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GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN LOGROÑO
FORMULARIO DE
DETERMINACIÓN DE LA NECESIDAD
Fundamento: Nuevo Reglamento de Contratación Pública, Art. 44
No. DI- 2023-0001
TIPO DE PRODUCTO: BIEN
X
SERVICIO
X
OBRA CONSULTORIA x
IDENTIFICACION DEL OBJETO:
No anteponer verbos como “contratar” o
“adquirir”, simplemente se deberá
determinar el objeto de la contratación.
Considerar Art. 48 del nuevo Reglamento.
Ejecución del Proyecto “SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA BRINDAR SERVICIO DE
INTERNET WIFI Y SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN
LOGROÑO”.
CÓDIGO CPC:
(Clasificador Central de Productos)
Revisar Art. 104.1 de la Codificación SERCOP
84160 / 84190
FECHA: (día/mes/año) 24 de Marzo del 2023
AREA REQUIRENTE: Jefatura de Desarrollo Social y Cultural.
RESPONSABLE DEL ÁREA
REQUIRENTE:
Determinar cuál es el área requirente de
acuerdo a la estructura organizacional de la
entidad contratante.
Nombre del titular del área requirente Cargo del funcionario
Lic. Jaime Etsa
Jefe de Desarrollo Social y Cultural.
RESPONSABLE DEL
REQUERIMIENTO:
Observar la NCI 200-06 (un técnico afín al
objeto de contratación deberá elaborar el
presente requerimiento junto con los
estudios previos a los que hace referencia el
Art. 23 LOSNCP).
Nombre del funcionario responsable del
requerimiento
Cargo del funcionario
Lic. Jaime Etsa
Jefe de Desarrollo Social y Cultural.
¿Quién generó la necesidad?
Se deberá indicar con precisión de donde
surgió la necesidad de contratación, pueden
ser las mismas áreas de la institución o
incluso áreas externas de la institución.
Jefatura de Desarrollo Social y Cultural
REQUERIMIENTO:
Utilizar correctamente el lenguaje:
Adquisición (para bienes)
Contratación (para servicios, consultorías y
construcción de obras)
Contratación de Bienes y Servicios para la ejecución del Proyecto
“SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA BRINDAR SERVICIO DE INTERNET WIFI Y
SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN LOGROÑO”.
Proyecto CUP: (Código Único de
Proyecto)
(Aplica en proyectos de inversión)
Conforme Art. 118 del Código Orgánico de
Planificación y Finanzas Públicas. (Se deberá
adjuntar proyecto en formato SENPLADES).
No aplica.
1. ANTECEDENTES:
Se deberá redactar los antecedentes de la entidad contratante indicando las normas jurídicas que regulan su actividad institucional, así como un
breve resumen de la necesidad imperante de adquirir o contratar el objeto de contratación.
Con Decreto Ejecutivo Nro. 1017 del 16 de marzo de 2020, el Señor presidente de la República Decreta: "Articulo 1.-
DECLARESE el estado de excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional, por los casos de coronavirus
confirmados y a declaratoria de pandemia de COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud, que
representan un alto riesgo de contagio para toda la ciudadanía y generan afectación a los derechos a la salud y
convivencia pacífica del Estado, a fin de controlar la situación de emergencia sanitaria para garantizar los derechos de
las personas ante la inminente presencia del virus COVID-19 en Ecuador"; (...). "Articulo 3.-SUSPENDER el ejercicio del
derecho a la libertad de tránsito y el derecho a la libertad de asociación y reunión (...)";
El COE Nacional, en sesión permanente del viernes 11 de septiembre de 2020, por unanimidad de los miembros
plenos, resolvió:
Al cumplirse el plazo de vigencia de la renovación del estado de excepción emitido mediante Decreto Ejecutivo 1126,
el Dictamen Constitucional Nro. 5-20-EE/20 y en estricta observancia al artículo 226 de la Constitución de la
República, (...) los organismos e instituciones del Estado Central y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en
ejercicio de sus atribuciones, deberán desarrollar e implementar normativas y políticas públicas que se adecúen al
régimen ordinario para enfrentar la crisis sanitaria, de forma coordinada.
5. A fin de mantener las acciones que han permitido reducir el impacto de la pandemia, el COE Nacional, presenta los
lineamientos específicos que cada autoridad debe tomar en consideración al momento de expedir los instrumentos
legales y de política pública pertinentes.
5.3 Sistema educativo nacional: Se mantendrán suspendidas las clases de manera presencial, continuamos con las
clases bajo la modalidad virtual - remota, 4 cumpliendo con el Plan Educativo COVID-19. Se mantiene a autorización de
planes piloto realizada por el COE Nacional se podrán incorporar nuevas instituciones y nuevas modalidades en ese
piloto, el retorno a clases será opcional, las instituciones educativas deben garantizar también modalidades de
educación virtual.
5.5 Trabajo: Personas en condiciones de vulnerabilidad o grupo de atención prioritaria: De conformidad con el
"Protocolo de Seguridad y Salud en el Trabajo para el sector público y privado", aprobado por el Ministerio de Salud
Púbica y Ministerio del Trabajo, las personas que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y grupos de atención
prioritaria, conforme lo indica el documento, que no deben asistir al lugar de trabajo (...).
Conforme al Suplemento del Registro Oficial No. 303 del 19 de octubre de 2010, se publicó el Código Orgánico de
Organización Territorial Autonomía y Descentralización, el mismo que establece en sus artículos:
Art. 361.- En la prestación de sus servicios los gobiernos autónomos descentralizados, con el apoyo de sus respectivas
entidades asociativas, emprenderán un proceso progresivo de aplicación de los sistemas de gobierno y democracia
digital, aprovechando de las tecnologías disponibles.
Art. 362.- Los gobiernos autónomos descentralizados propiciarán el uso masivo de las tecnologías de la información y
la comunicación (TIC) por parte de los titulares de derechos y los agentes productivos, de la educación, la cultura, la
salud y las actividades de desarrollo social, incrementando la eficacia y la eficiencia individual y colectiva del quehacer
humano
EN EL COOTAD, DENTRO DE LAS FUNCIONES DE GOBIERNO Y DEMOCRACIA DIGITAL
Art. 54.- Funciones. - Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes:
a) "Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización
del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias
constitucionales y legales";
b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el
marco de sus competencias constitucionales y legales.
f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho
marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente con criterios de calidad,
eficacia y eficiencia, observando los principios de
universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y
equidad;
Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los demás gobiernos
autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas
y empresas comunitarias de turismo;
Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial en el sector
de la economía social y solidaria, para lo cual coordinará con los otros niveles de gobierno;
Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se
desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de
la colectividad;
Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del
cantón;
Art. 148.- Ejercicio de las competencias de protección integral a la niñez y adolescencia. - Los gobiernos autónomos
descentralizados ejercerán las competencias destinadas a asegurar los derechos de niñas, niños y adolescentes que les
sean atribuidas por la Constitución, este Código y el Consejo Nacional de Competencias en coordinación con la ley que
regule el sistema nacional descentralizado de protección integral de la niñez y a adolescencia. Para el efecto, se
observará estrictamente el ámbito de acción determinado en este Código para cada nivel de gobierno y se garantizará
la organización y participación protagónica de niños, niñas, adolescentes, padres, madres y sus familias, como los
titulares de estos derechos.
