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UNIVERCIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO – PUNO
ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA
COMUNICACIÓN SOCIAL
TALLER DE ESTRATEGIAS COGNITIVAS PARA EL
APRENDIZAJE
TEMA
PRACTICA DEL COMERCIO EN EL
PERÚ
PRESENTADO POR:
BRAULIO JHONATHAN QUISPE ZAPATA
DOCENTE:
JAVIER ELIAS MAMANI GAMARRA
JULIACA-PERU
2020
2
INDICE:
DEDICATORIA .....................................................................................................................................4
AGRADECIMIENTO ............................................................................................................................5
INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................................6
PRACTICA DEL COMERCIO EN EL PERÚ.......................................................................................7
I. CODIGO DEL COMERCIO.......................................................................................................7
1.1. BASE LEGAL.-.....................................................................................................................7
1.2. CONCEPTO.-........................................................................................................................7
1.3. EL COMERCIO. -................................................................................................................7
1.4. EL COMERCIANTE. -....................................................................................................7
1.5. REQUISITOS PARA EJERCER EL COMERCIO. -.......................................................8
1.6. IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL COMERCIO.- ................................................8
1.7. OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE. -.....................................................................9
1.8. LIBROS CONTABLES.-......................................................................................................9
II. ORGANIZACIÓN Y CONSTITUCION DE EMPRESAS COMERCIALES..................10
2.1. CONCEPCIÓN DE LA EMPRESA.- ...............................................................................10
2.1.1. EL EMPRENDEDOR.- ..............................................................................................11
2.1.2. EMPRESARIO. - ........................................................................................................11
2.1.3. LA EMPRESA. - .........................................................................................................12
2.1.4. ELEMENTOS DE UNA EMPRESA. - .....................................................................12
2.2. CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS.-.......................................................................12
2.2.1. POR SU PERSONERIA.-...........................................................................................12
2.2.2. MODALIADES EMPRESARIALES.- .....................................................................14
2.2.3. FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA.-..........................................15
2.2.4. TRAMITES PARA SU CONSTITUCIÓN.-.............................................................16
III. TITULOS VALORES. ...........................................................................................................17
3.1. BASE LEGAL.-...................................................................................................................17
3.2. CONCEPTO.-......................................................................................................................17
3.3. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALORES. -..............................................18
3.4. CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES.- .....................................................18
3.5. PARTICIPANTES DEL TÍTULO VALOR.-...................................................................18
3.6. LOS TÍTULOS VALORES.- .............................................................................................19
3
IV. CONCLUCIONES:.................................................................................................................21
RECOMENDACIONES.......................................................................................................................21
ANEXOS ..............................................................................................................................................22
4
DEDICATORIA
Dedico este proyecto de monografía a mis padres quienes me apoyaron todo el
tiempo.
A mis compañeros quienes fueron un gran apoyo emocional durante el tiempo en que escribía
esta investigación.
A mis docentes quienes nunca desistieron al enseñarme, aun sin importar que muchas veces
no ponía atención en clase.
A todos los que están interesados en esta idea y dan su voto de confianza en mí.
EL AUTOR.
5
AGRADECIMIENTO
El agradecimiento de este proyecto va dirigido primero a mí mismo, a la
madre tierra (pachamana) por darme el alimento de cada día y prever las
condiciones climáticas, también para mi docente: JAVIER ELIAS MAMANI
GAMARRA, que gracias a su conocimiento y ayuda puedo concluir con éxito
esta anhelada monografía, a mi padre, madre y hermana, que estuvieron todos
los días pendientes y apoyándome para que nada salga mal y todo este bien
elaborado los trabajos encargados.
EL AUTOR.
6
INTRODUCCIÓN
Un código de comercio, es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de
Derecho mercantil, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones
mercantiles.
Los códigos de comercio se comenzaron a elaborar y promulgar a partir de la Ilustración, y
partiendo del precedente la codificación del Derecho de Francia, que realizó Napoleón
Bonaparte.
En la actualidad, el Derecho mercantil se encuentra, en muchos casos, regulado no
sólo en el código de comercio, sino en una serie de leyes especiales, debido al proceso
denominado descodificador. Sin embargo, existe también cierta tendencia a Re decodificar esas
normativas especiales en un sólo cuerpo normativo o código y, en todo caso, en lo relativo a
sus principios básicos.
El Primer Código de Comercio Peruano de 1853 fue promulgado por el presidente
Don José Rufino Echenique el 10 de enero de 1852, la cual ha tenido 2 influencias
fundamentales en sudación, así como en su sistemática normativa: las Ordenanzas de Bilbao y
el Código de Comercio Español de 1829. Conteniendo una estructura de 1269 artículos
distribuidos en cinco libros, este primer Código de Comercio de 1853 creó el Registro Público
y General de Comercio. (SALDARRIAGA, 2016)
En el ámbito local se observa, que muchas de nuestros comerciantes, ejercen el
comercio sin siquiera tener conocimiento de ello. Estos cometen infracciones personales para
con su economía, también para la formalidad correspondiente, haciéndose merecedores de
penalidades, que en el peor de los casos llegan a perder gran parte de su patrimonio, así mismo;
no existe instituciones que guie y acompañé a los comerciantes locales, que por temor no son
formalizados en el sistema de recaudación e incentivos de nuestra economía peruana, no siendo
suficiente con el programa (produce) por parte del ministerio de economía y finanzas.
La informalidad y el desconocimiento a llegado a diferentes campos, pero por parte
de la SUNAT ha llegado a reducirse, extendiendo así un nuevo sistema de recaudación llamado
(MYPE tributario) siendo este similar al régimen general. Estos actuados de esta institución
llevara a reducir el mal que carcome al estado peruano (el lavado de dinero).
7
PRACTICA DEL COMERCIO EN EL PERÚ
I. CODIGO DEL COMERCIO
1.1. BASE LEGAL.-
Código civil
Ley general de sociedades N° 26887(9.12.1997)
Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada, Decreto Ley N°
21621(15.09.1976).
1.2. CONCEPTO.-
El Código de Comercio recoge todas las Disposiciones del Derecho mercantil y los conflictos
se resuelven en tribunales civiles o en tribunales específicos aunque esto dependa de los
países donde se produzca la disputa. (Castillo S. 2014.)
Llamamos código de comercio al conjunto de reglas, normas y preceptos legales que regulen
a las actividades comerciales ejercidas en el territorio peruano, también existe código del
comercio en los países extranjeros; Que tienen similitud en las actividades comerciales.
1.3. EL COMERCIO. -
El acto de comercio puede ser definido como las negociaciones, operaciones,
contratos y otras acciones de intercambio de bienes y servicios, que la ley
declara mercantiles, aunque no fueran quienes lo practican. (Roger Quaquira
Huayta,)
Llamamos comercio a la actividad económica social que consiste en el
intercambio de bienes o servicios para satisfacer la necesidad de quien
requiera el uso de este.
1.4. EL COMERCIANTE. -
El comerciante es la persona física o jurídica que por si o por medio
de otros y en nombre propio realiza para el mercado una actividad comercial
o industrial. (Manuel Broseta Pont)
Un comerciante se atribuye como intermediario entre el producto ya sea de
un bien o servicio y el consumidor que mediante este círculo entre uno al otro
recibe una forma de ganancia, ambos satisfacen sus necesidades.
De acuerdo al código del comercio, Art. 1°
Son comerciantes, para los efectos de este código:
1. Los que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican
a él habitualmente.
