PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
Manual de convivencia
1. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
MANUAL DE CONVIVENCIA
BARRANQUILLA – COLOMBIA
2. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
ÍNDICE GENERAL
Introducción
Preliminares
Acta de aprobación del Manual de Convivencia
Reseña histórica de la institución
Misión y Visión Institucional
Referentes legales
Definición, objetivos y principios del manual de convivencia
TITULO I. De los derechos, garantías y deberes
Capitulo I. Deberes y derechos de los estudiantes
Capitulo II. Deberes y derechos de los padres de familia
Capitulo III. Deberes y derechos de los docentes
Capitulo IV. Deberes y derechos de los directivos
Capitulo V. Deberes y derechos del personal administrativo
TITULO II. El gobierno escolar y la organización institucional
Capitulo I. Órganos del Gobierno Escolar
Capitulo II. Elección y funciones de los órganos del Gobierno Escolar
TITULO III. Proceso de formación para la convivencia social
Capitulo I. De las faltas frente a ala convivencia social
Capitulo II. Faltas contra lo académico
Capitulo III. Proceso de seguimiento formativo frente a las faltas de convivencia
social
Capitulo IV. Régimen correctivo de sanciones y derecho a la defensa
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TITULO IV. Procedimiento para la evaluación y promoción de estudiantes
Capitulo I. Conformación y funciones del comité de evaluación y promoción
Capitulo II procedimiento para la evaluación de la convivencia
TITULO V. Procedimientos especiales para el ingreso a la institución
Capitulo I Requisitos para la inscripción
Capitulo II. Proceso de matricula
TITULO VI. Reglamentación del uso de las instituciones escolares
Capitulo I. Sentido de pertenencia con la institución
Capitulo II. Uso adicional de las instalaciones escolares
TITULO VII. Estímulos, meritos y premios
TITULO VIII. Uso de la sala de informática, materiales deportivos y otros.
Constancia de aceptación.
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INTRODUCCIÓN
El presente Manual de Convivencia está concebido como un instrumento que
orienta a cada estudiante hacia una convivencia más armónica, además de
facilitarle las herramientas éticas, tecnológicas y prepositivas para que en
colaboración con su familia, pueda formar su personalidad de hombre, mujer, con
criterios de autoestima, solidaridad, autenticidad y respeto.
De igual manera, pretende mejorar las relaciones mutuas entre los miembros de la
comunidad educativa a través de un pacto convivencial que permita comprometer
a cada uno de los estamentos en el cumplimiento de pautas mínimas de tolerancia
y convivencia dentro de la institución. De esta manera, los estudiantes serán
capaces de proyectarse en cada uno de los hogares vecinos y comunidad para
contribuir en la formación de una sociedad justa, pacífica y democrática.
Esta Manual de Convivencia e una herramienta valiosa y necesaria que facilitará a
la institución, para tomar decisiones en materia de comportamiento social,
señalando mecanismos para evaluar equitativamente situaciones de conflictos
personales o colectivas que se presenten entre los miembros de la comunidad con
base al diálogo y a la conciliación.
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PRELIMINARES
IDENTIFICACIÓN DEL PLANTEL
NOMBRE: Institución Educativa Distrital Comunitaria
Los Laureles
LOCALIDAD: Sur-Oriente
DIRECCION Calle 37C No. 1H -10
BARRIO: Los Laureles I Etapa
TELEFONOS: 3631264 – 3661100
CORREO ELECTRONICO: loslaureles@sedbarranquilla.gov.co
CIUDAD: Barranquilla
RECTOR: Nelly Esther Domínguez López
NIVELES DE ENSEÑANZA: Pre-escolar (Transición)
Básica (De 1º a 9º)
Media Académica (10º y 11º)
SECTOR: Oficial
CARÁCTER: Mixto
JORNADAS: Matutina y Vespertina
CALENDARIO: A
HORARIOS: De 6:45 a.m a 12:45 m y de 1:00
p.m a 6:00 p.m
CAPACIDAD DE COBERTURA: 870 estudiantes
APROBACIÓN DE Nivel de Preescolar, Básica (Nivel Primaria
LOS ESTUDIOS: Secundaria) y Media Académica.
Resolución No.001490 de Diciembre
24 De 2004.
TITULO QUE EXPIDE: Bachiller Académico con
Profundización en Ciencias Naturales
NIT: 8020044863
DANE: 108001018421
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ACTA DE APROBACIÓN
CONSEJO DIRECTICO
ACUERO No. 001
“Por el cual se aprueba el Manual de Convivencia”
El Consejo Directivo de la Institución Educativa Distrital Comunitaria Los laureles,
de la ciudad de Barranquilla (Atlántico), en uso de sus funciones legales que le
confiere el artículo 23, literal C, del decreto 1860 de 1994 y en los artículos F3 y
8F de la Ley General de Educación y,
CONSIDERANDO
PRIMERO: Que durante el año 2004 se llevó a cabo la re contextualización del
Manual de Convivencia de la Institución Educativa Distrital Comunitaria Los
Laureles, por los representantes de los estamentos de la comunidad
educativa(Consejo Directivo, Directivos, Docentes, Padres de Familia,
Administrativos, Estudiantes y Exalumnos).
ARTICULO SEGUNDO: El presente Manual de Convivencia regirá a partir del día
26 de enero de 2009, el día de su promulgación y deroga todos los reglamentos y
manuales que le antecedieron.
Publíquese y Cúmplase:
Dado en Barranquilla, a los 19 de enero de 2009.
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_____________________ _______________________
NELLY DOMINGUEZ LOPEZ REPRESENTANTE DE
RECTORA DOCENTES
__________________________ __________________________
REPRESENTANTE DE DOCENTES REPRESENTANDE DE
PADRES DE FAMILIA
____________________________ ___________________________
REPRESENTANTE DE LOS REPRESENTANTE DEL
ESTUDIANTES SECTOR PRODUCTIVO
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RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCIÓN
El surgimiento de este sector, se inicia a finales de 1981, en la ciudad de
Barranquilla, por la Asociación para la Vivienda Popular, presidida por el señor
Carlos Escobar D’ Andreis, con el objetivo de desarrollar un programa de vivienda
de autoconstrucción. Esta organización comenzó con dos proyectos
experimentales: Los Laureles 1ra Etapa y Los Laureles 2da.Etapa.
Posteriormente, se compró con aporte de los interesados, el lote propiedad de la
familia Márquez, que era parte de una finca llamada “La Severa”. Se procedió
entonces a realizar los estudios topográficos en el lote y hacer los diseños de las
viviendas con la participación de toda la comunidad.
En la parte financiera se busco crédito con el Instituto de Crédito Territorial,
subsidio que al recibirlo cada afiliado lo empleó para su vivienda. Así mismo, la
Fundación Alemana Miser, donó un dinero que permitió desarrollar el proyecto de
la bodega de materiales de construcción.
El barrio Los Laureles I Etapa se construyó con el esfuerzo y participación de
todos los vecinos y logró el acceso a los servicios públicos de manera legal, con el
apoyo y organización de la comunidad. Su nombre surgió espontáneamente entre
los moradores por la gran cantidad de árboles de Laurel que se sembraron
inicialmente en el sector.
Ya establecido el barrio Los Laureles como tal, nace el interés por la creación de
la Institución Distrital Comunitaria Los Laureles (Antes Centro Comunitario de
Educación Básica No. 184) para atender la necesidad del servicio de educación de
los niños del sector, ya que, la población adulta era atendida por el C.P.I. No. 09
pero en la jornada nocturna. Cabe resaltar, que el espacio compartido por ambas
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instituciones fue el utilizado inicialmente por la fábrica de materiales de
construcción.
El C.C.E.B. No. 184 inició sus labores en 1994 con 50 estudiantes en los niveles
de preescolar y primaria bajo la orientación de cuatro docentes: Nelly
Domínguez, Elvia De La Hoz, Omaira Charris y Claudia Cordero, destacando que
una de ellas, cumplía a la vez con las funciones de rectora.
Posteriormente, entre los años 1995 y 2001 se amplía considerablemente la
cobertura estudiantil a 450 estudiantes con la llegada de 12 docentes más, debido
a la convocatoria de la Secretaría de Educación para los concursos docentes en el
distrito de Barranquilla. Esta situación, permitió la estabilidad laboral de tres de las
cuatro fundadoras de la institución, con su nombramiento en propiedad. En el año
2000 se cierra el C.P.I. No. 09, que atendía la población adulta por políticas
educativas del orden nacional.
En el año 2002, se inicia la ampliación de la básica secundaria con la apertura de
6º y la llegada de tres docentes más, lo que acaba con el traslado de estudiantes,
quienes al terminar su básica primaria, debían ubicarse en otras instituciones
alejadas del sector, para continuar sus estudios. Posteriormente, en el año 2003 a
causa de la implementación de estrategias para captar estudiantes por parte del
personal de la institución y el apoyo de los padres de familia, se ofrece el servicio
educativo en los todos los grados de básica secundaria y en el año 2005 se
gradúan los primeros estudiantes de undécimo como “Bachilleres académicos con
profundización en ciencias naturales”.
Actualmente, la institución cuenta con una población de 870 estudiantes atendida
en dos jornadas en los niveles de preescolar, básica (Ciclo primaria y secundaria)
y media académica por un grupo de 26 docentes, un orientador escolar y tres
directivos docentes.
10. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCION
La Institución Distrital Comunitaria Los Laureles surge como respuesta a la
solicitud de la comunidad del barrio Los Laureles y sectores aledaños quienes no
contaban con un colegio de carácter oficial en el que pudiesen estudiar los niños y
jóvenes. Es así, como después de muchas gestiones ante la administración, se
logra que el Concejo Distrital mediante Acuerdo Nº 009 de marzo 10 de 1.994
oficialice el servicio Educativo con el nombre de CENTRO COMUNITARIO DE
EDUCACION BASICA DEL BARRIO LOS LAURELES, dando inicio a las labores
académicas en los niveles de educación preescolar y básica - ciclo primaria.
Posteriormente, la secretaria de educación distrital mediante la resolución Nº
00417 de Agosto 17 de 1994, hace cambio de nomenclatura en las escuelas
oficiales que prestan los servicios en el nivel de básica - ciclo primaria en el
Distrito de Barranquilla y la razón social es cambiada por CENTRO
COMUNITARIO DE EDUCACION BASICA No. 184.
