1. Ensayo sobre el estado <br />Ensayo escrito a finales del 2006 para la materia "Fundamentos de
Teoría Política"Introducción¿Cuál es el fundamento político del estado moderno? ¿Cuál es la
función que tiene? Para aproximar una respuesta a estos interrogantes, el siguiente ensayo
intenta abordar cuál es la concepción del estado moderno que hay en distintos autores modernos
del pensamiento político. No pretendo ser exhaustivo en el análisis y en la exposición del planteo
de los autores; más bien intentaré mostrar cómo se conecta, en cada autor, la concepción de
estado (su “ser”) con lo que se pide de él en términos políticos (su “deber ser”). A tal fin,
presentaré en primer lugar las visiones de Hobbes, Locke y Rousseau agrupadas bajo el rótulo de
“contractualismo”; luego el planteo de Hegel y, por último, la mirada marxista del estado.El estado
como producto de un contrato o el estado contractualistaUna primera explicación, en torno a
cómo surge el estado moderno, es la que sostiene que éste nace a través de un contrato. Al igual
que en toda relación contractual, la explicación contractualista del estado, supone que las partes
contratantes que dan vida al estado (los hombres) son libres, iguales e independientes entre sí. El
contrato queda así definido a partir de un acuerdo mutuo entre voluntades libres (en el sentido de
que no mantienen con quien pactan ninguna relación de esclavitud o servidumbre) que acuerdan
el establecimiento del contrato. En la visión contractualista, que se presenta a continuación, esta
“libertad humana” es naturalizada y ahistorizada es decir, es concebida como intrínseca al hombre
o, lo que es lo mismo, como constitutiva de su propia naturaleza. De este modo, es como los
contractualistas pueden plantear la vida del hombre en un estadio anterior, previo a la
conformación del estado, denominado “estado natural” o “estado de naturaleza”, donde los
individuos son libres, para hacer lo que deseen; iguales, ante una misma “ley natural”, “mandato
natural” o simplemente “virtud natural” e independientes entre sí es decir, no hay, entre los
hombres que pactan, relaciones de esclavitud o servidumbre. En un momento determinado estos
individuos libres, iguales e independientes entre sí deciden, de manera voluntaria, dar vida al
estado por medio del contrato. Ahora bien, ¿por qué se verían obligados los hombres a renunciar
a su “libertad natural” para formar el estado? Aquí es donde aparecen las diferencias en los
enfoques contractualistas del estado moderno. En primer término tenemos a Hobbes, quien
plantea que lo que impulsa a los hombres a pactar, y crear el estado, es la necesidad, por parte de
estos, de tener paz y de conservar la vida. El estado natural hobbesiano es susceptible de derivar
pronto en el “estado de guerra” debido a que no existe un poder instituido (y exterior al individuo)
que establezca la ley, delimite la propiedad y ejecute la justicia. Ocurre, en la visión de Hobbes
que, como todos los hombres son iguales, todos quieren lo mismo al mismo tiempo y, al no haber
una autoridad capaz de fijar a quien pertenece cada cosa ni tampoco de mediar los conflictos,
pueden pelearse indefinidamente entre sí por conseguirlo y (en caso de obtenerlo) por
conservarlo o, mejor dicho, por detentar la “exclusividad” de la cosa obtenida. Así, en el estado
natural hobbesiano, el orden no está garantizado por lo que las disputas entre los individuos
pueden (fácilmente) expandirse (espacial y temporalmente) produciendo un “estado de guerra”
que impida, o haga difícil, la conservación de la vida. La solución al “estado de guerra”, que los
hombres tienen a mano, para alcanzar la paz y proteger sus vidas es la de pactar para formar el
estado (o “Leviatán”). La condición que impone tal acuerdo es la renuncia de todos los derechos
(menos el de la propia vida), que tenían los hombres en el estado natural, para cederlos a una
autoridad central, suprema y absoluta capaz de garantizar el orden y, por esa vía, la paz y la vida.
