2. EL REINADO DE CARLOS IV (1788-1808)
LA GUERRA DE LA INDEPENDENCIA (1808-1814)
LAS CORTES DE CÁDIZ (1810-1812) LA CONSTITUCIÓN DE
CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN CÁDIZ (19 DE MARZO DE 1812)
(1788-1833)
EL REINADO DE FERNANDO VII (1814-1833)
.- LA RESTAURACIÓN DEL ABSOLUTISMO (1814-1820)
.- EL TRIENIO LIBERAL (1820-1823)
.- LA DÉCADA OMINOSA (1823-1833)
3. La crisis del Antiguo Régimen
1788-1833
A finales del s. XVIII primer tercio del s. XIX, Europa y también España asiste
al inicio del desmoronamiento de las estructuras que sostenían el Antiguo
Régimen.
En cada país el proceso fue distinto, en nuestro caso, este periodo comprende
desde la muerte de Carlos III (1788) a la de Fernando VII (1833) y en
consecuencia pasamos del Antiguo orden a un Nuevo orden (liberalismo) y al final
“el mundo (y, dentro de él España) será distinto”.
El proceso se caracterizó por una crisis del sistema político (monarquía
absoluta) social y económica en la que influyeron las ideas revolucionarias
francesas, la ilustración, la Guerra de la Independencia y como veremos la
resistencias sociales de los estamentos privilegiados a aceptar ese cambio histórico.
Todo ello desembocó en la descomposición del Antiguo Régimen y en el inicio
de la Revolución Liberal.
Fue un periodo de constante inestabilidad política, de avances y
retrocesos: Guerra de la Independencia, Cortes de Cádiz, Restauración del Antiguo
Régimen, Trienio Liberal, vuelta al absolutismo.
En 1808, España inicia la Guerra de la Independencia contra los franceses. La
ocupación francesa hizo irreversible la crisis del absolutismo borbónico, agravó
las dificultades económicas, e inició una revolución, ya que manifestó un sentimiento
nacional sobre el que se creó el Estado Liberal y aceleró la crisis del Antiguo
Régimen.
Por último, digamos en esta introducción, que la situación afectó a
América, que inició una oleada revolucionaria que concluyó con la independencia de
los territorios españoles en América.
4. CRISIS DEL ANTIGUO RÉGIMEN El paso del Antiguo Régimen un régimen liberal
(1788-1833) parlametario. El proceso en el que las estructuras
de A. Régimen muestran su incapacidad ante los
problemas que surgen en estos momentos: crisis
Crisis del absolutismo borbónico
económica, social, política.
EL REINADO DE CARLOS IV (1788-1808) 1789 estalla la Revolución Francesa
Débil y sin carácter Miedo. Contagio. Temor.
FASE DE NEUTRALIDAD Influenciable Pactos de Familia.¿?
1789-1792 Despotismo ministerial Confusión-dudas Censura ilustración
Floridablanca Control
GODOY GUERRA CONTRA María Luisa de Parma Primeras decisiones
FRANCIA Manuel Godoy
21 enero 1793 muere Luis XVI
1793-1795 Napoleón y Godoy Alianza con Inglaterra
Guerra de la Convención
Paz de Basilea. Príncipe de la Paz
ALIANZA CON FRANCIA 1796 Tratado de San Ildefonso Vuelta a los Pactos de Familia
(1796-1808) 1801 Guerra de las Naranjas Inglaterra Colaboración
España-Portugal Portugal Defensa
BALANCE SITUACIÓN 1805 TRAFALGAR consecuencias
. Crisis de la monarquía 1807 Tratado de Fontainebleau
. Crisis Hacienda Se les permite a las tropas francesas
. Crisis comercio exterior Instalarse y pasar por España hacia la
. Impuestos conquista de Portugal. El ejército francés
. Hambre-escasez penetra en España.