8
2. Las compañías mercantiles o industriales que se constituyeren con
arreglo a este código.
Se reconoce comerciante a las personas, compañías, industrias que
constituyeron o ejerzan el comercio de acuerdo a las medidas del código del
comercio y este les de capacidad legal para actuar en su fin.
1.5. REQUISITOS PARA EJERCER EL COMERCIO. -
Toda persona tiene derecho a ejercer el comercio, pero para ejercerla
debemos cumplir con ciertos criterios que son considerados como requisitos,
por ejemplo, uso de razón o capacidad legal.
De acuerdo al código del comercio, Art. 4°
Pueden ejercer el comercio los mayores de 21 años y los menores de edad
legalmente emancipados que tengan libre disposición de sus bienes.
Para ejercer el comercio se reconoce a los mayores de 21 años y los
menores de edad legalmente emancipados, ellos con la capacidad de disponer
sus bienes libremente, supone que este permitido de realizar con ellos todo acto
licito o permitido por ley, por lo tanto, podrá destinarse a la actividad comercial.
Esta capacidad para ser comerciante no limita o restringe de manera
estricta, no distingue el sexo, ni la nacionalidad, ni la raza, ni la religión que
tenga; Tal como su derecho civil una persona es libre de ejercer el comercio. En
cuanto a los ciudadanos extranjeras pueden ejercer el comercio, pero no podrán
actuar o adquirir un título directa o indirectamente, ni individual, ni en sociedad
dentro de los 50 Km de frontera. (Const. 93 - Art. 71.)
1.6. IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL COMERCIO.-
9
Vistos en los requisitos para ejercer el comercio no había alguna restricción hacia las
personas, pero hay límites para ejercer el comercio.
De acuerdo al código del comercio, Art. 13 y 14° que indican la inhabilitación, prohibición y
restricción para ejercer el comercio.
Art. 13.- No podrán ejercer el comercio, ni tener cargo ni intervención directa,
administrativa o económica, en compañías mercantiles o industriales.
Los sentenciados a pena de interdicción civil, mientras no hayan cumplido sus condenas o
sido amnistiados o indultados.
Los declarados en quiebra, mientras no hayan obtenido rehabilitación; o estén autorizados, en
virtud de un convenio aceptado en junta general de acreedores y aprobado por la autoridad
judicial, para continuar al frente de su establecimiento; entendiéndose en tal caso limitada la
habilitación a lo expresado en el convenio.
Los que, por leyes y resoluciones especiales, no puedan comerciar.
Art. 14.- No podrán ejercer la profesión mercantil por sí ni por otro, ni tener cargo ni
intervención directa, administrativa o económica, en sociedades mercantiles o industriales,
dentro de los límites de los departamentos, provincias o pueblos en que desempeñen sus
funciones:
Los magistrados, jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal en servicio activo. Esta
disposición no será aplicable a los Jueces de Paz, ni a los que accidentalmente desempeñen
funciones judiciales o fiscales.
Los jefes políticos o militares de departamentos, provincias o plazas.
Los empleados en la recaudación y administración de fondos del Estado, nombrados por el
Gobierno.
Para ejercer el comercio se reconoce a los mayores de 21 años y los menores de edad
legalmente emancipados, ellos con la capacidad de disponer sus bienes libremente, supone
que este permitido de realizar con ellos todo acto licito o permitido por ley, por lo tanto podrá
destinarse a la actividad comercial.
1.7. OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE. -
La persona que ejerza el comercio estará obligado a:
Pagar tributos. Los comerciantes que ejerzan el comercio de carácter legal, deben pagar
tributos como licencias, impuestos, tasas.
Inscribirse al ruc. Toda persona que es comerciante de forma unipersonal o jurídicamente,
tendrá la obligación de incribir su actividad al registro único de contribuyentes que es a cargo
de la SUNAT.
Llevar la contabilidad. Los comerciantes deben llevar el registro de las operaciones que se
lleven a cabo diariamente para su control y gestión eficaz y eficiente de su empresa.
Llevar planillas y libros contables. Los comerciantes que tengan a cargo trabajadores deben
llevar las planillas pertinentes, también los libros contables, todos estos documentos
obligados para los comerciantes legalmente formales.
1.8. LIBROS CONTABLES.-
10
El comerciante debe llevar libros contables, para su diagnóstico análisis y evaluación de su
empresa, al registrar la operación diaria realizada en la empresa ayudara para su gestión,
control y diagnostico frente a los resultados financieros que obtenga la empresa, estos están
contemplados en el código de comercio.
De acuerdo al código del comercio, Art. 19°, 33° y 34° que indican la inhabilitación,
prohibición y restricción para ejercer el comercio.
Art. 19°.- Formalidades de los libros registrales; El Registrador llevará los libros
necesarios para la inscripción, sellados, foliados y con nota expresiva, en el primer folio, de
los que cada libro contenga, firmada por el juez de primera instancia. Donde hubiere varios
jueces de primera instancia, podrá firmar la nota cualquiera de ellos.
Art. 33°.- Libros a llevar; los comerciantes llevarán necesariamente:
Un libro de inventario y balances.
Un libro diario.
Un libro mayor.
Demás libros que ordenen las leyes.
Las sociedades y compañías llevaran también un libro de actas, en las que constan todos los
acuerdos que se refieran a la marcha y operaciones sociales, tomados por las juntas generales
y los consejos de administración.
Art. 34°.- Libros facultativos; Podrán llevar además los libros que estimen convenientes,
según el sistema de contabilidad que adopten.
II. ORGANIZACIÓN Y CONSTITUCION DE EMPRESAS COMERCIALES.
2.1. CONCEPCIÓN DE LA EMPRESA.-
11
Una organización empresarial de cualquier índole nace componiéndole
cuatro etapas: al ver la necesidad que exige la sociedad, luego una persona
genera una idea de negocio que cubra la necesidad, que a esa persona le
llamaremos emprendedor, luego el emprendedor ejecuta un plan de
inversión, en seguida pone en marcha y opera la idea, llamémosle
empresario.
2.1.1. EL EMPRENDEDOR.-
Se denomina emprendedor a aquella persona que identifica una oportunidad
y organiza los recursos necesarios para cogerla, o a alguien que empieza un
proyecto por iniciativa propia. (www.emprendepyme.net)
Es esa persona que desea trabajar para sí mismo, decide por voluntad coger
una oportunidad venciendo obstáculos para crear su negocio y se propone en
el camino de “haz realidad tu idea, genera tu propio negocio”.
2.1.2. EMPRESARIO. -
EMPRESA
NESECIDAD
IDEA
EJECUCIÓN
OPERACIÓN
12
Persona física o jurídica que, por sí mismo o mediante delegados, ejercita y
desarrolla una actividad empresarial adquiriendo los derechos y asumiendo
obligaciones que se deriven de dicha actividad. (Jorge Dias Mosto).
Es la persona que luego de una decisión ejecuta, desarrolla directamente o
mediante representantes su negocio, luego de dar un paso al emprender dice
“ya es realidad mi negocio”, que también asume las responsabilidades
previstas en la legislación peruana.
2.1.3. LA EMPRESA. -
La empresa es una organización constituida por personas naturales o
personas jurídicas, que se dediquen a cualquier actividad lucrativa de
extracción, producción, comercio o servicios industriales, comerciales o
similares, con excepción de asociados y fundaciones que no tienen fines
lucrativos.