2. En segundo término tenemos a Locke, quien considera que el pasaje del “estado natural” al
estado, no es tan directo como en el caso anterior. El estado de naturaleza lockeano, a diferencia
del hobbesiano, es inherentemente pacífico y el individuo que lo habita es, por consiguiente,
pacífico también o, en otros términos, mas racional y menos pasional (de lo que supone Hobbes).
Esta cuestión no es menor ya que, como se verá mas adelante, tiene repercusión sobre el tipo de
estado y lo que este puede y debe hacer (su “deber ser”) en el que piensa cada uno de ellos.
Volviendo a Locke, en el estado natural, los hombres se guían bajo una “ley natural” que indica a
estos la autoconservación de la especie. A este fin, el hombre dispone de la propiedad la cual, en
el sentido amplio del término (tal como la define el autor), designa vida, propiedad y bienes. En el
planteo de Locke, los hombres no sólo pueden optar entre acatar o no la “ley natural” (ya que
disponen de libre albedrío) sino además, interpretarla de acuerdo a sus propias creencias o
conveniencias es decir, de una manera “subjetiva”. Así como hay muchos individuos que viven
tranquilamente y cumpliendo con el mandato natural; hay otros pocos que eligen no cumplirlo y
dañan la propiedad de los otros: atentan contra su vida, roban sus bienes o intentan quitar su
libertad. Quienes resultan agraviados pueden (y deben) hacer respetar la “ley natural”
sancionando, a quienes no la cumplen, mediante un castigo o un ajusticiamiento. Si n embargo, el
castigo o ajusticiamiento, por propia mano, puede resultar excesivo o desproporcionado debido a
la interpretación subjetiva de la “ley natural”. Tal situación, puede dar origen a una respuesta por
parte de los “castigados”, por el uso excesivo de la fuerza por parte de los “castigadores”, que
resulte en una nueva agresión. Así, en el razonamiento de Locke, el estado de naturaleza puede
desembocar en una suerte de espiral o escalada de violencia que culmine en el “estado de guerra”
tan temido por Hobbes. Para evitar la llegada de tal escenario, se configura el estado cuyo fin
último es el de preservar la propiedad de los hombres. La interpretación “subjetiva” de la “ley
natural”, propia del “estado natural”, es reemplazada así por una interpretación “objetiva” por
parte del estado que emana de la facultad de este para, por un lado, crear leyes (poder legislativo)
y, por otro lado, hacerlas cumplir (poder ejecutivo). No obstante, en este contrato que da origen al
estado, siguiendo la exposición de Locke, lo que los hombres ganan en seguridad y tranquilidad
(preservación de la propiedad y no sólo de la vida como en Hobbes) lo resignan (al igual que el
planteo de hobbesiano) en “libertad natural”. Una tercera perspectiva contractualista, que nos
explica el origen (o el “ser”) del estado moderno, es la que aporta Rousseau. Este pensador, al
igual que los dos mencionados mas arriba, sostiene que el hombre es por naturaleza libre,
independiente e igual a los demás. La diferencia fundamental, introducida por Rousseau, es la de
que no hay necesidad de que el hombre se asocie voluntariamente con otros para pactar y
conformar el estado. En la visión rousseauniana del estado, éste no viene a solucionar ningún
inconveniente del “estado natural” o a evitar el “e stado de guerra” sino que, mas bien, surge
como una consecuencia fortuita o casual (no planeada). En otras palabras: el estado, para
Rousseau, nace de manera contingente y no hay ningún elemento, en el estado natural, que
permita dar cuenta de su necesidad histórica o social. El hombre del “estado de naturaleza”, en el
planteo de Rousseau, actúa, no a partir de alguna ley o mandato natural o divino sino, guiado por
la única virtud que posee (en el “estado natural”) que es la piedad y que sirve a la conservación de
la especie. No hay así en Rousseau (como sí en Hobbes o en Locke) una racionalidad humana en el
“estado natural” que de origen, por medio del contrato, al estado moderno. El advenimiento del
3. estado, en la perspectiva de Rousseau, no sólo quita “libertad natural” al hombre sino que además
(y a diferencia de Hobbes y Locke) no ofrece al individuo nada a cambio, como podría ser la
preservación de la vida, la garantía de la paz o el resguardo de la propiedad. Por el contrario,
