La ley 139-01 establece las reglamentaciones del currículo de educación superior en República Dominicana. Define las instituciones que componen el sistema de educación superior y regula sus funciones. Además, regula aspectos como los niveles de formación, valores de las instituciones, promoción del estado, sistema de ciencia y tecnología, órganos de dirección y supervisión, creación y funcionamiento de instituciones, acreditación, y financiamiento de la educación superior. El objetivo general es guiar a las instituciones de educación superior para
Ensayo acerca de las reglamentaciones del curriculo
1. UNIVERSIDAD NACIONAL EVANGÉLICA
ESCUELA DE EDUCACIÓN
DECANATO DE POST GRADO
MAESTRÍA EN EDUCACIÓN, MENCIÓN GESTIÓN EDUCATIVA
ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
DISEÑO Y EVALUACIÓN DEL CURRICULO
PRESENTADO POR:
ADDA MARÍA GONZÁLEZ
2017-1300278.
PRESENTADO A:
CEFERINA CABRERA
SEPTIEMBRE 2018
SANTIAGO DE LOS CABALLEROS
2. LAS REGLAMENTACIONES QUE TIENE EL CURRÍCULO DE EDUCACIÓN
SUPERIOR
Las reglamentaciones que contiene el currículo de educación superior tienen
como fin regular las actividades que se han de desarrollar en el ámbito de la educación
superior, valga la redundancia, básicamente lo que se pretende es tal y como establece
la Ley 139-01, crear la normativa para su funcionamiento, los mecanismos que aseguren
la calidad y la pertinencia de los servicios que presten las instituciones que lo conforman
y sienta las bases jurídicas para el desarrollo científico y tecnológico nacional.
La razón de ser de este ensayo responde a fines académicos, no obstante, el
realizarlo a su vez abre oportunidades de conocimiento a aquellos que deseen dominar
de forma concreta el régimen de la organización de la educación superior, su propósito
ha de ser satisfacer las necesidades de comprensión de las reglamentaciones que posee
nuestra normativa. Es importante destacar, que la base de una buena educación es
cumplir los estándares fijados como misión y visión, y para que esto se logre es necesario
tener dominio de los aspectos a manejar.
En consecuencia, el Capítulo I, establece las Consideraciones Generales,
refiriéndose a la composición de las instituciones que forman parte del sistema nacional
de educación superior, así como también reglamenta lo concerniente a sus funciones,
como lo es responder adecuadamente a las exigencias demandadas por los cambios en
materia de educación superior, ciencia y tecnología.
Las instituciones de educación superior requieren ofrecer una educación de
calidad. Se define enseñanza de calidad como la que consigue alcanzar las metas de
enseñanza, mismas que se distinguen por su ambición y complejidad como buscar que
los alumnos logren un pensamiento crítico, sean creativos y desarrollen habilidades
3. cognoscitivas complejas. Se reconoce el papel central que tiene el docente para
conseguirlo; por ese motivo, se revisan las cualidades y dominios que un docente debiera
tener.
El Capítulo II, versa acerca de la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología,
de manera más directa, toda vez que en el primer capítulo lo hace de manera
generalizada y enumera las instituciones a las que hace referencia en el primer capítulo.
Ahora bien, en el artículo 23 reglamenta los diferentes niveles de formación en la
educación superior y las instituciones que de acuerdo al currículo tienen capacidad
jurídica para ofrecer estos servicios, tales como son los Institutos Técnicos, los Institutos
Especializados y las Universidades, además, todas aquellas instituciones que propicien
la vinculación de las instituciones de la educación superior, la ciencia y de la tecnología
con el resto de la sociedad.
Otro aspecto que se considera importante mencionar es que la ley reglamenta lo
relativo a los valores percibidos por las entidades de educación superior, estableciendo
que las instituciones que conforman el Sistema Nacional de Educación Superior, Ciencia
y Tecnología están organizadas como entidades sin fines de lucro, y por ende, se
entiende que los ingresos obtenidos como resultado de su gestión deberán ser utilizados
para su consolidación y desarrollo, punto en el que generalmente se establecería una
gran controversia si se dedicara más tiempo a desarrollar el mismo, en síntesis,
establece la autonomía académica, administrativa e institucional de dichos centros.
Otra medida que reglamenta es la promoción por parte del Estado de la educación
superior, para lo cual deberá asegurar el acceso a ella en igualdad de condiciones para
todos los niveles sociales, mediante becas, actividades conjuntas, y desarrollo
tecnológico integral y funcional, estableciendo el régimen de los títulos otorgados, tanto
por universidades extranjeras como nacionales.
