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A LA COMUNIDAD POLITÉCNICA NACIONAL 
A LA ASAMBLEA GENERAL POLITÉCNICA 
Con relación al texto presentado a esta Secretaría el 10 de octubre pasado, debe 
destacarse, en primer lugar, el apego al principio de legalidad que campea a lo 
largo del documento de la Asamblea General Politécnica. La Secretaría de 
Educación Pública ha construido esta respuesta con el mismo criterio, lo que 
seguramente facilitará la adopción de consensos para resolver el problema. 
El Instituto Politécnico Nacional ha sido, es y seguirá siendo una institución 
fundamental para el desarrollo tecnológico y científico del país. 
Reproducimos cada uno de los puntos contenidos en el escrito de la Asamblea, y 
en seguida, ofrecemos en letra resaltada en negrillas nuestras respuestas (R). 
Punto 1. La Secretaría de Educación Pública, -en adelante SEP- no puede cancelar 
la aplicación del Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional, -en adelante 
IPNaprobado 
el 24 de Septiembre de 2014, toda vez que no tiene vigencia, pues no 
fue publicado en la Gaceta Oficial del IPN para su difusión y entrada en vigor, por lo 
que se exige la cancelación definitiva de la publicación ahora y en lo posterior 
Se demanda que para asentar las nuevas bases normativas del IPN, se proceda a la 
participación y deliberación directa en el marco de un proceso democrático de la 
comunidad politécnica, el cuál consistirá en un Congreso Nacional Politécnico, que no 
sea permanente y que tenga un carácter resolutivo y refundacional, atendiendo a los 
objetivos plasmados en el artículo 1° de la Ley Orgánica: 
"El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa del Estado, 
creada para consolidar, a través de la educación, la Independencia 
Económica, Científica, Tecnológica, Cultura y Política para alcanzar 
el progreso social de la Nación, de acuerdo con los Objetivos 
Históricos de la Revolución Mexicana, contenidos en la Constitución 
Política de los Estados Unidos Mexicanos." 
Lo anterior con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica del IPN, que a la 
letra dice: "Las asociaciones de alumnos se organizarán en la forma que los mismos 
determinen y serán independientes de las autoridades y órganos del Instituto".
2 
Para finalizar este punto declaramos que desconocemos cualquier Reglamento Interno 
emitido por el Consejo General Consultivo hasta la conformación del Congreso 
Nacional Politécnico. 
R. Reconocemos el apego al principio de legalidad en el documento entregado 
por la asamblea, en el sentido de que la SEP por sí misma no puede cancelar el 
Reglamento Interno de fecha 24 de septiembre del 2014. 
La Secretaría de Educación Pública considera válido el Reglamento Interno 
publicado en la Gaceta Oficial el 30 de noviembre de 1998 y su reforma publicada 
el 31 de julio de 2004. 
La Secretaría comparte la necesidad de que en un marco de discusión de la 
comunidad politécnica se analicen los problemas por los que pasa la institución 
en este momento. En ese sentido ofrece su colaboración para llevar a cabo el 
Congreso Nacional Politécnico. 
Con objeto de organizar y llevar a cabo este Congreso, se propone la integración 
de una mesa de diálogo público que, a partir de consensos, genere propuestas 
que conduzcan a la solución de los diversos temas que interesan a la comunidad 
politécnica. 
Se propone para la Mesa de Diálogo Público que: 
 Sesione públicamente, 
 Sus trabajos sean difundidos por el Canal 11. 
 Sea paritaria, con 10 representantes del gobierno federal y 10 
representantes nombrados por la Asamblea General Politécnica. 
 Ambas representaciones podrán ser rotadas en cada sesión. 
 En su sesión de instalación definirá las reglas de su funcionamiento 
 En esa sesión definirá la agenda a tratar. 
Punto 2. La SEP no está facultada para cancelar los planes y programas de estudios 
del Instituto Politécnico Nacional, debido a que en el artículo 14, fracción V de la Ley 
Orgánica del IPN, se establece que son facultades obligaciones del Director 
General: "Autorizar los planes y programas académicos del Instituto, que hayan sido 
previamente acordados por el Consejo General Consultivo". 
