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INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES
CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA




          MANUAL DE CONVIVENCIA




         BARRANQUILLA – COLOMBIA
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         CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA




                                 ÍNDICE GENERAL


Introducción
Preliminares
Acta de aprobación del Manual de Convivencia
Reseña histórica de la institución
Misión y Visión Institucional
Referentes legales
Definición, objetivos y principios del manual de convivencia


TITULO I. De los derechos, garantías y deberes
Capitulo I. Deberes y derechos de los estudiantes
Capitulo II. Deberes y derechos de los padres de familia
Capitulo III. Deberes y derechos de los docentes
Capitulo IV. Deberes y derechos de los directivos
Capitulo V. Deberes y derechos del personal administrativo


TITULO II. El gobierno escolar y la organización institucional
Capitulo I. Órganos del Gobierno Escolar
Capitulo II. Elección y funciones de los órganos del Gobierno Escolar


TITULO III. Proceso de formación para la convivencia social
Capitulo I. De las faltas frente a ala convivencia social
Capitulo II. Faltas contra lo académico
Capitulo III. Proceso de seguimiento formativo frente a las faltas de convivencia
social
Capitulo IV. Régimen correctivo de sanciones y derecho a la defensa
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TITULO IV. Procedimiento para la evaluación y promoción de estudiantes
Capitulo I. Conformación y funciones del comité de evaluación y promoción
Capitulo II procedimiento para la evaluación de la convivencia


TITULO V. Procedimientos especiales para el ingreso a la institución
Capitulo I Requisitos para la inscripción
Capitulo II. Proceso de matricula


TITULO VI. Reglamentación del uso de las instituciones escolares
Capitulo I. Sentido de pertenencia con la institución
Capitulo II. Uso adicional de las instalaciones escolares


TITULO VII. Estímulos, meritos y premios


TITULO VIII. Uso de la sala de informática, materiales deportivos y otros.
Constancia de aceptación.
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                                  INTRODUCCIÓN




El presente Manual de Convivencia está concebido como un instrumento que
orienta a cada estudiante hacia una convivencia más armónica, además de
facilitarle las herramientas éticas, tecnológicas y prepositivas para que en
colaboración con su familia, pueda formar su personalidad de hombre, mujer, con
criterios de autoestima, solidaridad, autenticidad y respeto.


De igual manera, pretende mejorar las relaciones mutuas entre los miembros de la
comunidad educativa a través de un pacto convivencial que permita comprometer
a cada uno de los estamentos en el cumplimiento de pautas mínimas de tolerancia
y convivencia dentro de la institución. De esta manera, los estudiantes serán
capaces de proyectarse en cada uno de los hogares vecinos y comunidad para
contribuir en la formación de una sociedad justa, pacífica y democrática.


Esta Manual de Convivencia e una herramienta valiosa y necesaria que facilitará a
la institución, para tomar decisiones en materia de comportamiento social,
señalando mecanismos para evaluar equitativamente situaciones de conflictos
personales o colectivas que se presenten entre los miembros de la comunidad con
base al diálogo y a la conciliación.
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                               PRELIMINARES


IDENTIFICACIÓN DEL PLANTEL
NOMBRE:                              Institución Educativa Distrital Comunitaria
                                     Los Laureles
LOCALIDAD:                           Sur-Oriente
DIRECCION                            Calle 37C No. 1H -10
BARRIO:                              Los Laureles I Etapa
TELEFONOS:                           3631264 – 3661100
CORREO ELECTRONICO:                  loslaureles@sedbarranquilla.gov.co
CIUDAD:                              Barranquilla
RECTOR:                              Nelly Esther Domínguez López
NIVELES DE ENSEÑANZA:                Pre-escolar (Transición)
                                     Básica (De 1º a 9º)
                                     Media Académica (10º y 11º)
SECTOR:                              Oficial
CARÁCTER:                            Mixto
JORNADAS:                            Matutina y Vespertina
CALENDARIO:                           A
HORARIOS:                                      De 6:45 a.m a 12:45 m y de 1:00
                                     p.m a 6:00 p.m
CAPACIDAD DE COBERTURA:              870 estudiantes
APROBACIÓN DE                        Nivel de Preescolar, Básica (Nivel Primaria
LOS ESTUDIOS:                        Secundaria) y Media Académica.
                                     Resolución No.001490 de Diciembre
                                     24 De 2004.
TITULO QUE EXPIDE:                   Bachiller Académico con
                                     Profundización en Ciencias Naturales
NIT:                                 8020044863
DANE:                                108001018421
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                            ACTA DE APROBACIÓN


                             CONSEJO DIRECTICO
                                  ACUERO No. 001


                “Por el cual se aprueba el Manual de Convivencia”


El Consejo Directivo de la Institución Educativa Distrital Comunitaria Los laureles,
de la ciudad de Barranquilla (Atlántico), en uso de sus funciones legales que le
confiere el artículo 23, literal C, del decreto 1860 de 1994 y en los artículos F3 y
8F de la Ley General de Educación y,




                                  CONSIDERANDO


PRIMERO: Que durante el año 2004 se llevó a cabo la re contextualización del
Manual de Convivencia de la Institución Educativa Distrital Comunitaria Los
Laureles, por    los representantes de los estamentos          de     la comunidad
educativa(Consejo    Directivo,    Directivos,   Docentes,   Padres    de   Familia,
Administrativos, Estudiantes y Exalumnos).


ARTICULO SEGUNDO: El presente Manual de Convivencia regirá a partir del día
26 de enero de 2009, el día de su promulgación y deroga todos los reglamentos y
manuales que le antecedieron.


Publíquese y Cúmplase:


Dado en Barranquilla, a los 19 de enero de 2009.
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_____________________                   _______________________
NELLY DOMINGUEZ LOPEZ                   REPRESENTANTE DE
RECTORA                                 DOCENTES




__________________________              __________________________
REPRESENTANTE DE DOCENTES               REPRESENTANDE DE
                                        PADRES DE FAMILIA


____________________________             ___________________________
REPRESENTANTE DE LOS                    REPRESENTANTE DEL
ESTUDIANTES                             SECTOR PRODUCTIVO
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                   RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCIÓN


El surgimiento de este sector, se inicia a finales de 1981, en la ciudad de
Barranquilla, por la Asociación para la Vivienda Popular, presidida por el señor
Carlos Escobar D’ Andreis, con el objetivo de desarrollar un programa de vivienda
de   autoconstrucción.       Esta   organización   comenzó   con   dos    proyectos
experimentales: Los Laureles 1ra Etapa y Los Laureles 2da.Etapa.


Posteriormente, se compró con aporte de los interesados, el lote propiedad de la
familia Márquez, que era parte de una finca llamada “La Severa”. Se procedió
entonces a realizar los estudios topográficos en el lote y hacer los diseños de las
viviendas con la participación de toda la comunidad.


En la parte financiera se busco crédito con el Instituto de Crédito Territorial,
subsidio que al recibirlo cada afiliado lo empleó para su vivienda. Así mismo, la
Fundación Alemana Miser, donó un dinero que permitió desarrollar el proyecto de
la bodega de materiales de construcción.


El barrio Los Laureles I Etapa se construyó con el esfuerzo y participación de
todos los vecinos y logró el acceso a los servicios públicos de manera legal, con el
apoyo y organización de la comunidad. Su nombre surgió espontáneamente entre
los moradores por la gran cantidad de árboles de Laurel que se sembraron
inicialmente en el sector.


Ya establecido el barrio Los Laureles como tal, nace el interés por la creación de
la Institución Distrital Comunitaria Los Laureles (Antes Centro Comunitario de
Educación Básica No. 184) para atender la necesidad del servicio de educación de
los niños del sector, ya que, la población adulta era atendida por el C.P.I. No. 09
pero en la jornada nocturna. Cabe resaltar, que el espacio compartido por ambas
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instituciones fue el utilizado inicialmente por la fábrica de materiales de
construcción.


El C.C.E.B. No. 184 inició sus labores en 1994 con 50 estudiantes en los niveles
de preescolar y primaria         bajo la orientación de cuatro        docentes: Nelly
Domínguez, Elvia De La Hoz, Omaira Charris y Claudia Cordero, destacando que
una de ellas, cumplía a la vez con las funciones de rectora.


Posteriormente, entre los años 1995 y 2001 se amplía considerablemente la
cobertura estudiantil a 450 estudiantes con la llegada de 12 docentes más, debido
a la convocatoria de la Secretaría de Educación para los concursos docentes en el
distrito de Barranquilla. Esta situación, permitió la estabilidad laboral de tres de las
cuatro fundadoras de la institución, con su nombramiento en propiedad. En el año
2000 se cierra el C.P.I. No. 09, que atendía la población adulta por políticas
educativas del orden nacional.


En el año 2002, se inicia la ampliación de la básica secundaria con la apertura de
6º y la llegada de tres docentes más, lo que acaba con el traslado de estudiantes,
quienes al terminar su básica primaria, debían ubicarse en otras instituciones
alejadas del sector, para continuar sus estudios. Posteriormente, en el año 2003 a
causa de la implementación de estrategias para captar estudiantes por parte del
personal de la institución y el apoyo de los padres de familia, se ofrece el servicio
educativo en los todos los grados de básica secundaria y en el año 2005 se
gradúan los primeros estudiantes de undécimo como “Bachilleres académicos con
profundización en ciencias naturales”.


Actualmente, la institución cuenta con una población de 870 estudiantes atendida
en dos jornadas en los niveles de preescolar, básica (Ciclo primaria y secundaria)
y media académica por un grupo de 26 docentes, un orientador escolar y tres
directivos docentes.
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                   RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCION


La Institución Distrital Comunitaria Los Laureles surge como respuesta a la
solicitud de la comunidad del barrio Los Laureles y sectores aledaños quienes no
contaban con un colegio de carácter oficial en el que pudiesen estudiar los niños y
jóvenes. Es así, como después de muchas gestiones ante la administración, se
logra que el Concejo Distrital mediante Acuerdo Nº 009 de marzo 10 de 1.994
oficialice el servicio Educativo con el nombre de CENTRO COMUNITARIO DE
EDUCACION BASICA DEL BARRIO LOS LAURELES, dando inicio a las labores
académicas en los niveles de educación preescolar y básica - ciclo primaria.


Posteriormente, la secretaria de educación distrital mediante la resolución Nº
00417 de Agosto 17 de 1994, hace cambio de nomenclatura en las escuelas
oficiales que prestan los servicios en el nivel de básica - ciclo primaria en el
Distrito de Barranquilla y la razón social es cambiada por CENTRO
COMUNITARIO DE EDUCACION BASICA No. 184.


En el año 2002, la institución inició la ampliación de la básica secundaria con la
aprobación de la resolución No. 0517 de marzo de 2002. Seguidamente,             la
secretaria de Educación expide la resolución 1810 del 4 de diciembre de 2003, por
la cual autoriza el cambio de nombre o razón social del CENTRO COMUNITARIO
DE EDUCACION BASICA No. 184 por el de INSTITUCIÓN DISTRITAL
COMUNITARIA LOS LAURELES.


Posteriormente, la secretaría de educación aprueba el proyecto de ampliación y
expide la resolución Nº 001813 del 5 de diciembre de 2003, por la cual se autoriza
como nueva razón social el nombre de INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA
LOS LAURELES,       con los niveles de educación preescolar, básica y media.
Modalidad académica en PROMOCIÓN SOCIAL,              de carácter mixto, jornada
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diurna y calendario A. Propiedad del Distrito de Barranquilla, bajo la dirección de la
especialista NELLY DOMINGUEZ LÓPEZ y con una población estudiantil de 750
estudiantes.


Actualmente, la licencia de funcionamiento por unificación No. 001490 del 24 de
diciembre de 2004 en los niveles de educación preescolar, básica primaria y
secundaria y media con profundización en ciencias naturales y media rige la
prestación del servicio educativo
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                                      MISIÓN
Somos una institución educativa de carácter oficial comunitaria que toma los
elementos de las ciencias, la tecnología, la estética y la ética para el desarrollo
integral del ser humano y su proyección socio-laboral a través del emprendimiento
micro-empresarial.




                                      VISIÓN


En el año 2014 la Institución Distrital Comunitaria los Laureles de Barranquilla será
reconocida en la sociedad por: su calidad en la prestación del servicio educativo,
el marco de la filosofía del mejoramiento continuo, la formación integral del ser
humano, el desarrollo de procesos académicos apoyados en la investigación y en
la mentalidad empresarial y, la proyección a la comunidad.
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            REFERENTES LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA


Está fundamentado en normas legales emanadas del legislativo como:
•   Constitución Política de Colombia de 1.991.
Artículos 11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,27,41,42,45,67,68,78,80,95.
•   Ley General de Educación No. 115 de 1.994
Artículos 1, 6,7, 91, 92, 93, 94 y 96
•   Decreto 2737 de 1.989 o Código del Menor
Artículos
1,2,3,4,7,10,11,12,13,25,28,30,31,32,83,235,272,311,312,313,314,315,319,316,31
7,318
•   Estatuto Docente – Decreto 2277 de 1979
•   Ley 18 de 1.981. Artículo 23 Y 25
•   Ley 30 de 1.986 y su decreto reglamentario 3788 de 1.986
•   Resolución 03353 de 1.993
•   Decreto 1860 reglamentario de la Ley 115 de 1.994. Artículo 17
•   Decreto 1108 de 1.994
•   Decreto 4210 de 1.996
•   Ley 715 de 2.001- Sistema General de Transferencias y Participaciones
•   Ley 734 de 2.002 – Régimen Disciplinario del Servidor Público
•   Decreto 0230 de 2.002 – Evaluación y Promoción
•   Decreto 3055 de 2.002 por medio del cual se modifica el artículo 9 del Decreto
    230 de 2.002
•   Decreto 1278 de 2.002 – Nuevo Estatuto de Profesionalización Docente
•   Decreto 1850 de 2.002 – Jornada Escolar y Laboral
•   Sentencias T569 – XII- 94, T316 -12-VII-94, T092- 311-94 de la Corte
    Constitucional.
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                 DEFINICIÓN, OBJETIVO Y PRINCIPIOS DEL
                          MANUAL DE CONVIVENCIA


DEFINICIÓN


El Manual de Convivencia es el documento que recoge las normas, criterios y
procedimientos que orientan las relaciones interpersonales de los miembros de la
institución educativa permitiendo una convivencia en armonía y paz.


OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA


A. Regular la participación en la vida escolar de los miembros de la comunidad
   educativa.
B. Proponer un modelo de comportamiento que fortalezca la vida en comunidad.
C. Propiciar la construcción de un ambiente de aprendizaje propicio para el
   fomento del mejoramiento en la calidad educativa institucional.
D. Fomentar valores, actitudes y hábitos que conduzcan al ejercicio de la
   autonomía responsable de los estudiantes.
E. Crear en la institución espacios democráticos en el que cada miembro de la
   comunidad educativa pueda ejercer sus derechos y cumplir con sus deberes.
F. Propiciar las condiciones para que los estudiantes orienten sus acciones hacia
   la búsqueda del crecimiento personal.


VALORES

Los valores que orientan el presente Manual de Convivencia son herramientas que
propician la reflexión sobre la participación en la vida de la institución para
convertirla en un lugar agradable para el aprendizaje. La institución asume los
doce valores propuestos por la Universidad Brahma Kumaris (ONG con estatus
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consultivo en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y UNICEF)
con el objetivo de promover los derechos humanos, poniendo énfasis en la
individualidad, la dignidad y la integridad de cada persona como miembro de la
comunidad educativa. Estos valores son: El amor, el respeto, tolerancia,
responsabilidad, honestidad, cooperación, unidad, paz, felicidad, libertad,
humildad y sencillez
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                                        TITULO I


                DE LOS DERECHOS, DE LA GARANTIA Y LOS
                              DEBERES Y PERFILES


                                       CAPITULO I
                DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES


Art. 1. SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES


a. Cumplir con las normas y leyes del estado colombiano, en particular cumplir
   con las disposiciones contempladas en este manual de convivencia, así como
   las circulares y orientaciones dadas por las directivas del colegio.


b. Respetar los símbolos patrios e institucionales así como defender sus valores
   étnicos, culturales y religiosos.


c. Usar un vocabulario respetuoso, culto, adecuado y trato cortes para con las
   compañeras, compañeros, profesores, superiores o cualquier miembro de la
   institución evitando toda palabra vulgar u ofensiva, chismes, calumnia,
   desobediencia y desacatado.


d. Tener un buen comportamiento en los descansos, evitando los juegos bruscos
   o violentos que atentan contra la integridad física de los compañeros y demás
   personas.


e. Permanecer dentro del salón de clases cuando falte el profesor y con ayuda
   del monitor aprovechar el tiempo libre.
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f. Es de carácter obligatorio el uso del uniforme de diario y educación física con
   pulcritud y decoro de acuerdo con el modelo establecido por el plantel para
   todas las actividades que lo exijan, dentro y fuera de la institución portando el
   carnet que lo identifique como estudiante d la institución.


g. Contribuir a la conversación, mejoramiento y embellecimiento de la planta
   física, equipos, muebles y demás bienes materiales de que disfrutan y
   benefician a la comunidad (responsable por nuestras acciones y pagar los
   daños o destrucción total causada o cualquier objeto de la institución como
   sillas, abanicos, baños, paredes, laboratorios, biblioteca, computadores, libros,
   instrumentos de educación física y material didáctico de la institución).
h. Recordar a los padres o acudientes poscompromisos adquiridos de participar
   activamente en las reuniones programadas acudiendo a las citaciones y
   recibiendo personalmente el boletín informativo.
i. Contribuir con la protección del medio ambiente, conservando la limpieza y el
   orden tanto en el aula como en los demás sitios de la institución.
j. Proveerse oportunamente de los útiles de trabajo, textos y materiales
   solicitados por INEDICOL apara el buen proceso de aprendizaje.
k. Dedicar todo el esfuerzo y consagración para alcanzar los logros académicos
   y su proyecto de vida por medio del desarrollo de un espíritu investigativo,
   crítico, científico y creativo.
l. Cumplir    con     todas    las   orientaciones   académicas,   tareas,     trabajos,
   investigaciones u otros medios que en forma racional establezcan los procesos
   de aprendizaje.
ll. Asumir con responsabilidad los resultados de sus procesos académicos y
   formativos, además, participar activamente en las acciones pedagógicas de
   recuperación y actividades complementarias cuando sea necesario y de
   acuerdo con la programación establecida por la institución.
m. Ser cuidadoso al usar el uniforme y los distintivos del plantel, para dar buena
   imagen de la institución.
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n. Denunciar oportunamente ante los docentes o directivos, cualquier falta que
     atente, en contra de la dignidad, el buen nombre y prestigio de la institución
     para no convertirse en cómplice de la misma.
ñ.    Respetar la libertad y el derecho que tienen todos los integrantes de la
comunidad educativa de expresar sus creencias religiosas y su fe.
o. Asistir puntualmente al colegio


Parágrafo 1. Los horarios de entrada y salida del colegio para los estudiantes son
los siguientes:


Pre-escolar. De 1:00 p.m. a 5:00 p.m.
Primaria. De 1:00 p.m. a 6:00 p.m.
Secundaria. De 6:45 a.m. a 12:45 p.m.


Parágrafo 2. Luego de realizar el régimen correctivo los estudiantes que persistan
en incumplir el horario de entrada del colegio, tendrán una suspensión.


p. No portar armas de ninguna clase.
q. Abstenerse de hurtar, hacer mal uso de las pertenencias de sus compañeros y
     docentes o tomarlas sin autorización.
r. Reafirmar diariamente, antes de llegar al colegio su compromiso personal de
     cumplir con lo estipulado en el manual de convivencia por convicción propia y
     no porque estuviera siendo observado de acuerdo al compromiso que adquirió,
     conjuntamente con su matricula.
s. No ingerir licor ni drogas estupefacientes que afecten la mente y el cuerpo.
t. No pertenecer a pandillas juveniles o verse involucrados con actividades de
     ellas.
u. No introducir al colegio licor, drogas prohibidas (psicotrópicas) o panfletos que
     denigren de la institución.
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v. No distribuir boletos, hojas, volantes, periódicos o revistas, etc. Sin autorización
   escrita de la coordinación o rectoría.
w. Tener en cuenta el conducto regular para solucionar cualquier problema
   (profesor, asesor de grupo, coordinador, rector, consejo académico, consejo
   directivo).


Parágrafo 3. Escándalos y peleas promovidas dentro o fuera del colegio pueden
conducir hasta cancelación de matricula a juicio del comité de convivencia.


x. Ser aseado y motilarse con frecuencia. Las niñas no deben lucir maquillaje,
   uñas pintadas, ni prendas de valor.


y. Abstenerse de salir del colegio, aún en horas de recreo, sin autorización escrita
   del rector y/o coordinador.


