG0508 26511049 Técnicos en publicidad y/o relacciones públicas Código Agricultura Certificado de profesionalidad Código 61201028 Jardineros en general Código Artesanía Certificado de profesionalidad Código 76141010 Alfareros y ceramistas Alfarero ceramista ARTC10 76231016 Encuadernadores - restauradores artesanales 76131071 Plateros Platero ARTO20 76131044 Joyeros en general Código Artes / artes gráficas Certificado de profesionalidad Código 37311016 Fotógrafos en general Fotógrafo IMSI70 76221134 Operadores de máquina. Impresora Offset en general Impresión en offset ARGI0109 31101024 Delineantes en general Representación de proyectos de edif. EOCO0108 Código Automoción - mecánica Certificado de profesionalidad Código 73131063 Chapistas - pintores de vehículos - Manteniento de estructuras de carrocerías de vehículos TMVL0309 76210020 Electricista y/o electrónico de automoción en general* 74011119 Mecanicos - ajust. del automovil Mantenimiento del motor TMVG0209 73231213 Operadores torneros y fresadores Mecanizado por arranque de viruta FMEH0109 Código Alimentación Certificado de profesionalidad Código 77031039 Panaderos Panadería y bollería INAF0108 77031048 Pasteleros Pastelería y confitería INAF0109 83750018 Op. de maquina para la elab. y Industrias de conservas conser. Fruta, verdura Prod. veg. y jugos vegetales INAV0110 77011051 Matarifes - carniceros en general Sacrifício, faenado y despiece INAI0208 78010028 Carniceros para la venta al comercio Código Carga y descarga Certificado de profesionalidad Código 83321124 Estibadores Código Comercio Certificado de profesionalidad Código 52201079 Dependientes de comercio en Gral. Actividades de venta CM0108 55001018 Cajeros de comercio 52201110 Dependientes de farmacia 52201068 Dependientes de carnicería Carniceria y elab. de produc. carnicos INAI0108 Código Docencia Certificado de profesionalidad 13/25 Código 57211015 Ciudadores/as de guardería infantil Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 14. Código Edificación y obra civil Certificado de profesionalidad Código 71211015 Albañiles Fábricas de albañilería EOCB0108 71221012 Canteros Elaboración de piedra natural IEXD0308 71321013 Carpinteros metálicos Carpintero metálico y de pvc FMLL30 73221023 Cerrajeros 72931013 Cristaleros de edificios Limpieza de superficies y mobiliaro en edificios SSCM0108 71111014 Encofradores 71111025 Ferrallistas Ferrallista EOCE20 73141020 Montadores de grandes estructuras metálicas 41221011 Pintores y /o empapeladores Pintor EOCA10 72401073 Soladores - alicatadores en general Solador - alicatador EOCA70 73121060 Soldadores de estructiras Soldador de estructuras metálicas pesadas metálicas pesadas FMEL60 30230181 Técnicos en mantenimiento de aire acondicionados y fluidos* Código Electricidad y agua Certificado de profesionalidad Código 72300037 Inst. Electricista de edificios y viviendas* 72211012 Fontaneros Op. de fontanería y calefacción IMAI0108 75311081 Electrónicos de mantenimiento industrial 75211071 Electricistas de mantenimiento Montaje y mantenimiento de y reparación instalaciones de baja tensión ELEE0109 74031142 Mecánicos de mantenimiento industrial de bienes de equipo Montaje y puesta en marcha FMEE0208 Código Hostelería y turismo Certificado de profesionalidad Código 51201049 Camareros en general Servicio de restaurante HOTR0608 51101026 Cocineros en general Cocina HOTR0408 92101050 Personal de limpieza o limpiadores Limpieza de superficies y mobiliario de edificios SSCM0108 91210053 Camarera de pisos* 92211025 Lenceros, lavanderos y planchadores Op. básicas de pisos en alojamientos HOTA0108 Código Imagen personal Certificado de profesionalidad Código 58121030 Esteticistas Serv. auxiliares de esteticísta IMPE0108 58111037 Peluqueros unisex Peluquería IMPQ0208 Código Industrias químicas Certificado de profesionalidad Código 81311181 Op.de planta química Código Madera, mueble y corcho Certificado de profesionalidad Código 71311049 Carpinteros en general Inst. de elementos de carpintería MAMS0108 81411052 Operadores de maquinas de Operaciones de transformación transformación del caucho del caucho