Art. 144.- Ejercicio de la competencia de preservar, mantener y difundir el patrimonio cultural. - Corresponde a los
gobiernos autónomos descentralizados municipales, formular, aprobar, ejecutar y evaluar los planes, programas y
proyectos destinados a la preservación, mantenimiento y difusión del patrimonio arquitectónico, cultural y natural,
Art. 363.- Los gobiernos autónomos descentralizados realizarán procesos para asegurar progresivamente a la
comunidad la prestación de servicios electrónicos acordes con el desarrollo de las tecnologías.
Los servicios electrónicos que podrán prestar los gobiernos autónomos descentralizados son: información,
correspondencia, consultas, trámites, transacciones, gestión de servicios públicos, teleeducación, telemedicina,
actividades económicas, actividades sociales y actividades culturales, entre otras.
Los gobiernos autónomos descentralizados dotarán servicios de banda libre para el uso de redes inalámbricas en
espacios públicos.
Art. 37.- Derecho a la educación. - Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Este
derecho demanda de un sistema educativo que:
1. Garantice el acceso y permanencia de todo niño y niña a la educación básica, así como del adolescente hasta el
bachillerato o su equivalente;
Art. 58.- Políticas nacionales. En el diseño de las políticas educativas nacionales, el Estado deberá:
a) Garantizar educación de calidad e igualdad de oportunidades para las personas menores de edad.
CÓDIGO ORGÁNICO DE A ECONOMLA SOCIAL DE LAS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E INNOVACIÓN.
Articulo 40.- Acceso a Internet. - El Estado garantizará el acceso universal al servicio público de internet en los
términos previstos en la Constitución de la República. Los organismos competentes vigilarán que el precio de este
servicio sea equitativo, y establecerán los mecanismos de control y regulación correspondientes. Las universidades y
escuelas politécnicas deberán poner a disposición acceso a internet inalámbrico libre y gratuito en toda el área de sus
sedes y extensiones. Los gobiernos autónomos descentralizados deberán poner a disposición libre y gratuita de la
ciudadanía, acceso a internet inalámbrico en los espacios públicos de concurrencia masiva destinados al ocio y
entretenimiento, de acuerdo a las condiciones que establezca el reglamento correspondiente.
Ante la emergencia sanitaria que atravesó, y cuyas consecuencias se las continúa viviendo en el país, por los casos de
coronavirus confirmados y la declaratoria de pandemia de COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud
en su momento, que representan un alto riesgo de contagio para toda la ciudadanía y generan afectación a la salud y
convivencia pacífica del Estado, a fin de controlar la situación de emergencia sanitaria para garantizar los derechos de
las personas ante la inminente presencia del virus COVID-19 en Ecuador; y teniendo presente que actualmente en este
mundo globalizado la información y el conocimiento son ejes de suma importancia para el desarrollo de nuestra
sociedad; de esta manera el internet se destaca como herramienta fundamental para la acceder a todo estos campos.
También es bien conocido que el internet no solo ha modificado la ciencia, la tecnología, la industria, sino todas las
actividades de la vida humana: la cultura, el comercio, la política, el entretenimiento y la educación entre otros
Teniendo en cuenta la importancia de este tema la municipalidad del Cantón Logroño está priorizando los servicios la
construcción de puntos WIFI con acceso a Internet para la ciudadanía logroñense, donde las personas pueden acudir y
disfrutar de este servicio gratuito que esta administración ha impulsado; en especial de aquellos que se encuentran
dentro de los grupos de atención prioritaria como son los niños/as y adolescentes del cantón, que no cuentan con
recursos económicos para acceder al servicio de Internet.
El cantón Logroño, actualmente cuenta con un solo sitio con acceso a Internet gratuito, pero considerando la
necesidad creada por la pandemia y las nuevas tendencias del uso de medios informáticos, es importante fortalecer y
ampliar el este servicio de acceso al Internet gratuito, en espacios públicos, para que los niños, jóvenes y demás
personas del cantón y ciudadanía en general, sean los principales beneficiarios, logrando así tener las herramientas y
medios necesarios para acceder a la teleducación, a los servicios municipales, y a la información más relevante para
fortalecer del turismo y la producción económica local.
La Municipalidad de Logroño, a través del Departamento de Bienestar Social y Cultural, conjuntamente con la Unidad
de Sistemas, ha planificado incrementar la cobertura de Internet en espacios públicos del Cantón Logroño, priorizando
al sector rural y urbano marginales, a fin de garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las
personas. Esto en concordancia a los objetivos del plan de trabajo de la actual administración, que busca impulsar
programas integrales de atención prioritaria a los niños, mujeres y adultos mayores, programas de emprendimiento,
sean estos de origen artesanal, gastronómico, agrícola, etc.; que generen y reactiven la producción y economía, la
difusión de eventos socio culturales y deportivos entre otras cosas. que, por la situación de la emergencia sanitaria
vivida en el País, se ha fortalecido y masificado su realización a través de diferentes plataformas de Internet o medios
de comunicación.
2. ESTUDIO DE VIABILIDAD DE LA COMPRA (SITUACION ACTUAL / JUSTIFICACION DE
COMPRA):
Se deberá indicar con precisión las razones por las cuales la entidad contratante debe invertir con recursos públicos la adquisición de un
determinado bien, o la contratación de una construcción de obra, prestación de servicios o consultorías.
.- En el caso de bienes se deberá justificar la inexistencia del bien en bodega.
.- En el caso de arrendamiento de bienes se deberá justificar el beneficio institucional frente a la alternativa de adquisición.
.- Considerar Arts. 36 y 42 del nuevo Reglamento General de la LOSNCP.
Según los datos publicados por el INEC hasta Julio del 2022, el porcentaje de hogares con acceso a internet nivel nacional,
es del 60.4%, y el porcentaje de personas que utilizan internet es del 69.7%, siendo esta la población de 5 y más años que
ha usado internet en los últimos 12 meses, desde cualquier lugar.
Hogares con acceso a internet al año 2022
Nota: Datos estadísticos de los hogares con acceso a internet a nivel nacional, con una marcada diferencia del 32.1% del
sector urbano respecto al sector rural.
