1. LIQUIDACION DE LA NOMINA DE PAGOS
Técnicos en Contabilización de
Operaciones Comerciales y Financieras
PATRICIA ROCHA SIERRA
Administradora de Empresas
Es. Formulación y Evaluación de Proyectos de Inversión PyP
Celular: 3106593132
Teléfono: 4221560
Email. Patrirosi10@gmail.com
2. Mensualmente o quincenalmente según sea el
periodo de pago acorado, la empresa debe
proceder a liquidar su respectiva nómina para
determinar los diferentes conceptos que adeuda al
trabajador y que debe descontarle o deducirle.
Liquidación de la nómina
3. CASO PRACTICO
A continuación se expone un ejemplo sencillo de la liquidación de
una nómina. Para hacer el ejercicio más ágil y comprensible, el
ejemplo se trabajara con un solo empleado, el cual tenga derecho
al Auxilio de transporte, a horas extras y a comisiones.
Supuesto:
Salario básico. 1.000.000
Comisiones. 100.000
Horas extras. 50.000
Auxilio de transporte. 83.140 (2017)
Total devengado $1.233.140
4. • Liquidación.
• Deducciones de nómina. (Conceptos a cargo del empleado)
Salud (4%) 1.150.000 * 0.04 = 46.000
Pensión (4%) 1.150.000 * 0.04= 46.000
• Nota. Para efectos de la seguridad social no se tiene en cuenta el Auxilio
de transporte.
• Seguridad social a cargo del empleador.
• Salud (8.5%) .150.000* 0.085 = 97.750
Pensión (12%) 1.150.000 * 0.12= 138.000
A.R.P. (Según la tabla). 1.150.000*.00522 = 6.003
LIQUIDACIÓN DE LA NOMINA
5. •Prestaciones sociales.
Prima de servicios. 913.600 * 0.0833 = 102.721
Cesantías. 913.600 * 0.0833 = 102.721
Intereses sobre las cesantías. 75.037 * 0.12 = 12.326
Vacaciones. 1.000.000 *0.0417 = 41.700
Nota:
1. El artículo 192 del C.S.T contempla que para el cálculo de las
vacaciones no se tiene en cuenta el valor de las horas extras.
LIQUIDACION NOMINA
6. CALCULO PRESTACIONES SOCIALES
2. Para el cálculo de las Prestaciones sociales dentro de la base se debe
incluir el Auxilio de transporte, excepto para las vacaciones. Solo se debe
tomar el salario básico, puesto que en vacaciones no tendrá ni horas
extras, comisiones ni trabajo suplementario.
3. Según la sentencia de septiembre 16 de 1958, de la Corte suprema de
justicia, la base para el cálculo de la prima de servicios debe ser el salario
promedio, lo que significa que se deben incluir tanto las comisiones como
el trabajo suplementario y las horas extras.
4.Para el cálculo de las cesantías se debe tomar el salario promedio, lo
que supone la inclusión de las comisiones, horas extras y trabajo
suplementario.
7. Para el cálculo de las vacaciones, por costumbre se provisional
el 4.17% lo que corresponde exactamente a 15 días de salario,
pero se debe tener en cuenta que a la hora de pagar la
vacaciones se debe pagar aproximadamente 18 días de salario,
toda vez que la norma habla de 15 días hábiles de descanso, lo
que por lo general significan 18 días calendario. Recordemos que
los domingos y festivos no son días hábiles. El sábado es día
hábil solo si en la empresa se labora ese día, de lo contrario
tampoco es día hábil.
CALCULO DE LAS VACACIONES
8. Aportes parafiscales.
• Cajas de compensación familiar (4%). 1.150.000 * 0.04 =
46.000.
I.C.B.F. (3%). 1.150.000 * 0.03 = 34.500.
Sena. (2%). 1.150.000 * 0.02 = 23.000.