En el año 2002, la institución inició la ampliación de la básica secundaria con la
aprobación de la resolución No. 0517 de marzo de 2002. Seguidamente, la
secretaria de Educación expide la resolución 1810 del 4 de diciembre de 2003, por
la cual autoriza el cambio de nombre o razón social del CENTRO COMUNITARIO
DE EDUCACION BASICA No. 184 por el de INSTITUCIÓN DISTRITAL
COMUNITARIA LOS LAURELES.
Posteriormente, la secretaría de educación aprueba el proyecto de ampliación y
expide la resolución Nº 001813 del 5 de diciembre de 2003, por la cual se autoriza
como nueva razón social el nombre de INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA
LOS LAURELES, con los niveles de educación preescolar, básica y media.
Modalidad académica en PROMOCIÓN SOCIAL, de carácter mixto, jornada
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diurna y calendario A. Propiedad del Distrito de Barranquilla, bajo la dirección de la
especialista NELLY DOMINGUEZ LÓPEZ y con una población estudiantil de 750
estudiantes.
Actualmente, la licencia de funcionamiento por unificación No. 001490 del 24 de
diciembre de 2004 en los niveles de educación preescolar, básica primaria y
secundaria y media con profundización en ciencias naturales y media rige la
prestación del servicio educativo
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MISIÓN
Somos una institución educativa de carácter oficial comunitaria que toma los
elementos de las ciencias, la tecnología, la estética y la ética para el desarrollo
integral del ser humano y su proyección socio-laboral a través del emprendimiento
micro-empresarial.
VISIÓN
En el año 2014 la Institución Distrital Comunitaria los Laureles de Barranquilla será
reconocida en la sociedad por: su calidad en la prestación del servicio educativo,
el marco de la filosofía del mejoramiento continuo, la formación integral del ser
humano, el desarrollo de procesos académicos apoyados en la investigación y en
la mentalidad empresarial y, la proyección a la comunidad.
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REFERENTES LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
Está fundamentado en normas legales emanadas del legislativo como:
• Constitución Política de Colombia de 1.991.
Artículos 11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,27,41,42,45,67,68,78,80,95.
• Ley General de Educación No. 115 de 1.994
Artículos 1, 6,7, 91, 92, 93, 94 y 96
• Decreto 2737 de 1.989 o Código del Menor
Artículos
1,2,3,4,7,10,11,12,13,25,28,30,31,32,83,235,272,311,312,313,314,315,319,316,31
7,318
• Estatuto Docente – Decreto 2277 de 1979
• Ley 18 de 1.981. Artículo 23 Y 25
• Ley 30 de 1.986 y su decreto reglamentario 3788 de 1.986
• Resolución 03353 de 1.993
• Decreto 1860 reglamentario de la Ley 115 de 1.994. Artículo 17
• Decreto 1108 de 1.994
• Decreto 4210 de 1.996
• Ley 715 de 2.001- Sistema General de Transferencias y Participaciones
• Ley 734 de 2.002 – Régimen Disciplinario del Servidor Público
• Decreto 0230 de 2.002 – Evaluación y Promoción
• Decreto 3055 de 2.002 por medio del cual se modifica el artículo 9 del Decreto
230 de 2.002
• Decreto 1278 de 2.002 – Nuevo Estatuto de Profesionalización Docente
• Decreto 1850 de 2.002 – Jornada Escolar y Laboral
• Sentencias T569 – XII- 94, T316 -12-VII-94, T092- 311-94 de la Corte
Constitucional.
14. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
DEFINICIÓN, OBJETIVO Y PRINCIPIOS DEL
MANUAL DE CONVIVENCIA
DEFINICIÓN
El Manual de Convivencia es el documento que recoge las normas, criterios y
procedimientos que orientan las relaciones interpersonales de los miembros de la
institución educativa permitiendo una convivencia en armonía y paz.
OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA
A. Regular la participación en la vida escolar de los miembros de la comunidad
educativa.
B. Proponer un modelo de comportamiento que fortalezca la vida en comunidad.
C. Propiciar la construcción de un ambiente de aprendizaje propicio para el
fomento del mejoramiento en la calidad educativa institucional.
D. Fomentar valores, actitudes y hábitos que conduzcan al ejercicio de la
autonomía responsable de los estudiantes.
E. Crear en la institución espacios democráticos en el que cada miembro de la
comunidad educativa pueda ejercer sus derechos y cumplir con sus deberes.
F. Propiciar las condiciones para que los estudiantes orienten sus acciones hacia
la búsqueda del crecimiento personal.
VALORES
Los valores que orientan el presente Manual de Convivencia son herramientas que
propician la reflexión sobre la participación en la vida de la institución para
convertirla en un lugar agradable para el aprendizaje. La institución asume los
doce valores propuestos por la Universidad Brahma Kumaris (ONG con estatus
15. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
consultivo en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y UNICEF)
con el objetivo de promover los derechos humanos, poniendo énfasis en la
individualidad, la dignidad y la integridad de cada persona como miembro de la
comunidad educativa. Estos valores son: El amor, el respeto, tolerancia,
responsabilidad, honestidad, cooperación, unidad, paz, felicidad, libertad,
humildad y sencillez
16. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
TITULO I
DE LOS DERECHOS, DE LA GARANTIA Y LOS
DEBERES Y PERFILES
CAPITULO I
DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
Art. 1. SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES
a. Cumplir con las normas y leyes del estado colombiano, en particular cumplir
con las disposiciones contempladas en este manual de convivencia, así como
las circulares y orientaciones dadas por las directivas del colegio.
b. Respetar los símbolos patrios e institucionales así como defender sus valores
étnicos, culturales y religiosos.
c. Usar un vocabulario respetuoso, culto, adecuado y trato cortes para con las
compañeras, compañeros, profesores, superiores o cualquier miembro de la
institución evitando toda palabra vulgar u ofensiva, chismes, calumnia,
desobediencia y desacatado.
d. Tener un buen comportamiento en los descansos, evitando los juegos bruscos
o violentos que atentan contra la integridad física de los compañeros y demás
personas.
e. Permanecer dentro del salón de clases cuando falte el profesor y con ayuda
del monitor aprovechar el tiempo libre.
17. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
f. Es de carácter obligatorio el uso del uniforme de diario y educación física con
pulcritud y decoro de acuerdo con el modelo establecido por el plantel para
todas las actividades que lo exijan, dentro y fuera de la institución portando el
carnet que lo identifique como estudiante d la institución.
g. Contribuir a la conversación, mejoramiento y embellecimiento de la planta
física, equipos, muebles y demás bienes materiales de que disfrutan y
benefician a la comunidad (responsable por nuestras acciones y pagar los
daños o destrucción total causada o cualquier objeto de la institución como
sillas, abanicos, baños, paredes, laboratorios, biblioteca, computadores, libros,
instrumentos de educación física y material didáctico de la institución).
h. Recordar a los padres o acudientes poscompromisos adquiridos de participar
activamente en las reuniones programadas acudiendo a las citaciones y
recibiendo personalmente el boletín informativo.
i. Contribuir con la protección del medio ambiente, conservando la limpieza y el
orden tanto en el aula como en los demás sitios de la institución.
j. Proveerse oportunamente de los útiles de trabajo, textos y materiales
solicitados por INEDICOL apara el buen proceso de aprendizaje.
k. Dedicar todo el esfuerzo y consagración para alcanzar los logros académicos
y su proyecto de vida por medio del desarrollo de un espíritu investigativo,
crítico, científico y creativo.
l. Cumplir con todas las orientaciones académicas, tareas, trabajos,
investigaciones u otros medios que en forma racional establezcan los procesos
de aprendizaje.
ll. Asumir con responsabilidad los resultados de sus procesos académicos y
formativos, además, participar activamente en las acciones pedagógicas de
recuperación y actividades complementarias cuando sea necesario y de
acuerdo con la programación establecida por la institución.
m. Ser cuidadoso al usar el uniforme y los distintivos del plantel, para dar buena
imagen de la institución.
18. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
n. Denunciar oportunamente ante los docentes o directivos, cualquier falta que
atente, en contra de la dignidad, el buen nombre y prestigio de la institución
para no convertirse en cómplice de la misma.
ñ. Respetar la libertad y el derecho que tienen todos los integrantes de la
comunidad educativa de expresar sus creencias religiosas y su fe.
o. Asistir puntualmente al colegio
Parágrafo 1. Los horarios de entrada y salida del colegio para los estudiantes son
los siguientes:
Pre-escolar. De 1:00 p.m. a 5:00 p.m.
Primaria. De 1:00 p.m. a 6:00 p.m.
Secundaria. De 6:45 a.m. a 12:45 p.m.
Parágrafo 2. Luego de realizar el régimen correctivo los estudiantes que persistan
en incumplir el horario de entrada del colegio, tendrán una suspensión.
p. No portar armas de ninguna clase.
q. Abstenerse de hurtar, hacer mal uso de las pertenencias de sus compañeros y
docentes o tomarlas sin autorización.
r. Reafirmar diariamente, antes de llegar al colegio su compromiso personal de
cumplir con lo estipulado en el manual de convivencia por convicción propia y
no porque estuviera siendo observado de acuerdo al compromiso que adquirió,
conjuntamente con su matricula.
s. No ingerir licor ni drogas estupefacientes que afecten la mente y el cuerpo.
t. No pertenecer a pandillas juveniles o verse involucrados con actividades de
ellas.
u. No introducir al colegio licor, drogas prohibidas (psicotrópicas) o panfletos que
denigren de la institución.
19. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
v. No distribuir boletos, hojas, volantes, periódicos o revistas, etc. Sin autorización
escrita de la coordinación o rectoría.
w. Tener en cuenta el conducto regular para solucionar cualquier problema
(profesor, asesor de grupo, coordinador, rector, consejo académico, consejo
directivo).
Parágrafo 3. Escándalos y peleas promovidas dentro o fuera del colegio pueden
conducir hasta cancelación de matricula a juicio del comité de convivencia.
x. Ser aseado y motilarse con frecuencia. Las niñas no deben lucir maquillaje,
uñas pintadas, ni prendas de valor.
y. Abstenerse de salir del colegio, aún en horas de recreo, sin autorización escrita
del rector y/o coordinador.
