2. En 1952 se estableció en la capital de Bélgica el
Consejo de Cooperación Aduanera, es un cuerpo
intergubernamental independiente con membrecía
mundial. Su sesión inaugural fue realizada el 26 de
enero de 1953 con 17 miembros (Austria, Bélgica,
Dinamarca, Francia, Alemania, Irlanda, Italia,
Luxemburgo, Holanda, Noruega, Portugal, España,
Suecia, Suiza, Turquía y el Reino Unido). Esta es al
razón por la cual el Día Internacional de Aduanas, se
celebra el 26 de enero de cada año .
3. En 1994, el Consejo de Cooperación Aduanera adoptó
el nombre de trabajo informal de “Organización
Mundial de Aduanas” (OMA), para poder dar una más
clara indicación de la naturaleza y del alcance mundial
de la organización.
Actualmente cuenta como miembros 171
administraciones aduaneras, que en la actualidad
administran el 98% del comercio mundial, siendo la
única organización intergubernamental idónea para
abordar materias aduaneras. Los idiomas son el inglés y
el francés.
4. Incrementar la eficiencia y efectividad de las
administraciones de aduanas, contribuyendo al
bienestar económico y a la protección social de sus
Miembros, favoreciendo de esta forma un entorno
aduanero honesto, transparente y previsible. Esto
permite el desarrollo del comercio internacional lícito y
lucha eficaz contra las actividades ilegales.
5. Promocionar la armonización y la uniformidad.
Desarrollar procedimientos aduanales simplificados.
Elaborar recomendaciones a fin de resolver disputas
referentes a la interpretación y aplicación de
convenciones.
Suministrar a los gobiernos interesados, información o
asesoría en materia aduanera.
Asesorar a Gobiernos.
Cooperar con otras organizaciones.
6. Organización:
El Consejo:
Comité de Finanzas.
Comisión Política
Los Comités Técnicos :
Sistema Armonizado
*Subcomité de revisión del Sistema Armonizado.
*Subcomité científico
Valoración
Reglas de Origen
Permanente
*Subcomité de Gerencia de Información
*Grupo de trabajo de la Convención de Kyoto
Comité de Lucha Contra el Fraude
7. El Comité del Sistema Armonizado:
*Administrar la “Convención del Sistema
Armonizado de Designación y Codificación de
Mercancías”.
*Asegurar que el Sistema Armonizado se mantenga
al corriente de los avances tecnológicos y de los
desarrollos del comercio internacional.
*Resolver problemas de Clasificación Arancelaria.
8. Definición:
*Se entiende por Sistema Armonizado de Designación
de Mercancías, llamado en adelante Sistema
Armonizado (S.A.), a la nomenclatura que comprende
las partidas, subpartidas y los códigos numéricos
correspondientes, las notas de las secciones, de los
capítulos y de las subpartidas, así como las reglas
generales para la interpretación.
*Es una nomenclatura multipropósito para artículos
usada por más de 160 países como su base para
aranceles de aduanas y estadísticas de comercio.
*Más de 98% del comercio mundial está en términos
del Sistema Armonizado.
9. Objetivos:
*Facilitar el comercio internacional;
*Facilitar el registro, comparación y análisis
de las estadísticas;
*Evitar gastos – correlaciones;
*Designar avances tecnológicos;
*Contar con desagregados;
*Usar un lenguaje común.
10. Estructura:
El Sistema Armonizado es una Nomenclatura que
clasifica las mercancías según esta estructura:
◦ Secciones 21
◦ Capítulos 98
◦ Partidas ( 4 dígitos) 1241
◦ Subpartidas (6 dígitos) 5019
Tiene además algunas normas para el uso de la
Nomenclatura:
◦ Reglas Generales para la interpretación
◦ Notas Legales
12. Secciones - (Ejemplos):
Sección I: Animales vivos y productos del reino animal.
Caps. 1 a 5
Sección II: Productos del reino vegetal.
Caps. 6 a 14
Sección III: Grasas y aceites animales o vegetales;
productos de su desdoblamiento; grasas alimenticias
elaboradas; ceras de origen animal o vegetal. Cap. 15
Sección IV: Productos de las industrias alimentarias;
bebidas; líquidos alcohólicos y vinagre; tabaco y
sucedáneos del tabaco elaborados.
Caps.16 a 24
13. Capítulos – (Ejemplos):
Sección IV: Productos de las industrias alimentarias; bebidas; vinagre;
tabaco
Capítulo 16 - Preparaciones de carne, de pescado o de crustáceos, moluscos o
demás invertebrados acuáticos.
Capítulo 17 - Azucares y artículos de confitería
Capítulo 18 - Cacao y sus preparaciones
Capítulo 19 - Preparaciones a base de cereales, harina, almidón, fécula o leche;
productos de pastelería
Capítulo 20 - Preparaciones de hortalizas, frutas u otros frutos o demás partes
de plantas
Capítulo 21 - Preparaciones alimenticias diversas
Capítulo 22 - Bebidas, líquidos alcohólicos y vinagre
Capítulo 23 – Residuos y desperdicios de las industrias alimentarias; alimentos
preparados para animales
◦ Capítulo 24 - Tabaco y sucedáneos del tabaco elaborados
14. Partida:
–Desdoblamientos de un Capítulo
–Son códigos de cuatro (04) dígitos en las que se
expresan una o varias mercancías, también
categorías de mercancías.