Tienen personalidad jurídica y deben constituirse legalmente. (Jorge Dias
Mosto).
Se entiende por empresa al ente social productivo o comercial, cuyo objeto
principal será la obtención de utilidades, lucro o ganancias, o prestar servicios
a la comunidad.
2.1.4. ELEMENTOS DE UNA EMPRESA. -
Una empresa contará elementos como los siguientes:
➢ Establecimiento, es el local donde se lleva la actividad.
➢ Recursos materiales, comprende el capital o los bienes aportados
por los empresarios, que serán representados por dinero, materia
prima, títulos valores, etc.
➢ Recursos humanos, conformaran personal o talento humano,
propietarios y trabajadores.
➢ Razón social, se entiende que es el nombre o la denominación de la
organización empresarial.
2.2. CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS.-
Para la organización y constitución de las empresas veremos su estructura
Jurídica.
2.2.1. POR SU PERSONERIA.-
13
➢ Personas naturales.-
Se denomina personas naturales a personas físicas o individuales,
incluyendo tanto a varones como a mujeres solteras, viudas o
divorciadas y a las casadas que obtengan rentas personales. (Jorge Dias
Mosto)
Como personas naturales tenemos el derecho de ejercer, manejar y
asumir responsabilidad de cualquier actividad económica. Fuente.
Las ventajas que se obtiene, se pueden crear y liquidar fácilmente,
se puede reaccionar rápidamente en caso de cambios bruscos del
mercado que afecten a la empresa, no requiere mucha inversión ni
pagos legales.
Las limitaciones que se obtiene, La responsabilidad se extenderá a
todo el patrimonio. Es decir, ante cualquier compromiso o deuda, se
responde no sólo con los bienes destinados al funcionamiento del
negocio sino, también, con el patrimonio personal (terrenos, casas,
electrodomésticos, medios de transporte, cuentas privadas, etcétera),
se dispone de un capital limitado, esto puede representar serios
problemas al crecimiento futuro de la empresa, en caso de una
enfermedad o accidente puede significar una interrupción en las
operaciones.
PASOS PARA CONSTITUIR COMO PERSONA NATURAL:
1. Tramitar el registro único de contribuyente (RUC) en la SUNAT,
incluye la selección de régimen tributario y solicitud de emisión
de tickets, boletas y/o facturas.
2. Inscribir a los trabajadores al sistema previsional de salud.
3. Tramitar licencias de funcionamiento ante la entidad local
4. Legalizar los libros contables dependiendo al régimen elegido.
➢ Personas jurídicas.-
Son personas jurídicas las sociedades cuyos capitales están constituidas
por acciones, las sucursales o agencias en el país de titulares en el
exterior. (Jorge Dias Mosto)
14
Es una empresa fundada por una persona natural o varias o por personas
jurídicas, la persona jurídica no tiene existencia física, puede ser
representada, lo llamamos representante legal.
Su beneficio es que no depende de los fundadores gracias a su
autonomía; su responsabilidad no se extenderá con sus patrimonios
personales, solo se extenderá a sus participaciones del capital ante la
empresa; sus dificultades son: que por ser jurídicos tienen mayor
control por las entidades administrativas del estado y dificultad al
liquidarse o disolverse.
PASOS PARA SU CONSTITUCIÓN:
1. Hacer una búsqueda y registrar el nombre comercial o la parca en
registros públicos o indecopi.
2. Elaborar la minuta de constitución.
3. Presentar la escritura pública.
4. Inscribir la empresa en los registros públicos.
5. Tramitar el RUC en la SUNAT. (incluye la selección del régimen y
solicitud de emisión de tickets, boletas y/o facturas).
6. Inscribir a los trabajadores al sistema previsional de salud.
7. Tramitar licencias de funcionamiento ante la entidad local
8. Legalizar los libros contables dependiendo al régimen elegido.
2.2.2. MODALIADES EMPRESARIALES.-
Los fundadores podrán elegir las siguientes modalidades:
2.2.2.1 Empresa unipersonal:
A. Empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L).
2.2.2.2 Empresa societaria:
B. sociedad de responsabilidad limitada. (S.R.L)
C. Sociedad anónima abierta. (S.A.A)
D. Sociedad anónima cerrada. (S.A.C)
E. Sociedad en comanditas.
F. Sociedad colectiva. (S.C)
15
2.2.3. FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA.-
A. Empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L). Decreto
Ley N° 21621.
Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad
unipersonal con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se
constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas
de Pequeña Empresa. (Art. 1° D. Ley n° 21621)
➢ su capital. El patrimonio de la Empresa está constituido
inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye. El valor
asignado a este patrimonio inicial constituye el capital de la
Empresa, La responsabilidad de la Empresa está limitada a su
patrimonio. El Titular de la Empresa no responde personalmente por
las obligaciones de ésta, salvo lo dispuesto en el artículo 41. (Art.
2°-3° D. Ley n° 21621)
➢ Órganos de la empresa. El Titular y a Gerencia. El Titular es el
órgano máximo de la Empresa y tiene a su cargo la decisión sobre
los bienes y actividades de ésta. El gerente es el encargado de la
administración y representación de la Empresa. (Art. 36°, 37°, 43°
D. Ley n° 21621)
➢ Consideraciones en su escritura pública.
a) Datos personales del otorgante;
Empresa
Unipersonal
Una sola persona
Responsabilidad
Ilimitada
Empresa Individual
de Responsabilidad
Limitada (EIRL)
Un solo dueño
Responsabilidad
Limitada
Titular y/o Gerente
Capital Social:
Efectivo/Activos
Sociedad Anónima
(SA)
2 a mas accionistas
Responsabilidad
Limitada
Junta de Accionistas
Directorio
Gerente General
Sociedad Anónima
Cerrada (SAC)
+ 2 a 20 accionistas
+ Responsabilidad
Limitada
+ Junta de Accionistas
y Gerente General
(Directorio Opcional)
Sociedad Comercial
de Responsabilidad
Limitada (SRL)
+ 2 a 20 socios
+ Se entregan
participaciones
+ Usado para
empresas familiares
16
b) La denominación y domicilio de la Empresa;
c) El valor del patrimonio aportado, los bienes que lo constituyen y
su valorización;
d) El capital de la Empresa;
e) El régimen de los órganos de la Empresa.
B. Empresas societarias. Ley General de Sociedades N° 26887.
Quienes constituyen la sociedad convienen en aportar bienes o servicios
para el ejercicio en común de actividades económicas. Art. 1° L.G.S.
Para la elaboración de la minuta. Por voluntad de los fundadores
inscribirán la sociedad conteniendo mínimos detalles:
➢ Tipo de modalidad empresarial (S.R.L, S.A.C, otras)
➢ Datos personales de los socios
➢ El capital o aportes de los socios
➢ Datos de la empresa
➢ Estatutos, clausulas ( sanciones, responsabilidades cargos, etc)
2.2.4.TRAMITES PARA SU CONSTITUCIÓN.-
Para las mencionadas formas de constitución de empresas, se necesitará
los siguientes documentos básicos:
➢ DNI o cedula de extranjería.
➢ Recibos de servicios públicos.
17
III. TITULOS VALORES.
3.1. BASE LEGAL.-
➢ Ley de tirulos valores ley N° 27287, 19/06/200.
