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CLASIFICASION ARANCELARIO
TALLER
Base de aranceles y estadísticas comerciales Para más de 175 países
y uniones económicas.
Más de 98 % del comercio mundial está basado en el SA.
Un lenguaje económico universal y una codificación para las
mercancías transportables
CRITERIOS DE CLASIFICACION :
1- Criterio de Origen : Agrupa las mercancías según los 3 reinos
de la naturaleza, origen animal (O.A), origen vegetal (O.V), origen
mineral (O.M). A la vez, la Nomenclatura del S.A. agrupa sus
XXI Secciones en dos grandes grupos :
- COMPOSICION : De la Sección I a la Sección XV . Ejemplo
capítulo 44 madera, capítulo 48 papel y cartón, capítulo 70 vidrio,
capítulo 69 cerámica.
- FUNCION : De la Sección XVI a la Sección XXI. Ejemplo capítulo 94
muebles, capítulo 95 juguetes, capítulo 91 relojería.
Grado de elaboración : Cada Sección y capítulo agrupa las
mercancías de lo simple a lo complejo :
- Productos en bruto. (materia prima), Ej. Lingotes
de hierro.
- Productos semielaborados (formas primarias), Ej. Láminas de
hierro
- Productos Manufacturados (terminados), Ej. Utensilio
de uso doméstico de hierro.
Presentación en el mercado : La presentación de la mercancía es un
factor determinante para su correcta clasificación, las cuales se
pueden presentar :
- a granel
- acondicionados para su venta al por menor
- dosificados
- surtidos
- Mezclas, sustancias puras, etc.…
Conocimiento de la mercancía.
Nombre Comercial.
Nombre Técnico.
Forma de presentación.
Componentes.
Usos.
Catálogos.
Información Técnica: Literatura o Especialista (Laboratorios
NOTAS LEGALES
DEFINITORIA
Capítulo 3
Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos
En este Capítulo, el término «pellets» designa los productos en forma
de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con
adición de una pequeña cantidad de aglutinante.
RESTRICTIVA
Capítulo 69
Productos Cerámicos
Notas
1. Este Capítulo sólo comprende los productos cerámicos
cocidos después de darles forma. Las partidas nos 69.04 a 69.14
comprenden exclusivamente los productos que no puedan
clasificarse en las partidas nos 69.01 a 69.03.
NORMATIVA
Las frutas y otros frutos secos de este Capítulo pueden estar
parcialmente rehidratados o tratados para los fines siguientes:
a) mejorar su conservación o estabilidad (por ejemplo: mediante
tratamiento térmico moderado, sulfurado, adición de ácido sórbico
o de sorbato de potasio);
b) mejorar o mantener su aspecto (por ejemplo: por adición de
aceite vegetal o pequeñas cantidades de jarabe de glucosa),
siempre que conserven el carácter de frutas o frutos secos.
EXCLUYENTE
Capitulo 2
Carne y despojos comestibles
Es este capitulo no se comprende
respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para
la alimentación humana;
b) las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida 05.04), ni la
sangre animal (partidas 05.11 ó 30.02);
c) las grasas animales, excepto los productos de la partida 02.09
(Capítulo 15).
REGLA 1
EJEMPLO DE CLASIFICASION
Se ha declarado una máquina CARGADORA RETROEXCAVADORA ( CASE /
CATERPILLAR / JHON DERE / JBC), y la Verificadora en origen, ha clasificado
dicha máquina en la Subpartida 8429.51.00.00 y en destino el aforo
documental CAE, respeta dicha clasificación emitida por la Verificadora
en Origen , y , al efectuar la Revisión Pasiva el Departamento respectivo
considera que la Retroexcavadora, se clasificaría por las funciones que
desempeña, que no son solo frontales , en la Subpartida 8429.59.00.00
Análisis
Por lo que corresponde asignar a la mercancía objeto de análisis, la
Partida Arancelaria 84.29; para la selección de la subpartida y en virtud de
los expuesto en Primera Regla General de Interpretación de la
Nomenclatura que señala: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o
de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación
está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas
de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas
partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes” , corresponde leer y
aplicar lo expuesto en la nota 3 de la Sección XVI, que señala:
Salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de
diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un
solo cuerpo, así como las máquinas concebibles para realizar dos o más
funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificarán según
la función principal que caracterice al conjunto”
• Por tal motivo : La máquina retroexcavadora de conformidad con lo
que define la Nota 3 de la Sección XVI del SISTEMA ARMONIZADO, y
en Aplicación de la Regla 1 de las Reglas Generales Para La
Interpretación Del Sistema Armonizado, se clasifica en la Subpartida
Arancelaria 8429.59.00.00 , del arancel nacional de importaciones
REGLA 2
Regla General de Clasificación 2a)
“ a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada
alcanza al artículo incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las
características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza
también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en
virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o
sin montar todavía”.