Rousseau concibe al estado moderno como la principal fuente de las desigualdades y las injusticias
sociales. La solución a tal situación (y sobre esto volveré mas adelante) reside en un pacto o
“contrato social” que de a los hombres un nuevo estado que devuelva y asegure la “libertad
natural” perdida en el devenir de la civilización. En la cuestión del “deber ser” del estado moderno
es donde aparece la mayor diferencia entre los tres autores; diferencia que emerge del fin para el
cual conciben que fuera creado el estado y de la concepción de hombre en “estado natural” que
tienen. Hobbes nos dice que el estado debe ser el aval y el guardián de la paz y la vida y (lo que es
prácticamente lo mismo) evitar el “estado de guerra” o, más directamente, la guerra civil a la cual
se llega en definitiva, por el desenfreno de las pasiones humanas. Para que esto sea posible el
estado hobbesiano se erige como un poder soberano, irrevocable, absoluto e indivisible que tiene,
a su cargo, la tarea de ser, por así decirlo, el “gran decididor político” en torno a que es lo justo y
lo injusto, lo bueno y lo malo y hasta, inclusive, en que pueden creer y en que no los hombres. El
medio del cual dispone el estado (aunque no el único), para llevar a cabo su tarea es el
establecimiento de las leyes civiles y el ejercicio del poder coercitivo, para garantizar su
cumplimiento. De este modo, el estado se muestra y actúa como un poder absoluto, irrefrenable e
incuestionable que, en representación de la voluntad de los contratantes o pactantes, debe
garantizar la vida y la paz. La consecución de estos fines, siguiendo el enfoque de Hobbes, justifica
cualquier medio ya que el estado puede gobernar tanto por las leyes como por su propia voluntad;
el estado debe frenar la llegada del “estado de guerra” con el respeto de las leyes o (en caso de ser
necesario) por encima de estas.En Locke el estado debe preservar la propiedad por medio del
establecimiento de la ley y la aplicación de sanciones por su incumplimiento. El estado se impone
así como un juez, cuyo poder principal reside el órgano “creador” de leyes (parlamento), que debe
establecer cual es el castigo que corresponde a las diferentes controversias y conflictos entre los
hombres. Este poder (a diferencia de Hobbes) tiene límites. Recordémoslo: el hombre de
naturaleza lockeano es un ser racional y pacífico por lo que, en consecuencia, necesita un poder
soberano acorde a lo que él es: un estado con límites claros y precisos, de manera tal que no actúe
en contra de la propiedad. El límite último, para el poder del estado, es la confianza que deposita
en él el pueblo ya que este, de acuerdo a Locke, tiene derecho a resistir en caso de que quienes
representan al estado se rebelen. Tal situación se produce cuando los representantes del pueblo
en el poder del estado o, mas bien el gobierno, se excede en las funciones que le competen y, por
ejemplo, atenta (con sus acciones u omisiones) contra la vida, los bienes o la libertad de los
individuos. Si esto llegara a ocurrir, los ciudadanos del estado tienen derecho a sustituir un
gobierno por otro es decir, reencauzar al estado para que vuelva a su origen y su fin: la
preservación de la propiedad.Rousseau sin dudas ofrece la propuesta más audaz o, si se quiere,
más “a la izquierda” dentro de la breve y escueta presentación (e interpretación) del
contractualismo que he expuesto. Básicamente, en el planteo de Rousseau, el hombre y el estado,
tal cual como los conocemos, no responden a ninguna necesidad sino que, por el contrario son el
producto de la pura contingencia, del propio devenir de la historia. Razón por la cual, no cuentan
con ninguna legitimidad de origen. Esto lleva a pensar que el estado actual de las cosas en la
4. modernidad (con sus injusticias y desigualdades sociales) no sólo puede sino además, debe
cambiarse. La forma de avanzar en tal cambio político es, según Rousseau, que todos los hombres
pacten y den vida así, a un estado que permita fijar las condiciones (a través de las leyes) que
aseguren la “libertad natural”, perdida con la modernidad y la civilización, y (en consecuencia) la
felicidad para los hombres. El Estado como el espíritu objetivo o la concepción hegeliana del