Art. 2. SON DERECHOS DEL ESTUDIANTE


a. El derecho a la vida y el derecho a la integridad personal para el desarrollo
   pleno de su dignidad (articulo 11 y 12 de la Constitución Política de Colombia).
b. Derecho a la Educación y a participar activamente en su formación integral.
c. Derecho a ser reconocido como centro del proceso educativo en el PEI.
d. Derecho a la libertad de conciencia y a la práctica de una confesión o culto
   religioso (Art. 18 y 19 C.P). Art. 52. Derecho al desarrollo pleno de su
   personalidad y el respeto al derecho de los demás más sin más limitación que
   las que impone el orden jurídico (Art. 16 C.P).
e. Derecho ala permanencia en el establecimiento educativa con excepción
   aquellos casos en que incurra en faltas disciplinarias y vulnere el derecho de
   los demás.
f. Derecho a participar en las acciones pedagógicas que favorezcan el desarrollo
   armónico y equilibrado de sus habilidades.
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g. Derecho al acceso a la cultura en condiciones de equidad, al logro del
   conocimiento científico y técnico, a la formación en valores éticos, morales,
   ciudadanos y religiosos.
h. Derecho a conocer el principio del año escolar, el programa de cada asignatura
   y los diferentes ejes temáticos, los logros e indicadores de logros a evaluar.
i. Derecho a ser escuchado cuando interponga un recurso ante una situación que
   él considere injusta (Art. 10 código del menor).
j. Derecho al descanso, esparcimiento, al juego y al deporte y a participar en la
   cultura y a las artes (Artículos 13 y 307 código del menor).
k. Derecho a representar a INEDICOL en todo tipo de evento de acuerdo con las
   normas reglamentarias de cada uno de ellos.
l. Derecho a participar en la elección y ser elegido en el gobierno escolar.
m. Derecho a conocer las exigencias y disciplinas de la institución y los acuerdos
   consignados en el manual de convivencia.
n. Derecho a disfrutar de un alimento sano y adecuado donde se facilite el
   desarrollo de sus actividades intelectuales socio-afectivas.
ñ. Derecho a conocer el resultado, correcciones y observaciones de sus trabajos
   orales en un término de ocho (8) días contados desde la fecha de presentación.
o. Derecho a tener una asistencia afectiva y efectiva, razonable de sus padres o
   acudientes en sus dificultades, problemas o necesidades.
p. Derecho a ser informado de las faltas de los reglamentos para su oportuna
   corrección.
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                                    CAPITULO II
             DEBERES Y DRECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA


Art. 3. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES


a. Asumir, respetar y defenderla filosofía dentro y fuera de la institución, los
   principios y las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia.
b. Asistir puntualmente a las reuniones programas por la institución o cuando se
   requiera su presencia.
c. Tratar con cortesía y buenos modales a todos los miembros que integran la
   comunidad educativa.
d. Entregar a la institución en el tiempo establecido los documentos requeridos
   para la reserva de cupo y el proceso de matricula de sus hijos.
e. Colaborar con la asistencia puntual de los estudiantes a las clases o
   actividades programadas por l a institución.
f. Enviar a su(s) hijo(s) bien presentado con el uniforme establecido.
   Proporcionar los implementos y recursos educativos requeridos.
g. Responsabilizarse por los daños causados por su(s) hijo(s) a las personas,
   planta física y enseres de la institución.
h. Cancelar los costos educativos, derechos de grado y fotocopias.
i. Notificar oportunamente a la institución del retiro voluntario de sus hijos o
   acudientes.
j. Participar activamente en las convivencias, charlas, talleres, actos culturales u
   otras actividades que la institución programe.
k. Utilizar y respetar los conductos regulares para la solución de los problemas
   académicos o de convivencia.


Art.4. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA


a. Conocer y respetar las normas establecidas en el Manual de Convivencia.
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b. Conocer el Proyecto Educativo Institucional.
c. Recibir asesoría por parte de los diversos estamentos que integran la
   institución, previa solicitud con el fin de contribuir en la formulación integral de
   sus hijos.
d. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas
   vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del plantel. Ser tratados con
   respeto y consideración por parte de los miembros de la comunidad educativa.
e. Participar en los procesos de planeación y evaluación institucional cuando sea
   convocado.
f. Participar, elegir y ser elegido como miembro del consejo directivo, junta
   directiva de la Asociación de Padres de Familia, miembro de dicho estamento o
   del consejo de padres (Art. 7 Ley 115).
g. Recibir información oportuna sobre horarios de atención a Padres de Familia,
   calendarios, cronogramas de las actividades programadas por la institución.
h. Recibir periódicamente los informes de procesos y logros de sus hijos.
i. Recibir información una vez por semestre de las actividades realizadas por la
   junta directiva de Asopadres y de los representantes de Padres de Familia del
   Consejo Directivo.
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                                   CAPITULO III
                  DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES


Art. 5. SON DERECHOS DE LOS DOCENTES los contemplados en la ley 715
del 2001 titulo 4 capitulo 2 articulo 34.


a. Participar de todo tipo de actividades académicas, cívicas. Cultural, deportiva,
   religiosa que programe la institución.
b. Utilizar y fomentar el buen uso del Manual de Convivencia.
c. Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa.
d. Obrar de acuerdo con el espíritu, la filosofía, la pedagogía y las políticas de la
   institución.
e. Cumplir con la jornada laboral y dedicar el tiempo requerido para el desempeño
   de las funciones propias de su cargo.
f. Velar por la convivencia pacifica del estudiante mediante el acompañamiento
   de todos los espacios de la institución como el aula, los pasillos, el patio,
   durante los descansos, los actos cívicos, las formaciones, etc.
g. Participar en la planeación y ejecución del desarrollo del PEI de acuerdo a los
   mecanismos que para ello se estipulen.
h. Cumplir con los procesos educativos planeados el en PEI.
i. Presentar proyectos, propuestas que puedan implementarse en la institución
   para el logro de los procesos de desarrollo.
j. Desarrollar con los estudiantes proyectos de vida.
k. Ser leal con la institución y fomentar el compañerismo entre los entes de la
   comunidad.
l. Informar a los educandos del resultado de las evaluaciones periódicas antes de
   pasarlas a las planillas, a fin de atender posibles reclamos.
ll. Preparar oportuna y continuamente las clases.
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Art. 6. SON DEBERES DE LOS DOCENTES los contemplados en la
Constitución Nacional títulos I, II, III, IV Ley General de Educación titulo VI,
capitulo 1, ley 715, titulo IV capitulo 10, articulo 33.


a. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizarse, ya sea,
   verbalmente en cartelera o por escrito.
b. Ser evaluado en justicia y equidad, teniendo en cuenta las disposiciones
   legales vigentes.
c. Ser en su vida e integridad física y moral por todos los miembros de la
   Comunidad Educativa.
d. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo y/o
   para el Consejo Académico y Comisión de Evaluación.
e. Conocer con la debida anticipación la programación y responsabilidad que le
   corresponda.
f. Ser apoyado por la institución en la organización realización de actividades
   escolares.
g. Participar con decoro en los eventos que se programen en otras instituciones
   en las cuales sean invitados.
h. Recibir un trato fraternal, amigable y respetuoso por parte de los compañeros y
   directivos docentes.
i. Ser respetado en su persona y ser reconocido por su labor docente.
j. Ser escuchado por sus directivos docentes en caos de ser acusado por padres
   de familias o por cualquier otro miembro de comunidad.
k. Estar libre de presiones que lesionen la ética profesional por parte del directivo
   docente y/o padre de familia.
l. Expresar sus apreciaciones a través del dialogo que posibilite el crecimiento de
   los educandos y la integración familia-institución.
m. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización, personalización que
   organicen la institución y/o la Secretaria de Educación.
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n. Actuar con autonomía y libertad en el quehacer educativo sin salirse de las
   políticas y filosofía de la institución.
o. Disponer del material didáctico necesario para un mejor desempeño
   académico.
p. Contar con los recursos adecuados y necesarios para un ambiente favorable al
   desarrollo intelectual y al trabajo investigativo.
q. Exoneración del 50% del pago de sus hijos en la institución.
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                                     CAPITULO IV
                  DEBERES Y DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS


Art. 7. SON DEBERES DE LOS DIRECTIVOS


a. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia.
b. Dirigir con responsabilidad, honestidad y talento la institución.
c. Promover la lealtad, la identidad y el desarrollo del Proyecto Educativo
   Institucional (PEI) Ley 115-94.
d. No imponer sanciones injustificadas que afecten el respeto a los valores, los
   derechos y la dignidad personal (Art. 319 C.M.).
e. Reconocer las deficiencias y limitaciones institucionales y desarrollar planes
   que permitan la superación de las mismas.
f. Estimular el dialogo, la democracia participativa y el gobierno escolar
   (Dec.1860-94).
g. Estimular y velar por el correcto comportamiento de los estudiantes, su
   permanente asistencia y evitar la deserción escolar e investigar sus causas
   (Art. 313 C.M.).


Art. 8. SON DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS


a. Que se les respeten sus decisiones tomadas democráticamente en la
   institución.
b. Recibir demostraciones del buen trato de todos los estamentos de la
   comunidad educativa.
c. Participar en los programas de capacitación y bienestar social, y gozar de los
   estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan. Solicitar y
   obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones
   legales pertinentes.
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d. Permanecer en el servicio y no ser discriminado o sancionado, sino de acuerdo
     con las normas y procedimientos que se establezcan en el decreto.


                                    CAPITULO V
       DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE
                             SERVICIOS GENERALES


Art. 9. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO


a. Ser informado oportunamente sobre calendarios, horarios, actividades y todo lo
     que sea de incumbencia.
b. Disfrutar de un ambiente sano y agradable que le permita desempeñar sus
     labores.
c. Gozar del respeto, del buen trato, del dialogo y de la estima de los miembros
     de la comunidad educativa.
d. Recibir oportunamente los implementos necesarios para el desempeño de su
     trabajo. Gozar de los estímulos que ofrece la institución cuando se haga
     acreedor de ellos.
e. Hacer uso de permisos según las disposiciones laborales vigentes.


Art. 10. DEBERES DEL PÈRSONAL ADMINISTRATIVO


a. Programar y organizar las actividades propias de su cargo.
b. Responder por los procesos legales de las matriculas.
c. Mantener actualizada u ordenada la documentación de los estudiantes,
     personal docente y directivo-docente.
d. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar certificados que le sean
     solicitados.
e. Elaborar las listas de los estudiantes para efectos docentes y administrativos.
f.    Atender al público en horario establecido.
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g. Cumplir con la jornada laboral.
h. Responder por el uso adecuado y seguridad de los equipos y materiales
   confiados a su manejo.


Art. 11. DEBERES DE LOS ASEADORES


a. Brindar un trato respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa.
b. Cumplir con la jornada legalmente establecida.
c. Realizar la limpieza en la institución.
d. Responder por el uso adecuado y seguridad de los equipos y materiales
   confiados a su manejo.
e. Informar cualquier novedad ocurrida en su campo o en los equipos a su
   cuidado.


Art. 12. DEBERES DE LOS VIGILANTES


a. El   celador dependerá en su sitio de trabajo del rector de la institución
   educativa al cual este asignado.
b. Velar por los bienes adscritos a la institución respondiendo por la guarda y
   existencia de todos los bienes pertenecientes al mismo, los cuales deberán ser
   entregados para su custodia debidamente inventariados por el Rector, sobre lo
   cual se firmarán un acta con copia para las partes.


Parágrafo 1: La responsabilidad sobre los bienes dados en inventario, comenzará
a partir del momento en que la institución quede bajo la responsabilidad del
celador. Además, colaborarán en la conservación y cuidado de los bienes de la
institución, evitando la salida sin autorización de los bienes dados a su
responsabilidad.
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c. Entregar aseado el patio a las 6:30 AM, lo mismo que la entrada principal de la
   institución.
d. Abrir el portón o puerta para facilitar la entrada al personal docente, directivo-
   docente, administrativo y estudiantes. Además, hará entrega de las llaves de la
   puerta principal al rector.


Parágrafo 2: Por la necesidad de la institución y en común acuerdo con el Rector,
el celador colaborará con la institución en el horario de 6:30 AM a 7:30 AM y de
1:30 PM a 2:30PM.


e. Guardar respeto al director de acuerdo a sus funciones.


Art. 13. PERFL DEL ESTUDIANTE


1. Gestor permanente de su excelencia académica: En un ser comprometido
   con su formación integral, autónomo, puntual, con alto sentido de
   responsabilidad con sus compromisos académicos y convivenciales, facilitador
   de sus procesos de aprendizaje y potenciador activo en el desarrollo de sus
   pensamientos, habilidades y valores.


2. Espíritu investigativo: Desarrolla un espíritu científico haciendo uso de la
   investigación y teniendo como herramienta principal la naturaleza y la
   creatividad para llegar a descubrir la verdad de las cosas. Propone un
   conocimiento fertilizado en la búsqueda permanente. Observa, descubre,
   pregunta, analiza, considera y estudia las ideas de los otros.


3. Ambientalista: Capaz de ejecutar acciones que permitan crear una cultura
   ambiental a través de la promoción de campañas de sensibilización
   (vacunación, arborización, manejo de basuras, reciclaje, uso racional de
   recursos naturales y disminución de los niveles de contaminación, etc.) sobre
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   el presente y el futuro de nuestro medio ambiente. Muestra una actitud
   permanente por mejorar los problemas ambientales de su entorno y su
   influencia en la calidad de vida de los seres vivos y la comunidad general.


4. Trabajo en equipo: Participa en la transformación de la vida individual y
   colectiva. Coloca sus intereses al servicio del grupo escolar, social y familiar.
   Cultiva la participación fundada en el reconocimiento del otro.


5. Democrático: Capaz de expresar sus ideas y respetar la opinión de las demás
   personas. Toma decisiones libres y autónomas al participar de las diferentes
   manifestaciones de la democracia. Promueve el respeto de los derechos y el
   cumplimiento de los deberes de los diversos estamentos de la comunidad
   educativa.


6. Amante de los deportes, las artes y la tecnología: Capaz de hacer buen uso
   de su tiempo libre. Cultiva el buen gusto por las manifestaciones de las artes y
   la cultura. Emplea racionalmente las diferentes herramientas tecnológicas que
   el medio le ofrece.


7. Gestor de valores: Comprometido con la práctica de los instrumentales, tale
   como: el amor, el respeto, la solidaridad, la alegría, el orden, la tolerancia, la
   solidaridad, la responsabilidad y la justicia para promover el desarrollo de la
   comunidad y la sana convivencia.


8. Manejo de relaciones Interpersonales: Es respetuoso y tolerante de las
   diferencias individuales de las opiniones de los demás. Comparte y socializa
   sus sentimientos, emociones y experiencias.
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9. Partidario de la resolución pacífica de conflictos: Identifica el conflicto
   como un componente de las relaciones sociales. Asume productiva y
   constructivamente el conflicto para buscar soluciones pacíficas. Llega a
   acuerdos a través del diálogo rechazando todo tipo de violencia. Es un
   mediador de conflictos. Emplea el diálogo, los conductos regulares, la
   concertación y el respeto para elevar los niveles de sana convivencia en su
   entorno.


10. Sentido de pertenencia: Capaz de identificarse con la filosofía y símbolos
   institucionales valorando los bienes físicos y el sentir de los miembros de la
   comunidad.


11. Creativo: Capaz de manejar su iniciativa y su inventiva para traducirlas en
   acciones concretas que permitan construir un proyecto de vida sano y feliz en
   el que el bienestar colectivo se beneficie de él. Explora, recrea y transforma la
   realidad.


12. Autónomo: Se compromete en la construcción de su propia identidad.
   Conoce su origen y valora su propia historia de vida. Cuida su integridad
   personal. Comprende e interioriza normas universales con validez por encima
   de las partes en conflictos y actúa en consecuencias con ellas.


13. Líder comunitario: Orienta procesos o actividades comunitarias encaminadas
   a favorecer el desarrollo y la calidad de vida en su medio. Propicia espacios
   democráticos y gestiona proyectos que benefician a su sector, ante organismos
   que permitan su operatividad. Es dinámico, participativo, solidario, sensible y
   amante del trabajo grupal. Se compromete con el proyecto común al cual
   aporta desde su proyecto personal.
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14. Competente: Aplica los conocimientos adquiridos en las diferentes áreas del
   saber, desarrolla sus habilidades y lleva a la práctica sus valores para tener un
   buen desempeño escolar, familiar, social y laboral.


Art. 14. PERFIL DEL DOCENTE


1. Mantiene una actitud de búsqueda de la verdad y la autenticidad: El amar
   la verdad le permite reflexionar y analizar críticamente su quehacer de
   educador.


2. Justo y misericordioso: El criterio de la justicia humana le permite dar a cada
   uno según sus merecidos y el criterio de la misericordia lo impulsa a dar según
   las necesidades del otro.


3. Comprometido y esperanzado: Es una persona que comparte sentimientos
   con los estudiantes y participa en sus actividades.


4. Servidor de los demás: La vocación de servicio se transluce en la sencillez, la
   afabilidad, la alegría y la ternura en la convivencia diaria.


5. Paciente y esperanzado: Es el partidario fiel del sueño de cada niño o joven
   que se encuentra bajo su tutela o guía esperando con paciencia el desarrollo
   de los ciclos naturales presentes en cada uno de sus procesos de aprendizaje.


6. Capaz de insertarse en la realidad cultural de hoy: Entra en un diálogo
   profundo con la cultura para tratar de comprender y aceptar el riesgo de los
   cambios sociales.
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7. Capaz de establecer relaciones interpersonales: Programa un proceso de
   educación sociopolítica al cambio y al sentido de solidaridad.


8. Consciente de la tarea educativa: Adquiere una competencia pedagógica
   para actuar con metodología activa, creativa, personalizada y dinámica.


9. Crítico del ejercicio de su propia personalidad: Se auto-educa con el
   estudiante y, por tanto, es un modelo con el que el niño o joven puede
   identificarse y adquirir seguridad.


10. Capaz de atender la diversidad: Respeta el pluralismo cultural y da una
   respuesta educativa que tenga en cuenta la diversidad            de capacidades,
   intereses y motivaciones a cada estudiante.


11. En proceso de formación permanente: Busca una formación completa y
   armónica del aspecto intelectual y afectivo, así como del ético-social y la
   continua transformación de sus actitudes. Emplea la auto-evaluación para
   potenciar su propia autonomía, responsabilidad y capacidad de emitir juicios y
   criterios positivos.


Art. 15. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA


1. Buen comunicador: Capaz de comunicarse en forma clara, amorosa y
   respetuosa, de tal manera que su vínculo se fortalezca y genere una armónica
   convivencia escolar y familiar.


2. Promotor de la resolución pacífica de conflictos: Capaz de propiciar la
   equidad entre los miembros de la comunidad familiar y la toma de decisiones
   producto de la concertación.
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3. Testimonio de la democracia: Capaz de facilitar el ejercicio democrático de la
   autoridad en la familia de hoy a través del amor, la solidaridad, el servicio, la
   ternura y el sano intercambio afectivo.


4. Defensor de los derechos de los niños y niñas: Capaz de proteger a la
   infancia de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones mejorando sus
   condiciones y brindando la posibilidad de desarrollarse en forma integral.


5. Líder en el desarrollo humano de sus hijos: Capaz de instrumentalizar
   manifestaciones afectivas en la familia como elemento clave para el cuidado y
   desarrollo de la vida, así como de ciudadanos sensibles y comprometidos con
   su desarrollo personal y social.


6. Motivador de la construcción del proyecto de comunidad familiar: Capaz
   de fortalecer entre los participantes la puesta en marcha de un proyecto de
   comunidad familiar clarificado y vivido con entusiasmo y compromiso.


7. Colaborador en el éxito escolar: Capaz de brindar las condiciones
   necesarias en la adquisición de herramientas que faciliten el mejoramiento
   continuo de autorrealización y desarrollo de las potencialidades de sus hijos.
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                                    TITULO II


       EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÒN INSTITUCIONAL


                                   CAPITULO I
                    ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR


Art. 16. EL GOBIERNO ESCOLAR ESTA CONSTITUIDO POR EL RECTOR,
CONSEJO DIRECTIVO Y EL CONSEJO ACADÉMICO.


El consejo directivo: se encargará de la orientación académica y administrativa
del colegio.


El consejo académico: como instancia superior para participar en la orientación
pedagógica del establecimiento.


