SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 37
Descargar para leer sin conexión
CLUB DEPORTIVO DE CRIADORES
               DEL PALOMOS
            LADINO SEVILLANO
         Ante el deterioro que sufre el palomo denominado Ladino
Sevillano debido a la degradación que durante estos últimos 32
años ha sido objeto, bajo la tutela de la Federación Española ,
condenándolos a ser expuestos, como meras aves de fantasía, y
no reconociéndoles, su vuelo, y sus facultades, para la práctica de
ese Deporte ancestral , denominado el Juego y Vuelo de Nuestras
Buchonas, cuyo referente histórico y primigenio son las Reales
Ordenanzas de Cádiz de 1759.- en sus especialidades, la Suelta, el
Hembreo y el Zuriteo. Hasta el punto que no se contemplan en
ninguno de los Reglamentos de Competición de ninguna de las
Federaciones existentes en nuestro País.
         Un grupo de aficionados a estas prácticas tan andaluza,
tomamos la determinación, de crear un club que aglutinara, todas
las iniciativas, dimanantes de cuantos aficionados están alrededor
de estos ejemplares.
         Nace así el Club Deportivo de Criadores del Palomo Ladino
Sevillano, en el seno de otro proyecto más ambicioso, recuperar
esas prácticas anteriormente descritas,         con     todos    los
ejemplares, pertenecientes a los palomos de Raza Autóctonas
Andaluzas, los únicos que se han conservado debido a la mala
praxis llevada a cabo por la Federación Española, que a lo largo de
todos estos años, solo ha venido a exterminar, cuantos palomos
Ladinos, existían en el Levante Español, para lograr la hegemonía,
por encima de todo, de ese palomo denominado Pica o Deportivo.
         El Jueves 27 de diciembre del 2.007.- se presenta ante la
Consejería de Turismo, Comercio y Deportes de nuestra Autonomía
la solicitud de inscripción del precitado Club; siendo reconocido el
17 de enero del 2.008.- e inscrito en el Registro de Entidades
Deportivas de Andalucía con el número 15.932.-
         Este proyecto tiene tres objetivos bien definidos,
coincidentes con el Club matriz en el que estamos plenamente
integrados. (C.D.C.P.R.A.A.)
         a) La concesión por parte de las Autoridades Autonómicas
de una Modalidad Deportiva propia denominada el Vuelo de
Nuestras Buchonas, (La Suelta, El Hembreo y El Zuriteo), debido a
nuestra tradición y arraigo popular, valores que nunca debemos

                                 1
olvidar.
        b) La Declaración de Raza Autóctona Andaluza del palomo
Ladino Sevillano, por parte de nuestras Autoridades, y su inclusión
en los Catálogos de Razas Autóctonas Continentales, dimanantes
de la F.A.O.
        c) La Declaración de Utilidad Pública de nuestro Palomo,
dado que estos ejemplares, mediante nuestras prácticas, son el
mejor control sobre las palomas urbanas o mundanas.
        De nuestro esfuerzo colectivo, la experta mano de nuestros
aficionados, y las enseñanzas de cuantos nos precedieron,
lograremos que estos ejemplares vuelvan a brillar con luz propia,
para gozo de cuantos hoy estamos implicados en este proyecto y
pertenecemos a este Club.



           EL PRESIDENTE




                                2
PATRON RACIAL DEL PALOMO
                   LADINO SEVILANO

                         INTRODUCION:
        Son muchas las citas históricas hechas hacia estos
ejemplares, representante extemporáneo de la afición Sevillana, y
como no podía ser de otra forma, tenemos la primera mención
escrita de la cual     hemos recuperado un fragmento de la
traducción del tratado de IBN´ABDÜM sobre la Sevilla del siglo
XII, y en su norma 141, ya nos habla de la existencia del palomo
ladrón en Sevilla.

        “Prohíbase en absoluto la venta de palomos ladrones
que no emplean más que la gentes amante de lo ajeno y sin
religión así como la venta de gatos si de algún tratante se
sabe que es trapacero y que no obra como debe, échesele
del zoco por ladrón, vigílesele y no se le emplee”

        Sería fácil decir, que visto las acepciones gramaticales de
dicha palabra, y su contexto, en aquella época, al susodicho
palomo el vulgo lo llamaba palomo ladino, pero no sería honesto
asentirlo así, sin antes no haber comprobado, en la literatura
histórica, un pasaje de la obra de Ros de Olano (1808-1886), en
su obra Maese Cornelio Tácito, donde hace una comparación , y
llama por su nombre tal actitud y tales instintos , si bien , en un
símil de la época , y llevado a la novela ; y es en esta obra, donde
nombra por única vez comprobada y hasta ahora, la palabra
palomo ladino y sus cualidades .

       “Estaba más alto que un palomar. Entró, y dijo: «que
me chupen brujas, si no adivino lo que anda". Y arrulló de
buche profundo, como palomo ladino, a la sastresa. "No
está la Magdalena para tafetanes", le respondió ella; y dice
que pió el sastre de pura necesidad.”

        El juego de las palomas buchonas o ladinas es muy antiguo
en nuestra región, contando con las Normas más antiguas, para el
divertimento entendido como deporte, nos referimos a LAS
NORMAS DE HEMBREO PARA LA CIUDAD DE CADIZ DE
1759.- Estas normas son el referente del deporte de las palomas
                                 3
en España. Es el compendio de normas, más antiguo que se
conoce. En algunas regiones como Valencia y Murcia, son
publicadas, sendas ordenanzas a semejanza de las andaluzas, con
uno y dos siglos posteriores a estas. Por lo que podemos afirmar,
“Andalucía es el referente de este deporte en la historia de
España “

        No siempre ha sido bien entendida nuestra afición por
estos palomos, y la historia está llena de escollos y prohibiciones.

        Ya en Cádiz el 13 de. Mayo de 1829, se establece por
sentencia el decreto del día 14 del mismo año, donde se le obliga a
las autoridades a poner en práctica dichas Ordenanzas.

        LA REAL ORDEN LA GACETA DE MADRID NUMERO
263 DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 1928.- Restringe la
constitución y el funcionamiento de entidades u organizaciones
que se dedicasen a la cría y vuelo de las palomas buchonas,
Laudinas y ladronas.

       Y la premonición se cumple el 31 de enero de 1932.-; es
un día negro, para nuestra afición, al prohibirse, por Decreto
nuestras prácticas así nos lo dicta la Gaceta de Madrid en el
número 1 de esa fecha: “Es lamentable que esa protección
decidida origine un perjuicio a la paloma denominada
BUCHONA o LADINA al prohibir su uso y vuelo en su artículo
10, pero forzoso es sacrificar las conveniencias particulares
de algunos a los indiscutibles intereses preferentes de la
nación entera”.


         Solo en la Republica española, y después de la prohibición
del Decreto anterior, las palomas ladinas adquieren el amparo
institucional según se Pública en       LA GACETA DE MADRID
NUMERO 204 DE FECHA 22 DE JULIO DE 1932 en sus
páginas 582 y siguientes

        El Decreto de fecha 2 de agosto de 1934 , publicado
en la Gaceta de Madrid numero 216 de fecha 4 de agosto de
1934.- Viene a prorrogar con carácter indefinido el vuelo y
reglamentación de las palomas buchonas o ladinas , debido
a la falta de criterios , para la excesiva protección de las
mensajeras en el decreto de 1932 .-.
                                 4
El Decreto de 22 de Enero de 1935 publicado en la
Gaceta de Madrid número 25 de 25 de enero de 1935.-
viene a colocar a estas asociaciones, en su estatus legal
anterior al decreto de proteccionismo sobre las mensajeras
de 1932.-.

        El Decreto de 29 de agosto de 1935 publicado en la
Gaceta de Madrid número 243 de fecha 31 de agosto de
1935.- Incide en la obligatoriedad, que tienen los
aficionados a las buchonas o ladinas, de estar en posesión
de la correspondiente licencia de vuelo y por ende estar
afiliado a alguna Asociación legalmente constituida,
otorgando a los Gobernadores Civiles la potestad
sancionadora de multa e intervención del palomar.

       El Decreto de fecha 17 de abril de 1936.- publicado
en la Gaceta de Madrid número 112 de fecha 21 de abril de
1936.- Quiere hacer una reorganización del sistema
colombófilo y para ello reúne a las parte intervinientes en el
sistema palmítico de la época, cual son           El Servicio
Colombófilo    Militar, las Asociaciones Colombófilas, las
Asociaciones Colombiculturas, y los Ministerios de La
Guerra, Comunicaciones y Agricultura. Todos ellos
implicados en las palomas de la época.

        La Guerra Civil Española, hace que desconozcamos los
logros de esta propuesta y se lleven a cabo cuantas deliberaciones
se establecen en dichas reuniones

         La Ley 77/1961.- de 23 de diciembre, acoge en su
seno la manifestación deportiva del vuelo de las palomas y crea la
Federación española de colombicultura y las federaciones
regionales correspondientes. Dejando fuera el vuelo de nuestras
ladinas, tal y como hoy las conocemos


                La historia reciente, es relativamente moderna y
de todos conocida, y es en 1960.- cuando por aficionados
andaluces, se intenta establecer las primera asociación, todo ello
enmarcado en el contexto social de la época ( EL REGIMEN ),
siendo solicitada a Delegación Nacional de Educación Física y
Deportes, la autorización , para la creación de una Federación

                                5
Andaluza de palomos Ladinos de la mano de Alfonso de la Rimada
Pérez, nuevamente viene a prohibir la cría, selección y
adiestramiento de estos palomos, llamados por el vulgo ladrones o
rateros. La Orden de 10 de diciembre de 1963.- B.O.E.
número 300.- sobre regulación y protección del uso y vuelo de
las palomas deportivas. En su preámbulo viene a confirmar lo
anteriormente dicho sobre la Ley 77/ 1961.- y viene a hacer una
exclusión de toda paloma, buchona ladrona, solo con el fin del
deporte, lo que excluye sin paliativos el uso de las buchonas
ladinas y por ende el juego y vuelo de nuestras buchonas, tal y
como se hacía por tradición en Andalucía, y abole cuantas
tradiciones hay alrededor de estas palomas


        Es en 1977.- y tras la reunión del Puerto de Santa María
donde a los aficionados a este tipo de palomas, se nos permite la
Incorporación a la FEC de los practicantes de razas, pero sin su
reglamento, para el vuelo, las condenaron a ser expuestas en un
cajón.

        Desde esas fechas, y de la mano de algunos aficionados
sevillanos, nuestras palomas han sido degradadas, hasta tal punto
que ya no son funcionales para la práctica, para las que fueron
creadas; es por tanto un reto, volver al punto de inflexión, donde
nuestras palomas fueron aptas, para la práctica de nuestras
tradiciones más arraigadas

                         PREAMBULO

        Desde el Club Deportivo de Criadores del Palomo Ladino
Sevillano, queremos basar todo nuestro trabajo en la selección y
adiestramiento de nuestros ejemplares a unos condicionamientos
clásicos, cuales son los instintos, de la conjunción de estos, la
experta mano de nuestros aficionados, y las enseñanzas de
cuantos nos precedieron, seleccionaremos los mejores ejemplares,
para la práctica deportiva que hoy recuperamos.

        Dicha funcionalidad ha de venir precedida, en dos
vertientes, la primera y primordial se establece en el PATRON DE
TRABAJO Y VUELO y la segunda en este PATRON MORFOLOGICO
O PARON RACIAL, que hoy describimos.

       El objeto del mismo no es otro que concienciar a todos los

                                6
criadores de estos palomos, que todas las evaluaciones en
CONCURSOS MORFOLOGICOS han de ir encaminadas a conseguir
un palomo más funcional, cuyas características, medidas y formas,
crearan un núcleo de aves capaces de poder acceder a LA
DECLARACION DE RAZA AUTOCTONA, objetivo marcado por
nuestro Club.


                          ORIGENES

         No podemos caer en la tentación de            hacer una
retrospectiva y colocarle un origen cierto y contundente en fechas
a nuestro palomo, pues caeríamos en errores manifiestos; solo
decir que la palabra valenciano, como se denominó anterior a los
años 80, como acepción de carácter general idéntico a palabra
buchón, ya es citada Ramón Fontelles, entre otros.” Los
valencianos o buches”, siendo conocido de forma genérica,
como “palomo ratero”, y es a raíz de la aparición de los
estándares de 1978, donde se le denomina, palomo laudino
Sevillano.