estadoUna segunda explicación, sobre la naturaleza del estado moderno, la podemos hallar en el
desarrollo teórico de Hegel. En este pensador encontramos una concepción del estado bastante
distinta a la de los autores comentados anteriormente. Por empezar, el estado hegeliano no surge
por medio del acuerdo entre particulares (contrato o pacto) sino como la realización de la
universalidad o la realidad de la idea ética. El estado moderno, en Hegel, representa lo universal
de la sociedad concretizado y, por tanto, la superación dialéctica de lo particular (individuo o
familia) y lo universal (sociedad civil). Por otra parte, Hegel no ve en el surgimi ento del estado
moderno una restricción o disminución de la “libertad natural” de los individuos (como se
desprende del planteo contractualista). Por el contrario, el estado moderno hegeliano no ahoga al
individuo, ya que no es el universal abstracto, sino que éste se realiza, alcanza toda su
potencialidad individual en él. El estado hegeliano, en tanto universal concreto, sirve entonces
como ámbito para la plena realización o actualidad (en el sentido de hacerse acto) de la libertad
universal humana. Vemos aquí una similitud con el planteo de Rosseau: la libertad humana no se
ve reducida por el estado; mas bien, la libertad del hombre puede ser alcanzada dentro de él y
sólo dentro de él. Esto es históricamente posible, en Hegel, en la medida en que el estad o
moderno es la superación de formas de estado precedentes (la oriental y la griega). En Hegel la
libertad del hombre no se piensa fuera del estado. Por este motivo, el estado debe servir de
ámbito para que el particular (libertad subjetiva o individual) se despliegue como momento del
universal (libertad objetiva). Así, la voluntad del estado no resulta algo que se impone
externamente por sobre las voluntades individuales de los hombres; antes que eso, la voluntad
objetiva del estado es el producto de la intersubjetividad o del mutuo reconocimiento pleno de la
totalidad de los sujetos que lo componen. En síntesis: el estado moderno hegeliano (o “estado
ético”) es y debe ser el espacio o el momento para el desarrollo acabado de la libertad humana.
Dicho en otros términos: el estado moderno tiene como fin el despliegue de la “libertad universal”
de los hombres.¿El estado burgués o el estado capitalista?Una primera visión del estado moderno,
desde el enfoque marxista, es la que lo concibe, no como el “universal concreto” del planteo
hegeliano, sino como el particular en la medida que representa los intereses de una parte de la
sociedad (clase burguesa o capitalista) y no del conjunto de esta. Por consiguiente, el estado
moderno es el representante político de la clase social propietaria de los medios de producción
que garantiza a esta la conservación de su propiedad mediante el aparato coercitivo del estado.
Este se presenta siempre como el “universal” es decir, como el representante de los intereses de
la sociedad toda pero en realidad, desde el punto de vista marxista, oculta que representa los
intereses de la clase propietaria que asegura y legitima, por esa vía, su dominación política. Sin
embargo, esto no implica (o al menos, no en la Europa de mediados del si glo XIX que miraba Marx)
que la burguesía detente el poder político del estado de manera directa; puede ocurrir (como de
hecho ocurre en Francia en ese momento) que la clase capitalista deba ceder el ejercicio del poder
del estado (gobierno) a una figura monárquica. Lo importante en definitiva, es que el estado
5. marxista supone que se mantiene la dominación de una clase sobre otra sobre la base de la
propiedad privada de los medios de producción y, por esta vía, de la apropiación del producto del
trabajo ajeno impago (o plusvalía) de la clase no propietaria que vive de la venta de su fuerza de
trabajo (proletariado o clase obrera). Esta dominación de clase, se produce y reproduce
combinando, en términos gramscianos, la fuerza y el consenso (hegemonía). Se pue de apreciar
aquí, un punto de similitud con Rousseau en el sentido de que, al igual que éste, en la perspectiva
marxista el estado moderno o burgués no tiene legitimidad alguna y, por tanto, puede y debe ser
superado.El estado burgués y, en términos mas generales, la sociedad burguesa, encierran las
