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Docente: Guillermo Esteban Rangel Jalley Autor: Jako Blanco Fajardo
Sección S1
INTRODUCCION
La presentación multimedia que aquí le presento es relacionada a la unidad III y su actividad sumativa de nuestra
asignatura Ética y Cultural Universitaria donde abarcaremos los siguientes conceptos Principios Rectores de la Educación
Venezolana, Organización del Sistema Educativo Venezolano, Consejo Nacional de Universidades, Ley de Universidades,
Fundamentación Legal de la Educación Universitaria, Reglamento Estudiantil, Reglamento de evaluación, la finalidad es
darle al estudiante el conocimiento sobre la educación universitaria en Venezuela y el marco jurídico.
PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACIÓN VENEZOLANA.
Los principios rectores del sistema educativo venezolano están contemplados en la CRBV y en la Ley
Orgánica de Educación LOE. Estos principios expresa como objetivos de la Educación, el pleno
desarrollo de la personalidad, la formación de ciudadanos aptos para la vida, el ejercicio de la
democracia, el fomento de la cultura. También se considera la Educación como un servicio público y
como una función primordial de estado, así como un derecho permanente e irrenunciable de la
persona.
La ley Orgánica de Educación (LOE) estableció como principios de la educación: en el art. 3
-La democracia participativa y protagónica.
-La responsabilidad social.
-La igualdad entre todos los participantes sin ninguna discriminación.
-La formación para una independencia, libertad emancipación, la valoración y defensa de la
soberanía.
-Formación de una cultura de paz, justicia social.
-El respeto por los derechos humanos.
Se Considera Valores Fundamentales
-El respeto a la vida, el amor y la fraternidad, tener base humanista para una convivencia armónica
en el marco de la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y el valor del bien
común.
-La valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los diferentes grupos.
-La educación es Pública, Social y Obligatoria de calidad, integral permanente, creativa, innovadora,
creativa pluricultural, multiȩtnica, intercultural, Bilingüe.
EL SISTEMA EDUCATIVO
El Sistema Educativo es un conjunto orgánico y estructurado, conformado por subsistemas, niveles y modalidades, de
acuerdo con las etapas del desarrollo humano. Se basa en los postulados de unidad, corresponsabilidad, interdependencia y
flexibilidad. Integra políticas, planteles, servicios y comunidades para garantizar el proceso educativo y la formación
permanente de la persona sin distingo de edad, con el respeto a sus capacidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural,
atendiendo a las necesidades y potencialidades locales, regionales y nacionales.
ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO
El Sistema Educativo está organizado en:
1. El subsistema de educación
básica, integrado por:
a) Nivel de educación inicial,
b) Nivel de educación primaria
c) Nivel de educación media.
El nivel de educación inicial: Comprende las etapas de maternal y preescolar destinadas a la educación de niños y niñas
con edades comprendidas entre cero y seis años.
El nivel de educación primaria: Comprende seis años y conduce a la obtención del certificado de educación primaria.
El nivel de educación media: Comprende dos opciones:
Educación media general: con duración de cinco años, de primero a quinto año;
Educación media técnica: con duración de seis años, de primero a sexto año. Ambas opciones conducen a la obtención del
título correspondiente. La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de educación básica estarán
definidos en la ley especial.
EL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
Comprende los niveles de pregrado y postgrado universitarios. La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del
subsistema de educación universitaria estarán definidos en la ley especial. Como parte del Sistema Educativo, los órganos
rectores en materia de educación básica y de educación universitaria garantizan:
a. Condiciones y oportunidades para el otorgamiento de acreditaciones y reconocimientos de aprendizajes, invenciones,
experiencias y saberes ancestrales, artesanales, tradicionales y populares, de aquellas personas que no han realizado estudios
académicos, de acuerdo con la respectiva reglamentación.
b. El desarrollo institucional y óptimo funcionamiento de las misiones educativas para el acceso, la permanencia, prosecución y
culminación de estudios de todas las personas, con el objeto de garantizar la universalización del derecho a la educación.