Ejemplo:
–Capítulo 01 - Animales Vivos
• Partida 0101: Caballos, Asnos, Mulos y
Burdéganos, Vivos.
15. Subpartida:
– Desdoblamientos de una Partida
– Son códigos de seis (06) dígitos
Ejemplo:
– Capítulo 01 - Animales Vivos
01.01 Caballos, Asnos, Mulos y Burdéganos, Vivos.
0101.10 Reproductores de raza pura
0101.10.10 – Caballos
0101.10.20 – Asnos
0101.90 – Los demás
-- Caballos
0101.90.11 --- Para carrera
0101.90.19 --- Los demás
0101.90.90 – Los demás
16. Dígitos de cada partida
llllñ
Sistema
Armonizado
Nandina
Arancel de Bol,
Col, Ecu, Perú y
Ven
1 3 092 4 5 6 7 8
Nº del Capítulo
Partida
Subpartida
Sistema Armonizado
Nandina
Arancel de Venezuela
Ubicación de la
partida en el Capítulo
17. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
Definen procesos a seguir para clasificar las mercancías
cuando su identificación no resulte clara según textos de
partidas y notas legales. Las mismas tienen por objeto:
*Asegurar la interpretación del S.A.;
*Uniformar la correcta ubicación de las mercancías en la
nomenclatura del S.A. para que un producto una sola
clasificación;
*Precisar los elementos que se deben tomar en consideración a
nivel de partida y de subpartida;
*Prevee el primer principio de clasificación.
18. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
*Regla 1:
Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los
subcapítulos sólo tienen un valor indicativo, ya que la
clasificación está determinada legalmente por los textos de las
partidas y de las notas de sección o de capítulo y, si ni son
contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo
con las reglas siguientes:
19. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
*Regla 2:
a) Cualquier referencia a un artículo en una partida determinada
alcanza también al artículo incompleto o sin terminar, siempre que
ya presente las características esenciales del artículo completo o
terminado. Alcanza también al artículo completo o terminado, o
considerando como tal en virtud de las disposiciones precedentes,
cuando se presente desmontado o sin montar todavía.
b) Cualquier referencia a una materia en una partida alcanza a
dicha materia tanto pura como mezclada o asociada con otras
materias. Asimismo, cualquier referencia a las manufacturas de
una materia determinada alcanza también a las constituidas total o
parcialmente por dicha materia. La clasificación de estos
productos mezclados o de los artículos compuestos se hará de
acuerdo con los principios enunciados en la Regla 3.
20. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
*Regla 3:
Cuando una mercancía pudiera clasificarse en dos o más partidas por aplicación
de la Regla 2b) o en cualquier otro caso, la clasificación se realizará como sigue:
a) La partida más específica tendrá prioridad sobre las más genéricas. Sin
embargo, cuando dos o más partidas se refieran, cada una, solamente a una parte
de las materias que constituyan un producto mezclado o un artículo compuesto o
solamente a una parte de los artículos, en el caso de mercancías presentadas en
surtidos acondicionados para la venta al por menor, tales partidas deben
considerarse igualmente especificas para dicho producto o artículo, incluso si
una de ellas lo describe de manera más precisa o completa.
21. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
*Regla 3:
b) Los productos mezclados, las manufacturas compuestas de
materias diferentes o constituidas por la unión de artículos
diferentes y las mercancías presentadas en surtidos acondicionados
para la venta al, por menor, cuya clasificación no pueda efectuarse
aplicando la Regla 3 a), se clasificarán con la materia o el artículo
que les confiera el carácter esencial, si fuera posible determinarlo.
c) Cuando las reglas 3 a) y 3 b) no permitan efectuar la
clasificación, la mercancía se clasificará en la ultima partida por
orden de numeración entre las susceptibles de tenerse en cuenta.
22. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
*Regla 4:
Las mercancías que no puedan clasificarse aplicando las reglas
anteriores se clasificarán en la partida que comprenda los artículos
con los que tengan mayor analogía.
23. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
*Regla 5:
Además de las disposiciones precedentes, a las mercancías consideradas a
continuación se les aplicarán las reglas siguientes:
a) Los estuches para aparatos fotográficos, para instrumentos de música,
para armas, para instrumentos de dibujo, los estuches y continentes similares,
especialmente apropiados para contener un artículo determinado o un surtido,
susceptibles de uso prolongado y que se presenten con los artículos a los que
estén destinados, se clasificarán con dichos artículos cuando sean del tipo de
los normalmente vendidos con ellos. Sin embargo, esta regla no afecta a la
clasificación de los continentes que confieran al conjunto el carácter esencial.
b) Salvo lo dispuesto en la regla 5 a) anterior, los envases que contengan
mercancías se clasificarán con ellas cuando sean del tipo de los normalmente
utilizados para esa clase de mercancías. Sin embargo, esta disposición no es
obligatoria cuando los envases sean susceptibles de ser utilizados
razonablemente de manera repetida.
24. Sistema Armonizado
Reglas Generales de interpretación
*Regla 6:
La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está
determinada legalmente por los textos de las subpartidas y de las notas de
subpartidas así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido
que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. Afectos de esta regla,
también se aplicarán las notas de sección y de capítulo, salvo disposiciones en
contrario.