Art. 2. SON DERECHOS DEL ESTUDIANTE
a. El derecho a la vida y el derecho a la integridad personal para el desarrollo
pleno de su dignidad (articulo 11 y 12 de la Constitución Política de Colombia).
b. Derecho a la Educación y a participar activamente en su formación integral.
c. Derecho a ser reconocido como centro del proceso educativo en el PEI.
d. Derecho a la libertad de conciencia y a la práctica de una confesión o culto
religioso (Art. 18 y 19 C.P). Art. 52. Derecho al desarrollo pleno de su
personalidad y el respeto al derecho de los demás más sin más limitación que
las que impone el orden jurídico (Art. 16 C.P).
e. Derecho ala permanencia en el establecimiento educativa con excepción
aquellos casos en que incurra en faltas disciplinarias y vulnere el derecho de
los demás.
f. Derecho a participar en las acciones pedagógicas que favorezcan el desarrollo
armónico y equilibrado de sus habilidades.
20. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
g. Derecho al acceso a la cultura en condiciones de equidad, al logro del
conocimiento científico y técnico, a la formación en valores éticos, morales,
ciudadanos y religiosos.
h. Derecho a conocer el principio del año escolar, el programa de cada asignatura
y los diferentes ejes temáticos, los logros e indicadores de logros a evaluar.
i. Derecho a ser escuchado cuando interponga un recurso ante una situación que
él considere injusta (Art. 10 código del menor).
j. Derecho al descanso, esparcimiento, al juego y al deporte y a participar en la
cultura y a las artes (Artículos 13 y 307 código del menor).
k. Derecho a representar a INEDICOL en todo tipo de evento de acuerdo con las
normas reglamentarias de cada uno de ellos.
l. Derecho a participar en la elección y ser elegido en el gobierno escolar.
m. Derecho a conocer las exigencias y disciplinas de la institución y los acuerdos
consignados en el manual de convivencia.
n. Derecho a disfrutar de un alimento sano y adecuado donde se facilite el
desarrollo de sus actividades intelectuales socio-afectivas.
ñ. Derecho a conocer el resultado, correcciones y observaciones de sus trabajos
orales en un término de ocho (8) días contados desde la fecha de presentación.
o. Derecho a tener una asistencia afectiva y efectiva, razonable de sus padres o
acudientes en sus dificultades, problemas o necesidades.
p. Derecho a ser informado de las faltas de los reglamentos para su oportuna
corrección.
21. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
CAPITULO II
DEBERES Y DRECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
Art. 3. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES
a. Asumir, respetar y defenderla filosofía dentro y fuera de la institución, los
principios y las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia.
b. Asistir puntualmente a las reuniones programas por la institución o cuando se
requiera su presencia.
c. Tratar con cortesía y buenos modales a todos los miembros que integran la
comunidad educativa.
d. Entregar a la institución en el tiempo establecido los documentos requeridos
para la reserva de cupo y el proceso de matricula de sus hijos.
e. Colaborar con la asistencia puntual de los estudiantes a las clases o
actividades programadas por l a institución.
f. Enviar a su(s) hijo(s) bien presentado con el uniforme establecido.
Proporcionar los implementos y recursos educativos requeridos.
g. Responsabilizarse por los daños causados por su(s) hijo(s) a las personas,
planta física y enseres de la institución.
h. Cancelar los costos educativos, derechos de grado y fotocopias.
i. Notificar oportunamente a la institución del retiro voluntario de sus hijos o
acudientes.
j. Participar activamente en las convivencias, charlas, talleres, actos culturales u
otras actividades que la institución programe.
k. Utilizar y respetar los conductos regulares para la solución de los problemas
académicos o de convivencia.
Art.4. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA
a. Conocer y respetar las normas establecidas en el Manual de Convivencia.
22. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
b. Conocer el Proyecto Educativo Institucional.
c. Recibir asesoría por parte de los diversos estamentos que integran la
institución, previa solicitud con el fin de contribuir en la formulación integral de
sus hijos.
d. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas
vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del plantel. Ser tratados con
respeto y consideración por parte de los miembros de la comunidad educativa.
e. Participar en los procesos de planeación y evaluación institucional cuando sea
convocado.
f. Participar, elegir y ser elegido como miembro del consejo directivo, junta
directiva de la Asociación de Padres de Familia, miembro de dicho estamento o
del consejo de padres (Art. 7 Ley 115).
g. Recibir información oportuna sobre horarios de atención a Padres de Familia,
calendarios, cronogramas de las actividades programadas por la institución.
h. Recibir periódicamente los informes de procesos y logros de sus hijos.
i. Recibir información una vez por semestre de las actividades realizadas por la
junta directiva de Asopadres y de los representantes de Padres de Familia del
Consejo Directivo.
23. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
CAPITULO III
DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES
Art. 5. SON DERECHOS DE LOS DOCENTES los contemplados en la ley 715
del 2001 titulo 4 capitulo 2 articulo 34.
a. Participar de todo tipo de actividades académicas, cívicas. Cultural, deportiva,
religiosa que programe la institución.
b. Utilizar y fomentar el buen uso del Manual de Convivencia.
c. Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
d. Obrar de acuerdo con el espíritu, la filosofía, la pedagogía y las políticas de la
institución.
e. Cumplir con la jornada laboral y dedicar el tiempo requerido para el desempeño
de las funciones propias de su cargo.
f. Velar por la convivencia pacifica del estudiante mediante el acompañamiento
de todos los espacios de la institución como el aula, los pasillos, el patio,
durante los descansos, los actos cívicos, las formaciones, etc.
g. Participar en la planeación y ejecución del desarrollo del PEI de acuerdo a los
mecanismos que para ello se estipulen.
h. Cumplir con los procesos educativos planeados el en PEI.
i. Presentar proyectos, propuestas que puedan implementarse en la institución
para el logro de los procesos de desarrollo.
j. Desarrollar con los estudiantes proyectos de vida.
k. Ser leal con la institución y fomentar el compañerismo entre los entes de la
comunidad.
l. Informar a los educandos del resultado de las evaluaciones periódicas antes de
pasarlas a las planillas, a fin de atender posibles reclamos.
ll. Preparar oportuna y continuamente las clases.
24. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Art. 6. SON DEBERES DE LOS DOCENTES los contemplados en la
Constitución Nacional títulos I, II, III, IV Ley General de Educación titulo VI,
capitulo 1, ley 715, titulo IV capitulo 10, articulo 33.
a. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizarse, ya sea,
verbalmente en cartelera o por escrito.
b. Ser evaluado en justicia y equidad, teniendo en cuenta las disposiciones
legales vigentes.
c. Ser en su vida e integridad física y moral por todos los miembros de la
Comunidad Educativa.
d. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo y/o
para el Consejo Académico y Comisión de Evaluación.
e. Conocer con la debida anticipación la programación y responsabilidad que le
corresponda.
f. Ser apoyado por la institución en la organización realización de actividades
escolares.
g. Participar con decoro en los eventos que se programen en otras instituciones
en las cuales sean invitados.
h. Recibir un trato fraternal, amigable y respetuoso por parte de los compañeros y
directivos docentes.
i. Ser respetado en su persona y ser reconocido por su labor docente.
j. Ser escuchado por sus directivos docentes en caos de ser acusado por padres
de familias o por cualquier otro miembro de comunidad.
k. Estar libre de presiones que lesionen la ética profesional por parte del directivo
docente y/o padre de familia.
l. Expresar sus apreciaciones a través del dialogo que posibilite el crecimiento de
los educandos y la integración familia-institución.
m. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización, personalización que
organicen la institución y/o la Secretaria de Educación.
25. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
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n. Actuar con autonomía y libertad en el quehacer educativo sin salirse de las
políticas y filosofía de la institución.
o. Disponer del material didáctico necesario para un mejor desempeño
académico.
p. Contar con los recursos adecuados y necesarios para un ambiente favorable al
desarrollo intelectual y al trabajo investigativo.
q. Exoneración del 50% del pago de sus hijos en la institución.
26. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
CAPITULO IV
DEBERES Y DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS
Art. 7. SON DEBERES DE LOS DIRECTIVOS
a. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia.
b. Dirigir con responsabilidad, honestidad y talento la institución.
c. Promover la lealtad, la identidad y el desarrollo del Proyecto Educativo
Institucional (PEI) Ley 115-94.
d. No imponer sanciones injustificadas que afecten el respeto a los valores, los
derechos y la dignidad personal (Art. 319 C.M.).
e. Reconocer las deficiencias y limitaciones institucionales y desarrollar planes
que permitan la superación de las mismas.
f. Estimular el dialogo, la democracia participativa y el gobierno escolar
(Dec.1860-94).
g. Estimular y velar por el correcto comportamiento de los estudiantes, su
permanente asistencia y evitar la deserción escolar e investigar sus causas
(Art. 313 C.M.).
Art. 8. SON DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS
a. Que se les respeten sus decisiones tomadas democráticamente en la
institución.
b. Recibir demostraciones del buen trato de todos los estamentos de la
comunidad educativa.
c. Participar en los programas de capacitación y bienestar social, y gozar de los
estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan. Solicitar y
obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones
legales pertinentes.
27. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
d. Permanecer en el servicio y no ser discriminado o sancionado, sino de acuerdo
con las normas y procedimientos que se establezcan en el decreto.
CAPITULO V
DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE
SERVICIOS GENERALES
Art. 9. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO
a. Ser informado oportunamente sobre calendarios, horarios, actividades y todo lo
que sea de incumbencia.
b. Disfrutar de un ambiente sano y agradable que le permita desempeñar sus
labores.
c. Gozar del respeto, del buen trato, del dialogo y de la estima de los miembros
de la comunidad educativa.
d. Recibir oportunamente los implementos necesarios para el desempeño de su
trabajo. Gozar de los estímulos que ofrece la institución cuando se haga
acreedor de ellos.
e. Hacer uso de permisos según las disposiciones laborales vigentes.
Art. 10. DEBERES DEL PÈRSONAL ADMINISTRATIVO
a. Programar y organizar las actividades propias de su cargo.
b. Responder por los procesos legales de las matriculas.
c. Mantener actualizada u ordenada la documentación de los estudiantes,
personal docente y directivo-docente.
d. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar certificados que le sean
solicitados.
e. Elaborar las listas de los estudiantes para efectos docentes y administrativos.
f. Atender al público en horario establecido.
28. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
g. Cumplir con la jornada laboral.
h. Responder por el uso adecuado y seguridad de los equipos y materiales
confiados a su manejo.