QUIT0309 78351035 Tapiceros de muebles Operaciones auxiliares de tapizados de mobiliario y mural TCPF0209 Código Sanidad Certificado de profesionalidad Código 56111013 Auxiliares de clínica 56111022 Auxiliares de enfermería en geriatría Código Seguridad 14/25 52000415 Vigilantes de seguridad * Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 15. Código Textil Certificado de profesionalidad Código 78341069 Cosedores de prendas de peletería a mano 81531110 Operadores de máquinas Cortinaje y complementos industriales de coser y bordar de decoración TCPF0309 78371152 Modelistas, patronistas, escaladores de calzado 78371246 Zapateros en general Rep. de calzado y marroquinería TCPF0209 Otras ocupaciones | Si está interesado en alguna de las siguientes ocupaciones, póngase en contacto con nosotros, en los números 958 80 67 60 ó 900 44 22 44 Código Agricultura Certificado de profesionalidad Código 61201084 Trabajadores en la producción de plantas hortícolas 62091060 Trabajadores agrícolas frutales, en general 64101051 Trabajadores forestales, en general 83211032 Tractoristas - Manipuladores agrícolas 78941018 Aplicadores de plaguicidas 61201062 Trabajadores del cultivo de plantas para flor cortada Código Alimentación Certificado de profesionalidad Código 77071013 Bodeguero vinícola 77041023 Queseros 77021036 Trabajadores en la prep. del pescado para la conserva Código Comercio Certificado de profesionalidad Código 26401047 Repartidor-Vendedor Código Edificación y obra civil Certificado de profesionalidad Código 83311044 Conductores - Op.de excavadora Código Electricidad y agua Certificado de profesionalidad Código 72941021 Inst. de sist. de energía solar térmica 75211101 Inst. de sist. fotovoltaicos y eólicos 31321075 Op. de planta de tratamiento y depuración de agua Código Ganadería Certificado de profesionalidad Código 62011011 Trabajadores de ganado vacuno 62031026 Trabajadores de ganado porcino 62091051 Trabajadores de la cria de caballos 620510311 Trabajadores de la cria de aves 62051040 Trabajadores de la cria de conejos Código Pesca y acuicultura Certificado de profesionalidad Código 64231039 Marineros de buque de pesca 64211051 Trabajadores del cultivo de moluscos en criadero 64211093 Trabajadores del cultivo zooplancton 15/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 16. Tramitación del Contrato Contratos de Formación | 2013 TRÁMITES PARA LA REALIZACIÓN DE UN CONTRATO DE FORMACIÓN Y APRENDIZAJ En la Tesorería General de la Seguridad Social (T.G.S.S.) • Solicitar el Número patronal para aprendizaje (modelo TA-7). Para ello deberá acompañar TA-6 (número de cuenta principal de la empresa). • Solicitud de acuerdo con Mutua de A.T. y E.P. y DNI o CIF. • Presentar parte de alta (modelo TA-2) del trabajador con carácter previo al inicio del contrato. • TA-1 (si el trabajador no tiene nº de afiliación). • DNI del trabajador. Para la Oficina de Empleo (antiguo INEM) • Contrato de Formación y Aprendizaje. (Mod. 421) • Acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación y aprendizaje, firmada por ambas partes. Imprescindible indicar la actividad formativa con la denominación del certificado de profesionalidad especificando: su código, normativa y número de horas del mismo. Para Grupo 2000 • Fotocopia legible del Contrato de Formación (Mod. 421). • Original del Acuerdo para la actividad formativa del contrato de formación y aprendizaje, firmada por ambas partes. Imprescindible indicar la actividad formativa con la denominación del certificado de profesionalidad especificando: su código, normativa y número de horas del mismo. • Domiciliación Bancaria de la empresa con sus 20 dígitos. - Dirección: Av. Doctor Oloriz 2, 1ºA (18012) Granada. E-mail: admin@grupo2000.es *Este código deberá insertarse a la hora de formalizar el anexo del contrato de formacion 16/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 17. Contrato de Formación y aprendizaje Anexos • A continuación le mostramos los documentos necesarios para realizar un contrato de formación con Grupo 2000 - Contrato para la Formación y el Aprendizaje - Anexo II: Acuerdo para la Actividad Formativa - Autorización de Pago • Comunicado de la Dirección General de Trabajo, respecto al límite de contratos de formación en la empresa. 