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES
El Consejo Nacional de Universidades (CNU), fue creado por la
Junta Revolucionaria de Gobierno de los Estados Unidos
de Venezuela, según Decreto Presidencial Nº. 408, publicado en
Gaceta Oficial Nº 22.123, de fecha 28 de septiembre de 1946,
donde se especifica el Estatuto Orgánico de las Universidades
Nacionales.
El Consejo Nacional de Universidades (CNU) es, en Venezuela,
el organismo rector del Sistema de Educación Universitaria y
está adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación
Universitaria. Está formado por instituciones de una elevada
calidad académica, orientadas a producir y transmitir
conocimientos.
Su función sea la coordinación e integración del sector en los
planes de formación de recursos humanos, investigación,
extensión y universalización de los estudios universitarios a
través de distintos planes y/o misiones que promuevan la
inclusión social, la soberanía científica, tecnológica, cultural y
preservación.
FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA.
Cuando se refiere al marco legal de una actividad o gestión se hace
mención a las bases, leyes, normas y demás regulaciones sobre las cuales
las instituciones cimientan y establecen el funcionamiento de dicha gestión.
Principalmente, el soporte del marco legal, es La Constitución como
principal reglamentación, por ello se le denomina, carta magna, la cual se
perfecciona o integra con la demás legislación difundida por los entes
legislativos, en cuanto a leyes, reglamentos, normas y otros códigos
penales de regulación de la conducta.
En sí, el marco legal faculta a las instituciones y sus autoridades para que
ejecute las labores de gestión en correspondencia con
una estructura constitucional y normativa detallada y acorde a su actividad.
Ahora bien, en el caso que nos ocupa, como lo es el Marco Legal de la
Educación Universitaria en Venezuela, que delimita, impulsa y regular las
actividades relacionadas con esta actividad la legislación venezolana tiene
previstas una serie de instrumentos que desde la Constitución y las Leyes
orgánicas, reglamentos, hasta decretos, acuerdos y resoluciones se
presentan como un marco legal que define responsabilidades, deberes
y derechos, tan para los usuarios y usuarias como los responsables ,
autoridades y gerentes de la instituciones encargadas de la gestión
universitaria.
Específicamente, algunos de los elementos jurídicos que forman parte de este
marco legal son:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Ley Orgánica de Educación
Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior
Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología e Innovación
Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público
(LOAFSP) y sus Reglamentos 1 (materia Presupuestaria), 3 (materia de
Tesorería) y 4 (materia Contable),
Ley de Presupuesto Anual – Título III,
Ley Orgánica de Planificación
Plan Nacional de Desarrollo.
Plan Operativo Anual Nacional
Reglamento Estudiantil UBA
REGLAMENTOS Y PROCESOS
Según Acosta (2004) define Reglamento como una norma jurídica de carácter general dictada por la Administración
pública y con valor subordinado a la ley. Es decir, un reglamento es un documento que especifica normas para regular todas las
actividades de los miembros de una comunidad. Los reglamentos consisten en sentar bases para la convivencia y prevenir los
conflictos que se pueden generar entre los individuos.
Según Acosta Proceso es un conjunto de actividades planificadas que implican la participación de un número de personas
y de recursos materiales coordinados para conseguir un objetivo previamente identificado.
Según Magaly Ojeda en la Universidad Bicentenaria de Aragua mantiene sus propios reglamentos y proceso académico y
estudiantil.
REGLAMENTO ESTUDIANTIL
Según Sánchez (2003) Reglamento Estudiantil es el instrumento normativo de las acciones y la participación de los estudiantes
en los procesos académicos, culturales y deportivos, y las libertades para el desarrollo de iniciativas creadoras, y a su vez
establece las pautas para la participación estudiantil en ciertos organismos universitarios; señala los deberes y derechos de los
estudiantes; los actos y conductas amonestables en el campus universitario y en actividades externas propia de la Institución.
Reglamento de Evaluación
La realiza por medio de instrumentos y procedimientos de evaluación, diseñados y aplicados por ellos mismos. Se constituye
como un medio para definir un proceso de mejoramiento inmediato de los aprendizajes y otras acciones derivadas del análisis de
los resultados.
Artículo 109. La organización y demás modalidades de los servicios de formación profesional atribuidos a institutos regidos
por leyes especiales, estarán sometidos a la orientación y normas generales que, en materia educacional, establece la
presente ley. Artículo 110.