El rector: como representante del establecimiento ante las autoridades educativas
y se encargará de ejecutar las ediciones del gobierno escolar.
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                                    CAPITULO II
                 ELECCION Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS
                             DEL GOBIERNO ESCOLAR


Art. 17. Los representantes en los órganos colegiales serán elegidos para
periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean
reemplazados. en caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del
periodo.


Art. 18. Se convocará a elección de los integrantes del consejo de gobierno, al
mes y quince días de haberse iniciado al año escolar.


Art. 19. El consejo directivo estará integrado por:


•   El rector quien lo convoca y preside.
•   Dos representantes del personal docente, elegidos democráticamente.
•   Dos representantes de los padres de familia, elegidos por la junta directiva de
    la Asociación de padres de familia.
•   Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de entre los
    alumnos que se encuentren cursando 11º.
•   Un representante de los exalumnos elegido por el consejo directivo de tema
    recibido por el mismo.
•   Un representante del sector productivo escogido por el consejo directivo.


Art. 20. SON FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO:


a. Analizar y tomar decisiones que permitan el buen funcionamiento del colegio,
    sin entrar en competencia con las responsabilidades y resoluciones de la
    Rectoría del Plantel.
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b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre
     docentes, administrativos, padres de familia y alumnos del establecimiento,
     teniendo en cuenta los procedimientos del presenta manual.


c. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución.


d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa,
     cuando alguno de sus integrantes se sienta lesionado.


e. Aprobar el plan anual de capacitación académica del personal docente
     presentado por el Rector.


f.    Participar el la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional
     (P.E.I.) del currículo y del plan de estudios y someterlo a la aprobación de la
     Secretaria de educación del Municipio de Soledad y/o Departamental.


g. Estimular y contribuir al buen funcionamiento del colegio.


h. Participar en la evaluación de docentes, directivos docentes y personal
     administrativo del plantel.


i. Recomendar criterios y programas de actividades comunitarias, culturales,
     deportivas y recreativas.


j. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras
     instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles.


k. Darse su propio reglamento.
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Art. 21. EL CONSEJO ACADÉMICO ESTARÁ INTEGRADO POR:


•   Rector.
•   Directivos docentes
•   Docentes por cada área
•   Sico orientador


Art. 22. SON FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:


a. Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión, implementación
    y evaluación del P.E.I.
b. Estudiar el currículo y propiciar          su mejoramiento introduciendo las
    modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el
    decreto 1860-94.
c. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución.
d. Participar el evaluación institucional anual.
e. Integrar los consejos de Docentes para evaluar periódicamente el rendimiento
    de los estudiantes y la promoción respectiva.
f. Recibir y decidir y reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa.
g. Las demás funciones que la asigne el Consejo Directivo el rector y las
    atribuidas en el P.E.I.


Art. 23. SON FUNCIONES DEL RECTOR:


a. Orientar la ejecución el proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones
    desgobierno escolar.
b. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno
    aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto.
c. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación
    en el establecimiento.
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d. Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas y con la
     comunidad local, para el continuo progreso de la institución y el mejoramiento
     de la vida comunitaria.
e. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la
     comunidad educativa.
f. Orientar el proceso educativo con la asistencia de Consejo Académico.
g. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el
     Manual de Convivencia.
h. Identificar las nuevas tendencias educativas, para canalizar a favor del
     mejoramiento del proyecto educativo institucional.
i. Promover actividades de beneficio social que vinculen e el establecimiento con
     la comunidad local.
j. Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del estado, atinentes a la
     presentación del servicio educativo, y
k. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que atribuya
     el proceso educativo institucional.


Art. 24. CRITERIOS DE ELECCION PARA ESTUDIANTES ASPIRANTES A
ORGANISMOS DE DECISION O DE REPRESENTACION DEL GOBIERNO
ESCOLAR


Para la designación o elección de los estudiantes que harán parte del Consejo
Directivo, Consejo de Estudiantes o Personería reseguirán los siguientes criterios:
a. Actitudes y valores: lealtad, honestidad, respeto.
b. Disponibilidad para el servicio.
c. Tiempo de vinculación a la Institución: dos años mínimos.
d. Tener excelente convivencia
e.    Buen rendimiento académico y demostrar interés por la investigación y
     desarrollo e proyectos.
f. Actitud de liderazgo y sentido de pertenencia a la institución.
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g. Calidad en las relaciones interpersonales.


Art. 25. PRODEDIMIENTOS PARA ELECCION.


Los estudiantes que aspiran a ocupar cargos en los organismos de decisión y
representación en el gobierno escolar, además de poseer las características
anteriores deben presentar al docente coordinador del Consejo Estudiantil los
siguientes documentos:


a. Hoja de vida: nombres y apellidos completos, grado que cursa edad y años de
    permanencia en la institución.
b. Carta de solicitud como aspirante a partir en determinado organismo.


Parágrafo 1: Esta documentación será analizada por el consejo de profesores con
el fin de aceptar los que sean considerados idóneos para ocupar dicho cargo.
Quienes sean aceptados deben presentar:


•   Original de su plan de gobierno o proyecto a realizar.
•   Si aspira a la personería una foto tamaño cedula 3x3.


Art. 26. El personero de los estudiantes será un estudiante de 11º con un alto
perfil académico y convivencial que resulte elegido por todos los estudiantes de la
institución.


Art. 27. El personero será elegido durante los treinta días siguientes al inicio del
año lectivo.


Art. 28. El ejercicio del cargo de personero escolar es incompatible con el
representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
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Art. 29. El personero tendrá las siguientes funciones.


a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes del estudiante para lo
   cual podrá utilizar los medios comunicación interna del colegio, pedir la
   colaboración del consejo estudiantil, organizar foros u otras formas de
   participación y de liberación.
b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre
   elecciones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la
   comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos.
c. Presentar ante el rector, o los coordinadores, según sus competencias, las
   solicitudes de oficio, o a petición de las partes que consideren necesarias para
   proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus
   deberes, y
d. Cuando los considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las
   decisiones del rector respecto a las peticiones presentada por su intermedio.


Art. 30. El consejo estudiantil estará formado por una representante de cada
curso a partir del tercer grado (3º).


Art. 31. Los alumnos de pre-escolar y los tres primeros grados en asamblea
conjunta elegirá un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado.


Art. 32. Son funciones del consejo estudiantil:


a. Darse su propia organización interna.
b. Elegir el representante ante el Consejo Directivo.
c. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas
   sobre desarrollo de la vida estudiantil.
d. Vigilar el cumplimiento de las normas del manual de convivencia y
e. Presentar proyectos que beneficien en el desarrollo institucional.
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Art. 33. SON FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES:


a. Impulsar la educación e integración de la comunidad educativa.
b. Establecer lazos de cooperación y comprensión con los educadores.
c. Desarrollar actividades que permitan elevar el nivel cultural y social de la
   comunidad educativa.
d. Vigilar que las normas establecidas en la Constitución ley del menor, ley
   general de educación y Manual de Convivencia se cumplan en forma correcta.
e. Realizar convenios del orden Municipal, departamental, regional, nacional e
   internacional que beneficien la calidad de vida de los estudiantes.
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                                     TITULO III


        PROCESO DE FORMACION PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL


                                   CAPITULO I
            DE LAS FALTAS FRENTE A LA CONVIVENCIA SOCIAL


Art. 34. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES:


a. La impuntualidad y la inasistencia a los actos de la institución sin causa
   justificada (Art. 314 del Código del Menor).
b. No informar oportunamente a los padres de familia y/o acudiente de las
   reuniones en las que se requiera su presencia.
c. El uso inadecuado del uniforme, falta de aseo y desinterés en el arreglo
   personal (incumpliendo de los deberes referentes a la presentación Personal)
d. No colaborar con el mantenimiento del aseo del aula o de la planta física.
e. Realizar durante las clases y actos culturales asuntos diferentes a los que
   corresponden a cada caso.
f. Perder tiempo o hacerlo perder a las compañeras y profesores obstaculizando
   el desarrollo pedagógico.
g. Ingerir alimentos en el salón de clases y otros sitios que no estén destinados
   para ello.
h. Llegar tarde a los salones de clases.
i. Comer chicle dentro de la institución.
j. Perturbar el silencio durante el proceso de Investigación personal
k. No respetar los turnos en las Hileras de la tienda escolar.
l. Perturbar con habladuría o actos de indisciplina las clases o eventos realizados
   en comunidad.
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m. No devolver lo desprendibles, notas, citaciones firmadas por padre de Familia o
   acudiente.
n. Las manifestaciones en contra de la preservación del medio ambiente: arrojar
   basura fuera de los recipientes destinados para tal fin y el desplazamiento
   sobre las zonas verdes de la Institución.
o. Adelantar o prolongar las vacaciones sin previa autorización de las directivas,
   especialmente los festivos.
p. Permanecer en los salones de clases, kiosco y corredores durante los
   descansos y sin autorización del Coordinador de Grupo o Coordinador de
   Convivencia.
q. Comprar en la tienda escolar en los intercambios de clases.
r. Desplazarse a cualquier dependencia de la institución con gritos, carreras o
   desordenes.
s. Mantener una postura corporal inadecuada.
t. Traer el uniforme que no corresponde al horario de clases o actos de la
   institución.
u. Vestir el uniforme incorrectamente, usar la camisa por fuera del pantalón, no
   llevarlo limpio y usar camisetas de color debajo de la camiseta del uniforme.
v. Usar esmaltes fuertes o de color escandaloso, prendas o bisutería que no
   contrasten con el uniforme y que suelen usarse con ropa de calle.
w. Usar tintes para cabello de colores escandalosos o fuertes.
x. Salir del aula sin autorización en cambios de hora. Y las que a juicio de la
   coordinadora y comité de convivencia consideren.
y. Descuido en la utilización de servicios sanitarios.
z. Abandonar puestos designados sin ninguna autorización.
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Art. 35. FALTAS GRAVE:


a. la reincidencia en las faltas leves se considera como falta grave, teniendo en
   cuenta los siguientes parámetros: el incurrir en tres diferentes faltas leves y
   hasta tres en la misma falta leve
b. asumir una actitud irrespetuosa ante las observaciones y correctivos que se le
   hagan para su formación.
c. Causar daño a la planta física, pupitres, tableros, muebles, enceres, equipos,
   materiales didácticos libros de biblioteca o de propiedad ajena.
d. Visitar sitios públicos como heladerías, bares, salas de cine, entre otros
   llevando cualquiera de los uniformes
e. Ausentarse de las clases o del Colegio sin autorización.
f. Mostrar reincidencia en el desacato a normas y órdenes que se imparten en la
   institución.
g. Utilizar en forma verbal o escrita, palabras, apodos o frases que lesiones la
   honorabilidad y dignidad de las personas de la institución.
h. Usar un vocabulario vulgar, inadecuado e irrespetuoso y un trato descortés,
   gestos y desplantes hacia las compañeras, profesores, personal administrativo
   y operativo.
i. Confabularse con otras compañeras para desestabilizar la unidad del grupo y
   para sabotear las clases; burlarse de las personas e inhibir a las compañeras.
j. Presentarse al Colegio en estado de embriagues o bajo efecto de las drogas
   alucinógenas o psicoactivos.
k. Traer al Colegio revistas o material pornográfico, juegos de suerte, azar o
   hechicería.
l. Participar en hechos relacionados con el hurto calificado, abusos, secuestros,
   vicariato, amenaza o intimidación, sustancias alucinógenas, licor, cigarrillo o
   cualquier tipo de vicio o conducta inmoral dentro o fuera de la institución.
m. Ejecutar o inducir a otras personas a cometer actos relacionados con el
   numeral anterior.
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n. El encubrimiento de las faltas de las compañeras y la falta de honradez en su
     comportamiento.
o. Incumplir las sanciones que le fuesen impuestas por cualquier miembro de la
     Comunidad Educativa autorizado.
p. Agredir o amenazar de hecho o de palabra a un superior, a una compañera o a
     cualquier otra persona vinculada a la institución.
q. Realizar rifas o ventas a titulo personal o de grupo sin la debida autorización.
r. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducir a practicas abusivas,
     denigrantes, deshonradas dentro de la institución, atentar o infundir
     negativamente en la conducta sexual.
s. Protagonizar riñas o escándalos que atenten en contra de buen nombre de la
     institución.
t. Salir de su casa con el uniforme hacia la institución y dirigirse a otros lugares,
     haciendo creer a sus padres la permanencia en el colegio.
u. Portar arma blanca y/o de fuego.
v. Ingresar, consumir o incitar consumo de sustancias psicoactivas, ansiolíticas,
     psicodélicas o estimulantes o depresores del S.N.C. (Bazuco, marihuana,
     cocaína, éxtasis).
w. Hurto comprobado a compañero, docentes o al bien institucional.


Art. 36. FALTAS CONTRA LO ACADÉMICO:


a. La inasistencia a las actividades de nivelación, refuerzo, recuperación,
     profundización y extracurriculares programadas por la institución.
b. Suplantar la firma y/o representación del padre de familia o acudiente para
     evitar la sanción en casa.
c. Cometer fraude en las evaluaciones y presentación de trabajos.
d. Alterar cualquier libro o documento del Colegio.
e. No cumplimiento de sus compromisos académicos.
f.    No entregar las citaciones a los padres o acudientes.
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g. Inasistencia permanente a las actividades académicas.
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                                    CAPITULO III
              PROCESO DE SEGUIMIENTO FORMATIVO FRENTE
                            AL ORDEN CONVIVENCIAL


Teniendo en cuenta la necesidad de realizar un seguimiento en el proceso de
formación de los estudiantes, es indispensable dejar constancia escrita de cada
una de las etapas del proceso.


Art. 37. PARA LAS FALTAS LEVES


a. Comisión de la falta: Amonestación verbal
b. Reincidencia en la misma falta o similar: Amonestación por escrito
c. Tercera comisión de la falta o similar: Anotación en el observador y
    comunicación al padre de familia
d. Cuarta reincidencia de la falta o similar: Valoración insuficiente de convivencia
    por la reincidencia en la falta y comunicación al padre de familia o acudiente.


Art. 38. PARA LAS FALTAS GRAVES


a. Demostración de la comisión de falta: Amonestación escrita, citación a los
    padres o acudientes y valoración insuficiente en la convivencia
b. Reincidencia en la falta o similar: Trabajo comunitario o Suspensión temporal
    por tres (3) o cinco (5) días hábiles según la gravedad del caso.


Parágrafo 1: Las faltas serán estudiadas por el comité de convivencia y éste
pasará las actas e informes al         rector recomendando la aplicación de las
sanciones antes expuestas o la suspensión de labores académicas o el
condicionamiento de la matricula o la cancelación de la misma según la gravedad,
reincidencias y voluntad expresada por el faltante. El rector tomará la decisión
final.
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Parágrafo 2: Se considera causales de la cancelación de la matrícula, las
siguientes: Las faltas serán estudiadas por el comité de convivencia y éste pasará
las actas e informes al rector recomendando la aplicación de las sanciones antes
expuestas o la suspensión de labores académicas o el condicionamiento de la
matricula o la cancelación de la misma según la gravedad, reincidencias y
voluntad expresada por el faltante. El rector tomará la decisión final.


Se exponen solamente, en este documento las causales de la cancelación de la
matrícula, cuales son:


a. Comisión de faltas graves. (Contra la moral, la integridad personal, la violación
   de las normas constitucionales, legales o de la institución)
b. Tráfico o consumo de licor, drogas que afecten negativamente la mente y el
   cuerpo (Alucinógenos, psicoactivos, estupefacientes)
c. El hurto reincidente y agravado de bienes de la institución o miembros de la
   comunidad educativa.
d. La violación y el acoso sexual premeditado.
e. Demostrar que pertenecen a grupos delincuenciales.
f. El porte, comercialización y uso de armas.
g. La actitud constante de irrespeto a los derechos de los compañeros y personal
   de la Institución.
h. Causar daños a la instalaciones del colegio


Parágrafo 3: Se afecta la permanencia en el establecimiento educativo, cuando el
estudiante repruebe por dos años consecutivos, cuando incumpla con las normas
pactadas en el Manual de Convivencia de la institución y afecte el proceso
académico del grupo, como está establecido en el Art. 96 de la Ley General de
Educación: “ARTÍCULO 96. PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO
EDUCATIVO. El reglamento interno de la institución educativa establecerá las
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condiciones de permanencia del alumno en el plantel y el procedimiento en caso
de exclusión. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte
del alumno, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no
esté asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento
institucional o manual de convivencia”. Sentencia c-555 de 1994 de la Corte
Constitucional.


Art. 39. TENIENDO EN CUENTA LA VALORACIÓN ES INTEGRAL, SE
“VALORA” EL COMPORTAMIENTO ESCOLAR EN LA SIGUIENTE ESCALA:


a. Excelente: Estudiante con un comportamiento excelente en los aspectos de
   orden académico, disciplinario, comunitario social de acuerdo a los parámetros
   de este Manual de Convivencia.


b. Sobresaliente: El estudiante sobresale positivamente en los aspectos de
   orden académico, disciplinario, comunitario en forma permanente de acuerdo a
   este reglamento.


c. Aceptable: Estudiante que presente actitud negativa ante un determinado
   aspecto de orden académico, disciplinario comentario de manera inconstante
   de acuerdo en este Manual de Convivencia.


d. Insuficiente:        El   estudiante   incumple   aspectos   comportamentales
   contemplados en este Manual de Convivencia y, a pesar de haber sido a
   amonestado reincide con el quebrantamiento de los compromisos adquiridos
   en la institución.
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                                   CAPITULO IV
            RÉGIMEN CORRECTIVO DE SANCIONES Y DERECHO
                                 A LA DEFENSA


Art. 40. SE CONSIDERA COMO RÉGIMEN CORRECTIVOS DE LAS
SANCIONES LAS SIGUIENTES:


a. Ilustrar, capacitar y hacer conscientes a los alumnos de las normas del
   presente manual.
b. Reconocer y superar la falta cometida.
c. Ofrecer asesoría y orientación escolar, familiar y comunitaria.
d. Hacer seguimiento del caso con el alumno y la familia.
e. Realizar y sugerir tratamientos terapéuticos de carácter psicoafectivos,
   sociales, ocupacionales y correccionales.
f. Buscar ayuda especializada en los organismos del Estado.


Art. 41. SE CONSIDERAN COMO DERECHO A LA DEFENSA LOS
SIGUIENTES:


a. Se respetarán sus garantías constitucionales y procesales (Art. 163 C.M.) (Art.
   29 C.R.C.).
b. Ser escuchados en el cargo de las faltas que se imputan y presentar las
   pruebas correspondientes.
c. Acudir al personero estudiantil, al consejo estudiantil, al consejo académico o
   al consejo directivo.
d. Asistir con sus padres de familia, acudiente o representante legal al colegio.
e. Acudir a las autoridades, Civiles o Militares cuando considere que sus
   derechos han sido vulnerados.
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                                     TITULO IV


           PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN
                                DE ESTUDIANTES


                                     CAPITULO I
                CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE
                          EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN


Art. 42. EL SOMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESTA INTEGRADO POR:


•   La rectora os u delegado, quien la convoca y preside.
•   Un número de hasta tres docentes para cada grado.
•   Un representante de los Padres de Familia por grado, que no sea docente de
    la institución.


Art. 43. SON FUNCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN LAS
SIGUIENTES:


a. Estudiar cada uno de los casos presentados al comité con el fin de analizar los
    casos persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de los
    logros.
b. Planear las diferentes actividades pedagógicas complementarias y necesarias
    para superar las deficiencias.
c. Definir los casos de no promoción.
d. Analizar casos de los educandos con desempeño excepcionalmente altos para
    recomendar actitudes especiales de motivación o promoción anticipada.
e. Hacer seguimiento a las propuestas hechas tanto a educandos como a
    docentes.
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Art. 44. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS
ESTUDIANTES


•   Evaluación de los Estudiantes:


Los 4 informes parciales y el final de valoración darán cuenta de los procesos de
avances de los estudiantes, donde se evidencien fortalezas y debilidad, mediante
una escala dad en los siguientes términos:


Un estudiante alcanza EL NIVEL EXCELENTE, cuando la meta de formación
propuesta para cada proceso supera el 90% de lo exigido en cada uno de ellos, es
decir, alcanza el máximo nivel en el proceso de formación.


Un estudiante alcanza EL NIVEL SOBRESALIENTE, cuando demuestra primer
nivel de desarrollo entre un 80% y un 90% de lo exigido. Es decir, que presenta un
buen desempeño en el fortalecimiento de sus facultades y acciones.


Un estudiante alcanza EL NIVEL ACEPTABLE, cuando demuestra un nivel de
desarrollo mínimo esperado. Es decir, cuando alcanza un 60% en adelante.
Un estudiante se ubica en EL NIVEL INSUFICIENTE, cuando no alcanza el nivel
requerido durante el tiempo estipulado para el proceso de formación.