. Descontento popular
5. EL REINADO DE CARLOS IV (1788-1808) Problema interno
Crisis del absolutismo borbónico
GODOY
Conspiración
Partido nobiliario Conjura
CONTRA Fernando Príncipe Asturias Trama
1807 Conjura de El Escorial
19 marzo 1808 Motín de Aranjuez
Godoy destituido
Pide ayuda a Napoleón Carlos IV obligado a abdicar
Fernando VII nuevo rey
ABDICACIONES DE BAYONA Crisis profunda de la
5 de mayo de 1808 Monarquía absoluta
6. El reinado de Carlos IV 1788-1808
La crisis de la monarquía absoluta
Debemos situar el problema : la Crisis del Antiguo Régimen, crisis que en el caso español se
expresa en primer lugar a través de la ineficacia, ineptitud, incapacidad de la monarquía en la
persona de Carlos IV en solucionar los grandes problemas del momento: en el exterior, la
situación provocada por la Revolución Francesa y en el interior los problemas internos de la
monarquía destacando la conspiración del príncipe Fernando contra su padre. La crisis
económica, el freno a las reformas ilustradas de la etapa anterior empeoraron todavía más la
situación. En 1808 la monarquía española se mostraba débil y corrupta, la crisis era palpable.
El 14 de diciembre de 1788 murió en Madrid Carlos III y le sucedió su hijo Carlos IV, de talante
político bien distinto al de su padre. Si Carlos III se ajustaba al modelo ideal del despotismo
ilustrado, su hijo Carlos IV con bastantes menos capacidades que su padre, delegó prácticamente
el poder en el primer ministro, es lo que se denomina despotismo ministerial.
El reinado de Carlos IV estuvo condicionado por el estallido en 1789 de la Revolución francesa y su
evolución posterior. Un acontecimiento que creó un gran temor en toda Europa, aunque en
España este temor era comprensible: la proximidad geográfica con Francia, el temor de que sus
propuestas revolucionarias se extendieran, las relaciones de parentesco entre las dos dinastías
reinantes… .
La política exterior española, desde la Guerra de Sucesión y la llegada de los Borbones, había
estado marcada por la alianza con Francia a través de los Pactos de Familia, pero la Revolución
obligó a España a replantearse está actitud hacia la nueva Francia.
Las relaciones con el revolucionario país vecino pasaron por tres fases:
Fase de neutralidad 1789-1792: con la llegada al trono, Carlos IV mantuvo como primer ministro
7. El reinado de Carlos IV 1788-1808
La crisis de la monarquía absoluta
a Floridablanca, cuya política se caracterizó por una actitud de vigilancia y neutralidad hacia Francia, y de
represión contra la propaganda revolucionaria. Entre las medidas adoptadas destacamos: la inspección
de correspondencia y paquetes procedentes de Francia, censura sobre cualquier noticia referente a
Francia, prohibición a los estudiantes de salir al extranjero sin permiso del rey etc.
Fase II: ascenso de Godoy, la guerra contra Francia 1793-1795: por influencia de la reina, María Luisa de
Parma, un joven y apuesto guardia corps, Manuel Godoy, ascendió al cargo de primer ministro, sin
entrar en los motivos por lo que un personaje de estas características alcanzó de forma tan meteórica y
dudosa la cima del poder, lo cierto es que desde 1792 hasta el final del reinado en 1808, fue el
verdadero gobernante de España.
La Revolución francesa había entrado en su fase más radical y había abolido la monarquía. La política de
Godoy se orientó en un primer momento a salvar la vida del monarca francés, Luis XVI, aunque no sirvió
de nada, fue guillotinado el 21 de enero de 1793. Poco después, el 7 de marzo, en coalición con otras
monarquías absolutas, declaramos la guerra a Francia; el resultado es desastroso y Godoy firma la Paz
de Basilea 1795. La paz de Basilea significó no sólo el fin del conflicto, las buenas relaciones entre
Napoleón y Godoy inician una nueva fase de amistad entre Francia y España. Godoy recibe el título de
Príncipe de la Paz.
