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EL ESTADO CONSTITUCIONAL
DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN
Los Estados, para la
diplomacia, no son los
pueblos, sino los reyes
que los dirigen o los
esclavizan.
Juan Donoso Cortés
Desigualdad
“Como no podemos vivir todos juntos en pie de
igualdad es necesario que unos ordenen y otros
obedezcan…” Loyseau – Tratado de los Órdenes
“La desigualdad es una característica de todo conjunto
humano razonable.” Cardenal Richelieu
La desigualdad por naturaleza representa el principio que
justifica el poder hasta el siglo XVIII.
DESIGUALDAD
“Las diferencias entre hombres no son tan
considerables como para que uno pueda
pretender para sí con base en ello cualquier
beneficio al cual el otro no pueda aspirar
igual que él.”
“La esclavitud es para el hombre una
condición tan mísera y despreciable y
contraria a la naturaleza generosa.”
“El estado de naturaleza es un estado de
igualdad […] en el que todo el poder y
jurisdicción es recíproco […] sin
subordinación o sujeción.”
T. HOBBES
J. LOCKE
¿QUÉ ES EL ESTADO?
¿QUÉ ES EL ESTADO CONSTITUCIONAL?
¿QUÉ SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?
Se les ha llamado derechos innatos, porque nacen con el hombre, aunque
los económicos sociales y culturales precisan a veces de un hecho positivo
para su reconocimiento.
También se les llama derechos fundamentales.
También derechos del hombre y del ciudadano y libertades públicas
fundamentales, así se le llamó desde la revolución francesa a la Carta de
las Naciones Unidas de 1945 y tanto derechos humanos y libertades
fundamentales en la declaración de los Derechos humanos de 1948.
DERECHOS HUMANOS
Es la generación de los derechos de la libertad, son los derechos civiles y
políticos. Al pasar la sociedad humana de los derechos estamentales a la
universalización de los derechos humanos. Obra del constitucionalismo
liberal anglosajón y de la Ilustración francesa.
PRIMERA GENERACIÓN
DERECHOS Y SU
GENERACIÓN
FECHA DERECHOS
QUE PRIMAN
DERECHO
PRINCIPAL
FUNCIÓN EJEMPLO
PRIMERA SIGLOS
XVIII Y XIX
CIVILES Y
POLÍTICOS
LIBERTAD
Limitar la acción del
poder. Garantizar la
participación política de
los ciudadanos
Derechos Civiles: Derecho a la vida,
a la libertad, a la seguridad, a la
propiedad…
Derechos Políticos: Derecho al voto,
a la asociación, a la huelga…
DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN CIVILES
POLÍTICOS
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea
General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966
Artículo 1
1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de
este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo
a su desarrollo económico, social y cultural.
Artículo 2
1. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar
a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los
derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma,
religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica,
nacimiento o cualquier otra condición social.
Artículo 3
Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la
igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el presente Pacto.
Artículo 6
1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la
ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente.
Artículo 7
Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En
particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos.
Artículo 8
1. Nadie estará sometido a esclavitud. La esclavitud y la trata de esclavos estarán prohibidas en
todas sus formas.
Artículo 9
1. Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido
a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas
por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta.
Artículo 10
1. Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad
inherente al ser humano.
Artículo 18
1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este
derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como
la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público
como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza.
Artículo 21
Se reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las
restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la
seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral
públicas o los derechos y libertades de los demás
Artículo 22
1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar
sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses
Llamados derechos de la igualdad.
En el S XIX en la lucha de los trabajadores y del pensamientos socialista y luego en el S XX
se desarrollan con el movimiento de los No-alineados. El 16 de diciembre de 1966 se
aprobó en la Asamblea General de la ONU en Nueva York el Pacto de Derechos
Económicos Sociales y Culturales, que ya estaban presentes de manera declarativa en los
artículos XXII al XXVII de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El Pacto de
los Derechos Económicos… crea el Comité de las Naciones unidas para la Protección y
Desarrollo de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
SEGUNDA GENERACIÓN
DERECHOS Y SU
GENERACIÓN
FECHA DERECHOS
QUE PRIMAN
DERECHO
PRINCIPAL
FUNCIÓN EJEMPLO
SEGUNDA SIGLOS XIX
Y XX
SOCIALES,
ECONOMICOS
Y CULTURALES
IGUALDAD Garantizar unas
condiciones de vida
dignas para todos.