       Tampoco debemos caer en la mala praxis de las
deformaciones fonéticas. Si hurgamos en el Diccionario de la
Lengua española sobre las acepciones de la palabra “ladrón “. Es
obvio que la palabra gramaticalmente correcta es la de LADINO.

        Para que seguir denominando a estos ejemplares
netamente Andaluces, con términos catalanizados, salvo por la
equivocación, falta de rigor de algunos o error de cuantos
escribieron. Pues todo lo antedicho, carecen de relevancia
histórica, rigor científico, además de ser conceptos vagos e
imprecisos.

        Si podemos afirmar, que dicho animal se consolida en la
provincia de Sevilla principalmente, de la mano de cuantos
aficionados han cultivado esta Raza, y que por tradición oral hoy
sabemos que los ejemplares que hoy cultivamos en sus
características morfológicas, vienen siendo conocidos desde
entrado el siglo XX; y siguió un proceso de selección, tal y como
hoy lo conocemos, son los aficionados de la provincia, los
verdaderos modeladores de este maravilloso animal, tanto en sus
condiciones fenotípicas ,que pasaremos a especificarlas más
adelante , como genotípicas, en lo relativo a un palomo ladino (

                                7
llamado por el vulgo , ladrón o ratero ) si bien no es más que la
consecución por selección de los tres instintos característicos e
inherentes, como el de persecución, seducción y apego a su
palomar o de conservación; extendiéndose en a todo el territorio
nacional.

       Por sus especiales características, tanto morfológicas,
como de colocación tanto en vuelo como en parado, podemos
deducir que puede estar conformado por los palomos de nuestra
Autonomía, también muy antiguos como Rafeño, Colillano y
Marchenero.

        Es por tanto imprescindible huir de mitos y leyendas tan
traídas y llevadas y centrarnos en el fondo de toda la cuestión: la
síntesis histórica aludida como palomo representante de los
palomos Ladinos de nuestra Región siendo el ladrón o ratero por
antonomasia.

                          LA CABEZA

        Es la parte más característica de estos ejemplares, fiel
representación del buen hacer de los aficionados andaluces que a
través de los años han sabido modelar a este bello ejemplar, el
cual hoy es el reflejo de los palomos carunculados; antaño se le
ha dado a esta parte una importancia desmedida, debido a que
sus parámetros siempre se han evaluado al alza, desde la óptica
de la belleza, sus proporciones y formas nunca fueron
cuantificadas de forma racional, dejando el resto del cuerpo en un
segundo plano, en cuanto a las puntuaciones.




       a) CONFORMACION:

        La línea que configura su entorno debe ser rigurosamente
uniforme y curva en toda su extensión desde la nuca hasta el
extremo distal del pico; sin el más ligero promontorio ni
hendidura, también denominado hachazo en nuestro argot. Dicha
línea, habrá de observarse prescindiendo de las carúnculas
nasales, esta configuración será más patente en su curvatura a
mediación del pico y poco antes de la nuca, en función de los tipos
existentes.

                                8
B) TIPOS:

       Es admitido por todos los criadores dos tipos en función de
su curvatura, habiendo sido bautizadas, como ALMENDRADAS por
su similitud a una almendra en posición horizontal, y
ACARNERADAS por su parecido con la cabeza de un carnero; No
podemos omitir un tipo intermedio que denominaremos esférica

       C) CUANTIFICACION MATEMATICA:

       Podemos cuantificar las formas de la cabeza de nuestros
ejemplares en función de los parámetros de una elipse haciendo
una correlación de las distancias entre los focos de la misma




D) PARTES:

- De los aspectos       evaluables   que   conforman    la   cabeza
distinguiremos:

       a) El Pico

         Conformado por sus dos mandíbulas , la superior y la
inferior , ambas con sus propias curvaturas , la primera en sentido

                                9
descendente, ha de ser continuación de la línea de configuración
de la cabeza , la segunda en sentido ascendente , ambas deben
confluir en un solo punto, encajadas perfectamente entre sí y sin
desviaciones laterales (picos de piquituertos); si la superior rebasa
a la inferior, sólo será admisible mínima dimensión, de 2 m/m. en
el caso superior (picos de loro) será penalizable. La mandíbula
superior puede ser dentada, al poseer un esquilón a los que los
antiguos aficionados denominaban diente. Cualidad muy apreciada
que hoy está casi desaparecida. En su conjunto ha de ser mediano
y grueso, en forma de piñón.

        El color de este es inoperante dado que va íntimamente
ligado al color de las plumas, por lo que solo evaluaremos la forma
y penalizaremos los defectos expresados.

       b) Los Ojos

En términos generales nuestros palomos tendrán:
 a)    la pupila mediana, cambiando de tamaño con la exposición
       a una fuente de luz ,de color negro brillante,
 b)    Circulo mutal básico, generalmente de color marrón a
       negro, casi imperceptible en nuestros ejemplares.
 c)    Circulo de adaptación generalmente de color amarillo,
       pudiendo llegar al blanquecino en función del color de la
       pluma
 d)    El iris, es aconsejable que sea rojo intenso; podrá ser
       anaranjado hasta el amarillento en función del color de la
       pluma
        En su evaluación deberá ser color rojo brillante, cuanto
más intensos y luminosos, mucho mejor, no se descartará los
tonos anaranjados, o color miel.
        No se tolerara, disformismo cromático (distinto color en un
ojo con respecto al otro).
        Podemos definir, el ojo de nuestros ejemplares, como ojo
bandera, por la similitud con la Insignia Nacional, Como tónica
general




                                 10
A dichos efectos se suministra una plantilla cromática
para la evaluación del iris, el Juez encargado deberá
verificar su puntuación en función del color de la pluma (se
aporta dicha plantilla, porque cada persona, tiene una visión
cromática distinta)




         De igual manera de penalizara la falta de circulo de
adaptación, como pupila muy pequeña, debiendo ser esta
expuesta si las condiciones lo permiten a la luz solar, para ver las
dilataciones y contracciones

       c) Cerco de ojo o Ribetes

        Dícese de las membranas que circundan los ojos, estas
deben ser amplias, planas, y doble, proporcionadas y circulares,
entre 1,5 y 2,5 m no deben ser carnosas en exceso ni abultadas su
color variará, pudiendo ir desde el amarillo pálido hasta el banco,
en función de la pluma.

        Se penalizara aquellos ribetes con pigmentos rojizos, o
color betún al no ser propios de la raza.



                                11
d) Las carúnculas nasales

         Protuberancias    carnosas   abundantes,    uniformes    y
simétricas que coronan la mandíbula superior con la unión del
cráneo, de color blanco grisáceo, abultadas sin ser excesivamente
rizadas, divididas en dos partes, cual altura de un triangulo
equilátero redondeado por sus vértices, ambas partes han de ser
totalmente simétricas vistas de frente al igual que su contorno
visto desde la nuca.
         Se   penalizara,    aquellas  que   fueren    asimétricas,
excesivamente rizadas, deformadas o invadan la línea central que
las divide en el eje del pico; así como en aquellos ejemplares que
habiendo cumplido su tercera muda, no hubieren llegado a su
desarrollo.

        A continuación colocamos dos fotos cuyas carúnculas
nasales son las correctamente admitidas y otras dos incorrectas.




       e) Las Verrugas

        Las verrugas, son unas protuberancias carnosas de formas
esféricas o elípticas, de igual composición y color de        las
carúnculas nasales, estas, se sitúan a ambos lados de la comisura
del pico y en su parte inferior.

       La idoneidad estriba en tener tres, las laterales mas
redondeadas, de diámetro entre 0,2 y 0,5 mm..., siendo estas por
separado, 1/2 de la central se evaluara por el numero y la
proporción entre ellas, han de estar delimitadas, aunque por su
exuberancia estén juntas.




                                12
Se verificara que no estén manipuladas atendiendo al color
y su textura penalizándose cualquier tipo de inflamación artificial o
enquistada.

       f) Los Tufos

       Así se denomina a las plumas coberteras que cubren el
opérculo auditivo, dichas plumas diferirán en su forma y matiz de
color que las que conforman el resto de la cabeza, las cuales
deberán ser suaves, cortas y estar asentadas

                           EL CUERPO

        Como señalábamos al describir la cabeza es la parte
olvidada de cuantos patrones, nos precedieron, no habiéndose
hecho hasta la fecha un estudio serio
De los parámetros óptimos sobre dimensiones (alto, ancho y largo,
peso, masa corporal, formas de la quilla, alas, envergadura y
forma, inclinación de este sobre el eje horizontal)

        Decían y comentaban los viejos aficionados, que en las
razas Sevillanas era una constante la proporcionalidad (La
proporcionalidad es una relación entre magnitudes medibles. Es
uno de los escasos conceptos matemáticos ampliamente difundido
en la población. Esto se debe a que es en buena medida intuitiva y
de uso muy común.)

        En el ladino sevillano esas medidas pueden y deben ser
evaluables, mediante coeficientes matemáticos, que pasaremos a
describir no sin antes enumerar entre que parámetros los vamos a
establecer:

      a) Altura del palomo: distancia desde la parte superior de la
         curvatura de la cabeza, donde la derivada de la función
         de la curva que la conforma se hace 0, ( llamada flecha u
         ordenada máxima), hasta el suelo que pisa el animal , es
         una línea recta imaginaria y perpendicular al suelo ,
         medida esta en su posición erguida.

      b) Largo: distancia que va desde la parte distal del buche
         hasta la punta de la cola, es una línea imaginaria, recta y
         paralela al suelo, medida esta en posición de reposo.
                                 13
c)     Anchura: distancia en línea recta y paralela al suelo
            entre los codillos, medida en su parte exterior donde
            rebosa el buche, estando el animal de frente, alcanza su
            máxima expresión con el animal erguido.

     d) Peso: medida cuantificada en gramos, es necesario
        palpar al animal, por si el buche estuviera lleno de
        grano, descontándose entre 30 y 50 gramos a criterio
        del Juez Evaluador, del peso total del ejemplar.

     e) Armonía: En general, "armonía" significa equilibrio en las
        proporciones entre las distintas partes de un todo, y en
        general, es símil de de belleza plástica.

     f)     Inclinación corporal: nuestros ejemplares, varían su
            inclinación corpórea en función de sus movimientos, para
            ello debemos trazar una línea imaginaria e inclinada que
            atraviesa al ejemplar desde la punta de la cola sigue por
            la albardilla y espalda, dicha línea describe un ángulo con
            el suelo, y este debe oscilar entre 35º y 75º
            consiguiendo su máxima armonía entre los 45º y los
            60º.

     g) Masa corporal: es la relación existente entre el peso del
        ejemplar dividido la altura del mismo lo expresaremos
        con un índice (IMC)


     h) Envergadura: distancia entre las puntas de las primeras
        plumas remeras de las alas estando estas extendidas en
        su elongación máxima; existe una relación directa entre
        la envergadura y el peso (IEP)

Coeficientes evaluables en nuestros ejemplares:

          1.-) Altura / Largo = 1 (H/L)

          2.-) Altura / Anchura = 0,5 (H/A)

          3.-) Largo / Anchura = 0,5 (L/A)

          4.-) Peso comprendido entre 410 y 460 gramos

                                   14
5.-) IMC = Peso (gr.) / Alto (cm.)

6.-) IEP = Envergadura (cm.) / Peso (gr.)

7.-) Inclinación: coeficientes según tablas evaluatorias




                         15
16
17
CUELLO

No se ha contemplado en los estándares anteriores, si bien
                        18
existen parámetros y detalles muy característicos en estos
ejemplares, debe ser ancho en todas sus proporciones, ni estirado
dará apariencia de largo ni arrullado parecerá corto, es
recomendable, con cierto morrillo; en su inserción con el cuerpo, le
aparecerá un abultamiento denominado, gorguera, melena o chepa
característica muy apreciable, que no debemos perder.



                                  BUCHE

        Muy característico, redondeado u ovalado por su base y
medianamente colgante; No debe rozar el suelo; de pluma sedosa
y esponjosa; en su anchura, deberá cubrir los codillos de las alas
(rebozado de buche), su tornasol característico (rojo, verde, o
ambos), llegara hasta la inserción con la quilla, debiendo cubrir
toda la totalidad. Desde la base del pico y en sentido longitudinal
al buche, es deseable que tenga un pliegue vertical y hacia
adentro que lo dividirá en dos, dando la impresión de estar
rajado, (Rafe), cualidad muy estimada, en su conjunto será
proporcional al cuerpo, siendo penalizado, tanto su escasez , como
su exceso, así como el estar rozado por su base.

