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México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014 
Luego de sesionar durante tres días, la Asamblea General Politécnica ha llegado a las siguientes 
resoluciones. 
Punto 1. La Secretaria de Educación Pública, -en adelante SEP- no puede cancelar la aplicación 
del Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional, -en adelante IPN-, aprobado el 24 de 
septiembre de 2014, toda vez que no tiene vigencia, pues no fue publicado en la Gaceta Oficial 
del IPN para su difusión y entrada en vigor, por lo que se exige la cancelación definitiva de su 
publicación ahora y en lo posterior. 
Se demanda para asentar las nuevas bases normativas del IPN, se proceda a la participación y 
deliberación directa en el marco de un proceso democrático de la comunidad politécnica, el cuál 
consistirá en un Congreso Nacional Politécnico, que no sea permanente, y tenga un carácter 
resolutivo y refundacional, atendiendo a los objetivos plasmados en el artículo 1 de la ley 
orgánica: 
"El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa del Estado, creada para 
consolidar, a través de la educación, la independencia Económica, Científica y 
Tecnológica, Cultural y Política para alcanzar el progreso social de la Nación, de acuerdo 
con los objetivos históricos de la Revolución Mexicana, contenidos en la Constitución 
Política de los Estados Unidos Mexicanos" 
Lo anterior con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, 
que a letra dice: "Las asociaciones de alumnos se organizaran en la forma que los mismos 
determinen y serán independientes a las autoridades y órganos del instituto" 
Para finalizar este punto declaramos que desconocemos cualquier Reglamento Interno emitido 
por el Consejo General Consultivo hasta la conformación del Congreso Nacional Politécnico. 
Punto 2. La SEP no está facultada para cancelar los planes y Programas de estudios del 
Instituto Politécnico Nacional, debido a que en el artículo 14, fracción V de la Ley Orgánica del 
IPN, se establece que son facultades y obligaciones del Director General: "Autorizar los planes y 
programas académicos del Instituto, que hayan sido previamente acordados por el Consejo 
General Consultivo". 
Considerando que algunos de los planes de estudio del nivel medio superior ya se encuentran 
vigentes, los alumnos concluirán el semestre 2015-1 con el plan de estudios vigente, al término 
de dicho periodo se abrogará el plan de estudios en comento, y a partir del semestre 2015-II se 
retomarán los planes de estudio anteriores a las modificaciones; con base en el artículo 17 del 
Reglamento General de Estudios, se llevarán a cabo la revalidación de materias y se 
implementará un alineamiento académico, es decir, cursar las unidades de aprendizaje que no 
estaban contenidas en los planes de estudio 2014, entendiendo que la normatividad para 
modificar los planes de estudio en lo posterior, se establecerá en el Congreso Nacional 
Politécnico. 
Solicitamos que no se incorpore a las unidades académicas del nivel medio superior del IPN 
dentro del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) y la Reforma Integral de la Educación Media 
Superior (RIEMS), pues consideramos que disminuyen el nivel académico de sus egresados.
En cuanto al nivel superior exigimos la abrogación o suspensión definitiva de los planes y 
programas de estudio, según lo determinen los alumnos y profesores de cada unidad académica. 
Rechazamos la salida lateral como Profesionales Asociados en el modelo de educación superior, 
ya vigente en Unidades Académicas de nuestro Instituto. 
Punto 3 y 6. Considerando que una de nuestras peticiones fue la democratización de los 
procesos de elección, con base en la fracción III del artículo 13 de la Ley Orgánica del IPN, 
desconocemos a cualquier director interino que nos sea impuesto, por lo tanto demandamos una 
elección inmediata, mediante un voto universal, libre, secreto, y directo del alumnos, personal 
docente, personal no docente y personal directivo. 
Para hacer efectivo el proceso de democratización, exigimos el reconocimiento de una comisión 
organizadora – integrada por personas designadas por la Asamblea General Politécnica y por 
autoridades del Instituto Politécnico Nacional – para la celebración del Consejo Nacional 
Politécnico. 