El Artículo 112 versus la Educación Secundaria.
Para Alfaro (2005), el Artículo 112 de la RLOE 2003 debía ser entendido como un compromiso que el docente debe asumir con el
estudiante, tanto en el desarrollo exitoso del proceso como en los distintos obstáculos que este presenta.
El reglamento de evaluación del rendimiento escolar tiene como propósito fundamental establecer los niveles de logro que han
alcanzado las y los estudiantes, en las competencias esperadas. La evaluación tiene dos objetivos principales: analizar en que
medida se han cumplido los objetivos para detectar posibles fallas en el proceso y superarlas y, el segundo, propiciar la reflexión
de los alumnos en torno a su propio proceso de aprendizaje (metacognición).
Los instrumentos de evaluación
- Cuestionarios.
- Fichas de indagación.
- Fichas gráficas.
- Reflexión personal.
- Observación externa.
- Contraste de experiencias con compañeros.
REGLAMENTOS ESTUDIANTIL DE LA UBA
Reglamentos y Procesos
El reglamento estudiantil contiene toda la
información referente a los deberes y
derechos del estudiante, por lo cual es
importante conocerlo, y está compuesto
por:
· Objetivos
· La admisión de los estudiantes
· la evaluación
· Reconocimientos académicos
· Requisitos para optar al grado
· Disposiciones finales.
CONCLUSIÓN
Esta importante presentación multimedia no dio a conocer todo lo referente al marco jurídico y legal que garantizan el
derecho a la educación universitaria desde la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la demás leyes que
rigen la materia, este conocimiento es de sumo interés para el estudiante ya que le da herramientas para su formación
desde el contexto de la ética y cultura universitaria conocer el marco legal que es la fuente de los reglamentos que van a
regir la relación jurídica estudiante, universidad y sociedad, ya que son valores que se forma desde el espacio universitario
que luego identificaran al profesional.
BIBLIOGRAFÍA
http://150.185.8.140/cnu.gob.ve/index.php/institucion/
http://noraidaruiz.blogspot.com/2017/07/reglamento-estudiantil-uba.html
https://www.monografias.com/trabajos102/marco-legal-educacion-universitaria-
venezuela/marco-legal-educacion-universitaria-venezuela
https://www.monografias.com/trabajos82/estructura-del-sistema-educativo-
venezolano/estructura-del-sistema-educativo-venezolano

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  • 1. Docente: Guillermo Esteban Rangel Jalley Autor: Jako Blanco Fajardo Sección S1
  • 2. INTRODUCCION La presentación multimedia que aquí le presento es relacionada a la unidad III y su actividad sumativa de nuestra asignatura Ética y Cultural Universitaria donde abarcaremos los siguientes conceptos Principios Rectores de la Educación Venezolana, Organización del Sistema Educativo Venezolano, Consejo Nacional de Universidades, Ley de Universidades, Fundamentación Legal de la Educación Universitaria, Reglamento Estudiantil, Reglamento de evaluación, la finalidad es darle al estudiante el conocimiento sobre la educación universitaria en Venezuela y el marco jurídico.
  • 3. PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACIÓN VENEZOLANA. Los principios rectores del sistema educativo venezolano están contemplados en la CRBV y en la Ley Orgánica de Educación LOE. Estos principios expresa como objetivos de la Educación, el pleno desarrollo de la personalidad, la formación de ciudadanos aptos para la vida, el ejercicio de la democracia, el fomento de la cultura. También se considera la Educación como un servicio público y como una función primordial de estado, así como un derecho permanente e irrenunciable de la persona. La ley Orgánica de Educación (LOE) estableció como principios de la educación: en el art. 3 -La democracia participativa y protagónica. -La responsabilidad social. -La igualdad entre todos los participantes sin ninguna discriminación. -La formación para una independencia, libertad emancipación, la valoración y defensa de la soberanía. -Formación de una cultura de paz, justicia social. -El respeto por los derechos humanos. Se Considera Valores Fundamentales -El respeto a la vida, el amor y la fraternidad, tener base humanista para una convivencia armónica en el marco de la solidaridad, la corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y el valor del bien común. -La valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los diferentes grupos. -La educación es Pública, Social y Obligatoria de calidad, integral permanente, creativa, innovadora, creativa pluricultural, multiȩtnica, intercultural, Bilingüe.
