3. NECESIDADES DE PROTECCIÓN
Decisión Gerencial para cumplir con
la ley, invertir lo mínimo posible,
evitar penalidades y no
necesariamente se cubre el riesgo.
PROTECCION MÍNIMA LEGAL
4. NECESIDADES DE PROTECCIÓN
• Obedece a un análisis de riesgo de
la instalación
• Protege a todo el riesgo y
exposiciones.
• Cumple con la ley y exigencias
del seguro
PROTECCIÓN TECNICA
5. NECESIDADES DE PROTECCIÓN
• Normalmente constituyen
requisitos menores a la legislación
internacional vigente.
• En algunos casos estos requisitos
generales podrán no ser aplicables
a la instalación
REQUISITOS DELASEGURADOR
6. ORGANISMOS COMPETENTES
• MINISTERIO DE HIDROCARBUROS
• MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
• MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA
• AGENCIA NACIONAL DE HIDROCARBUROS
• YACIMIENTOS PETROLÍFEROS FISCALES
BOLIVIANOS
7. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
• Reglamento Ambiental para el Sector de
Hidrocarburos.
DS No. 24335 ( 1996)
• Mapa de Bolivia con las Áreas de interés Petrolero
DS No. 24336 ( 1996)
8. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
• Reglamento de transporte de Hidrocarburos por
Ductos.
DS No. 24398 ( 1996)
• Reglamento de Comercialización de Gas
DS No. 24399 ( 1996)
Clasificación de Campos Marginales, no marginales
y con hidrocarburos Nuevos
DS No. 24400 (1996)
9. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
Reglamento de Hidrocarburos Nuevos y Existentes
DS No. 24419 (1996)
Reglamento de la organización Institucional del Sector
de Hidrocarburos
DS No. 24546 (1996)
Reglamento para el diseño y construcción, operación y
abandono de Ductos
DS No. 24721 (1997)
10. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
Clasificación de Campos Marginales, no marginales y
con hidrocarburos Nuevos
Reglamento de Hidrocarburos Nuevos y Existentes
DS No. 24419 (1996)
DS No. 24400 (1996)
11. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
ART. 5.- Corresponde a la Secretaria Nacional de
Energía dictará normas modificaciones o
complementarías para mantener actualizado el presente
reglamento.
DS No. 24689 (1a.edición 1997)
Reglamento de Normas Técnicas y de Seguridad
para las actividades de exploración y explotación
de hidrocarburos
12. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
ART. 6.- “Y.P.F.B. y la Subsecretaria de Hidrocarburos
(S.S.H.) son las autoridades competentes para aplicar
sanciones por infracciones al Reglamento cometidas
por los titulares..”
DS No. 24689 (1a.edición 1997)
ART. 39.- “El titular será responsable de la ejecución
del trabajo en concordancia con las normas de
seguridad internacionalmente aceptadas en la industria
petrolera y siguiendo las buenas practicas de trabajo”
13. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
Estudios Geofísicos, Fotogeologia y Fotogrametría,
Geoquímicos, Geologicos de superficie y subsuelo,
perforación de pozos y pruebas de
producción.(ART.15 – DS 24689)
EXPLORACION
14. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
EXPLORACION
ART. 18.- El titular llevara informes de acuerdo al
Titulo VIII* de este Reglamento. En el caso de los
estudios sísmicos, incluirá información sobre la fuente
de energía explosiva, tamaño de carga, numero de
disparos e información precisa indicando los puntos
de disparo.
*.- ART. 233 – Programa de exploración
ART.234.- informe sobre: evaluación técnica, estudios de
gravimetría y magnetometria, estudios de geología, datos
sísmicos. Informe final de operaciones al concluir trabajos
sísmicos(incluye; topografia, apertura(trocha) perforacion,
registro, procesamiento, Salud, Seguridad y Medio Ambiente.
15. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
a) Primeros Auxilios, practica contra incendio y
técnicas de supervivencia.
b)Ropa de Seguridad
c) Servicios de primeros Auxilios y provisión de
servicios médicos calificados.
d)Control de vías de acceso
DS No. 24689 - ART. 41.-
Reuniones de seguridad previas al inicio del trabajo,
16. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
e) Planes de Contingencia
f) Distancias Seguras para el uso de fuentes de
energía
g) Seguridad en el Transporte
h) Salud, Alcohol y narcóticos
i) Salud Ocupacional
DS No. 24689 - ART. 41.-
Reuniones de seguridad previas al inicio del trabajo,
17. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
j) Almacenamiento y transporte de
Explosivos, combustibles y químicos
k) Consideraciones Ambientales
l) Consideraciones Climatologicas
m) Operaciones acuáticas (si es aplicable)
DS No. 24689 - ART. 41.-
Reuniones de seguridad previas al inicio del trabajo,
18. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
a) Seguridad
b) Manejo de vehículos y equipos especiales
c) Primeros Auxilios
d) Practicas contra incendio.
e) Técnicas de Supervivencia.