Punto 4. La función de vigilancia deberá recaer en un órgano interno dependiente del sector 
administrativo del Instituto Politécnico Nacional, con la única facultad de salvaguardar la 
integridad y garantizar la seguridad de la comunidad politécnica y patrimonio institucional. Sin 
que sus labores perjudiquen el ejercicio pleno de los derechos humanos a la libre expresión de 
las ideas, a la asociación y manifestación, consagrados en el Pacto Internacional de los 
Derechos Civiles y Políticos, los artículos 6 y 7 de la Carta Magna, la Ley de los y las Jóvenes del 
Distrito Federal y el artículo 34 de la Ley Orgánica del IPN. 
Punto 5. Demandamos que las pensiones vitalicias que se otorgan actualmente a los ex 
directores generales se suspendan a partir del 1 de enero de 2015, con la correspondiente 
emisión de los ordenamientos jurídicos por parte de las autoridades competentes (Secretaria de 
Educación Pública, Secretaria de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Administración del 
Instituto Politécnico Nacional). Además de que la gestión de dichos recursos deberá ser 
transparente y democrática para destinarlos al otorgamiento de becas, mejoras en la 
infraestructura y demás rubros que la comunidad politécnica estime convenientes. 
Punto 7. Hacemos responsable al titular del Poder Ejecutivo Federal por cualquier daño físico, 
psicológico, académico, moral, o de cualquier otra índole que atente contra la integridad personal 
de los miembros de la comunidad politécnica, y de otras instituciones educativas y no educativas 
que hayan dado muestra de apoyo y solidaridad al movimiento del Instituto Politécnico Nacional. 
Exigimos se garantice con mecanismos concretos e interlocución directa con las autoridades 
competentes, como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Salud Pública, la 
Procuraduría General de la República, el Gobierno del Distrito Federal, la Procuraduría General 
de Justicia del Distrito Federal, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión de 
Derechos Humanos del Distrito Federal y organismos no gubernamentales de derechos 
humanos, así como el Abogado General del IPN, que no habrá ninguna represalia, coerción o 
intimidación para ninguno de los miembros de la comunidad politécnica. 
En el mismo tenor, las autoridades del Instituto Politécnico Nacional deben garantizar que no 
habrá medidas de coerción o intimidación a nivel administrativo y académico para toda la 
comunidad politécnica.
Dichas garantías deberán presentarse firmadas por todas las autoridades antes mencionadas y 
ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación, en un número extraordinario de la Gaceta 
Politécnica y en periódicos de circulación nacional. 
Punto 8. Exigimos que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2015 se 
establezca el incremento al 8% del Producto Interno Bruto al presupuesto de educación pública, 
así como el incremento al 2% del PIB para investigación en ciencia y tecnología. En ambos 
rubros deberá contemplarse el aumento de los recursos para el Instituto Politécnico Nacional. 
Punto 9. Con la finalidad de impedir cualquier injerencia que trasgreda los derechos a la 
educación pública, tecnológica, científica y de calidad, establecidos en el artículo 3 de la Carta 
Magna, que implique el uso y ocupación de las instalaciones de las dependencias politécnicas, 
órganos de apoyo y organismos auxiliares (artículo 2 del Reglamento Orgánico del IPN). 
Exigimos la publicación en los medios oficiales del Instituto Politécnico Nacional (sitios 
electrónicos y Gaceta Oficial) de cada uno de los convenios, acuerdos y cualquier otro tipo de 
contratos, del que sea parte dicho instituto actualmente y de los que se establezcan en lo 
posterior, con el sector público, privado y empresas trasnacionales. Lo anterior, respaldados en el 
derecho de acceso a la información de la comunidad politécnica. 
En virtud de la respuesta del punto nueve del Gobierno Federal a nuestro pliego petitorio que 
dice: “no se permitirá ninguna injerencia ajena al interés superior del Instituto Politécnico 
Nacional”, pedimos la abrogación del decreto por el cual se fundó el Tecnológico Nacional de 
México ya que entra en conflicto y contradicción con el artículo 3 de la Ley Orgánica del IPN y el 
artículo 2 del Decreto presidencial del 23 de julio de 2014 sobre las facultades jurídicas del 
instituto Tecnológico, y en el entendido legal, cronológico y de vigencia se contrapone al interés 
superior del Instituto Politécnico Nacional, el cual es regir la educación técnica y tecnológica del 
país. 
