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Puebla, Pue. a 3 de noviembre de 2014 
C. Ricardo Anaya Cortés 
Presidente del Comité Ejecutivo Nacional 
Partido Acción Nacional 
PRESENTE 
Como integrantes del Partido Acción Nacional en el Estado de Puebla, funcionarios públicos de elección y de designación, regidores, diputados, consejeros estatales y nacionales, militantes todos, venimos respetuosamente ante Usted para exponer la grave situación por la cual atraviesa nuestro partido en dicha entidad y para solicitar su urgente intervención. 
Consideraciones: 
 El Partido Acción Nacional es una asociación de ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos cívicos, constituida en partido político nacional, con el fin de intervenir orgánicamente en todos los aspectos de la vida pública de México y tener acceso al ejercicio democrático del poder. (cfr. Art. 1 de los Estatutos Generales) 
 Son militantes del Partido Acción Nacional, los ciudadanos mexicanos que de forma individual, libre, pacífica, voluntaria, directa y presencial, manifiesten su deseo de afiliarse, asuman como propios los principios, fines, objetivos y documentos básicos del Partido Acción Nacional, y sean aceptados con tal carácter. (cfr. Art. 8 EG) 
 El procedimiento de afiliación se regirá conforme a lo previsto en el Reglamento correspondiente. La solicitud se presentará por escrito y podrá realizarse ante cualquier Comité del Partido de la entidad federativa correspondiente, independientemente donde se encuentre su domicilio. (cfr. Art. 9 EG)
 Es facultad y deber del Comité Ejecutivo Nacional vigilar la observancia de estos Estatutos y de los reglamentos por parte de los órganos, dependencias y militantes del Partido. (cfr. Art. 43 inciso b EG) 
 Es atribución y deber del Presidente de dicho Comité, entre otros, gestionar el desenvolvimiento de Acción Nacional y cuidar de que su actuación se apegue constantemente a los propósitos fundamentales que han inspirado su creación y procurar, en todas las formas lícitas posibles, que en la vida pública de México se implanten los principios que Acción Nacional ha hecho suyos, pudiendo al efecto ejecutar los actos jurídicos, políticos y sociales que sean necesarios o convenientes. (cfr. Art. 47 EG) 
 El Registro Nacional de Militantes es el órgano del Comité Ejecutivo Nacional encargado de administrar, revisar y certificar el padrón de todos los militantes del Partido Acción Nacional, en términos de lo dispuesto por el Reglamento correspondiente. Para su funcionamiento serán principios rectores la objetividad, certeza y transparencia. Entre sus funciones se encuentran las siguientes: (a) Recibir y, en su caso, aceptar las solicitudes de afiliación de los militantes del Partido; (cfr. 49, 1-3 EG) 
Antecedentes: 
 En los últimos meses, como es sabido por todos, en el Estado de Puebla nuestro partido ha sufrido un severo ataque a su vida interna por diversas campañas de afiliación masiva, contradiciendo su esencia como partido político formado por ciudadanos independientes y responsables. 
 Especial relevancia cobra el reciente intento de afiliar a más de catorce mil ciudadanos de siete municipios. Tan obvia y grosera fue la intentona, que el Comité Directivo Estatal, presidido por el Dip. Rafael Alejandro Micalco Méndez, con argumentos jurídicos y políticos rechazó las solicitudes. 
 Como si quedara alguna duda de lo artificial de éstas, los ciudadanos supuestamente afectados por la negativa del partido, procedieron a presentar sendos juicios ante el Tribunal Electoral del Estado en las mismas fechas y casi en idénticos términos. 
 Escribiendo uno de los capítulos más tristes en la historia de la antidemocracia en Puebla, los magistrados del Tribunal local resolvieron dando la razón a los supuestos quejosos, ordenando al Partido diera como buenas las afiliaciones y procediera al registro consiguiente.
 El Comité Estatal, cumpliendo su responsabilidad y en representación de la institución, se aprestó a interponer en tiempo y forma un recurso por cada uno de los catorce mil juicios ante el mismo tribunal local quien debía remitir los expedientes a la instancia federal competente. 
 En el transcurso del último día para presentar la impugnación, en un lamentable suceso, vergonzoso para Puebla, los representantes del partido fueron obligados a abandonar las instalaciones del citado tribunal local ante una alarma de bomba, misma que desde luego resultó falsa, y ya no se les permitió el reingreso, venciéndose el plazo legal, por lo que sólo se lograron interponer poco más de 350 recursos del total de los más de catorce mil. 
 Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado actuaron con dolo, mala fe, parcialidad e ilegalidad. Recurrieron a la mentira, el engaño y la alevosía para impedir al partido ejercer su derecho de defenderse jurídicamente ante esta andanada de afiliaciones masivas y fraudulentas. 
 Con justa razón, el Presidente estatal acudió ante el H. Congreso del Estado de Puebla para solicitar la destitución e inhabilitación de los tres magistrados por su lamentable e ilegal proceder. 