La Regla 2 a) tiene por efecto ampliar el alcance de diversas partidas más
allá de los términos de su epígrafe, al permitir clasificar en ellas los artículos
mencionados tanto si están incompletos como sin terminar, incluso si se
presentan desmontados o sin montar todavía
Esta Regla presenta dos aspectos diferentes: por una parte, se considera
como completo un artículos incompleto o sin terminar y, por otra parte,
debe clasificarse un artículo desmontado o sin montar todavía como si
estuviese montado.
El principio por el que los artículos incompletos o sin terminar se clasifican
con los completos o terminados, es consecuencia de una condición
esencial: tales artículos, incompletos o sin terminar, deben presentar las
características esenciales de los artículos completos o terminados.
Como ejemplos de artículos incompletos o sin terminar que deben
considerarse como completos o terminados, se pueden citar:
- Un automóvil desprovisto de sus ruedas
- Un automóvil sin motor
- Una bicicleta sin sillín ni neumáticos
La segunda parte de la Regla 2 a) prevé que los artículos que se presenten
desmontados o sin montar todavía se clasifiquen en la misma partida que
los montados. La misma Regla se aplica a los artículos incompletos o sin
terminar que se presenten desmontados o sin montar todavía, siempre que,
montados, tengan las características esenciales de los artículos completos
o terminados.
Esta disposición tiene presente el hecho de que numerosas mercancías se
comercializan desmontadas o sin montar a causa de necesidades
derivadas del embalaje, la manipulación o el transporte.
Para la aplicación de esta Regla, se considera desmontado o sin montar
todavía el artículo cuyos diferentes elementos se destinan a ser reunidos,
por Ejemplo, bien mediante simples dispositivos tales como: tornillos, pernos,
tuercas, etc o bien por soldadura, con la condición de que se trate de
simples operaciones de montaje. Esto suele suceder con mercancías
voluminosas, de incómoda o complicada manipulación, o frágiles (como
construcciones, aparatos de alumbrado, construcciones prefabricadas..),
que generalmente se presentan desmontadas o sin montar. No sería
conveniente, naturalmente, que este tipo de mercancías tuviera un trato
distinto al del correspondiente producto montado, por el simple hecho de
estar presentado desmontado o sin montar.
Se observará que la Regla 2 a) concierne exclusivamente a los artículos, en
consecuencia, no se aplica normalmente a los productos de las Secciones
I a IV
Regla General de Clasificación 2b)
Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a
dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo,
cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada
alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia.
La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos
compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la
Regla 3”.
Esta Regla solamente es aplicable en caso de no existir disposiciones
particulares en los textos de las partidas o en la Notas Legales de sección o
capítulos. Por ejemplo:
- Las mezclas de productos del capítulo 9 se clasifican conforme a la Nota
Legal 9.1,
Las aleaciones de metales comunes también son objeto de una
disposición particular (Nota Legal XV.3)
De todo ello resulta que la Regla 2 b) es una regla de ORIENTACION para
indicar que en la Nomenclatura no sólo se clasifican sustancias puras o
manufacturas de una sola materia sino que se incluyen las mezclas y los
artículos compuestos, que en principio son susceptibles de corresponder a
dos o más partidas, por lo que su clasificación se efectuará conforme a las
disposiciones de la Regla 3.