DS No. 24689 - ART. 44.-
El titular esta obligado a dar a todo su personal y exigir
a sus subcontratistas, el entrenamiento en:
“ El titular debe garantizar que ningún empleado o visitante se
traslade al área de operaciones si previamente no ha recibido una
charla básica de seguridad e informes sobre la naturaleza del
trabajo”.
19. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
a) Plan de organización
b) Plan de equipo para controlar
accidentes o situaciones de riesgo.
c) Plan de Acción
DS No. 24689 - ART. 45.-
“El titular deberá identificar posibles situaciones de
emergencia, para las cuales propondrá un Plan de
Contingencias..que deberá contener:”
20. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
a) Plan de organización, con una descripción precisa
de las responsabilidades, la responsabilidad de las
personas en la eventualidad de accidentes y
situaciones de riesgo.
DS No. 24689 - ART. 45.-
Plan de Contingencias..
21. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
b) Un Plan del equipo, para controlar accidentes o
situaciones de riesgo con una descripción
precisa de la naturaleza y tipo de equipo,
además de la capacidad, lugar, método de
transporte, uso correcto y situación donde
usarlo.
DS No. 24689 - ART. 45.-
Plan de Contingencias..
22. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
c) Un Plan de acción, con una descripción
precisa de alarma y sistema de comunicación,
incluyendo sistemas para poner en
conocimiento de las autoridades,
responsabilidad de las personas, cuando y
como el equipo de emergencia será usado y
como deberán realizarse las operaciones, las
medidas para delimitar los daños resultantes de
los accidentes o riesgos y reglas para la
conclusión de las operaciones.
DS No. 24689 - ART. 45.-
Plan de Contingencias..
23. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
a) Dormitorios que provean protección contra el
viento, lluvia, temperatura altas y bajas, y asi
mismo estarán protegidos contra insectos.
b) Los comedores serán un área cubierta con piso
adecuado para la limpieza y con capacidad
para por lo menos la mitad del personal
operativo
DS No. 24689 - ART. 51.-
El titular debe mantener estándares de bienestar e
higiene en conexión al desarrollo de trabajo, como
minimo los siguientes:
24. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
c) Se deberá otorgar las condiciones alimenticias
adecuadas que garanticen la salud de los
trabajadores. Se dará atención adecuada a la
higiene en el almacenamiento, preparación y
servicios de los alimentos.
d) El titular proveerá agua potable
e) El titular proveerá servicios higiénicos adecuados
en el campamento.
f) El manejo de los desechos en los campamentos
acordes a las disposiciones del Reglamento
Ambiental para el Sector de Hidrocarburos.
DS No. 24689 - ART. 51.-
.. bienestar e higiene ..
25. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
DS No. 24689 - ART. 53.-
El titular proveerá al personal la ropa adecuada para el
trabajo y los equipos de protección, como lo describe el
manual de seguridad de la IAGC o OSHA, en tanto se
aplicable en relación a la actividad.
IAGC International Association of Geophysical
Contractors.
OSHA Occupational Safety and Health
Administration –OSHA 3151-12R Personal
Protective Equiment(2003)
26. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
INSTALACION Y EQUIPO DE PERFORACIÓN
DS No. 24689 - ART. 82
Se deben emplear las practicas recomendadas por el API
(American Petroleum Institute),
PERFORACION DEL POZO
DS No. 24689 - ART. 105
Se deben emplear las practicas recomendadas por el API.*
*Cuando se usen equipos que no existan en el API, se deberá seguir
escrupulosamente las indicaciones de uso, mantenimiento y operación de
sus fabricantes.
27. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
TERMINACION E INTERVENCION DEL POZO
DS No. 24689 - ART. 120
El diseño, caracteristicas, uso y cuidados en el
manipuleo y transporte e inspección de la cañeria de
revestimiento, tuberia de producción y para linea de
flujo estan claramente especificados y sus practicas
recomendadas por el API (American Petroleum
Institute),
28. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
ABANDONO DE UN POZO
DS No. 24689 - ART. 135
El pozo debe abandonarse con Tapones de cemento o
mecánicos, aislando aquellas partes en que no se haya
puesto revestimiento o donde pudiera existir gas o
fluidos.