Persona que utilizan internet al año 2022
Nota: Personas que utilizan internet a nivel nacional, donde podemos observar que en el sector rural existe una
diferenciación del 28% menos con relación al sector urbano.
Estos datos demuestran que existe una gran brecha en el acceso al internet a nivel urbano y rural.
Logroño está entre los cantones con importantes exclusiones a los derechos de educación, salud y protección de niños/as
y adolescentes, por tal motivo con el servicio de internet que brindará el GAD de Logroño mediante este proyecto, en los
espacios públicos de las comunidades que constan en el informe técnico realizado, se asegura el derecho a la educación
de los niños, niñas y adolescentes del cantón Logroño mediante herramientas informáticas de Tele-Educación.
Es pertinente indagar cómo influye el déficit de acceso al internet en la realización de las actividades cotidianas dentro de
los hogares, entre ellas el acceso a: la comunicación entre las personas, a información en tiempo real, acceso a trámites,
consultas y pagos de servicios básicos, entre otros, a los momentos de esparcimiento y tiempo de distracción, al disfrute
de eventos a espectáculos socio culturales y deportivos, a servicios de asistencia telemedicina; por lo que es importante
mejorar y brindar el acceso a Internet para de esta manera entregar una mejor calidad de vida a los habitantes del
Cantón Logroño.
En este sentido, y por las razones anteriormente expuestas, el GAD de Logroño aportará con la implementación de una
red de telecomunicaciones inalámbrica y satelital para brindar el servicio de internet gratuito en 27 puntos estratégicos
del Cantón Logroño.
3. BENEFICIO:
Considerar la NCI 408-07 Evaluación financiera y socio-económica
“
Viabilidad Económica y Financiera: La fuente de financiamiento para el desarrollo de este proyecto será a través del
Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Logroño, el mismo que cuenta con los recursos necesarios para
ejecución en el correspondiente año 2023 de los presupuestos recibidos por concepto de trasferencia directa para la
ejecución de la competencia.
Supuestos utilizados para el cálculo: Los supuestos utilizados para el cálculo económico del costo del proyecto están
referidos a los precios de mercado, ubicación geográfica, equipamiento logístico, profesionales requeridos. Los cálculos
utilizados están bajo el supuesto que el proyecto se ejecute de acuerdo con el cronograma establecido en el Termino de
referencia
Identificación, Cuantificación y Valoración de ingresos, beneficios y costos: Los ingresos del proyecto no serán
reflejados en valores monetarios, ya que los productos esperados de este proyecto serán piezas esenciales para el
desarrollo de la cultura, turismo y productividad en el Cantón, pero de acuerdo con los beneficios que obtendremos de
este proyecto serán muy significativos:
Flujos Financieros Y Económicos: Podemos manifestar que los flujos proyectados se mantienen constantes en el
cronograma de actividades establecidas al igual que los gastos financieros no se disminuyen de acuerdo con el
presupuesto.
En medida de la ejecución del proyecto se contribuirá al ejercicio de la competencia “SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA
BRINDAR SERVICIO DE INTERNET WIFI Y SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN LOGROÑO”; además
existirán los siguientes beneficios en pro del desarrollo de los habitantes.
 Acceso a la autoeducación mediante plataformas on-line o proyectos planificados de teleeducación
 Importancia de acceder a nuevas tecnologías mediante el internet
 Herramientas para la difusión al mundo de los atractivos naturales y culturales.
 Dinamización Turística
 Posicionamiento Turístico al cantón Logroño
 Inclusión y sostenibilidad.
 Difusión de la riqueza que posee el cantón Logroño en cada localidad mediante canales virtuales
 Fomentar la difusión campañas medicas preventivas a través del Portal cautivo a mostrarse al conectarse.
 Fomento del patrimonio cultural dentro de la suscripción territorial.
 Incrementar el acceso a la información en todos sus aspectos, cultural social, político, académico, deportivo, etc.
 Formulación de nuevas alternativas de emprendimientos que dinamicen la economía de cada sector.
 Herramientas para el sano esparcimiento y entretenimiento mejorando la calidad de vida
 Herramientas para asistencia medica con programas de telemedicina
4. EFICIENCIA:
LaeficienciaesdefinidaporelDiccionariodelaRealAcademiaEspañolacomola:“Capacidaddelograrlosresultadosdeseadosconelmínimo
posible de recursos”
La Política aplicada en la suscripción territorial para la viabilidad en la ejecución de este proyecto está respaldada por la
máxima autoridad al igual que del concejo municipal, mismo que brindan todas las facilidades posibles para que la
ejecución de dicho proyecto no tenga contratiempos y puedan ser ejecutado en los tiempos establecidos y de acuerdo
con las normativas correspondientes.
La formulación de este proyecto se encuentra a cargo de profesionales multidisciplinarios, los cuales desde el aspecto
técnico han formulado cada una de las características y las actividades programadas.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Logroño cuenta con los recursos necesarios para la
ejecución de este proyecto, sustentados y respaldados por los técnicos de las diferentes pertinentes que compone el
GADM Logroño. Se ha verificado los productos necesarios para la ejecución del proyecto, mismos que cumplan con las
características necesarias para la eficiencia a fin de lograr los resultados deseados con los mínimos recursos posibles.
5. EFECTIVIDAD:
El análisis de costo-efectividad (ACE) es una forma de análisis económico que compara los costos relativos con los resultados (efectos) de dos o
más cursos de acción.
El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Logroño través de las diferentes Direcciones y por ende
por sus profesionales tiene la sostenibilidad técnica de manera efectiva, financiera para la ejecución de este proyecto, el
cual es de gran beneficio para los habitantes de las diferentes localidades del Cantón. La sostenibilidad de este proyecto
está apoyada por la Máxima autoridad al igual que del consejo municipal.
Cabe destacar que la Jefatura de Desarrollo Social y Cultural se encuentra a cargo de la elaboración, ejecución,
evaluación y seguimiento de los procesos y productos esperados en este proyecto.
El proyecto justifica alcanzar los productos esperados, logrando impulsar la reducción de la brecha tecnológica que
posee el cantón Logroño. Por lo que se determina que es sostenible y sustentable de manera técnica y financiera.
6. DETALLE DEL REQUERIMIENTO:
Detallar con precisión los ítems del objeto de contratación (no se necesita dar especificaciones técnicas)
Ítem Detalle del producto CPC Unidad Cantidad V. unit. V. total
1
INSTALACIÓN DE EQUIPOS SATELITALES Y WIFI:
84160 Unidad 27 $2,174.074 $58,700.00
2
Servicio de implementación y montaje de los 27 puntos wifi,
tanto de F.O y enlaces VSAT
84160 Unidad 27 $300.00 $8,100.00
3
Servicio de internet gratuito para los habitantes de las 27
zonas rurales y extra rurales detalladas del cantón Logroño a
través de los puntos de acceso inalámbrico a internet WI-FI
84160 Unidad 12 $4,725.00 $56,700.00
7. ENTREGAS:
.- Determinar si el objeto de contratación es divisible y susceptible de recepciones parciales.