3.2. CONCEPTO.-
Se denomina títulos valores a un conjunto de documentos que
coadyuvan la promoción de las actividades económicas, facilitando el tráfico
Legal
• Minuta de Constitución
• Escritura Pública
• Inscripción en Registros Públicos
Tributaria
• Solicitar RUC en la SUNAT
• Compra y Legalización de Libros Contables
Laboral
• Inscripción en el REMYPE
• Incorporación de los trabajadores en Planilla
Municipales
• Licencia Municipal de Funcionamiento
• Licencia de Avisos Publicitarios
Especiales
• Trámites Especiales dependiendo del tipo de negocio el
cual debe realizarse en la entidad correspondiente:
Mincetur, DIGESA, DIGEMID, MINEDU, MINEM, etc.
Complementarios
• Registro de Marca Comercial en INDECOPI
• Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)
18
patrimonial. También enmarcan derechos patrimoniales debiendo estar
esencialmente destinados a la circulación; el documento, que no reúna los
recaudos traídos a colocación perderán el carácter de títulos valores. (Bravo S,
1996)
Los valores materializados que representen o incorporen derechos
patrimoniales, tendrán calidad y efectos de título valor, cuando estén destinados
a la circulación, siempre que reúnan los requisitos formales, las cláusulas que
restrinjan sus circulación o el hecho de no haber circulado, no afectan su calidad
de título valor. (Ley, 27287)
Llamamos título valor a los instrumentos que permiten agilizar el tráfico
comercial, materializados en documentos que representan el derecho
patrimonial.
3.3. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALORES. -
a) Incorporación. Patentiza al título valor como documento probatorio,
de la que discurre un derecho a favor del beneficiario.
b) Literalidad. Los derechos deben constar en el documento, por que
determina el contenido.
c) Autonomía. Son completamente independientes a otros documentos.
d) Buena fe. El tercero adquiere un título valor debe tenerse certeza de
que el transmitente tiene derecho del documento.
3.4. CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES.-
a) Títulos valores al portador. Son aquellos, en lo que no aparece el
nombre de persona determinada como titular, sino que se hallan girados
con la cláusula al portador.
b) Títulos valores a la orden. En esta modalidad, consta el nombre de la
persona a cuyo favor se emitió el título valor.
c) Títulos valores nominativos. Es donde se halla enmarcado el nombre
de la persona como titular, pero no llevan en la cláusula “a la orden”,
sin embargo el hecho de que el título valor nominativo lleve esa
cláusula, no la convierte en título a la orden.
3.5. PARTICIPANTES DEL TÍTULO VALOR.-
a) El girador. La persona que emite o libera el título.
b) El tenedor. La persona beneficiaria y responsable del título valor.
19
c) El endosante. El que transfiere el tirulo valor.
d) El garante. La persona que asegura el cumplimiento de la obligación.
3.6. LOS TÍTULOS VALORES.-
a) Letra de cambio,
b) Pagare,
c) Cheque,
d) Valores representativos: acciones, bonos, certificados de suscripción.
A. ACCIONES.
Las acciones representan partes alícuotas del capital, todas tienen el
mismo valor nominal y dan derecho a un voto, se crean en el pacto social
y la junta general. (Art. 82°, 83°. L.G.S)
La acción Representa una de las partes que ha sido dividido del capital
social de acuerdo a su valor nominal, derecho otorgado por la sociedad.
Tipos de acciones:
➢ Acciones comunes. Representan un porcentaje del capital de una
empresa y conllevan derechos económicos y políticos, es decir, Recibir
los beneficios que obtenga la empresa; las formas más comunes son
mediante dividendos.
➢ Acciones preferentes. Las principales características que las
diferencian de las comunes es que pagan un dividendo fijo y
no otorgan derechos políticos, es decir, sus poseedores no gozan de
derecho a voto; sin embargo, en el cobro de dividendos y en caso de
liquidación, pueden tener prioridad sobre las acciones comunes.
B. BONOS.
Un bono es un tipo de deuda o promesa de pago a largo plazo, emitido
por el prestatario, comprometiéndose a pagar a su tenedor una cantidad
fija y predeterminada de interés cada año.
Tipos de bonos:
➢ Bonos de tipo emisor. Los bonos del gobierno, bonos corporativos,
bonos del sistema financiero, bonos de organismos supranacionales.
➢ Bonos de tipo de tasa. Bonos de tasa fija, bonos de tasa variable, bonos
de cero chupón
20
➢ Otros tipos de bono. Bonos de garantías específicas, bonos de
arrendamiento financiero.
C. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO.
Son instrumentos emitidos del sistema financiero, y enfocado de manera
simplificada en cierta medida se parece a un contrato de depósito a plazo,
este certificado genera un título valor negociable el cual puede ser
transferido en el mercado de valores.
21
IV. CONCLUCIONES:
CONCLUSIONES
• La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada está constituida por dos
o más socios. A esta Sociedad también se le denomina con abreviatura
SRLTDA.
• Los títulos y valores en el Perú, esta sujetado por la superintendencia de banca
y seguros, también por la superintendencia de bolsa y valores.
• Existe títulos y valores emitidas para quien, ose invertir, se encuentra en la
bolsa de valores de Lima.
• Para formar un negocio y/o empresa, debes tener conocimiento del sector que
deseas emprender, conociendo sus riesgos, oportunidades, si existe la
necesidad, también si esta adecuado con la era tecnología, entre otros puntos,
que te ayudaran a llevar a constituir tu empresa.
• Por parte del ministerio de economía y finanzas se a llegado a formalizar una
gran parte de negocios que antes eran paupérrimos, convirtiéndose ahora en
grandes negocios rentables.
• Existe diferentes modalidades o formas de constituir un negocio, debemos
informarnos respecto de ellos, y visualizar cual se acomoda a nuestras
condiciones y cual sería más beneficioso.
• En el Perú se lidia con un mal que perjudica a muchos ciudadanos, este
problema es el lavado de dinero, por esto; la SUNAT hace formalizaciones e
investigaciones para evitar dicho mal.
.
RECOMENDACIONES
• La sociedad comercial de Responsabilidad Limitada es recomendable que se
realice una auditoría externa, para que el proceso administrativo contable sea
conforme.
• En esta era comercial, existe grandes competidores; por ello debemos
adecuarnos y seguir compitiendo en el mercado, y/o considerar una alianza
22
estrategia y formar consorcios, con un solo camino comercial, nos llegara a tener
grandes oportunidades.
• La SUNAT no hace persecución de negocios, no es caza brujas en su época, mas
bien la te exige para que tu negocio encamine por la formalidad, así evitar el
problema más grande del Perú (lavado de dinero).
ANEXOS
23
REFERENCIA BIBLIOGRAFÍA.
Dias J. Elite editores. Diccionario y manual de contabilidad y administración. Lima
Deza Mk. Gestión financiera empresarial. Valuación de bonos y acciones.
Jurista E. (2018). Código de comercio. Lima
Gaceta J. (2012). Manual societario para contadores. Lima.
Jurista E. (2018). Ley de títulos valores, ley N°27287. Lima
Bravo S. (1996). Títulos valores. Lima
Superintendencia BS. Instrumentos de deuda. Obtenido de www.sbs.gop.pe. Lima
Castillo Y. (2014). Importancia del código del comercio en el derecho mercantil. Obtenido
de www.monografias.com
MINTRA. (2012). Manual de jóvenes emprendedores. Obtenido de http://www.trabajo.gob.pe
SALDARRIAGA, M. V. (2016). CÓDIGO DE COMERCIO PERUANO. PIURA- PERÚ.