* El tornasol; su definición nos dice: “Cambiante, reflejo o viso que
hace la luz en algunas telas o en otras cosas muy tersas.” “Polvo
violeta altamente colorante,” De esta similitud nace en nuestros
ejemplares dicho concepto, si bien el colorido, tiene varios
matices, que van desde el morado, violeta, llegando hasta el
rosáceo, pasando por el azul-celeste –verde; el tornasol va
íntimamente ligado a los colores de la pluma así como nos da una
muestra de la genética del animal en relación al color y su
trasmisión. Es altamente vistoso y característico en su exposición a
los rayos solares. Y no solo se extiende a lo largo del buche, es
cualidad muy apreciada su extensión en cabeza, plumas
coberteras de las alas, así como a lo largo de toda la espalda.




                                 19
ESPALDA

        Parte del cuerpo que va desde la inserción del cuello hasta
la inserción de la albardilla, esta debe ser ancha y plana, en
posición de reposo deberá tener un Angulo de 45º sobre el suelo,
va íntimamente ligada a la inclinación corporal, y proporcional al
tamaño del palomo.

                              ALBARDILLA

También llamada rabadilla, comprendida desde la parte baja de la
espalda hasta el nacimiento de cola, denominada (penca), esta
debe ser ancha y paralela a las líneas que conforman la anchura de
la espalda, abundante de pluma, cubrirán hasta los 2/3 de la
superficie de la cola en su parte superior véase Fig. 5

                              PATAS

        - En posición de reposo estas deberán estar levemente
flexionadas, (Fig. 5) solo se admitirá la posición de recta cuando el
palomo ejecute los movimientos característicos, rítmico animado
de cortejo, llevado por el celo en conjunción con el arrullo y en
tiempo limitado al ejecutar la parada; su color ira desde el rojo al
morado, siendo estas de aspecto robusto y sin escamas (se
aconsejan anillas de 8,00 mm de calibre interior).

                                 20
- Estas deben ser proporcionadas al cuerpo, no dando
sensación de altura ni dejando ver los muslos en sus movimientos,
característica esta, que va íntimamente ligada a la calidad y
cantidad de plumas de la canastilla, (Pobre de canastilla)
        - No deberán estar provistas de plumas (Patas calzadas)


                      ASPECTO GENERAL

         Como su nombre indica no es más que la conjunción de
varios parámetros como son: la armonía, la semblanza y su
temperamento expresión visual del conjunto de medidas y valores
extrínsecos que hemos venido desarrollando, Es la expresión del
equilibrio en las proporciones entre las distintas partes que lo
conforman, su pluma sedosa y esponjosa, su tamaño mediano, el
buche redondeado, ligero de peso, patas medianas y fuertes y su
característica fundamental que lo hace diferente al resto , su
cabeza con su curvatura, carúnculas, pico, verrugas y ribete junto
con la viveza del ojo; constituyen un atractivo único en la estética




                                21
22
Consideraciones:



        a) Este Patrón Racial y sus alegaciones se aprobaran por
consenso de los 2/3 de los socios del Club,           en Asamblea
Extraordinaria, transcurrido un año.
        c) Todo lo expuesto aquí, será evaluado en la práctica, por
los Jueces afectos a este club, tomando nota de cuantas
modificaciones, ampliaciones o enriquecimiento, sean necesarios
por un periodo de un año.
        d) Las modificaciones o ampliaciones del mismo se
llevaran a cabo, por los Jueces afectos al precitado Club, se dará
cuenta a todos los socios, para las pertinentes alegaciones, y
deberán ser aprobadas nuevamente en Asamblea Extraordinaria,
convocada a dicho fin con los votos de los 2/3 de todos los socios.
        El Patrón resultante será registrado nuevamente en el
Registro de la Propiedad Intelectual.




                                23
PATRON DE TRABAJO Y VUELO
      DEL PALOMO LADINO
           SEVILLANO

      Podemos decir que los instintos son la base genética de
nuestros ejemplares, cualidades que hemos seleccionado a través
de la historia, como son el de persecución, seducción y apego a su
palomar o instinto de conservación. Dicha selección obedecerá a
dos facetas importantes una el vuelo en sí, y otra el
comportamiento dentro del territorio delimitado por su palomar
por lo que haremos dos apartados que los denominaremos trabajo
en el aire y trabajo en el palomar.


       ¿Que entendemos por instinto? código de conducta y
aprendizaje, que se adquiere por herencia genética.

       ¿Que entendemos      por instinto de persecución? La
predisposición del macho o la hembra en celo a salir tras otra
paloma, ya sea propia, del vecino, perdida o urbana, para
conducirla a su palomar.

        ¿Que entendemos por instinto de seducción? Cualidad
intrínseca de nuestros ejemplares, ya sea mediante posiciones o
colocaciones en el aire o ritual rítmico-animado de movimientos
acompasados por un sonido característico el arrullo, para atraer a
la hebra o al macho y llevarlo a su territorio.

         ¿Que entendemos por instinto de conservación o apego a
su palomar? Comportamiento por el cual nuestro ejemplar no
parara en palomar ajeno o altura dominante que no esté dentro
del territorio de su palomar.

   FORMAS O FACETAS EVALUABLES EN NUESTROS
                 EJEMPLARES

       En   lo   referente   al   vuelo,   deberá   ser   acompasado,
                                  24
prefiriendo siempre en el aire al palomo que tire los vuelos en
forma de remos, tenga una gran funcionalidad, con capacidad de
hacer los cambios necesarios, para cambiar de una faceta a otra,
en todo los aspectos morfológicos de las partes que integran el
conjunto del vuelo, (alas, cuello y cola), esto con carácter general.

        Nuestros ejemplares utilizaran dos facetas de persecución,
        A) cuando el ejemplar divisa desde su atalaya, cajón o
posadero una paloma de distinto o igual sexo, ya sea perdida,
zurita o urbana saldrá en persecución, batiendo las alas con
fuerza y palmeando, lo que denominaremos SALIDAS esta faceta
es denominada de varias formas en función de las provincias
andaluzas, en unos lugares les llaman AZURITARSE, en otros
ESTIRARSE o TIRAR hasta darle alcance, en definitiva el palomo
de que debe hacer es perseguir.
        Es aconsejable, ejemplares capaces de tener funcionalidad
en cada fase del vuelo, o capacidad de modificar el braceo, la cola,
y posición del cuello, adaptación a cada fase del vuelo, persecución
o seducción, en nuestro caso particular, nuestros ejemplares,
cierran lo cola, y la dejan caer unos 10º bajo la línea de horizonte,
lo que denominamos en términos coloquiales            MOSTRAR EL
RABO

                                                B) Caso de no
                                        divisar paloma el animal
                                        echa a volar adoptando un
                                        vuelo     más     pausado,
                                        haciendo un vuelo de
                                        reconocimiento, lo que se
                                        denomina,    VOLAR      AL
                                        CORSO O BICHEAR pues
                                        el       ejemplar       va
                                        ralentizando   el   braceo
                                        haciendo movimientos de
cabeza, para otear en todas direcciones, para descubrir el macho o
hembra tan anhelado.

        C) En el caso de no encontrar paloma alguna al volver a su
palomar nuestros ejemplares adoptan una posición o faceta
característica, como es VOLAR A VELA O HACER EL ANGEL
característica de los palomos carunculados.

       D) Tanto en el caso A) y B) nuestros ejemplares al

                                 25
encontrarse con otro espécimen se transforman e inician un ritual
aéreo de conquista o seducción, lo que denominamos POSE,
COLOCACION O FIGURA.

Es esta fase, la más requerida por los aficionados, momento donde
el animal se siente vencedor y se adorna, con todos los
instrumentos a su alcance; ralentiza el vuelo, abre la cola entre
100º y 180º manteniéndola plana a la línea de horizonte, el hasta
ahora remado, cambia a una situación intermedia, entre braceo y
remado, lo que denominamos VORLAR A CODILLOS, pudiendo
repetirse en varias ocasiones.

        Debemos tener en cuenta que el exceso de colocación, no
es propio de la raza y dicha faceta del vuelo solo deberá exhibirse,
en la fase de seducción.

         Pasamos a describirlos por partes su morfología:

        CUELLO:      Lo más característico y peculiar de nuestros
palomos en el aire, cuando persiguen es la posición del cuello en
relación al cuerpo, este deberá tener una curvatura natural y
característica denominado CUELLO DE CULEBRA, mostrando
como dicen los aficionados más viejos, LA CHEPA O JOROBA.
        En la faceta de volar a codillos, el cuello pasa a estirarlo
solo un poco, manteniendo su posición horizontal, pudiendo
levantarlo solo hasta 10º sobre la línea de horizonte; el exceso de
cuello en estiramiento y levantado no es propio de la raza.

        CABEZA Y PICO: Esta
deberá seguir la proyección
del cuello, el pico ha de
llevarlo paralelo a la línea de
horizonte    y    cerrado,   de
llevarlo abierto, tanto en el
vuelo, como al terminar el
vuelo es señal inequívoca del
cansancio del animal habiendo
de evaluar las condiciones
climatológicas, vientos fuertes
y temperaturas.

       BUCHE: Nunca deberá ser exagerado, ya que daría lugar a
que se balanceara en forma de péndulo transversal al sentido o
                                  26
dirección del vuelo, cosa inadmisible en nuestros palomos, como
tampoco lo debe llevar subido o hinchado y que le forma paperas
(expresión nuestra) a los lados del cuello. En el aire puede
descolgarlo en forma de pera o con la misma anchura y,
descolgado, que se le pueda ver en una posición normal,

        ALAS:     El    movimiento     sincronizado,   deberá  ser
acompasado, prefiriendo siempre en el aire al palomo que tire los
vuelos en forma de remos (Movimiento de rotación que hace el
humero sobre la cabeza de la escápula) cuando persigue, de las
características del ala, según el Patrón Racial, dependerán muchas
de las cualidades de los ejemplares.

        PATAS: Es aconsejable que el ejemplar las lleve recogidas
en todos sus movimientos será penalizable el llevarlas colgando,
síntoma de desequilibrio o cansancio, salvo que a criterio del juez
evalúe, las condiciones climáticas y deduzca que es por exceso de
calor.

        COLA: Debemos distinguir en cada fase del vuelo, la
posición de la cola, sería deseable un ejemplar, con funcionalidad,
en persecución deberá llevarla lo más cerrada posible,
         Será penalizable las colas vueltas, pues restan
funcionalidad y provocan desequilibrios, no perteneciendo a esta
raza, el palomo ladino siempre será plano llevando esta,
levemente caída


        ALTURA, TIEMPO Y RADIO DE ACCION: Son estos
parámetros los que siempre han hecho de nuestros palomos un
animal incansable, conquistador y altanero, que con el número de
salidas, y sus dotes de seducción, armonía, y empeño en la
conquista, dejan entrever, la valía del mismo. Es por ello que
evaluaremos estos parámetros con especial significado, tanto en el
aire, como en su territorio o palomar.

        Todos los pormenores y matices a la hora de llevar a cabo
los enjuiciamientos, serán abordados, en el preceptivo Reglamento
que desarrolla dicha praxis.




                                27
28
Aprobado en Asamblea General del día _____ de ________ del
2.009.- con las siguientes Consideraciones:

        a) Este Patrón de trabajo y vuelo se revisara cada 5 años o
bien por consenso de los 2/3 de los socios del Club, aprobado en
Asamblea Extraordinaria.
        b) Las modificaciones o ampliaciones del mismo se
llevaran a cabo, por los Jueces afectos al precitado Club, se dará
cuenta a todos los socios, para las pertinentes alegaciones, y
deberán ser aprobadas nuevamente en Asamblea Extraordinaria,
convocada a dicho fin con los votos de los 2/3 de todos los socios.
        c) Todo lo expuesto aquí, será evaluado en la práctica, por
los Jueces afectos a este club, tomando nota de cuantas
modificaciones, ampliaciones o enriquecimiento, sean necesarios
por un periodo de dos años.
        d) El Patrón resultante será registrado nuevamente en el
Registro de la Propiedad Intelectual.




                                29
REGLAMENTO DE LOS
     ENJUICIAMIENTOS PARA
         JUECES DEL CLUB
       PREAMBULO

        a).- Dentro del organigrama general de nuestro Club que
se expresa y detalla a continuación, cabe destacar en este
apartado, la constitución del Colegio de Jueces del Club Deportivo
de Criadores del Palomo Ladino Sevillano




      B).- Este está subordinado a la Directiva del Club y estará
compuesto por el Vocal General de los Jueces y una Comisión
permanente.

        c).- El Vocal General de los Jueces del Club de Criadores
del Palomo Ladino Sevillano, será el Juez más Antiguo de cuantos
estén en dicho ejercicio, y la Comisión Permanente la compondrán
un número determinado de Jueces.

       d).- Todos estos cargos, serán nombrados por el
Presidente del Club, y representaran a nuestro Club, en el Colegio

                               30
de Jueces del Club de Criadores de Palomas de Razas Autóctonas
Andaluzas , de los que formamos parte.