.- Considerar Art. 316 y siguientes del nuevo Reglamento General de la LOSNCP.
ENTREGA DE PRIMEROS
PRODUCTOS:
Artículo 316.- Recepción. - En todas las recepciones a las que hace
referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de
Contratación Pública, intervendrá el administrador del contrato. En el
caso de obras, el fiscalizador está prohibido de intervenir en las
recepciones. En el caso de adquisición de bienes se sumará el
guardalmacén o la persona responsable del control de bienes. Exceptúese
de esta disposición a la recepción presunta solicitada por el contratista.70
El plazo para la
ejecución y entrega
del producto
esperado es de 30
días calendario
contados a partir
de la firma del
contrato
Se otorgará un anticipo del 70% del valor del contrato, en un plazo de 30
días previa firma del contrato y entrega de garantías por el mismo valor
en una de las formas previstas en la LOSNCP
El pago del 30% restante se lo hará luego de la presentación del
equipamiento e infraestructura instalada y operativa, previa presentación
de informe de la contratista y aprobada por el administrador del contrato,
informe del administrador del contrato, la suscripción del acta entrega
recepción y entrega de la factura correspondiente.
El Gad Municipal del Cantón Logroño luego de ejecutar el proyecto
denominado PROYECTO SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA BRINDAR
SERVICIO DE INTERNET WIFI Y SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS
PÚBLICOS DEL CANTÓN LOGROÑO, contará con 16 puntos de Internet
Gratuito Wifi con un ancho de banda de individual de 50/30Mbps y
compartición 2:1, mediante F O cuyos puntos considerados están ubicados
en el: casco urbano de Logroño y comunidades de la Parroquia Shimpis,
todas estas de acceso carrozable., En la parroquia Yaupi, se implementará
11 enlaces VSAT
Cada punto de internet wifi deberá contar con un Punto de Acceso, que
tendrá un radio de cobertura de 300m. Dependiendo de la geografía del
lugar que permita tener 750 usuarios simultáneos.
En cada punto habrá servicio de Internet durante 12 meses, después de la
etapa de instalación.
Se instalará el servicio Hot Spot, que permitirá a la municipalidad
monitorear el servicio de internet de cada uno de los 27 puntos de Internet
Wifi y satelital durante el tiempo de la vigencia del contrato.
El proveedor garantizará la disponibilidad del servicio de internet, con
soporte técnico que estará disponible durante el tiempo que dure el servicio,
siendo este de manera, presencial o remota dependiendo del caso.
Todos los equipos utilizados en la red deberán quedar instalados,
configurados y operativos en cada una de las ubicaciones correspondientes,
verificando su correcto funcionamiento en la fase de puesta a producción de
cada punto instalado.
El oferente deberá contar con personal certificados en las marcas de los
equipos que forman parte de su propuesta técnica y que tengan experiencia y
conocimientos de la instalación de la solución propuesta.
8. GARANTÍAS:
.- Revisar los Arts. 74, 75 y 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP-
.- Considerar los Arts. 260 al 265 del nuevo Reglamento General de la LOSNCP.
a) Anticipo X
b) Técnica X
c) Fiel cumplimiento X
Observaciones sobre
las garantías: La garantía técnica deberá ser del fabricante, no se aceptará otras alternativas.
Forma de Garantía:
Revisar Art. 73 de la LOSNCP
En forma previa a la suscripción de los contratos derivados de los procedimientos, se deberán
presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo con lo previsto en los artículos 74, 75 y 76
de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en cualquiera de las formas
contempladas en el artículo 73 ibidem.
Garantía de asesoramiento
(Aplica exclusivamente para la
contratación de consultoría de
estudios previos en obras).
Considerar: NCI 408-34 y Arts. 284
al 295 de la codificación de las
resoluciones.
De acuerdo a los artículos del 284 al 295 de la Codificación de las Resoluciones.
9. TIPO DE ADJUDICACIÓN:
Aplica en procedimientos de ferias inclusivas, licitación y cotización
a) Total X b) Parcial
10. REAJUSTE DE PRECIOS:
Revisar los Arts. 82 y 83 de la LOSNCP y Art. 267 al 284 del nuevo Reglamento General de la LOSNCP.
Aplica: SI NO x
Porque el plazo de entrega es inmediato, no existe riesgo de atentar a la ecuación financiera del
contrato.
Fórmula:
11. MULTAS:
a) Retraso injustificado
porcentaje diario:
1 x 1000 del valor del contrato
b) justificación: Es un porcentaje prudente de acuerdo nivel de gravedad del incumplimiento.
Otras causas: (Determine todas las
causas que puedan ocasionar daño a la
Administración Pública por cualquier clase de
incumplimiento por parte del contratista y
que ameriten la aplicación de una multa; se
deberá tipificar la conducta y la multa
correspondiente en cada caso)
No aplica
No aplica
12. CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE PRODUCTO EN CATALOGO ELECTRONICO: (exclusivo
para la unidad de Compras Públicas)
¿Los productos detallados en el numeral 3 del
Formulario constan en el catálogo electrónico?