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  • 1. UNIVERCIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO – PUNO ESCUELA PROFESIONAL DE CIENCIAS DE LA COMUNICACIÓN SOCIAL TALLER DE ESTRATEGIAS COGNITIVAS PARA EL APRENDIZAJE TEMA PRACTICA DEL COMERCIO EN EL PERÚ PRESENTADO POR: BRAULIO JHONATHAN QUISPE ZAPATA DOCENTE: JAVIER ELIAS MAMANI GAMARRA JULIACA-PERU 2020
  • 2. 2 INDICE: DEDICATORIA .....................................................................................................................................4 AGRADECIMIENTO ............................................................................................................................5 INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................................6 PRACTICA DEL COMERCIO EN EL PERÚ.......................................................................................7 I. CODIGO DEL COMERCIO.......................................................................................................7 1.1. BASE LEGAL.-.....................................................................................................................7 1.2. CONCEPTO.-........................................................................................................................7 1.3. EL COMERCIO. -................................................................................................................7 1.4. EL COMERCIANTE. -....................................................................................................7 1.5. REQUISITOS PARA EJERCER EL COMERCIO. -.......................................................8 1.6. IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL COMERCIO.- ................................................8 1.7. OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE. -.....................................................................9 1.8. LIBROS CONTABLES.-......................................................................................................9 II. ORGANIZACIÓN Y CONSTITUCION DE EMPRESAS COMERCIALES..................10 2.1. CONCEPCIÓN DE LA EMPRESA.- ...............................................................................10 2.1.1. EL EMPRENDEDOR.- ..............................................................................................11 2.1.2. EMPRESARIO. - ........................................................................................................11 2.1.3. LA EMPRESA. - .........................................................................................................12 2.1.4. ELEMENTOS DE UNA EMPRESA. - .....................................................................12 2.2. CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS.-.......................................................................12 2.2.1. POR SU PERSONERIA.-...........................................................................................12 2.2.2. MODALIADES EMPRESARIALES.- .....................................................................14 2.2.3. FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA.-..........................................15 2.2.4. TRAMITES PARA SU CONSTITUCIÓN.-.............................................................16 III. TITULOS VALORES. ...........................................................................................................17 3.1. BASE LEGAL.-...................................................................................................................17 3.2. CONCEPTO.-......................................................................................................................17 3.3. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALORES. -..............................................18 3.4. CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES.- .....................................................18 3.5. PARTICIPANTES DEL TÍTULO VALOR.-...................................................................18 3.6. LOS TÍTULOS VALORES.- .............................................................................................19
  • 4. 4 DEDICATORIA Dedico este proyecto de monografía a mis padres quienes me apoyaron todo el tiempo. A mis compañeros quienes fueron un gran apoyo emocional durante el tiempo en que escribía esta investigación. A mis docentes quienes nunca desistieron al enseñarme, aun sin importar que muchas veces no ponía atención en clase. A todos los que están interesados en esta idea y dan su voto de confianza en mí. EL AUTOR.
  • 5. 5 AGRADECIMIENTO El agradecimiento de este proyecto va dirigido primero a mí mismo, a la madre tierra (pachamana) por darme el alimento de cada día y prever las condiciones climáticas, también para mi docente: JAVIER ELIAS MAMANI GAMARRA, que gracias a su conocimiento y ayuda puedo concluir con éxito esta anhelada monografía, a mi padre, madre y hermana, que estuvieron todos los días pendientes y apoyándome para que nada salga mal y todo este bien elaborado los trabajos encargados. EL AUTOR.
  • 6. 6 INTRODUCCIÓN Un código de comercio, es un conjunto unitario, ordenado y sistematizado de normas de Derecho mercantil, es decir, un cuerpo legal que tiene por objeto regular las relaciones mercantiles. Los códigos de comercio se comenzaron a elaborar y promulgar a partir de la Ilustración, y partiendo del precedente la codificación del Derecho de Francia, que realizó Napoleón Bonaparte. En la actualidad, el Derecho mercantil se encuentra, en muchos casos, regulado no sólo en el código de comercio, sino en una serie de leyes especiales, debido al proceso denominado descodificador. Sin embargo, existe también cierta tendencia a Re decodificar esas normativas especiales en un sólo cuerpo normativo o código y, en todo caso, en lo relativo a sus principios básicos. El Primer Código de Comercio Peruano de 1853 fue promulgado por el presidente Don José Rufino Echenique el 10 de enero de 1852, la cual ha tenido 2 influencias fundamentales en sudación, así como en su sistemática normativa: las Ordenanzas de Bilbao y el Código de Comercio Español de 1829. Conteniendo una estructura de 1269 artículos distribuidos en cinco libros, este primer Código de Comercio de 1853 creó el Registro Público y General de Comercio. (SALDARRIAGA, 2016) En el ámbito local se observa, que muchas de nuestros comerciantes, ejercen el comercio sin siquiera tener conocimiento de ello. Estos cometen infracciones personales para con su economía, también para la formalidad correspondiente, haciéndose merecedores de penalidades, que en el peor de los casos llegan a perder gran parte de su patrimonio, así mismo; no existe instituciones que guie y acompañé a los comerciantes locales, que por temor no son formalizados en el sistema de recaudación e incentivos de nuestra economía peruana, no siendo suficiente con el programa (produce) por parte del ministerio de economía y finanzas. La informalidad y el desconocimiento a llegado a diferentes campos, pero por parte de la SUNAT ha llegado a reducirse, extendiendo así un nuevo sistema de recaudación llamado (MYPE tributario) siendo este similar al régimen general. Estos actuados de esta institución llevara a reducir el mal que carcome al estado peruano (el lavado de dinero).
  • 7. 7 PRACTICA DEL COMERCIO EN EL PERÚ I. CODIGO DEL COMERCIO 1.1. BASE LEGAL.- Código civil Ley general de sociedades N° 26887(9.12.1997) Ley de la empresa individual de responsabilidad limitada, Decreto Ley N° 21621(15.09.1976). 1.2. CONCEPTO.- El Código de Comercio recoge todas las Disposiciones del Derecho mercantil y los conflictos se resuelven en tribunales civiles o en tribunales específicos aunque esto dependa de los países donde se produzca la disputa. (Castillo S. 2014.) Llamamos código de comercio al conjunto de reglas, normas y preceptos legales que regulen a las actividades comerciales ejercidas en el territorio peruano, también existe código del comercio en los países extranjeros; Que tienen similitud en las actividades comerciales. 1.3. EL COMERCIO. - El acto de comercio puede ser definido como las negociaciones, operaciones, contratos y otras acciones de intercambio de bienes y servicios, que la ley declara mercantiles, aunque no fueran quienes lo practican. (Roger Quaquira Huayta,) Llamamos comercio a la actividad económica social que consiste en el intercambio de bienes o servicios para satisfacer la necesidad de quien requiera el uso de este. 1.4. EL COMERCIANTE. - El comerciante es la persona física o jurídica que por si o por medio de otros y en nombre propio realiza para el mercado una actividad comercial o industrial. (Manuel Broseta Pont) Un comerciante se atribuye como intermediario entre el producto ya sea de un bien o servicio y el consumidor que mediante este círculo entre uno al otro recibe una forma de ganancia, ambos satisfacen sus necesidades. De acuerdo al código del comercio, Art. 1° Son comerciantes, para los efectos de este código: 1. Los que teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, se dedican a él habitualmente.