        El objetivo primario de este trabajo que desarrollaremos a
lo largo de este escrito no es otro que recuperar, una Tradición
Andaluza, referente de nuestra Afición, con historia propia y que
da pie a que otras Regiones, como Murcia y Valencia, hoy posean
un deporte, basado en las primeras Ordenanzas emanadas de la
Cancillería de Granada      en 1759.- como son Las normas de
hembreo para la ciudad de Cádiz.

         Este deporte tan singular, también llamado el juego de las
palomas buchonas, basado en la persecución, seducción y apego a
su territorio, sin pararse en palomar ajeno , se viene practicando
en Andalucía desde tiempos inmemoriales , con animales, propios
de la tierra , nacidos , criados y seleccionados , para esos fines , y
a lo largo de la historia se les ha denominado BUCHONAS
LADINAS , ( Vulgarmente llamadas ladronas o rateras ) y
recientemente BUCHONAS ESPAÑOLAS , si bien tienen su origen
en Andalucía .


         No podemos perder de vista en ningún momento que el
objetivo principal trazado por el Club de Criadores de Palomos de
Razas Autóctonas Andaluzas que es la recuperación del vuelo y el
trabajo de nuestros ejemplares que, por avatares de la Historia,
que en su momento habrá que explicar públicamente, se han visto
relegados a vivir en un cajón, más o menos bello y a ser
enjuiciados de acuerdo con unos estándares que están aún
esperando su desarrollo, ya que la elaboración de los mismos tuvo
que hacerse de forma precipitada, o bien modificados al libre
albedrío , sin el consenso de los aficionados.

         Para nada se ha valorado el vuelo y el trabajo de nuestros
ejemplares, que en gran cantidad de ocasiones acuden a los
concursos sin saber lo que es volar, siendo enjuiciados sólo por su
morfología, dinámica que, evidentemente, beneficia a los criadores
de un tipo de palomos

        Cabe mencionar que cada tipo de paloma que conforman
las Razas Autóctonas Andaluzas, tiene una forma peculiar y
distinta de ejercer, esa persecución, seducción y apego a su

                                 31
palomar, donde llevará a la hembra o seducirá al macho objeto de
la atracción, síntesis de este, nuestro deporte; es por ello, que lo
aquí descrito, sea de aplicación de forma genérica, y sirva de
referente común a cuantos tipos conforman las Razas Autóctonas
Andaluzas.

       Para el juego de las palomas síntesis de nuestro deporte,
son de aplicación, el espíritu y reglas de comportamiento ético,
dimanante Del decreto de 21 de julio de 1932.- publicado en LA
GACETA DE MADRID NÚMERO 204 DE FECHA 22 DE JULIO DE
1932. Decreto este cuyo espíritu es el referente más claro y
contundente de una Administración, en este caso Estatal, por
armonizar, los distintos deportes efectuados mediante palomas.



         Consideramos con carácter general hacer una regulación
de los enjuiciamientos en vuelo de nuestras palomas ladinas a
través de un compendio de normas que eviten los malos
entendidos que pudieran producirse entre aficionados al llevarlos a
efecto. A tal fin, y para que nuestros palomos y palomas puedan
competir en igualdad de condiciones, en los enjuiciamientos,
serán de obligado cumplimiento, observar y respetar las normas
siguientes:

     1.- Los enjuiciamientos se llevarán a cabo preferentemente
durante los meses que van de noviembre a finales de abril, fechas
ya consabidas de todos y que vienen publicadas en los siguientes
reglamentos, dado que en estas fechas nuestros ejemplares están
en plenitud de muda y celo.



   -   Ordenanzas de 25 de mayo de 1759.-
   -   Reglamento palomítico de Chiclana de 1 de mayo de
       1.881.-
   -   Reglamento de Palomos ladrones, de 1 de noviembre de
       1886.-


    2.- Preferentemente, los enjuiciamientos se harán por la
mañana, a criterio de Jueces y aficionados, es en este tiempo,
cuando nuestros ejemplares, muestras las mejores cualidades Si
por cualquier motivo o circunstancia el aficionado solicitare que

                                32
los enjuiciamientos fuesen por la tarde, las exigencias del mismo,
serán las mismas que por la mañana.


     3.- Las condiciones climatológicas: sol, lluvia, viento, etc.
inciden directamente en el vuelo de los ejemplares objeto de los
enjuiciamientos. En el caso de que estas circunstancias sean
adversas y cambiantes y no ideales, los jueces y propietario,
previo acuerdo, podrán suspender este, o bien valorar a los
ejemplares teniendo en cuenta estas circunstancias, en función de
estas y a criterio de los jueces actuantes se les otorgaran los
tiempos necesarios.


        4.- El tiempo de enjuiciamiento será de 15 a 20 minutos
aproximadamente al corso y 5 minutos acompañado del de sexo
contrario.


       5.- Antes del enjuiciamiento todos los palomos y palomas
sin excepción estarán encerrados en sus jaulas, cañízolas, o
encerraderos


            - Si existieren palomos sueltos de otros aficionados,
pertenecientes a otro palomar, se efectuara de acorde con las
circunstancias, y se valorara las aptitudes de los ejemplares en su
medio natural.


       6.-   En los enjuiciamientos deberán estar presentes:


       a)      El propietario de los palomos o palomas objeto de
             enjuiciar.
       b)      Dos jueces, siempre que ello fuere posible.
       c)       Un acompañante que podrá ser elegido por el
             propietario.




                                 33
7.- El colombófilo deberá seguir las instrucciones que le
indiquen los jueces a efecto de llevar a buen término las pruebas,
para enjuiciar sus ejemplares, en el palomar solo se hayan las
personas citadas a fin de verificar cuanto se dictamina en el patrón
y asignar las calificaciones.


       Como regla General los ejemplares cuando se hayan
enjuiciados deberán de ser encerrados. Si por alguna circunstancia
no se pudiera hacer, los actuantes a criterio de los jueces decidirán
si continúan o suspenden los enjuiciamientos.


        8.- Para enjuiciar a los animales, estos deberán ser
adultos, una vez efectuada su primera muda, es lo aconsejable. Si
bien a criterio del aficionado pueden ser evaluados los pichones;
es por tanto que con esas edades el palomo no está en plenitud de
sus facultades y la consecución de lo establecido en el patrón de
vuelo y trabajo es más difícil de conseguir.


        9.- El juez ponderará si la visibilidad desde el palomar es
la correcta, o si por el contrario no se puede visualizar los
movimientos que requiere la evaluación de los palomos, ante lo
cual podrá suspender el mismo; siendo anotado todas estas
incidencias en el acta del enjuiciamiento.

        10.- Una vez evaluado el ejemplar, si su calificación es
deficiente o no apta, su propietario o adquirente, podrá solicitar
una nueva evaluación, siendo esta inscrita por solicitud, para el
año siguiente.


       11.- El Colegio de Jueces es el competente, para la
designación de los jueces.

           La solicitud de evaluación se hará por escrito, en
            formulario adjunto, y dirigida al Presidente de colegio
            de jueces, con al menos un mes de antelación.

           En dicha solicitud constará la filiación del peticionario y
            la del invitado por este, número de las acreditaciones
            de ambos en vigor, así como el número de ejemplares,

                                  34
con expresión de sus anillas, fechas de nacimiento,
            color y sexo.

           La Secretaria, derivará dichas peticiones, a Comisión
            Permanente, la cual designará un mínimo de tres
            jueces, para cada solicitud, siendo el tercer nombrado,
            reserva, ante cualquier eventualidad; siendo llevado a
            cabo los enjuiciamientos por al menos dos de ellos




       12.- Gastos de enjuiciamiento:

       Cuando se produzcan estos gastos o dieren lugar, serán
visados con minuta dimanante del Colegio de Jueces, las cuales
serán por los conceptos siguientes:

       a)     Gastos de desplazamiento

           Para minimizar los gastos por desplazamientos , la
            Comisión Permanente nombrara a los jueces entre los
            de la misma localidad o más próxima,

       b)     Enjuiciamiento por ejemplar

       c)     Dietas de comida

       4)     Alojamiento

           Cuando se produzcan, serán fijados, por la Directiva
            del Club, una vez oídas las partes, con la filosofía de
            ser mínimos, estos serán comunicado a todos los
            socios, y se aprobaran en Asamblea, por periodo anual.

        13.- Los Jueces intervinientes, incorporaran en sus
evaluaciones, tríptico de una planilla , por cada ejemplar objeto a
enjuiciar, debiendo remitir al Colegio de Jueces , copia de cada una
, así como hacer acompañar todas las efectuadas en cada palomar,
del Acta levantada, con expresión de todos los datos referidos
anteriormente; se ese modo, el propietario se quedara con una
copia, otra quedara en poder del Juez y la tercera se dará por
archivada en el Colegio de Jueces, para la elaboración de los

                                 35
correspondientes Raports.


       14.- El Colegio de Jueces en la medida de posibilidades ira
formado jueces a lo largo de la geografía andaluza. A tal efecto, y
por parte de la Sección todos los años se impartirán cursos de
formación y acreditación de jueces, o cuando las necesidades así lo
estimen.



        15 .- (Del Reglamento General del C.D.C.P.R.A.A.) Esta
Sección Deportiva proporcionará, de acuerdo con los distintos
clubes que la forman, las metodologías formativas necesarias que
permitan una unificación de criterios en las distintas razas a la
hora de ser enjuiciadas; así como una consolidación y
profundización en el estudio de los patrones, tanto morfológico
como de vuelo y trabajo, aportando a tal fin, recursos humanos y
didácticos, como: asesoramiento de jueces, videos de palomas en
vuelo, dibujos de vuelo, prácticas en palomares, etc.).


       16.- (Del Reglamento General del C.D.C.P.R.A.A.) Los
patrones de vuelo y trabajo de cada raza será elaborado por cada
uno de los clubes que componen esta Sección Deportiva. Dichos
clubes nombrarán a dos de sus miembros para que formen la
Comisión Permanente, que será la encargada de otorgar los
correspondientes certificados de Aptitud a los palomos enjuiciados
durante el año que hayan superado las pruebas correspondientes.




Consideraciones:

        a) Este Reglamento, se revisara cada 5 años o bien por
consenso de los 2/3 de los socios del Club, aprobado en Asamblea
Extraordinaria.
        b) Las modificaciones o ampliaciones del mismo se
llevaran a cabo, por los Jueces afectos al precitado Club, se dará
cuenta a todos los socios, para las pertinentes alegaciones, y
deberán ser aprobadas nuevamente en Asamblea Extraordinaria,
convocada a dicho fin con los votos de los 2/3 de todos los socios.

                                36
c) Todo lo expuesto aquí, será evaluado en la práctica, por
los Jueces afectos a este club, tomando nota de cuantas
modificaciones, ampliaciones o enriquecimiento, sean necesarios
por un periodo de dos años.