Si No X
13. CERTIFICACIÓN DE INEXISTENCIA DE BIENES EN BODEGA STOCK Y ROTACION
Si No X
14. RESPONSABILIDAD DEL REQUERIMIENTO:
Elaborado por: Diego Illanes Supervisado por: Jaime Etsa
Cargo: Técnico en Telecomunicaciones Cargo: Jefe de Desarrollo Social y Cultural
15. ANEXOS
No
Tipo de documento
No. hojas
01 Términos de Referencia 10
02 Estudio de Mercado 14
TOTA 24
',(*2
)(51$1'2
,//$1(6+,48,1
)LUPDGRGLJLWDOPHQWHSRU',(*2
)(51$1'2,//$1(6+,48,1
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+,48,1F (O 382
0RWLYR6RHODXWRUGHHVWHGRFXPHQWR
8ELFDFLyQ
)HFKD
JAIME PEDRO
ETSA WAJARAI
Firmado digitalmente por
JAIME PEDRO ETSA WAJARAI
Fecha: 2023.03.24 12:03:05
-05'00'

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  • 1. GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LOGROÑO FORMULARIO DE DETERMINACIÓN DE LA NECESIDAD Fundamento: Nuevo Reglamento de Contratación Pública, Art. 44 No. DI- 2023-0001 TIPO DE PRODUCTO: BIEN X SERVICIO X OBRA CONSULTORIA x IDENTIFICACION DEL OBJETO: No anteponer verbos como “contratar” o “adquirir”, simplemente se deberá determinar el objeto de la contratación. Considerar Art. 48 del nuevo Reglamento. Ejecución del Proyecto “SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA BRINDAR SERVICIO DE INTERNET WIFI Y SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN LOGROÑO”. CÓDIGO CPC: (Clasificador Central de Productos) Revisar Art. 104.1 de la Codificación SERCOP 84160 / 84190 FECHA: (día/mes/año) 24 de Marzo del 2023 AREA REQUIRENTE: Jefatura de Desarrollo Social y Cultural. RESPONSABLE DEL ÁREA REQUIRENTE: Determinar cuál es el área requirente de acuerdo a la estructura organizacional de la entidad contratante. Nombre del titular del área requirente Cargo del funcionario Lic. Jaime Etsa Jefe de Desarrollo Social y Cultural. RESPONSABLE DEL REQUERIMIENTO: Observar la NCI 200-06 (un técnico afín al objeto de contratación deberá elaborar el presente requerimiento junto con los estudios previos a los que hace referencia el Art. 23 LOSNCP). Nombre del funcionario responsable del requerimiento Cargo del funcionario Lic. Jaime Etsa Jefe de Desarrollo Social y Cultural. ¿Quién generó la necesidad? Se deberá indicar con precisión de donde surgió la necesidad de contratación, pueden ser las mismas áreas de la institución o incluso áreas externas de la institución. Jefatura de Desarrollo Social y Cultural REQUERIMIENTO: Utilizar correctamente el lenguaje: Adquisición (para bienes) Contratación (para servicios, consultorías y construcción de obras) Contratación de Bienes y Servicios para la ejecución del Proyecto “SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA BRINDAR SERVICIO DE INTERNET WIFI Y SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN LOGROÑO”. Proyecto CUP: (Código Único de Proyecto) (Aplica en proyectos de inversión) Conforme Art. 118 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas. (Se deberá adjuntar proyecto en formato SENPLADES). No aplica.
  • 2. 1. ANTECEDENTES: Se deberá redactar los antecedentes de la entidad contratante indicando las normas jurídicas que regulan su actividad institucional, así como un breve resumen de la necesidad imperante de adquirir o contratar el objeto de contratación. Con Decreto Ejecutivo Nro. 1017 del 16 de marzo de 2020, el Señor presidente de la República Decreta: "Articulo 1.- DECLARESE el estado de excepción por calamidad pública en todo el territorio nacional, por los casos de coronavirus confirmados y a declaratoria de pandemia de COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud, que representan un alto riesgo de contagio para toda la ciudadanía y generan afectación a los derechos a la salud y convivencia pacífica del Estado, a fin de controlar la situación de emergencia sanitaria para garantizar los derechos de las personas ante la inminente presencia del virus COVID-19 en Ecuador"; (...). "Articulo 3.-SUSPENDER el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito y el derecho a la libertad de asociación y reunión (...)"; El COE Nacional, en sesión permanente del viernes 11 de septiembre de 2020, por unanimidad de los miembros plenos, resolvió: Al cumplirse el plazo de vigencia de la renovación del estado de excepción emitido mediante Decreto Ejecutivo 1126, el Dictamen Constitucional Nro. 5-20-EE/20 y en estricta observancia al artículo 226 de la Constitución de la República, (...) los organismos e instituciones del Estado Central y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, en ejercicio de sus atribuciones, deberán desarrollar e implementar normativas y políticas públicas que se adecúen al régimen ordinario para enfrentar la crisis sanitaria, de forma coordinada. 5. A fin de mantener las acciones que han permitido reducir el impacto de la pandemia, el COE Nacional, presenta los lineamientos específicos que cada autoridad debe tomar en consideración al momento de expedir los instrumentos legales y de política pública pertinentes. 5.3 Sistema educativo nacional: Se mantendrán suspendidas las clases de manera presencial, continuamos con las clases bajo la modalidad virtual - remota, 4 cumpliendo con el Plan Educativo COVID-19. Se mantiene a autorización de planes piloto realizada por el COE Nacional se podrán incorporar nuevas instituciones y nuevas modalidades en ese piloto, el retorno a clases será opcional, las instituciones educativas deben garantizar también modalidades de educación virtual. 5.5 Trabajo: Personas en condiciones de vulnerabilidad o grupo de atención prioritaria: De conformidad con el "Protocolo de Seguridad y Salud en el Trabajo para el sector público y privado", aprobado por el Ministerio de Salud Púbica y Ministerio del Trabajo, las personas que se encuentran en condiciones de vulnerabilidad y grupos de atención prioritaria, conforme lo indica el documento, que no deben asistir al lugar de trabajo (...). Conforme al Suplemento del Registro Oficial No. 303 del 19 de octubre de 2010, se publicó el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, el mismo que establece en sus artículos: Art. 361.- En la prestación de sus servicios los gobiernos autónomos descentralizados, con el apoyo de sus respectivas entidades asociativas, emprenderán un proceso progresivo de aplicación de los sistemas de gobierno y democracia digital, aprovechando de las tecnologías disponibles. Art. 362.- Los gobiernos autónomos descentralizados propiciarán el uso masivo de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de los titulares de derechos y los agentes productivos, de la educación, la cultura, la salud y las actividades de desarrollo social, incrementando la eficacia y la eficiencia individual y colectiva del quehacer humano EN EL COOTAD, DENTRO DE LAS FUNCIONES DE GOBIERNO Y DEMOCRACIA DIGITAL Art. 54.- Funciones. - Son funciones del gobierno autónomo descentralizado municipal las siguientes: a) "Promover el desarrollo sustentable de su circunscripción territorial cantonal, para garantizar la realización del buen vivir a través de la implementación de políticas públicas cantonales, en el marco de sus competencias constitucionales y legales"; b) Diseñar e implementar políticas de promoción y construcción de equidad e inclusión en su territorio, en el marco de sus competencias constitucionales y legales. f) Ejecutar las competencias exclusivas y concurrentes reconocidas por la Constitución y la ley y en dicho