Considerando que algunos de los planes de estudio del nivel medio superior ya se 
encuentran vigentes, los alumnos concluirán el semestre 2015-I con el plan de estudios
3 
vigente, al término de dicho periodo se abrogará el plan de estudios en comento y a 
partir del semestre 2015-II se retomarán los planes de estudio anteriores a las 
modificaciones. Asimismo con base al artículo 17 del Reglamento General de Estudios, 
se llevará a cabo la revalidación de materias y se implementará un alineamiento 
académico, es decir, cursar las unidades de aprendizaje que no estaban contenidas en 
los planes de estudio 2014, entendiendo que la normatividad para modificar los planes 
de estudio en lo posterior, se establecerán en el Congreso Nacional Politécnico. 
Solicitamos que no se incorpore a las unidades académicas del nivel Medio Superior del 
IPN dentro del Sistema Nacional del Bachillerato (SNB) y la Reforma Integral de la 
Educación Media Superior (RIEMS), pues consideramos que disminuyen el nivel 
académico de sus egresados. 
En cuanto al nivel superior, exigimos la abrogación o suspensión definitiva de los planes 
y programas de estudio, según lo determinen los alumnos y profesores de cada Unidad 
Académica. 
Rechazamos la salida lateral como Profesionales Asociados en el modelo de Educación 
Superior, ya vigente en Unidades Académicas de nuestro Instituto. 
R. El apego a la legalidad de la Asamblea permite reconocer que son las 
instancias competentes del IPN, las que acuerden respecto a la vigencia de los 
planes y programas. 
La Mesa de Diálogo Público deberá: 
Establecer las vías para que las instancias competentes construyan las 
propuestas apegadas al marco normativo, dentro de las cuales se sugieren: 
a) La cancelación de los planes y programas de estudio cuestionados, 
b) Los mecanismos y plazos para retomar los planes y programas anteriores, 
c) Los criterios de equivalencia y acreditación para regularizar a los alumnos 
en planes de estudio anteriores, 
d) La incorporación del nivel Medio Superior al Sistema Nacional de 
Bachillerato, y 
e) Las salidas laterales. 
Puntos 3 y 6. Considerando que una de nuestras peticiones fue la democratización de 
los procesos de elección, con base en la fracción III del artículo 13 de la Ley Orgánica
4 
del IPN, desconocemos a cualquier director interino que nos sea impuesto, por lo tanto 
demandamos una elección inmediata de Director General, mediante el voto universal, 
libre, secreto y directo de alumnos, personal docente, personal no docente y personal 
directivo. 
Para hacer efectivo el proceso de democratización, exigimos el reconocimiento de una 
comisión organizadora -integrada por personas designadas por la Asamblea General 
Politécnica y por autoridades del Instituto Politécnico Nacional-, para la celebración del 
Congreso Nacional Politécnico. 
R. En apego al principio de legalidad, el Director y el Secretario Generales deben 
ser nombrados conforme a los preceptos de la ley vigente. En su caso, puede 
considerarse la designación de un director que durará hasta la conclusión del 
Congreso Nacional Politécnico, ya que no puede dejarse de lado, la inmediata 
atención de las siguientes tareas: 
a) Derogar y evitar la publicación del reglamento interno, 
b) Efectuar los procedimientos para suprimir los planes y programas de 
estudio cuestionados, 
c) Integrar, conforme a la normatividad, el Consejo General Consultivo, 
d) Girar instrucciones a todas las dependencias del IPN para prorrogar 
trámites y actividades académicas que han sido afectados por la 
suspensión de actividades, y 
e) Proponer la recalendarización del ciclo escolar. 
Se reitera la conveniencia de organizar un Congreso Nacional Politécnico, y se 
propone que la Mesa de Diálogo Público determine las reglas generales para su 
organización y realización. 