  • 8. 8 2. Las compañías mercantiles o industriales que se constituyeren con arreglo a este código. Se reconoce comerciante a las personas, compañías, industrias que constituyeron o ejerzan el comercio de acuerdo a las medidas del código del comercio y este les de capacidad legal para actuar en su fin. 1.5. REQUISITOS PARA EJERCER EL COMERCIO. - Toda persona tiene derecho a ejercer el comercio, pero para ejercerla debemos cumplir con ciertos criterios que son considerados como requisitos, por ejemplo, uso de razón o capacidad legal. De acuerdo al código del comercio, Art. 4° Pueden ejercer el comercio los mayores de 21 años y los menores de edad legalmente emancipados que tengan libre disposición de sus bienes. Para ejercer el comercio se reconoce a los mayores de 21 años y los menores de edad legalmente emancipados, ellos con la capacidad de disponer sus bienes libremente, supone que este permitido de realizar con ellos todo acto licito o permitido por ley, por lo tanto, podrá destinarse a la actividad comercial. Esta capacidad para ser comerciante no limita o restringe de manera estricta, no distingue el sexo, ni la nacionalidad, ni la raza, ni la religión que tenga; Tal como su derecho civil una persona es libre de ejercer el comercio. En cuanto a los ciudadanos extranjeras pueden ejercer el comercio, pero no podrán actuar o adquirir un título directa o indirectamente, ni individual, ni en sociedad dentro de los 50 Km de frontera. (Const. 93 - Art. 71.) 1.6. IMPEDIMENTOS PARA EJERCER EL COMERCIO.-
  • 9. 9 Vistos en los requisitos para ejercer el comercio no había alguna restricción hacia las personas, pero hay límites para ejercer el comercio. De acuerdo al código del comercio, Art. 13 y 14° que indican la inhabilitación, prohibición y restricción para ejercer el comercio. Art. 13.- No podrán ejercer el comercio, ni tener cargo ni intervención directa, administrativa o económica, en compañías mercantiles o industriales. Los sentenciados a pena de interdicción civil, mientras no hayan cumplido sus condenas o sido amnistiados o indultados. Los declarados en quiebra, mientras no hayan obtenido rehabilitación; o estén autorizados, en virtud de un convenio aceptado en junta general de acreedores y aprobado por la autoridad judicial, para continuar al frente de su establecimiento; entendiéndose en tal caso limitada la habilitación a lo expresado en el convenio. Los que, por leyes y resoluciones especiales, no puedan comerciar. Art. 14.- No podrán ejercer la profesión mercantil por sí ni por otro, ni tener cargo ni intervención directa, administrativa o económica, en sociedades mercantiles o industriales, dentro de los límites de los departamentos, provincias o pueblos en que desempeñen sus funciones: Los magistrados, jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal en servicio activo. Esta disposición no será aplicable a los Jueces de Paz, ni a los que accidentalmente desempeñen funciones judiciales o fiscales. Los jefes políticos o militares de departamentos, provincias o plazas. Los empleados en la recaudación y administración de fondos del Estado, nombrados por el Gobierno. Para ejercer el comercio se reconoce a los mayores de 21 años y los menores de edad legalmente emancipados, ellos con la capacidad de disponer sus bienes libremente, supone que este permitido de realizar con ellos todo acto licito o permitido por ley, por lo tanto podrá destinarse a la actividad comercial. 1.7. OBLIGACIONES DEL COMERCIANTE. - La persona que ejerza el comercio estará obligado a: Pagar tributos. Los comerciantes que ejerzan el comercio de carácter legal, deben pagar tributos como licencias, impuestos, tasas. Inscribirse al ruc. Toda persona que es comerciante de forma unipersonal o jurídicamente, tendrá la obligación de incribir su actividad al registro único de contribuyentes que es a cargo de la SUNAT. Llevar la contabilidad. Los comerciantes deben llevar el registro de las operaciones que se lleven a cabo diariamente para su control y gestión eficaz y eficiente de su empresa. Llevar planillas y libros contables. Los comerciantes que tengan a cargo trabajadores deben llevar las planillas pertinentes, también los libros contables, todos estos documentos obligados para los comerciantes legalmente formales. 1.8. LIBROS CONTABLES.-
  • 10. 10 El comerciante debe llevar libros contables, para su diagnóstico análisis y evaluación de su empresa, al registrar la operación diaria realizada en la empresa ayudara para su gestión, control y diagnostico frente a los resultados financieros que obtenga la empresa, estos están contemplados en el código de comercio. De acuerdo al código del comercio, Art. 19°, 33° y 34° que indican la inhabilitación, prohibición y restricción para ejercer el comercio. Art. 19°.- Formalidades de los libros registrales; El Registrador llevará los libros necesarios para la inscripción, sellados, foliados y con nota expresiva, en el primer folio, de los que cada libro contenga, firmada por el juez de primera instancia. Donde hubiere varios jueces de primera instancia, podrá firmar la nota cualquiera de ellos. Art. 33°.- Libros a llevar; los comerciantes llevarán necesariamente: Un libro de inventario y balances. Un libro diario. Un libro mayor. Demás libros que ordenen las leyes. Las sociedades y compañías llevaran también un libro de actas, en las que constan todos los acuerdos que se refieran a la marcha y operaciones sociales, tomados por las juntas generales y los consejos de administración. Art. 34°.- Libros facultativos; Podrán llevar además los libros que estimen convenientes, según el sistema de contabilidad que adopten. II. ORGANIZACIÓN Y CONSTITUCION DE EMPRESAS COMERCIALES. 2.1. CONCEPCIÓN DE LA EMPRESA.-
  • 11. 11 Una organización empresarial de cualquier índole nace componiéndole cuatro etapas: al ver la necesidad que exige la sociedad, luego una persona genera una idea de negocio que cubra la necesidad, que a esa persona le llamaremos emprendedor, luego el emprendedor ejecuta un plan de inversión, en seguida pone en marcha y opera la idea, llamémosle empresario. 2.1.1. EL EMPRENDEDOR.- Se denomina emprendedor a aquella persona que identifica una oportunidad y organiza los recursos necesarios para cogerla, o a alguien que empieza un proyecto por iniciativa propia. (www.emprendepyme.net) Es esa persona que desea trabajar para sí mismo, decide por voluntad coger una oportunidad venciendo obstáculos para crear su negocio y se propone en el camino de “haz realidad tu idea, genera tu propio negocio”. 2.1.2. EMPRESARIO. - EMPRESA NESECIDAD IDEA EJECUCIÓN OPERACIÓN