Un estudiante se ubica en EL NIVEL DEFICIENTE, cuando no presente ningún
tipo de avance e el proceso de formación exigido.


El evaluar los procesos de formación se tendrán en cuenta el DESARROLLO DE
LAS    DIMENSIONES       COGNITIVAS,     COMUNICATIVAS,        AXIOLOGICAS      Y
PROCEDIMENTALES.
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•   Promoción de los Estudiantes:


La institución debe garantizar un mínimo de promoción del 95% de los estudiantes
que finalizan el año escolar. La comisión de evaluación y promoción será la
encargada de determinar cuales estudiantes deben reiniciar el grado.


Art. 45. Los estudiantes no serán promovidos al grado superior al cursado
por los siguientes aspectos:


•   Según normas establecidas en la Ley 115 de 1994 y sus decretos
    reglamentarios.
•   Por el bajo rendimiento académico.
•   Por el análisis y decisión del comité académico de evaluación y promoción.
•   Cuando al terminar el año escolar presenta una valoración insuficiencia o
    deficiencia en 3 o más áreas.
•   Obtener valoración final insuficiente o deficiente en matemáticas y español,
    durante dos años consecutivos (Dec. 230).


Art. 46. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONVIVENCIA


La valoración de la "CONVIVENCIA" en cada período académico se hará teniendo
en cuenta el "Reconocimiento" de sus derechos, el "Respeto" a los deberes y la
"Responsabilidad" en asumir las consecuencias de las alteraciones de la dinámica
personal, institucional y comunitaria, con una Escala valorativa de "E" (excelente),
"S" (Sobresaliente), “A” (Aceptable), “I” (Insuficiente) y “D” (Deficiente) según que
el estudiante haya requerido de estrategias de mejoramiento personales con las
que muestre avances en la abstención de comportamientos inadecuados. Así, el
número de Remisiones Escritas, serán el criterio de valoración.
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Dicho proceso de valoración en la convivencial, será mediado por el asesor de
grupo, a través de la autoevaluación, la coevaluación y la evaluación, quedando
registrado por escrito junto a todos los eventos del comportamiento social, en el
"Observador del Estudiante", en las Hojas de Seguimiento dispuestas para ello.


Los comportamientos inadecuados se registran en una ficha llamada “REMISION
ESCRITA”, haciendo antes de ésta llamado de atención preventivo. Por cada tres
Remisiones Escritas, el estudiante deberá asistir al Comité de Convivencia, para
la oficialización de la Estrategia de Mejoramiento y la elaboración de talleres
pedagógicos formativos, requisito totalmente obligatorio, para continuar en las
actividades escolares posteriores. Así mismo, la valoración de la convivencia, de
acuerdo al número de Remisiones Escritas en cada período, será: Cero
Remisiones,”Excelente”; hasta dos Remisiones, “Sobresaliente”; hasta cuatro
Remisiones, “Aceptable”; hasta seis Remisiones, “Insuficiente”; y más de seis
Remisiones               Escritas,                valoración            “Deficiente”.
En el Observador del Estudiante deben aparecer por lo menos tres hojas, a saber:
Hoja   de   Datos   Personales,      Hoja   de   Seguimiento   de   Comportamientos
Inadecuados y la Hoja de registro de Avances y Reconocimientos.


AUTORREGULACIÓN          PERSONAL,          INSTITUCIONAL       Y   COMUNITARIA.
Buscando ante todo el bienestar general comunitario y el buen funcionamiento de
la institución, cada miembro de la familia laurelista debe cumplir a cabalidad las
normas de convivencia, a través de la "Autorregulación Personal". Por ende todo
Estudiante debe abstenerse de aquellos comportamientos que lesionen los
aspectos personales, institucionales y comunitarios, los cuales fueron clasificados
en FALTAS LEVES Y FALTAS GRAVES.


ESTRATEGIAS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO. Una de las
metas de la Institución Distrital Comunitaria Los Laureles es lograr que sus
estudiantes actúen por su propia convicción e identidad. Sin embargo también se
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considera la corrección justa, adecuada a la edad, circunstancias y tiempo, como
un medio para encauzar a quienes con sus comportamientos, atentan contra el
bien personal y comunitario, yendo así en contra de la Filosofía Formativa de la
institución, previa advertencia. Así, el proceso formativo contempla las siguientes
"Estrategias de Mejoramiento Personal":


•   Reflexión Personal.
•   Producción Formativa.
•   Amonestación Escrita.
•   Compromiso Inicial.
•   Compromiso Final.
•   Matricula en Observación.
•   Pérdida del Cupo.
•   Cancelación del Contrato de Matrícula.


Veamos:


Art. 47. LA REFLEXION PERSONAL "Hablemos y Concertemos"


Cuando el Estudiante incurre en algún Comportamiento de los indicados en el
numeral anterior como falta leve el paso inicial es el "Diálogo" entre el Alumno y la
"Autoridad" presente en dicho evento, dejando constancia escrita en el de esta
reflexión en la carpeta del Comité de Convivencia Grupal


Art. 48. PRODUCCION FORMATIVA "Me concientizo y socializo"


Si persistiere el comportamiento inadecuado el Director de Curso asignará la
oficialización de la Estrategia de Mejoramiento y la elaboración de talleres
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pedagógicos formativos. (Para todos los casos, la reincidencia se da a las tres (3)
veces o menos si el Comité de Convivencia así lo determina).
Art. 49. AMONESTACION ESCRITA "Ante todo Escucho"


Si el Estudiante continúa reincidiendo en los comportamientos inadecuados, el
"Director de Curso", apoyado en el "Seguimiento de Situaciones Académicas y/o
Convivenciales” cursará la "Amonestación Escrita" citando a los Padres para
informarlos de dicha situación.


Art. 50. COMPROMISO INICIAL “Mis acciones me comprometen”


Si   el    estudiante,   inmerso   en   el   Proceso   Formativo,   no   modifica   sus
comportamientos, ya realizada la amonestación escrita, deberá comprometerse
solemnemente a cambiar sus actitudes en un documento escrito denominado
"Compromiso Inicial" ante los padres de familia, el rector, el consejo directivo, el
personero estudiantil, la orientadora escolar y la coordinadora como representante
del consejo de convivencia. El estudiante podrá ser suspendido gradualmente de
tres a quince días previo procedimiento y verificación de los hechos para posterior
notificación por parte del consejo directivo a los padres de familia o acudientes. De
igual manera, dicha decisión será registrada en la ficha de seguimiento individual.


Art. 51. COMPROMISO FINAL "Las oportunidades están dadas"


Cuando el estudiante, no da cumplimiento a lo pactado en el "Compromiso Inicial",
se firmará frente a los padres de familia, el rector, el consejo directivo, el
personero estudiantil, la orientadora escolar y la coordinadora como representante
del consejo de convivencia el "Compromiso Final" con el cual se concede una
última oportunidad para continuar en la institución.
Terminado el año lectivo, si aún no se observa el comportamiento esperado, el
Estudiante en cuestión continuará en la institución el siguiente año pero con
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"Matricula   en   Observación"   o   definitivamente   se   le   retirará   su   "Cupo
Escolar".
Art. 52. MATRICULA EN OBSERVACION "El Futuro nos exige más"


Esta situación se da cuando el Estudiante no pudo interiorizar la formación
perseguida en el anterior proceso y se decide darle continuidad en la institución la
condición de mejorar en el año próximo, con la facultad del Plantel para cancelar
el "Contrato de Matricula" en cualquier momento del año lectivo. Acción que será
determinada por "El Comité de Convivencia" (El cual lo conforman el asesor de
grupo, el representante del consejo estudiantil del grupo y la coordinadora), la
rectora, la orientadora escolar, el consejo directivo y el personero de los
estudiantes. al incumplirse el "Compromiso Final" ofrecido por el Estudiante.


Art. 53. PERDIDA DE CUPO "No se puede estar donde no se quiere"


Contrariamente si el Estudiante no pudo cumplir el "Compromiso Final" y
definitivamente no muestra una aceptación de la formación laurelista, el, comité de
convivencia, la rectora, la orientadora escolar, el consejo directivo y el personero
de los estudiantes. Determinarán la "pérdida del cupo" de uno a tres años lectivos,
acción que será notificada a los Padres con suficiente antelación y a la Secretaría
de Educación Distrital.


Art. 54. CANCELACION DE LA MATRICULA "Las condiciones están dadas
en otro espacio".


La cancelación unilateral del "Contrato de Prestación de Servicios Educativos" por
parte de la institución y, por ende, la permanencia del Estudiante en el mismo se
da en los siguientes casos:
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•   Cuando el Estudiante incurre en comportamientos inadecuados habiendo
    firmado "Matricula en Observación"
•   Cuando, teniendo en cuenta los propósitos, principios, derechos y deberes, no
    son reconocidos, respetados y asumidos en concreto por el Estudiante, en
    algunas de las siguientes situaciones:


•   Irrespetar   los    bienes    ajenos       en   intento   o   acción     de   hurto.
    Incurrir en actos de falsificación de cualquier índole.
•   Ser miembro de pandillas o sectas satánicas.
•   Consumir,    comercializar    o   portar    drogas    psicoactivas,    alucinógenas,
    estimulantes, antidepresivos, inhalantes, nicotinicos (cigarrillos) o alcohólicas
    (bebidas embriagantes).
•   Portar armas o elementos nocivos a los demás
•   Escaparse de la institución
•   Agresión física o violencia en cualquier forma contra las personas o elementos,
    …


Las que manifiestan claramente la incapacidad de asumir la autorregulación en lo
personal, institucional y lo comunitario, demostrando ante la institución el no tener
el perfil pera continuar en él, conllevando el retiro de la Institución de manera
inmediata, cuando se presenten por primera vez.


PARAGRAFO: La instrucción de los procesos que implique sanción de
suspensión o retiro de un estudiante de la institución será competencia del rector o
de la persona que el delegue.


PARAGRAFO: En el evento de encontrar un estudiante menor de edad en caso
de tenencia, tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, el
rector o a quien delegue informará a los padres de familia y al defensor de familia
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sobre la situación detectada en el menor. (Código del Menor Art. 25) y en caso de
un estudiante mayor de edad se informará a las autoridades competentes.


Art. 55.    EL CONDUCTO REGULAR Y EL DERECHO DE PETICION "La
solución está muy cerca".


Se refiere a la secuencia de Autoridad establecida para la aplicación de los
procesos educativos.


•   Ante situaciones problemas o conflictos, solucionarlos con la persona con la
    cual se presentó la situación: compañero, docente, directivo-docente, personal
    administrativo o de servicios generales.
•   Acudir al asesor de grupo como persona encargada y primera instancia en
    lograr la armonía y las buenas relaciones, en caso de no haber solucionado
    favorablemente la solicitud de la persona interesada.
•   Después de haber agotado las dos instancias anteriores y no solucionar el
    conflicto, el asesor de grupo acude con la estudiante a coordinación.
•   Para peticiones grupales         o individuales, solicitar   la intervención del
    representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Esta puede hacerse
    en forma directa y por escrito o a través del representante de grupo.
•   Las peticiones para apelar decisiones ante el Consejo Directivo, serán
    realizadas a través del Personero Estudiantil, como está consagrado en sus
    funciones.


Art. 56. DERECHO A LA DEFENSA: Decreto 1860. Artículo 17, No. 7


•   Cuando       el   estudiante   incurra   en   reincidencia   de   comportamientos
    inadecuados, se requerirá la presencia de padre de familia o acudiente, para
    darle aviso de la estrategia de mejoramiento personal implementada, tales
    como: AMONESTACION ESCRITA "Ante todo Escucho”, COMPROMISO
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    INICIAL “Mis acciones me comprometen”,            COMPROMISO FINAL "Las
    oportunidades están dadas", MATRICULA EN OBSERVACION "El Futuro nos
    exige más", PERDIDA DE CUPO "No se puede estar donde no se quiere” y
    CANCELACION DE LA MATRICULA "Las condiciones están dadas en otro
    espacio” y notificarle por escrito el resultado. Igualmente se procederá con el
    estudiante.


•   El estudiante podrá argumentar su defensa por escrito anexando pruebas. Este
    deberá hacerlo en los tres días siguientes a la notificación de los cargos
    disciplinarios a los padres de familia y a la estudiante, del acuerdo del Consejo
    Directivo que impone la sanción respectiva presentando los recursos
    pertinentes.


•   Todas las decisiones disciplinarias tienen solo recursos de reposición, el cual
    deberá interponerse y sustentarse por escrito ante el Consejo Directivo dentro
    de los cinco días hábiles siguientes a la notificación, en que se impone la
    sanción para las estrategias de mejoramiento que se describen a continuación:
    COMPROMISO FINAL "Las oportunidades están dadas", MATRICULA EN
    OBSERVACION "El Futuro nos exige más", PERDIDA DE CUPO "No se puede
    estar donde no se quiere” y CANCELACION DE LA MATRICULA "Las
    condiciones están dadas en otro espacio”.


PARÁGRAFO: Ante una falta el estudiante podrá informar al personero estudiantil


Art. 57. CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD DE UNA
FALTA.


Se consideran como circunstancias que atenúan la responsabilidad de una falta
las siguientes:
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•   Haber tenido una convivencia sana en años anteriores.
•   Haber obrado por motivos nobles o altruistas.
•   Haber observado voluntariamente la comisión de la falta, antes de haberse
    iniciado la acción disciplinaria.
•   El haber sido inducido con amenazas a cometer la falta por un compañero o
    superior.




Art. 58. CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD DE UNA
FALTA.


Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad de una falta
las siguientes:


•   Haber incurrido dentro de los dos años anteriores en faltas convivenciales que
    dieron lugar a la aplicación de la sanción de suspensión.
•   Haber procedido por motivos innobles o fútiles.
•   Haber obrado con la complicidad de otra (s) persona (s).
•   Haber intentado atribuir a otros la responsabilidad de la falta.
•   Haber cometido la falta aprovechando la confianza que él había depositado en
    un superior.


PARÁGRAFO UNO. Toas las sanciones de suspensión y exclusión son
competencia del Consejo Directivo de la Institución, igual que al levantar una de
ellas.


PARÁGRAFO DOS. Todo estudiante tiene derecho al debido proceso y a la
defensa, previo procedimiento adecuado en el manual de convivencia.
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                                       TITULO V


    PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA INGRESO A LA INSTITUCIÓN


                                      CAPITULO I
                             PROCESO DE MATRICULA


Art. 59. PODRÁN MATRICULARSE LOS ESTUDIANTES QUE:


a. Hayan aprobado el año satisfactoriamente, alcanzando los logros académicos
   y actuando conforme al Manual de Convivencia.
b. Reiniciar por primera vez el año escolar a causa de su bajo rendimiento
   académico.
c. Hayan presentado y diligenciado el formato de pre-matricula para el año
   escolar entrante.
d. Se encuentren en la lista de admitidos de estudiantes nuevos, presentada por
   la respectiva comisión.


Art. 60. MOTIVOS PARA PERDER EL DERECHO DE MATRICULA:


a. El retiro definitivo de la institución sin justa causa.
b. El manifestar con hechos desinterés y falta de voluntad en asimilar las
   orientaciones del Manual de Convivencia a pesar del seguimiento realizado.
c. La perdida del mismo grado por segunda vez o que reincidan dos (2) años
   consecutivos con las materias insuficientes.
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d. La pérdida del grado por inasistencia no justificada.




Art. 61. REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE ESTUDIANTES NUEVOS


Los estudiantes presentarán a la secretaria de la inscripción el registro civil, fólder
con gancho, fotocopia documento del SISBEN, fotocopia tarjeta de identidad,
recibo de servicio público, fotocopia de cédula de ciudadanía del acudiente y el
informe final del año escolar que cursó. La inscripción no tiene costo alguno.




Art. 62. SELECCIÓN DE ESTUDIANTES


La población estudiantil inscrita presentará una prueba diagnostica, que los
docentes elaborarán con anterioridad, para determinar las fortalezas y debilidades
en las áreas de estudio evaluadas. Además, asistirá a una entrevista con el
sicorientador en compañía de sus padres. Este a su vez realizará un proceso de
inducción con los estudiantes que ingresan por primera vez a la institución y sus
respectivos padres de familia


Art. 63. DILIGENCIAMIENTO DE LA MATRICULA


•   ESTUDIANTES NUEVOS:


a. Inscribirse en el tiempo previsto para ello y realizar la prueba diagnostica
b. Presentar el informe final del año anterior (quienes van a cursar 1º, 2º, 3º, y 4º)
    o los certificadas de estudios de los grados anteriores (quienes van a cursar 5º,
    6º, 7º, 8º, 9º, 10º y 11º).
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c. Fotocopia del registro civil.
d. Fotocopia del carnet del SISBEN o EPS y Aval de desplazado si lo tiene.
e. Un fólder con gancho.
f. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del acudiente y un recibo del servicio
   público.
g. Cancelar en el banco los costos educativos (Se exonera del pago a los
   beneficiados con el Sisben Nivel I –II)
h. Firmar (acudiente y estudiantes) el libro de matricula.


Art. 64. ESTUDIANTES ANTIGUOS:


a. Informe final del grado anterior.
b. Fotocopia del carnet del SISBEN, EPS y Aval de desplazado (si lo tiene).
c. Tres fotos tamaño cédula.
d. Un fólder con gancho.
e. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del acudiente y un recibo del servicio
   público.
f. Cancelar en el banco los costos educativos. (Se exonera del pago a los
   beneficiados con el Sisben Nivel I –II)
g. Firmar (acudiente y estudiante) el libro de matricula.
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                                      TITULO VI


                   USO DE LAS INSTALACIONES ESCOLARES


                                      CAPITULO I
            SENTIDO DE PERTENENCIA CON LAS INSTALACIONES


Art. 65. MI SENTIDO DE PERTENENCIA ME EXIGE RESPETAR LAS
DIFERENTES DEPENDENCIAS DEL COLEGIO


•   Conservar en buen estado la planta física de la institución: Utilizar
    adecuadamente       las   canecas,    no    rayar   paredes,    pupitres,   utilizar
    adecuadamente los baños.
•   Colaborar con el aseo y orden de cada dependencia.
•   No comer ni beber mientras se encuentre en salones, sala de informática,
    laboratorios, rectoría y otros.
•   En sala de informática seguir instrucciones del respectivo docente.
•   Cumplir con las normas internas del Manual de la sala de informática.
•   Cuidar con mucho esmero las diferentes herramientas de trabajo e
    instrumentos de laboratorio, libros, artículos deportivos y otros.
•   En caso de pérdida o daño de algún material debe ser repuesto con la misma
    característica al original y por el responsable directo ya sea estudiante, docente
    u otro miembro de la comunidad.
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Art. 66. EN CUANTO AL USO ADICIONAL DE LAS INSTALACIONES
ESCOLARES EN LOS DIFERNTES                  PROGRAMAS DE EXTENSIÓN A LA
COMUNIDAD: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL, PROYECTOS DE TRABAJO
CON LA COMUNIDAD; ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA:


•   Velar por la conservación de la planta física.
•   Responsabilizarse por la pérdida o daño de los materiales/ herramientas
    solicitados.
•   Hacer el debido diligenciamiento para el uso de determinada instalación con la
    antelación de 5 días.
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                                     TITULO VIII


                       ESTIMULOS, MÉRITOS Y PERMIOS


                                    CAPITULO I
                                    ESTÍMULOS


Art. 67. Los estudiantes reciben los siguientes estímulos:


a. Exoneración del pago de los costos educativos a quienes ocupen el primer
   lugar del grupo respectivo al finalizar el año escolar.
b. Mención de honor en los actos cívicos a los estudiantes de comportamiento
   destacado escogido por el asesor de grupo
c. Ser postulado o elegido para ocupar cargos directivos en la Organización
   Estudiantil.
d. Ser designado para representar la institución en eventos académicos,
   artísticos, deportivos o sociales, organizados por otras instituciones.
e. Exoneración de las pruebas académicas de final de semestre a quienes los
   docentes decidan en su respectiva asignatura por excelente rendimiento
   académico.
f. Reconocimiento y mención de honor al estudiante que obtenga el puntaje más
   alto en el examen de Estado (ICFES), en la ceremonia de graduación.
g. Dotación de los textos a utilizar a quien ocupe el mejor segundo lugar por
   grados.
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h. Mención de honor en actos culturales a los estudiantes que demuestren
   comportamiento destacado en el motivo del acto escogido por el docente del
   área comprometida en él.
i. Reconocimiento o mención de honor a los estudiantes que obtengan el puntaje
   más alto en las pruebas Saber según su grado y área evaluada.
j. Celebrar el día del estudiante.