Art. 11. DEBERES DE LOS ASEADORES
a. Brindar un trato respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.
b. Cumplir con la jornada legalmente establecida.
c. Realizar la limpieza en la institución.
d. Responder por el uso adecuado y seguridad de los equipos y materiales
confiados a su manejo.
e. Informar cualquier novedad ocurrida en su campo o en los equipos a su
cuidado.
Art. 12. DEBERES DE LOS VIGILANTES
a. El celador dependerá en su sitio de trabajo del rector de la institución
educativa al cual este asignado.
b. Velar por los bienes adscritos a la institución respondiendo por la guarda y
existencia de todos los bienes pertenecientes al mismo, los cuales deberán ser
entregados para su custodia debidamente inventariados por el Rector, sobre lo
cual se firmarán un acta con copia para las partes.
Parágrafo 1: La responsabilidad sobre los bienes dados en inventario, comenzará
a partir del momento en que la institución quede bajo la responsabilidad del
celador. Además, colaborarán en la conservación y cuidado de los bienes de la
institución, evitando la salida sin autorización de los bienes dados a su
responsabilidad.
29. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
c. Entregar aseado el patio a las 6:30 AM, lo mismo que la entrada principal de la
institución.
d. Abrir el portón o puerta para facilitar la entrada al personal docente, directivo-
docente, administrativo y estudiantes. Además, hará entrega de las llaves de la
puerta principal al rector.
Parágrafo 2: Por la necesidad de la institución y en común acuerdo con el Rector,
el celador colaborará con la institución en el horario de 6:30 AM a 7:30 AM y de
1:30 PM a 2:30PM.
e. Guardar respeto al director de acuerdo a sus funciones.
Art. 13. PERFL DEL ESTUDIANTE
1. Gestor permanente de su excelencia académica: En un ser comprometido
con su formación integral, autónomo, puntual, con alto sentido de
responsabilidad con sus compromisos académicos y convivenciales, facilitador
de sus procesos de aprendizaje y potenciador activo en el desarrollo de sus
pensamientos, habilidades y valores.
2. Espíritu investigativo: Desarrolla un espíritu científico haciendo uso de la
investigación y teniendo como herramienta principal la naturaleza y la
creatividad para llegar a descubrir la verdad de las cosas. Propone un
conocimiento fertilizado en la búsqueda permanente. Observa, descubre,
pregunta, analiza, considera y estudia las ideas de los otros.
3. Ambientalista: Capaz de ejecutar acciones que permitan crear una cultura
ambiental a través de la promoción de campañas de sensibilización
(vacunación, arborización, manejo de basuras, reciclaje, uso racional de
recursos naturales y disminución de los niveles de contaminación, etc.) sobre
30. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
el presente y el futuro de nuestro medio ambiente. Muestra una actitud
permanente por mejorar los problemas ambientales de su entorno y su
influencia en la calidad de vida de los seres vivos y la comunidad general.
4. Trabajo en equipo: Participa en la transformación de la vida individual y
colectiva. Coloca sus intereses al servicio del grupo escolar, social y familiar.
Cultiva la participación fundada en el reconocimiento del otro.
5. Democrático: Capaz de expresar sus ideas y respetar la opinión de las demás
personas. Toma decisiones libres y autónomas al participar de las diferentes
manifestaciones de la democracia. Promueve el respeto de los derechos y el
cumplimiento de los deberes de los diversos estamentos de la comunidad
educativa.
6. Amante de los deportes, las artes y la tecnología: Capaz de hacer buen uso
de su tiempo libre. Cultiva el buen gusto por las manifestaciones de las artes y
la cultura. Emplea racionalmente las diferentes herramientas tecnológicas que
el medio le ofrece.
7. Gestor de valores: Comprometido con la práctica de los instrumentales, tale
como: el amor, el respeto, la solidaridad, la alegría, el orden, la tolerancia, la
solidaridad, la responsabilidad y la justicia para promover el desarrollo de la
comunidad y la sana convivencia.
8. Manejo de relaciones Interpersonales: Es respetuoso y tolerante de las
diferencias individuales de las opiniones de los demás. Comparte y socializa
sus sentimientos, emociones y experiencias.
31. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
9. Partidario de la resolución pacífica de conflictos: Identifica el conflicto
como un componente de las relaciones sociales. Asume productiva y
constructivamente el conflicto para buscar soluciones pacíficas. Llega a
acuerdos a través del diálogo rechazando todo tipo de violencia. Es un
mediador de conflictos. Emplea el diálogo, los conductos regulares, la
concertación y el respeto para elevar los niveles de sana convivencia en su
entorno.
10. Sentido de pertenencia: Capaz de identificarse con la filosofía y símbolos
institucionales valorando los bienes físicos y el sentir de los miembros de la
comunidad.
11. Creativo: Capaz de manejar su iniciativa y su inventiva para traducirlas en
acciones concretas que permitan construir un proyecto de vida sano y feliz en
el que el bienestar colectivo se beneficie de él. Explora, recrea y transforma la
realidad.
12. Autónomo: Se compromete en la construcción de su propia identidad.
Conoce su origen y valora su propia historia de vida. Cuida su integridad
personal. Comprende e interioriza normas universales con validez por encima
de las partes en conflictos y actúa en consecuencias con ellas.
13. Líder comunitario: Orienta procesos o actividades comunitarias encaminadas
a favorecer el desarrollo y la calidad de vida en su medio. Propicia espacios
democráticos y gestiona proyectos que benefician a su sector, ante organismos
que permitan su operatividad. Es dinámico, participativo, solidario, sensible y
amante del trabajo grupal. Se compromete con el proyecto común al cual
aporta desde su proyecto personal.
32. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
14. Competente: Aplica los conocimientos adquiridos en las diferentes áreas del
saber, desarrolla sus habilidades y lleva a la práctica sus valores para tener un
buen desempeño escolar, familiar, social y laboral.
Art. 14. PERFIL DEL DOCENTE
1. Mantiene una actitud de búsqueda de la verdad y la autenticidad: El amar
la verdad le permite reflexionar y analizar críticamente su quehacer de
educador.
2. Justo y misericordioso: El criterio de la justicia humana le permite dar a cada
uno según sus merecidos y el criterio de la misericordia lo impulsa a dar según
las necesidades del otro.
3. Comprometido y esperanzado: Es una persona que comparte sentimientos
con los estudiantes y participa en sus actividades.
4. Servidor de los demás: La vocación de servicio se transluce en la sencillez, la
afabilidad, la alegría y la ternura en la convivencia diaria.
5. Paciente y esperanzado: Es el partidario fiel del sueño de cada niño o joven
que se encuentra bajo su tutela o guía esperando con paciencia el desarrollo
de los ciclos naturales presentes en cada uno de sus procesos de aprendizaje.
6. Capaz de insertarse en la realidad cultural de hoy: Entra en un diálogo
profundo con la cultura para tratar de comprender y aceptar el riesgo de los
cambios sociales.
33. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
7. Capaz de establecer relaciones interpersonales: Programa un proceso de
educación sociopolítica al cambio y al sentido de solidaridad.
8. Consciente de la tarea educativa: Adquiere una competencia pedagógica
para actuar con metodología activa, creativa, personalizada y dinámica.
9. Crítico del ejercicio de su propia personalidad: Se auto-educa con el
estudiante y, por tanto, es un modelo con el que el niño o joven puede
identificarse y adquirir seguridad.
10. Capaz de atender la diversidad: Respeta el pluralismo cultural y da una
respuesta educativa que tenga en cuenta la diversidad de capacidades,
intereses y motivaciones a cada estudiante.
11. En proceso de formación permanente: Busca una formación completa y
armónica del aspecto intelectual y afectivo, así como del ético-social y la
continua transformación de sus actitudes. Emplea la auto-evaluación para
potenciar su propia autonomía, responsabilidad y capacidad de emitir juicios y
criterios positivos.
Art. 15. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA
1. Buen comunicador: Capaz de comunicarse en forma clara, amorosa y
respetuosa, de tal manera que su vínculo se fortalezca y genere una armónica
convivencia escolar y familiar.
2. Promotor de la resolución pacífica de conflictos: Capaz de propiciar la
equidad entre los miembros de la comunidad familiar y la toma de decisiones
producto de la concertación.
34. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
3. Testimonio de la democracia: Capaz de facilitar el ejercicio democrático de la
autoridad en la familia de hoy a través del amor, la solidaridad, el servicio, la
ternura y el sano intercambio afectivo.
4. Defensor de los derechos de los niños y niñas: Capaz de proteger a la
infancia de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones mejorando sus
condiciones y brindando la posibilidad de desarrollarse en forma integral.
5. Líder en el desarrollo humano de sus hijos: Capaz de instrumentalizar
manifestaciones afectivas en la familia como elemento clave para el cuidado y
desarrollo de la vida, así como de ciudadanos sensibles y comprometidos con
su desarrollo personal y social.
6. Motivador de la construcción del proyecto de comunidad familiar: Capaz
de fortalecer entre los participantes la puesta en marcha de un proyecto de
comunidad familiar clarificado y vivido con entusiasmo y compromiso.
7. Colaborador en el éxito escolar: Capaz de brindar las condiciones
necesarias en la adquisición de herramientas que faciliten el mejoramiento
continuo de autorrealización y desarrollo de las potencialidades de sus hijos.
35. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
TITULO II
EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÒN INSTITUCIONAL
CAPITULO I
ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR
Art. 16. EL GOBIERNO ESCOLAR ESTA CONSTITUIDO POR EL RECTOR,
CONSEJO DIRECTIVO Y EL CONSEJO ACADÉMICO.
El consejo directivo: se encargará de la orientación académica y administrativa
del colegio.
El consejo académico: como instancia superior para participar en la orientación
pedagógica del establecimiento.
El rector: como representante del establecimiento ante las autoridades educativas
y se encargará de ejecutar las ediciones del gobierno escolar.
36. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
CAPITULO II
ELECCION Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS
DEL GOBIERNO ESCOLAR
Art. 17. Los representantes en los órganos colegiales serán elegidos para
periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean
reemplazados. en caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del
periodo.
Art. 18. Se convocará a elección de los integrantes del consejo de gobierno, al
mes y quince días de haberse iniciado al año escolar.
Art. 19. El consejo directivo estará integrado por:
• El rector quien lo convoca y preside.
• Dos representantes del personal docente, elegidos democráticamente.