Punto 4. La función de vigilancia deberá recaer en un órgano interno dependiente 
del sector administrativo del IPN, con la única facultad de salvaguardar la integridad y 
garantizar la seguridad de la comunidad politécnica y patrimonio institucional. Sin que 
sus labores perjudiquen el ejercicio pleno de los derechos humanos que a la libre 
expresión de las ideas, a la asociación y manifestación, consagrados en el Pacto 
Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, los artículos 6 y 7 de la Carta 
Magna, la Ley de las y los jóvenes del Distrito Federal y el artículo 34 de la Ley 
Orgánica del IPN. 
R. Coincidimos en que “la función de vigilancia deberá recaer en un órgano 
interno dependiente del sector administrativo del Instituto Politécnico Nacional, 
con la única facultad de salvaguardar la integridad y garantizar la seguridad de la
5 
comunidad politécnica y patrimonio institucional; sin que sus labores 
perjudiquen el ejercicio pleno de los derechos humanos a la libre expresión de las 
ideas, a la asociación y manifestación, consagrados en el pacto internacional de 
los derechos civiles y políticos”. 
La Mesa de Diálogo Público construirá las alternativas concretas, para atender 
favorablemente esta petición. 
Punto 5. Demandamos que las pensiones vitalicias que se otorgan actualmente a 
los ex Directores Generales del IPN, se suspendan a partir del 1 de enero de 2015, 
con la correspondiente emisión de los ordenamientos jurídicos por parte de las 
autoridades competentes (Secretaría de Educación Pública, Secretaría de 
Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Administración del Instituto Politécnico 
Nacional), además de que la gestión de dichos recursos deberá ser transparente y 
democrática para destinarlos al otorgamiento de becas, mejoras en la 
infraestructura y demás rubros que la comunidad politécnica estime convenientes. 
R. La SEP solicitará a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la 
Función Pública, la cancelación del oficio SSFP/408/1951, de fecha 19 de julio de 
2005, en el cual se contemplan las remuneraciones referidas. 
La SEP pedirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que el monto de esas 
remuneraciones debe aplicarse anualmente al otorgamiento de becas para los 
alumnos del IPN. 
Punto 7. Hacemos responsable al titular del Poder Ejecutivo Federal por cualquier daño 
físico, psicológico, académico, moral o de cualquier otra índole que atente contra la 
integridad personal de los miembros de la comunidad politécnica, y de otras 
instituciones educativas y no educativas, que hayan dado muestra de apoyo y 
solidaridad al movimiento del IPN. 
Exigimos que se garantice con mecanismos concretos e interlocución directa con las 
autoridades competentes, como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Salud 
Pública, la Procuraduría General de la República, el Gobierno del Distrito Federal, la 
Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la Comisión Nacional de 
Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y 
organismos no gubernamentales de derechos humanos, así como el Abogado General 
del IPN, que no habrá ninguna represalia, coerción o intimidación, para ninguno de los 
miembros de la comunidad politécnica.
6 
En el mismo tenor, las autoridades del IPN deben garantizar que no habrá medidas de 
coerción o intimidación, a nivel administrativo y académico, para toda la comunidad 
politécnica. 
Dichas garantías deberán presentarse firmadas por todas las autoridades antes 
mencionadas y ser publicadas en la Diario Oficial de la Federación, en un número 
extraordinario de la Gaceta Politécnica y en periódicos de circulación nacional. 
R. La Mesa de Diálogo Público solicitará a la Secretaría de Gobernación, para que 
en ejercicio de sus facultades promueva –ante las diversas dependencias y 
entidades del Gobierno Federal– la suscripción de los documentos que se 
requieran para atender favorablemente las solicitudes formuladas en este punto. 
En la respuesta a los puntos 3 y 6, se ha señalado que serán las autoridades 
politécnicas las que deban resolver y garantizar, en el ámbito interno, las 
peticiones referidas. 
Punto 8. Exigimos que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 
2015 se establezca el incremento al 8% del Producto Interno Bruto al presupuesto de 
educación pública, así como el incremento al 2% del PIB para la investigación en 
ciencia y tecnología. En ambos rubros deberá contemplarse el aumento de los recursos 
para el Instituto Politécnico Nacional. 