Reconocimiento por la permanencia escolar. Los estudiantes que inicien su
proceso de formación desde el nivel pre - escolar y culminen sus estudios de la
básica media, en la institución se harán merecedores de reconocimiento el día de
su graduación



Art. 68. Los padres de familia reciben los siguientes estímulos:

a. Reconocimiento en la ceremonia de clausura por su colaboración.

b. Descuento económico por: Matricular dos o más hijos y apoyo económico
según estudio del colegio, por excelente rendimiento académico de su hijo (a) y
por calamidad doméstica justificada por extra juicio

c. Identificación y divulgación de buenas prácticas.

d. Celebración día de la familia

e. Distinción a las familias por su apoyo en las actividades académicas,
deportivas, culturales, científicas y artísticas en las reuniones de periodo.


Art. 69. Los Docentes y Directivos Docentes reciben los siguientes
estímulos:

a. Reconocimiento en Hoja de Vida. Cuando un o una docente tiene un
desempeño sobresaliente en una actividad académica, cultural o deportiva, la
Manual de convivencia

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Manual de convivencia

  • 1. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA MANUAL DE CONVIVENCIA BARRANQUILLA – COLOMBIA
  • 2. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA ÍNDICE GENERAL Introducción Preliminares Acta de aprobación del Manual de Convivencia Reseña histórica de la institución Misión y Visión Institucional Referentes legales Definición, objetivos y principios del manual de convivencia TITULO I. De los derechos, garantías y deberes Capitulo I. Deberes y derechos de los estudiantes Capitulo II. Deberes y derechos de los padres de familia Capitulo III. Deberes y derechos de los docentes Capitulo IV. Deberes y derechos de los directivos Capitulo V. Deberes y derechos del personal administrativo TITULO II. El gobierno escolar y la organización institucional Capitulo I. Órganos del Gobierno Escolar Capitulo II. Elección y funciones de los órganos del Gobierno Escolar TITULO III. Proceso de formación para la convivencia social Capitulo I. De las faltas frente a ala convivencia social Capitulo II. Faltas contra lo académico Capitulo III. Proceso de seguimiento formativo frente a las faltas de convivencia social Capitulo IV. Régimen correctivo de sanciones y derecho a la defensa
  • 3. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO IV. Procedimiento para la evaluación y promoción de estudiantes Capitulo I. Conformación y funciones del comité de evaluación y promoción Capitulo II procedimiento para la evaluación de la convivencia TITULO V. Procedimientos especiales para el ingreso a la institución Capitulo I Requisitos para la inscripción Capitulo II. Proceso de matricula TITULO VI. Reglamentación del uso de las instituciones escolares Capitulo I. Sentido de pertenencia con la institución Capitulo II. Uso adicional de las instalaciones escolares TITULO VII. Estímulos, meritos y premios TITULO VIII. Uso de la sala de informática, materiales deportivos y otros. Constancia de aceptación.
  • 4. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA INTRODUCCIÓN El presente Manual de Convivencia está concebido como un instrumento que orienta a cada estudiante hacia una convivencia más armónica, además de facilitarle las herramientas éticas, tecnológicas y prepositivas para que en colaboración con su familia, pueda formar su personalidad de hombre, mujer, con criterios de autoestima, solidaridad, autenticidad y respeto. De igual manera, pretende mejorar las relaciones mutuas entre los miembros de la comunidad educativa a través de un pacto convivencial que permita comprometer a cada uno de los estamentos en el cumplimiento de pautas mínimas de tolerancia y convivencia dentro de la institución. De esta manera, los estudiantes serán capaces de proyectarse en cada uno de los hogares vecinos y comunidad para contribuir en la formación de una sociedad justa, pacífica y democrática. Esta Manual de Convivencia e una herramienta valiosa y necesaria que facilitará a la institución, para tomar decisiones en materia de comportamiento social, señalando mecanismos para evaluar equitativamente situaciones de conflictos personales o colectivas que se presenten entre los miembros de la comunidad con base al diálogo y a la conciliación.
  • 5. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA PRELIMINARES IDENTIFICACIÓN DEL PLANTEL NOMBRE: Institución Educativa Distrital Comunitaria Los Laureles LOCALIDAD: Sur-Oriente DIRECCION Calle 37C No. 1H -10 BARRIO: Los Laureles I Etapa TELEFONOS: 3631264 – 3661100 CORREO ELECTRONICO: loslaureles@sedbarranquilla.gov.co CIUDAD: Barranquilla RECTOR: Nelly Esther Domínguez López NIVELES DE ENSEÑANZA: Pre-escolar (Transición) Básica (De 1º a 9º) Media Académica (10º y 11º) SECTOR: Oficial CARÁCTER: Mixto JORNADAS: Matutina y Vespertina CALENDARIO: A HORARIOS: De 6:45 a.m a 12:45 m y de 1:00 p.m a 6:00 p.m CAPACIDAD DE COBERTURA: 870 estudiantes APROBACIÓN DE Nivel de Preescolar, Básica (Nivel Primaria LOS ESTUDIOS: Secundaria) y Media Académica. Resolución No.001490 de Diciembre 24 De 2004. TITULO QUE EXPIDE: Bachiller Académico con Profundización en Ciencias Naturales NIT: 8020044863 DANE: 108001018421
  • 6. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA ACTA DE APROBACIÓN CONSEJO DIRECTICO ACUERO No. 001 “Por el cual se aprueba el Manual de Convivencia” El Consejo Directivo de la Institución Educativa Distrital Comunitaria Los laureles, de la ciudad de Barranquilla (Atlántico), en uso de sus funciones legales que le confiere el artículo 23, literal C, del decreto 1860 de 1994 y en los artículos F3 y 8F de la Ley General de Educación y, CONSIDERANDO PRIMERO: Que durante el año 2004 se llevó a cabo la re contextualización del Manual de Convivencia de la Institución Educativa Distrital Comunitaria Los Laureles, por los representantes de los estamentos de la comunidad educativa(Consejo Directivo, Directivos, Docentes, Padres de Familia, Administrativos, Estudiantes y Exalumnos). ARTICULO SEGUNDO: El presente Manual de Convivencia regirá a partir del día 26 de enero de 2009, el día de su promulgación y deroga todos los reglamentos y manuales que le antecedieron. Publíquese y Cúmplase: Dado en Barranquilla, a los 19 de enero de 2009.
  • 7. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA _____________________ _______________________ NELLY DOMINGUEZ LOPEZ REPRESENTANTE DE RECTORA DOCENTES __________________________ __________________________ REPRESENTANTE DE DOCENTES REPRESENTANDE DE PADRES DE FAMILIA ____________________________ ___________________________ REPRESENTANTE DE LOS REPRESENTANTE DEL ESTUDIANTES SECTOR PRODUCTIVO
  • 8. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCIÓN El surgimiento de este sector, se inicia a finales de 1981, en la ciudad de Barranquilla, por la Asociación para la Vivienda Popular, presidida por el señor Carlos Escobar D’ Andreis, con el objetivo de desarrollar un programa de vivienda de autoconstrucción. Esta organización comenzó con dos proyectos experimentales: Los Laureles 1ra Etapa y Los Laureles 2da.Etapa. Posteriormente, se compró con aporte de los interesados, el lote propiedad de la familia Márquez, que era parte de una finca llamada “La Severa”. Se procedió entonces a realizar los estudios topográficos en el lote y hacer los diseños de las viviendas con la participación de toda la comunidad. En la parte financiera se busco crédito con el Instituto de Crédito Territorial, subsidio que al recibirlo cada afiliado lo empleó para su vivienda. Así mismo, la Fundación Alemana Miser, donó un dinero que permitió desarrollar el proyecto de la bodega de materiales de construcción. El barrio Los Laureles I Etapa se construyó con el esfuerzo y participación de todos los vecinos y logró el acceso a los servicios públicos de manera legal, con el apoyo y organización de la comunidad. Su nombre surgió espontáneamente entre los moradores por la gran cantidad de árboles de Laurel que se sembraron inicialmente en el sector. Ya establecido el barrio Los Laureles como tal, nace el interés por la creación de la Institución Distrital Comunitaria Los Laureles (Antes Centro Comunitario de Educación Básica No. 184) para atender la necesidad del servicio de educación de los niños del sector, ya que, la población adulta era atendida por el C.P.I. No. 09 pero en la jornada nocturna. Cabe resaltar, que el espacio compartido por ambas
  • 9. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA instituciones fue el utilizado inicialmente por la fábrica de materiales de construcción. El C.C.E.B. No. 184 inició sus labores en 1994 con 50 estudiantes en los niveles de preescolar y primaria bajo la orientación de cuatro docentes: Nelly Domínguez, Elvia De La Hoz, Omaira Charris y Claudia Cordero, destacando que una de ellas, cumplía a la vez con las funciones de rectora. Posteriormente, entre los años 1995 y 2001 se amplía considerablemente la cobertura estudiantil a 450 estudiantes con la llegada de 12 docentes más, debido a la convocatoria de la Secretaría de Educación para los concursos docentes en el distrito de Barranquilla. Esta situación, permitió la estabilidad laboral de tres de las cuatro fundadoras de la institución, con su nombramiento en propiedad. En el año 2000 se cierra el C.P.I. No. 09, que atendía la población adulta por políticas educativas del orden nacional. En el año 2002, se inicia la ampliación de la básica secundaria con la apertura de 6º y la llegada de tres docentes más, lo que acaba con el traslado de estudiantes, quienes al terminar su básica primaria, debían ubicarse en otras instituciones alejadas del sector, para continuar sus estudios. Posteriormente, en el año 2003 a causa de la implementación de estrategias para captar estudiantes por parte del personal de la institución y el apoyo de los padres de familia, se ofrece el servicio educativo en los todos los grados de básica secundaria y en el año 2005 se gradúan los primeros estudiantes de undécimo como “Bachilleres académicos con profundización en ciencias naturales”. Actualmente, la institución cuenta con una población de 870 estudiantes atendida en dos jornadas en los niveles de preescolar, básica (Ciclo primaria y secundaria) y media académica por un grupo de 26 docentes, un orientador escolar y tres directivos docentes.
  • 10. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA RESEÑA HISTÓRICA DE LA INSTITUCION La Institución Distrital Comunitaria Los Laureles surge como respuesta a la solicitud de la comunidad del barrio Los Laureles y sectores aledaños quienes no contaban con un colegio de carácter oficial en el que pudiesen estudiar los niños y jóvenes. Es así, como después de muchas gestiones ante la administración, se logra que el Concejo Distrital mediante Acuerdo Nº 009 de marzo 10 de 1.994 oficialice el servicio Educativo con el nombre de CENTRO COMUNITARIO DE EDUCACION BASICA DEL BARRIO LOS LAURELES, dando inicio a las labores académicas en los niveles de educación preescolar y básica - ciclo primaria. Posteriormente, la secretaria de educación distrital mediante la resolución Nº 00417 de Agosto 17 de 1994, hace cambio de nomenclatura en las escuelas oficiales que prestan los servicios en el nivel de básica - ciclo primaria en el Distrito de Barranquilla y la razón social es cambiada por CENTRO COMUNITARIO DE EDUCACION BASICA No. 184. En el año 2002, la institución inició la ampliación de la básica secundaria con la aprobación de la resolución No. 0517 de marzo de 2002. Seguidamente, la secretaria de Educación expide la resolución 1810 del 4 de diciembre de 2003, por la cual autoriza el cambio de nombre o razón social del CENTRO COMUNITARIO DE EDUCACION BASICA No. 184 por el de INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES. Posteriormente, la secretaría de educación aprueba el proyecto de ampliación y expide la resolución Nº 001813 del 5 de diciembre de 2003, por la cual se autoriza como nueva razón social el nombre de INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES, con los niveles de educación preescolar, básica y media. Modalidad académica en PROMOCIÓN SOCIAL, de carácter mixto, jornada
  • 11. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA diurna y calendario A. Propiedad del Distrito de Barranquilla, bajo la dirección de la especialista NELLY DOMINGUEZ LÓPEZ y con una población estudiantil de 750 estudiantes. Actualmente, la licencia de funcionamiento por unificación No. 001490 del 24 de diciembre de 2004 en los niveles de educación preescolar, básica primaria y secundaria y media con profundización en ciencias naturales y media rige la prestación del servicio educativo
  • 12. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA MISIÓN Somos una institución educativa de carácter oficial comunitaria que toma los elementos de las ciencias, la tecnología, la estética y la ética para el desarrollo integral del ser humano y su proyección socio-laboral a través del emprendimiento micro-empresarial. VISIÓN En el año 2014 la Institución Distrital Comunitaria los Laureles de Barranquilla será reconocida en la sociedad por: su calidad en la prestación del servicio educativo, el marco de la filosofía del mejoramiento continuo, la formación integral del ser humano, el desarrollo de procesos académicos apoyados en la investigación y en la mentalidad empresarial y, la proyección a la comunidad.
  • 13. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA REFERENTES LEGALES DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Está fundamentado en normas legales emanadas del legislativo como: • Constitución Política de Colombia de 1.991. Artículos 11,12,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,27,41,42,45,67,68,78,80,95. • Ley General de Educación No. 115 de 1.994 Artículos 1, 6,7, 91, 92, 93, 94 y 96 • Decreto 2737 de 1.989 o Código del Menor Artículos 1,2,3,4,7,10,11,12,13,25,28,30,31,32,83,235,272,311,312,313,314,315,319,316,31 7,318 • Estatuto Docente – Decreto 2277 de 1979 • Ley 18 de 1.981. Artículo 23 Y 25 • Ley 30 de 1.986 y su decreto reglamentario 3788 de 1.986 • Resolución 03353 de 1.993 • Decreto 1860 reglamentario de la Ley 115 de 1.994. Artículo 17 • Decreto 1108 de 1.994 • Decreto 4210 de 1.996 • Ley 715 de 2.001- Sistema General de Transferencias y Participaciones • Ley 734 de 2.002 – Régimen Disciplinario del Servidor Público • Decreto 0230 de 2.002 – Evaluación y Promoción • Decreto 3055 de 2.002 por medio del cual se modifica el artículo 9 del Decreto 230 de 2.002 • Decreto 1278 de 2.002 – Nuevo Estatuto de Profesionalización Docente • Decreto 1850 de 2.002 – Jornada Escolar y Laboral • Sentencias T569 – XII- 94, T316 -12-VII-94, T092- 311-94 de la Corte Constitucional.
  • 14. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA DEFINICIÓN, OBJETIVO Y PRINCIPIOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA DEFINICIÓN El Manual de Convivencia es el documento que recoge las normas, criterios y procedimientos que orientan las relaciones interpersonales de los miembros de la institución educativa permitiendo una convivencia en armonía y paz. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA A. Regular la participación en la vida escolar de los miembros de la comunidad educativa. B. Proponer un modelo de comportamiento que fortalezca la vida en comunidad. C. Propiciar la construcción de un ambiente de aprendizaje propicio para el fomento del mejoramiento en la calidad educativa institucional. D. Fomentar valores, actitudes y hábitos que conduzcan al ejercicio de la autonomía responsable de los estudiantes. E. Crear en la institución espacios democráticos en el que cada miembro de la comunidad educativa pueda ejercer sus derechos y cumplir con sus deberes. F. Propiciar las condiciones para que los estudiantes orienten sus acciones hacia la búsqueda del crecimiento personal. VALORES Los valores que orientan el presente Manual de Convivencia son herramientas que propician la reflexión sobre la participación en la vida de la institución para convertirla en un lugar agradable para el aprendizaje. La institución asume los doce valores propuestos por la Universidad Brahma Kumaris (ONG con estatus
  • 15. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA consultivo en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y UNICEF) con el objetivo de promover los derechos humanos, poniendo énfasis en la individualidad, la dignidad y la integridad de cada persona como miembro de la comunidad educativa. Estos valores son: El amor, el respeto, tolerancia, responsabilidad, honestidad, cooperación, unidad, paz, felicidad, libertad, humildad y sencillez
  • 16. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO I DE LOS DERECHOS, DE LA GARANTIA Y LOS DEBERES Y PERFILES CAPITULO I DEBERES Y DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES Art. 1. SON DEBERES DE LOS ESTUDIANTES a. Cumplir con las normas y leyes del estado colombiano, en particular cumplir con las disposiciones contempladas en este manual de convivencia, así como las circulares y orientaciones dadas por las directivas del colegio. b. Respetar los símbolos patrios e institucionales así como defender sus valores étnicos, culturales y religiosos. c. Usar un vocabulario respetuoso, culto, adecuado y trato cortes para con las compañeras, compañeros, profesores, superiores o cualquier miembro de la institución evitando toda palabra vulgar u ofensiva, chismes, calumnia, desobediencia y desacatado. d. Tener un buen comportamiento en los descansos, evitando los juegos bruscos o violentos que atentan contra la integridad física de los compañeros y demás personas. e. Permanecer dentro del salón de clases cuando falte el profesor y con ayuda del monitor aprovechar el tiempo libre.
  • 17. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA f. Es de carácter obligatorio el uso del uniforme de diario y educación física con pulcritud y decoro de acuerdo con el modelo establecido por el plantel para todas las actividades que lo exijan, dentro y fuera de la institución portando el carnet que lo identifique como estudiante d la institución. g. Contribuir a la conversación, mejoramiento y embellecimiento de la planta física, equipos, muebles y demás bienes materiales de que disfrutan y benefician a la comunidad (responsable por nuestras acciones y pagar los daños o destrucción total causada o cualquier objeto de la institución como sillas, abanicos, baños, paredes, laboratorios, biblioteca, computadores, libros, instrumentos de educación física y material didáctico de la institución). h. Recordar a los padres o acudientes poscompromisos adquiridos de participar activamente en las reuniones programadas acudiendo a las citaciones y recibiendo personalmente el boletín informativo. i. Contribuir con la protección del medio ambiente, conservando la limpieza y el orden tanto en el aula como en los demás sitios de la institución. j. Proveerse oportunamente de los útiles de trabajo, textos y materiales solicitados por INEDICOL apara el buen proceso de aprendizaje. k. Dedicar todo el esfuerzo y consagración para alcanzar los logros académicos y su proyecto de vida por medio del desarrollo de un espíritu investigativo, crítico, científico y creativo. l. Cumplir con todas las orientaciones académicas, tareas, trabajos, investigaciones u otros medios que en forma racional establezcan los procesos de aprendizaje. ll. Asumir con responsabilidad los resultados de sus procesos académicos y formativos, además, participar activamente en las acciones pedagógicas de recuperación y actividades complementarias cuando sea necesario y de acuerdo con la programación establecida por la institución. m. Ser cuidadoso al usar el uniforme y los distintivos del plantel, para dar buena imagen de la institución.
  • 18. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA n. Denunciar oportunamente ante los docentes o directivos, cualquier falta que atente, en contra de la dignidad, el buen nombre y prestigio de la institución para no convertirse en cómplice de la misma. ñ. Respetar la libertad y el derecho que tienen todos los integrantes de la comunidad educativa de expresar sus creencias religiosas y su fe. o. Asistir puntualmente al colegio Parágrafo 1. Los horarios de entrada y salida del colegio para los estudiantes son los siguientes: Pre-escolar. De 1:00 p.m. a 5:00 p.m. Primaria. De 1:00 p.m. a 6:00 p.m. Secundaria. De 6:45 a.m. a 12:45 p.m. Parágrafo 2. Luego de realizar el régimen correctivo los estudiantes que persistan en incumplir el horario de entrada del colegio, tendrán una suspensión. p. No portar armas de ninguna clase. q. Abstenerse de hurtar, hacer mal uso de las pertenencias de sus compañeros y docentes o tomarlas sin autorización. r. Reafirmar diariamente, antes de llegar al colegio su compromiso personal de cumplir con lo estipulado en el manual de convivencia por convicción propia y no porque estuviera siendo observado de acuerdo al compromiso que adquirió, conjuntamente con su matricula. s. No ingerir licor ni drogas estupefacientes que afecten la mente y el cuerpo. t. No pertenecer a pandillas juveniles o verse involucrados con actividades de ellas. u. No introducir al colegio licor, drogas prohibidas (psicotrópicas) o panfletos que denigren de la institución.
  • 19. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA v. No distribuir boletos, hojas, volantes, periódicos o revistas, etc. Sin autorización escrita de la coordinación o rectoría. w. Tener en cuenta el conducto regular para solucionar cualquier problema (profesor, asesor de grupo, coordinador, rector, consejo académico, consejo directivo). Parágrafo 3. Escándalos y peleas promovidas dentro o fuera del colegio pueden conducir hasta cancelación de matricula a juicio del comité de convivencia. x. Ser aseado y motilarse con frecuencia. Las niñas no deben lucir maquillaje, uñas pintadas, ni prendas de valor. y. Abstenerse de salir del colegio, aún en horas de recreo, sin autorización escrita del rector y/o coordinador. Art. 2. SON DERECHOS DEL ESTUDIANTE a. El derecho a la vida y el derecho a la integridad personal para el desarrollo pleno de su dignidad (articulo 11 y 12 de la Constitución Política de Colombia). b. Derecho a la Educación y a participar activamente en su formación integral. c. Derecho a ser reconocido como centro del proceso educativo en el PEI. d. Derecho a la libertad de conciencia y a la práctica de una confesión o culto religioso (Art. 18 y 19 C.P). Art. 52. Derecho al desarrollo pleno de su personalidad y el respeto al derecho de los demás más sin más limitación que las que impone el orden jurídico (Art. 16 C.P). e. Derecho ala permanencia en el establecimiento educativa con excepción aquellos casos en que incurra en faltas disciplinarias y vulnere el derecho de los demás. f. Derecho a participar en las acciones pedagógicas que favorezcan el desarrollo armónico y equilibrado de sus habilidades.