17/25 *Estos documentos fax. 958 80 67 61 | email. descargados en www.grupo2000.es Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | también pueden seradmin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 18. 18/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 19. 19/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 20. 20/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 21. Autorización de pago Contratos de Formación PROTECCIÓN DE DATOS: la persona firmante de este documento reconoce que todos los datos recogidos son ciertos bajo su responsabilidad y tiene autorización para facilitar dicha información, y así mismo, queda informada que esos datos que nos aporta de su empresa o entidad o los suyos propios van a ser incluidos en el fichero “alumnos“ del Centro de Formación Grupo 2000 RCS.L con la finalidad de gestionar los cursos de formación que nos solicita o le ofrecemos. Dicha información será cedida a la administración pública con competencia en la materia en caso que nos sea requerida. DATOS DE LA EMPRESA Razón Social: ________________________________________________CIF: ____________________ Responsable:________________________________________________ NIF: __________________ Dirección: ______________________________________________________C.P.:________________ Localidad: __________________________Provincia: ____________________Tlfno:________________ Mail: _____________________________________________________ Móvil:___________________ AUTORIZO El pago de los recibos de la formación teórica por un importe de 215€ mensuales durante el primer año al “CENTRO DE FORMACION GRUPO 2000 RC, S.L” con CIF B-18488890. Por el coste establecido en la resolución de 8 de Febrero de 2005 (B.O.E. de 24-02-2005) por la formación teórica durante el tiempo de vigencia del trabajador/a contratado en formación: DATOS DEL TRABAJADOR Apellidos, nombre:____________________________________________DNI: ____________________ Usted podrá ejercitar los derechos de acceso, cancelación, rectificación y oposición en nuestra dirección: Avda Doctor Olóriz, 2 ,1ºA 18012 Granada Los recibos de la formación se pasarán el día 10 de cada mes, empezando a cargarse en la cuenta abajo indicada, dos meses después del inicio del contrato y siguiendo cargando dichos importes hasta dos meses después de la finalización de este. (Si dichos recibos son devueltos, tendrán un cargo de gastos bancarios de un 2%, I.V.A no incluido). DATOS BANCARIOS (EMPRESA) Entidad Oficina D.C. Número de cuenta Código de cuenta: Firma y sello de la empresa : Nota: El contrato de formación y aprendizaje está considerado como un contrato de reducción de cuotas, por el cual no se pagan seguros sociales por el trabajador, sólo se paga la formación teórica, y dichos recibos son bonificados por la SS.GG de manera integra. Por lo que es un contrato a coste cero para el empresario. 21/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada || tel. 958 80 67 60 || fax. 958 80 67 61 || email. admin@grupo2000.es || web. www.grupo2000.es Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada tel. 958 80 67 60 fax. 958 80 67 61 email. admin@grupo2000.es web. www.grupo2000.es
  • 22. Registro de Contrato Sistema Red / Contrat@ Contratos de Formación | 2013 Sistema Red 1.- Alta en Seguridad Social Como ya conocen los trabajadores en formación y aprendizaje, tienen que darse de alta en un CCC específico para este tipo de contratos. El alta hay que realizarla con carácter previo al inicio de la relación o en su caso el mismo día. El código de contrato es 421. Si el contrato de formación tiene reducción de cuotas, tienen que poner el valor 1, en el campo “Cond. Desempleado”. Si este campo lo dejan en blanco no podrán practicar la reducción. 