  • 3. marco, prestar los servicios públicos y construir la obra pública cantonal correspondiente con criterios de calidad, eficacia y eficiencia, observando los principios de universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad, solidaridad, interculturalidad, subsidiariedad, participación y equidad; Regular, controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal en coordinación con los demás gobiernos autónomos descentralizados, promoviendo especialmente la creación y funcionamiento de organizaciones asociativas y empresas comunitarias de turismo; Promover los procesos de desarrollo económico local en su jurisdicción, poniendo una atención especial en el sector de la economía social y solidaria, para lo cual coordinará con los otros niveles de gobierno; Regular, fomentar, autorizar y controlar el ejercicio de actividades económicas, empresariales o profesionales, que se desarrollen en locales ubicados en la circunscripción territorial cantonal con el objeto de precautelar los derechos de la colectividad; Promover y patrocinar las culturas, las artes, actividades deportivas y recreativas en beneficio de la colectividad del cantón; Art. 148.- Ejercicio de las competencias de protección integral a la niñez y adolescencia. - Los gobiernos autónomos descentralizados ejercerán las competencias destinadas a asegurar los derechos de niñas, niños y adolescentes que les sean atribuidas por la Constitución, este Código y el Consejo Nacional de Competencias en coordinación con la ley que regule el sistema nacional descentralizado de protección integral de la niñez y a adolescencia. Para el efecto, se observará estrictamente el ámbito de acción determinado en este Código para cada nivel de gobierno y se garantizará la organización y participación protagónica de niños, niñas, adolescentes, padres, madres y sus familias, como los titulares de estos derechos. Art. 144.- Ejercicio de la competencia de preservar, mantener y difundir el patrimonio cultural. - Corresponde a los gobiernos autónomos descentralizados municipales, formular, aprobar, ejecutar y evaluar los planes, programas y proyectos destinados a la preservación, mantenimiento y difusión del patrimonio arquitectónico, cultural y natural, Art. 363.- Los gobiernos autónomos descentralizados realizarán procesos para asegurar progresivamente a la comunidad la prestación de servicios electrónicos acordes con el desarrollo de las tecnologías. Los servicios electrónicos que podrán prestar los gobiernos autónomos descentralizados son: información, correspondencia, consultas, trámites, transacciones, gestión de servicios públicos, teleeducación, telemedicina, actividades económicas, actividades sociales y actividades culturales, entre otras. Los gobiernos autónomos descentralizados dotarán servicios de banda libre para el uso de redes inalámbricas en espacios públicos. Art. 37.- Derecho a la educación. - Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Este derecho demanda de un sistema educativo que: 1. Garantice el acceso y permanencia de todo niño y niña a la educación básica, así como del adolescente hasta el bachillerato o su equivalente; Art. 58.- Políticas nacionales. En el diseño de las políticas educativas nacionales, el Estado deberá: a) Garantizar educación de calidad e igualdad de oportunidades para las personas menores de edad. CÓDIGO ORGÁNICO DE A ECONOMLA SOCIAL DE LAS CONOCIMIENTOS, CREATIVIDAD E INNOVACIÓN. Articulo 40.- Acceso a Internet. - El Estado garantizará el acceso universal al servicio público de internet en los términos previstos en la Constitución de la República. Los organismos competentes vigilarán que el precio de este servicio sea equitativo, y establecerán los mecanismos de control y regulación correspondientes. Las universidades y escuelas politécnicas deberán poner a disposición acceso a internet inalámbrico libre y gratuito en toda el área de sus sedes y extensiones. Los gobiernos autónomos descentralizados deberán poner a disposición libre y gratuita de la ciudadanía, acceso a internet inalámbrico en los espacios públicos de concurrencia masiva destinados al ocio y entretenimiento, de acuerdo a las condiciones que establezca el reglamento correspondiente.
  • 4. Ante la emergencia sanitaria que atravesó, y cuyas consecuencias se las continúa viviendo en el país, por los casos de coronavirus confirmados y la declaratoria de pandemia de COVID-19 por parte de la Organización Mundial de la Salud en su momento, que representan un alto riesgo de contagio para toda la ciudadanía y generan afectación a la salud y convivencia pacífica del Estado, a fin de controlar la situación de emergencia sanitaria para garantizar los derechos de las personas ante la inminente presencia del virus COVID-19 en Ecuador; y teniendo presente que actualmente en este mundo globalizado la información y el conocimiento son ejes de suma importancia para el desarrollo de nuestra sociedad; de esta manera el internet se destaca como herramienta fundamental para la acceder a todo estos campos. También es bien conocido que el internet no solo ha modificado la ciencia, la tecnología, la industria, sino todas las actividades de la vida humana: la cultura, el comercio, la política, el entretenimiento y la educación entre otros Teniendo en cuenta la importancia de este tema la municipalidad del Cantón Logroño está priorizando los servicios la construcción de puntos WIFI con acceso a Internet para la ciudadanía logroñense, donde las personas pueden acudir y disfrutar de este servicio gratuito que esta administración ha impulsado; en especial de aquellos que se encuentran dentro de los grupos de atención prioritaria como son los niños/as y adolescentes del cantón, que no cuentan con recursos económicos para acceder al servicio de Internet. El cantón Logroño, actualmente cuenta con un solo sitio con acceso a Internet gratuito, pero considerando la necesidad creada por la pandemia y las nuevas tendencias del uso de medios informáticos, es importante fortalecer y ampliar el este servicio de acceso al Internet gratuito, en espacios públicos, para que los niños, jóvenes y demás personas del cantón y ciudadanía en general, sean los principales beneficiarios, logrando así tener las herramientas y medios necesarios para acceder a la teleducación, a los servicios municipales, y a la información más relevante para fortalecer del turismo y la producción económica local. La Municipalidad de Logroño, a través del Departamento de Bienestar Social y Cultural, conjuntamente con la Unidad de Sistemas, ha planificado incrementar la cobertura de Internet en espacios públicos del Cantón Logroño, priorizando al sector rural y urbano marginales, a fin de garantizar una vida digna con iguales oportunidades para todas las personas. Esto en concordancia a los objetivos del plan de trabajo de la actual administración, que busca impulsar programas integrales de atención prioritaria a los niños, mujeres y adultos mayores, programas de emprendimiento, sean estos de origen artesanal, gastronómico, agrícola, etc.; que generen y reactiven la producción y economía, la difusión de eventos socio culturales y deportivos entre otras cosas. que, por la situación de la emergencia sanitaria vivida en el País, se ha fortalecido y masificado su realización a través de diferentes plataformas de Internet o medios de comunicación.
  • 5. 2. ESTUDIO DE VIABILIDAD DE LA COMPRA (SITUACION ACTUAL / JUSTIFICACION DE COMPRA): Se deberá indicar con precisión las razones por las cuales la entidad contratante debe invertir con recursos públicos la adquisición de un determinado bien, o la contratación de una construcción de obra, prestación de servicios o consultorías. .- En el caso de bienes se deberá justificar la inexistencia del bien en bodega. .- En el caso de arrendamiento de bienes se deberá justificar el beneficio institucional frente a la alternativa de adquisición. .- Considerar Arts. 36 y 42 del nuevo Reglamento General de la LOSNCP. Según los datos publicados por el INEC hasta Julio del 2022, el porcentaje de hogares con acceso a internet nivel nacional, es del 60.4%, y el porcentaje de personas que utilizan internet es del 69.7%, siendo esta la población de 5 y más años que ha usado internet en los últimos 12 meses, desde cualquier lugar. Hogares con acceso a internet al año 2022 Nota: Datos estadísticos de los hogares con acceso a internet a nivel nacional, con una marcada diferencia del 32.1% del sector urbano respecto al sector rural. Persona que utilizan internet al año 2022 Nota: Personas que utilizan internet a nivel nacional, donde podemos observar que en el sector rural existe una diferenciación del 28% menos con relación al sector urbano. Estos datos demuestran que existe una gran brecha en el acceso al internet a nivel urbano y rural.