Regla General de Clasificación 3.-
“Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más
partidas por aplicación de la Regla 2b) o en cualquier otro caso, la
clasificación se efectuará como sigue:
3a) “la partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las
partidas de alcance más genérico. Sin embargo cuando dos o más
partidas se refieran cada una, solamente a una parte de las materias que
constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a
una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos
o surtidos (mezcla de varias clases) acondicionados para la venta al por
menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para
dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera
más precisa o completa
- Que una partida que designa nominalmente un artículo
determinado es más específica que la que comprende una familia
de artículos; por ejemplo: los tenedores de acero están clasificados
en la partida 82.15 “Cucharas, tenedores,…….” y no en la partida
73.23 “artículos de uso doméstico…”
Neumáticos para bicicletas: partida 40.11 y no 87.14.
- Asientos para aeronaves: partida 94.01 y no 88.03.
- Alfombras textiles para vehículos automóviles: partida 57.03
(comprendidas con mayor especificación) y no la partida 87.08 (como
accesorios de vehículos).
- Vidrios de seguridad, sin enmarcar: con forma, reconocibles para su
utilización como parabrisas de aviones, que se clasificarán , no en la
partida 88.03 como partes de los aviones, sino en la partida 70.07 donde
están comprendidos con mayor especificación.
Cuando la Regla 3 a) no resulta válida porque las partidas susceptibles de
clasificar el producto son específicas o todas son genéricas, debe recurrirse
a las Reglas 3 b) o 3 c) siguientes.
“los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias
diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las
mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la
venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la
Regla 3 a), se clasificarán según la materia que les confiera su carácter
esencial, si fuera posible determinarlo”;
Este método de clasificación contempla los casos de :
- productos mezclados,
- manufacturas compuestas por materias diferentes,
- manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes, y
- mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por
menor.
Sólo se aplicará si la Regla 3 a) resulta inoperante. En todas estas hipótesis,
la clasificación de las mercancías deberá efectuarse según la materia o el
artículo que les confiera su carácter esencial.
El principio que determina el “carácter esencial” varía según el tipo de
mercancía. Por ejemplo, puede resultar de: la materia constitutiva, de la
función o utilización del artículo, del valor, la cantidad, calidad,
porcentaje, peso, volumen, etc.
La Regla 3 b) también se aplica a las mercancías presentadas en surtidos
acondicionados para su venta al por menor. Para que puedan ser así
consideradas, las mercancías deben cumplir simultáneamente las
condiciones siguientes:
- estar compuestas, al menos por dos artículos diferentes, por tanto no
tendrán la consideración de surtido, en el sentido de esta Regla, por
ejemplo, seis tenedores de “fondue”;
2-estar compuestos por productos o artículos, teniendo cada uno de ellos
utilización propia o complementaria, presentados conjuntamente para
satisfacer una necesidad o para ejercer una actividad determinada;
3-estar acondicionados para la venta al por menor (cajas, cofres,
panoplias, etc..)
Ejemplos de clasificación por aplicación de la Regla 3 b):
* “Enseres para el cuidado del cabello”, constituidos por:
-una maquina eléctrica de cortar el pelo ( partida 85.10),
-un peine (96.15),
-unas tijeras (82.13),
-un cepillo (96.03) , y
-una toalla de materia textil (63.02), que se presentan en un estuche de
cuero:
clasificación partida 85.10;
Juegos de dibujo”, compuestos por:
-una regla (partida 90.17),
-un círculo de cálculo (90.17),
-un compás (90.17),
-un lapicero (96.09) y
-un sacapuntas (82.14), presentados en un estuche de lámina de plástico:
clasificación según los objetos que en conjunto pueda considerarse que
confieren al artículo si carácter esencial, partida 90.17.
REGLA 4
Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores
se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan
mayor analogía
La analogía se puede basar naturalmente en numerosos hechos, tales
como : la denominación, el origen, la utilización
Regla General de Clasificación 5 :
“Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas
a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes:
a) los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales,
armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares,
especialmente apropiados para contener un artículo determinado o
un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados
con los artículos a los que están destinados, se clasificarán con
dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos
con ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de
los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial”.