  • 4. EL SISTEMA EDUCATIVO El Sistema Educativo es un conjunto orgánico y estructurado, conformado por subsistemas, niveles y modalidades, de acuerdo con las etapas del desarrollo humano. Se basa en los postulados de unidad, corresponsabilidad, interdependencia y flexibilidad. Integra políticas, planteles, servicios y comunidades para garantizar el proceso educativo y la formación permanente de la persona sin distingo de edad, con el respeto a sus capacidades, a la diversidad étnica, lingüística y cultural, atendiendo a las necesidades y potencialidades locales, regionales y nacionales. ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO El Sistema Educativo está organizado en: 1. El subsistema de educación básica, integrado por: a) Nivel de educación inicial, b) Nivel de educación primaria c) Nivel de educación media. El nivel de educación inicial: Comprende las etapas de maternal y preescolar destinadas a la educación de niños y niñas con edades comprendidas entre cero y seis años. El nivel de educación primaria: Comprende seis años y conduce a la obtención del certificado de educación primaria. El nivel de educación media: Comprende dos opciones: Educación media general: con duración de cinco años, de primero a quinto año; Educación media técnica: con duración de seis años, de primero a sexto año. Ambas opciones conducen a la obtención del título correspondiente. La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de educación básica estarán definidos en la ley especial.
  • 5. EL SUBSISTEMA DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA Comprende los niveles de pregrado y postgrado universitarios. La duración, requisitos, certificados y títulos de los niveles del subsistema de educación universitaria estarán definidos en la ley especial. Como parte del Sistema Educativo, los órganos rectores en materia de educación básica y de educación universitaria garantizan: a. Condiciones y oportunidades para el otorgamiento de acreditaciones y reconocimientos de aprendizajes, invenciones, experiencias y saberes ancestrales, artesanales, tradicionales y populares, de aquellas personas que no han realizado estudios académicos, de acuerdo con la respectiva reglamentación. b. El desarrollo institucional y óptimo funcionamiento de las misiones educativas para el acceso, la permanencia, prosecución y culminación de estudios de todas las personas, con el objeto de garantizar la universalización del derecho a la educación.
  • 6. CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES El Consejo Nacional de Universidades (CNU), fue creado por la Junta Revolucionaria de Gobierno de los Estados Unidos de Venezuela, según Decreto Presidencial Nº. 408, publicado en Gaceta Oficial Nº 22.123, de fecha 28 de septiembre de 1946, donde se especifica el Estatuto Orgánico de las Universidades Nacionales. El Consejo Nacional de Universidades (CNU) es, en Venezuela, el organismo rector del Sistema de Educación Universitaria y está adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Educación Universitaria. Está formado por instituciones de una elevada calidad académica, orientadas a producir y transmitir conocimientos. Su función sea la coordinación e integración del sector en los planes de formación de recursos humanos, investigación, extensión y universalización de los estudios universitarios a través de distintos planes y/o misiones que promuevan la inclusión social, la soberanía científica, tecnológica, cultural y preservación.
  • 7. FUNDAMENTACIÓN LEGAL DE LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA. Cuando se refiere al marco legal de una actividad o gestión se hace mención a las bases, leyes, normas y demás regulaciones sobre las cuales las instituciones cimientan y establecen el funcionamiento de dicha gestión. Principalmente, el soporte del marco legal, es La Constitución como principal reglamentación, por ello se le denomina, carta magna, la cual se perfecciona o integra con la demás legislación difundida por los entes legislativos, en cuanto a leyes, reglamentos, normas y otros códigos penales de regulación de la conducta. En sí, el marco legal faculta a las instituciones y sus autoridades para que ejecute las labores de gestión en correspondencia con una estructura constitucional y normativa detallada y acorde a su actividad. Ahora bien, en el caso que nos ocupa, como lo es el Marco Legal de la Educación Universitaria en Venezuela, que delimita, impulsa y regular las actividades relacionadas con esta actividad la legislación venezolana tiene previstas una serie de instrumentos que desde la Constitución y las Leyes orgánicas, reglamentos, hasta decretos, acuerdos y resoluciones se presentan como un marco legal que define responsabilidades, deberes y derechos, tan para los usuarios y usuarias como los responsables , autoridades y gerentes de la instituciones encargadas de la gestión universitaria.