29. LEGISLACION NACIONAL VIGENTE
PRODUCCION
DS No. 24689 - ART. 162
El titular debe cumplir las medidas de seguridad que
deben adoptarse en los Pozos de Producción que se
encuentran en las normas de seguridad API y/o NFPA,
como mínimo.
NFPA, National Fire Protection Association
30. HIDROCARBURO
Todos los tipos de petróleo se componen de
hidrocarburos(familia de compuestos orgánicos que
contienen carbono e hidrógeno), aunque también suelen
contener unos pocos compuestos de azufre y de oxígeno; el
contenido de azufre varía entre un 0,1 y un 5%. El petróleo
contiene elementos gaseosos, líquidos y sólidos. La
consistencia del petróleo varía desde un líquido tan poco
viscoso como la gasolina hasta un líquido tan espeso que
apenas fluye.
PETROLEO CRUDO
31. HIDROCARBURO
El gas natural se compone principalmente de metano y otros
hidrocarburos ligeros. Como ya se ha dicho, el gas natural
suele emigrar con el petróleo a través de los poros y
fracturas de la roca almacén y se acumula en depósitos
subterráneos. Debido a su densidad (menor que la del
petróleo), se sitúa por encima del petróleo. El gas natural
también se puede formar en depósitos de carbón, donde a
menudo se encuentra disperso en los poros y fracturas del
lecho de carbón.
GAS NATURAL
32. EXPLOSIONES
Un gas o vapor inflamable en mezcla con el aire, solamente
entrará en combustión, si todos los elementos estuvieran en
una determinada condición de concentración en la presencia
de una fuente de ignición. Por tanto el limite de
explosividad, es especifica para cada sustancia inflamable,
y se caracteriza por la existencia de un limite inferior de
explosividad y un limite superior de explosividad.
LIMITES DE EXPLOSIVIDAD O
INFLAMABILIDAD
33. a)Mezcla pobre: mezcla de gas o vapor inflamable con el aire abajo
del limite inferior de explosividad
b)Mezcla rica: mezcla de gas o vapor inflamable con el aire encima
del limite superior de explosividad
LIMITES DE EXPLOSIVIDAD
Mezcla demasiado pobre
Mezcla explosiva
Mezcla demasiado rica
EXPLOSIONES
34. Es la menos temperatura en la cual una sustancia entra en
combustión debido a la energía térmica acumulada,
proveniente del proceso de transferencia de calor por
convección y radiación. Esto es, no es necesario la
presencia directa de llama. En el caso de los líquidos o
sólidos, la temperatura de auto-ignición se encuentra
encima del punto de inflamación (flash point).
TEMPERATURA DE AUTO IGNICION
EXPLOSIONES
35. Explosión
“ruptura de un recipiente a causa de la presión interna
de una deflagración.”
Las explosiones viajan con relativa lentitud (pocos
metros por segundo).
EXPLOSIONES
36. Deflagración
“propagación de una zona de combustión a una
velocidad menor que la velocidad del sonido.”
C2H2
305
o
C
H2
572
o
C
CH4
537
o
C
C3H6
455
o
C
Metano Hidrogeno Acetileno Propileno
Temperatura de auto-ignición
EXPLOSIONES
37. Detonación
“propagación de una zona de combustión a una
velocidad mayor que la velocidad del sonido.”
Las detonaciones son destructivas porque viajan por
tuberías, recipientes, etc. A gran velocidad y producen altas
presiones que exceden largamente las especificaciones del
diseño mecánico. Son ondas supersónicas (de centenares a
miles de metros por segundo) y de ahí su alto poder
destructor.
EXPLOSIONES
38. IMPACTO Y REFLEXIÓN
Muchos recipientes no son lo suficientemente fuertes para
resistir una explosión ordinaria en que la presión sube a 6 y
hasta 10 veces la inicial. Una detonación inicial puede
producir presiones extensas de 60 a 100 veces la presión
inicial.
El rápido aumento de presión se producen golpes de
impacto en los recipientes y tuberías.
EXPLOSIONES
39. IMPACTO Y REFLEXIÓN
Las ondas se intensifican en su avance produciendo
reflexiones múltiples:
PRESION IMPACTO REFLEXION EFECTO
40 x 4 x 8 = 1280
EXPLOSIONES
40. COMO OCURRE UNA DETONACIÓN
Tiempo transcurrido (a partir de la ignición): 0,1 seg.