R. La Mesa de Diálogo Público podrá analizar los caminos y los procedimientos 
para someter a las instancias competentes las solicitudes respectivas. 
El Gobierno de la República continuará, como lo ha venido haciendo, 
proponiendo incrementos presupuestales para fortalecer la calidad de la 
educación y de la investigación que imparte el IPN. 
Punto 9. En virtud de la respuesta emitida por el titular de la Secretaría de Gobernación 
(Miguel Ángel Osario Chong) a nuestro pliego petitorio, que a la letra dice: "no se 
permitirá ninguna injerencia ajena al interés superior del. Instituto Politécnico Nacional", 
pedimos la abrogación del Decreto Presidencial por el cual se funda el Tecnológico 
Nacional de México, ya que entran en conflicto y contradicción el artículo 3° del Ley 
Orgánica del IPN y el artículo 2° del Decreto Presidencial del 23 de julio de 2014, sobre 
las facultades jurídicas del Instituto Tecnológico Nacional de México, en el entendido 
legal, cronológico y de vigencia al interés superior del Instituto Politécnico Nacional, el 
cual es regir la educación técnica y tecnológica del país. 
Con la finalidad de impedir cualquier injerencia que transgreda los derechos de la 
educación pública, tecnológica, científica y de calidad, establecidos en el artículo 3° de 
la Carta Magna, o que implique el uso y ocupación de las instalaciones de las 
dependencias politécnicas, órganos de apoyo y organismos auxiliares (artículo 2° del
7 
Reglamento Orgánico del IPN), exigimos la publicación en medios oficiales del IPN 
(sitios electrónicos y Gaceta Oficial) de cada uno los convenios, acuerdos y cualquier 
otro tipo de contrato del que sea parte dicho Instituto actualmente y de los que se 
establezcan en lo posterior, con el sector público, privado (nacional y transnacional); lo 
anterior respaldados en el derecho de acceso a la información de la comunidad 
politécnica. 
R. El Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa fundamental para 
México, comprometida con la educación pública, gratuita y laica. Hay que 
reconocer que el sistema educativo nacional ha creado otras instituciones que 
contribuyen también a dotar con profesionistas de alto nivel técnico para atender 
los requerimientos de desarrollo regional, cuya formación e integración se ha 
inspirado en la tradición politécnica. 
En consecuencia, el Tecnológico Nacional de México, es una institución pública 
de educación superior, que no se vincula con el IPN. 
Punto 10. Este movimiento se declara apartidista y democrático, asimismo exige 
sancionar las prácticas porriles que inhiben la participación de la comunidad politécnica, 
las cuales difieren de los métodos históricos utilizados por los estudiantes en la defensa 
de la educación pública y el incremento de la calidad de la enseñanza, concretados 
actualmente en la reivindicación de los•9 puntos de este documento. 
En el mismo sentido, se acordó: 
Instar a que se emita antes del miércoles 15 de octubre del presente año, por parte de 
la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Educación Pública, la Dirección General 
del Instituto Politécnico Nacional y autoridades competentes, una circular donde se 
giren instrucciones a todas las dependencias vinculadas con el IPN a dar prórroga a 
todos los trámites y actividades académicas que se estén viendo afectados por la 
dinámica del movimiento de la comunidad politécnica. Dicho compromiso deberá estar 
firmado por cada dependencia comprometiéndose a acatarla. 
En el mismo sentido, exigimos la recalendarización del ciclo escolar lectivo con base 
en la misma cantidad de días en que se han suspendido labores dentro del IPN, a las 
siguientes dependencias: el Consejo General Consultivo, la Secretaría de Investigación 
y Posgrado, La Dirección de Estudios Superiores y La Dirección de Administración 
Escolar. 
Además manifestamos que decidir cualquier cuestión referida a la autonomía del 
Instituto Politécnico Nacional corresponde a la comunidad politécnica en su conjunto, 
así como la definición de los términos y condiciones sobre la misma, a través de los 
mecanismos democráticos que la comunidad considere adecuados.