 Como usted sabe, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, hace unos días, ha resuelto los 350 recursos que lograron llegar ante él, dando la razón al Comité Directivo Estatal y ha señalado que corresponde a los órganos directivos del Partido, determinar la procedencia de las citadas solicitudes de afiliación. 
Por lo anterior, y como militantes de Acción Nacional, venimos: 
En primer lugar, a manifestar nuestro más amplio respaldo a las acciones y decisiones que ha tomado el Comité Directivo Estatal, en particular su Presidente, el Dip. Rafael Alejandro Micalco Méndez, en la defensa de la esencia y la naturaleza del Partido como organismo formado por ciudadanos independientes y responsables: 
El rechazo inicial de las solicitudes de afiliación; los recursos interpuestos ente el Tribunal Electoral del Estado; las solicitudes de destitución en contra de los magistrados ante el Congreso y ahora las gestiones que emprenda ante el Comité Ejecutivo Nacional, que Usted dignamente preside, y/o el Registro Nacional de Militantes para que este atropello no se consume. Son decisiones y acciones que cuentan con el respaldo absoluto e incondicional del panismo poblano.
Ante Usted y todo su Comité Ejecutivo Nacional reiteramos que no es posible permitir afiliaciones masivas, ficticias y mediante mecanismos artificiosos propios del antiguo régimen que combatimos por décadas. 
Finalmente, venimos también a solicitarle que de acuerdo a las facultades y atribuciones que los Estatutos Generales del Partido y los Reglamentos le confieren a Usted y al Comité Ejecutivo Nacional, tomen las medidas necesarias para impedir se concrete esta acción concertada violatoria de nuestro marco normativo interno y que contraviene la lucha de nuestros fundadores por erradicar una práctica común entre militantes de otros partidos para dominar la vida interna de sus institutos políticos. 
Por el bien y salud de nuestra institución es imprescindible que ni el Comité Ejecutivo Nacional ni el Registro Nacional de Militantes acepten estas solicitudes. En caso contrario las consecuencias serían gravísimas, pues sin duda se desatarían en los municipios afectados, conflictos internos que nadie desea, generados por una militancia dolida y agraviada, orillando nuevamente a la dirigencia estatal a emprender la defensa jurídica necesaria. 
Sabedores que su compromiso como máximo dirigente de nuestro Partido es sólo con Acción Nacional, confiando en su respuesta favorable y en que se atenderá con la debida diligencia la situación planteada, quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración.

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  • 1. Puebla, Pue. a 3 de noviembre de 2014 C. Ricardo Anaya Cortés Presidente del Comité Ejecutivo Nacional Partido Acción Nacional PRESENTE Como integrantes del Partido Acción Nacional en el Estado de Puebla, funcionarios públicos de elección y de designación, regidores, diputados, consejeros estatales y nacionales, militantes todos, venimos respetuosamente ante Usted para exponer la grave situación por la cual atraviesa nuestro partido en dicha entidad y para solicitar su urgente intervención. Consideraciones:  El Partido Acción Nacional es una asociación de ciudadanos mexicanos en pleno ejercicio de sus derechos cívicos, constituida en partido político nacional, con el fin de intervenir orgánicamente en todos los aspectos de la vida pública de México y tener acceso al ejercicio democrático del poder. (cfr. Art. 1 de los Estatutos Generales)  Son militantes del Partido Acción Nacional, los ciudadanos mexicanos que de forma individual, libre, pacífica, voluntaria, directa y presencial, manifiesten su deseo de afiliarse, asuman como propios los principios, fines, objetivos y documentos básicos del Partido Acción Nacional, y sean aceptados con tal carácter. (cfr. Art. 8 EG)  El procedimiento de afiliación se regirá conforme a lo previsto en el Reglamento correspondiente. La solicitud se presentará por escrito y podrá realizarse ante cualquier Comité del Partido de la entidad federativa correspondiente, independientemente donde se encuentre su domicilio. (cfr. Art. 9 EG)
  • 2.  Es facultad y deber del Comité Ejecutivo Nacional vigilar la observancia de estos Estatutos y de los reglamentos por parte de los órganos, dependencias y militantes del Partido. (cfr. Art. 43 inciso b EG)  Es atribución y deber del Presidente de dicho Comité, entre otros, gestionar el desenvolvimiento de Acción Nacional y cuidar de que su actuación se apegue constantemente a los propósitos fundamentales que han inspirado su creación y procurar, en todas las formas lícitas posibles, que en la vida pública de México se implanten los principios que Acción Nacional ha hecho suyos, pudiendo al efecto ejecutar los actos jurídicos, políticos y sociales que sean necesarios o convenientes. (cfr. Art. 47 EG)  El Registro Nacional de Militantes es el órgano del Comité Ejecutivo Nacional encargado de administrar, revisar y certificar el padrón de todos los militantes del Partido Acción Nacional, en términos de lo dispuesto por el Reglamento correspondiente. Para su funcionamiento serán principios rectores la objetividad, certeza y transparencia. Entre sus funciones se encuentran las siguientes: (a) Recibir y, en su caso, aceptar las solicitudes de afiliación de los militantes del Partido; (cfr. 49, 1-3 EG) Antecedentes:  En los últimos meses, como es sabido por todos, en el Estado de Puebla nuestro partido ha sufrido un severo ataque a su vida interna por diversas campañas de afiliación masiva, contradiciendo su esencia como partido político formado por ciudadanos independientes y responsables.  Especial relevancia cobra el reciente intento de afiliar a más de catorce mil ciudadanos de siete municipios. Tan obvia y grosera fue la intentona, que el Comité Directivo Estatal, presidido por el Dip. Rafael Alejandro Micalco Méndez, con argumentos jurídicos y políticos rechazó las solicitudes.  Como si quedara alguna duda de lo artificial de éstas, los ciudadanos supuestamente afectados por la negativa del partido, procedieron a presentar sendos juicios ante el Tribunal Electoral del Estado en las mismas fechas y casi en idénticos términos.  Escribiendo uno de los capítulos más tristes en la historia de la antidemocracia en Puebla, los magistrados del Tribunal local resolvieron dando la razón a los supuestos quejosos, ordenando al Partido diera como buenas las afiliaciones y procediera al registro consiguiente.