Presión antes de la ignición 1 kg/cm2
Tiempo transcurrido: 2 seg.
GAS NO QUEMADO
GAS NO QUEMADO
EL GAS TRANSMITE ONDAS DE PRESION
GAS
QUEMADO
7 Kg/cm2
LA PRESION AUMENTA
1 Kg/cm2
GAS NO QUEMADO
Nuevas ondas, a mayor velocidad 2 kg/cm2
EXPLOSIONES
41. COMO OCURRE UNA DETONACIÓN
Tiempo transcurrido: 2,6 seg.
GAS
QUEMADO
7 Kg/cm2
DETONACION A 60 Kg/cm2
1 Kg/cm2
GAS NO QUEMADO
La onda de choque comprime a gas 3,5
kg/cm2 y la temperatura aumenta
Aumenta la
reacción de
La llama
10Kg/cm2
POR LO MENOS 40 Kg/cm2
Tiempo transcurrido: mas de 2,61 seg.
EXPLOSIONES
42. RESUMEN - DETONACIONES
• Todas las mezclas gaseosas combustibles detonan
bajo condiciones propicias.
• Una onda de detonación se desplaza a
velocidades supersónicas de 1,200 a 2,400 metros
por segundo.
• Las presiones de una detonación se aumentan
cientos de veces en comparación a una explosión
común
EXPLOSIONES
43. RESUMEN - DETONACIONES
• La única manera de evitar una detonación es
evitando las mezclas de oxigeno y gases
combustibles.
• Control y procedimientos operativos.
EXPLOSIONES
45. Una BLEVE es un tipo de explosión cuyo nombre
procede de sus iniciales en inglés Boiling Liquid
Expanding Vapor Explosion cuya traducción es
Expansión explosiva del vapor de un líquido en
ebullición".
Para que se produzca una explosión BLEVE no
es necesaria la existencia de reacciones
químicas ni fenómenos de combustión. Podría
producirse incluso en calentadores de agua y
calderas de vapor.
EXPLOSIONES
BLEVE
46. En principio podría originarse en cualquier
líquido almacenado en un .recipiente
hermético, aunque hay explosiones que
pueden confundirse con una BLEVE sin
serio. Las BLEVES son exclusivas de los
líquidos o gases licuados en determinadas
condiciones.
EXPLOSIONES
BLEVE
47. Normalmente las BLEVE se originan cuando un
incendio recaliente la superficie de un recipiente a
presión, especialmente por encima del nivel
líquido,debilitando su resistencia y acabando en una
rotura repentina del mismo, dando lugar a un escape
súbito del contenido, que cambia masivamente al
estado de vapor, el cual si es inflamable da lugar a la
conocida bola de fuego (fireball).
Esta última se forma por deflagración (combustión
rápida) de la masa de vapor liberada.
EXPLOSIONES
BLEVE
48. BOLA DE FUEGO
D= 3.9 (W)0.33
T=0.3(W)0.33
D= Diametro en metros
W=Peso en Kgs.
T=Tiempo en segundos
EXPLOSIONES
EFECTOS DE LA RADIACIÓN TERMICA
RADIACIÓN TERMICA
Q= Calor emitido en Kw/m2
M=Masa en Kg.
d=Distancia en metros
Q =
828 m0.771
d2
49. EXPLOSIONES
Radiación Tolerable por las personas y
materiales
Radiación térmica
Kw/m2
Tiempo máximo de
Exposición(seg)
Efectos
1.2 Sol en verano
1.6 Umbral de dolor
2.1 60 Dolor
4.0 30 Aparición de ampollas
4.7 15-30 Quemaduras de Primer grado
Primeros efectos sobre la madera
12.6 Ignición madera. Fusión de
plásticos
23.0 Fallas de estructuras metálicas
37.8 Pérdida de resistencia del acero
no protegido contra incendios
50. EXPLOSIONES
Efectos de un Bleve
Almacenamiento Equivalente en
TNT Lb/kilos
Energia
explosiva
Kilos de
TNT
Sobrepresio
n a 100
mts. (PSI)
Cinlindro 10
kilos
234 (106) 1.7 0.15
Cilindro 50 kilos 1174(533) 8.5 0.22
Tanque 500 glns 24018(10917) 174.6 0.8
Tanque 1000
glns
48037(21834) 350 1.5
51. Derrame líquidos, o escape(gases y vapores)
generalmente por perdida de contención de los
fluidos. Puede generar efectos tóxicos, incendios y/o
explosiones según la naturaleza de las sustancias
emitidas
TIPOS DE ACCIDENTES EN
HIDROCARBUROS
Emisión
52. Combustión (de varios formas) y los fluidos
contenidos o emitidos, generando radiación
térmica dañina, cuando aquellas son
inflamables.