Fase III: alianza con la Francia revolucionaria 1796-1808: en 1796 se firmó el primer Tratado de San
Ildefonso, que equivalía a una renovación de los antiguos pactos de familia y vinculaban a España con
Francia en una política de colaboración y defensa mutua. Esto implicaba declarar la guerra a los
enemigos de Francia, Inglaterra y su aliado Portugal. La rivalidad con Inglaterra a causa de la alianza con
Francia tuvo para España graves consecuencias, como los ataques ingleses a barcos españoles en el
comercio con América o, la derrota franco-española de
8. El reinado de Carlos IV 1788-1808
La crisis de la monarquía absoluta
Trafalgar (1805), que supuso el hundimiento de España como potencia marítima.
En 1807 Godoy firmó con Napoleón el tratado de Fontainebleau, en virtud del cual se permitía a las
tropas francesas su paso por España para conquistar Portugal, país aliado de Inglaterra. El objetivo
principal era dividir Portugal en tres partes, de las cuales una se constituiría como principado para
el propio Godoy. Con este pretexto Napoleón dispuso sus tropas en distintas partes de España y
aunque levantó sospechas, ya era demasiado tarde.
El balance de esta situación muestra la crisis de la monarquía borbónica: la Hacienda real en crisis, el
comercio colonial hundido, la deuda del estado aumentando, el aumento de los impuestos que
provocó el descontento popular, hambre, escasez etc.
La nobleza y el clero empezaron a mostrar su hostilidad hacia Godoy, y a mostrar su apoyo al príncipe
Fernando que no veía con buenos ojos el poder alcanzado por el primer ministro. Se va formando
en palacio un partido en la clandestinidad, que apoya a Fernando contra su padre, el rey Carlos IV.
En 1807 el rey descubre una conspiración (Conjura del Escorial), cuyo fin era la caída de Godoy y
la abdicación de Carlos IV. En marzo de 1808 estalló el motín de Aranjuez, lugar donde se
encontraba la corte, el partido fernandino había logrado su objetivo, grupos populares (soldados,
campesinos, sirvientes) protagonizan el motín asaltando el palacio de Godoy, deteniendo al
primer ministro. Dirigido el populacho hacia el palacio, Carlos IV que se vio obligado a destituir a
Godoy y a abdicar a favor de su hijo Fernando, comunicó a Napoleón lo ocurrido en España y
reclamó su ayuda para poder recuperar el trono, lo que evidenció una vez más la crisis profunda
de la monarquía española.
9. El reinado de Carlos IV 1788-1808
La crisis de la monarquía absoluta
Las rencillas internas de la familia real española fueron aprovechadas de manera muy hábil por
Napoleón Bonaparte, que consiguió combinando presiones y maniobras diplomáticas, atraer a la
ciudad francesa de Bayona a Carlos IV y Fernando VII (abdicaciones de Bayona). En Bayona
Napoleón pone en práctica su plan para España: implantar una nueva dinastía en España, y sin
mayor oposición, abdicaron ambos en la persona de Napoleón Bonaparte.
Legitimado por las abdicaciones, Napoleón nombró a su hermano José rey de España y convocó
Cortes a fin de aprobar una Constitución que acabase con el Antiguo Régimen y ratificase el
nombramiento de su hermano.
10. ¿Qué es una revolución?
Una revolución es un cambio rápido, profundo y
violento que afecta a las instituciones
políticas, económicas o sociales de uno o varios estados.
En el proceso revolucionario se enfrentarán dos
fuerzas: los partidarios de mantener las viejas estructuras
(reaccionarios) y los partidarios de acabar con ellas para
crear otras nuevas (revolucionarios).
El último tercio del s. XVIII y el primero del XIX
fueron testigos del fin del Antiguo Régimen y la transición
de la denominada edad Moderna a la Contemporánea.
11. ¿Qué supusieron las revoluciones
liberales?