La presente Regla se aplica exclusivamente a los continentes :
1-especialmente preparados para recibir un artículo determinado o un
surtido,
2-que sean susceptibles de uso prolongado,
3-que se presenten con los artículos a los que se destinan, aunque
embalados separadamente para facilidades de transporte, y
4-que sean del tipo de los que normalmente se venden con dichos
artículos.
Ejemplos de clasificación por aplicación de la Regla 5 a):
-los estuches de plástico para jabón de lujo, (partida 34.01)
-los estuches para máquinas de afeitar eléctricas (partida 85.10);
-los estuches para binoculares (partida 90.05),
-los estuches para instrumentos de música (por ejemplo, partida 92.02).
NOTA: Si Se presentan aisladamente estos continentes siguen su propio
régimen (por ejemplo, partida 39.23, 42.02..)
Como ejemplos de continentes que no entran en el campo de aplicación
de esta Regla, se pueden citar los continentes tales como los botes (cofre)
de plata para té o las copas decorativas de cerámica
La presente Regla rige la clasificación de los envases del tipo normalmente
utilizados para las mercancías. Sin embargo, esta disposición no es
aplicable cuando tales envases son claramente susceptibles de una
utilización repetida, como sucede con algunos recipientes o tanques de
hierro o acero para gases comprimidos o licuados.
Regla General de Clasificación 6:
Se trata de una Regla expresamente introducida para conseguir una
clasificación uniforme a nivel de subpartidas del Sistema Armonizado.
1. La Nomenclatura Arancelaria y sus aplicaciones dentro del
Comercio Exterior.
• 2. La estructura arancelaria del Sistema Armonizado de Designación
y Codificación de Mercancías
• 3. Que es una Sección dentro de la estructura de la Nomenclatura
Arancelaria.
• 3. Que es un Capitulo dentro de la estructura de la Nomenclatura
Arancelaria.
• 3. Que es una Partida dentro de la estructura de la Nomenclatura
Arancelaria.
• 3. Que es una Subpartida arancelaria y sus distintas clases.
• Que se entiende por Barrera Comercial?
• Barreras arancelarias y cuales son
• Proteccionismo
• Barreras no arancelarias y cuales son
• Que son salvaguardias
• Que significa anti-dumping?
• Qué son y en qué consisten las normas de origen?
Determinar para la siguiente lista de productos:
1. Clasificar arancelariamente la subpartida o código arancelario de
10 dígitos
2. La descripción arancelaria
3. La descripción mínima
4. La descripción técnica y comercial del producto
5. A que entidad debe acudir para solicitar el Visto Bueno
6. Cual es el % de gravamen arancelario
7. El % de IVA
8. El tratamiento arancelario cuando las importaciones son efectuadas
de:
a) de Brasil que gravamen y norma se aplica de
Perú que gravamen y norma de aplica
b) de México que gravamen y norma se aplica
c) de Estados Unidos que gravamen y norma se aplica
d) de los países miembros de la Comunidad Andina.