TIPOS DE ACCIDENTES EN
HIDROCARBUROS
Incendio
54. Anterior a la emisión o posterior (por
aceleracion de la combustion) al incendio,
generando ondas de presión o de sobrepresión
que son dañinas. La explosión puede tambien
dar lugar a la propagación de proyectiles.
TIPOS DE ACCIDENTES EN
HIDROCARBUROS
Explosión
56. De Gas a presión De gas licuado
presurizado
De gas licuado
refrigerado
ANALISIS DE FALLAS EN GASES
De Liquido
Combustible
FUGA
Derrame del
equipo
No ignición
Escape
Instantáneo
Evaluar
caudal
duración
Ignición
inmediata
Deflagración Detonación
Rotura
Exposición
proyectiles
Ignición
diferida
Dispersión sin
perdidas
Bola de fuego
fire ball
Evaluar masa
gas equiv. TNT
α
Escape
instantáneo
Exposición
del equipo a
incendio
instantáneo
BLEVE
β
57. De Gas a presión De gas licuado
presurizado
De gas licuado
refrigerado
ANALISIS DE FALLAS EN GASES
Derrame del
Liquido
Ignición inmediata
De Liquido
Combustible
Exposición del
equipo a incendio
externo
Rotura explosión
proyectiles
No ignición
Evaluar Caudal
duración área
derrame
Dispersión sin
perdidas
Incendio en área
extensa
FUGA
Ignición diferida
β
58. De Gas a presión De gas licuado
presurizado
De gas licuado
refrigerado
ANALISIS DE FALLAS EN GASES
Derrame del
equipo
No ignición
De Liquido
Combustible
Incendio en
El equipo
Incendio en área
confinada
Boil over
Ignición
Evaluar
Caudal
duración área
derrame
Incendio en área
extensa
Contaminación
Del ambiente
FUGA
60. Gerenciamiento de los riesgos
Emergencia
Prevención Protección
Reducción de las
frecuencias
Reducción de las
consecuencias
Gerenciamiento
de los riesgos
61. Reglas básicas
• 1ro. Eliminar la amenaza a través de la
sustitución por productos menos peligrosos
• 2do. Modificar los procesos a los fines de
aislar o minimizar los peligros
• 3ro. Proteger a la población
62. Gerenciamiento de las emergencias
Prevención
Identificación de peligros
Evaluación de los riesgos
Reducción de los riesgos
Plan de emergencia
Entrenamiento
Intervención
Evaluación de la emergencia
Comunicación
Movilización
Respuesta
Recuperación
63. Identificación de las amenazas
Producción
o extracción
Eliminación
Importación Exportación
Depósito
Transporte
Distribución
Uso
Reciclaje
¿Qué?
¿Cuánto?
¿Dónde?
65. Autoridades públicas
• Establece objetivos de seguridad y
garantiza que sean alcanzados
– dicta un marco regulatorio y define
estructuras de fiscalización y control
– fomenta la investigación, la capacitación y
la comunicación (“derecho a saber”)
– garantiza la respuesta
66. Autoridades públicas
• Medio ambiente
• Trabajo
• Salud
• Industria y
Comercio
– Aduanas
– Agricultura y
ganadería
– Energía
• Relaciones
internacionales
• Transporte
• Defensa
• Seguridad Interior
– Policía
– Defensa Civil
– Bomberos
• Universidades
67. Industria
• Administración segura del producto peligroso
• Diseño, construcción y operación de las
instalaciones peligrosas en forma segura para la
salud yel ambiente
• Acompañamiento del producto en todo el ciclo de
vida
• Planes de contingencia para emergencias
68. Industria
• Desarrollo e Investigación en procesos más
seguros
• Capacitación de los trabajadores
• Facilitación de información a las autoridades
gubernamentales y a la comunidad
• Programas de “CUIDADO
RESPONSABLE” del Ambiente
69. Organizaciones comunitarias
• Contribuyen al desarrollo de políticas de
seguridad
• Participan de la elaboración de planes de
contingencia
• Vehiculizan inquietudes de la comunidad no
organizada hacia tomadores de decisiones
• Multiplican la información disponible hacia
la comunidad