Derecho a la salud, a la educación, al
trabajo, a una vivienda digna…
DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN
Los Derechos Económicos Sociales y Culturales son los derechos humanos
relativos a las condiciones sociales y económicas básicas necesarias para una
vida en dignidad y libertad, y hablan de cuestiones tan básicas como:
El derecho al trabajo y los derechos de los trabajadores
El derecho a la salud
El derecho al agua
El derecho a la Seguridad Social
El derecho a la vivienda
El derecho a la alimentación
El derecho a la educación
El derecho a un medio ambiente adecuado y saludable
Los derechos culturales
Derechos de la solidaridad. Década del 60 y del siglo XX hacia delante.
Corresponde al derecho de desarrollo de los pueblos positivizados e internacionalizados en la Carta de los
Derechos económicos de los Estados en la Asamblea general ONU (14-12-1974)
La Declaración de la asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York sobre el derecho al desarrollo
de los Pueblos del 4 -12-1986, que es la medida del todos los derechos humanos.
Tenemos a: el derecho a la Paz, el nuevo nombre de la Paz se llama desarrollo (S.S. Pablo VI), el derecho a la
protección internacional del medio ambiente, el concepto de intereses difusos o intereses colectivos, la
Conferencia de la Tierra (5 al 12 de junio de 1992- Río de Janeiro) y la Agenda 21; y los Acuerdos de Kyoto
sobre la Protección del Medio Ambiente y el Acuerdo de Montreal 2005 sobre la protección de los climas del
mundo, el derecho a la autodeterminación de los pueblos.
TERCERA GENERACIÓN
DERECHOS Y SU
GENERACIÓN
FECHA DERECHOS
QUE PRIMAN
DERECHO
PRINCIPAL
FUNCIÓN EJEMPLO
TERCERA
SIGLOS XX
Y XIX
JUSTICIA, PAZ
Y
SOLIDARIDAD
SOLIDARIDAD Promover relaciones
pacíficas y
constructivas.
Derecho a un medio ambiente
limpio, a la paz, al desarrollo…
DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN
Estrada (2006) señala que los derechos humanos de tercera generación son los siguientes:
derecho a la paz, al desarrollo económico, a la autodeterminación, a un ambiente sano, a
beneficiarse del patrimonio común de la humanidad y a la solidaridad.
Alonso (2003) sintetiza la tercera generación de derechos humanos en el derecho al
desarrollo, derecho a la paz y derecho a un medio ambiente sano. Explica que estos
derechos tienen como base el derecho a la vida y el cual es el presupuesto básico y
necesario para la realización de todos los demás.
Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los
Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio
ambiente sano.
Fuente: agencia de la ONU para los refugiados
Los derechos humanos de tercera generación son una actualización de la Carta de 1948. Están
motivados por una serie de preocupaciones globales propias de finales del siglo XX y principios del
XXI, principalmente el deterioro del medioambiente y sus efectos negativos en la calidad de vida de
las personas.
Estos derechos han sido incorporados progresivamente en una lista tras numerosas cumbres y
encuentros mundiales, como por ejemplo el que tuvo lugar en Barcelona en 1992. A grandes rasgos,
se resumen en:
 Derecho al desarrollo sostenido: modelos y estructuras económicas que,
además de generar beneficios propios, permitan el acceso a servicios básicos y
garanticen la sostenibilidad del planeta.
 Derecho a la autodeterminación de los pueblos: el que tienen los países de
determinar libremente su condición política y su modelo social y económico.
 Derecho a la paz: entendido no solo como ausencia de guerra, sino también
como la puesta en marcha de procesos positivos que fomenten la participación, el
diálogo, la inclusión, la cooperación y la superación de conflictos.
Fuente: agencia de la ONU para los refugiados
 Derecho a la protección de los datos personales: llama la atención sobre
los eventuales peligros y abusos a los que se exponen las personas ante el
cada vez más extendido proceso de informatización.
 Derecho al patrimonio común de la humanidad: alude al acceso a los
bienes de tipo material e inmaterial que constituyen un legado de especial
relevancia para comprender la evolución humana.
 Derecho a gozar de un medioambiente sano: Todas las personas tienen
derecho a disfrutar de ambientes sanos, limpios y sostenibles.