condiciones materiales concretas para su superación. En los intereses del proletariado se
encuentran los intereses universales en la medida en que, de acuerdo a Marx y Engels, la
emancipación social de éste significa la emancipación de la sociedad en su conjunto. Para el logro
de tal objetivo, los proletarios deben, por medio de la vía revolucionaria, tomar el poder del
estado para abolir la propiedad privada de los medios de producción (es decir socializarlos) para
de este modo, terminar con la sociedad de clases. Una vez llegada esta instancia el estado
desaparece porque no tiene razón de ser, ya no debe cumplir el fin para el cual surge
históricamente: producir y reproducir la dominación de una clase sobre otra. Una segunda forma
de entender el estado marxista o de interpretar la concepción marxista del estado, es la de ver en
el estado moderno, no al representante político de una u otra clase sino, y desde una perspectiva
mas materialista, al representante político del capital total de la sociedad. Esto supone pensar que
el estado moderno fija y establece las condiciones políticas generales que garantizan la
acumulación de capital o, en palabras de Engels, se ocupa de “defender las condiciones exteriores
generales del modo de producción capitalista” . Desde este punto de vista, el estado se presenta
como algo exterior tanto a la clase obrera como también, aunque quizás no del mismo modo, a la
clase capitalista. Esto es: el estado se presenta como una forma de voluntad exterior y objetiva al
capitalista individual y al obrero individual, así como también a la clase capitalista y a la clase
obrera, cuyo contenido consiste en asegurar que la acumulación de capital no se detenga. El
garantizar las condiciones políticas para la acumulación de capital, lleva a que muchas veces el
estado, se presente también con una “neutralidad” u “objetividad” en la contradicción u
antagonismo entre la clase propietaria y la no propietaria. El estado capitalista no es la forma
última o el “universal” en la expansión de las fuerzas productivas sociales. Por el contrario,
pertenece a las relaciones sociales de producción que corresponden a una etapa histórica, a un
momento en el grado de desarrollo de tales fuerzas productivas sociales. La superación del estado
capitalista (y en términos más generales, del modo de producción capitalista) trae consigo la
organización consciente del trabajo social es decir, del trabajo humano libremente asociado
(socialismo o comunismo) y, por consiguiente, no mediado por la producción mercantil. Esto
implica, como condición necesaria, no sólo superar la explotación del hombre por el hombre, cuya
forma política es la dominación social de una clase sobre otra, sino además (como condición
suficiente) la superación del trabajo humano alienado en el capital. A modo de conclusión¿Cuál es
la verdadera concepción del ser y el deber ser del estado moderno? O mejor dicho, ¿cuál es la
concepción teórica que mejor nos explica la naturaleza del estado moderno y su función histórico-social?
La respuesta a esta pregunta no es, a mi parecer, una cuestión menor debido a que
requiere adoptar un posicionamiento no solamente en el plano teórico y conceptual (o del ser),
6. sino también en el plano político. Con esto quiero señalar que de acuerdo a la concepción de
estado que tengamos, resultará lo que demandemos de él, a la hora de pensar nuestra acción
política concreta. Bibliografía• Borón, A. (compilador). La filosofía política moderna. De Hobbes a
Marx. Buenos Aires: CLACSO, 2003• Engels, F. Del socialismo utópico al socialismo científico en
“Obras Escogidas tomo VII”. Buenos Aires: Editorial Ciencias del Hombre, 1973• Gramsci, A. Notas
sobre Maquiavelo sobre la política y sobre el estado moderno. Buenos Aires: Nueva Visión, 2001•
Hegel, G. W. F. Fundamentos de la filosofía del derecho. Buenos Aires: Ediciones Siglo Veinte•
Hobbes, T. Leviatán. Mexico: Fondo de Cultura Económica• Locke, J. Segundo tratado sobre el
gobierno civil. Argentina: Ediciones Libertador, 2004• Marx , K. Las luchas de clases en Francia, de
1848 a 1850. Buenos Aires: Ediciones Luxemburg, 2005• Rousseau, J. J. Discurso sobre el origen de
la desigualdad de los hombres. Argentina: Ediciones Libertador, 2006• Rousseau, J. J. El contrato
social. México: Editores unidos mexicanos, 1992 <br />