Con fecha 31 de marzo de 2021 se aprobaron los "Lineamientos para la implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención" que servirán de referencia para las personas jurídicas que opten por implementar un modelo de prevención en su Organización. A continuación les comparto un resumen de los mismos.
2. Lineamientos para
la implementación
y funcionamiento
del Modelo de
Prevención
Base legal
Ámbito de
aplicación
Supuestos
para la
investigación
Implementación y
funcionamiento
del Modelo
Debida
diligencia
Participación
de la SMV
Base legal
• Ley 30424, regula la responsabilidad administrativa de las
personas jurídicas y sus modificaciones (DL No 1352, Ley
No 30835)
• DS No 002-2019-JUS, el “Reglamento”
Ámbito de aplicación
Personas jurídicas:
• Entidades de derecho privado
• Fundaciones
• Comités no inscritos
• Sociedades irregulares
• Asociaciones
• Organizaciones no
gubernamentales
• Entidades que administran
patrimonios autónomos
• Empresas del Estado o
sociedades de economía mixta
Delitos
• Colusión simple y
agravada
• Cohecho activo genérico
• Cohecho activo
trasnacional
• Cohecho activo
específico
• Tráfico de influencias
• Lavado de activos
• Financiamiento del
terrorismo
Implementación y funcionamiento del Modelo
Elementos mínimos:
• Identificación, evaluación y mitigación de riesgos.
• Un encargado de prevención
• Implementación de procedimientos de denuncia
• Difusión y capacitación periódica del Modelo
• Evaluación y monitoreo continuo del Modelo
Debida diligencia sobre:
• Clientes
• Proveedores
• Colaboradores
• Contratistas
• Agentes
• Intermediarios
• Socios comerciales y partes
interesadas, entre otros.
Participación de la SMV
• A solicitud del Fiscal a cargo
de la investigación, emitirá un
informe técnico evaluando la
implementación y
funcionamiento del Modelo.
• Se encuentra facultada para
requerir información,
documentación y otra
evidencia requerida para
realizar su labor.
Supuestos para la investigación
Las personas jurídicas podrán ser investigadas cuando los delitos hayan sido cometidos en su
nombre o por cuenta de ellas y en su beneficio directo o indirecto por:
a) Sus socios, directores, administradores de hecho o derecho, representantes legales o
apoderados de la persona jurídica o de sus filiales o subsidiarias,
b) La persona natural que, estando sometida a la autoridad y control de socios, directores,
administradores, representantes legales o apoderados de la persona jurídica o de sus
filiales o subsidiarias, hayan cometido el delito bajo sus órdenes o autorización,
c) Por la persona natural que haya cometido el delito porque los funcionarios incumplieron
sus deberes de supervisión, vigilancia y control.
3. Elementos mínimos en la implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención
Identificación, evaluación y mitigación
de riesgos
Encargado de prevención
Implementación de procedimientos
de denuncia
Difusión y capacitación periódica del
Modelo
Evaluación y monitoreo continuo del
Modelo
Las fases estratégicas para la gestión de riesgos de comisión de
delitos son:
a) Etapa previa: Definir las funciones y responsabilidades
operativas, procesos operativos, y la responsabilidad de
supervisión, determinando áreas o unidades responsables.
b) Identificación de riesgos: Identificar actividades, operaciones
y/o procesos con mayor exposición al riesgo.
c) Evaluación y análisis de riesgo: Examen sistémico que permite
la probabilidad de que se materialicen los riesgos inherentes,
así como la magnitud de sus consecuencias, en caso lleguen a
materializarse.
d) Mitigación de riesgos: Implementación de controles y
medidas de prevención, detección o corrección
4. Elementos mínimos en la implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención
Identificación, evaluación y mitigación
de riesgos
Encargado de prevención
Implementación de procedimientos
de denuncia
Difusión y capacitación periódica del
Modelo
Evaluación y monitoreo continuo del
Modelo
Es aquella persona u órgano que ha sido designado por el máximo
órgano de gobierno, alta dirección o quien haga sus veces.
Funciones: Velar por la aplicación, ejecución, cumplimiento y mejora
continua del Modelo, así como asegurar el cumplimiento de las
políticas y objetivos del Modelo. Estas funciones podrían
materializarse, entre otras, con las siguiente funciones:
a) Supervisar, monitorear y hacer cumplir las políticas y objetivos del
Modelo
b) Verificar la adecuada conservación y custodia de los documentos
referidos al Modelo
c) Asesorar y orientar al órgano de administración y a los
colaboradores de la Organización para absolver sus dudas.
d) Informar y comunicar sobre el desempeño y cumplimiento del
Modelo al máximo órgano de gobierno, la administración y la alta
dirección
e) Promover que el personal y los directivos tengan a su disposición
las capacitaciones necesarias y apropiadas relacionadas al Modelo
5. Elementos mínimos en la implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención
Identificación, evaluación y mitigación
de riesgos
Encargado de prevención
Implementación de procedimientos
de denuncia
Difusión y capacitación periódica del
Modelo
Evaluación y monitoreo continuo del
Modelo
El procedimiento de denuncia comprende los siguientes
componentes:
• Canal de denuncias
• Mecanismos de protección para el denunciante
• Esquemas de incentivos
• Procedimiento de investigación interna y medidas disciplinarias.
El canal de denuncias debe permitir el reporte de cualquier intento,
sospecha o comisión de alguno de los delitos comprendidos en el
objeto de la Ley.
6. Elementos mínimos en la implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención
Identificación, evaluación y mitigación
de riesgos
Encargado de prevención
Implementación de procedimientos
de denuncia
Difusión y capacitación periódica del
Modelo
Evaluación y monitoreo continuo del
Modelo
• Se debe difundir el Modelo y capacitar periódicamente a los
colaboradores, directivos, independientemente de la posición o
función que ejerzan, así como socios comerciales y partes
interesadas.
• Capacitar sobre las políticas, principios, objetivos, alcances y los
elementos del Modelo, de manera que permita el logro de una
cultura de ética o integridad corporativa.
7. Elementos mínimos en la implementación y funcionamiento del Modelo de Prevención
Identificación, evaluación y mitigación
de riesgos
Encargado de prevención
Implementación de procedimientos
de denuncia
Difusión y capacitación periódica del
Modelo
Evaluación y monitoreo continuo del
Modelo
• El órgano de gobierno y/o la administración deben
monitorear y revisar la adecuación e implementación de
las mejoras y correcciones que sean necesarias en el
Modelo, acciones que deben reflejarse
documentalmente.
• Este proceso debe realizarse, como mínimo, una vez al
año.