La lista de los derechos humanos de tercera generación no es absoluta, sino todo lo
contrario: está en permanente transformación y es común que acoja nuevos derechos en
función de las preocupaciones mundiales de nuestro tiempo.
Fuente: agencia de la ONU para los refugiados
¿De qué estamos hablando?
VIDA
Alimentación Salud
Son libertades,
facultades,
reivindicaciones
relativas a bienes
primarios o básicos
¿Para quiénes son estos derechos?
- Pues…para TODOS.
- Para toda persona, por el sólo
hecho de su condición humana.
- No importa el estatus, sexo, etnia,
nacionalidad.
- Ni siquiera importa donde vives…
…“hombre, más o menos…!!”
TU
¿Cuál es la finalidad de estos derechos?
- Pretenden garantizarnos
una VIDA DIGNA.
- Pretenden permitirnos ser
“PERSONAS”.
- Pretenden permitirnos
desarrollar nuestra
“PERSONALIDAD”.
Recuerde siempre…
Los derechos humanos son...
…inherentes a la persona;
…inalienables;
…irrenunciables;
…sobretodo irrevocables;
…incompatibles con los conceptos de
raza, pueblo, grupo o clase social.
CONSTRUIMOS NUESTRO APRENDIZAJE
TOMANDO COMO BASE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ DE 1993 EN
FORMA GRUPAL, SE TRABAJARÁ LO SIGUIENTE:
 SELECCIONAR DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN.
 SELECCIONAR DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN.
 SELECCIONAR DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN.
 PODER EJECUTIVO COMPETENCIAS Y FINES.
 PODER JUDICIAL COMPETENCIAS Y FINES.
 PODER LEGISLATIVO COMPETENCIAS Y FINES.
Presentar en un archivo de power point en una diapositiva.
“ LA MADUREZ DEL SER HUMANO RADICA EN LA POSIBILIDAD DE
LUCHAR POR HACER REALIDAD SUS SUEÑOS”
MANUEL ELKIN PATARROYO

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  • 1. EL ESTADO CONSTITUCIONAL DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN Los Estados, para la diplomacia, no son los pueblos, sino los reyes que los dirigen o los esclavizan. Juan Donoso Cortés
  • 2. Desigualdad “Como no podemos vivir todos juntos en pie de igualdad es necesario que unos ordenen y otros obedezcan…” Loyseau – Tratado de los Órdenes “La desigualdad es una característica de todo conjunto humano razonable.” Cardenal Richelieu La desigualdad por naturaleza representa el principio que justifica el poder hasta el siglo XVIII. DESIGUALDAD
  • 3. “Las diferencias entre hombres no son tan considerables como para que uno pueda pretender para sí con base en ello cualquier beneficio al cual el otro no pueda aspirar igual que él.” “La esclavitud es para el hombre una condición tan mísera y despreciable y contraria a la naturaleza generosa.” “El estado de naturaleza es un estado de igualdad […] en el que todo el poder y jurisdicción es recíproco […] sin subordinación o sujeción.” T. HOBBES J. LOCKE
  • 4. ¿QUÉ ES EL ESTADO? ¿QUÉ ES EL ESTADO CONSTITUCIONAL?
  • 5. ¿QUÉ SON LOS DERECHOS FUNDAMENTALES?
  • 6. Se les ha llamado derechos innatos, porque nacen con el hombre, aunque los económicos sociales y culturales precisan a veces de un hecho positivo para su reconocimiento. También se les llama derechos fundamentales. También derechos del hombre y del ciudadano y libertades públicas fundamentales, así se le llamó desde la revolución francesa a la Carta de las Naciones Unidas de 1945 y tanto derechos humanos y libertades fundamentales en la declaración de los Derechos humanos de 1948. DERECHOS HUMANOS
  • 7. Es la generación de los derechos de la libertad, son los derechos civiles y políticos. Al pasar la sociedad humana de los derechos estamentales a la universalización de los derechos humanos. Obra del constitucionalismo liberal anglosajón y de la Ilustración francesa. PRIMERA GENERACIÓN DERECHOS Y SU GENERACIÓN FECHA DERECHOS QUE PRIMAN DERECHO PRINCIPAL FUNCIÓN EJEMPLO PRIMERA SIGLOS XVIII Y XIX CIVILES Y POLÍTICOS LIBERTAD Limitar la acción del poder. Garantizar la participación política de los ciudadanos Derechos Civiles: Derecho a la vida, a la libertad, a la seguridad, a la propiedad… Derechos Políticos: Derecho al voto, a la asociación, a la huelga…
  • 8. DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN CIVILES POLÍTICOS Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos Adoptado y abierto a la firma, ratificación y adhesión por la Asamblea General en su resolución 2200 A (XXI), de 16 de diciembre de 1966 Artículo 1 1. Todos los pueblos tienen el derecho de libre determinación. En virtud de este derecho establecen libremente su condición política y proveen asimismo a su desarrollo económico, social y cultural.