• Dos representantes de los padres de familia, elegidos por la junta directiva de
la Asociación de padres de familia.
• Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de entre los
alumnos que se encuentren cursando 11º.
• Un representante de los exalumnos elegido por el consejo directivo de tema
recibido por el mismo.
• Un representante del sector productivo escogido por el consejo directivo.
Art. 20. SON FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:
a. Analizar y tomar decisiones que permitan el buen funcionamiento del colegio,
sin entrar en competencia con las responsabilidades y resoluciones de la
Rectoría del Plantel.
37. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre
docentes, administrativos, padres de familia y alumnos del establecimiento,
teniendo en cuenta los procedimientos del presenta manual.
c. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.
d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
cuando alguno de sus integrantes se sienta lesionado.
e. Aprobar el plan anual de capacitación académica del personal docente
presentado por el Rector.
f. Participar el la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional
(P.E.I.) del currículo y del plan de estudios y someterlo a la aprobación de la
Secretaria de educación del Municipio de Soledad y/o Departamental.
g. Estimular y contribuir al buen funcionamiento del colegio.
h. Participar en la evaluación de docentes, directivos docentes y personal
administrativo del plantel.
i. Recomendar criterios y programas de actividades comunitarias, culturales,
deportivas y recreativas.
j. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.
k. Darse su propio reglamento.
38. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Art. 21. EL CONSEJO ACADÉMICO ESTARÁ INTEGRADO POR:
• Rector.
• Directivos docentes
• Docentes por cada área
• Sico orientador
Art. 22. SON FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:
a. Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión, implementación
y evaluación del P.E.I.
b. Estudiar el currículo y propiciar su mejoramiento introduciendo las
modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el
decreto 1860-94.
c. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
d. Participar el evaluación institucional anual.
e. Integrar los consejos de Docentes para evaluar periódicamente el rendimiento
de los estudiantes y la promoción respectiva.
f. Recibir y decidir y reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.
g. Las demás funciones que la asigne el Consejo Directivo el rector y las
atribuidas en el P.E.I.
Art. 23. SON FUNCIONES DEL RECTOR:
a. Orientar la ejecución el proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones
desgobierno escolar.
b. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno
aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
c. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación
en el establecimiento.
39. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
d. Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas y con la
comunidad local, para el continuo progreso de la institución y el mejoramiento
de la vida comunitaria.
e. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
comunidad educativa.
f. Orientar el proceso educativo con la asistencia de Consejo Académico.
g. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el
Manual de Convivencia.
h. Identificar las nuevas tendencias educativas, para canalizar a favor del
mejoramiento del proyecto educativo institucional.
i. Promover actividades de beneficio social que vinculen e el establecimiento con
la comunidad local.
j. Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del estado, atinentes a la
presentación del servicio educativo, y
k. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que atribuya
el proceso educativo institucional.
Art. 24. CRITERIOS DE ELECCION PARA ESTUDIANTES ASPIRANTES A
ORGANISMOS DE DECISION O DE REPRESENTACION DEL GOBIERNO
ESCOLAR
Para la designación o elección de los estudiantes que harán parte del Consejo
Directivo, Consejo de Estudiantes o Personería reseguirán los siguientes criterios:
a. Actitudes y valores: lealtad, honestidad, respeto.
b. Disponibilidad para el servicio.
c. Tiempo de vinculación a la Institución: dos años mínimos.
d. Tener excelente convivencia
e. Buen rendimiento académico y demostrar interés por la investigación y
desarrollo e proyectos.
f. Actitud de liderazgo y sentido de pertenencia a la institución.
40. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
g. Calidad en las relaciones interpersonales.
Art. 25. PRODEDIMIENTOS PARA ELECCION.
Los estudiantes que aspiran a ocupar cargos en los organismos de decisión y
representación en el gobierno escolar, además de poseer las características
anteriores deben presentar al docente coordinador del Consejo Estudiantil los
siguientes documentos:
a. Hoja de vida: nombres y apellidos completos, grado que cursa edad y años de
permanencia en la institución.
b. Carta de solicitud como aspirante a partir en determinado organismo.
Parágrafo 1: Esta documentación será analizada por el consejo de profesores con
el fin de aceptar los que sean considerados idóneos para ocupar dicho cargo.
Quienes sean aceptados deben presentar:
• Original de su plan de gobierno o proyecto a realizar.
• Si aspira a la personería una foto tamaño cedula 3x3.
Art. 26. El personero de los estudiantes será un estudiante de 11º con un alto
perfil académico y convivencial que resulte elegido por todos los estudiantes de la
institución.
Art. 27. El personero será elegido durante los treinta días siguientes al inicio del
año lectivo.
Art. 28. El ejercicio del cargo de personero escolar es incompatible con el
representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
41. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Art. 29. El personero tendrá las siguientes funciones.
a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes del estudiante para lo
cual podrá utilizar los medios comunicación interna del colegio, pedir la
colaboración del consejo estudiantil, organizar foros u otras formas de
participación y de liberación.
b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre
elecciones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la
comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
c. Presentar ante el rector, o los coordinadores, según sus competencias, las
solicitudes de oficio, o a petición de las partes que consideren necesarias para
proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
deberes, y
d. Cuando los considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las
decisiones del rector respecto a las peticiones presentada por su intermedio.
Art. 30. El consejo estudiantil estará formado por una representante de cada
curso a partir del tercer grado (3º).
Art. 31. Los alumnos de pre-escolar y los tres primeros grados en asamblea
conjunta elegirá un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.
Art. 32. Son funciones del consejo estudiantil:
a. Darse su propia organización interna.
b. Elegir el representante ante el Consejo Directivo.
c. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas
sobre desarrollo de la vida estudiantil.
d. Vigilar el cumplimiento de las normas del manual de convivencia y
e. Presentar proyectos que beneficien en el desarrollo institucional.
42. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Art. 33. SON FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES:
a. Impulsar la educación e integración de la comunidad educativa.
b. Establecer lazos de cooperación y comprensión con los educadores.
c. Desarrollar actividades que permitan elevar el nivel cultural y social de la
comunidad educativa.
d. Vigilar que las normas establecidas en la Constitución ley del menor, ley
general de educación y Manual de Convivencia se cumplan en forma correcta.
e. Realizar convenios del orden Municipal, departamental, regional, nacional e
internacional que beneficien la calidad de vida de los estudiantes.
43. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
TITULO III
PROCESO DE FORMACION PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL
CAPITULO I
DE LAS FALTAS FRENTE A LA CONVIVENCIA SOCIAL
Art. 34. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES:
a. La impuntualidad y la inasistencia a los actos de la institución sin causa
justificada (Art. 314 del Código del Menor).
b. No informar oportunamente a los padres de familia y/o acudiente de las
reuniones en las que se requiera su presencia.
c. El uso inadecuado del uniforme, falta de aseo y desinterés en el arreglo
personal (incumpliendo de los deberes referentes a la presentación Personal)
d. No colaborar con el mantenimiento del aseo del aula o de la planta física.
e. Realizar durante las clases y actos culturales asuntos diferentes a los que
corresponden a cada caso.
f. Perder tiempo o hacerlo perder a las compañeras y profesores obstaculizando
el desarrollo pedagógico.
g. Ingerir alimentos en el salón de clases y otros sitios que no estén destinados
para ello.
h. Llegar tarde a los salones de clases.
i. Comer chicle dentro de la institución.
j. Perturbar el silencio durante el proceso de Investigación personal
k. No respetar los turnos en las Hileras de la tienda escolar.
l. Perturbar con habladuría o actos de indisciplina las clases o eventos realizados
en comunidad.
44. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
m. No devolver lo desprendibles, notas, citaciones firmadas por padre de Familia o
acudiente.
n. Las manifestaciones en contra de la preservación del medio ambiente: arrojar
basura fuera de los recipientes destinados para tal fin y el desplazamiento
sobre las zonas verdes de la Institución.
o. Adelantar o prolongar las vacaciones sin previa autorización de las directivas,
especialmente los festivos.
p. Permanecer en los salones de clases, kiosco y corredores durante los
descansos y sin autorización del Coordinador de Grupo o Coordinador de
Convivencia.
q. Comprar en la tienda escolar en los intercambios de clases.
r. Desplazarse a cualquier dependencia de la institución con gritos, carreras o
desordenes.
s. Mantener una postura corporal inadecuada.
t. Traer el uniforme que no corresponde al horario de clases o actos de la
institución.
u. Vestir el uniforme incorrectamente, usar la camisa por fuera del pantalón, no
llevarlo limpio y usar camisetas de color debajo de la camiseta del uniforme.
v. Usar esmaltes fuertes o de color escandaloso, prendas o bisutería que no
contrasten con el uniforme y que suelen usarse con ropa de calle.
w. Usar tintes para cabello de colores escandalosos o fuertes.
x. Salir del aula sin autorización en cambios de hora. Y las que a juicio de la
coordinadora y comité de convivencia consideren.
y. Descuido en la utilización de servicios sanitarios.
z. Abandonar puestos designados sin ninguna autorización.
45. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Art. 35. FALTAS GRAVE:
a. la reincidencia en las faltas leves se considera como falta grave, teniendo en
cuenta los siguientes parámetros: el incurrir en tres diferentes faltas leves y
hasta tres en la misma falta leve
b. asumir una actitud irrespetuosa ante las observaciones y correctivos que se le
hagan para su formación.
c. Causar daño a la planta física, pupitres, tableros, muebles, enceres, equipos,
materiales didácticos libros de biblioteca o de propiedad ajena.
d. Visitar sitios públicos como heladerías, bares, salas de cine, entre otros
llevando cualquiera de los uniformes
e. Ausentarse de las clases o del Colegio sin autorización.
f. Mostrar reincidencia en el desacato a normas y órdenes que se imparten en la
institución.
g. Utilizar en forma verbal o escrita, palabras, apodos o frases que lesiones la
honorabilidad y dignidad de las personas de la institución.
h. Usar un vocabulario vulgar, inadecuado e irrespetuoso y un trato descortés,
gestos y desplantes hacia las compañeras, profesores, personal administrativo
y operativo.
i. Confabularse con otras compañeras para desestabilizar la unidad del grupo y
para sabotear las clases; burlarse de las personas e inhibir a las compañeras.
j. Presentarse al Colegio en estado de embriagues o bajo efecto de las drogas
alucinógenas o psicoactivos.
k. Traer al Colegio revistas o material pornográfico, juegos de suerte, azar o
hechicería.
l. Participar en hechos relacionados con el hurto calificado, abusos, secuestros,
vicariato, amenaza o intimidación, sustancias alucinógenas, licor, cigarrillo o
cualquier tipo de vicio o conducta inmoral dentro o fuera de la institución.
m. Ejecutar o inducir a otras personas a cometer actos relacionados con el
numeral anterior.
46. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
n. El encubrimiento de las faltas de las compañeras y la falta de honradez en su
comportamiento.
o. Incumplir las sanciones que le fuesen impuestas por cualquier miembro de la
Comunidad Educativa autorizado.
p. Agredir o amenazar de hecho o de palabra a un superior, a una compañera o a
cualquier otra persona vinculada a la institución.
q. Realizar rifas o ventas a titulo personal o de grupo sin la debida autorización.
r. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducir a practicas abusivas,
denigrantes, deshonradas dentro de la institución, atentar o infundir
negativamente en la conducta sexual.
s. Protagonizar riñas o escándalos que atenten en contra de buen nombre de la
institución.
t. Salir de su casa con el uniforme hacia la institución y dirigirse a otros lugares,
haciendo creer a sus padres la permanencia en el colegio.
u. Portar arma blanca y/o de fuego.
v. Ingresar, consumir o incitar consumo de sustancias psicoactivas, ansiolíticas,
psicodélicas o estimulantes o depresores del S.N.C. (Bazuco, marihuana,
cocaína, éxtasis).
w. Hurto comprobado a compañero, docentes o al bien institucional.
Art. 36. FALTAS CONTRA LO ACADÉMICO:
a. La inasistencia a las actividades de nivelación, refuerzo, recuperación,
profundización y extracurriculares programadas por la institución.
b. Suplantar la firma y/o representación del padre de familia o acudiente para
evitar la sanción en casa.
c. Cometer fraude en las evaluaciones y presentación de trabajos.
d. Alterar cualquier libro o documento del Colegio.
e. No cumplimiento de sus compromisos académicos.
f. No entregar las citaciones a los padres o acudientes.
47. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
g. Inasistencia permanente a las actividades académicas.
48. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
CAPITULO III
PROCESO DE SEGUIMIENTO FORMATIVO FRENTE
AL ORDEN CONVIVENCIAL
Teniendo en cuenta la necesidad de realizar un seguimiento en el proceso de
formación de los estudiantes, es indispensable dejar constancia escrita de cada
una de las etapas del proceso.
Art. 37. PARA LAS FALTAS LEVES
a. Comisión de la falta: Amonestación verbal
b. Reincidencia en la misma falta o similar: Amonestación por escrito
c. Tercera comisión de la falta o similar: Anotación en el observador y
comunicación al padre de familia
d. Cuarta reincidencia de la falta o similar: Valoración insuficiente de convivencia
por la reincidencia en la falta y comunicación al padre de familia o acudiente.
Art. 38. PARA LAS FALTAS GRAVES
a. Demostración de la comisión de falta: Amonestación escrita, citación a los
padres o acudientes y valoración insuficiente en la convivencia
b. Reincidencia en la falta o similar: Trabajo comunitario o Suspensión temporal
por tres (3) o cinco (5) días hábiles según la gravedad del caso.
Parágrafo 1: Las faltas serán estudiadas por el comité de convivencia y éste
pasará las actas e informes al rector recomendando la aplicación de las
sanciones antes expuestas o la suspensión de labores académicas o el
condicionamiento de la matricula o la cancelación de la misma según la gravedad,
reincidencias y voluntad expresada por el faltante. El rector tomará la decisión
final.
49. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Parágrafo 2: Se considera causales de la cancelación de la matrícula, las
siguientes: Las faltas serán estudiadas por el comité de convivencia y éste pasará
las actas e informes al rector recomendando la aplicación de las sanciones antes
expuestas o la suspensión de labores académicas o el condicionamiento de la
matricula o la cancelación de la misma según la gravedad, reincidencias y
voluntad expresada por el faltante. El rector tomará la decisión final.
Se exponen solamente, en este documento las causales de la cancelación de la
matrícula, cuales son:
a. Comisión de faltas graves. (Contra la moral, la integridad personal, la violación
de las normas constitucionales, legales o de la institución)
b. Tráfico o consumo de licor, drogas que afecten negativamente la mente y el
cuerpo (Alucinógenos, psicoactivos, estupefacientes)
c. El hurto reincidente y agravado de bienes de la institución o miembros de la
comunidad educativa.
d. La violación y el acoso sexual premeditado.
e. Demostrar que pertenecen a grupos delincuenciales.
f. El porte, comercialización y uso de armas.
g. La actitud constante de irrespeto a los derechos de los compañeros y personal
de la Institución.
h. Causar daños a la instalaciones del colegio
Parágrafo 3: Se afecta la permanencia en el establecimiento educativo, cuando el
estudiante repruebe por dos años consecutivos, cuando incumpla con las normas
pactadas en el Manual de Convivencia de la institución y afecte el proceso
académico del grupo, como está establecido en el Art. 96 de la Ley General de
Educación: “ARTÍCULO 96. PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO
EDUCATIVO. El reglamento interno de la institución educativa establecerá las
50. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
condiciones de permanencia del alumno en el plantel y el procedimiento en caso
de exclusión. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte
del alumno, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no
esté asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento
institucional o manual de convivencia”. Sentencia c-555 de 1994 de la Corte
Constitucional.
Art. 39. TENIENDO EN CUENTA LA VALORACIÓN ES INTEGRAL, SE
“VALORA” EL COMPORTAMIENTO ESCOLAR EN LA SIGUIENTE ESCALA:
a. Excelente: Estudiante con un comportamiento excelente en los aspectos de
orden académico, disciplinario, comunitario social de acuerdo a los parámetros
de este Manual de Convivencia.
b. Sobresaliente: El estudiante sobresale positivamente en los aspectos de
orden académico, disciplinario, comunitario en forma permanente de acuerdo a
este reglamento.
c. Aceptable: Estudiante que presente actitud negativa ante un determinado
aspecto de orden académico, disciplinario comentario de manera inconstante
de acuerdo en este Manual de Convivencia.
d. Insuficiente: El estudiante incumple aspectos comportamentales
contemplados en este Manual de Convivencia y, a pesar de haber sido a
amonestado reincide con el quebrantamiento de los compromisos adquiridos
en la institución.
51. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
CAPITULO IV
RÉGIMEN CORRECTIVO DE SANCIONES Y DERECHO
A LA DEFENSA
Art. 40. SE CONSIDERA COMO RÉGIMEN CORRECTIVOS DE LAS
SANCIONES LAS SIGUIENTES:
a. Ilustrar, capacitar y hacer conscientes a los alumnos de las normas del
presente manual.
b. Reconocer y superar la falta cometida.
c. Ofrecer asesoría y orientación escolar, familiar y comunitaria.
d. Hacer seguimiento del caso con el alumno y la familia.
e. Realizar y sugerir tratamientos terapéuticos de carácter psicoafectivos,
sociales, ocupacionales y correccionales.
f. Buscar ayuda especializada en los organismos del Estado.
Art. 41. SE CONSIDERAN COMO DERECHO A LA DEFENSA LOS
SIGUIENTES:
a. Se respetarán sus garantías constitucionales y procesales (Art. 163 C.M.) (Art.
29 C.R.C.).
b. Ser escuchados en el cargo de las faltas que se imputan y presentar las
pruebas correspondientes.
c. Acudir al personero estudiantil, al consejo estudiantil, al consejo académico o
al consejo directivo.
d. Asistir con sus padres de familia, acudiente o representante legal al colegio.
e. Acudir a las autoridades, Civiles o Militares cuando considere que sus
derechos han sido vulnerados.
52. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
TITULO IV
PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
DE ESTUDIANTES
CAPITULO I
CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE
EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
Art. 42. EL SOMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESTA INTEGRADO POR:
• La rectora os u delegado, quien la convoca y preside.
• Un número de hasta tres docentes para cada grado.
• Un representante de los Padres de Familia por grado, que no sea docente de
la institución.
Art. 43. SON FUNCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN LAS
SIGUIENTES:
a. Estudiar cada uno de los casos presentados al comité con el fin de analizar los
casos persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de los
logros.
b. Planear las diferentes actividades pedagógicas complementarias y necesarias
para superar las deficiencias.
c. Definir los casos de no promoción.
d. Analizar casos de los educandos con desempeño excepcionalmente altos para
recomendar actitudes especiales de motivación o promoción anticipada.
e. Hacer seguimiento a las propuestas hechas tanto a educandos como a
docentes.
53. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Art. 44. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS
ESTUDIANTES
• Evaluación de los Estudiantes:
Los 4 informes parciales y el final de valoración darán cuenta de los procesos de
avances de los estudiantes, donde se evidencien fortalezas y debilidad, mediante
una escala dad en los siguientes términos:
Un estudiante alcanza EL NIVEL EXCELENTE, cuando la meta de formación
propuesta para cada proceso supera el 90% de lo exigido en cada uno de ellos, es
decir, alcanza el máximo nivel en el proceso de formación.
Un estudiante alcanza EL NIVEL SOBRESALIENTE, cuando demuestra primer
nivel de desarrollo entre un 80% y un 90% de lo exigido. Es decir, que presenta un
buen desempeño en el fortalecimiento de sus facultades y acciones.
Un estudiante alcanza EL NIVEL ACEPTABLE, cuando demuestra un nivel de
desarrollo mínimo esperado. Es decir, cuando alcanza un 60% en adelante.
Un estudiante se ubica en EL NIVEL INSUFICIENTE, cuando no alcanza el nivel
requerido durante el tiempo estipulado para el proceso de formación.
Un estudiante se ubica en EL NIVEL DEFICIENTE, cuando no presente ningún
tipo de avance e el proceso de formación exigido.
El evaluar los procesos de formación se tendrán en cuenta el DESARROLLO DE
LAS DIMENSIONES COGNITIVAS, COMUNICATIVAS, AXIOLOGICAS Y
PROCEDIMENTALES.
54. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
• Promoción de los Estudiantes:
La institución debe garantizar un mínimo de promoción del 95% de los estudiantes
que finalizan el año escolar. La comisión de evaluación y promoción será la
encargada de determinar cuales estudiantes deben reiniciar el grado.