                                37

Más contenido relacionado

Similar a Patrones y reglamentos a 5

05. reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo y zuriteo
05.  reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo  y zuriteo05.  reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo  y zuriteo
05. reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo y zuriteoDavid Montes
 
Objeciones a la introducion
Objeciones a la introducionObjeciones a la introducion
Objeciones a la introducionDavid Montes
 
Una accion para el recuerdo
Una accion para el recuerdoUna accion para el recuerdo
Una accion para el recuerdoDavid Montes
 
Cuaderno de quejas rf
Cuaderno de quejas rfCuaderno de quejas rf
Cuaderno de quejas rfVeredillas
 
LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal
LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal
LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal JulioPollinoTamayo
 
Carta enviada al presidente de la federacion andaluza
Carta enviada al presidente de la federacion andaluzaCarta enviada al presidente de la federacion andaluza
Carta enviada al presidente de la federacion andaluzaDavid Montes
 
Feria de Albacete
Feria de AlbaceteFeria de Albacete
Feria de Albacetemilucas
 
Feria de Sevilla (2 ed).pptx
Feria de Sevilla (2 ed).pptxFeria de Sevilla (2 ed).pptx
Feria de Sevilla (2 ed).pptxMartin M Flynn
 
Cortesalum
CortesalumCortesalum
Cortesalumfeleso
 
Cuaderno Monumento a las Cortes
Cuaderno Monumento a las CortesCuaderno Monumento a las Cortes
Cuaderno Monumento a las CortesDestino1812
 
Historia feria de mayo Ronda
Historia feria de mayo RondaHistoria feria de mayo Ronda
Historia feria de mayo RondaPalma Galindo
 
AñO 5 Nº 17 Marzo 1992
AñO 5 Nº 17 Marzo 1992AñO 5 Nº 17 Marzo 1992
AñO 5 Nº 17 Marzo 1992maranchon
 
Textos de historia de españa
Textos de historia de españaTextos de historia de españa
Textos de historia de españaLuis Pueyo
 
Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009
Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009
Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009Cext
 
Enciclopedia-teatro
Enciclopedia-teatroEnciclopedia-teatro
Enciclopedia-teatroleon caceres
 
Tauromaquia- una danza con la muerte
Tauromaquia- una danza con la muerteTauromaquia- una danza con la muerte
Tauromaquia- una danza con la muerteTina Felton
 
Boletín del Año 2010, nº 4.-
Boletín del Año 2010, nº 4.- Boletín del Año 2010, nº 4.-
Boletín del Año 2010, nº 4.- fjgn1972
 

Similar a Patrones y reglamentos a 5 (20)

05. reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo y zuriteo
05.  reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo  y zuriteo05.  reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo  y zuriteo
05. reglamento del juego de las palomas suelta , hembreo y zuriteo
 
Objeciones a la introducion
Objeciones a la introducionObjeciones a la introducion
Objeciones a la introducion
 
03. que es la colombicultura.-
03.  que es la colombicultura.-03.  que es la colombicultura.-
03. que es la colombicultura.-
 
La currutaca
La currutacaLa currutaca
La currutaca
 
Una accion para el recuerdo
Una accion para el recuerdoUna accion para el recuerdo
Una accion para el recuerdo
 
Cuaderno de quejas rf
Cuaderno de quejas rfCuaderno de quejas rf
Cuaderno de quejas rf
 
LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal
LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal
LITERATURA TAURINA (Volumen 1 - 1976) Joaquín Vidal
 
Carta enviada al presidente de la federacion andaluza
Carta enviada al presidente de la federacion andaluzaCarta enviada al presidente de la federacion andaluza
Carta enviada al presidente de la federacion andaluza
 
Feria de Albacete
Feria de AlbaceteFeria de Albacete
Feria de Albacete
 
Feria de Sevilla (2 ed).pptx
Feria de Sevilla (2 ed).pptxFeria de Sevilla (2 ed).pptx
Feria de Sevilla (2 ed).pptx
 
Cortesalum
CortesalumCortesalum
Cortesalum
 
Cuaderno Monumento a las Cortes
Cuaderno Monumento a las CortesCuaderno Monumento a las Cortes
Cuaderno Monumento a las Cortes
 
Historia feria de mayo Ronda
Historia feria de mayo RondaHistoria feria de mayo Ronda
Historia feria de mayo Ronda
 
AñO 5 Nº 17 Marzo 1992
AñO 5 Nº 17 Marzo 1992AñO 5 Nº 17 Marzo 1992
AñO 5 Nº 17 Marzo 1992
 
Textos de historia de españa
Textos de historia de españaTextos de historia de españa
Textos de historia de españa
 
Charreria
CharreriaCharreria
Charreria
 
Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009
Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009
Revista Españoles, número 40 Septiembre 2009
 
Enciclopedia-teatro
Enciclopedia-teatroEnciclopedia-teatro
Enciclopedia-teatro
 
Tauromaquia- una danza con la muerte
Tauromaquia- una danza con la muerteTauromaquia- una danza con la muerte
Tauromaquia- una danza con la muerte
 
Boletín del Año 2010, nº 4.-
Boletín del Año 2010, nº 4.- Boletín del Año 2010, nº 4.-
Boletín del Año 2010, nº 4.-
 