Punto 10. Este movimiento se declara apartidista y democrático, asimismo exige sancionar las 
prácticas porriles que inhiben la participación de la comunidad politécnica, las cuales difieren de 
los métodos históricos utilizados por los estudiantes en la defensa de la educación pública y el 
incremento de la calidad de la enseñanza, concretados actualmente en la reivindicación de los 9 
puntos de este pliego petitorio. 
En el mismo sentido se acordó: 
Que se emita antes del miércoles 15 de octubre del presente año, por parte de la Secretaría de 
Gobernación, la Secretaría de Educación Pública, la Dirección General del Instituto Politécnico 
Nacional y autoridades competentes una circular, donde se giren instrucciones a todas las 
dependencias vinculadas con el IPN a dar prórroga a todos los trámites y actividades académicas 
que se estén viendo afectadas por la dinámica del movimiento de la comunidad politécnica. Dicho 
compromiso deberá estar firmado por cada dependencia comprometiéndose a acatarla. 
En el mismo sentido, exigimos la recalendarización del ciclo escolar lectivo con base en la misma 
cantidad de días en que se han suspendido labores dentro del IPN. 
Decidir cualquier cuestión referida a la autonomía del Instituto Politécnico Nacional corresponde a 
la comunidad politécnica en su conjunto, así como la definición de los términos y condiciones 
sobre la misma, a través de los mecanismos democráticos que la comunidad considere 
adecuados.
Esperamos la respuesta por escrito, debidamente fundada y motivada, del Gobierno Federal y las 
autoridades competentes. Teniendo como plazo el martes 14 de octubre del presente año. 
Asamblea General Politécnica 
Escuela Nacional de Ciencias Biológicas 
México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014 
Ccp. Secretaría de Educación Pública 
Ccp. Dirección General del Instituto Politécnico Nacional 
Ccp. Secretaría de Hacienda y Crédito Público 
Ccp. Presidencia de la República

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Contra respuesta de la asamblea general politécnica que se entregó a la SEP

  • 1. México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014 Luego de sesionar durante tres días, la Asamblea General Politécnica ha llegado a las siguientes resoluciones. Punto 1. La Secretaria de Educación Pública, -en adelante SEP- no puede cancelar la aplicación del Reglamento Interno del Instituto Politécnico Nacional, -en adelante IPN-, aprobado el 24 de septiembre de 2014, toda vez que no tiene vigencia, pues no fue publicado en la Gaceta Oficial del IPN para su difusión y entrada en vigor, por lo que se exige la cancelación definitiva de su publicación ahora y en lo posterior. Se demanda para asentar las nuevas bases normativas del IPN, se proceda a la participación y deliberación directa en el marco de un proceso democrático de la comunidad politécnica, el cuál consistirá en un Congreso Nacional Politécnico, que no sea permanente, y tenga un carácter resolutivo y refundacional, atendiendo a los objetivos plasmados en el artículo 1 de la ley orgánica: "El Instituto Politécnico Nacional es la institución educativa del Estado, creada para consolidar, a través de la educación, la independencia Económica, Científica y Tecnológica, Cultural y Política para alcanzar el progreso social de la Nación, de acuerdo con los objetivos históricos de la Revolución Mexicana, contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos" Lo anterior con fundamento en el artículo 34 de la Ley Orgánica del Instituto Politécnico Nacional, que a letra dice: "Las asociaciones de alumnos se organizaran en la forma que los mismos determinen y serán independientes a las autoridades y órganos del instituto" Para finalizar este punto declaramos que desconocemos cualquier Reglamento Interno emitido por el Consejo General Consultivo hasta la conformación del Congreso Nacional Politécnico. Punto 2. La SEP no está facultada para cancelar los planes y Programas de estudios del Instituto Politécnico Nacional, debido a que en el artículo 14, fracción V de la Ley Orgánica del IPN, se establece que son facultades y obligaciones del Director General: "Autorizar los planes y programas académicos del Instituto, que hayan sido previamente acordados por el Consejo General Consultivo". Considerando que algunos de los planes de estudio del nivel