  • 12. 12 Persona física o jurídica que, por sí mismo o mediante delegados, ejercita y desarrolla una actividad empresarial adquiriendo los derechos y asumiendo obligaciones que se deriven de dicha actividad. (Jorge Dias Mosto). Es la persona que luego de una decisión ejecuta, desarrolla directamente o mediante representantes su negocio, luego de dar un paso al emprender dice “ya es realidad mi negocio”, que también asume las responsabilidades previstas en la legislación peruana. 2.1.3. LA EMPRESA. - La empresa es una organización constituida por personas naturales o personas jurídicas, que se dediquen a cualquier actividad lucrativa de extracción, producción, comercio o servicios industriales, comerciales o similares, con excepción de asociados y fundaciones que no tienen fines lucrativos. Tienen personalidad jurídica y deben constituirse legalmente. (Jorge Dias Mosto). Se entiende por empresa al ente social productivo o comercial, cuyo objeto principal será la obtención de utilidades, lucro o ganancias, o prestar servicios a la comunidad. 2.1.4. ELEMENTOS DE UNA EMPRESA. - Una empresa contará elementos como los siguientes: ➢ Establecimiento, es el local donde se lleva la actividad. ➢ Recursos materiales, comprende el capital o los bienes aportados por los empresarios, que serán representados por dinero, materia prima, títulos valores, etc. ➢ Recursos humanos, conformaran personal o talento humano, propietarios y trabajadores. ➢ Razón social, se entiende que es el nombre o la denominación de la organización empresarial. 2.2. CONSTITUCIÓN DE LAS EMPRESAS.- Para la organización y constitución de las empresas veremos su estructura Jurídica. 2.2.1. POR SU PERSONERIA.-
  • 13. 13 ➢ Personas naturales.- Se denomina personas naturales a personas físicas o individuales, incluyendo tanto a varones como a mujeres solteras, viudas o divorciadas y a las casadas que obtengan rentas personales. (Jorge Dias Mosto) Como personas naturales tenemos el derecho de ejercer, manejar y asumir responsabilidad de cualquier actividad económica. Fuente. Las ventajas que se obtiene, se pueden crear y liquidar fácilmente, se puede reaccionar rápidamente en caso de cambios bruscos del mercado que afecten a la empresa, no requiere mucha inversión ni pagos legales. Las limitaciones que se obtiene, La responsabilidad se extenderá a todo el patrimonio. Es decir, ante cualquier compromiso o deuda, se responde no sólo con los bienes destinados al funcionamiento del negocio sino, también, con el patrimonio personal (terrenos, casas, electrodomésticos, medios de transporte, cuentas privadas, etcétera), se dispone de un capital limitado, esto puede representar serios problemas al crecimiento futuro de la empresa, en caso de una enfermedad o accidente puede significar una interrupción en las operaciones. PASOS PARA CONSTITUIR COMO PERSONA NATURAL: 1. Tramitar el registro único de contribuyente (RUC) en la SUNAT, incluye la selección de régimen tributario y solicitud de emisión de tickets, boletas y/o facturas. 2. Inscribir a los trabajadores al sistema previsional de salud. 3. Tramitar licencias de funcionamiento ante la entidad local 4. Legalizar los libros contables dependiendo al régimen elegido. ➢ Personas jurídicas.- Son personas jurídicas las sociedades cuyos capitales están constituidas por acciones, las sucursales o agencias en el país de titulares en el exterior. (Jorge Dias Mosto)
  • 14. 14 Es una empresa fundada por una persona natural o varias o por personas jurídicas, la persona jurídica no tiene existencia física, puede ser representada, lo llamamos representante legal. Su beneficio es que no depende de los fundadores gracias a su autonomía; su responsabilidad no se extenderá con sus patrimonios personales, solo se extenderá a sus participaciones del capital ante la empresa; sus dificultades son: que por ser jurídicos tienen mayor control por las entidades administrativas del estado y dificultad al liquidarse o disolverse. PASOS PARA SU CONSTITUCIÓN: 1. Hacer una búsqueda y registrar el nombre comercial o la parca en registros públicos o indecopi. 2. Elaborar la minuta de constitución. 3. Presentar la escritura pública. 4. Inscribir la empresa en los registros públicos. 5. Tramitar el RUC en la SUNAT. (incluye la selección del régimen y solicitud de emisión de tickets, boletas y/o facturas). 6. Inscribir a los trabajadores al sistema previsional de salud. 7. Tramitar licencias de funcionamiento ante la entidad local 8. Legalizar los libros contables dependiendo al régimen elegido. 2.2.2. MODALIADES EMPRESARIALES.- Los fundadores podrán elegir las siguientes modalidades: 2.2.2.1 Empresa unipersonal: A. Empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L). 2.2.2.2 Empresa societaria: B. sociedad de responsabilidad limitada. (S.R.L) C. Sociedad anónima abierta. (S.A.A) D. Sociedad anónima cerrada. (S.A.C) E. Sociedad en comanditas. F. Sociedad colectiva. (S.C)
  • 15. 15 2.2.3. FORMAS DE ORGANIZACIÓN DE LA EMPRESA.- A. Empresa individual de responsabilidad limitada (E.I.R.L). Decreto Ley N° 21621. Es una persona jurídica de derecho privado, constituida por voluntad unipersonal con patrimonio propio distinto al de su Titular, que se constituye para el desarrollo exclusivo de actividades económicas de Pequeña Empresa. (Art. 1° D. Ley n° 21621) ➢ su capital. El patrimonio de la Empresa está constituido inicialmente por los bienes que aporta quien la constituye. El valor asignado a este patrimonio inicial constituye el capital de la Empresa, La responsabilidad de la Empresa está limitada a su patrimonio. El Titular de la Empresa no responde personalmente por las obligaciones de ésta, salvo lo dispuesto en el artículo 41. (Art. 2°-3° D. Ley n° 21621) ➢ Órganos de la empresa. El Titular y a Gerencia. El Titular es el órgano máximo de la Empresa y tiene a su cargo la decisión sobre los bienes y actividades de ésta. El gerente es el encargado de la administración y representación de la Empresa. (Art. 36°, 37°, 43° D. Ley n° 21621) ➢ Consideraciones en su escritura pública. a) Datos personales del otorgante; Empresa Unipersonal Una sola persona Responsabilidad Ilimitada Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL) Un solo dueño Responsabilidad Limitada Titular y/o Gerente Capital Social: Efectivo/Activos Sociedad Anónima (SA) 2 a mas accionistas Responsabilidad Limitada Junta de Accionistas Directorio Gerente General Sociedad Anónima Cerrada (SAC) + 2 a 20 accionistas + Responsabilidad Limitada + Junta de Accionistas y Gerente General (Directorio Opcional) Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada (SRL) + 2 a 20 socios + Se entregan participaciones + Usado para empresas familiares
  • 16. 16 b) La denominación y domicilio de la Empresa; c) El valor del patrimonio aportado, los bienes que lo constituyen y su valorización; d) El capital de la Empresa; e) El régimen de los órganos de la Empresa. B. Empresas societarias. Ley General de Sociedades N° 26887. Quienes constituyen la sociedad convienen en aportar bienes o servicios para el ejercicio en común de actividades económicas. Art. 1° L.G.S. Para la elaboración de la minuta. Por voluntad de los fundadores inscribirán la sociedad conteniendo mínimos detalles: ➢ Tipo de modalidad empresarial (S.R.L, S.A.C, otras) ➢ Datos personales de los socios ➢ El capital o aportes de los socios ➢ Datos de la empresa ➢ Estatutos, clausulas ( sanciones, responsabilidades cargos, etc) 2.2.4.TRAMITES PARA SU CONSTITUCIÓN.- Para las mencionadas formas de constitución de empresas, se necesitará los siguientes documentos básicos: ➢ DNI o cedula de extranjería. ➢ Recibos de servicios públicos.
