Este documento resume un proyecto de investigación sobre la importancia de la confianza y la seguridad jurídica en los contratos digitales para el desarrollo del comercio electrónico en el Perú. El proyecto analiza conceptos como contratos electrónicos, comercio electrónico, normativa aplicable, y factores que generan confianza en las transacciones en línea. El objetivo es destacar cómo la regulación y la seguridad jurídica son mecanismos clave para impulsar el comercio digital en el país.
Importancia de la confianza y seguridad jurídica en contratos digitales para el desarrollo del comercio electrónico en Perú
1. “UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA”
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLÍTICAS
CÁTEDRA DE INFORMÁTICA JURÍDICA
TEMA: “LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD
JURÍDICA EN LOS CONTRATOS DIGITALES PARA EL
EFECTIVO DESARROLLO DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN
EL PERÚ.”
INTEGRANTES: HUAYHUA COLQUE, Cristian
MAMANI VALERIANO, Liliana
PALZA PACCI, Rosario
SALAS HALLASI, Katherine
2. PROYECTO DE INVESTIGACIÓN
I. TÍTULO:
“LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA
SEGURIDAD JURÍDICA EN LOS CONTRATOS
DIGITALES PARA EL EFECTIVO DESARROLLO
DEL COMERCIO ELECTRÓNICO EN EL PERÚ.”
3. II. PLANTEAMIENTO
DEL PROBLEMA:
¿CUÁN IMPORTANTE
RESULTA LA CONFIANZA Y
LA SEGURIDAD JURÍDICA EN
LOS CONTRATOS DIGITALES
PARA EL EFECTIVO
DESARROLLO DEL
COMERCIO ELECTRÓNICO
EN EL PERÚ?
4. JUSTIFICACIÓ
N
GENERAL:
Destacar la importancia de la
confianza y la seguridad
jurídica en los contratos
OBJETIVOS digitales para un efectivo
comercio electrónico.
ESPECÍFICOS:
•Conocer el alcance de la normatividad
jurídica en materia de contratos digitales.
•Inferir respecto de la regulación como
mecanismo de confianza.
•Analizar la problemática d el contratación
electrónica.
•Reconocer la importancia del desarrollo
del comercio electrónico.
5. III. MARCO
2. COMERCIO
TEÓRICO
ELECTRÓNICO
1. CONTRATO
ELECTRÓNICO
6. EVOLUCIÓN
Utilización de
Transacción de Reducción de
medios e.
bs. Y ss. costos de
transacción
CARACTERÍSTICAS
Privacidad y
seguridad Apertura de
Riesgo nuevo
mercado
SUJETOS
EMPRESARIO CONSUMIDORES ADMINISTRACIÓN
7. 3. EL C.E. EN LA 4. LA CONFIANZA EN EL
SOCIEDAD DE LA INTERNET COMO ACTIVO
INFORMACIÓN FUNDAMENTAL EN LAS
TRANSACCIONES ON LINE
8. 5. La 6. Los sellos
autorregulación de confianza
Se trata de que una tercera parte
La autorregulación consiste en
da una garantía escrita de que un
una forma que tiene la compañía
producto, proceso o servicio está
de mostrar a sus clientes el
cumpliendo determinadas
cumplimiento de estrictas reglas
características, en otras palabras
en su página web.
se les puede definir como terceras
el Estado como distintas
partes de confianza, lo cual
comunidades han alentado a
constituyen organizaciones
losa gentes por la adopción de
independientes en las que se
diferentes instrumentos de
puede confiar y que buscan la
autorregulación, como son por
promoción de confianza “on line”
ejemplo los códigos de conducta
a través del ofrecimiento de un
y los sellos de confianza.
sistema de certificación.
9. 7. Normatividad jurídica
existente en materia de comercio
electrónico – Perú:
LEY 27291. Ley que modifica el Código Civil permitiendo la utilización de
los medios electrónicos para la comunicación de la manifestación de
voluntad y la utilización de la firma electrónica. Arts. 141, 141 –A, 1374.
LEY 2626. Ley de Firmas y Certificados Digitales, la presente ley tiene por
objeto regular la utilización de la firma electrónica otorgándole la misma
validez y eficacia jurídica que el uso de una firma manuscrita u otra análoga
que conlleve manifestación de voluntad. Art. 3
LEY 27309. Ley que incorpora los delitos informáticos al Código Penal:
Art.207 Inc. A, B y C.
Las normas emitidas por el INDECOPI, trata sobre el código de barras y
el Intercambio Electrónico de Datos o EDI.