Jamón embutido de pavo
Torta de soya para alimentación de animales
Vino de uva fresca en recipientes de 1,9 litros
Tabaco rubio desvenado sin elaborar
Trozo de pollo congelado
Acido sulfúrico
Jalea de piña
Sulfato de magnesio
Jugo de borojo sin fermentar con azúcar. Congelado
Agua destilada
Mineral de oro
Camarones conservados enlatados
Tierra natural
Acido nítrico
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Bebida espirituosa. Whisky
Pan de trigo tostado
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Jugo combinado de maracuya, mango y manzana
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Clasificasion arancelario taller

  • 1. CLASIFICASION ARANCELARIO TALLER Base de aranceles y estadísticas comerciales Para más de 175 países y uniones económicas. Más de 98 % del comercio mundial está basado en el SA. Un lenguaje económico universal y una codificación para las mercancías transportables CRITERIOS DE CLASIFICACION : 1- Criterio de Origen : Agrupa las mercancías según los 3 reinos de la naturaleza, origen animal (O.A), origen vegetal (O.V), origen mineral (O.M). A la vez, la Nomenclatura del S.A. agrupa sus XXI Secciones en dos grandes grupos : - COMPOSICION : De la Sección I a la Sección XV . Ejemplo capítulo 44 madera, capítulo 48 papel y cartón, capítulo 70 vidrio, capítulo 69 cerámica. - FUNCION : De la Sección XVI a la Sección XXI. Ejemplo capítulo 94 muebles, capítulo 95 juguetes, capítulo 91 relojería. Grado de elaboración : Cada Sección y capítulo agrupa las mercancías de lo simple a lo complejo : - Productos en bruto. (materia prima), Ej. Lingotes de hierro. - Productos semielaborados (formas primarias), Ej. Láminas de hierro - Productos Manufacturados (terminados), Ej. Utensilio de uso doméstico de hierro. Presentación en el mercado : La presentación de la mercancía es un factor determinante para su correcta clasificación, las cuales se pueden presentar : - a granel - acondicionados para su venta al por menor - dosificados - surtidos - Mezclas, sustancias puras, etc.…
  • 2. Conocimiento de la mercancía. Nombre Comercial. Nombre Técnico. Forma de presentación. Componentes. Usos. Catálogos. Información Técnica: Literatura o Especialista (Laboratorios NOTAS LEGALES DEFINITORIA Capítulo 3 Pescados y crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos En este Capítulo, el término «pellets» designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de una pequeña cantidad de aglutinante. RESTRICTIVA Capítulo 69 Productos Cerámicos Notas 1. Este Capítulo sólo comprende los productos cerámicos cocidos después de darles forma. Las partidas nos 69.04 a 69.14 comprenden exclusivamente los productos que no puedan clasificarse en las partidas nos 69.01 a 69.03. NORMATIVA Las frutas y otros frutos secos de este Capítulo pueden estar parcialmente rehidratados o tratados para los fines siguientes: a) mejorar su conservación o estabilidad (por ejemplo: mediante tratamiento térmico moderado, sulfurado, adición de ácido sórbico o de sorbato de potasio); b) mejorar o mantener su aspecto (por ejemplo: por adición de aceite vegetal o pequeñas cantidades de jarabe de glucosa), siempre que conserven el carácter de frutas o frutos secos.
  • 3. EXCLUYENTE Capitulo 2 Carne y despojos comestibles Es este capitulo no se comprende respecto de las partidas 02.01 a 02.08 y 02.10, los productos impropios para la alimentación humana; b) las tripas, vejigas y estómagos de animales (partida 05.04), ni la sangre animal (partidas 05.11 ó 30.02); c) las grasas animales, excepto los productos de la partida 02.09 (Capítulo 15). REGLA 1 EJEMPLO DE CLASIFICASION Se ha declarado una máquina CARGADORA RETROEXCAVADORA ( CASE / CATERPILLAR / JHON DERE / JBC), y la Verificadora en origen, ha clasificado dicha máquina en la Subpartida 8429.51.00.00 y en destino el aforo documental CAE, respeta dicha clasificación emitida por la Verificadora en Origen , y , al efectuar la Revisión Pasiva el Departamento respectivo considera que la Retroexcavadora, se clasificaría por las funciones que desempeña, que no son solo frontales , en la Subpartida 8429.59.00.00 Análisis Por lo que corresponde asignar a la mercancía objeto de análisis, la Partida Arancelaria 84.29; para la selección de la subpartida y en virtud de los expuesto en Primera Regla General de Interpretación de la Nomenclatura que señala: “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las reglas siguientes” , corresponde leer y aplicar lo expuesto en la nota 3 de la Sección XVI, que señala:
  • 4. Salvo disposición en contrario, las combinaciones de máquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, así como las máquinas concebibles para realizar dos o más funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificarán según la función principal que caracterice al conjunto” • Por tal motivo : La máquina retroexcavadora de conformidad con lo que define la Nota 3 de la Sección XVI del SISTEMA ARMONIZADO, y en Aplicación de la Regla 1 de las Reglas Generales Para La Interpretación Del Sistema Armonizado, se clasifica en la Subpartida Arancelaria 8429.59.00.00 , del arancel nacional de importaciones REGLA 2 Regla General de Clasificación 2a) “ a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada alcanza al artículo incompleto o sin terminar, siempre que éste presente las características esenciales del artículo completo o terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o considerado como tal en virtud de las disposiciones precedentes, cuando se presente desmontado o sin montar todavía”. La Regla 2 a) tiene por efecto ampliar el alcance de diversas partidas más allá de los términos de su epígrafe, al permitir clasificar en ellas los artículos mencionados tanto si están incompletos como sin terminar, incluso si se presentan desmontados o sin montar todavía Esta Regla presenta dos aspectos diferentes: por una parte, se considera como completo un artículos incompleto o sin terminar y, por otra parte, debe clasificarse un artículo desmontado o sin montar todavía como si estuviese montado. El principio por el que los artículos incompletos o sin terminar se clasifican con los completos o terminados, es consecuencia de una condición esencial: tales artículos, incompletos o sin terminar, deben presentar las características esenciales de los artículos completos o terminados.
  • 5. Como ejemplos de artículos incompletos o sin terminar que deben considerarse como completos o terminados, se pueden citar: - Un automóvil desprovisto de sus ruedas - Un automóvil sin motor - Una bicicleta sin sillín ni neumáticos La segunda parte de la Regla 2 a) prevé que los artículos que se presenten desmontados o sin montar todavía se clasifiquen en la misma partida que los montados. La misma Regla se aplica a los artículos incompletos o sin terminar que se presenten desmontados o sin montar todavía, siempre que, montados, tengan las características esenciales de los artículos completos o terminados. Esta disposición tiene presente el hecho de que numerosas mercancías se comercializan desmontadas o sin montar a causa de necesidades derivadas del embalaje, la manipulación o el transporte. Para la aplicación de esta Regla, se considera desmontado o sin montar todavía el artículo cuyos diferentes elementos se destinan a ser reunidos, por Ejemplo, bien mediante simples dispositivos tales como: tornillos, pernos, tuercas, etc o bien por soldadura, con la condición de que se trate de simples operaciones de montaje. Esto suele suceder con mercancías voluminosas, de incómoda o complicada manipulación, o frágiles (como construcciones, aparatos de alumbrado, construcciones prefabricadas..), que generalmente se presentan desmontadas o sin montar. No sería conveniente, naturalmente, que este tipo de mercancías tuviera un trato distinto al del correspondiente producto montado, por el simple hecho de estar presentado desmontado o sin montar. Se observará que la Regla 2 a) concierne exclusivamente a los artículos, en consecuencia, no se aplica normalmente a los productos de las Secciones I a IV Regla General de Clasificación 2b) Cualquier referencia a una materia en una partida determinada alcanza a dicha materia incluso mezclada o asociada con otras materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de una materia determinada alcanza también a las constituidas total o parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos productos mezclados o de estos artículos compuestos se efectuará de acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3”.