medio superior ya se encuentran vigentes, los alumnos concluirán el semestre 2015-1 con el plan de estudios vigente, al término de dicho periodo se abrogará el plan de estudios en comento, y a partir del semestre 2015-II se retomarán los planes de estudio anteriores a las modificaciones; con base en el artículo 17 del Reglamento General de Estudios, se llevarán a cabo la revalidación de materias y se implementará un alineamiento académico, es decir, cursar las unidades de aprendizaje que no estaban contenidas en los planes de estudio 2014, entendiendo que la normatividad para modificar los planes de estudio en lo posterior, se establecerá en el Congreso Nacional Politécnico. Solicitamos que no se incorpore a las unidades académicas del nivel medio superior del IPN dentro del Sistema Nacional de Bachillerato (SNB) y la Reforma Integral de la Educación Media Superior (RIEMS), pues consideramos que disminuyen el nivel académico de sus egresados.
  • 2. En cuanto al nivel superior exigimos la abrogación o suspensión definitiva de los planes y programas de estudio, según lo determinen los alumnos y profesores de cada unidad académica. Rechazamos la salida lateral como Profesionales Asociados en el modelo de educación superior, ya vigente en Unidades Académicas de nuestro Instituto. Punto 3 y 6. Considerando que una de nuestras peticiones fue la democratización de los procesos de elección, con base en la fracción III del artículo 13 de la Ley Orgánica del IPN, desconocemos a cualquier director interino que nos sea impuesto, por lo tanto demandamos una elección inmediata, mediante un voto universal, libre, secreto, y directo del alumnos, personal docente, personal no docente y personal directivo. Para hacer efectivo el proceso de democratización, exigimos el reconocimiento de una comisión organizadora – integrada por personas designadas por la Asamblea General Politécnica y por autoridades del Instituto Politécnico Nacional – para la celebración del Consejo Nacional Politécnico. Punto 4. La función de vigilancia deberá recaer en un órgano interno dependiente del sector administrativo del Instituto Politécnico Nacional, con la única facultad de salvaguardar la integridad y garantizar la seguridad de la comunidad politécnica y patrimonio institucional. Sin que sus labores perjudiquen el ejercicio pleno de los derechos humanos a la libre expresión de las ideas, a la asociación y manifestación, consagrados en el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, los artículos 6 y 7 de la Carta Magna, la Ley de los y las Jóvenes del Distrito Federal y el artículo 34 de la Ley Orgánica del IPN. Punto 5. Demandamos que las pensiones vitalicias que se otorgan actualmente a los ex directores generales se suspendan a partir del 1 de enero de 2015, con la correspondiente emisión de los ordenamientos jurídicos por parte de las autoridades competentes (Secretaria de Educación Pública, Secretaria de Hacienda y Crédito Público, Secretaría de Administración del Instituto Politécnico Nacional). Además de que la gestión de dichos recursos deberá ser transparente y democrática para destinarlos al otorgamiento de becas, mejoras en la infraestructura y demás rubros que la comunidad politécnica estime convenientes. Punto 7. Hacemos responsable al titular del Poder Ejecutivo Federal por cualquier daño físico, psicológico, académico, moral, o de cualquier otra índole que atente contra la integridad personal de los miembros de la comunidad politécnica, y de otras instituciones educativas y no educativas que hayan dado muestra de apoyo y solidaridad al movimiento del Instituto Politécnico Nacional. Exigimos se garantice con mecanismos concretos e interlocución directa con las autoridades competentes, como la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Salud Pública, la Procuraduría General de la República, el Gobierno del Distrito Federal, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y organismos no gubernamentales de derechos humanos, así como el Abogado General del IPN, que no habrá ninguna represalia, coerción o intimidación para ninguno de los miembros de la comunidad politécnica. En el mismo tenor, las autoridades del Instituto Politécnico Nacional deben garantizar que no habrá medidas de coerción o intimidación a nivel administrativo y académico para toda la comunidad politécnica.
