Este documento describe las características generales de las sociedades civiles en Perú. Existen dos clases principales: las ordinarias, cuyos socios responden personalmente por las deudas, y las de responsabilidad limitada, donde la responsabilidad de los socios está limitada a sus aportes. El capital social está constituido por las aportaciones de los socios. La administración y distribución de resultados se rige según lo establecido en el pacto social.