8 
Esperamos la respuesta por escrito, debidamente fundada y motivada, del Gobierno 
Federal y las autoridades competentes; teniendo como plazo el martes 14 de octubre 
del presente año. 
R. La Secretaría de Educación Pública celebra el carácter académico de la 
Asamblea General Politécnica. 
El Gobierno de la República reitera su disposición al diálogo, que permita al IPN 
seguir siendo la institución de excelencia que siempre ha sido. 
A t e n t a m e n t e 
EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA 
LIC. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR 
CIUDAD DE MÉXICO, A 14 DE OCTUBRE DE 2014.

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IPN-Democracia

  • 1. 1 A LA COMUNIDAD POLITÉCNICA NACIONAL A LA ASAMBLEA GENERAL POLITÉCNICA Con relación al texto presentado a esta Secretaría el 10 de octubre pasado, debe destacarse, en primer lugar, el apego al principio de legalidad que campea a lo largo del documento de la Asamblea General Politécnica. La Secretaría de Educación Pública ha construido esta respuesta con el mismo criterio, lo que seguramente facilitará la adopción de consensos para resolver el problema. El Instituto Politécnico Nacional ha sido, es y seguirá siendo una institución fundamental para el desarrollo tecnológico y científico del país. Reproducimos cada uno de los puntos contenidos en el escrito de la Asamblea, y en seguida, ofrecemos en letra resaltada en negrillas nuestras respuestas (R). Punto 1. La Secretaría de Educación Pública, -en adelante SEP- no puede cancelar la aplicación del Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional, -en adelante IPNaprobado el 24 de Septiembre de 2014, toda vez que no tiene vigencia, pues no fue publicado en la Gaceta Oficial del IPN para su difusión y entrada en vigor, por lo que se exige la cancelación definitiva de la publicación ahora y en lo posterior Se demanda que para asentar las nuevas bases normativas del IPN, se proceda a la participación y deliberación directa en el marco de un proceso democrático de la comunidad politécnica, el cuál consistirá en un Congreso Nacional Politécnico, que no sea permanente y que tenga un carácter resolutivo y refundacional, atendiendo a los objetivos plasmados en el artículo 1° de la Ley Orgánica: "El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa del Estado, creada para consolidar, a través de la educación, la Independencia Económica, Científica, Tecnológica, Cultura y Política para alcanzar el progreso social de la Nación, de acuerdo con los Objetivos Históricos de la Revolución Mexicana, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos." Lo anterior con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica del IPN, que a la letra dice: "Las asociaciones de alumnos se organizarán en la forma que los mismos determinen y serán independientes de las autoridades y órganos del Instituto".
  • 2. 2 Para finalizar este punto declaramos que desconocemos cualquier Reglamento Interno emitido por el Consejo General Consultivo hasta la conformación del Congreso Nacional Politécnico. R. Reconocemos el apego al principio de legalidad en el documento entregado por la asamblea, en el sentido de que la SEP por sí misma no puede cancelar el Reglamento Interno de fecha 24 de septiembre del 2014. La Secretaría de Educación Pública considera válido el Reglamento Interno publicado en la Gaceta Oficial el 30 de noviembre de 1998 y su reforma publicada el 31 de julio de 2004. La Secretaría comparte la necesidad de que en un marco de discusión de la comunidad politécnica se analicen los problemas por los que pasa la institución en este momento. En ese sentido ofrece su colaboración para llevar a cabo el Congreso Nacional Politécnico. Con objeto de organizar y llevar a cabo este Congreso, se propone la integración de una mesa de diálogo público que, a partir de consensos, genere propuestas que conduzcan a la solución de los diversos temas que interesan a la comunidad politécnica. Se propone para la Mesa de Diálogo Público que:  Sesione públicamente,  Sus trabajos sean difundidos por el Canal 11.  Sea paritaria, con 10 representantes del gobierno federal y 10 representantes nombrados por la Asamblea General Politécnica.  Ambas representaciones podrán ser rotadas en cada sesión.  En su sesión de instalación definirá las reglas de su funcionamiento  En esa sesión definirá la agenda a tratar. Punto 2. La SEP no está facultada para cancelar los planes y programas de estudios del Instituto Politécnico Nacional, debido a que en el artículo 14, fracción V de la Ley Orgánica del IPN, se establece que son facultades obligaciones del Director General: "Autorizar los planes y programas académicos del Instituto, que hayan sido previamente acordados por el Consejo General Consultivo". Considerando que algunos de los planes de estudio del nivel medio superior ya se encuentran vigentes, los alumnos concluirán el semestre 2015-I con el plan de estudios