Las revoluciones políticas que tuvieron lugar en ese
período terminaron con el absolutismo y lo sustituyeron por
nuevas formas de gobierno basadas en la igualdad ante la ley, la
democracia y la libertad individual. La sociedad feudal
estamental dejó de existir y en su lugar se erigió la sociedad
de clases capitalista, articulada en torno a dos grupos sociales: la
burguesía y el proletariado.
12. *Individualismo
Ideas Ilustradas LIBERALISMO *Libertad
Sistema político
*Igualdad
*Propiedad
Privada
*Tolerancia
Se caracteriza por elaborar una •Ley suprema *Constitución
•Marco jurídico
•Estado de Derecho
CONSTITUCIÓN •Organización política
Esta determina
•Derechos y deberes
DERECHOS Y DEBERES
SOBERANIA DIVISIÓN DE PODERES
DE LOS CIUDADANOS
Hace a los ciudadanos El poder del pueblo
se manifiesta en
Legislativo Ejecutivo Judicial
ELECCIONES
LIBRES E
IGUALES Crea las leyes
Para constituir una
ASAMBLEA NACIONAL
13. La Guerra de la Independencia 1808-1814
Levantamiento. Infante Francisco de Paula. Murat. Daoiz y Verlarde
2 de mayo Parque de artillería de Monteleón. 500 muertos. Primer enfrentamiento
armado con los franceses. 3 de mayo fusilamientos Goya. Insurrecci-
ón popular. El pueblo de Madrid héroe del alzamiento.
L Sin rey, Fernando VII en Francia, ¿Qué hacer?
A Vació de poder Andrés Torrejón alcalde de Móstoles, declara la
Guerra a los franceses. Se van formando Juntas
Formación de Organizar la guerra. Locales. Provinciales y una
Juntas Junta Central Suprema que tomara las decisiones
de gobierno. Formadas por las clases dominantes
G Nobleza Clero Ilustrados.
U José I El nuevo rey José I Bonaparte.
Apoyo de los afrancesados.
E
Afrancesados
Código de Bayona
R Hasta noviembre de 1808
Hasta enero de 1812
Bruc – Bailen
Gran Armee
R 1812 final de la guerra Wellington. Frente
Ruso. Valençay
A Materiales
Consecuencias del conflicto Humanas
Económicas
Culturales
14. La Guerra de la Independencia 1808-1814
Tras los incidentes anteriores, el 2 de mayo de 1808 se produjeron sangrientos disturbios en Madrid
originados por el intento de evitar que el infante don Francisco de Paula, uno de los pocos miembros de
la familia real que aún permanecía en la Corte, fuese trasladado a Francia. Con cerca de 40.000 franceses
en las proximidades de la capital, nada tiene de extraño que las autoridades españolas (Junta de
Gobierno, Consejo de Castilla) se mantuvieran al margen, ordenando a los pocos más de tres mil
hombres de la guarnición que permaneciesen acuartelados y sin tomar parte en la contienda.
Desobedeciendo las instrucciones recibidas, los capitanes Daoiz y Velarde se atrincheraron en el parque
de artillería de Monteleón, entregando armas a los paisanos que lo solicitaron. La revuelta dominada con
relativa facilidad, costó varios centenares de víctimas, a los que se sumaron los fusilamientos masivos
con los que Murat pretendió amedrentar a los españoles.
La marcha hacia Bayora de la familia real dejó tras de si un vacío de poder justamente cuando se
presentaban unas circunstancias excepcionales, con el ejército de Murat ocupando Madrid. Esta
situación tendrá una importancia decisiva, porque colocó a los españoles y muy especialmente a las
élites dirigentes ante la alternativa de acatar la legalidad –la Junta de Gobierno que dejó Fernando VII
antes de dirigirse a Bayona colaboraba con las tropas francesas de Murat- o atender al mandato de la
propia conciencia. El pueblo abrazó la causa de Fernando VII, a quien llamó el Deseado, y el vacío de
poder fue cubierto por instancias inferiores -el alcalde de Móstoles, Andrés Torrejón, por ejemplo- ante
la pasividad o colaboración con el invasor que se observaba en la Junta de Gobierno y en las elites de la
nación, declaró la guerra a Francia.