  • 6. Esta Regla solamente es aplicable en caso de no existir disposiciones particulares en los textos de las partidas o en la Notas Legales de sección o capítulos. Por ejemplo: - Las mezclas de productos del capítulo 9 se clasifican conforme a la Nota Legal 9.1, Las aleaciones de metales comunes también son objeto de una disposición particular (Nota Legal XV.3) De todo ello resulta que la Regla 2 b) es una regla de ORIENTACION para indicar que en la Nomenclatura no sólo se clasifican sustancias puras o manufacturas de una sola materia sino que se incluyen las mezclas y los artículos compuestos, que en principio son susceptibles de corresponder a dos o más partidas, por lo que su clasificación se efectuará conforme a las disposiciones de la Regla 3. Regla General de Clasificación 3.- “Cuando una mercancía pudiera clasificarse, en principio, en dos o más partidas por aplicación de la Regla 2b) o en cualquier otro caso, la clasificación se efectuará como sigue: 3a) “la partida con descripción más específica tendrá prioridad sobre las partidas de alcance más genérico. Sin embargo cuando dos o más partidas se refieran cada una, solamente a una parte de las materias que constituyen un producto mezclado o un artículo compuesto o solamente a una parte de los artículos en el caso de mercancías presentadas en juegos o surtidos (mezcla de varias clases) acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben considerarse igualmente específicas para dicho producto o artículo, incluso si una de ellas lo describe de manera más precisa o completa - Que una partida que designa nominalmente un artículo determinado es más específica que la que comprende una familia de artículos; por ejemplo: los tenedores de acero están clasificados en la partida 82.15 “Cucharas, tenedores,…….” y no en la partida 73.23 “artículos de uso doméstico…” Neumáticos para bicicletas: partida 40.11 y no 87.14. - Asientos para aeronaves: partida 94.01 y no 88.03. - Alfombras textiles para vehículos automóviles: partida 57.03 (comprendidas con mayor especificación) y no la partida 87.08 (como accesorios de vehículos).
  • 7. - Vidrios de seguridad, sin enmarcar: con forma, reconocibles para su utilización como parabrisas de aviones, que se clasificarán , no en la partida 88.03 como partes de los aviones, sino en la partida 70.07 donde están comprendidos con mayor especificación. Cuando la Regla 3 a) no resulta válida porque las partidas susceptibles de clasificar el producto son específicas o todas son genéricas, debe recurrirse a las Reglas 3 b) o 3 c) siguientes. “los productos mezclados, las manufacturas compuestas de materias diferentes o constituidas por la unión de artículos diferentes y las mercancías presentadas en juegos o surtidos acondicionados para la venta al por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse aplicando la Regla 3 a), se clasificarán según la materia que les confiera su carácter esencial, si fuera posible determinarlo”; Este método de clasificación contempla los casos de : - productos mezclados, - manufacturas compuestas por materias diferentes, - manufacturas constituidas por la unión de artículos diferentes, y - mercancías presentadas en surtidos acondicionados para la venta al por menor. Sólo se aplicará si la Regla 3 a) resulta inoperante. En todas estas hipótesis, la clasificación de las mercancías deberá efectuarse según la materia o el artículo que les confiera su carácter esencial. El principio que determina el “carácter esencial” varía según el tipo de mercancía. Por ejemplo, puede resultar de: la materia constitutiva, de la función o utilización del artículo, del valor, la cantidad, calidad, porcentaje, peso, volumen, etc. La Regla 3 b) también se aplica a las mercancías presentadas en surtidos acondicionados para su venta al por menor. Para que puedan ser así consideradas, las mercancías deben cumplir simultáneamente las condiciones siguientes: - estar compuestas, al menos por dos artículos diferentes, por tanto no tendrán la consideración de surtido, en el sentido de esta Regla, por ejemplo, seis tenedores de “fondue”; 2-estar compuestos por productos o artículos, teniendo cada uno de ellos utilización propia o complementaria, presentados conjuntamente para satisfacer una necesidad o para ejercer una actividad determinada; 3-estar acondicionados para la venta al por menor (cajas, cofres, panoplias, etc..)
  • 8. Ejemplos de clasificación por aplicación de la Regla 3 b): * “Enseres para el cuidado del cabello”, constituidos por: -una maquina eléctrica de cortar el pelo ( partida 85.10), -un peine (96.15), -unas tijeras (82.13), -un cepillo (96.03) , y -una toalla de materia textil (63.02), que se presentan en un estuche de cuero: clasificación partida 85.10; Juegos de dibujo”, compuestos por: -una regla (partida 90.17), -un círculo de cálculo (90.17), -un compás (90.17), -un lapicero (96.09) y -un sacapuntas (82.14), presentados en un estuche de lámina de plástico: clasificación según los objetos que en conjunto pueda considerarse que confieren al artículo si carácter esencial, partida 90.17. REGLA 4 Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las Reglas anteriores se clasificarán en la partida que comprenda aquellas con las que tengan mayor analogía La analogía se puede basar naturalmente en numerosos hechos, tales como : la denominación, el origen, la utilización Regla General de Clasificación 5 : “Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a continuación se les aplicarán las Reglas siguientes: a) los estuches para cámaras fotográficas, instrumentos musicales, armas, instrumentos de dibujo, collares y continentes similares, especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un juego o surtido, susceptibles de uso prolongado y presentados con los artículos a los que están destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean del tipo de los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta Regla no se aplica en la clasificación de los continentes que confieran al conjunto su carácter esencial”.