  • 20. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA g. Derecho al acceso a la cultura en condiciones de equidad, al logro del conocimiento científico y técnico, a la formación en valores éticos, morales, ciudadanos y religiosos. h. Derecho a conocer el principio del año escolar, el programa de cada asignatura y los diferentes ejes temáticos, los logros e indicadores de logros a evaluar. i. Derecho a ser escuchado cuando interponga un recurso ante una situación que él considere injusta (Art. 10 código del menor). j. Derecho al descanso, esparcimiento, al juego y al deporte y a participar en la cultura y a las artes (Artículos 13 y 307 código del menor). k. Derecho a representar a INEDICOL en todo tipo de evento de acuerdo con las normas reglamentarias de cada uno de ellos. l. Derecho a participar en la elección y ser elegido en el gobierno escolar. m. Derecho a conocer las exigencias y disciplinas de la institución y los acuerdos consignados en el manual de convivencia. n. Derecho a disfrutar de un alimento sano y adecuado donde se facilite el desarrollo de sus actividades intelectuales socio-afectivas. ñ. Derecho a conocer el resultado, correcciones y observaciones de sus trabajos orales en un término de ocho (8) días contados desde la fecha de presentación. o. Derecho a tener una asistencia afectiva y efectiva, razonable de sus padres o acudientes en sus dificultades, problemas o necesidades. p. Derecho a ser informado de las faltas de los reglamentos para su oportuna corrección.
  • 21. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA CAPITULO II DEBERES Y DRECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA Art. 3. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES a. Asumir, respetar y defenderla filosofía dentro y fuera de la institución, los principios y las normas establecidas en el presente Manual de Convivencia. b. Asistir puntualmente a las reuniones programas por la institución o cuando se requiera su presencia. c. Tratar con cortesía y buenos modales a todos los miembros que integran la comunidad educativa. d. Entregar a la institución en el tiempo establecido los documentos requeridos para la reserva de cupo y el proceso de matricula de sus hijos. e. Colaborar con la asistencia puntual de los estudiantes a las clases o actividades programadas por l a institución. f. Enviar a su(s) hijo(s) bien presentado con el uniforme establecido. Proporcionar los implementos y recursos educativos requeridos. g. Responsabilizarse por los daños causados por su(s) hijo(s) a las personas, planta física y enseres de la institución. h. Cancelar los costos educativos, derechos de grado y fotocopias. i. Notificar oportunamente a la institución del retiro voluntario de sus hijos o acudientes. j. Participar activamente en las convivencias, charlas, talleres, actos culturales u otras actividades que la institución programe. k. Utilizar y respetar los conductos regulares para la solución de los problemas académicos o de convivencia. Art.4. SON DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA a. Conocer y respetar las normas establecidas en el Manual de Convivencia.
  • 22. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA b. Conocer el Proyecto Educativo Institucional. c. Recibir asesoría por parte de los diversos estamentos que integran la institución, previa solicitud con el fin de contribuir en la formulación integral de sus hijos. d. Proponer iniciativas y sugerencias que estén de acuerdo con las normas vigentes y contribuyan al mejor funcionamiento del plantel. Ser tratados con respeto y consideración por parte de los miembros de la comunidad educativa. e. Participar en los procesos de planeación y evaluación institucional cuando sea convocado. f. Participar, elegir y ser elegido como miembro del consejo directivo, junta directiva de la Asociación de Padres de Familia, miembro de dicho estamento o del consejo de padres (Art. 7 Ley 115). g. Recibir información oportuna sobre horarios de atención a Padres de Familia, calendarios, cronogramas de las actividades programadas por la institución. h. Recibir periódicamente los informes de procesos y logros de sus hijos. i. Recibir información una vez por semestre de las actividades realizadas por la junta directiva de Asopadres y de los representantes de Padres de Familia del Consejo Directivo.
  • 23. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA CAPITULO III DEBERES Y DERECHOS DE LOS DOCENTES Art. 5. SON DERECHOS DE LOS DOCENTES los contemplados en la ley 715 del 2001 titulo 4 capitulo 2 articulo 34. a. Participar de todo tipo de actividades académicas, cívicas. Cultural, deportiva, religiosa que programe la institución. b. Utilizar y fomentar el buen uso del Manual de Convivencia. c. Respetar los derechos de todos los miembros de la comunidad educativa. d. Obrar de acuerdo con el espíritu, la filosofía, la pedagogía y las políticas de la institución. e. Cumplir con la jornada laboral y dedicar el tiempo requerido para el desempeño de las funciones propias de su cargo. f. Velar por la convivencia pacifica del estudiante mediante el acompañamiento de todos los espacios de la institución como el aula, los pasillos, el patio, durante los descansos, los actos cívicos, las formaciones, etc. g. Participar en la planeación y ejecución del desarrollo del PEI de acuerdo a los mecanismos que para ello se estipulen. h. Cumplir con los procesos educativos planeados el en PEI. i. Presentar proyectos, propuestas que puedan implementarse en la institución para el logro de los procesos de desarrollo. j. Desarrollar con los estudiantes proyectos de vida. k. Ser leal con la institución y fomentar el compañerismo entre los entes de la comunidad. l. Informar a los educandos del resultado de las evaluaciones periódicas antes de pasarlas a las planillas, a fin de atender posibles reclamos. ll. Preparar oportuna y continuamente las clases.
  • 24. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Art. 6. SON DEBERES DE LOS DOCENTES los contemplados en la Constitución Nacional títulos I, II, III, IV Ley General de Educación titulo VI, capitulo 1, ley 715, titulo IV capitulo 10, articulo 33. a. Recibir información oportuna sobre las actividades a realizarse, ya sea, verbalmente en cartelera o por escrito. b. Ser evaluado en justicia y equidad, teniendo en cuenta las disposiciones legales vigentes. c. Ser en su vida e integridad física y moral por todos los miembros de la Comunidad Educativa. d. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones para el Consejo Directivo y/o para el Consejo Académico y Comisión de Evaluación. e. Conocer con la debida anticipación la programación y responsabilidad que le corresponda. f. Ser apoyado por la institución en la organización realización de actividades escolares. g. Participar con decoro en los eventos que se programen en otras instituciones en las cuales sean invitados. h. Recibir un trato fraternal, amigable y respetuoso por parte de los compañeros y directivos docentes. i. Ser respetado en su persona y ser reconocido por su labor docente. j. Ser escuchado por sus directivos docentes en caos de ser acusado por padres de familias o por cualquier otro miembro de comunidad. k. Estar libre de presiones que lesionen la ética profesional por parte del directivo docente y/o padre de familia. l. Expresar sus apreciaciones a través del dialogo que posibilite el crecimiento de los educandos y la integración familia-institución. m. Participar en los cursos de mejoramiento, actualización, personalización que organicen la institución y/o la Secretaria de Educación.
  • 25. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA n. Actuar con autonomía y libertad en el quehacer educativo sin salirse de las políticas y filosofía de la institución. o. Disponer del material didáctico necesario para un mejor desempeño académico. p. Contar con los recursos adecuados y necesarios para un ambiente favorable al desarrollo intelectual y al trabajo investigativo. q. Exoneración del 50% del pago de sus hijos en la institución.
  • 26. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA CAPITULO IV DEBERES Y DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS Art. 7. SON DEBERES DE LOS DIRECTIVOS a. Cumplir y hacer cumplir el Manual de Convivencia. b. Dirigir con responsabilidad, honestidad y talento la institución. c. Promover la lealtad, la identidad y el desarrollo del Proyecto Educativo Institucional (PEI) Ley 115-94. d. No imponer sanciones injustificadas que afecten el respeto a los valores, los derechos y la dignidad personal (Art. 319 C.M.). e. Reconocer las deficiencias y limitaciones institucionales y desarrollar planes que permitan la superación de las mismas. f. Estimular el dialogo, la democracia participativa y el gobierno escolar (Dec.1860-94). g. Estimular y velar por el correcto comportamiento de los estudiantes, su permanente asistencia y evitar la deserción escolar e investigar sus causas (Art. 313 C.M.). Art. 8. SON DERECHOS DE LOS DIRECTIVOS a. Que se les respeten sus decisiones tomadas democráticamente en la institución. b. Recibir demostraciones del buen trato de todos los estamentos de la comunidad educativa. c. Participar en los programas de capacitación y bienestar social, y gozar de los estímulos de carácter profesional y económico que se establezcan. Solicitar y obtener los permisos, licencias y comisiones de acuerdo con las disposiciones legales pertinentes.
  • 27. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA d. Permanecer en el servicio y no ser discriminado o sancionado, sino de acuerdo con las normas y procedimientos que se establezcan en el decreto. CAPITULO V DERECHOS Y DEBERES DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO Y DE SERVICIOS GENERALES Art. 9. DERECHOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO a. Ser informado oportunamente sobre calendarios, horarios, actividades y todo lo que sea de incumbencia. b. Disfrutar de un ambiente sano y agradable que le permita desempeñar sus labores. c. Gozar del respeto, del buen trato, del dialogo y de la estima de los miembros de la comunidad educativa. d. Recibir oportunamente los implementos necesarios para el desempeño de su trabajo. Gozar de los estímulos que ofrece la institución cuando se haga acreedor de ellos. e. Hacer uso de permisos según las disposiciones laborales vigentes. Art. 10. DEBERES DEL PÈRSONAL ADMINISTRATIVO a. Programar y organizar las actividades propias de su cargo. b. Responder por los procesos legales de las matriculas. c. Mantener actualizada u ordenada la documentación de los estudiantes, personal docente y directivo-docente. d. Organizar funcionalmente el archivo y elaborar certificados que le sean solicitados. e. Elaborar las listas de los estudiantes para efectos docentes y administrativos. f. Atender al público en horario establecido.
  • 28. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA g. Cumplir con la jornada laboral. h. Responder por el uso adecuado y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. Art. 11. DEBERES DE LOS ASEADORES a. Brindar un trato respetuoso a todos los miembros de la comunidad educativa. b. Cumplir con la jornada legalmente establecida. c. Realizar la limpieza en la institución. d. Responder por el uso adecuado y seguridad de los equipos y materiales confiados a su manejo. e. Informar cualquier novedad ocurrida en su campo o en los equipos a su cuidado. Art. 12. DEBERES DE LOS VIGILANTES a. El celador dependerá en su sitio de trabajo del rector de la institución educativa al cual este asignado. b. Velar por los bienes adscritos a la institución respondiendo por la guarda y existencia de todos los bienes pertenecientes al mismo, los cuales deberán ser entregados para su custodia debidamente inventariados por el Rector, sobre lo cual se firmarán un acta con copia para las partes. Parágrafo 1: La responsabilidad sobre los bienes dados en inventario, comenzará a partir del momento en que la institución quede bajo la responsabilidad del celador. Además, colaborarán en la conservación y cuidado de los bienes de la institución, evitando la salida sin autorización de los bienes dados a su responsabilidad.
  • 29. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA c. Entregar aseado el patio a las 6:30 AM, lo mismo que la entrada principal de la institución. d. Abrir el portón o puerta para facilitar la entrada al personal docente, directivo- docente, administrativo y estudiantes. Además, hará entrega de las llaves de la puerta principal al rector. Parágrafo 2: Por la necesidad de la institución y en común acuerdo con el Rector, el celador colaborará con la institución en el horario de 6:30 AM a 7:30 AM y de 1:30 PM a 2:30PM. e. Guardar respeto al director de acuerdo a sus funciones. Art. 13. PERFL DEL ESTUDIANTE 1. Gestor permanente de su excelencia académica: En un ser comprometido con su formación integral, autónomo, puntual, con alto sentido de responsabilidad con sus compromisos académicos y convivenciales, facilitador de sus procesos de aprendizaje y potenciador activo en el desarrollo de sus pensamientos, habilidades y valores. 2. Espíritu investigativo: Desarrolla un espíritu científico haciendo uso de la investigación y teniendo como herramienta principal la naturaleza y la creatividad para llegar a descubrir la verdad de las cosas. Propone un conocimiento fertilizado en la búsqueda permanente. Observa, descubre, pregunta, analiza, considera y estudia las ideas de los otros. 3. Ambientalista: Capaz de ejecutar acciones que permitan crear una cultura ambiental a través de la promoción de campañas de sensibilización (vacunación, arborización, manejo de basuras, reciclaje, uso racional de recursos naturales y disminución de los niveles de contaminación, etc.) sobre
  • 30. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA el presente y el futuro de nuestro medio ambiente. Muestra una actitud permanente por mejorar los problemas ambientales de su entorno y su influencia en la calidad de vida de los seres vivos y la comunidad general. 4. Trabajo en equipo: Participa en la transformación de la vida individual y colectiva. Coloca sus intereses al servicio del grupo escolar, social y familiar. Cultiva la participación fundada en el reconocimiento del otro. 5. Democrático: Capaz de expresar sus ideas y respetar la opinión de las demás personas. Toma decisiones libres y autónomas al participar de las diferentes manifestaciones de la democracia. Promueve el respeto de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los diversos estamentos de la comunidad educativa. 6. Amante de los deportes, las artes y la tecnología: Capaz de hacer buen uso de su tiempo libre. Cultiva el buen gusto por las manifestaciones de las artes y la cultura. Emplea racionalmente las diferentes herramientas tecnológicas que el medio le ofrece. 7. Gestor de valores: Comprometido con la práctica de los instrumentales, tale como: el amor, el respeto, la solidaridad, la alegría, el orden, la tolerancia, la solidaridad, la responsabilidad y la justicia para promover el desarrollo de la comunidad y la sana convivencia. 8. Manejo de relaciones Interpersonales: Es respetuoso y tolerante de las diferencias individuales de las opiniones de los demás. Comparte y socializa sus sentimientos, emociones y experiencias.
  • 31. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA 9. Partidario de la resolución pacífica de conflictos: Identifica el conflicto como un componente de las relaciones sociales. Asume productiva y constructivamente el conflicto para buscar soluciones pacíficas. Llega a acuerdos a través del diálogo rechazando todo tipo de violencia. Es un mediador de conflictos. Emplea el diálogo, los conductos regulares, la concertación y el respeto para elevar los niveles de sana convivencia en su entorno. 10. Sentido de pertenencia: Capaz de identificarse con la filosofía y símbolos institucionales valorando los bienes físicos y el sentir de los miembros de la comunidad. 11. Creativo: Capaz de manejar su iniciativa y su inventiva para traducirlas en acciones concretas que permitan construir un proyecto de vida sano y feliz en el que el bienestar colectivo se beneficie de él. Explora, recrea y transforma la realidad. 12. Autónomo: Se compromete en la construcción de su propia identidad. Conoce su origen y valora su propia historia de vida. Cuida su integridad personal. Comprende e interioriza normas universales con validez por encima de las partes en conflictos y actúa en consecuencias con ellas. 13. Líder comunitario: Orienta procesos o actividades comunitarias encaminadas a favorecer el desarrollo y la calidad de vida en su medio. Propicia espacios democráticos y gestiona proyectos que benefician a su sector, ante organismos que permitan su operatividad. Es dinámico, participativo, solidario, sensible y amante del trabajo grupal. Se compromete con el proyecto común al cual aporta desde su proyecto personal.
  • 32. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA 14. Competente: Aplica los conocimientos adquiridos en las diferentes áreas del saber, desarrolla sus habilidades y lleva a la práctica sus valores para tener un buen desempeño escolar, familiar, social y laboral. Art. 14. PERFIL DEL DOCENTE 1. Mantiene una actitud de búsqueda de la verdad y la autenticidad: El amar la verdad le permite reflexionar y analizar críticamente su quehacer de educador. 2. Justo y misericordioso: El criterio de la justicia humana le permite dar a cada uno según sus merecidos y el criterio de la misericordia lo impulsa a dar según las necesidades del otro. 3. Comprometido y esperanzado: Es una persona que comparte sentimientos con los estudiantes y participa en sus actividades. 4. Servidor de los demás: La vocación de servicio se transluce en la sencillez, la afabilidad, la alegría y la ternura en la convivencia diaria. 5. Paciente y esperanzado: Es el partidario fiel del sueño de cada niño o joven que se encuentra bajo su tutela o guía esperando con paciencia el desarrollo de los ciclos naturales presentes en cada uno de sus procesos de aprendizaje. 6. Capaz de insertarse en la realidad cultural de hoy: Entra en un diálogo profundo con la cultura para tratar de comprender y aceptar el riesgo de los cambios sociales.
  • 33. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA 7. Capaz de establecer relaciones interpersonales: Programa un proceso de educación sociopolítica al cambio y al sentido de solidaridad. 8. Consciente de la tarea educativa: Adquiere una competencia pedagógica para actuar con metodología activa, creativa, personalizada y dinámica. 9. Crítico del ejercicio de su propia personalidad: Se auto-educa con el estudiante y, por tanto, es un modelo con el que el niño o joven puede identificarse y adquirir seguridad. 10. Capaz de atender la diversidad: Respeta el pluralismo cultural y da una respuesta educativa que tenga en cuenta la diversidad de capacidades, intereses y motivaciones a cada estudiante. 11. En proceso de formación permanente: Busca una formación completa y armónica del aspecto intelectual y afectivo, así como del ético-social y la continua transformación de sus actitudes. Emplea la auto-evaluación para potenciar su propia autonomía, responsabilidad y capacidad de emitir juicios y criterios positivos. Art. 15. PERFIL DEL PADRE DE FAMILIA 1. Buen comunicador: Capaz de comunicarse en forma clara, amorosa y respetuosa, de tal manera que su vínculo se fortalezca y genere una armónica convivencia escolar y familiar. 2. Promotor de la resolución pacífica de conflictos: Capaz de propiciar la equidad entre los miembros de la comunidad familiar y la toma de decisiones producto de la concertación.
  • 34. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA 3. Testimonio de la democracia: Capaz de facilitar el ejercicio democrático de la autoridad en la familia de hoy a través del amor, la solidaridad, el servicio, la ternura y el sano intercambio afectivo. 4. Defensor de los derechos de los niños y niñas: Capaz de proteger a la infancia de la violencia en cualquiera de sus manifestaciones mejorando sus condiciones y brindando la posibilidad de desarrollarse en forma integral. 5. Líder en el desarrollo humano de sus hijos: Capaz de instrumentalizar manifestaciones afectivas en la familia como elemento clave para el cuidado y desarrollo de la vida, así como de ciudadanos sensibles y comprometidos con su desarrollo personal y social. 6. Motivador de la construcción del proyecto de comunidad familiar: Capaz de fortalecer entre los participantes la puesta en marcha de un proyecto de comunidad familiar clarificado y vivido con entusiasmo y compromiso. 7. Colaborador en el éxito escolar: Capaz de brindar las condiciones necesarias en la adquisición de herramientas que faciliten el mejoramiento continuo de autorrealización y desarrollo de las potencialidades de sus hijos.
  • 35. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO II EL GOBIERNO ESCOLAR Y LA ORGANIZACIÒN INSTITUCIONAL CAPITULO I ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR Art. 16. EL GOBIERNO ESCOLAR ESTA CONSTITUIDO POR EL RECTOR, CONSEJO DIRECTIVO Y EL CONSEJO ACADÉMICO. El consejo directivo: se encargará de la orientación académica y administrativa del colegio. El consejo académico: como instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento. El rector: como representante del establecimiento ante las autoridades educativas y se encargará de ejecutar las ediciones del gobierno escolar.