  • 17. 17 III. TITULOS VALORES. 3.1. BASE LEGAL.- ➢ Ley de tirulos valores ley N° 27287, 19/06/200. 3.2. CONCEPTO.- Se denomina títulos valores a un conjunto de documentos que coadyuvan la promoción de las actividades económicas, facilitando el tráfico Legal • Minuta de Constitución • Escritura Pública • Inscripción en Registros Públicos Tributaria • Solicitar RUC en la SUNAT • Compra y Legalización de Libros Contables Laboral • Inscripción en el REMYPE • Incorporación de los trabajadores en Planilla Municipales • Licencia Municipal de Funcionamiento • Licencia de Avisos Publicitarios Especiales • Trámites Especiales dependiendo del tipo de negocio el cual debe realizarse en la entidad correspondiente: Mincetur, DIGESA, DIGEMID, MINEDU, MINEM, etc. Complementarios • Registro de Marca Comercial en INDECOPI • Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP)
  • 18. 18 patrimonial. También enmarcan derechos patrimoniales debiendo estar esencialmente destinados a la circulación; el documento, que no reúna los recaudos traídos a colocación perderán el carácter de títulos valores. (Bravo S, 1996) Los valores materializados que representen o incorporen derechos patrimoniales, tendrán calidad y efectos de título valor, cuando estén destinados a la circulación, siempre que reúnan los requisitos formales, las cláusulas que restrinjan sus circulación o el hecho de no haber circulado, no afectan su calidad de título valor. (Ley, 27287) Llamamos título valor a los instrumentos que permiten agilizar el tráfico comercial, materializados en documentos que representan el derecho patrimonial. 3.3. CARACTERÍSTICAS DE LOS TÍTULOS VALORES. - a) Incorporación. Patentiza al título valor como documento probatorio, de la que discurre un derecho a favor del beneficiario. b) Literalidad. Los derechos deben constar en el documento, por que determina el contenido. c) Autonomía. Son completamente independientes a otros documentos. d) Buena fe. El tercero adquiere un título valor debe tenerse certeza de que el transmitente tiene derecho del documento. 3.4. CLASIFICACIÓN DE LOS TÍTULOS VALORES.- a) Títulos valores al portador. Son aquellos, en lo que no aparece el nombre de persona determinada como titular, sino que se hallan girados con la cláusula al portador. b) Títulos valores a la orden. En esta modalidad, consta el nombre de la persona a cuyo favor se emitió el título valor. c) Títulos valores nominativos. Es donde se halla enmarcado el nombre de la persona como titular, pero no llevan en la cláusula “a la orden”, sin embargo el hecho de que el título valor nominativo lleve esa cláusula, no la convierte en título a la orden. 3.5. PARTICIPANTES DEL TÍTULO VALOR.- a) El girador. La persona que emite o libera el título. b) El tenedor. La persona beneficiaria y responsable del título valor.
  • 19. 19 c) El endosante. El que transfiere el tirulo valor. d) El garante. La persona que asegura el cumplimiento de la obligación. 3.6. LOS TÍTULOS VALORES.- a) Letra de cambio, b) Pagare, c) Cheque, d) Valores representativos: acciones, bonos, certificados de suscripción. A. ACCIONES. Las acciones representan partes alícuotas del capital, todas tienen el mismo valor nominal y dan derecho a un voto, se crean en el pacto social y la junta general. (Art. 82°, 83°. L.G.S) La acción Representa una de las partes que ha sido dividido del capital social de acuerdo a su valor nominal, derecho otorgado por la sociedad. Tipos de acciones: ➢ Acciones comunes. Representan un porcentaje del capital de una empresa y conllevan derechos económicos y políticos, es decir, Recibir los beneficios que obtenga la empresa; las formas más comunes son mediante dividendos. ➢ Acciones preferentes. Las principales características que las diferencian de las comunes es que pagan un dividendo fijo y no otorgan derechos políticos, es decir, sus poseedores no gozan de derecho a voto; sin embargo, en el cobro de dividendos y en caso de liquidación, pueden tener prioridad sobre las acciones comunes. B. BONOS. Un bono es un tipo de deuda o promesa de pago a largo plazo, emitido por el prestatario, comprometiéndose a pagar a su tenedor una cantidad fija y predeterminada de interés cada año. Tipos de bonos: ➢ Bonos de tipo emisor. Los bonos del gobierno, bonos corporativos, bonos del sistema financiero, bonos de organismos supranacionales. ➢ Bonos de tipo de tasa. Bonos de tasa fija, bonos de tasa variable, bonos de cero chupón
  • 20. 20 ➢ Otros tipos de bono. Bonos de garantías específicas, bonos de arrendamiento financiero. C. CERTIFICADOS DE DEPÓSITO. Son instrumentos emitidos del sistema financiero, y enfocado de manera simplificada en cierta medida se parece a un contrato de depósito a plazo, este certificado genera un título valor negociable el cual puede ser transferido en el mercado de valores.
  • 21. 21 IV. CONCLUCIONES: CONCLUSIONES • La Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada está constituida por dos o más socios. A esta Sociedad también se le denomina con abreviatura SRLTDA. • Los títulos y valores en el Perú, esta sujetado por la superintendencia de banca y seguros, también por la superintendencia de bolsa y valores. • Existe títulos y valores emitidas para quien, ose invertir, se encuentra en la bolsa de valores de Lima. • Para formar un negocio y/o empresa, debes tener conocimiento del sector que deseas emprender, conociendo sus riesgos, oportunidades, si existe la necesidad, también si esta adecuado con la era tecnología, entre otros puntos, que te ayudaran a llevar a constituir tu empresa. • Por parte del ministerio de economía y finanzas se a llegado a formalizar una gran parte de negocios que antes eran paupérrimos, convirtiéndose ahora en grandes negocios rentables. • Existe diferentes modalidades o formas de constituir un negocio, debemos informarnos respecto de ellos, y visualizar cual se acomoda a nuestras condiciones y cual sería más beneficioso. • En el Perú se lidia con un mal que perjudica a muchos ciudadanos, este problema es el lavado de dinero, por esto; la SUNAT hace formalizaciones e investigaciones para evitar dicho mal. . RECOMENDACIONES • La sociedad comercial de Responsabilidad Limitada es recomendable que se realice una auditoría externa, para que el proceso administrativo contable sea conforme. • En esta era comercial, existe grandes competidores; por ello debemos adecuarnos y seguir compitiendo en el mercado, y/o considerar una alianza
  • 22. 22 estrategia y formar consorcios, con un solo camino comercial, nos llegara a tener grandes oportunidades. • La SUNAT no hace persecución de negocios, no es caza brujas en su época, mas bien la te exige para que tu negocio encamine por la formalidad, así evitar el problema más grande del Perú (lavado de dinero). ANEXOS
  • 23. 23 REFERENCIA BIBLIOGRAFÍA. Dias J. Elite editores. Diccionario y manual de contabilidad y administración. Lima Deza Mk. Gestión financiera empresarial. Valuación de bonos y acciones. Jurista E. (2018). Código de comercio. Lima Gaceta J. (2012). Manual societario para contadores. Lima. Jurista E. (2018). Ley de títulos valores, ley N°27287. Lima Bravo S. (1996). Títulos valores. Lima Superintendencia BS. Instrumentos de deuda. Obtenido de www.sbs.gop.pe. Lima Castillo Y. (2014). Importancia del código del comercio en el derecho mercantil. Obtenido de www.monografias.com MINTRA. (2012). Manual de jóvenes emprendedores. Obtenido de http://www.trabajo.gob.pe SALDARRIAGA, M. V. (2016). CÓDIGO DE COMERCIO PERUANO. PIURA- PERÚ.