  • 9. La presente Regla se aplica exclusivamente a los continentes : 1-especialmente preparados para recibir un artículo determinado o un surtido, 2-que sean susceptibles de uso prolongado, 3-que se presenten con los artículos a los que se destinan, aunque embalados separadamente para facilidades de transporte, y 4-que sean del tipo de los que normalmente se venden con dichos artículos. Ejemplos de clasificación por aplicación de la Regla 5 a): -los estuches de plástico para jabón de lujo, (partida 34.01) -los estuches para máquinas de afeitar eléctricas (partida 85.10); -los estuches para binoculares (partida 90.05), -los estuches para instrumentos de música (por ejemplo, partida 92.02). NOTA: Si Se presentan aisladamente estos continentes siguen su propio régimen (por ejemplo, partida 39.23, 42.02..) Como ejemplos de continentes que no entran en el campo de aplicación de esta Regla, se pueden citar los continentes tales como los botes (cofre) de plata para té o las copas decorativas de cerámica La presente Regla rige la clasificación de los envases del tipo normalmente utilizados para las mercancías. Sin embargo, esta disposición no es aplicable cuando tales envases son claramente susceptibles de una utilización repetida, como sucede con algunos recipientes o tanques de hierro o acero para gases comprimidos o licuados. Regla General de Clasificación 6: Se trata de una Regla expresamente introducida para conseguir una clasificación uniforme a nivel de subpartidas del Sistema Armonizado. 1. La Nomenclatura Arancelaria y sus aplicaciones dentro del Comercio Exterior. • 2. La estructura arancelaria del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías • 3. Que es una Sección dentro de la estructura de la Nomenclatura Arancelaria.
  • 10. • 3. Que es un Capitulo dentro de la estructura de la Nomenclatura Arancelaria. • 3. Que es una Partida dentro de la estructura de la Nomenclatura Arancelaria. • 3. Que es una Subpartida arancelaria y sus distintas clases. • Que se entiende por Barrera Comercial? • Barreras arancelarias y cuales son • Proteccionismo • Barreras no arancelarias y cuales son • Que son salvaguardias • Que significa anti-dumping? • Qué son y en qué consisten las normas de origen? Determinar para la siguiente lista de productos: 1. Clasificar arancelariamente la subpartida o código arancelario de 10 dígitos 2. La descripción arancelaria 3. La descripción mínima 4. La descripción técnica y comercial del producto 5. A que entidad debe acudir para solicitar el Visto Bueno 6. Cual es el % de gravamen arancelario 7. El % de IVA 8. El tratamiento arancelario cuando las importaciones son efectuadas de: a) de Brasil que gravamen y norma se aplica de Perú que gravamen y norma de aplica b) de México que gravamen y norma se aplica c) de Estados Unidos que gravamen y norma se aplica d) de los países miembros de la Comunidad Andina.
  • 11. Jamón embutido de pavo Torta de soya para alimentación de animales Vino de uva fresca en recipientes de 1,9 litros Tabaco rubio desvenado sin elaborar Trozo de pollo congelado Acido sulfúrico Jalea de piña Sulfato de magnesio Jugo de borojo sin fermentar con azúcar. Congelado Agua destilada Mineral de oro Camarones conservados enlatados Tierra natural Acido nítrico Mermelada de guayaba Bebida espirituosa. Whisky Pan de trigo tostado Coque de hulla Jugo combinado de maracuya, mango y manzana Oxigeno Concentrado para gatos Fotocpiadora multifuncional Maquina etiquetadora Ladrillo