22/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 23. Registro de Contrato Sistema Red / Contrat@ Contratos de Formación | 2013 Contrat@ En primer lugar tienen que cumplimentar la pantalla de comunicación del contrato con todos los apartados de la misma. Tiene que indicar una ocupación en la que su Centro de Formación esté acreditado para impartir la formación objeto del contrato. Si el contrato tiene reducción de cuotas del 100 % o 75 %, por cumplir los requisitos tiene que marcar esta casilla. Y se le abre una ventana como la que figura en la siguiente ventana. Seleccione lo que proceda. 23/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 24. Registro de Contrato Sistema Red / Contrat@ Contratos de Formación | 2013 Una vez comunicado el contrato obtendrá un identificador o número de contrato. A continuación acceda a la siguiente opción del menú de CONTRAT@ Pulse aquí e introduzca el identificador del contrato. Obtendrá la siguiente pantalla. Cumplimente los datos del ANEXO, con la información que le hemos proporcionado de nuestro CENTRO. A continuación debe de generar toda la documentación relacionada, contrato, Anexo II y domiciliación bancaria y remítanos copia de la misma a nuestro CENTRO, junto con la huella electrónica del contrato para poder empezar a impartir la formación al trabajador/a. 24/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 25. Registro de Contrato Sistema Red / Contrat@ Contratos de Formación | 2013 Usuarios de NETCONTRATA Estos usuarios lo tienen bastante más fácil ya que en una misma pantalla van a poder realizar todos los pasos anteriores indicados para CONTRAT@ y SISTEMA RED. Seleccionar en la aplicación NETCONTRATA, la opción “Nuevo contrato de formación” y accederemos a una pantalla como esta. Marcar esta casilla si tiene reducción de cuotas. Introducimos los datos del contrato que incluye toda la información necesaria tanto para el contrato como para el ANEXO de formación guiando al usuario en todo el procedimiento. Una vez finalizada la cumplimentación lo validamos. Pulsamos aquí para comunicar telemáticamente el contrato y el Acuerdo Pulsamos aquí para comunicar el Alta en Seguridad Social Compruebe que al comunicar el Alta en Seguridad Social que la casilla “Cond. Desempleado” tiene el valor 1 si el contrato tiene reducción de cuotas. 25/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 26. Registro de Contrato Sistema Red / Contrat@ Contratos de Formación | 2013 Al comunicar el contrato la aplicación NETCONTRATA, le solicitará confirmación para comunicar en dicho momento el Anexo de Formación, con lo cual en un único proceso habrá realizado toda la tramitación. Una vez realizadas las comunicaciones ya puede imprimir o enviar por email todos los documentos relacionados con el contrato de formación que irán prácticamente cumplimentados en su totalidad. Cuando las partes hayan firmado dichos documentos pueden subir dichos impresos para que nos lleguen a nuestro CENTRO a través del botón que se encuentra junto a cada contrato de formación que comuniquen. 26/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 27. Comunicado de la Dirección General de Trabajo Contratos de Formación | 2013 CONSULTA: Buenos días, necesito saber como se calcula la plantilla del centro de trabajo para saber el número máximo de contratos para la formación que puede hacer una empresa (art. 7 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos. BOE de 9 de abril) ¿Este artículo del R.D. sigue en vigor o está derogado por el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje de la Reforma Laboral R.D. Ley 3/2012? Si está en vigor, dice que hasta 5 trabajadores se puede hacer un contrato de formación.¿Se tienen en cuenta los trabajadores de la empresa en el momento de la contratación o hay que sacar algún tipo de media de plantilla? RESPUESTA: De: DGT-SGON Asunto: Consulta en materia de contratos para la formación y el aprendizaje En respuesta a su consulta, recibida por correo electrónico el 30 de mayo de 2012, en la que se plantea si el artículo 7 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, por el que se desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos formativos, continua en vigor tras la reforma laboral a efectos de determinar el cálculo de la plantilla del centro de trabajo para saber el número máximo de contratos para la FORMACIÓN que puede realizar una empresa, se informa cuanto sigue. 