Patrones y reglamentos a 5

  • 1. CLUB DEPORTIVO DE CRIADORES DEL PALOMOS LADINO SEVILLANO Ante el deterioro que sufre el palomo denominado Ladino Sevillano debido a la degradación que durante estos últimos 32 años ha sido objeto, bajo la tutela de la Federación Española , condenándolos a ser expuestos, como meras aves de fantasía, y no reconociéndoles, su vuelo, y sus facultades, para la práctica de ese Deporte ancestral , denominado el Juego y Vuelo de Nuestras Buchonas, cuyo referente histórico y primigenio son las Reales Ordenanzas de Cádiz de 1759.- en sus especialidades, la Suelta, el Hembreo y el Zuriteo. Hasta el punto que no se contemplan en ninguno de los Reglamentos de Competición de ninguna de las Federaciones existentes en nuestro País. Un grupo de aficionados a estas prácticas tan andaluza, tomamos la determinación, de crear un club que aglutinara, todas las iniciativas, dimanantes de cuantos aficionados están alrededor de estos ejemplares. Nace así el Club Deportivo de Criadores del Palomo Ladino Sevillano, en el seno de otro proyecto más ambicioso, recuperar esas prácticas anteriormente descritas, con todos los ejemplares, pertenecientes a los palomos de Raza Autóctonas Andaluzas, los únicos que se han conservado debido a la mala praxis llevada a cabo por la Federación Española, que a lo largo de todos estos años, solo ha venido a exterminar, cuantos palomos Ladinos, existían en el Levante Español, para lograr la hegemonía, por encima de todo, de ese palomo denominado Pica o Deportivo. El Jueves 27 de diciembre del 2.007.- se presenta ante la Consejería de Turismo, Comercio y Deportes de nuestra Autonomía la solicitud de inscripción del precitado Club; siendo reconocido el 17 de enero del 2.008.- e inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de Andalucía con el número 15.932.- Este proyecto tiene tres objetivos bien definidos, coincidentes con el Club matriz en el que estamos plenamente integrados. (C.D.C.P.R.A.A.) a) La concesión por parte de las Autoridades Autonómicas de una Modalidad Deportiva propia denominada el Vuelo de Nuestras Buchonas, (La Suelta, El Hembreo y El Zuriteo), debido a nuestra tradición y arraigo popular, valores que nunca debemos 1
  • 2. olvidar. b) La Declaración de Raza Autóctona Andaluza del palomo Ladino Sevillano, por parte de nuestras Autoridades, y su inclusión en los Catálogos de Razas Autóctonas Continentales, dimanantes de la F.A.O. c) La Declaración de Utilidad Pública de nuestro Palomo, dado que estos ejemplares, mediante nuestras prácticas, son el mejor control sobre las palomas urbanas o mundanas. De nuestro esfuerzo colectivo, la experta mano de nuestros aficionados, y las enseñanzas de cuantos nos precedieron, lograremos que estos ejemplares vuelvan a brillar con luz propia, para gozo de cuantos hoy estamos implicados en este proyecto y pertenecemos a este Club. EL PRESIDENTE 2
  • 3. PATRON RACIAL DEL PALOMO LADINO SEVILANO INTRODUCION: Son muchas las citas históricas hechas hacia estos ejemplares, representante extemporáneo de la afición Sevillana, y como no podía ser de otra forma, tenemos la primera mención escrita de la cual hemos recuperado un fragmento de la traducción del tratado de IBN´ABDÜM sobre la Sevilla del siglo XII, y en su norma 141, ya nos habla de la existencia del palomo ladrón en Sevilla. “Prohíbase en absoluto la venta de palomos ladrones que no emplean más que la gentes amante de lo ajeno y sin religión así como la venta de gatos si de algún tratante se sabe que es trapacero y que no obra como debe, échesele del zoco por ladrón, vigílesele y no se le emplee” Sería fácil decir, que visto las acepciones gramaticales de dicha palabra, y su contexto, en aquella época, al susodicho palomo el vulgo lo llamaba palomo ladino, pero no sería honesto asentirlo así, sin antes no haber comprobado, en la literatura histórica, un pasaje de la obra de Ros de Olano (1808-1886), en su obra Maese Cornelio Tácito, donde hace una comparación , y llama por su nombre tal actitud y tales instintos , si bien , en un símil de la época , y llevado a la novela ; y es en esta obra, donde nombra por única vez comprobada y hasta ahora, la palabra palomo ladino y sus cualidades . “Estaba más alto que un palomar. Entró, y dijo: «que me chupen brujas, si no adivino lo que anda". Y arrulló de buche profundo, como palomo ladino, a la sastresa. "No está la Magdalena para tafetanes", le respondió ella; y dice que pió el sastre de pura necesidad.” El juego de las palomas buchonas o ladinas es muy antiguo en nuestra región, contando con las Normas más antiguas, para el divertimento entendido como deporte, nos referimos a LAS NORMAS DE HEMBREO PARA LA CIUDAD DE CADIZ DE 1759.- Estas normas son el referente del deporte de las palomas 3
  • 4. en España. Es el compendio de normas, más antiguo que se conoce. En algunas regiones como Valencia y Murcia, son publicadas, sendas ordenanzas a semejanza de las andaluzas, con uno y dos siglos posteriores a estas. Por lo que podemos afirmar, “Andalucía es el referente de este deporte en la historia de España “ No siempre ha sido bien entendida nuestra afición por estos palomos, y la historia está llena de escollos y prohibiciones. Ya en Cádiz el 13 de. Mayo de 1829, se establece por sentencia el decreto del día 14 del mismo año, donde se le obliga a las autoridades a poner en práctica dichas Ordenanzas. LA REAL ORDEN LA GACETA DE MADRID NUMERO 263 DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 1928.- Restringe la constitución y el funcionamiento de entidades u organizaciones que se dedicasen a la cría y vuelo de las palomas buchonas, Laudinas y ladronas. Y la premonición se cumple el 31 de enero de 1932.-; es un día negro, para nuestra afición, al prohibirse, por Decreto nuestras prácticas así nos lo dicta la Gaceta de Madrid en el número 1 de esa fecha: “Es lamentable que esa protección decidida origine un perjuicio a la paloma denominada BUCHONA o LADINA al prohibir su uso y vuelo en su artículo 10, pero forzoso es sacrificar las conveniencias particulares de algunos a los indiscutibles intereses preferentes de la nación entera”. Solo en la Republica española, y después de la prohibición del Decreto anterior, las palomas ladinas adquieren el amparo institucional según se Pública en LA GACETA DE MADRID NUMERO 204 DE FECHA 22 DE JULIO DE 1932 en sus páginas 582 y siguientes El Decreto de fecha 2 de agosto de 1934 , publicado en la Gaceta de Madrid numero 216 de fecha 4 de agosto de 1934.- Viene a prorrogar con carácter indefinido el vuelo y reglamentación de las palomas buchonas o ladinas , debido a la falta de criterios , para la excesiva protección de las mensajeras en el decreto de 1932 .-. 4
  • 5. El Decreto de 22 de Enero de 1935 publicado en la Gaceta de Madrid número 25 de 25 de enero de 1935.- viene a colocar a estas asociaciones, en su estatus legal anterior al decreto de proteccionismo sobre las mensajeras de 1932.-. El Decreto de 29 de agosto de 1935 publicado en la Gaceta de Madrid número 243 de fecha 31 de agosto de 1935.- Incide en la obligatoriedad, que tienen los aficionados a las buchonas o ladinas, de estar en posesión de la correspondiente licencia de vuelo y por ende estar afiliado a alguna Asociación legalmente constituida, otorgando a los Gobernadores Civiles la potestad sancionadora de multa e intervención del palomar. El Decreto de fecha 17 de abril de 1936.- publicado en la Gaceta de Madrid número 112 de fecha 21 de abril de 1936.- Quiere hacer una reorganización del sistema colombófilo y para ello reúne a las parte intervinientes en el sistema palmítico de la época, cual son El Servicio Colombófilo Militar, las Asociaciones Colombófilas, las Asociaciones Colombiculturas, y los Ministerios de La Guerra, Comunicaciones y Agricultura. Todos ellos implicados en las palomas de la época. La Guerra Civil Española, hace que desconozcamos los logros de esta propuesta y se lleven a cabo cuantas deliberaciones se establecen en dichas reuniones La Ley 77/1961.- de 23 de diciembre, acoge en su seno la manifestación deportiva del vuelo de las palomas y crea la Federación española de colombicultura y las federaciones regionales correspondientes. Dejando fuera el vuelo de nuestras ladinas, tal y como hoy las conocemos La historia reciente, es relativamente moderna y de todos conocida, y es en 1960.- cuando por aficionados andaluces, se intenta establecer las primera asociación, todo ello enmarcado en el contexto social de la época ( EL REGIMEN ), siendo solicitada a Delegación Nacional de Educación Física y Deportes, la autorización , para la creación de una Federación 5
  • 6. Andaluza de palomos Ladinos de la mano de Alfonso de la Rimada Pérez, nuevamente viene a prohibir la cría, selección y adiestramiento de estos palomos, llamados por el vulgo ladrones o rateros. La Orden de 10 de diciembre de 1963.- B.O.E. número 300.- sobre regulación y protección del uso y vuelo de las palomas deportivas. En su preámbulo viene a confirmar lo anteriormente dicho sobre la Ley 77/ 1961.- y viene a hacer una exclusión de toda paloma, buchona ladrona, solo con el fin del deporte, lo que excluye sin paliativos el uso de las buchonas ladinas y por ende el juego y vuelo de nuestras buchonas, tal y como se hacía por tradición en Andalucía, y abole cuantas tradiciones hay alrededor de estas palomas Es en 1977.- y tras la reunión del Puerto de Santa María donde a los aficionados a este tipo de palomas, se nos permite la Incorporación a la FEC de los practicantes de razas, pero sin su reglamento, para el vuelo, las condenaron a ser expuestas en un cajón. Desde esas fechas, y de la mano de algunos aficionados sevillanos, nuestras palomas han sido degradadas, hasta tal punto que ya no son funcionales para la práctica, para las que fueron creadas; es por tanto un reto, volver al punto de inflexión, donde nuestras palomas fueron aptas, para la práctica de nuestras tradiciones más arraigadas PREAMBULO Desde el Club Deportivo de Criadores del Palomo Ladino Sevillano, queremos basar todo nuestro trabajo en la selección y adiestramiento de nuestros ejemplares a unos condicionamientos clásicos, cuales son los instintos, de la conjunción de estos, la experta mano de nuestros aficionados, y las enseñanzas de cuantos nos precedieron, seleccionaremos los mejores ejemplares, para la práctica deportiva que hoy recuperamos. Dicha funcionalidad ha de venir precedida, en dos vertientes, la primera y primordial se establece en el PATRON DE TRABAJO Y VUELO y la segunda en este PATRON MORFOLOGICO O PARON RACIAL, que hoy describimos. El objeto del mismo no es otro que concienciar a todos los 6
  • 7. criadores de estos palomos, que todas las evaluaciones en CONCURSOS MORFOLOGICOS han de ir encaminadas a conseguir un palomo más funcional, cuyas características, medidas y formas, crearan un núcleo de aves capaces de poder acceder a LA DECLARACION DE RAZA AUTOCTONA, objetivo marcado por nuestro Club. ORIGENES No podemos caer en la tentación de hacer una retrospectiva y colocarle un origen cierto y contundente en fechas a nuestro palomo, pues caeríamos en errores manifiestos; solo decir que la palabra valenciano, como se denominó anterior a los años 80, como acepción de carácter general idéntico a palabra buchón, ya es citada Ramón Fontelles, entre otros.” Los valencianos o buches”, siendo conocido de forma genérica, como “palomo ratero”, y es a raíz de la aparición de los estándares de 1978, donde se le denomina, palomo laudino Sevillano. Tampoco debemos caer en la mala praxis de las deformaciones fonéticas. Si hurgamos en el Diccionario de la Lengua española sobre las acepciones de la palabra “ladrón “. Es obvio que la palabra gramaticalmente correcta es la de LADINO. Para que seguir denominando a estos ejemplares netamente Andaluces, con términos catalanizados, salvo por la equivocación, falta de rigor de algunos o error de cuantos escribieron. Pues todo lo antedicho, carecen de relevancia histórica, rigor científico, además de ser conceptos vagos e imprecisos. Si podemos afirmar, que dicho animal se consolida en la provincia de Sevilla principalmente, de la mano de cuantos aficionados han cultivado esta Raza, y que por tradición oral hoy sabemos que los ejemplares que hoy cultivamos en sus características morfológicas, vienen siendo conocidos desde entrado el siglo XX; y siguió un proceso de selección, tal y como hoy lo conocemos, son los aficionados de la provincia, los verdaderos modeladores de este maravilloso animal, tanto en sus condiciones fenotípicas ,que pasaremos a especificarlas más adelante , como genotípicas, en lo relativo a un palomo ladino ( 7
  • 8. llamado por el vulgo , ladrón o ratero ) si bien no es más que la consecución por selección de los tres instintos característicos e inherentes, como el de persecución, seducción y apego a su palomar o de conservación; extendiéndose en a todo el territorio nacional. Por sus especiales características, tanto morfológicas, como de colocación tanto en vuelo como en parado, podemos deducir que puede estar conformado por los palomos de nuestra Autonomía, también muy antiguos como Rafeño, Colillano y Marchenero. Es por tanto imprescindible huir de mitos y leyendas tan traídas y llevadas y centrarnos en el fondo de toda la cuestión: la síntesis histórica aludida como palomo representante de los palomos Ladinos de nuestra Región siendo el ladrón o ratero por antonomasia. LA CABEZA Es la parte más característica de estos ejemplares, fiel representación del buen hacer de los aficionados andaluces que a través de los años han sabido modelar a este bello ejemplar, el cual hoy es el reflejo de los palomos carunculados; antaño se le ha dado a esta parte una importancia desmedida, debido a que sus parámetros siempre se han evaluado al alza, desde la óptica de la belleza, sus proporciones y formas nunca fueron cuantificadas de forma racional, dejando el resto del cuerpo en un segundo plano, en cuanto a las puntuaciones. a) CONFORMACION: La línea que configura su entorno debe ser rigurosamente uniforme y curva en toda su extensión desde la nuca hasta el extremo distal del pico; sin el más ligero promontorio ni hendidura, también denominado hachazo en nuestro argot. Dicha línea, habrá de observarse prescindiendo de las carúnculas nasales, esta configuración será más patente en su curvatura a mediación del pico y poco antes de la nuca, en función de los tipos existentes. 8
  • 9. B) TIPOS: Es admitido por todos los criadores dos tipos en función de su curvatura, habiendo sido bautizadas, como ALMENDRADAS por su similitud a una almendra en posición horizontal, y ACARNERADAS por su parecido con la cabeza de un carnero; No podemos omitir un tipo intermedio que denominaremos esférica C) CUANTIFICACION MATEMATICA: Podemos cuantificar las formas de la cabeza de nuestros ejemplares en función de los parámetros de una elipse haciendo una correlación de las distancias entre los focos de la misma D) PARTES: - De los aspectos evaluables que conforman la cabeza distinguiremos: a) El Pico Conformado por sus dos mandíbulas , la superior y la inferior , ambas con sus propias curvaturas , la primera en sentido 9