  • 3. 3 vigente, al término de dicho periodo se abrogará el plan de estudios en comento y a partir del semestre 2015-II se retomarán los planes de estudio anteriores a las modificaciones. Asimismo con base al artículo 17 del Reglamento General de Estudios, se llevará a cabo la revalidación de materias y se implementará un alineamiento académico, es decir, cursar las unidades de aprendizaje que no estaban contenidas en los planes de estudio 2014, entendiendo que la normatividad para modificar los planes de estudio en lo posterior, se establecerán en el Congreso Nacional Politécnico. Solicitamos que no se incorpore a las unidades académicas del nivel Medio Superior del IPN dentro del Sistema Nacional del Bachillerato (SNB) y la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS), pues consideramos que disminuyen el nivel académico de sus egresados. En cuanto al nivel superior, exigimos la abrogación o suspensión definitiva de los planes y programas de estudio, según lo determinen los alumnos y profesores de cada Unidad Académica. Rechazamos la salida lateral como Profesionales Asociados en el modelo de Educación Superior, ya vigente en Unidades Académicas de nuestro Instituto. R. El apego a la legalidad de la Asamblea permite reconocer que son las instancias competentes del IPN, las que acuerden respecto a la vigencia de los planes y programas. La Mesa de Diálogo Público deberá: Establecer las vías para que las instancias competentes construyan las propuestas apegadas al marco normativo, dentro de las cuales se sugieren: a) La cancelación de los planes y programas de estudio cuestionados, b) Los mecanismos y plazos para retomar los planes y programas anteriores, c) Los criterios de equivalencia y acreditación para regularizar a los alumnos en planes de estudio anteriores, d) La incorporación del nivel Medio Superior al Sistema Nacional de Bachillerato, y e) Las salidas laterales. Puntos 3 y 6. Considerando que una de nuestras peticiones fue la democratización de los procesos de elección, con base en la fracción III del artículo 13 de la Ley Orgánica
  • 4. 4 del IPN, desconocemos a cualquier director interino que nos sea impuesto, por lo tanto demandamos una elección inmediata de Director General, mediante el voto universal, libre, secreto y directo de alumnos, personal docente, personal no docente y personal directivo. Para hacer efectivo el proceso de democratización, exigimos el reconocimiento de una comisión organizadora -integrada por personas designadas por la Asamblea General Politécnica y por autoridades del Instituto Politécnico Nacional-, para la celebración del Congreso Nacional Politécnico. R. En apego al principio de legalidad, el Director y el Secretario Generales deben ser nombrados conforme a los preceptos de la ley vigente. En su caso, puede considerarse la designación de un director que durará hasta la conclusión del Congreso Nacional Politécnico, ya que no puede dejarse de lado, la inmediata atención de las siguientes tareas: a) Derogar y evitar la publicación del reglamento interno, b) Efectuar los procedimientos para suprimir los planes y programas de estudio cuestionados, c) Integrar, conforme a la normatividad, el Consejo General Consultivo, d) Girar instrucciones a todas las dependencias del IPN para prorrogar trámites y actividades académicas que han sido afectados por la suspensión de actividades, y e) Proponer la recalendarización del ciclo escolar. Se reitera la conveniencia de organizar un Congreso Nacional Politécnico, y se propone que la Mesa de Diálogo Público determine las reglas generales para su organización y realización. Punto 4. La función de vigilancia deberá recaer en un órgano interno dependiente del sector administrativo del IPN, con la única facultad de salvaguardar la integridad y garantizar la seguridad de la comunidad politécnica y patrimonio institucional. Sin que sus labores perjudiquen el ejercicio pleno de los derechos humanos que a la libre expresión de las ideas, a la asociación y manifestación, consagrados en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, los artículos 6 y 7 de la Carta Magna, la Ley de las y los jóvenes del Distrito Federal y el artículo 34 de la Ley Orgánica del IPN. R. Coincidimos en que “la función de vigilancia deberá recaer en un órgano interno dependiente del sector administrativo del Instituto Politécnico Nacional, con la única facultad de salvaguardar la integridad y garantizar la seguridad de la