1. El Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto, de medidas urgentes para la promoción del empleo de los jóvenes, el fomento de la estabilidad en el empleo y el mantenimiento del programa de recualificación profesional de las personas que agoten su protección por desempleo, da nueva redacción al artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, regulando el nuevo contrato para la formación y el aprendizaje (como se hace constar en la exposición de motivos del citado Real Decreto-ley), que sustituye al contrato para la formación. Pues bien, es en la redacción del artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores llevada a cabo por el Real Decreto-ley 10/2011, donde queda suprimido la limitación del número máximo de contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla. De tal forma que las empresas, a partir del 31 de agosto de 2011, fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 10/2011, pueden celebrar cuantos contratos para la formación y el aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo se establezca algún límite. Por lo que respecta a la mención en el escrito de consulta de la falta derogación expresa del artículo 7 del Real Decreto 488/1998, de 27 de marzo, que desarrolla el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, en materia de contratos formativos, indicar que el propio Real Decreto-ley 10/2011, contiene Disposición derogatoria 27/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 28. Comunicado de la Dirección General de Trabajo Contratos de Formación | 2013 única que establece expresamente: “quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango contradigan o se opongan a lo dispuesto en este real decreto-ley”. En todo caso, no hay que olvidar que el artículo 7 del Real Decreto 488/1998 es de naturaleza reglamentaria, por lo que, en virtud del principio de jerarquía normativa (artículo 3.2 del Estatuto de los Trabajadores), debe ser interpretado conforme a la regulación legal del contrato para la formación y el aprendizaje contenida en el artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores. 2. Recientemente, el 11 de febrero de 2012 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, en cuyo artículo 2.dos se introducen modificaciones al artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, no variando la regulación anterior respecto a la supresión de la limitación del número máximo de contratos a realizar por las empresas en función del tamaño de la plantilla. 3. En conclusión, podemos afirmar que las empresas pueden celebrar cuantos contratos para la formación y el aprendizaje estimen oportunos salvo que por convenio colectivo se establezca algún límite a partir del 31 de agosto de 2011 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto-ley 10/2011, disposición que origina el contrato para la formación y el aprendizaje y que suprime la limitación del número de contratos de formación que puede realizar una empresa en función del tamaño de la plantilla, quedando desde entonces derogado el artículo 7 del Real Decreto 488/1998, en virtud de la Disposición derogatoria única del citado Real Decreto-ley). Reiterar que Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral, introduce modificaciones al contrato para la formación y el aprendizaje, modificaciones que se concretan en ampliar las posibilidades de dicho contrato flexibilizando los supuestos de contratación, la duración del mismo, así como las posibilidades de realización de la formación inherente al contrato permitiendo que ésta pueda ser realizada en las empresas, así como, las posibilidades de contratación al permitir que el trabajador sea contratado para distinta actividad u ocupación aunque hubiera tenido un contrato previo de esta modalidad. EL DIRECTOR GENERAL P.D. EL SUBDIRECTOR GENERAL Rafael García Matos 28/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es
  • 29. 29/25 Doctor Olóriz 2, 1ºA (18012) Granada | tel. 958 80 67 60 | fax. 958 80 67 61 | email. admin@grupo2000.es | web. www.grupo2000.es