  • 6. Logroño está entre los cantones con importantes exclusiones a los derechos de educación, salud y protección de niños/as y adolescentes, por tal motivo con el servicio de internet que brindará el GAD de Logroño mediante este proyecto, en los espacios públicos de las comunidades que constan en el informe técnico realizado, se asegura el derecho a la educación de los niños, niñas y adolescentes del cantón Logroño mediante herramientas informáticas de Tele-Educación. Es pertinente indagar cómo influye el déficit de acceso al internet en la realización de las actividades cotidianas dentro de los hogares, entre ellas el acceso a: la comunicación entre las personas, a información en tiempo real, acceso a trámites, consultas y pagos de servicios básicos, entre otros, a los momentos de esparcimiento y tiempo de distracción, al disfrute de eventos a espectáculos socio culturales y deportivos, a servicios de asistencia telemedicina; por lo que es importante mejorar y brindar el acceso a Internet para de esta manera entregar una mejor calidad de vida a los habitantes del Cantón Logroño. En este sentido, y por las razones anteriormente expuestas, el GAD de Logroño aportará con la implementación de una red de telecomunicaciones inalámbrica y satelital para brindar el servicio de internet gratuito en 27 puntos estratégicos del Cantón Logroño. 3. BENEFICIO: Considerar la NCI 408-07 Evaluación financiera y socio-económica “ Viabilidad Económica y Financiera: La fuente de financiamiento para el desarrollo de este proyecto será a través del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Logroño, el mismo que cuenta con los recursos necesarios para ejecución en el correspondiente año 2023 de los presupuestos recibidos por concepto de trasferencia directa para la ejecución de la competencia. Supuestos utilizados para el cálculo: Los supuestos utilizados para el cálculo económico del costo del proyecto están referidos a los precios de mercado, ubicación geográfica, equipamiento logístico, profesionales requeridos. Los cálculos utilizados están bajo el supuesto que el proyecto se ejecute de acuerdo con el cronograma establecido en el Termino de referencia Identificación, Cuantificación y Valoración de ingresos, beneficios y costos: Los ingresos del proyecto no serán reflejados en valores monetarios, ya que los productos esperados de este proyecto serán piezas esenciales para el desarrollo de la cultura, turismo y productividad en el Cantón, pero de acuerdo con los beneficios que obtendremos de este proyecto serán muy significativos: Flujos Financieros Y Económicos: Podemos manifestar que los flujos proyectados se mantienen constantes en el cronograma de actividades establecidas al igual que los gastos financieros no se disminuyen de acuerdo con el presupuesto.
  • 7. En medida de la ejecución del proyecto se contribuirá al ejercicio de la competencia “SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA BRINDAR SERVICIO DE INTERNET WIFI Y SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN LOGROÑO”; además existirán los siguientes beneficios en pro del desarrollo de los habitantes.  Acceso a la autoeducación mediante plataformas on-line o proyectos planificados de teleeducación  Importancia de acceder a nuevas tecnologías mediante el internet  Herramientas para la difusión al mundo de los atractivos naturales y culturales.  Dinamización Turística  Posicionamiento Turístico al cantón Logroño  Inclusión y sostenibilidad.  Difusión de la riqueza que posee el cantón Logroño en cada localidad mediante canales virtuales  Fomentar la difusión campañas medicas preventivas a través del Portal cautivo a mostrarse al conectarse.  Fomento del patrimonio cultural dentro de la suscripción territorial.  Incrementar el acceso a la información en todos sus aspectos, cultural social, político, académico, deportivo, etc.  Formulación de nuevas alternativas de emprendimientos que dinamicen la economía de cada sector.  Herramientas para el sano esparcimiento y entretenimiento mejorando la calidad de vida  Herramientas para asistencia medica con programas de telemedicina 4. EFICIENCIA: LaeficienciaesdefinidaporelDiccionariodelaRealAcademiaEspañolacomola:“Capacidaddelograrlosresultadosdeseadosconelmínimo posible de recursos” La Política aplicada en la suscripción territorial para la viabilidad en la ejecución de este proyecto está respaldada por la máxima autoridad al igual que del concejo municipal, mismo que brindan todas las facilidades posibles para que la ejecución de dicho proyecto no tenga contratiempos y puedan ser ejecutado en los tiempos establecidos y de acuerdo con las normativas correspondientes. La formulación de este proyecto se encuentra a cargo de profesionales multidisciplinarios, los cuales desde el aspecto técnico han formulado cada una de las características y las actividades programadas. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Logroño cuenta con los recursos necesarios para la ejecución de este proyecto, sustentados y respaldados por los técnicos de las diferentes pertinentes que compone el GADM Logroño. Se ha verificado los productos necesarios para la ejecución del proyecto, mismos que cumplan con las características necesarias para la eficiencia a fin de lograr los resultados deseados con los mínimos recursos posibles. 5. EFECTIVIDAD: El análisis de costo-efectividad (ACE) es una forma de análisis económico que compara los costos relativos con los resultados (efectos) de dos o más cursos de acción. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Logroño través de las diferentes Direcciones y por ende por sus profesionales tiene la sostenibilidad técnica de manera efectiva, financiera para la ejecución de este proyecto, el cual es de gran beneficio para los habitantes de las diferentes localidades del Cantón. La sostenibilidad de este proyecto está apoyada por la Máxima autoridad al igual que del consejo municipal. Cabe destacar que la Jefatura de Desarrollo Social y Cultural se encuentra a cargo de la elaboración, ejecución, evaluación y seguimiento de los procesos y productos esperados en este proyecto. El proyecto justifica alcanzar los productos esperados, logrando impulsar la reducción de la brecha tecnológica que posee el cantón Logroño. Por lo que se determina que es sostenible y sustentable de manera técnica y financiera.