  • 10. descendente, ha de ser continuación de la línea de configuración de la cabeza , la segunda en sentido ascendente , ambas deben confluir en un solo punto, encajadas perfectamente entre sí y sin desviaciones laterales (picos de piquituertos); si la superior rebasa a la inferior, sólo será admisible mínima dimensión, de 2 m/m. en el caso superior (picos de loro) será penalizable. La mandíbula superior puede ser dentada, al poseer un esquilón a los que los antiguos aficionados denominaban diente. Cualidad muy apreciada que hoy está casi desaparecida. En su conjunto ha de ser mediano y grueso, en forma de piñón. El color de este es inoperante dado que va íntimamente ligado al color de las plumas, por lo que solo evaluaremos la forma y penalizaremos los defectos expresados. b) Los Ojos En términos generales nuestros palomos tendrán: a) la pupila mediana, cambiando de tamaño con la exposición a una fuente de luz ,de color negro brillante, b) Circulo mutal básico, generalmente de color marrón a negro, casi imperceptible en nuestros ejemplares. c) Circulo de adaptación generalmente de color amarillo, pudiendo llegar al blanquecino en función del color de la pluma d) El iris, es aconsejable que sea rojo intenso; podrá ser anaranjado hasta el amarillento en función del color de la pluma En su evaluación deberá ser color rojo brillante, cuanto más intensos y luminosos, mucho mejor, no se descartará los tonos anaranjados, o color miel. No se tolerara, disformismo cromático (distinto color en un ojo con respecto al otro). Podemos definir, el ojo de nuestros ejemplares, como ojo bandera, por la similitud con la Insignia Nacional, Como tónica general 10
  • 11. A dichos efectos se suministra una plantilla cromática para la evaluación del iris, el Juez encargado deberá verificar su puntuación en función del color de la pluma (se aporta dicha plantilla, porque cada persona, tiene una visión cromática distinta) De igual manera de penalizara la falta de circulo de adaptación, como pupila muy pequeña, debiendo ser esta expuesta si las condiciones lo permiten a la luz solar, para ver las dilataciones y contracciones c) Cerco de ojo o Ribetes Dícese de las membranas que circundan los ojos, estas deben ser amplias, planas, y doble, proporcionadas y circulares, entre 1,5 y 2,5 m no deben ser carnosas en exceso ni abultadas su color variará, pudiendo ir desde el amarillo pálido hasta el banco, en función de la pluma. Se penalizara aquellos ribetes con pigmentos rojizos, o color betún al no ser propios de la raza. 11
  • 12. d) Las carúnculas nasales Protuberancias carnosas abundantes, uniformes y simétricas que coronan la mandíbula superior con la unión del cráneo, de color blanco grisáceo, abultadas sin ser excesivamente rizadas, divididas en dos partes, cual altura de un triangulo equilátero redondeado por sus vértices, ambas partes han de ser totalmente simétricas vistas de frente al igual que su contorno visto desde la nuca. Se penalizara, aquellas que fueren asimétricas, excesivamente rizadas, deformadas o invadan la línea central que las divide en el eje del pico; así como en aquellos ejemplares que habiendo cumplido su tercera muda, no hubieren llegado a su desarrollo. A continuación colocamos dos fotos cuyas carúnculas nasales son las correctamente admitidas y otras dos incorrectas. e) Las Verrugas Las verrugas, son unas protuberancias carnosas de formas esféricas o elípticas, de igual composición y color de las carúnculas nasales, estas, se sitúan a ambos lados de la comisura del pico y en su parte inferior. La idoneidad estriba en tener tres, las laterales mas redondeadas, de diámetro entre 0,2 y 0,5 mm..., siendo estas por separado, 1/2 de la central se evaluara por el numero y la proporción entre ellas, han de estar delimitadas, aunque por su exuberancia estén juntas. 12
  • 13. Se verificara que no estén manipuladas atendiendo al color y su textura penalizándose cualquier tipo de inflamación artificial o enquistada. f) Los Tufos Así se denomina a las plumas coberteras que cubren el opérculo auditivo, dichas plumas diferirán en su forma y matiz de color que las que conforman el resto de la cabeza, las cuales deberán ser suaves, cortas y estar asentadas EL CUERPO Como señalábamos al describir la cabeza es la parte olvidada de cuantos patrones, nos precedieron, no habiéndose hecho hasta la fecha un estudio serio De los parámetros óptimos sobre dimensiones (alto, ancho y largo, peso, masa corporal, formas de la quilla, alas, envergadura y forma, inclinación de este sobre el eje horizontal) Decían y comentaban los viejos aficionados, que en las razas Sevillanas era una constante la proporcionalidad (La proporcionalidad es una relación entre magnitudes medibles. Es uno de los escasos conceptos matemáticos ampliamente difundido en la población. Esto se debe a que es en buena medida intuitiva y de uso muy común.) En el ladino sevillano esas medidas pueden y deben ser evaluables, mediante coeficientes matemáticos, que pasaremos a describir no sin antes enumerar entre que parámetros los vamos a establecer: a) Altura del palomo: distancia desde la parte superior de la curvatura de la cabeza, donde la derivada de la función de la curva que la conforma se hace 0, ( llamada flecha u ordenada máxima), hasta el suelo que pisa el animal , es una línea recta imaginaria y perpendicular al suelo , medida esta en su posición erguida. b) Largo: distancia que va desde la parte distal del buche hasta la punta de la cola, es una línea imaginaria, recta y paralela al suelo, medida esta en posición de reposo. 13
  • 14. c) Anchura: distancia en línea recta y paralela al suelo entre los codillos, medida en su parte exterior donde rebosa el buche, estando el animal de frente, alcanza su máxima expresión con el animal erguido. d) Peso: medida cuantificada en gramos, es necesario palpar al animal, por si el buche estuviera lleno de grano, descontándose entre 30 y 50 gramos a criterio del Juez Evaluador, del peso total del ejemplar. e) Armonía: En general, "armonía" significa equilibrio en las proporciones entre las distintas partes de un todo, y en general, es símil de de belleza plástica. f) Inclinación corporal: nuestros ejemplares, varían su inclinación corpórea en función de sus movimientos, para ello debemos trazar una línea imaginaria e inclinada que atraviesa al ejemplar desde la punta de la cola sigue por la albardilla y espalda, dicha línea describe un ángulo con el suelo, y este debe oscilar entre 35º y 75º consiguiendo su máxima armonía entre los 45º y los 60º. g) Masa corporal: es la relación existente entre el peso del ejemplar dividido la altura del mismo lo expresaremos con un índice (IMC) h) Envergadura: distancia entre las puntas de las primeras plumas remeras de las alas estando estas extendidas en su elongación máxima; existe una relación directa entre la envergadura y el peso (IEP) Coeficientes evaluables en nuestros ejemplares: 1.-) Altura / Largo = 1 (H/L) 2.-) Altura / Anchura = 0,5 (H/A) 3.-) Largo / Anchura = 0,5 (L/A) 4.-) Peso comprendido entre 410 y 460 gramos 14
  • 15. 5.-) IMC = Peso (gr.) / Alto (cm.) 6.-) IEP = Envergadura (cm.) / Peso (gr.) 7.-) Inclinación: coeficientes según tablas evaluatorias 15
  • 16. 16
  • 17. 17
  • 18. CUELLO No se ha contemplado en los estándares anteriores, si bien 18
  • 19. existen parámetros y detalles muy característicos en estos ejemplares, debe ser ancho en todas sus proporciones, ni estirado dará apariencia de largo ni arrullado parecerá corto, es recomendable, con cierto morrillo; en su inserción con el cuerpo, le aparecerá un abultamiento denominado, gorguera, melena o chepa característica muy apreciable, que no debemos perder. BUCHE Muy característico, redondeado u ovalado por su base y medianamente colgante; No debe rozar el suelo; de pluma sedosa y esponjosa; en su anchura, deberá cubrir los codillos de las alas (rebozado de buche), su tornasol característico (rojo, verde, o ambos), llegara hasta la inserción con la quilla, debiendo cubrir toda la totalidad. Desde la base del pico y en sentido longitudinal al buche, es deseable que tenga un pliegue vertical y hacia adentro que lo dividirá en dos, dando la impresión de estar rajado, (Rafe), cualidad muy estimada, en su conjunto será proporcional al cuerpo, siendo penalizado, tanto su escasez , como su exceso, así como el estar rozado por su base. * El tornasol; su definición nos dice: “Cambiante, reflejo o viso que hace la luz en algunas telas o en otras cosas muy tersas.” “Polvo violeta altamente colorante,” De esta similitud nace en nuestros ejemplares dicho concepto, si bien el colorido, tiene varios matices, que van desde el morado, violeta, llegando hasta el rosáceo, pasando por el azul-celeste –verde; el tornasol va íntimamente ligado a los colores de la pluma así como nos da una muestra de la genética del animal en relación al color y su trasmisión. Es altamente vistoso y característico en su exposición a los rayos solares. Y no solo se extiende a lo largo del buche, es cualidad muy apreciada su extensión en cabeza, plumas coberteras de las alas, así como a lo largo de toda la espalda. 19
  • 20. ESPALDA Parte del cuerpo que va desde la inserción del cuello hasta la inserción de la albardilla, esta debe ser ancha y plana, en posición de reposo deberá tener un Angulo de 45º sobre el suelo, va íntimamente ligada a la inclinación corporal, y proporcional al tamaño del palomo. ALBARDILLA También llamada rabadilla, comprendida desde la parte baja de la espalda hasta el nacimiento de cola, denominada (penca), esta debe ser ancha y paralela a las líneas que conforman la anchura de la espalda, abundante de pluma, cubrirán hasta los 2/3 de la superficie de la cola en su parte superior véase Fig. 5 PATAS - En posición de reposo estas deberán estar levemente flexionadas, (Fig. 5) solo se admitirá la posición de recta cuando el palomo ejecute los movimientos característicos, rítmico animado de cortejo, llevado por el celo en conjunción con el arrullo y en tiempo limitado al ejecutar la parada; su color ira desde el rojo al morado, siendo estas de aspecto robusto y sin escamas (se aconsejan anillas de 8,00 mm de calibre interior). 20
  • 21. - Estas deben ser proporcionadas al cuerpo, no dando sensación de altura ni dejando ver los muslos en sus movimientos, característica esta, que va íntimamente ligada a la calidad y cantidad de plumas de la canastilla, (Pobre de canastilla) - No deberán estar provistas de plumas (Patas calzadas) ASPECTO GENERAL Como su nombre indica no es más que la conjunción de varios parámetros como son: la armonía, la semblanza y su temperamento expresión visual del conjunto de medidas y valores extrínsecos que hemos venido desarrollando, Es la expresión del equilibrio en las proporciones entre las distintas partes que lo conforman, su pluma sedosa y esponjosa, su tamaño mediano, el buche redondeado, ligero de peso, patas medianas y fuertes y su característica fundamental que lo hace diferente al resto , su cabeza con su curvatura, carúnculas, pico, verrugas y ribete junto con la viveza del ojo; constituyen un atractivo único en la estética 21
  • 22. 22
  • 23. Consideraciones: a) Este Patrón Racial y sus alegaciones se aprobaran por consenso de los 2/3 de los socios del Club, en Asamblea Extraordinaria, transcurrido un año. c) Todo lo expuesto aquí, será evaluado en la práctica, por los Jueces afectos a este club, tomando nota de cuantas modificaciones, ampliaciones o enriquecimiento, sean necesarios por un periodo de un año. d) Las modificaciones o ampliaciones del mismo se llevaran a cabo, por los Jueces afectos al precitado Club, se dará cuenta a todos los socios, para las pertinentes alegaciones, y deberán ser aprobadas nuevamente en Asamblea Extraordinaria, convocada a dicho fin con los votos de los 2/3 de todos los socios. El Patrón resultante será registrado nuevamente en el Registro de la Propiedad Intelectual. 23
  • 24. PATRON DE TRABAJO Y VUELO DEL PALOMO LADINO SEVILLANO Podemos decir que los instintos son la base genética de nuestros ejemplares, cualidades que hemos seleccionado a través de la historia, como son el de persecución, seducción y apego a su palomar o instinto de conservación. Dicha selección obedecerá a dos facetas importantes una el vuelo en sí, y otra el comportamiento dentro del territorio delimitado por su palomar por lo que haremos dos apartados que los denominaremos trabajo en el aire y trabajo en el palomar. ¿Que entendemos por instinto? código de conducta y aprendizaje, que se adquiere por herencia genética. ¿Que entendemos por instinto de persecución? La predisposición del macho o la hembra en celo a salir tras otra paloma, ya sea propia, del vecino, perdida o urbana, para conducirla a su palomar. ¿Que entendemos por instinto de seducción? Cualidad intrínseca de nuestros ejemplares, ya sea mediante posiciones o colocaciones en el aire o ritual rítmico-animado de movimientos acompasados por un sonido característico el arrullo, para atraer a la hebra o al macho y llevarlo a su territorio. ¿Que entendemos por instinto de conservación o apego a su palomar? Comportamiento por el cual nuestro ejemplar no parara en palomar ajeno o altura dominante que no esté dentro del territorio de su palomar. FORMAS O FACETAS EVALUABLES EN NUESTROS EJEMPLARES En lo referente al vuelo, deberá ser acompasado, 24
  • 25. prefiriendo siempre en el aire al palomo que tire los vuelos en forma de remos, tenga una gran funcionalidad, con capacidad de hacer los cambios necesarios, para cambiar de una faceta a otra, en todo los aspectos morfológicos de las partes que integran el conjunto del vuelo, (alas, cuello y cola), esto con carácter general. Nuestros ejemplares utilizaran dos facetas de persecución, A) cuando el ejemplar divisa desde su atalaya, cajón o posadero una paloma de distinto o igual sexo, ya sea perdida, zurita o urbana saldrá en persecución, batiendo las alas con fuerza y palmeando, lo que denominaremos SALIDAS esta faceta es denominada de varias formas en función de las provincias andaluzas, en unos lugares les llaman AZURITARSE, en otros ESTIRARSE o TIRAR hasta darle alcance, en definitiva el palomo de que debe hacer es perseguir. Es aconsejable, ejemplares capaces de tener funcionalidad en cada fase del vuelo, o capacidad de modificar el braceo, la cola, y posición del cuello, adaptación a cada fase del vuelo, persecución o seducción, en nuestro caso particular, nuestros ejemplares, cierran lo cola, y la dejan caer unos 10º bajo la línea de horizonte, lo que denominamos en términos coloquiales MOSTRAR EL RABO B) Caso de no divisar paloma el animal echa a volar adoptando un vuelo más pausado, haciendo un vuelo de reconocimiento, lo que se denomina, VOLAR AL CORSO O BICHEAR pues el ejemplar va ralentizando el braceo haciendo movimientos de cabeza, para otear en todas direcciones, para descubrir el macho o hembra tan anhelado. C) En el caso de no encontrar paloma alguna al volver a su palomar nuestros ejemplares adoptan una posición o faceta característica, como es VOLAR A VELA O HACER EL ANGEL característica de los palomos carunculados. D) Tanto en el caso A) y B) nuestros ejemplares al 25