Nota. Para el cálculo de los Aportes parafiscales se toma el valor
total de la nómina mensual de la empresa excluyendo el Auxilio
de transporte que no es factor salarial, y siempre considerando
que la esté obligada a liquidar ICBF y Sena, pues no se debe
perder devisa que estos conceptos, en algunos casos
desaparecieron
APORTES PARAFISCALES
9. •Neto a pagar al empleado.
•Total devengado 1.233.140
•(-) Salud 34.000
•(-) Pensión 34.000
•Neto pagado $1.141.140
NETO PAGADO
10. •Una vez liquidada la nómina, se debe contabilizar cada
uno de los conceptos determinados. En este ejemplo, se
supone que el empleado pertenece a la parte
administrativa, por lo que se utilizara la cuenta 51.
•Para la contabilización de la nómina, utilizaremos los
valores determinados en la liquidación de la nómina que
suponemos arroja los datos abajo consignados.
Contabilización de la nómina
11. •En el proceso de contabilización se utilizaran los
siguientes grupos de cuentas.
•1105 (Bancos).
•2370 (Retenciones y aportes de nómina).
•2610 (Provisiones para obligaciones laborales).
•5105 (Gastos de personal).
Contabilización de la nómina
12. Código Nombre de la cuenta Debito Crédito
250505 Salarios por pagar 846,662
237005 Aportes E.P.S 106,250
237006 A.R.P 4,437
237010 Aportes parafiscales 76,500
238030 Fondos de pensión 131,751
261005 Cesantías 75,037
261010 Intereses sobre las cesantías 9,004
261015 Vacaciones 29,190
261020 Prima de servicios 75,037
510506 Sueldos 700,000
510515 Horas extras 50,000
510518 Comisiones 100,000
510520 Auxilio de transporte 63,600
510530 Cesantías 75,037
510533 Intereses sobre las cesantías 9,004
510536 Prima de servicios 75,037
510539 Vacaciones 29,190
510568 A.R.P 4,437
510569 Aportes E.P.S 72,250
510570 Aportes fondo pensiones 98,813
510572 Aportes cajas de compensación 34,000
510575 I.C.B.F 25,500
510578 Sena 17,000
Sumas iguales 1,341,068 1,341,068
13. • En el caso que haya lugar a practicarle retención por salarios a un
empleado, el valor de la retención se deduce del total devengado
y se contabiliza con un crédito a la cuenta 236505.
• Igual se deduce del total devengado los embargos judiciales,
libranzas, aportes a Cooperativas y fondos y demás descuentos
que deba hacer la empresa al empleado. Estos conceptos se
contabilizan en la respectiva subcuenta de la cuenta 2370.
• No hay que olvida, que la empresa solo puede retener o deducir
del sueldo del empleado aquellos conceptos o valores
autorizados expresamente por el mismo empleado u ordenados
por una autoridad judicial.
Comentarios.
14. • La parte que le corresponde al empleado por concepto de salud y
pensión se considera como una retención de nómina (deducciones de
nómina), y como se puede ver se contabiliza en la cuenta 2370 y 2380,
junto con la parte que le corresponde pagar al empleador.
• Al gasto solo se lleva la parte de la pensión y de salud que le
corresponde al empleador, puesto que el valor restante, es el trabajador
quien lo aporta y se le carga como deducción de nómina.
• Las prestaciones sociales se contabilizan en la cuenta 2610, que
corresponde a una provisión. Se considera provisión porque es una
estimación de lo que se pagara por ello. Una vez se haya determinado el
valor exacto que se debe pagar por Prestaciones sociales se lleva a la
cuenta 25.
COMENTARIOS
15. Es importante aclarar que no se debe olvidar a final de año cancelar las
respectivas provisiones y llevarlas a la cuenta 25 como pasivos reales y
efectivos, toda vez que los pasivos estimados no proceden fiscalmente, y
esto supondría un aumento del patrimonio fiscal que es la base para el
calculo de la renta presuntiva y el Impuesto al patrimonio.
La nómina por pagar se ha causado inicialmente en la cuenta 2505, y
luego al momento de pagarla, se debe debitar esta cuenta y acreditar la
cuenta de caja o bancos, según sea el caso.
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