4. Por su parte, el Capítulo III, reglamenta el Sistema Nacional de Ciencia Superior,
Ciencia y Tecnología, estableciendo de manera directa su integración y todas las
instituciones que se vinculan a ella, sigue especificando en el Capítulo IV, los Órganos
de Dirección, Administración y Supervisión del Sistema Nacional de Educación Superior,
Ciencia y Tecnología que será encargado de fomentar, reglamentar, asesorar y
administrar el este sistema y sobre todo, velar por la ejecución de todas las disposiciones
de la presente ley y de las políticas emanadas del Poder Ejecutivo.
A su vez, establece las funciones, la estructura, atribuciones, estrategias,
programas y metas para el desarrollo de la educación superior, definir políticas de
financiamiento, prioridades y criterios en el uso de los fondos, entre muchas otras de sus
funciones. Así como también continúa definiendo las funciones del Secretario de Estado
de Educación superior y en síntesis viene siendo ejecutar, dirigir, cumplir, convocar,
coordinar y hacer cumplir todas las normativas tendentes a la superación y
mantenimiento de la educación superior, creando para ello el Consejo Nacional de
Educación Superior, Ciencia y Tecnología y la Asamblea de Rectores y Directores de
Instituciones de Educación Superior, Ciencia y Tecnología, como un órgano de consulta
entre las autoridades de la Secretaría de Estado de Educación Superior, Ciencia y
Tecnología y las instituciones del sistema.
Por otro lado, el Capítulo V, versa acerca de la Creación, Organización,
Funcionamiento y Cierre de las Instituciones de Educación Superior, establece cuáles
son los requisitos para crearlas, en qué forma han de estar organizadas, como debe ser
su funcionamiento y sobre la base de cuales circunstancias se puede girar el cierre de
estas instituciones.
En su Capítulo VI, se encarga de reforzar la calidad de la Educación Superior, la
Ciencia y la Tecnología, estableciendo que debe generar una cultura que propicie y
desarrolle la calidad como un proceso continuo e integral, así como el establecimiento
5. de políticas públicas encaminadas a su búsqueda, para ello define una serie de requisitos
a los cuales han de dar cumplimiento para asegurar la calidad educativa.
En ese mismo orden se encuentra el Capítulo VII, mismo que contiene la
reglamentación relativa a la Evaluación de la Calidad, es decir, básicamente se refiere a
los resultados que se entiende debe dar la educación superior, como la evaluación, que
según su alcance, esta puede ser global o parcial. También establece la evaluación
interna o autoevaluación y a su vez, registra las evaluaciones externas para las
instituciones de educación superior y el propósito que cada una de estas evaluaciones
tiene.
El capítulo VIII de la Ley 139, artículo No. 178, trata lo concerniente a los
elementos que acrediten la labor de educación superior, para ello el referido Capítulo
VIII, se encarga de tratar todo lo relativo a la Acreditación de las Instituciones de
Educación Superior, cuáles requisitos debe cumplir y las funciones que ya acreditadas
esta debe seguir. La idea de sustentar la acreditación o el permiso a las instituciones de
educación superior es propiamente dotarles la facultad necesaria para laborar, esto
sucede mediante un reconocimiento social y público dejando percibir las competencias
de esta para el manejo de tales fines, por lo que con tal decisión da fe pública sobre los
méritos y veracidad de dicha institución de altos estudios.
Por tanto, en su Capítulo IX, de la ya citada ley, en su artículo No. 84, se evidencia
el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología,
responsabilidad tal del ministerio de educación superior, que ha sido creada con el único
objetivo de facilitar, recabar, procesar y divulgar información para orientar a la sociedad
en general, así sirve de insumo para proveer el diseño de políticas, la planificación, la
investigación y la evaluación en sentido general en esta institución de educación
superior.
6. En el Capítulo X, la misma Ley con la que se ha venido trabajando, se refiere al
financiamiento de la Educación, la Ciencia y la Tecnología, como su nombre indica
reglamenta lo relativo al financiamiento, presupuesto, programas o fondos especiales
con los que contará la educación superior, y finalizando está el Capítulo XI, acerca de
las Disposiciones Finales y Transitorias, que establece los plazos para las instituciones,
ya sea para aprobar o crear disposiciones.
En síntesis, la importancia de que la educación superior esté reglamentada radica
en que dicho régimen crea las bases necesarias para que la educación superior sea
dirigidaen la forma que pueda dar cumplimiento a los objetivos por los cuales fue creada,
básicamente, tanto la Ley como el currículo pretende guiar a los encargados de impartir
la educación superior en los aspectos que deben cubrir y los resultados que se supone
debe dar la formación que ellos ofrecen.
BIBLIOGRAFÍA
La calidad de la enseñanza en educación superior ¿Qué es una buena enseñanza
en este nivel educativo? Recuperado de
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0185-26982011000500012
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Recuperado de https://www.monografias.com/docs113/curriculum-educacion-
superior/curriculum-educacion-superior.shtml
Ley 139-01 de Educación Superior, Ciencia y Tecnología de la República
Dominicana, Recuperado de
https://www.oei.es/historico/revistactsi/numero2/documentos1.htm#0b