  • 8. 6. DETALLE DEL REQUERIMIENTO: Detallar con precisión los ítems del objeto de contratación (no se necesita dar especificaciones técnicas) Ítem Detalle del producto CPC Unidad Cantidad V. unit. V. total 1 INSTALACIÓN DE EQUIPOS SATELITALES Y WIFI: 84160 Unidad 27 $2,174.074 $58,700.00 2 Servicio de implementación y montaje de los 27 puntos wifi, tanto de F.O y enlaces VSAT 84160 Unidad 27 $300.00 $8,100.00 3 Servicio de internet gratuito para los habitantes de las 27 zonas rurales y extra rurales detalladas del cantón Logroño a través de los puntos de acceso inalámbrico a internet WI-FI 84160 Unidad 12 $4,725.00 $56,700.00 7. ENTREGAS: .- Determinar si el objeto de contratación es divisible y susceptible de recepciones parciales. .- Considerar Art. 316 y siguientes del nuevo Reglamento General de la LOSNCP. ENTREGA DE PRIMEROS PRODUCTOS: Artículo 316.- Recepción. - En todas las recepciones a las que hace referencia el artículo 81 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, intervendrá el administrador del contrato. En el caso de obras, el fiscalizador está prohibido de intervenir en las recepciones. En el caso de adquisición de bienes se sumará el guardalmacén o la persona responsable del control de bienes. Exceptúese de esta disposición a la recepción presunta solicitada por el contratista.70 El plazo para la ejecución y entrega del producto esperado es de 30 días calendario contados a partir de la firma del contrato Se otorgará un anticipo del 70% del valor del contrato, en un plazo de 30 días previa firma del contrato y entrega de garantías por el mismo valor en una de las formas previstas en la LOSNCP El pago del 30% restante se lo hará luego de la presentación del equipamiento e infraestructura instalada y operativa, previa presentación de informe de la contratista y aprobada por el administrador del contrato, informe del administrador del contrato, la suscripción del acta entrega recepción y entrega de la factura correspondiente. El Gad Municipal del Cantón Logroño luego de ejecutar el proyecto denominado PROYECTO SOLUCIÓN TECNOLÓGICA PARA BRINDAR SERVICIO DE INTERNET WIFI Y SATELITAL GRATUITO EN ESPACIOS PÚBLICOS DEL CANTÓN LOGROÑO, contará con 16 puntos de Internet Gratuito Wifi con un ancho de banda de individual de 50/30Mbps y compartición 2:1, mediante F O cuyos puntos considerados están ubicados en el: casco urbano de Logroño y comunidades de la Parroquia Shimpis, todas estas de acceso carrozable., En la parroquia Yaupi, se implementará 11 enlaces VSAT Cada punto de internet wifi deberá contar con un Punto de Acceso, que tendrá un radio de cobertura de 300m. Dependiendo de la geografía del lugar que permita tener 750 usuarios simultáneos. En cada punto habrá servicio de Internet durante 12 meses, después de la etapa de instalación.
  • 9. Se instalará el servicio Hot Spot, que permitirá a la municipalidad monitorear el servicio de internet de cada uno de los 27 puntos de Internet Wifi y satelital durante el tiempo de la vigencia del contrato. El proveedor garantizará la disponibilidad del servicio de internet, con soporte técnico que estará disponible durante el tiempo que dure el servicio, siendo este de manera, presencial o remota dependiendo del caso. Todos los equipos utilizados en la red deberán quedar instalados, configurados y operativos en cada una de las ubicaciones correspondientes, verificando su correcto funcionamiento en la fase de puesta a producción de cada punto instalado. El oferente deberá contar con personal certificados en las marcas de los equipos que forman parte de su propuesta técnica y que tengan experiencia y conocimientos de la instalación de la solución propuesta. 8. GARANTÍAS: .- Revisar los Arts. 74, 75 y 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública -LOSNCP- .- Considerar los Arts. 260 al 265 del nuevo Reglamento General de la LOSNCP. a) Anticipo X b) Técnica X c) Fiel cumplimiento X Observaciones sobre las garantías: La garantía técnica deberá ser del fabricante, no se aceptará otras alternativas. Forma de Garantía: Revisar Art. 73 de la LOSNCP En forma previa a la suscripción de los contratos derivados de los procedimientos, se deberán presentar las garantías que fueren aplicables de acuerdo con lo previsto en los artículos 74, 75 y 76 de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en cualquiera de las formas contempladas en el artículo 73 ibidem. Garantía de asesoramiento (Aplica exclusivamente para la contratación de consultoría de estudios previos en obras). Considerar: NCI 408-34 y Arts. 284 al 295 de la codificación de las resoluciones. De acuerdo a los artículos del 284 al 295 de la Codificación de las Resoluciones. 9. TIPO DE ADJUDICACIÓN: Aplica en procedimientos de ferias inclusivas, licitación y cotización a) Total X b) Parcial 10. REAJUSTE DE PRECIOS: Revisar los Arts. 82 y 83 de la LOSNCP y Art. 267 al 284 del nuevo Reglamento General de la LOSNCP. Aplica: SI NO x Porque el plazo de entrega es inmediato, no existe riesgo de atentar a la ecuación financiera del contrato. Fórmula: 11. MULTAS: a) Retraso injustificado porcentaje diario: 1 x 1000 del valor del contrato b) justificación: Es un porcentaje prudente de acuerdo nivel de gravedad del incumplimiento.
  • 10. Otras causas: (Determine todas las causas que puedan ocasionar daño a la Administración Pública por cualquier clase de incumplimiento por parte del contratista y que ameriten la aplicación de una multa; se deberá tipificar la conducta y la multa correspondiente en cada caso) No aplica No aplica 12. CERTIFICADO DE INEXISTENCIA DE PRODUCTO EN CATALOGO ELECTRONICO: (exclusivo para la unidad de Compras Públicas) ¿Los productos detallados en el numeral 3 del Formulario constan en el catálogo electrónico? Si No X 13. CERTIFICACIÓN DE INEXISTENCIA DE BIENES EN BODEGA STOCK Y ROTACION Si No X 14. RESPONSABILIDAD DEL REQUERIMIENTO: Elaborado por: Diego Illanes Supervisado por: Jaime Etsa Cargo: Técnico en Telecomunicaciones Cargo: Jefe de Desarrollo Social y Cultural 15. ANEXOS No Tipo de documento No. hojas 01 Términos de Referencia 10 02 Estudio de Mercado 14 TOTA 24 ',(*2 )(51$1'2 ,//$1(6+,48,1 )LUPDGRGLJLWDOPHQWHSRU',(*2 )(51$1'2,//$1(6+,48,1 '1FQ ',(*2)(51$1'2,//$1(6 +,48,1F (O 382 0RWLYR6RHODXWRUGHHVWHGRFXPHQWR 8ELFDFLyQ )HFKD JAIME PEDRO ETSA WAJARAI Firmado digitalmente por JAIME PEDRO ETSA WAJARAI Fecha: 2023.03.24 12:03:05 -05'00'