A lo largo del mes de mayo en la mayor parte de las capitales españolas, no controladas por los
franceses, las autoridades son sustituidas por Juntas que declaran la guerra a los franceses. Aunque a
veces se ha hecho hincapié en el carácter revolucionario de estas juntas, lo cierto es que la creación de
juntas es una práctica normal en la España del Antiguo Régimen en las situaciones de crisis, por lo que si
bien es cierto que en 1808 se produce el desmantelamiento de una estructura política que había sido
incapaz de hacer frente a los franceses, creemos que debe buscarse en ello una significación
bélica, organizar y coordinar (vacío de poder) la guerra contra Francia.
Las juntas tuvieron un papel organizativo, las había locales, provinciales y una Junta Central Suprema
que asumió la labor de dirigir la guerra contra los franceses, y asumió el gobierno del país en las zonas no
ocupadas. En 1810 la Junta Central Suprema traspasó sus poderes a un Consejo de Regencia que
actuaba en nombre del rey Fernando VII y que se estableció en Cádiz. Las juntas estaban formadas por
las clases dominantes, nobleza, clero, ilustrados etc.
15. La Guerra de la Independencia 1808-1814
Frente al poder popular y patriótico, el 25 de mayo de 1808, Napoleón anunciaba a los españoles la designación
de José I, su hermano, como rey de España. La España de José I era la parte del territorio español ocupada por el
ejército francés. Contaba con el apoyo de los llamados afrancesados, entre los cuales no sólo había serviles u
oportunistas, también reformistas e ilustrados que pretendían una modernización pacífica y gradual de
España, sin sobresaltos revolucionarios. Esta modernización vendría con el código de Bayona, que reconocía la
igualdad de los españoles ante la ley y pretendía la liquidación del Antiguo Régimen. Pero está Constitución
aprobada en Bayona nunca llegó a ponerse en práctica.
La España de José I y los afrancesados contaba con el ejército napoleónico, los patriotas-la resistencia disponían
de la ayuda del ejército inglés y la guerrilla (además del ejército regular organizado por las Juntas).
En una rápida visión de la guerra, sin entrar en detalles, se pueden distinguir tres fases:
Hasta noviembre de 1808: etapa de euforia de la resistencia española. Esta consiguió algunas victorias sobre el ejército
francés, como la de Bruc (Barcelona) o Bailén (19 de julio), que impidió la ocupación francesa de Andalucía y José I tuvo que
abandonar Madrid y establecerse en Vitoria.
Desde noviembre de 1808 a enero de 1812: Napoleón decidió dirigir, en persona, las campañas militares en España, donde
permaneció unos meses antes de regresar a París. Los franceses conquistan la península excepto Cádiz, la Gran Armee 250.000
hombres cruzan los Pirineos, el ejército veterano de Napoleón cosecha victorias pese a la resistencia de la guerrilla y los sitios.
De 1812 al final de la guerra: la situación se invirtió. El Imperio napoleónico empezó a tener problemas en Europa (frente
Ruso), y en España la iniciativa de la guerra la tomaron los patriotas y el ejército inglés que presionaron a los franceses a la
retirada. A finales de 1813 se firmó el tratado de Valençay, por el cual Napoleón reconocía a Fernando VII como rey de España.
La guerra había concluido de forma oficial aunque en marzo de 1814 cuando Fernando VII regresó a España como rey, todavía
quedaban tropas francesas en determinadas zonas de Cataluña.
16. La Constitución de Cádiz 1812
REVOLUCIÓN LIBERAL
Revolución liberal: proceso en el que se darán los pasos necesarios para la destrucción del A.
Régimen, monarquía absoluta, derechos señoriales y la construcción de un orden social nuevo. De
hecho, todo el proceso, a lo largo del s. XIX, en el que caben destacar acciones revolucionarias y
contrarrevolucionarias y el ordenamiento legislativo que las consagra.