  • 8. Específicamente, algunos de los elementos jurídicos que forman parte de este marco legal son: Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica de Educación Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior Ley Orgánica de Ciencia y Tecnología e Innovación Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP) y sus Reglamentos 1 (materia Presupuestaria), 3 (materia de Tesorería) y 4 (materia Contable), Ley de Presupuesto Anual – Título III, Ley Orgánica de Planificación Plan Nacional de Desarrollo. Plan Operativo Anual Nacional
  • 9. Reglamento Estudiantil UBA REGLAMENTOS Y PROCESOS Según Acosta (2004) define Reglamento como una norma jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y con valor subordinado a la ley. Es decir, un reglamento es un documento que especifica normas para regular todas las actividades de los miembros de una comunidad. Los reglamentos consisten en sentar bases para la convivencia y prevenir los conflictos que se pueden generar entre los individuos. Según Acosta Proceso es un conjunto de actividades planificadas que implican la participación de un número de personas y de recursos materiales coordinados para conseguir un objetivo previamente identificado. Según Magaly Ojeda en la Universidad Bicentenaria de Aragua mantiene sus propios reglamentos y proceso académico y estudiantil. REGLAMENTO ESTUDIANTIL Según Sánchez (2003) Reglamento Estudiantil es el instrumento normativo de las acciones y la participación de los estudiantes en los procesos académicos, culturales y deportivos, y las libertades para el desarrollo de iniciativas creadoras, y a su vez establece las pautas para la participación estudiantil en ciertos organismos universitarios; señala los deberes y derechos de los estudiantes; los actos y conductas amonestables en el campus universitario y en actividades externas propia de la Institución.
  • 10. Reglamento de Evaluación La realiza por medio de instrumentos y procedimientos de evaluación, diseñados y aplicados por ellos mismos. Se constituye como un medio para definir un proceso de mejoramiento inmediato de los aprendizajes y otras acciones derivadas del análisis de los resultados. Artículo 109. La organización y demás modalidades de los servicios de formación profesional atribuidos a institutos regidos por leyes especiales, estarán sometidos a la orientación y normas generales que, en materia educacional, establece la presente ley. Artículo 110. El Artículo 112 versus la Educación Secundaria. Para Alfaro (2005), el Artículo 112 de la RLOE 2003 debía ser entendido como un compromiso que el docente debe asumir con el estudiante, tanto en el desarrollo exitoso del proceso como en los distintos obstáculos que este presenta. El reglamento de evaluación del rendimiento escolar tiene como propósito fundamental establecer los niveles de logro que han alcanzado las y los estudiantes, en las competencias esperadas. La evaluación tiene dos objetivos principales: analizar en que medida se han cumplido los objetivos para detectar posibles fallas en el proceso y superarlas y, el segundo, propiciar la reflexión de los alumnos en torno a su propio proceso de aprendizaje (metacognición). Los instrumentos de evaluación - Cuestionarios. - Fichas de indagación. - Fichas gráficas. - Reflexión personal. - Observación externa. - Contraste de experiencias con compañeros.
  • 11. REGLAMENTOS ESTUDIANTIL DE LA UBA Reglamentos y Procesos El reglamento estudiantil contiene toda la información referente a los deberes y derechos del estudiante, por lo cual es importante conocerlo, y está compuesto por: · Objetivos · La admisión de los estudiantes · la evaluación · Reconocimientos académicos · Requisitos para optar al grado · Disposiciones finales.
  • 12. CONCLUSIÓN Esta importante presentación multimedia no dio a conocer todo lo referente al marco jurídico y legal que garantizan el derecho a la educación universitaria desde la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela y la demás leyes que rigen la materia, este conocimiento es de sumo interés para el estudiante ya que le da herramientas para su formación desde el contexto de la ética y cultura universitaria conocer el marco legal que es la fuente de los reglamentos que van a regir la relación jurídica estudiante, universidad y sociedad, ya que son valores que se forma desde el espacio universitario que luego identificaran al profesional.