  • 5. 5 comunidad politécnica y patrimonio institucional; sin que sus labores perjudiquen el ejercicio pleno de los derechos humanos a la libre expresión de las ideas, a la asociación y manifestación, consagrados en el pacto internacional de los derechos civiles y políticos”. La Mesa de Diálogo Público construirá las alternativas concretas, para atender favorablemente esta petición. Punto 5. Demandamos que las pensiones vitalicias que se otorgan actualmente a los ex Directores Generales del IPN, se suspendan a partir del 1 de enero de 2015, con la correspondiente emisión de los ordenamientos jurídicos por parte de las autoridades competentes (Secretaría de Educación Pública, Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Administración del Instituto Politécnico Nacional), además de que la gestión de dichos recursos deberá ser transparente y democrática para destinarlos al otorgamiento de becas, mejoras en la infraestructura y demás rubros que la comunidad politécnica estime convenientes. R. La SEP solicitará a las Secretarías de Hacienda y Crédito Público y de la Función Pública, la cancelación del oficio SSFP/408/1951, de fecha 19 de julio de 2005, en el cual se contemplan las remuneraciones referidas. La SEP pedirá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que el monto de esas remuneraciones debe aplicarse anualmente al otorgamiento de becas para los alumnos del IPN. Punto 7. Hacemos responsable al titular del Poder Ejecutivo Federal por cualquier daño físico, psicológico, académico, moral o de cualquier otra índole que atente contra la integridad personal de los miembros de la comunidad politécnica, y de otras instituciones educativas y no educativas, que hayan dado muestra de apoyo y solidaridad al movimiento del IPN. Exigimos que se garantice con mecanismos concretos e interlocución directa con las autoridades competentes, como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Salud Pública, la Procuraduría General de la República, el Gobierno del Distrito Federal, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y organismos no gubernamentales de derechos humanos, así como el Abogado General del IPN, que no habrá ninguna represalia, coerción o intimidación, para ninguno de los miembros de la comunidad politécnica.
  • 6. 6 En el mismo tenor, las autoridades del IPN deben garantizar que no habrá medidas de coerción o intimidación, a nivel administrativo y académico, para toda la comunidad politécnica. Dichas garantías deberán presentarse firmadas por todas las autoridades antes mencionadas y ser publicadas en la Diario Oficial de la Federación, en un número extraordinario de la Gaceta Politécnica y en periódicos de circulación nacional. R. La Mesa de Diálogo Público solicitará a la Secretaría de Gobernación, para que en ejercicio de sus facultades promueva –ante las diversas dependencias y entidades del Gobierno Federal– la suscripción de los documentos que se requieran para atender favorablemente las solicitudes formuladas en este punto. En la respuesta a los puntos 3 y 6, se ha señalado que serán las autoridades politécnicas las que deban resolver y garantizar, en el ámbito interno, las peticiones referidas. Punto 8. Exigimos que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2015 se establezca el incremento al 8% del Producto Interno Bruto al presupuesto de educación pública, así como el incremento al 2% del PIB para la investigación en ciencia y tecnología. En ambos rubros deberá contemplarse el aumento de los recursos para el Instituto Politécnico Nacional. R. La Mesa de Diálogo Público podrá analizar los caminos y los procedimientos para someter a las instancias competentes las solicitudes respectivas. El Gobierno de la República continuará, como lo ha venido haciendo, proponiendo incrementos presupuestales para fortalecer la calidad de la