  • 9. Artículo 2 1. Cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto se compromete a respetar y a garantizar a todos los individuos que se encuentren en su territorio y estén sujetos a su jurisdicción los derechos reconocidos en el presente Pacto, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social. Artículo 3 Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos enunciados en el presente Pacto. Artículo 6 1. El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente. Artículo 7 Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. En particular, nadie será sometido sin su libre consentimiento a experimentos médicos o científicos. Artículo 8 1. Nadie estará sometido a esclavitud. La esclavitud y la trata de esclavos estarán prohibidas en todas sus formas.
  • 10. Artículo 9 1. Todo individuo tiene derecho a la libertad y a la seguridad personales. Nadie podrá ser sometido a detención o prisión arbitrarias. Nadie podrá ser privado de su libertad, salvo por las causas fijadas por ley y con arreglo al procedimiento establecido en ésta. Artículo 10 1. Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Artículo 18 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza. Artículo 21 Se reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás Artículo 22 1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses
  • 11. Llamados derechos de la igualdad. En el S XIX en la lucha de los trabajadores y del pensamientos socialista y luego en el S XX se desarrollan con el movimiento de los No-alineados. El 16 de diciembre de 1966 se aprobó en la Asamblea General de la ONU en Nueva York el Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales, que ya estaban presentes de manera declarativa en los artículos XXII al XXVII de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. El Pacto de los Derechos Económicos… crea el Comité de las Naciones unidas para la Protección y Desarrollo de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales. SEGUNDA GENERACIÓN DERECHOS Y SU GENERACIÓN FECHA DERECHOS QUE PRIMAN DERECHO PRINCIPAL FUNCIÓN EJEMPLO SEGUNDA SIGLOS XIX Y XX SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES IGUALDAD Garantizar unas condiciones de vida dignas para todos. Derecho a la salud, a la educación, al trabajo, a una vivienda digna…
  • 12. DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN Los Derechos Económicos Sociales y Culturales son los derechos humanos relativos a las condiciones sociales y económicas básicas necesarias para una vida en dignidad y libertad, y hablan de cuestiones tan básicas como: El derecho al trabajo y los derechos de los trabajadores El derecho a la salud El derecho al agua El derecho a la Seguridad Social El derecho a la vivienda El derecho a la alimentación El derecho a la educación El derecho a un medio ambiente adecuado y saludable Los derechos culturales
  • 13.
  • 14. Derechos de la solidaridad. Década del 60 y del siglo XX hacia delante. Corresponde al derecho de desarrollo de los pueblos positivizados e internacionalizados en la Carta de los Derechos económicos de los Estados en la Asamblea general ONU (14-12-1974) La Declaración de la asamblea General de las Naciones Unidas en Nueva York sobre el derecho al desarrollo de los Pueblos del 4 -12-1986, que es la medida del todos los derechos humanos. Tenemos a: el derecho a la Paz, el nuevo nombre de la Paz se llama desarrollo (S.S. Pablo VI), el derecho a la protección internacional del medio ambiente, el concepto de intereses difusos o intereses colectivos, la Conferencia de la Tierra (5 al 12 de junio de 1992- Río de Janeiro) y la Agenda 21; y los Acuerdos de Kyoto sobre la Protección del Medio Ambiente y el Acuerdo de Montreal 2005 sobre la protección de los climas del mundo, el derecho a la autodeterminación de los pueblos. TERCERA GENERACIÓN DERECHOS Y SU GENERACIÓN FECHA DERECHOS QUE PRIMAN DERECHO PRINCIPAL FUNCIÓN EJEMPLO TERCERA SIGLOS XX Y XIX JUSTICIA, PAZ Y SOLIDARIDAD SOLIDARIDAD Promover relaciones pacíficas y constructivas. Derecho a un medio ambiente limpio, a la paz, al desarrollo…