10. 8. La seguridad en 9. Manifestaciones
la contratación de voluntades
electrónica electrónicas
Esta seguridad está referida a El Art. 1374 se regula la utilización de
la celebración del mismo acto la firma electrónica otorgándole la
como a las declaraciones misma validez y eficacia jurídica que
contractuales emitidas por el uso de una firma manuscrita que
medios electrónicos. L conlleve manifestación de voluntad.
Código civil en su art. 1373 aplica la
a Ley de Firmas y Certificados
teoría del conocimiento, esta teoría
Digitales tiene por objeto
sostiene que el contrato es un
permitir el uso de la firma acuerdo de declaración de
electrónica en los actos y voluntades. Sin embargo el Art. 1374
contratos electrónicos, considera la teoría de la recepción al
otorgándole la misma validez y disponer que el contrato queda
eficacia jurídica que a una concluido cuando la aceptación llega
firma manuscrita. a la dirección del oferente.
11. 10. Derecho de
resolución
Una contratación vía internet expone el consumidor
numerosos riesgos, como la imposibilidad de conocer el
producto o servicio en sí. El derecho de resolución es la
posibilidad que tiene el consumidor de resolver el
contrario sin penalización alguna y sin indicación de los
motivos en un plazo determinado. El ultimo gasto, que
puede imputarse al consumidor, es el costo directo de la
devolución de las mercancías al proveedor.
12. 11. Naturaleza de las Normas que
Regulan los Contratos
Electrónicos
Las normas que regulan los contratos que se celebran
a través de medios electrónicos son innovadoras,
porque regulan una nueva forma de contratación
propia o de acorde con el avance de la tecnología.
Por ejemplo el artículo 1374 del Código Civil al ser
modificado por la ley Nº 27291 pasa a ser una norma
innovadora que regula la celebración de los contratos
electrónicos.
13. 12. Vicios de la
Contratación Electrónica
ERROR DOLO
Error de Es sinónimo de
derecho: Es la Error de
hecho: Por engaño, engañar en la
interpretación contratación
equivocada de la ejemplo que el
electrónica. Por
norma jurídica. oferente en su
ejemplo el cliente que
Por ejemplo la página web después de efectuar
interpretación ofrezca un una compra on line
equivocada del producto con recibe una impresora
art. 1374 que un precio que Hp modelo 3820,
regula la no le cuando la que eligió
celebración de corresponde en la página web fue
los contratos por sus una impresora Hp
electrónicos. características. modelo D1660.
14. 13. Tarjeta electrónica
Pago en línea, suministrando los datos de la tarjeta para la
adquisición del bien o servicio:
El banco o institución emisora es quien aprueba el crédito y otorga una
tarjeta al titular.
El titular es quien haciendo uso de la tarjeta de crédito efectúa el pago
virtual en línea de bienes o servicios adquiridos de aquellos
establecimientos comerciales afiliados al banco o institución emisora. Y es
éste quien paga a los establecimientos comerciales afiliados. Pero en esta
modalidad de pago con tarjeta de crédito, existe temor en relación con la
seguridad que brinda la red para proteger el número de tarjeta, puesto
que es posible que un tercero la consiga, haciendo un mal uso de ella.
Pero se han creado métodos técnicos para proteger los datos de la tarjeta
de crédito siendo uno el número, y así dar confianza a los usuarios de
Internet e impulsar la contratación electrónica de adquisición de bienes o
servicios.
15. Pago en línea suministrando el usuario los datos de su
tarjeta de modo encriptado:
En caso de criptografía simétrica
El usuario quien envía el e-mail que contiene: el producto a
comprar, el nombre y dirección domiciliaria del titular de la tarjeta
de crédito y el número de ésta lo encripta con una clave privada
secreta. Y el proveedor quien recibe el e-mail lo desencripta con
esa misma clave.
Dicho mecanismo resulta inseguro puesto que al e-mail va
adjunta la clave privada secreta, por lo tanto basta con interceptar
el e-mail para conocer la clave y una vez conocida el e-mail es
desencriptado, consiguiéndose así el número de tarjeta de
crédito.
¿Cómo impedir que el tercero consiga el número de mi tarjeta de
crédito? La respuesta en el siguiente mecanismo.
16. En caso de criptografía asimétrica
Se basa en el uso de 2 claves: 1 clave privada que conoce el
usuario y una clave pública que conoce el proveedor y el
usuario.
El usuario encripta el e-mail que contiene: el producto a
comprar, el nombre y dirección domiciliaria del titular de la
tarjeta de crédito y el número de ésta con la clave privada y lo
envía haciendo uso de la clave pública. Y el proveedor
haciendo uso de la clave pública recibe el e-mail y lo
desencripta con la clave privada.