educación y de la investigación que imparte el IPN. Punto 9. En virtud de la respuesta emitida por el titular de la Secretaría de Gobernación (Miguel Ángel Osario Chong) a nuestro pliego petitorio, que a la letra dice: "no se permitirá ninguna injerencia ajena al interés superior del. Instituto Politécnico Nacional", pedimos la abrogación del Decreto Presidencial por el cual se funda el Tecnológico Nacional de México, ya que entran en conflicto y contradicción el artículo 3° del Ley Orgánica del IPN y el artículo 2° del Decreto Presidencial del 23 de julio de 2014, sobre las facultades jurídicas del Instituto Tecnológico Nacional de México, en el entendido legal, cronológico y de vigencia al interés superior del Instituto Politécnico Nacional, el cual es regir la educación técnica y tecnológica del país. Con la finalidad de impedir cualquier injerencia que transgreda los derechos de la educación pública, tecnológica, científica y de calidad, establecidos en el artículo 3° de la Carta Magna, o que implique el uso y ocupación de las instalaciones de las dependencias politécnicas, órganos de apoyo y organismos auxiliares (artículo 2° del
  • 7. 7 Reglamento Orgánico del IPN), exigimos la publicación en medios oficiales del IPN (sitios electrónicos y Gaceta Oficial) de cada uno los convenios, acuerdos y cualquier otro tipo de contrato del que sea parte dicho Instituto actualmente y de los que se establezcan en lo posterior, con el sector público, privado (nacional y transnacional); lo anterior respaldados en el derecho de acceso a la información de la comunidad politécnica. R. El Instituto Politécnico Nacional es una institución educativa fundamental para México, comprometida con la educación pública, gratuita y laica. Hay que reconocer que el sistema educativo nacional ha creado otras instituciones que contribuyen también a dotar con profesionistas de alto nivel técnico para atender los requerimientos de desarrollo regional, cuya formación e integración se ha inspirado en la tradición politécnica. En consecuencia, el Tecnológico Nacional de México, es una institución pública de educación superior, que no se vincula con el IPN. Punto 10. Este movimiento se declara apartidista y democrático, asimismo exige sancionar las prácticas porriles que inhiben la participación de la comunidad politécnica, las cuales difieren de los métodos históricos utilizados por los estudiantes en la defensa de la educación pública y el incremento de la calidad de la enseñanza, concretados actualmente en la reivindicación de los•9 puntos de este documento. En el mismo sentido, se acordó: Instar a que se emita antes del miércoles 15 de octubre del presente año, por parte de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Educación Pública, la Dirección General del Instituto Politécnico Nacional y autoridades competentes, una circular donde se giren instrucciones a todas las dependencias vinculadas con el IPN a dar prórroga a todos los trámites y actividades académicas que se estén viendo afectados por la dinámica del movimiento de la comunidad politécnica. Dicho compromiso deberá estar firmado por cada dependencia comprometiéndose a acatarla. En el mismo sentido, exigimos la recalendarización del ciclo escolar lectivo con base en la misma cantidad de días en que se han suspendido labores dentro del IPN, a las siguientes dependencias: el Consejo General Consultivo, la Secretaría de Investigación y Posgrado, La Dirección de Estudios Superiores y La Dirección de Administración Escolar. Además manifestamos que decidir cualquier cuestión referida a la autonomía del Instituto Politécnico Nacional corresponde a la comunidad politécnica en su conjunto, así como la definición de los términos y condiciones sobre la misma, a través de los mecanismos democráticos que la comunidad considere adecuados.
  • 8. 8 Esperamos la respuesta por escrito, debidamente fundada y motivada, del Gobierno Federal y las autoridades competentes; teniendo como plazo el martes 14 de octubre del presente año. R. La Secretaría de Educación Pública celebra el carácter académico de la Asamblea General Politécnica. El Gobierno de la República reitera su disposición al diálogo, que permita al IPN seguir siendo la institución de excelencia que siempre ha sido. A t e n t a m e n t e EL SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA LIC. EMILIO CHUAYFFET CHEMOR CIUDAD DE MÉXICO, A 14 DE OCTUBRE DE 2014.