Art. 45. Los estudiantes no serán promovidos al grado superior al cursado
por los siguientes aspectos:
• Según normas establecidas en la Ley 115 de 1994 y sus decretos
reglamentarios.
• Por el bajo rendimiento académico.
• Por el análisis y decisión del comité académico de evaluación y promoción.
• Cuando al terminar el año escolar presenta una valoración insuficiencia o
deficiencia en 3 o más áreas.
• Obtener valoración final insuficiente o deficiente en matemáticas y español,
durante dos años consecutivos (Dec. 230).
Art. 46. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONVIVENCIA
La valoración de la "CONVIVENCIA" en cada período académico se hará teniendo
en cuenta el "Reconocimiento" de sus derechos, el "Respeto" a los deberes y la
"Responsabilidad" en asumir las consecuencias de las alteraciones de la dinámica
personal, institucional y comunitaria, con una Escala valorativa de "E" (excelente),
"S" (Sobresaliente), “A” (Aceptable), “I” (Insuficiente) y “D” (Deficiente) según que
el estudiante haya requerido de estrategias de mejoramiento personales con las
que muestre avances en la abstención de comportamientos inadecuados. Así, el
número de Remisiones Escritas, serán el criterio de valoración.
55. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Dicho proceso de valoración en la convivencial, será mediado por el asesor de
grupo, a través de la autoevaluación, la coevaluación y la evaluación, quedando
registrado por escrito junto a todos los eventos del comportamiento social, en el
"Observador del Estudiante", en las Hojas de Seguimiento dispuestas para ello.
Los comportamientos inadecuados se registran en una ficha llamada “REMISION
ESCRITA”, haciendo antes de ésta llamado de atención preventivo. Por cada tres
Remisiones Escritas, el estudiante deberá asistir al Comité de Convivencia, para
la oficialización de la Estrategia de Mejoramiento y la elaboración de talleres
pedagógicos formativos, requisito totalmente obligatorio, para continuar en las
actividades escolares posteriores. Así mismo, la valoración de la convivencia, de
acuerdo al número de Remisiones Escritas en cada período, será: Cero
Remisiones,”Excelente”; hasta dos Remisiones, “Sobresaliente”; hasta cuatro
Remisiones, “Aceptable”; hasta seis Remisiones, “Insuficiente”; y más de seis
Remisiones Escritas, valoración “Deficiente”.
En el Observador del Estudiante deben aparecer por lo menos tres hojas, a saber:
Hoja de Datos Personales, Hoja de Seguimiento de Comportamientos
Inadecuados y la Hoja de registro de Avances y Reconocimientos.
AUTORREGULACIÓN PERSONAL, INSTITUCIONAL Y COMUNITARIA.
Buscando ante todo el bienestar general comunitario y el buen funcionamiento de
la institución, cada miembro de la familia laurelista debe cumplir a cabalidad las
normas de convivencia, a través de la "Autorregulación Personal". Por ende todo
Estudiante debe abstenerse de aquellos comportamientos que lesionen los
aspectos personales, institucionales y comunitarios, los cuales fueron clasificados
en FALTAS LEVES Y FALTAS GRAVES.
ESTRATEGIAS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO. Una de las
metas de la Institución Distrital Comunitaria Los Laureles es lograr que sus
estudiantes actúen por su propia convicción e identidad. Sin embargo también se
56. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
considera la corrección justa, adecuada a la edad, circunstancias y tiempo, como
un medio para encauzar a quienes con sus comportamientos, atentan contra el
bien personal y comunitario, yendo así en contra de la Filosofía Formativa de la
institución, previa advertencia. Así, el proceso formativo contempla las siguientes
"Estrategias de Mejoramiento Personal":
• Reflexión Personal.
• Producción Formativa.
• Amonestación Escrita.
• Compromiso Inicial.
• Compromiso Final.
• Matricula en Observación.
• Pérdida del Cupo.
• Cancelación del Contrato de Matrícula.
Veamos:
Art. 47. LA REFLEXION PERSONAL "Hablemos y Concertemos"
Cuando el Estudiante incurre en algún Comportamiento de los indicados en el
numeral anterior como falta leve el paso inicial es el "Diálogo" entre el Alumno y la
"Autoridad" presente en dicho evento, dejando constancia escrita en el de esta
reflexión en la carpeta del Comité de Convivencia Grupal
Art. 48. PRODUCCION FORMATIVA "Me concientizo y socializo"
Si persistiere el comportamiento inadecuado el Director de Curso asignará la
oficialización de la Estrategia de Mejoramiento y la elaboración de talleres
57. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
pedagógicos formativos. (Para todos los casos, la reincidencia se da a las tres (3)
veces o menos si el Comité de Convivencia así lo determina).
Art. 49. AMONESTACION ESCRITA "Ante todo Escucho"
Si el Estudiante continúa reincidiendo en los comportamientos inadecuados, el
"Director de Curso", apoyado en el "Seguimiento de Situaciones Académicas y/o
Convivenciales” cursará la "Amonestación Escrita" citando a los Padres para
informarlos de dicha situación.
Art. 50. COMPROMISO INICIAL “Mis acciones me comprometen”
Si el estudiante, inmerso en el Proceso Formativo, no modifica sus
comportamientos, ya realizada la amonestación escrita, deberá comprometerse
solemnemente a cambiar sus actitudes en un documento escrito denominado
"Compromiso Inicial" ante los padres de familia, el rector, el consejo directivo, el
personero estudiantil, la orientadora escolar y la coordinadora como representante
del consejo de convivencia. El estudiante podrá ser suspendido gradualmente de
tres a quince días previo procedimiento y verificación de los hechos para posterior
notificación por parte del consejo directivo a los padres de familia o acudientes. De
igual manera, dicha decisión será registrada en la ficha de seguimiento individual.
Art. 51. COMPROMISO FINAL "Las oportunidades están dadas"
Cuando el estudiante, no da cumplimiento a lo pactado en el "Compromiso Inicial",
se firmará frente a los padres de familia, el rector, el consejo directivo, el
personero estudiantil, la orientadora escolar y la coordinadora como representante
del consejo de convivencia el "Compromiso Final" con el cual se concede una
última oportunidad para continuar en la institución.
Terminado el año lectivo, si aún no se observa el comportamiento esperado, el
Estudiante en cuestión continuará en la institución el siguiente año pero con
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CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
"Matricula en Observación" o definitivamente se le retirará su "Cupo
Escolar".
Art. 52. MATRICULA EN OBSERVACION "El Futuro nos exige más"
Esta situación se da cuando el Estudiante no pudo interiorizar la formación
perseguida en el anterior proceso y se decide darle continuidad en la institución la
condición de mejorar en el año próximo, con la facultad del Plantel para cancelar
el "Contrato de Matricula" en cualquier momento del año lectivo. Acción que será
determinada por "El Comité de Convivencia" (El cual lo conforman el asesor de
grupo, el representante del consejo estudiantil del grupo y la coordinadora), la
rectora, la orientadora escolar, el consejo directivo y el personero de los
estudiantes. al incumplirse el "Compromiso Final" ofrecido por el Estudiante.
Art. 53. PERDIDA DE CUPO "No se puede estar donde no se quiere"
Contrariamente si el Estudiante no pudo cumplir el "Compromiso Final" y
definitivamente no muestra una aceptación de la formación laurelista, el, comité de
convivencia, la rectora, la orientadora escolar, el consejo directivo y el personero
de los estudiantes. Determinarán la "pérdida del cupo" de uno a tres años lectivos,
acción que será notificada a los Padres con suficiente antelación y a la Secretaría
de Educación Distrital.
Art. 54. CANCELACION DE LA MATRICULA "Las condiciones están dadas
en otro espacio".
La cancelación unilateral del "Contrato de Prestación de Servicios Educativos" por
parte de la institución y, por ende, la permanencia del Estudiante en el mismo se
da en los siguientes casos:
59. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
• Cuando el Estudiante incurre en comportamientos inadecuados habiendo
firmado "Matricula en Observación"
• Cuando, teniendo en cuenta los propósitos, principios, derechos y deberes, no
son reconocidos, respetados y asumidos en concreto por el Estudiante, en
algunas de las siguientes situaciones:
• Irrespetar los bienes ajenos en intento o acción de hurto.
Incurrir en actos de falsificación de cualquier índole.
• Ser miembro de pandillas o sectas satánicas.
• Consumir, comercializar o portar drogas psicoactivas, alucinógenas,
estimulantes, antidepresivos, inhalantes, nicotinicos (cigarrillos) o alcohólicas
(bebidas embriagantes).
• Portar armas o elementos nocivos a los demás
• Escaparse de la institución
• Agresión física o violencia en cualquier forma contra las personas o elementos,
…
Las que manifiestan claramente la incapacidad de asumir la autorregulación en lo
personal, institucional y lo comunitario, demostrando ante la institución el no tener
el perfil pera continuar en él, conllevando el retiro de la Institución de manera
inmediata, cuando se presenten por primera vez.
PARAGRAFO: La instrucción de los procesos que implique sanción de
suspensión o retiro de un estudiante de la institución será competencia del rector o
de la persona que el delegue.
PARAGRAFO: En el evento de encontrar un estudiante menor de edad en caso
de tenencia, tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, el
rector o a quien delegue informará a los padres de familia y al defensor de familia
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CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
sobre la situación detectada en el menor. (Código del Menor Art. 25) y en caso de
un estudiante mayor de edad se informará a las autoridades competentes.
Art. 55. EL CONDUCTO REGULAR Y EL DERECHO DE PETICION "La
solución está muy cerca".
Se refiere a la secuencia de Autoridad establecida para la aplicación de los
procesos educativos.
• Ante situaciones problemas o conflictos, solucionarlos con la persona con la
cual se presentó la situación: compañero, docente, directivo-docente, personal
administrativo o de servicios generales.
• Acudir al asesor de grupo como persona encargada y primera instancia en
lograr la armonía y las buenas relaciones, en caso de no haber solucionado
favorablemente la solicitud de la persona interesada.
• Después de haber agotado las dos instancias anteriores y no solucionar el
conflicto, el asesor de grupo acude con la estudiante a coordinación.
• Para peticiones grupales o individuales, solicitar la intervención del
representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Esta puede hacerse
en forma directa y por escrito o a través del representante de grupo.
• Las peticiones para apelar decisiones ante el Consejo Directivo, serán
realizadas a través del Personero Estudiantil, como está consagrado en sus
funciones.