Este mecanismo evita que el tercero consiga el número de mi
tarjeta de crédito.
17. 14. Clasificación de los Contratos Electrónicos
Contrato electrónico directo: Aquél que permita la
entrega virtual de bienes inmateriales o la prestación
de servicios que no precisen de presencia física de su
prestador. Ejemplos: adquisición de licencias de uso
de programas informáticos o derechos sobre
Por su canciones y vídeos o la contratación de servicios de
forma de hosting, gestión de pagos, y servicios virtuales.
ejecución:
Contrato electrónico indirecto: Aquél que requiere la
entrega física de bienes materiales o la prestación
presencial de servicios. Su ejecución es
necesariamente diferida. Ejemplos: compra de
cartuchos de tinta, contratación de pintor de casas,
contratación de servicios jurídicos.
18. 14. Clasificación de los Contratos Electrónicos
Contrato con pago electrónico: El medio de
pago elegido por las partes es el dinero
electrónico. Los ejemplos más comunes son
los siguientes: pago con tarjeta de crédito y
Por la forma transferencia bancaria.
de pago (sólo
aplicable a
contratos
onerosos): Contrato con pago tradicional: El medio de
pago escogido es el dinero en efectivo o
cheque, pudiéndose entregarse mediante
su envío postal.
19. 14. Clasificación de los Contratos Electrónicos
B2G (Empresa y gobierno): Busca una mejor
optimización del proceso de negociación entre
empresa y gobierno a través de internet.
B2B (Empresa a Empresa): Es el tipo de
relación comercial que existe entre empresas,
Por los por ejemplo, la relación que puede haber
Sujetos entre un fabricante y el distribuidor de un
Participantes: producto, o también la relación entre el
distribuidor y el mayorista, que operan a
través de internet.
B2C (Empresa a Consumidor): Las relación
comercial de empresa a consumidor que
opera a través de Internet.
20. FACTORES DE ÉXITO DEL
COMERCIO ELECTRÓNICO
Proporcionar valor al cliente.
Proporcionar servicios y ejecución.
Proporcionar una pagina web
atractiva.
Proporcionar un incentivo para los
compradores
Proporcionar atención personal.
Proporcionar un sentido de
comunidad.
Proporcionar confianza y
seguridad.
Poseer la experiencia total del
consumidor.
Optimización de los procesos de
negocios.
21. Dejar que los consumidores se
ayuden a si mismos.
Ayudar a los consumidores de
hacer el trabajo de consumir.
Construir un modelo de
negocios sólidos.
Crear una cadena de valor
añadido.
Operar en o cerca del límite de la
tecnología.
Construir una organización con suficiente
agilidad y sistemas de alerta.
22. oportunidades reducción de los
de negocio a los costos de
proveedores. soporte: on-line
Creación de
Acceso a mercados
oportunidades de
especializados.
negocio
Intercambio de Apertura de mercados
información constante. internacionales.
Establecimiento de
Prestigio.
relaciones.
Reducción de costos: de
Tecnología multimedia,
catálogos, manuales
23. En nuestro país el tema todavía esta en
desarrollo.
Existe mucho temor en el uso y aplicación
de la tecnología.
Hay informalidad de muchos negocios.
Desconocimiento de la empresa.
Forma de pago.
DESVENTAJAS Intangibilidad e idioma.
Privacidad y seguridad.
24.
25. VARIABLE VARIABLE
INDEPENDIENTE DEPENDIENTE
La confianza y la Comercio
seguridad jurídica electrónico
en los contratos
digitales.
26.
27. MARQUE USTED LA RESPUESTAS DE LAS PREGUNTAS CON UN ASPA ( X )
1¿CONOCE USTED LO QUE ES UN CONTRATO ELECTRONICO?
ASI ( ) NO ( )
2¿HA CELEBRADO USTED ALGUNA VEZ UN CONTRATO ELECTRONICO?
ASI ( ) NO ( )
3¿POR QUE RAZON COMPRARIA USTED UN BIEN A TRAVES DE INTERNET?
APOR AHORRO DE TIEMPO. ( )
APOR EL PRECIO JUSTO ( )
APOR LA SEGURIDAD EN LA RED ( )
APOR LA CONFIANZA EN LA RED ( )
ATODAS LAS ANTERIORES ( )
28. 4¿CREES QUE EXISTE SEGURIDAD JURIDICA EN LA CELEBRACION DE
CONTRATOS A TRAVES DE INTERNET?