  • 3. Dichas garantías deberán presentarse firmadas por todas las autoridades antes mencionadas y ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación, en un número extraordinario de la Gaceta Politécnica y en periódicos de circulación nacional. Punto 8. Exigimos que en el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio 2015 se establezca el incremento al 8% del Producto Interno Bruto al presupuesto de educación pública, así como el incremento al 2% del PIB para investigación en ciencia y tecnología. En ambos rubros deberá contemplarse el aumento de los recursos para el Instituto Politécnico Nacional. Punto 9. Con la finalidad de impedir cualquier injerencia que trasgreda los derechos a la educación pública, tecnológica, científica y de calidad, establecidos en el artículo 3 de la Carta Magna, que implique el uso y ocupación de las instalaciones de las dependencias politécnicas, órganos de apoyo y organismos auxiliares (artículo 2 del Reglamento Orgánico del IPN). Exigimos la publicación en los medios oficiales del Instituto Politécnico Nacional (sitios electrónicos y Gaceta Oficial) de cada uno de los convenios, acuerdos y cualquier otro tipo de contratos, del que sea parte dicho instituto actualmente y de los que se establezcan en lo posterior, con el sector público, privado y empresas trasnacionales. Lo anterior, respaldados en el derecho de acceso a la información de la comunidad politécnica. En virtud de la respuesta del punto nueve del Gobierno Federal a nuestro pliego petitorio que dice: “no se permitirá ninguna injerencia ajena al interés superior del Instituto Politécnico Nacional”, pedimos la abrogación del decreto por el cual se fundó el Tecnológico Nacional de México ya que entra en conflicto y contradicción con el artículo 3 de la Ley Orgánica del IPN y el artículo 2 del Decreto presidencial del 23 de julio de 2014 sobre las facultades jurídicas del instituto Tecnológico, y en el entendido legal, cronológico y de vigencia se contrapone al interés superior del Instituto Politécnico Nacional, el cual es regir la educación técnica y tecnológica del país. Punto 10. Este movimiento se declara apartidista y democrático, asimismo exige sancionar las prácticas porriles que inhiben la participación de la comunidad politécnica, las cuales difieren de los métodos históricos utilizados por los estudiantes en la defensa de la educación pública y el incremento de la calidad de la enseñanza, concretados actualmente en la reivindicación de los 9 puntos de este pliego petitorio. En el mismo sentido se acordó: Que se emita antes del miércoles 15 de octubre del presente año, por parte de la Secretaría de Gobernación, la Secretaría de Educación Pública, la Dirección General del Instituto Politécnico Nacional y autoridades competentes una circular, donde se giren instrucciones a todas las dependencias vinculadas con el IPN a dar prórroga a todos los trámites y actividades académicas que se estén viendo afectadas por la dinámica del movimiento de la comunidad politécnica. Dicho compromiso deberá estar firmado por cada dependencia comprometiéndose a acatarla. En el mismo sentido, exigimos la recalendarización del ciclo escolar lectivo con base en la misma cantidad de días en que se han suspendido labores dentro del IPN. Decidir cualquier cuestión referida a la autonomía del Instituto Politécnico Nacional corresponde a la comunidad politécnica en su conjunto, así como la definición de los términos y condiciones sobre la misma, a través de los mecanismos democráticos que la comunidad considere adecuados.
  • 4. Esperamos la respuesta por escrito, debidamente fundada y motivada, del Gobierno Federal y las autoridades competentes. Teniendo como plazo el martes 14 de octubre del presente año. Asamblea General Politécnica Escuela Nacional de Ciencias Biológicas México, Distrito Federal a 8 de octubre de 2014 Ccp. Secretaría de Educación Pública Ccp. Dirección General del Instituto Politécnico Nacional Ccp. Secretaría de Hacienda y Crédito Público Ccp. Presidencia de la República