  • 3.  El Comité Estatal, cumpliendo su responsabilidad y en representación de la institución, se aprestó a interponer en tiempo y forma un recurso por cada uno de los catorce mil juicios ante el mismo tribunal local quien debía remitir los expedientes a la instancia federal competente.  En el transcurso del último día para presentar la impugnación, en un lamentable suceso, vergonzoso para Puebla, los representantes del partido fueron obligados a abandonar las instalaciones del citado tribunal local ante una alarma de bomba, misma que desde luego resultó falsa, y ya no se les permitió el reingreso, venciéndose el plazo legal, por lo que sólo se lograron interponer poco más de 350 recursos del total de los más de catorce mil.  Los magistrados del Tribunal Electoral del Estado actuaron con dolo, mala fe, parcialidad e ilegalidad. Recurrieron a la mentira, el engaño y la alevosía para impedir al partido ejercer su derecho de defenderse jurídicamente ante esta andanada de afiliaciones masivas y fraudulentas.  Con justa razón, el Presidente estatal acudió ante el H. Congreso del Estado de Puebla para solicitar la destitución e inhabilitación de los tres magistrados por su lamentable e ilegal proceder.  Como usted sabe, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, hace unos días, ha resuelto los 350 recursos que lograron llegar ante él, dando la razón al Comité Directivo Estatal y ha señalado que corresponde a los órganos directivos del Partido, determinar la procedencia de las citadas solicitudes de afiliación. Por lo anterior, y como militantes de Acción Nacional, venimos: En primer lugar, a manifestar nuestro más amplio respaldo a las acciones y decisiones que ha tomado el Comité Directivo Estatal, en particular su Presidente, el Dip. Rafael Alejandro Micalco Méndez, en la defensa de la esencia y la naturaleza del Partido como organismo formado por ciudadanos independientes y responsables: El rechazo inicial de las solicitudes de afiliación; los recursos interpuestos ente el Tribunal Electoral del Estado; las solicitudes de destitución en contra de los magistrados ante el Congreso y ahora las gestiones que emprenda ante el Comité Ejecutivo Nacional, que Usted dignamente preside, y/o el Registro Nacional de Militantes para que este atropello no se consume. Son decisiones y acciones que cuentan con el respaldo absoluto e incondicional del panismo poblano.
  • 4. Ante Usted y todo su Comité Ejecutivo Nacional reiteramos que no es posible permitir afiliaciones masivas, ficticias y mediante mecanismos artificiosos propios del antiguo régimen que combatimos por décadas. Finalmente, venimos también a solicitarle que de acuerdo a las facultades y atribuciones que los Estatutos Generales del Partido y los Reglamentos le confieren a Usted y al Comité Ejecutivo Nacional, tomen las medidas necesarias para impedir se concrete esta acción concertada violatoria de nuestro marco normativo interno y que contraviene la lucha de nuestros fundadores por erradicar una práctica común entre militantes de otros partidos para dominar la vida interna de sus institutos políticos. Por el bien y salud de nuestra institución es imprescindible que ni el Comité Ejecutivo Nacional ni el Registro Nacional de Militantes acepten estas solicitudes. En caso contrario las consecuencias serían gravísimas, pues sin duda se desatarían en los municipios afectados, conflictos internos que nadie desea, generados por una militancia dolida y agraviada, orillando nuevamente a la dirigencia estatal a emprender la defensa jurídica necesaria. Sabedores que su compromiso como máximo dirigente de nuestro Partido es sólo con Acción Nacional, confiando en su respuesta favorable y en que se atenderá con la debida diligencia la situación planteada, quedamos a sus órdenes para cualquier aclaración.