ASI ( ) NO ( )
5CONFIAS EN LAS NORMAS VIGENTES QUE RESPALDAN LA CELEBRACION DE
LOS CONTRATOS ELECTRONICOS VIA INTERNET?
ASI ( ) NO ( )
6CONOCE ALGUNA NORMA QUE AMPARA LA CELEBRACION DE CONTRATOS
ELCTRONICOS VIA INTERNET?
ASI ( ) NO ( )
7SI ES SI, MENCIONE LA NORMA:
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8¿SI TUVIERAS A TU ALCANCE UNA TARJETA DE CREDITO PUDIENDO
ADQUIRIR BIENES HASTA POR TRES MIL SOLES, ADQUIDIRIAS UN BIEN POR:
AVIA INTERNET ( ) ESTABLECIMIENTO DE VENTA ( )
29. OBJETIVO: CONOCER Y DESTACAR LA IMPORTANCIA DE LA CONFIANZA Y LA SEGURIDAD JURIDICA EN
LOS CONTRATOS DIGITALES PARA UN EFECTIVO DESARROLLO EN EL COMERCIO ELECTRONICO.
1. ¿QUE OPINION TIENE USTED SOBRE LA CONTRATACION ELECTRONICA?
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2. ¿SE UTILIZA CON FRECUENCIA LOS CONTRATOS ELECTRONICOS EN LA
CIUDAD DE TACNA?
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3. ¿CUAL ES EL GRUPO POBLACIONAL QUE LAS UTILIZA?
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4. CONOCE USTED DE ALGUN PROBLEMA QUE SURGIO DE LA CELEBRACION
DE UN CONTRATO ELECTRONICO? ¿CUAL? Y ¿PORQUE?
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5. ¿QUE OPINION TIENE USTED SOBRE LAS NORMAS VIGENTES EN LA
REGULACION DE LOS CONTRATOS ELECTRONICOS DE NUESTRO PAIS?
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30. CONCLUSIONES:
PRIMERA. Dentro de la dinámica comercial que presenta el mundo globalizado
por medio del internet, se desenvuelve el comercio electrónico, el cual no es
otra cosa que el intercambio de bienes y servicios, con una naturaleza onerosa,
sin embargo cabe resaltar que ésta actividad es tan cual la es la física sino que
con la particularidad que es mediante el soporte virtual, lo que acorta
distancias y elimina las fronteras, haciendo las transacciones a tiempo veloz,
sin embargo es preciso resaltar la confianza que genera éste medio asimismo
los mecanismos de seguridad que envuelven y protegen la actividad misma
virtual en esta materia, en tanto se observan las leyes que amparan dicha
actividad en tal soporte digital como los instrumentos de confianza que
garantizan la satisfacción tanto del consumidor como del oferente.
En tal razón es importante la confianza generada y la seguridad en la
celebración de los contratos digitales dentro de la dinámica del comercio
electrónico.
31. SEGUNDA. Actualmente el mundo vive una etapa de transición, la cual
se encuentra orientada hacia una nueva etapa de total digitalización
de la información y donde los recursos y avances tecnológicos serán el
común de la vida diaria de las personas. Es fundamental adaptar la
legislación tradicional y/o formular de nuevas leyes que cubrirán las
expectativas del comercio electrónico en su globalidad, como la
adaptación de una ley sobre la protección de los datos personales. A
pesar de todas las formas de seguridad que hay para el Comercio
electrónico, estas transacciones tienen un alto porcentaje de riesgos,
fraude o alteración de datos personales.
TERCERA. El mecanismo que evita que un tercero ajeno a la relación
contractual electrónica consiga el número de mi tarjeta de crédito
cuando yo envío el e-mail al proveedor conteniendo el sí acepto el bien
o servicio ofrecido es la criptación asimétrica.
32. CUARTA. El término "comercio electrónico" se refiere a la venta de
productos y servicios por Internet. Actualmente, este segmento
presenta el crecimiento más acelerado de la economía. Gracias al
costo mínimo que implica, hasta la empresa más pequeña puede
llegar a clientes de todo el mundo con sus productos y mensajes. En la
actualidad, más de 250 millones de personas en todo el mundo
utilizan Internet habitualmente. Asimismo el uso de Internet como
herramienta del comercio electrónico no garantiza la SEGURIDAD por
ende no exista CONFIANZA que pueda respaldar en gran medida la
celebración de un contrato vía web, es necesario que en nuestro país
se refuerce mas este sistema comercial con la aprobación de nuevas
normas que respalden la veracidad, transparencia y seguridad de la
CELEBRACION DE CONTRATOS.