  • 15. DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN Estrada (2006) señala que los derechos humanos de tercera generación son los siguientes: derecho a la paz, al desarrollo económico, a la autodeterminación, a un ambiente sano, a beneficiarse del patrimonio común de la humanidad y a la solidaridad. Alonso (2003) sintetiza la tercera generación de derechos humanos en el derecho al desarrollo, derecho a la paz y derecho a un medio ambiente sano. Explica que estos derechos tienen como base el derecho a la vida y el cual es el presupuesto básico y necesario para la realización de todos los demás. Los Derechos de Tercera Generación también conocidos como Derechos de Solidaridad o de los Pueblos contemplan cuestiones de carácter supranacional como el derecho a la paz y a un medio ambiente sano. Fuente: agencia de la ONU para los refugiados
  • 16. Los derechos humanos de tercera generación son una actualización de la Carta de 1948. Están motivados por una serie de preocupaciones globales propias de finales del siglo XX y principios del XXI, principalmente el deterioro del medioambiente y sus efectos negativos en la calidad de vida de las personas. Estos derechos han sido incorporados progresivamente en una lista tras numerosas cumbres y encuentros mundiales, como por ejemplo el que tuvo lugar en Barcelona en 1992. A grandes rasgos, se resumen en:  Derecho al desarrollo sostenido: modelos y estructuras económicas que, además de generar beneficios propios, permitan el acceso a servicios básicos y garanticen la sostenibilidad del planeta.  Derecho a la autodeterminación de los pueblos: el que tienen los países de determinar libremente su condición política y su modelo social y económico.  Derecho a la paz: entendido no solo como ausencia de guerra, sino también como la puesta en marcha de procesos positivos que fomenten la participación, el diálogo, la inclusión, la cooperación y la superación de conflictos. Fuente: agencia de la ONU para los refugiados
  • 17.  Derecho a la protección de los datos personales: llama la atención sobre los eventuales peligros y abusos a los que se exponen las personas ante el cada vez más extendido proceso de informatización.  Derecho al patrimonio común de la humanidad: alude al acceso a los bienes de tipo material e inmaterial que constituyen un legado de especial relevancia para comprender la evolución humana.  Derecho a gozar de un medioambiente sano: Todas las personas tienen derecho a disfrutar de ambientes sanos, limpios y sostenibles. La lista de los derechos humanos de tercera generación no es absoluta, sino todo lo contrario: está en permanente transformación y es común que acoja nuevos derechos en función de las preocupaciones mundiales de nuestro tiempo. Fuente: agencia de la ONU para los refugiados
  • 18. ¿De qué estamos hablando? VIDA Alimentación Salud Son libertades, facultades, reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos
  • 19. ¿Para quiénes son estos derechos? - Pues…para TODOS. - Para toda persona, por el sólo hecho de su condición humana. - No importa el estatus, sexo, etnia, nacionalidad. - Ni siquiera importa donde vives… …“hombre, más o menos…!!” TU
  • 20. ¿Cuál es la finalidad de estos derechos? - Pretenden garantizarnos una VIDA DIGNA. - Pretenden permitirnos ser “PERSONAS”. - Pretenden permitirnos desarrollar nuestra “PERSONALIDAD”.
  • 21. Recuerde siempre… Los derechos humanos son... …inherentes a la persona; …inalienables; …irrenunciables; …sobretodo irrevocables; …incompatibles con los conceptos de raza, pueblo, grupo o clase social.
  • 22. CONSTRUIMOS NUESTRO APRENDIZAJE TOMANDO COMO BASE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ DE 1993 EN FORMA GRUPAL, SE TRABAJARÁ LO SIGUIENTE:  SELECCIONAR DERECHOS DE PRIMERA GENERACIÓN.  SELECCIONAR DERECHOS DE SEGUNDA GENERACIÓN.  SELECCIONAR DERECHOS DE TERCERA GENERACIÓN.  PODER EJECUTIVO COMPETENCIAS Y FINES.  PODER JUDICIAL COMPETENCIAS Y FINES.  PODER LEGISLATIVO COMPETENCIAS Y FINES. Presentar en un archivo de power point en una diapositiva.
  • 23. “ LA MADUREZ DEL SER HUMANO RADICA EN LA POSIBILIDAD DE LUCHAR POR HACER REALIDAD SUS SUEÑOS” MANUEL ELKIN PATARROYO