Art. 56. DERECHO A LA DEFENSA: Decreto 1860. Artículo 17, No. 7
• Cuando el estudiante incurra en reincidencia de comportamientos
inadecuados, se requerirá la presencia de padre de familia o acudiente, para
darle aviso de la estrategia de mejoramiento personal implementada, tales
como: AMONESTACION ESCRITA "Ante todo Escucho”, COMPROMISO
61. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
INICIAL “Mis acciones me comprometen”, COMPROMISO FINAL "Las
oportunidades están dadas", MATRICULA EN OBSERVACION "El Futuro nos
exige más", PERDIDA DE CUPO "No se puede estar donde no se quiere” y
CANCELACION DE LA MATRICULA "Las condiciones están dadas en otro
espacio” y notificarle por escrito el resultado. Igualmente se procederá con el
estudiante.
• El estudiante podrá argumentar su defensa por escrito anexando pruebas. Este
deberá hacerlo en los tres días siguientes a la notificación de los cargos
disciplinarios a los padres de familia y a la estudiante, del acuerdo del Consejo
Directivo que impone la sanción respectiva presentando los recursos
pertinentes.
• Todas las decisiones disciplinarias tienen solo recursos de reposición, el cual
deberá interponerse y sustentarse por escrito ante el Consejo Directivo dentro
de los cinco días hábiles siguientes a la notificación, en que se impone la
sanción para las estrategias de mejoramiento que se describen a continuación:
COMPROMISO FINAL "Las oportunidades están dadas", MATRICULA EN
OBSERVACION "El Futuro nos exige más", PERDIDA DE CUPO "No se puede
estar donde no se quiere” y CANCELACION DE LA MATRICULA "Las
condiciones están dadas en otro espacio”.
PARÁGRAFO: Ante una falta el estudiante podrá informar al personero estudiantil
Art. 57. CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD DE UNA
FALTA.
Se consideran como circunstancias que atenúan la responsabilidad de una falta
las siguientes:
62. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
• Haber tenido una convivencia sana en años anteriores.
• Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
• Haber observado voluntariamente la comisión de la falta, antes de haberse
iniciado la acción disciplinaria.
• El haber sido inducido con amenazas a cometer la falta por un compañero o
superior.
Art. 58. CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD DE UNA
FALTA.
Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad de una falta
las siguientes:
• Haber incurrido dentro de los dos años anteriores en faltas convivenciales que
dieron lugar a la aplicación de la sanción de suspensión.
• Haber procedido por motivos innobles o fútiles.
• Haber obrado con la complicidad de otra (s) persona (s).
• Haber intentado atribuir a otros la responsabilidad de la falta.
• Haber cometido la falta aprovechando la confianza que él había depositado en
un superior.
PARÁGRAFO UNO. Toas las sanciones de suspensión y exclusión son
competencia del Consejo Directivo de la Institución, igual que al levantar una de
ellas.
PARÁGRAFO DOS. Todo estudiante tiene derecho al debido proceso y a la
defensa, previo procedimiento adecuado en el manual de convivencia.
63. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
TITULO V
PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA INGRESO A LA INSTITUCIÓN
CAPITULO I
PROCESO DE MATRICULA
Art. 59. PODRÁN MATRICULARSE LOS ESTUDIANTES QUE:
a. Hayan aprobado el año satisfactoriamente, alcanzando los logros académicos
y actuando conforme al Manual de Convivencia.
b. Reiniciar por primera vez el año escolar a causa de su bajo rendimiento
académico.
c. Hayan presentado y diligenciado el formato de pre-matricula para el año
escolar entrante.
d. Se encuentren en la lista de admitidos de estudiantes nuevos, presentada por
la respectiva comisión.
Art. 60. MOTIVOS PARA PERDER EL DERECHO DE MATRICULA:
a. El retiro definitivo de la institución sin justa causa.
b. El manifestar con hechos desinterés y falta de voluntad en asimilar las
orientaciones del Manual de Convivencia a pesar del seguimiento realizado.
c. La perdida del mismo grado por segunda vez o que reincidan dos (2) años
consecutivos con las materias insuficientes.
64. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
d. La pérdida del grado por inasistencia no justificada.
Art. 61. REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE ESTUDIANTES NUEVOS
Los estudiantes presentarán a la secretaria de la inscripción el registro civil, fólder
con gancho, fotocopia documento del SISBEN, fotocopia tarjeta de identidad,
recibo de servicio público, fotocopia de cédula de ciudadanía del acudiente y el
informe final del año escolar que cursó. La inscripción no tiene costo alguno.
Art. 62. SELECCIÓN DE ESTUDIANTES
La población estudiantil inscrita presentará una prueba diagnostica, que los
docentes elaborarán con anterioridad, para determinar las fortalezas y debilidades
en las áreas de estudio evaluadas. Además, asistirá a una entrevista con el
sicorientador en compañía de sus padres. Este a su vez realizará un proceso de
inducción con los estudiantes que ingresan por primera vez a la institución y sus
respectivos padres de familia
Art. 63. DILIGENCIAMIENTO DE LA MATRICULA
• ESTUDIANTES NUEVOS:
a. Inscribirse en el tiempo previsto para ello y realizar la prueba diagnostica
b. Presentar el informe final del año anterior (quienes van a cursar 1º, 2º, 3º, y 4º)
o los certificadas de estudios de los grados anteriores (quienes van a cursar 5º,
6º, 7º, 8º, 9º, 10º y 11º).
65. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
c. Fotocopia del registro civil.
d. Fotocopia del carnet del SISBEN o EPS y Aval de desplazado si lo tiene.
e. Un fólder con gancho.
f. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del acudiente y un recibo del servicio
público.
g. Cancelar en el banco los costos educativos (Se exonera del pago a los
beneficiados con el Sisben Nivel I –II)
h. Firmar (acudiente y estudiantes) el libro de matricula.
Art. 64. ESTUDIANTES ANTIGUOS:
a. Informe final del grado anterior.
b. Fotocopia del carnet del SISBEN, EPS y Aval de desplazado (si lo tiene).
c. Tres fotos tamaño cédula.
d. Un fólder con gancho.
e. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del acudiente y un recibo del servicio
público.
f. Cancelar en el banco los costos educativos. (Se exonera del pago a los
beneficiados con el Sisben Nivel I –II)
g. Firmar (acudiente y estudiante) el libro de matricula.
66. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
TITULO VI
USO DE LAS INSTALACIONES ESCOLARES
CAPITULO I
SENTIDO DE PERTENENCIA CON LAS INSTALACIONES
Art. 65. MI SENTIDO DE PERTENENCIA ME EXIGE RESPETAR LAS
DIFERENTES DEPENDENCIAS DEL COLEGIO
• Conservar en buen estado la planta física de la institución: Utilizar
adecuadamente las canecas, no rayar paredes, pupitres, utilizar
adecuadamente los baños.
• Colaborar con el aseo y orden de cada dependencia.
• No comer ni beber mientras se encuentre en salones, sala de informática,
laboratorios, rectoría y otros.
• En sala de informática seguir instrucciones del respectivo docente.
• Cumplir con las normas internas del Manual de la sala de informática.
• Cuidar con mucho esmero las diferentes herramientas de trabajo e
instrumentos de laboratorio, libros, artículos deportivos y otros.
• En caso de pérdida o daño de algún material debe ser repuesto con la misma
característica al original y por el responsable directo ya sea estudiante, docente
u otro miembro de la comunidad.
67. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
Art. 66. EN CUANTO AL USO ADICIONAL DE LAS INSTALACIONES
ESCOLARES EN LOS DIFERNTES PROGRAMAS DE EXTENSIÓN A LA
COMUNIDAD: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL, PROYECTOS DE TRABAJO
CON LA COMUNIDAD; ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA:
• Velar por la conservación de la planta física.
• Responsabilizarse por la pérdida o daño de los materiales/ herramientas
solicitados.
• Hacer el debido diligenciamiento para el uso de determinada instalación con la
antelación de 5 días.
68. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
TITULO VIII
ESTIMULOS, MÉRITOS Y PERMIOS
CAPITULO I
ESTÍMULOS
Art. 67. Los estudiantes reciben los siguientes estímulos:
a. Exoneración del pago de los costos educativos a quienes ocupen el primer
lugar del grupo respectivo al finalizar el año escolar.
b. Mención de honor en los actos cívicos a los estudiantes de comportamiento
destacado escogido por el asesor de grupo
c. Ser postulado o elegido para ocupar cargos directivos en la Organización
Estudiantil.
d. Ser designado para representar la institución en eventos académicos,
artísticos, deportivos o sociales, organizados por otras instituciones.
e. Exoneración de las pruebas académicas de final de semestre a quienes los
docentes decidan en su respectiva asignatura por excelente rendimiento
académico.
f. Reconocimiento y mención de honor al estudiante que obtenga el puntaje más
alto en el examen de Estado (ICFES), en la ceremonia de graduación.
g. Dotación de los textos a utilizar a quien ocupe el mejor segundo lugar por
grados.
69. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA
h. Mención de honor en actos culturales a los estudiantes que demuestren
comportamiento destacado en el motivo del acto escogido por el docente del
área comprometida en él.
i. Reconocimiento o mención de honor a los estudiantes que obtengan el puntaje
más alto en las pruebas Saber según su grado y área evaluada.
j. Celebrar el día del estudiante.
Reconocimiento por la permanencia escolar. Los estudiantes que inicien su
proceso de formación desde el nivel pre - escolar y culminen sus estudios de la
básica media, en la institución se harán merecedores de reconocimiento el día de
su graduación
Art. 68. Los padres de familia reciben los siguientes estímulos:
a. Reconocimiento en la ceremonia de clausura por su colaboración.
b. Descuento económico por: Matricular dos o más hijos y apoyo económico
según estudio del colegio, por excelente rendimiento académico de su hijo (a) y
por calamidad doméstica justificada por extra juicio
c. Identificación y divulgación de buenas prácticas.
d. Celebración día de la familia
e. Distinción a las familias por su apoyo en las actividades académicas,
deportivas, culturales, científicas y artísticas en las reuniones de periodo.
Art. 69. Los Docentes y Directivos Docentes reciben los siguientes
estímulos:
a. Reconocimiento en Hoja de Vida. Cuando un o una docente tiene un
desempeño sobresaliente en una actividad académica, cultural o deportiva, la