  • 26. encontrarse con otro espécimen se transforman e inician un ritual aéreo de conquista o seducción, lo que denominamos POSE, COLOCACION O FIGURA. Es esta fase, la más requerida por los aficionados, momento donde el animal se siente vencedor y se adorna, con todos los instrumentos a su alcance; ralentiza el vuelo, abre la cola entre 100º y 180º manteniéndola plana a la línea de horizonte, el hasta ahora remado, cambia a una situación intermedia, entre braceo y remado, lo que denominamos VORLAR A CODILLOS, pudiendo repetirse en varias ocasiones. Debemos tener en cuenta que el exceso de colocación, no es propio de la raza y dicha faceta del vuelo solo deberá exhibirse, en la fase de seducción. Pasamos a describirlos por partes su morfología: CUELLO: Lo más característico y peculiar de nuestros palomos en el aire, cuando persiguen es la posición del cuello en relación al cuerpo, este deberá tener una curvatura natural y característica denominado CUELLO DE CULEBRA, mostrando como dicen los aficionados más viejos, LA CHEPA O JOROBA. En la faceta de volar a codillos, el cuello pasa a estirarlo solo un poco, manteniendo su posición horizontal, pudiendo levantarlo solo hasta 10º sobre la línea de horizonte; el exceso de cuello en estiramiento y levantado no es propio de la raza. CABEZA Y PICO: Esta deberá seguir la proyección del cuello, el pico ha de llevarlo paralelo a la línea de horizonte y cerrado, de llevarlo abierto, tanto en el vuelo, como al terminar el vuelo es señal inequívoca del cansancio del animal habiendo de evaluar las condiciones climatológicas, vientos fuertes y temperaturas. BUCHE: Nunca deberá ser exagerado, ya que daría lugar a que se balanceara en forma de péndulo transversal al sentido o 26
  • 27. dirección del vuelo, cosa inadmisible en nuestros palomos, como tampoco lo debe llevar subido o hinchado y que le forma paperas (expresión nuestra) a los lados del cuello. En el aire puede descolgarlo en forma de pera o con la misma anchura y, descolgado, que se le pueda ver en una posición normal, ALAS: El movimiento sincronizado, deberá ser acompasado, prefiriendo siempre en el aire al palomo que tire los vuelos en forma de remos (Movimiento de rotación que hace el humero sobre la cabeza de la escápula) cuando persigue, de las características del ala, según el Patrón Racial, dependerán muchas de las cualidades de los ejemplares. PATAS: Es aconsejable que el ejemplar las lleve recogidas en todos sus movimientos será penalizable el llevarlas colgando, síntoma de desequilibrio o cansancio, salvo que a criterio del juez evalúe, las condiciones climáticas y deduzca que es por exceso de calor. COLA: Debemos distinguir en cada fase del vuelo, la posición de la cola, sería deseable un ejemplar, con funcionalidad, en persecución deberá llevarla lo más cerrada posible, Será penalizable las colas vueltas, pues restan funcionalidad y provocan desequilibrios, no perteneciendo a esta raza, el palomo ladino siempre será plano llevando esta, levemente caída ALTURA, TIEMPO Y RADIO DE ACCION: Son estos parámetros los que siempre han hecho de nuestros palomos un animal incansable, conquistador y altanero, que con el número de salidas, y sus dotes de seducción, armonía, y empeño en la conquista, dejan entrever, la valía del mismo. Es por ello que evaluaremos estos parámetros con especial significado, tanto en el aire, como en su territorio o palomar. Todos los pormenores y matices a la hora de llevar a cabo los enjuiciamientos, serán abordados, en el preceptivo Reglamento que desarrolla dicha praxis. 27
  • 28. 28
  • 29. Aprobado en Asamblea General del día _____ de ________ del 2.009.- con las siguientes Consideraciones: a) Este Patrón de trabajo y vuelo se revisara cada 5 años o bien por consenso de los 2/3 de los socios del Club, aprobado en Asamblea Extraordinaria. b) Las modificaciones o ampliaciones del mismo se llevaran a cabo, por los Jueces afectos al precitado Club, se dará cuenta a todos los socios, para las pertinentes alegaciones, y deberán ser aprobadas nuevamente en Asamblea Extraordinaria, convocada a dicho fin con los votos de los 2/3 de todos los socios. c) Todo lo expuesto aquí, será evaluado en la práctica, por los Jueces afectos a este club, tomando nota de cuantas modificaciones, ampliaciones o enriquecimiento, sean necesarios por un periodo de dos años. d) El Patrón resultante será registrado nuevamente en el Registro de la Propiedad Intelectual. 29
  • 30. REGLAMENTO DE LOS ENJUICIAMIENTOS PARA JUECES DEL CLUB PREAMBULO a).- Dentro del organigrama general de nuestro Club que se expresa y detalla a continuación, cabe destacar en este apartado, la constitución del Colegio de Jueces del Club Deportivo de Criadores del Palomo Ladino Sevillano B).- Este está subordinado a la Directiva del Club y estará compuesto por el Vocal General de los Jueces y una Comisión permanente. c).- El Vocal General de los Jueces del Club de Criadores del Palomo Ladino Sevillano, será el Juez más Antiguo de cuantos estén en dicho ejercicio, y la Comisión Permanente la compondrán un número determinado de Jueces. d).- Todos estos cargos, serán nombrados por el Presidente del Club, y representaran a nuestro Club, en el Colegio 30
  • 31. de Jueces del Club de Criadores de Palomas de Razas Autóctonas Andaluzas , de los que formamos parte. El objetivo primario de este trabajo que desarrollaremos a lo largo de este escrito no es otro que recuperar, una Tradición Andaluza, referente de nuestra Afición, con historia propia y que da pie a que otras Regiones, como Murcia y Valencia, hoy posean un deporte, basado en las primeras Ordenanzas emanadas de la Cancillería de Granada en 1759.- como son Las normas de hembreo para la ciudad de Cádiz. Este deporte tan singular, también llamado el juego de las palomas buchonas, basado en la persecución, seducción y apego a su territorio, sin pararse en palomar ajeno , se viene practicando en Andalucía desde tiempos inmemoriales , con animales, propios de la tierra , nacidos , criados y seleccionados , para esos fines , y a lo largo de la historia se les ha denominado BUCHONAS LADINAS , ( Vulgarmente llamadas ladronas o rateras ) y recientemente BUCHONAS ESPAÑOLAS , si bien tienen su origen en Andalucía . No podemos perder de vista en ningún momento que el objetivo principal trazado por el Club de Criadores de Palomos de Razas Autóctonas Andaluzas que es la recuperación del vuelo y el trabajo de nuestros ejemplares que, por avatares de la Historia, que en su momento habrá que explicar públicamente, se han visto relegados a vivir en un cajón, más o menos bello y a ser enjuiciados de acuerdo con unos estándares que están aún esperando su desarrollo, ya que la elaboración de los mismos tuvo que hacerse de forma precipitada, o bien modificados al libre albedrío , sin el consenso de los aficionados. Para nada se ha valorado el vuelo y el trabajo de nuestros ejemplares, que en gran cantidad de ocasiones acuden a los concursos sin saber lo que es volar, siendo enjuiciados sólo por su morfología, dinámica que, evidentemente, beneficia a los criadores de un tipo de palomos Cabe mencionar que cada tipo de paloma que conforman las Razas Autóctonas Andaluzas, tiene una forma peculiar y distinta de ejercer, esa persecución, seducción y apego a su 31
  • 32. palomar, donde llevará a la hembra o seducirá al macho objeto de la atracción, síntesis de este, nuestro deporte; es por ello, que lo aquí descrito, sea de aplicación de forma genérica, y sirva de referente común a cuantos tipos conforman las Razas Autóctonas Andaluzas. Para el juego de las palomas síntesis de nuestro deporte, son de aplicación, el espíritu y reglas de comportamiento ético, dimanante Del decreto de 21 de julio de 1932.- publicado en LA GACETA DE MADRID NÚMERO 204 DE FECHA 22 DE JULIO DE 1932. Decreto este cuyo espíritu es el referente más claro y contundente de una Administración, en este caso Estatal, por armonizar, los distintos deportes efectuados mediante palomas. Consideramos con carácter general hacer una regulación de los enjuiciamientos en vuelo de nuestras palomas ladinas a través de un compendio de normas que eviten los malos entendidos que pudieran producirse entre aficionados al llevarlos a efecto. A tal fin, y para que nuestros palomos y palomas puedan competir en igualdad de condiciones, en los enjuiciamientos, serán de obligado cumplimiento, observar y respetar las normas siguientes: 1.- Los enjuiciamientos se llevarán a cabo preferentemente durante los meses que van de noviembre a finales de abril, fechas ya consabidas de todos y que vienen publicadas en los siguientes reglamentos, dado que en estas fechas nuestros ejemplares están en plenitud de muda y celo. - Ordenanzas de 25 de mayo de 1759.- - Reglamento palomítico de Chiclana de 1 de mayo de 1.881.- - Reglamento de Palomos ladrones, de 1 de noviembre de 1886.- 2.- Preferentemente, los enjuiciamientos se harán por la mañana, a criterio de Jueces y aficionados, es en este tiempo, cuando nuestros ejemplares, muestras las mejores cualidades Si por cualquier motivo o circunstancia el aficionado solicitare que 32
  • 33. los enjuiciamientos fuesen por la tarde, las exigencias del mismo, serán las mismas que por la mañana. 3.- Las condiciones climatológicas: sol, lluvia, viento, etc. inciden directamente en el vuelo de los ejemplares objeto de los enjuiciamientos. En el caso de que estas circunstancias sean adversas y cambiantes y no ideales, los jueces y propietario, previo acuerdo, podrán suspender este, o bien valorar a los ejemplares teniendo en cuenta estas circunstancias, en función de estas y a criterio de los jueces actuantes se les otorgaran los tiempos necesarios. 4.- El tiempo de enjuiciamiento será de 15 a 20 minutos aproximadamente al corso y 5 minutos acompañado del de sexo contrario. 5.- Antes del enjuiciamiento todos los palomos y palomas sin excepción estarán encerrados en sus jaulas, cañízolas, o encerraderos - Si existieren palomos sueltos de otros aficionados, pertenecientes a otro palomar, se efectuara de acorde con las circunstancias, y se valorara las aptitudes de los ejemplares en su medio natural. 6.- En los enjuiciamientos deberán estar presentes: a) El propietario de los palomos o palomas objeto de enjuiciar. b) Dos jueces, siempre que ello fuere posible. c) Un acompañante que podrá ser elegido por el propietario. 33
  • 34. 7.- El colombófilo deberá seguir las instrucciones que le indiquen los jueces a efecto de llevar a buen término las pruebas, para enjuiciar sus ejemplares, en el palomar solo se hayan las personas citadas a fin de verificar cuanto se dictamina en el patrón y asignar las calificaciones. Como regla General los ejemplares cuando se hayan enjuiciados deberán de ser encerrados. Si por alguna circunstancia no se pudiera hacer, los actuantes a criterio de los jueces decidirán si continúan o suspenden los enjuiciamientos. 8.- Para enjuiciar a los animales, estos deberán ser adultos, una vez efectuada su primera muda, es lo aconsejable. Si bien a criterio del aficionado pueden ser evaluados los pichones; es por tanto que con esas edades el palomo no está en plenitud de sus facultades y la consecución de lo establecido en el patrón de vuelo y trabajo es más difícil de conseguir. 9.- El juez ponderará si la visibilidad desde el palomar es la correcta, o si por el contrario no se puede visualizar los movimientos que requiere la evaluación de los palomos, ante lo cual podrá suspender el mismo; siendo anotado todas estas incidencias en el acta del enjuiciamiento. 10.- Una vez evaluado el ejemplar, si su calificación es deficiente o no apta, su propietario o adquirente, podrá solicitar una nueva evaluación, siendo esta inscrita por solicitud, para el año siguiente. 11.- El Colegio de Jueces es el competente, para la designación de los jueces.  La solicitud de evaluación se hará por escrito, en formulario adjunto, y dirigida al Presidente de colegio de jueces, con al menos un mes de antelación.  En dicha solicitud constará la filiación del peticionario y la del invitado por este, número de las acreditaciones de ambos en vigor, así como el número de ejemplares, 34
  • 35. con expresión de sus anillas, fechas de nacimiento, color y sexo.  La Secretaria, derivará dichas peticiones, a Comisión Permanente, la cual designará un mínimo de tres jueces, para cada solicitud, siendo el tercer nombrado, reserva, ante cualquier eventualidad; siendo llevado a cabo los enjuiciamientos por al menos dos de ellos 12.- Gastos de enjuiciamiento: Cuando se produzcan estos gastos o dieren lugar, serán visados con minuta dimanante del Colegio de Jueces, las cuales serán por los conceptos siguientes: a) Gastos de desplazamiento  Para minimizar los gastos por desplazamientos , la Comisión Permanente nombrara a los jueces entre los de la misma localidad o más próxima, b) Enjuiciamiento por ejemplar c) Dietas de comida 4) Alojamiento  Cuando se produzcan, serán fijados, por la Directiva del Club, una vez oídas las partes, con la filosofía de ser mínimos, estos serán comunicado a todos los socios, y se aprobaran en Asamblea, por periodo anual. 13.- Los Jueces intervinientes, incorporaran en sus evaluaciones, tríptico de una planilla , por cada ejemplar objeto a enjuiciar, debiendo remitir al Colegio de Jueces , copia de cada una , así como hacer acompañar todas las efectuadas en cada palomar, del Acta levantada, con expresión de todos los datos referidos anteriormente; se ese modo, el propietario se quedara con una copia, otra quedara en poder del Juez y la tercera se dará por archivada en el Colegio de Jueces, para la elaboración de los 35
  • 36. correspondientes Raports. 14.- El Colegio de Jueces en la medida de posibilidades ira formado jueces a lo largo de la geografía andaluza. A tal efecto, y por parte de la Sección todos los años se impartirán cursos de formación y acreditación de jueces, o cuando las necesidades así lo estimen. 15 .- (Del Reglamento General del C.D.C.P.R.A.A.) Esta Sección Deportiva proporcionará, de acuerdo con los distintos clubes que la forman, las metodologías formativas necesarias que permitan una unificación de criterios en las distintas razas a la hora de ser enjuiciadas; así como una consolidación y profundización en el estudio de los patrones, tanto morfológico como de vuelo y trabajo, aportando a tal fin, recursos humanos y didácticos, como: asesoramiento de jueces, videos de palomas en vuelo, dibujos de vuelo, prácticas en palomares, etc.). 16.- (Del Reglamento General del C.D.C.P.R.A.A.) Los patrones de vuelo y trabajo de cada raza será elaborado por cada uno de los clubes que componen esta Sección Deportiva. Dichos clubes nombrarán a dos de sus miembros para que formen la Comisión Permanente, que será la encargada de otorgar los correspondientes certificados de Aptitud a los palomos enjuiciados durante el año que hayan superado las pruebas correspondientes. Consideraciones: a) Este Reglamento, se revisara cada 5 años o bien por consenso de los 2/3 de los socios del Club, aprobado en Asamblea Extraordinaria. b) Las modificaciones o ampliaciones del mismo se llevaran a cabo, por los Jueces afectos al precitado Club, se dará cuenta a todos los socios, para las pertinentes alegaciones, y deberán ser aprobadas nuevamente en Asamblea Extraordinaria, convocada a dicho fin con los votos de los 2/3 de todos los socios. 36
  • 37. c) Todo lo expuesto aquí, será evaluado en la práctica, por los Jueces afectos a este club, tomando nota de cuantas modificaciones, ampliaciones o enriquecimiento, sean necesarios por un periodo de dos años. 37