  • 36. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA CAPITULO II ELECCION Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DEL GOBIERNO ESCOLAR Art. 17. Los representantes en los órganos colegiales serán elegidos para periodos anuales, pero continuarán ejerciendo sus funciones hasta cuando sean reemplazados. en caso de vacancia, se elegirá su reemplazo para el resto del periodo. Art. 18. Se convocará a elección de los integrantes del consejo de gobierno, al mes y quince días de haberse iniciado al año escolar. Art. 19. El consejo directivo estará integrado por: • El rector quien lo convoca y preside. • Dos representantes del personal docente, elegidos democráticamente. • Dos representantes de los padres de familia, elegidos por la junta directiva de la Asociación de padres de familia. • Un representante de los estudiantes elegido por el consejo de entre los alumnos que se encuentren cursando 11º. • Un representante de los exalumnos elegido por el consejo directivo de tema recibido por el mismo. • Un representante del sector productivo escogido por el consejo directivo. Art. 20. SON FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO: a. Analizar y tomar decisiones que permitan el buen funcionamiento del colegio, sin entrar en competencia con las responsabilidades y resoluciones de la Rectoría del Plantel.
  • 37. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA b. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presentan entre docentes, administrativos, padres de familia y alumnos del establecimiento, teniendo en cuenta los procedimientos del presenta manual. c. Adoptar el manual de convivencia y el reglamento de la institución. d. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus integrantes se sienta lesionado. e. Aprobar el plan anual de capacitación académica del personal docente presentado por el Rector. f. Participar el la planeación y evaluación del proyecto educativo institucional (P.E.I.) del currículo y del plan de estudios y someterlo a la aprobación de la Secretaria de educación del Municipio de Soledad y/o Departamental. g. Estimular y contribuir al buen funcionamiento del colegio. h. Participar en la evaluación de docentes, directivos docentes y personal administrativo del plantel. i. Recomendar criterios y programas de actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas. j. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas y la conformación de organizaciones juveniles. k. Darse su propio reglamento.
  • 38. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Art. 21. EL CONSEJO ACADÉMICO ESTARÁ INTEGRADO POR: • Rector. • Directivos docentes • Docentes por cada área • Sico orientador Art. 22. SON FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO: a. Servir de órgano consultor del consejo Directivo en la revisión, implementación y evaluación del P.E.I. b. Estudiar el currículo y propiciar su mejoramiento introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el decreto 1860-94. c. Organizar el plan de estudio y orientar su ejecución. d. Participar el evaluación institucional anual. e. Integrar los consejos de Docentes para evaluar periódicamente el rendimiento de los estudiantes y la promoción respectiva. f. Recibir y decidir y reclamos de los alumnos sobre la evaluación educativa. g. Las demás funciones que la asigne el Consejo Directivo el rector y las atribuidas en el P.E.I. Art. 23. SON FUNCIONES DEL RECTOR: a. Orientar la ejecución el proyecto educativo institucional y aplicar las decisiones desgobierno escolar. b. Velar por el cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los recursos necesarios para el efecto. c. Promover el proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el establecimiento.
  • 39. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA d. Mantener activa las relaciones con las autoridades educativas y con la comunidad local, para el continuo progreso de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria. e. Establecer canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad educativa. f. Orientar el proceso educativo con la asistencia de Consejo Académico. g. Ejercer las funciones disciplinarias que le atribuye la ley, los reglamentos y el Manual de Convivencia. h. Identificar las nuevas tendencias educativas, para canalizar a favor del mejoramiento del proyecto educativo institucional. i. Promover actividades de beneficio social que vinculen e el establecimiento con la comunidad local. j. Aplicar las disposiciones que se expiden por parte del estado, atinentes a la presentación del servicio educativo, y k. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores que atribuya el proceso educativo institucional. Art. 24. CRITERIOS DE ELECCION PARA ESTUDIANTES ASPIRANTES A ORGANISMOS DE DECISION O DE REPRESENTACION DEL GOBIERNO ESCOLAR Para la designación o elección de los estudiantes que harán parte del Consejo Directivo, Consejo de Estudiantes o Personería reseguirán los siguientes criterios: a. Actitudes y valores: lealtad, honestidad, respeto. b. Disponibilidad para el servicio. c. Tiempo de vinculación a la Institución: dos años mínimos. d. Tener excelente convivencia e. Buen rendimiento académico y demostrar interés por la investigación y desarrollo e proyectos. f. Actitud de liderazgo y sentido de pertenencia a la institución.
  • 40. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA g. Calidad en las relaciones interpersonales. Art. 25. PRODEDIMIENTOS PARA ELECCION. Los estudiantes que aspiran a ocupar cargos en los organismos de decisión y representación en el gobierno escolar, además de poseer las características anteriores deben presentar al docente coordinador del Consejo Estudiantil los siguientes documentos: a. Hoja de vida: nombres y apellidos completos, grado que cursa edad y años de permanencia en la institución. b. Carta de solicitud como aspirante a partir en determinado organismo. Parágrafo 1: Esta documentación será analizada por el consejo de profesores con el fin de aceptar los que sean considerados idóneos para ocupar dicho cargo. Quienes sean aceptados deben presentar: • Original de su plan de gobierno o proyecto a realizar. • Si aspira a la personería una foto tamaño cedula 3x3. Art. 26. El personero de los estudiantes será un estudiante de 11º con un alto perfil académico y convivencial que resulte elegido por todos los estudiantes de la institución. Art. 27. El personero será elegido durante los treinta días siguientes al inicio del año lectivo. Art. 28. El ejercicio del cargo de personero escolar es incompatible con el representante de los estudiantes ante el consejo directivo.
  • 41. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Art. 29. El personero tendrá las siguientes funciones. a. Promover el cumplimiento de los derechos y deberes del estudiante para lo cual podrá utilizar los medios comunicación interna del colegio, pedir la colaboración del consejo estudiantil, organizar foros u otras formas de participación y de liberación. b. Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre elecciones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos. c. Presentar ante el rector, o los coordinadores, según sus competencias, las solicitudes de oficio, o a petición de las partes que consideren necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes, y d. Cuando los considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo las decisiones del rector respecto a las peticiones presentada por su intermedio. Art. 30. El consejo estudiantil estará formado por una representante de cada curso a partir del tercer grado (3º). Art. 31. Los alumnos de pre-escolar y los tres primeros grados en asamblea conjunta elegirá un vocero único entre los estudiantes que cursan el tercer grado. Art. 32. Son funciones del consejo estudiantil: a. Darse su propia organización interna. b. Elegir el representante ante el Consejo Directivo. c. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre desarrollo de la vida estudiantil. d. Vigilar el cumplimiento de las normas del manual de convivencia y e. Presentar proyectos que beneficien en el desarrollo institucional.
  • 42. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Art. 33. SON FUNCIONES DE LA ASOCIACIÓN DE PADRES: a. Impulsar la educación e integración de la comunidad educativa. b. Establecer lazos de cooperación y comprensión con los educadores. c. Desarrollar actividades que permitan elevar el nivel cultural y social de la comunidad educativa. d. Vigilar que las normas establecidas en la Constitución ley del menor, ley general de educación y Manual de Convivencia se cumplan en forma correcta. e. Realizar convenios del orden Municipal, departamental, regional, nacional e internacional que beneficien la calidad de vida de los estudiantes.
  • 43. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO III PROCESO DE FORMACION PARA LA CONVIVENCIA SOCIAL CAPITULO I DE LAS FALTAS FRENTE A LA CONVIVENCIA SOCIAL Art. 34. SE CONSIDERAN FALTAS LEVES: a. La impuntualidad y la inasistencia a los actos de la institución sin causa justificada (Art. 314 del Código del Menor). b. No informar oportunamente a los padres de familia y/o acudiente de las reuniones en las que se requiera su presencia. c. El uso inadecuado del uniforme, falta de aseo y desinterés en el arreglo personal (incumpliendo de los deberes referentes a la presentación Personal) d. No colaborar con el mantenimiento del aseo del aula o de la planta física. e. Realizar durante las clases y actos culturales asuntos diferentes a los que corresponden a cada caso. f. Perder tiempo o hacerlo perder a las compañeras y profesores obstaculizando el desarrollo pedagógico. g. Ingerir alimentos en el salón de clases y otros sitios que no estén destinados para ello. h. Llegar tarde a los salones de clases. i. Comer chicle dentro de la institución. j. Perturbar el silencio durante el proceso de Investigación personal k. No respetar los turnos en las Hileras de la tienda escolar. l. Perturbar con habladuría o actos de indisciplina las clases o eventos realizados en comunidad.
  • 44. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA m. No devolver lo desprendibles, notas, citaciones firmadas por padre de Familia o acudiente. n. Las manifestaciones en contra de la preservación del medio ambiente: arrojar basura fuera de los recipientes destinados para tal fin y el desplazamiento sobre las zonas verdes de la Institución. o. Adelantar o prolongar las vacaciones sin previa autorización de las directivas, especialmente los festivos. p. Permanecer en los salones de clases, kiosco y corredores durante los descansos y sin autorización del Coordinador de Grupo o Coordinador de Convivencia. q. Comprar en la tienda escolar en los intercambios de clases. r. Desplazarse a cualquier dependencia de la institución con gritos, carreras o desordenes. s. Mantener una postura corporal inadecuada. t. Traer el uniforme que no corresponde al horario de clases o actos de la institución. u. Vestir el uniforme incorrectamente, usar la camisa por fuera del pantalón, no llevarlo limpio y usar camisetas de color debajo de la camiseta del uniforme. v. Usar esmaltes fuertes o de color escandaloso, prendas o bisutería que no contrasten con el uniforme y que suelen usarse con ropa de calle. w. Usar tintes para cabello de colores escandalosos o fuertes. x. Salir del aula sin autorización en cambios de hora. Y las que a juicio de la coordinadora y comité de convivencia consideren. y. Descuido en la utilización de servicios sanitarios. z. Abandonar puestos designados sin ninguna autorización.
  • 45. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Art. 35. FALTAS GRAVE: a. la reincidencia en las faltas leves se considera como falta grave, teniendo en cuenta los siguientes parámetros: el incurrir en tres diferentes faltas leves y hasta tres en la misma falta leve b. asumir una actitud irrespetuosa ante las observaciones y correctivos que se le hagan para su formación. c. Causar daño a la planta física, pupitres, tableros, muebles, enceres, equipos, materiales didácticos libros de biblioteca o de propiedad ajena. d. Visitar sitios públicos como heladerías, bares, salas de cine, entre otros llevando cualquiera de los uniformes e. Ausentarse de las clases o del Colegio sin autorización. f. Mostrar reincidencia en el desacato a normas y órdenes que se imparten en la institución. g. Utilizar en forma verbal o escrita, palabras, apodos o frases que lesiones la honorabilidad y dignidad de las personas de la institución. h. Usar un vocabulario vulgar, inadecuado e irrespetuoso y un trato descortés, gestos y desplantes hacia las compañeras, profesores, personal administrativo y operativo. i. Confabularse con otras compañeras para desestabilizar la unidad del grupo y para sabotear las clases; burlarse de las personas e inhibir a las compañeras. j. Presentarse al Colegio en estado de embriagues o bajo efecto de las drogas alucinógenas o psicoactivos. k. Traer al Colegio revistas o material pornográfico, juegos de suerte, azar o hechicería. l. Participar en hechos relacionados con el hurto calificado, abusos, secuestros, vicariato, amenaza o intimidación, sustancias alucinógenas, licor, cigarrillo o cualquier tipo de vicio o conducta inmoral dentro o fuera de la institución. m. Ejecutar o inducir a otras personas a cometer actos relacionados con el numeral anterior.
  • 46. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA n. El encubrimiento de las faltas de las compañeras y la falta de honradez en su comportamiento. o. Incumplir las sanciones que le fuesen impuestas por cualquier miembro de la Comunidad Educativa autorizado. p. Agredir o amenazar de hecho o de palabra a un superior, a una compañera o a cualquier otra persona vinculada a la institución. q. Realizar rifas o ventas a titulo personal o de grupo sin la debida autorización. r. Realizar acto o acceso carnal con otra persona, inducir a practicas abusivas, denigrantes, deshonradas dentro de la institución, atentar o infundir negativamente en la conducta sexual. s. Protagonizar riñas o escándalos que atenten en contra de buen nombre de la institución. t. Salir de su casa con el uniforme hacia la institución y dirigirse a otros lugares, haciendo creer a sus padres la permanencia en el colegio. u. Portar arma blanca y/o de fuego. v. Ingresar, consumir o incitar consumo de sustancias psicoactivas, ansiolíticas, psicodélicas o estimulantes o depresores del S.N.C. (Bazuco, marihuana, cocaína, éxtasis). w. Hurto comprobado a compañero, docentes o al bien institucional. Art. 36. FALTAS CONTRA LO ACADÉMICO: a. La inasistencia a las actividades de nivelación, refuerzo, recuperación, profundización y extracurriculares programadas por la institución. b. Suplantar la firma y/o representación del padre de familia o acudiente para evitar la sanción en casa. c. Cometer fraude en las evaluaciones y presentación de trabajos. d. Alterar cualquier libro o documento del Colegio. e. No cumplimiento de sus compromisos académicos. f. No entregar las citaciones a los padres o acudientes.
  • 47. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA g. Inasistencia permanente a las actividades académicas.
  • 48. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA CAPITULO III PROCESO DE SEGUIMIENTO FORMATIVO FRENTE AL ORDEN CONVIVENCIAL Teniendo en cuenta la necesidad de realizar un seguimiento en el proceso de formación de los estudiantes, es indispensable dejar constancia escrita de cada una de las etapas del proceso. Art. 37. PARA LAS FALTAS LEVES a. Comisión de la falta: Amonestación verbal b. Reincidencia en la misma falta o similar: Amonestación por escrito c. Tercera comisión de la falta o similar: Anotación en el observador y comunicación al padre de familia d. Cuarta reincidencia de la falta o similar: Valoración insuficiente de convivencia por la reincidencia en la falta y comunicación al padre de familia o acudiente. Art. 38. PARA LAS FALTAS GRAVES a. Demostración de la comisión de falta: Amonestación escrita, citación a los padres o acudientes y valoración insuficiente en la convivencia b. Reincidencia en la falta o similar: Trabajo comunitario o Suspensión temporal por tres (3) o cinco (5) días hábiles según la gravedad del caso. Parágrafo 1: Las faltas serán estudiadas por el comité de convivencia y éste pasará las actas e informes al rector recomendando la aplicación de las sanciones antes expuestas o la suspensión de labores académicas o el condicionamiento de la matricula o la cancelación de la misma según la gravedad, reincidencias y voluntad expresada por el faltante. El rector tomará la decisión final.
  • 49. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Parágrafo 2: Se considera causales de la cancelación de la matrícula, las siguientes: Las faltas serán estudiadas por el comité de convivencia y éste pasará las actas e informes al rector recomendando la aplicación de las sanciones antes expuestas o la suspensión de labores académicas o el condicionamiento de la matricula o la cancelación de la misma según la gravedad, reincidencias y voluntad expresada por el faltante. El rector tomará la decisión final. Se exponen solamente, en este documento las causales de la cancelación de la matrícula, cuales son: a. Comisión de faltas graves. (Contra la moral, la integridad personal, la violación de las normas constitucionales, legales o de la institución) b. Tráfico o consumo de licor, drogas que afecten negativamente la mente y el cuerpo (Alucinógenos, psicoactivos, estupefacientes) c. El hurto reincidente y agravado de bienes de la institución o miembros de la comunidad educativa. d. La violación y el acoso sexual premeditado. e. Demostrar que pertenecen a grupos delincuenciales. f. El porte, comercialización y uso de armas. g. La actitud constante de irrespeto a los derechos de los compañeros y personal de la Institución. h. Causar daños a la instalaciones del colegio Parágrafo 3: Se afecta la permanencia en el establecimiento educativo, cuando el estudiante repruebe por dos años consecutivos, cuando incumpla con las normas pactadas en el Manual de Convivencia de la institución y afecte el proceso académico del grupo, como está establecido en el Art. 96 de la Ley General de Educación: “ARTÍCULO 96. PERMANENCIA EN EL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO. El reglamento interno de la institución educativa establecerá las
  • 50. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA condiciones de permanencia del alumno en el plantel y el procedimiento en caso de exclusión. La reprobación por primera vez de un determinado grado por parte del alumno, no será causal de exclusión del respectivo establecimiento, cuando no esté asociada a otra causal expresamente contemplada en el reglamento institucional o manual de convivencia”. Sentencia c-555 de 1994 de la Corte Constitucional. Art. 39. TENIENDO EN CUENTA LA VALORACIÓN ES INTEGRAL, SE “VALORA” EL COMPORTAMIENTO ESCOLAR EN LA SIGUIENTE ESCALA: a. Excelente: Estudiante con un comportamiento excelente en los aspectos de orden académico, disciplinario, comunitario social de acuerdo a los parámetros de este Manual de Convivencia. b. Sobresaliente: El estudiante sobresale positivamente en los aspectos de orden académico, disciplinario, comunitario en forma permanente de acuerdo a este reglamento. c. Aceptable: Estudiante que presente actitud negativa ante un determinado aspecto de orden académico, disciplinario comentario de manera inconstante de acuerdo en este Manual de Convivencia. d. Insuficiente: El estudiante incumple aspectos comportamentales contemplados en este Manual de Convivencia y, a pesar de haber sido a amonestado reincide con el quebrantamiento de los compromisos adquiridos en la institución.
  • 51. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA CAPITULO IV RÉGIMEN CORRECTIVO DE SANCIONES Y DERECHO A LA DEFENSA Art. 40. SE CONSIDERA COMO RÉGIMEN CORRECTIVOS DE LAS SANCIONES LAS SIGUIENTES: a. Ilustrar, capacitar y hacer conscientes a los alumnos de las normas del presente manual. b. Reconocer y superar la falta cometida. c. Ofrecer asesoría y orientación escolar, familiar y comunitaria. d. Hacer seguimiento del caso con el alumno y la familia. e. Realizar y sugerir tratamientos terapéuticos de carácter psicoafectivos, sociales, ocupacionales y correccionales. f. Buscar ayuda especializada en los organismos del Estado. Art. 41. SE CONSIDERAN COMO DERECHO A LA DEFENSA LOS SIGUIENTES: a. Se respetarán sus garantías constitucionales y procesales (Art. 163 C.M.) (Art. 29 C.R.C.). b. Ser escuchados en el cargo de las faltas que se imputan y presentar las pruebas correspondientes. c. Acudir al personero estudiantil, al consejo estudiantil, al consejo académico o al consejo directivo. d. Asistir con sus padres de familia, acudiente o representante legal al colegio. e. Acudir a las autoridades, Civiles o Militares cuando considere que sus derechos han sido vulnerados.
  • 52. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO IV PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES CAPITULO I CONFORMACIÓN Y FUNCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN Art. 42. EL SOMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ESTA INTEGRADO POR: • La rectora os u delegado, quien la convoca y preside. • Un número de hasta tres docentes para cada grado. • Un representante de los Padres de Familia por grado, que no sea docente de la institución. Art. 43. SON FUNCIONES DEL COMITÉ DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN LAS SIGUIENTES: a. Estudiar cada uno de los casos presentados al comité con el fin de analizar los casos persistentes de superación o insuficiencia en la consecución de los logros. b. Planear las diferentes actividades pedagógicas complementarias y necesarias para superar las deficiencias. c. Definir los casos de no promoción. d. Analizar casos de los educandos con desempeño excepcionalmente altos para recomendar actitudes especiales de motivación o promoción anticipada. e. Hacer seguimiento a las propuestas hechas tanto a educandos como a docentes.
  • 53. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Art. 44. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LOS ESTUDIANTES • Evaluación de los Estudiantes: Los 4 informes parciales y el final de valoración darán cuenta de los procesos de avances de los estudiantes, donde se evidencien fortalezas y debilidad, mediante una escala dad en los siguientes términos: Un estudiante alcanza EL NIVEL EXCELENTE, cuando la meta de formación propuesta para cada proceso supera el 90% de lo exigido en cada uno de ellos, es decir, alcanza el máximo nivel en el proceso de formación. Un estudiante alcanza EL NIVEL SOBRESALIENTE, cuando demuestra primer nivel de desarrollo entre un 80% y un 90% de lo exigido. Es decir, que presenta un buen desempeño en el fortalecimiento de sus facultades y acciones. Un estudiante alcanza EL NIVEL ACEPTABLE, cuando demuestra un nivel de desarrollo mínimo esperado. Es decir, cuando alcanza un 60% en adelante. Un estudiante se ubica en EL NIVEL INSUFICIENTE, cuando no alcanza el nivel requerido durante el tiempo estipulado para el proceso de formación. Un estudiante se ubica en EL NIVEL DEFICIENTE, cuando no presente ningún tipo de avance e el proceso de formación exigido. El evaluar los procesos de formación se tendrán en cuenta el DESARROLLO DE LAS DIMENSIONES COGNITIVAS, COMUNICATIVAS, AXIOLOGICAS Y PROCEDIMENTALES.
  • 54. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA • Promoción de los Estudiantes: La institución debe garantizar un mínimo de promoción del 95% de los estudiantes que finalizan el año escolar. La comisión de evaluación y promoción será la encargada de determinar cuales estudiantes deben reiniciar el grado. Art. 45. Los estudiantes no serán promovidos al grado superior al cursado por los siguientes aspectos: • Según normas establecidas en la Ley 115 de 1994 y sus decretos reglamentarios. • Por el bajo rendimiento académico. • Por el análisis y decisión del comité académico de evaluación y promoción. • Cuando al terminar el año escolar presenta una valoración insuficiencia o deficiencia en 3 o más áreas. • Obtener valoración final insuficiente o deficiente en matemáticas y español, durante dos años consecutivos (Dec. 230). Art. 46. PROCEDIMIENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA CONVIVENCIA La valoración de la "CONVIVENCIA" en cada período académico se hará teniendo en cuenta el "Reconocimiento" de sus derechos, el "Respeto" a los deberes y la "Responsabilidad" en asumir las consecuencias de las alteraciones de la dinámica personal, institucional y comunitaria, con una Escala valorativa de "E" (excelente), "S" (Sobresaliente), “A” (Aceptable), “I” (Insuficiente) y “D” (Deficiente) según que el estudiante haya requerido de estrategias de mejoramiento personales con las que muestre avances en la abstención de comportamientos inadecuados. Así, el número de Remisiones Escritas, serán el criterio de valoración.
  • 55. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Dicho proceso de valoración en la convivencial, será mediado por el asesor de grupo, a través de la autoevaluación, la coevaluación y la evaluación, quedando registrado por escrito junto a todos los eventos del comportamiento social, en el "Observador del Estudiante", en las Hojas de Seguimiento dispuestas para ello. Los comportamientos inadecuados se registran en una ficha llamada “REMISION ESCRITA”, haciendo antes de ésta llamado de atención preventivo. Por cada tres Remisiones Escritas, el estudiante deberá asistir al Comité de Convivencia, para la oficialización de la Estrategia de Mejoramiento y la elaboración de talleres pedagógicos formativos, requisito totalmente obligatorio, para continuar en las actividades escolares posteriores. Así mismo, la valoración de la convivencia, de acuerdo al número de Remisiones Escritas en cada período, será: Cero Remisiones,”Excelente”; hasta dos Remisiones, “Sobresaliente”; hasta cuatro Remisiones, “Aceptable”; hasta seis Remisiones, “Insuficiente”; y más de seis Remisiones Escritas, valoración “Deficiente”. En el Observador del Estudiante deben aparecer por lo menos tres hojas, a saber: Hoja de Datos Personales, Hoja de Seguimiento de Comportamientos Inadecuados y la Hoja de registro de Avances y Reconocimientos. AUTORREGULACIÓN PERSONAL, INSTITUCIONAL Y COMUNITARIA. Buscando ante todo el bienestar general comunitario y el buen funcionamiento de la institución, cada miembro de la familia laurelista debe cumplir a cabalidad las normas de convivencia, a través de la "Autorregulación Personal". Por ende todo Estudiante debe abstenerse de aquellos comportamientos que lesionen los aspectos personales, institucionales y comunitarios, los cuales fueron clasificados en FALTAS LEVES Y FALTAS GRAVES. ESTRATEGIAS DE MEJORAMIENTO PERSONAL Y COMUNITARIO. Una de las metas de la Institución Distrital Comunitaria Los Laureles es lograr que sus estudiantes actúen por su propia convicción e identidad. Sin embargo también se
  • 56. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA considera la corrección justa, adecuada a la edad, circunstancias y tiempo, como un medio para encauzar a quienes con sus comportamientos, atentan contra el bien personal y comunitario, yendo así en contra de la Filosofía Formativa de la institución, previa advertencia. Así, el proceso formativo contempla las siguientes "Estrategias de Mejoramiento Personal": • Reflexión Personal. • Producción Formativa. • Amonestación Escrita. • Compromiso Inicial. • Compromiso Final. • Matricula en Observación. • Pérdida del Cupo. • Cancelación del Contrato de Matrícula. Veamos: Art. 47. LA REFLEXION PERSONAL "Hablemos y Concertemos" Cuando el Estudiante incurre en algún Comportamiento de los indicados en el numeral anterior como falta leve el paso inicial es el "Diálogo" entre el Alumno y la "Autoridad" presente en dicho evento, dejando constancia escrita en el de esta reflexión en la carpeta del Comité de Convivencia Grupal Art. 48. PRODUCCION FORMATIVA "Me concientizo y socializo" Si persistiere el comportamiento inadecuado el Director de Curso asignará la oficialización de la Estrategia de Mejoramiento y la elaboración de talleres
  • 57. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA pedagógicos formativos. (Para todos los casos, la reincidencia se da a las tres (3) veces o menos si el Comité de Convivencia así lo determina). Art. 49. AMONESTACION ESCRITA "Ante todo Escucho" Si el Estudiante continúa reincidiendo en los comportamientos inadecuados, el "Director de Curso", apoyado en el "Seguimiento de Situaciones Académicas y/o Convivenciales” cursará la "Amonestación Escrita" citando a los Padres para informarlos de dicha situación. Art. 50. COMPROMISO INICIAL “Mis acciones me comprometen” Si el estudiante, inmerso en el Proceso Formativo, no modifica sus comportamientos, ya realizada la amonestación escrita, deberá comprometerse solemnemente a cambiar sus actitudes en un documento escrito denominado "Compromiso Inicial" ante los padres de familia, el rector, el consejo directivo, el personero estudiantil, la orientadora escolar y la coordinadora como representante del consejo de convivencia. El estudiante podrá ser suspendido gradualmente de tres a quince días previo procedimiento y verificación de los hechos para posterior notificación por parte del consejo directivo a los padres de familia o acudientes. De igual manera, dicha decisión será registrada en la ficha de seguimiento individual. Art. 51. COMPROMISO FINAL "Las oportunidades están dadas" Cuando el estudiante, no da cumplimiento a lo pactado en el "Compromiso Inicial", se firmará frente a los padres de familia, el rector, el consejo directivo, el personero estudiantil, la orientadora escolar y la coordinadora como representante del consejo de convivencia el "Compromiso Final" con el cual se concede una última oportunidad para continuar en la institución. Terminado el año lectivo, si aún no se observa el comportamiento esperado, el Estudiante en cuestión continuará en la institución el siguiente año pero con
  • 58. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA "Matricula en Observación" o definitivamente se le retirará su "Cupo Escolar". Art. 52. MATRICULA EN OBSERVACION "El Futuro nos exige más" Esta situación se da cuando el Estudiante no pudo interiorizar la formación perseguida en el anterior proceso y se decide darle continuidad en la institución la condición de mejorar en el año próximo, con la facultad del Plantel para cancelar el "Contrato de Matricula" en cualquier momento del año lectivo. Acción que será determinada por "El Comité de Convivencia" (El cual lo conforman el asesor de grupo, el representante del consejo estudiantil del grupo y la coordinadora), la rectora, la orientadora escolar, el consejo directivo y el personero de los estudiantes. al incumplirse el "Compromiso Final" ofrecido por el Estudiante. Art. 53. PERDIDA DE CUPO "No se puede estar donde no se quiere" Contrariamente si el Estudiante no pudo cumplir el "Compromiso Final" y definitivamente no muestra una aceptación de la formación laurelista, el, comité de convivencia, la rectora, la orientadora escolar, el consejo directivo y el personero de los estudiantes. Determinarán la "pérdida del cupo" de uno a tres años lectivos, acción que será notificada a los Padres con suficiente antelación y a la Secretaría de Educación Distrital. Art. 54. CANCELACION DE LA MATRICULA "Las condiciones están dadas en otro espacio". La cancelación unilateral del "Contrato de Prestación de Servicios Educativos" por parte de la institución y, por ende, la permanencia del Estudiante en el mismo se da en los siguientes casos:
  • 59. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA • Cuando el Estudiante incurre en comportamientos inadecuados habiendo firmado "Matricula en Observación" • Cuando, teniendo en cuenta los propósitos, principios, derechos y deberes, no son reconocidos, respetados y asumidos en concreto por el Estudiante, en algunas de las siguientes situaciones: • Irrespetar los bienes ajenos en intento o acción de hurto. Incurrir en actos de falsificación de cualquier índole. • Ser miembro de pandillas o sectas satánicas. • Consumir, comercializar o portar drogas psicoactivas, alucinógenas, estimulantes, antidepresivos, inhalantes, nicotinicos (cigarrillos) o alcohólicas (bebidas embriagantes). • Portar armas o elementos nocivos a los demás • Escaparse de la institución • Agresión física o violencia en cualquier forma contra las personas o elementos, … Las que manifiestan claramente la incapacidad de asumir la autorregulación en lo personal, institucional y lo comunitario, demostrando ante la institución el no tener el perfil pera continuar en él, conllevando el retiro de la Institución de manera inmediata, cuando se presenten por primera vez. PARAGRAFO: La instrucción de los procesos que implique sanción de suspensión o retiro de un estudiante de la institución será competencia del rector o de la persona que el delegue. PARAGRAFO: En el evento de encontrar un estudiante menor de edad en caso de tenencia, tráfico o consumo de sustancias que produzcan dependencia, el rector o a quien delegue informará a los padres de familia y al defensor de familia
  • 60. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA sobre la situación detectada en el menor. (Código del Menor Art. 25) y en caso de un estudiante mayor de edad se informará a las autoridades competentes. Art. 55. EL CONDUCTO REGULAR Y EL DERECHO DE PETICION "La solución está muy cerca". Se refiere a la secuencia de Autoridad establecida para la aplicación de los procesos educativos. • Ante situaciones problemas o conflictos, solucionarlos con la persona con la cual se presentó la situación: compañero, docente, directivo-docente, personal administrativo o de servicios generales. • Acudir al asesor de grupo como persona encargada y primera instancia en lograr la armonía y las buenas relaciones, en caso de no haber solucionado favorablemente la solicitud de la persona interesada. • Después de haber agotado las dos instancias anteriores y no solucionar el conflicto, el asesor de grupo acude con la estudiante a coordinación. • Para peticiones grupales o individuales, solicitar la intervención del representante de los estudiantes ante el Consejo Directivo. Esta puede hacerse en forma directa y por escrito o a través del representante de grupo. • Las peticiones para apelar decisiones ante el Consejo Directivo, serán realizadas a través del Personero Estudiantil, como está consagrado en sus funciones. Art. 56. DERECHO A LA DEFENSA: Decreto 1860. Artículo 17, No. 7 • Cuando el estudiante incurra en reincidencia de comportamientos inadecuados, se requerirá la presencia de padre de familia o acudiente, para darle aviso de la estrategia de mejoramiento personal implementada, tales como: AMONESTACION ESCRITA "Ante todo Escucho”, COMPROMISO
  • 61. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA INICIAL “Mis acciones me comprometen”, COMPROMISO FINAL "Las oportunidades están dadas", MATRICULA EN OBSERVACION "El Futuro nos exige más", PERDIDA DE CUPO "No se puede estar donde no se quiere” y CANCELACION DE LA MATRICULA "Las condiciones están dadas en otro espacio” y notificarle por escrito el resultado. Igualmente se procederá con el estudiante. • El estudiante podrá argumentar su defensa por escrito anexando pruebas. Este deberá hacerlo en los tres días siguientes a la notificación de los cargos disciplinarios a los padres de familia y a la estudiante, del acuerdo del Consejo Directivo que impone la sanción respectiva presentando los recursos pertinentes. • Todas las decisiones disciplinarias tienen solo recursos de reposición, el cual deberá interponerse y sustentarse por escrito ante el Consejo Directivo dentro de los cinco días hábiles siguientes a la notificación, en que se impone la sanción para las estrategias de mejoramiento que se describen a continuación: COMPROMISO FINAL "Las oportunidades están dadas", MATRICULA EN OBSERVACION "El Futuro nos exige más", PERDIDA DE CUPO "No se puede estar donde no se quiere” y CANCELACION DE LA MATRICULA "Las condiciones están dadas en otro espacio”. PARÁGRAFO: Ante una falta el estudiante podrá informar al personero estudiantil Art. 57. CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD DE UNA FALTA. Se consideran como circunstancias que atenúan la responsabilidad de una falta las siguientes:
  • 62. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA • Haber tenido una convivencia sana en años anteriores. • Haber obrado por motivos nobles o altruistas. • Haber observado voluntariamente la comisión de la falta, antes de haberse iniciado la acción disciplinaria. • El haber sido inducido con amenazas a cometer la falta por un compañero o superior. Art. 58. CIRCUNSTANCIAS QUE AGRAVAN LA RESPONSABILIDAD DE UNA FALTA. Se consideran como circunstancias que agravan la responsabilidad de una falta las siguientes: • Haber incurrido dentro de los dos años anteriores en faltas convivenciales que dieron lugar a la aplicación de la sanción de suspensión. • Haber procedido por motivos innobles o fútiles. • Haber obrado con la complicidad de otra (s) persona (s). • Haber intentado atribuir a otros la responsabilidad de la falta. • Haber cometido la falta aprovechando la confianza que él había depositado en un superior. PARÁGRAFO UNO. Toas las sanciones de suspensión y exclusión son competencia del Consejo Directivo de la Institución, igual que al levantar una de ellas. PARÁGRAFO DOS. Todo estudiante tiene derecho al debido proceso y a la defensa, previo procedimiento adecuado en el manual de convivencia.
  • 63. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO V PROCEDIMIENTOS ESPECIALES PARA INGRESO A LA INSTITUCIÓN CAPITULO I PROCESO DE MATRICULA Art. 59. PODRÁN MATRICULARSE LOS ESTUDIANTES QUE: a. Hayan aprobado el año satisfactoriamente, alcanzando los logros académicos y actuando conforme al Manual de Convivencia. b. Reiniciar por primera vez el año escolar a causa de su bajo rendimiento académico. c. Hayan presentado y diligenciado el formato de pre-matricula para el año escolar entrante. d. Se encuentren en la lista de admitidos de estudiantes nuevos, presentada por la respectiva comisión. Art. 60. MOTIVOS PARA PERDER EL DERECHO DE MATRICULA: a. El retiro definitivo de la institución sin justa causa. b. El manifestar con hechos desinterés y falta de voluntad en asimilar las orientaciones del Manual de Convivencia a pesar del seguimiento realizado. c. La perdida del mismo grado por segunda vez o que reincidan dos (2) años consecutivos con las materias insuficientes.
  • 64. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA d. La pérdida del grado por inasistencia no justificada. Art. 61. REQUISITOS PARA INSCRIPCIÓN DE ESTUDIANTES NUEVOS Los estudiantes presentarán a la secretaria de la inscripción el registro civil, fólder con gancho, fotocopia documento del SISBEN, fotocopia tarjeta de identidad, recibo de servicio público, fotocopia de cédula de ciudadanía del acudiente y el informe final del año escolar que cursó. La inscripción no tiene costo alguno. Art. 62. SELECCIÓN DE ESTUDIANTES La población estudiantil inscrita presentará una prueba diagnostica, que los docentes elaborarán con anterioridad, para determinar las fortalezas y debilidades en las áreas de estudio evaluadas. Además, asistirá a una entrevista con el sicorientador en compañía de sus padres. Este a su vez realizará un proceso de inducción con los estudiantes que ingresan por primera vez a la institución y sus respectivos padres de familia Art. 63. DILIGENCIAMIENTO DE LA MATRICULA • ESTUDIANTES NUEVOS: a. Inscribirse en el tiempo previsto para ello y realizar la prueba diagnostica b. Presentar el informe final del año anterior (quienes van a cursar 1º, 2º, 3º, y 4º) o los certificadas de estudios de los grados anteriores (quienes van a cursar 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º y 11º).
  • 65. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA c. Fotocopia del registro civil. d. Fotocopia del carnet del SISBEN o EPS y Aval de desplazado si lo tiene. e. Un fólder con gancho. f. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del acudiente y un recibo del servicio público. g. Cancelar en el banco los costos educativos (Se exonera del pago a los beneficiados con el Sisben Nivel I –II) h. Firmar (acudiente y estudiantes) el libro de matricula. Art. 64. ESTUDIANTES ANTIGUOS: a. Informe final del grado anterior. b. Fotocopia del carnet del SISBEN, EPS y Aval de desplazado (si lo tiene). c. Tres fotos tamaño cédula. d. Un fólder con gancho. e. Fotocopia de la cédula de ciudadanía del acudiente y un recibo del servicio público. f. Cancelar en el banco los costos educativos. (Se exonera del pago a los beneficiados con el Sisben Nivel I –II) g. Firmar (acudiente y estudiante) el libro de matricula.
  • 66. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO VI USO DE LAS INSTALACIONES ESCOLARES CAPITULO I SENTIDO DE PERTENENCIA CON LAS INSTALACIONES Art. 65. MI SENTIDO DE PERTENENCIA ME EXIGE RESPETAR LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS DEL COLEGIO • Conservar en buen estado la planta física de la institución: Utilizar adecuadamente las canecas, no rayar paredes, pupitres, utilizar adecuadamente los baños. • Colaborar con el aseo y orden de cada dependencia. • No comer ni beber mientras se encuentre en salones, sala de informática, laboratorios, rectoría y otros. • En sala de informática seguir instrucciones del respectivo docente. • Cumplir con las normas internas del Manual de la sala de informática. • Cuidar con mucho esmero las diferentes herramientas de trabajo e instrumentos de laboratorio, libros, artículos deportivos y otros. • En caso de pérdida o daño de algún material debe ser repuesto con la misma característica al original y por el responsable directo ya sea estudiante, docente u otro miembro de la comunidad.
  • 67. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA Art. 66. EN CUANTO AL USO ADICIONAL DE LAS INSTALACIONES ESCOLARES EN LOS DIFERNTES PROGRAMAS DE EXTENSIÓN A LA COMUNIDAD: SERVICIO SOCIAL ESTUDIANTIL, PROYECTOS DE TRABAJO CON LA COMUNIDAD; ES IMPORTANTE TENER EN CUENTA: • Velar por la conservación de la planta física. • Responsabilizarse por la pérdida o daño de los materiales/ herramientas solicitados. • Hacer el debido diligenciamiento para el uso de determinada instalación con la antelación de 5 días.
  • 68. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA TITULO VIII ESTIMULOS, MÉRITOS Y PERMIOS CAPITULO I ESTÍMULOS Art. 67. Los estudiantes reciben los siguientes estímulos: a. Exoneración del pago de los costos educativos a quienes ocupen el primer lugar del grupo respectivo al finalizar el año escolar. b. Mención de honor en los actos cívicos a los estudiantes de comportamiento destacado escogido por el asesor de grupo c. Ser postulado o elegido para ocupar cargos directivos en la Organización Estudiantil. d. Ser designado para representar la institución en eventos académicos, artísticos, deportivos o sociales, organizados por otras instituciones. e. Exoneración de las pruebas académicas de final de semestre a quienes los docentes decidan en su respectiva asignatura por excelente rendimiento académico. f. Reconocimiento y mención de honor al estudiante que obtenga el puntaje más alto en el examen de Estado (ICFES), en la ceremonia de graduación. g. Dotación de los textos a utilizar a quien ocupe el mejor segundo lugar por grados.
  • 69. INSTITUCIÓN DISTRITAL COMUNITARIA LOS LAURELES CIENCIA, TECNOLOGÍA, CAMINO A LA EXCELENCIA h. Mención de honor en actos culturales a los estudiantes que demuestren comportamiento destacado en el motivo del acto escogido por el docente del área comprometida en él. i. Reconocimiento o mención de honor a los estudiantes que obtengan el puntaje más alto en las pruebas Saber según su grado y área evaluada. j. Celebrar el día del estudiante. Reconocimiento por la permanencia escolar. Los estudiantes que inicien su proceso de formación desde el nivel pre - escolar y culminen sus estudios de la básica media, en la institución se harán merecedores de reconocimiento el día de su graduación Art. 68. Los padres de familia reciben los siguientes estímulos: a. Reconocimiento en la ceremonia de clausura por su colaboración. b. Descuento económico por: Matricular dos o más hijos y apoyo económico según estudio del colegio, por excelente rendimiento académico de su hijo (a) y por calamidad doméstica justificada por extra juicio c. Identificación y divulgación de buenas prácticas. d. Celebración día de la familia e. Distinción a las familias por su apoyo en las actividades académicas, deportivas, culturales, científicas y artísticas en las reuniones de periodo. Art. 69. Los Docentes y Directivos Docentes reciben los siguientes estímulos: a. Reconocimiento en Hoja de Vida. Cuando un o una docente tiene un desempeño sobresaliente en una actividad académica, cultural o deportiva, la