Las Cortes de Cádiz es el primer paso hacia la revolución liberal, en dichas Cortes se concreta la
transformación de la organización política que dará lugar al Estado moderno, al mismo tiempo, se
sientan las bases de la sociedad de clases y del liberal-capitalismo.
La convocatoria de Cortes en Cádiz.
En 1810 se reunía en Cádiz el Consejo de Regencia y allí convocan una reunión de Cortes, Cádiz es el
lugar idóneo ya que se mantiene independiente del dominio francés y defendida por la flota británica. La
convocatoria es a la Nación con el fin de organizar el poder, redactando una Constitución. La
convocatoria es primeramente por Estamentos, pero por presiones liberales se convocan unicamerales.
Los componentes de las cortes.
Los diputados son elegidos por provincias (juntas) y acuden a Cádiz, pero es necesario comprender la
dificultad para poder llegar de las zonas dominadas por los franceses, por ello llegan principalmente los
representantes de las zonas marítimas. A Cádiz llegarán intelectuales, abogados, curas
ilustrados, comerciantes americanos... que adoptarían el nombre de liberales. Todo ello hace que en la
composición de la cámara dominen los liberales, puesto que los diputados absolutistas que no pueden
llegar son representados por liberales gaditanos. Son 271 representantes de los cuales hay 97 clérigos y 8
nobles, con lo cual se ve claramente la minoría
17. de representantes de los estamentos privilegiados, el resto de los miembros son profesiones
liberales, funcionarios y algunos comerciantes y propietarios. Por ello vemos claramente que la
composición de las Cortes es liberal y burguesa, Cádiz está sitiada por los franceses y sin contacto
directo con el pueblo, de hecho no hay casi ningún campesino representado en esta asamblea.
Estas gentes que han llegado a la ciudad van a redactar la primera de las constituciones españolas, la de
1812 conocida como La Pepa por aprobarse el día de San José.
Los debates más importantes en la redacción de la Constitución.
Las ideas básicas de una constitución liberal han nacido con la Declaración de Independencia de los
Estados Unidos y la Revolución Francesa, en ambos casos se recogen las ideas de los ilustrados del
XVIII (división de poderes, poder del parlamento...).
La primera medida aprobada por las Cortes el 24 de septiembre de 1810 es la proclamación de la
Soberanía Nacional, lo cual significa de hecho el final del Antiguo Régimen, puesto que ello acaba con el
poder real de origen divino. Con esta primera sesión ya se perfilan los dos grupos que van a presidir todas
los debates por un lado tenemos los partidarios de la soberanía nacional y los que consideran que esta
solo la puede ostentar el Rey (soberanía real, el rey como soberano absoluto). Los primeros son llamados
liberales y los segundos absolutistas o serviles. El debate sobre la soberanía perfiló los lideres de ambos
grupos. Los liberales encabezados por Muñoz Torrero, el conde de Toreno, Martínez de la Rosa, Alcalá
Galiano, Quintana. Y los absolutistas dirigidos por el obispo de Orense se niegan a aceptarlo y defienden
los derechos de la monarquía absoluta. Para analizar los debates y su resultado vemos que nos
encontrarnos con dos posturas contrarias, la de los absolutistas que consideran que las Cortes no
tienen autoridad para variar las tradicionales leyes del reino, y se niegan a reformar el Antiguo
Régimen, y los Liberales que quieren aprovechar las Cortes, para reformar el país acabando con el
Antiguo Régimen.
18. Cortes de Cádiz 1810-12 Cortes Constituyentes: aprobaron una serie de leyes y decretos, en-
La Constitución de Cádiz 1812 tre los que el más importante fue la Constitución, destinados a elimi-
REVOLUCIÓN LIBERAL nar el A. Régimen y crear en España un sistema político y económico
liberal.
Sistema político que Constitución de Cádiz: carta magna, ley fundamental, marco jurídi
dicta. co. Elaborada por una asamblea soberana que representa la Nación.
La Junta Suprema se disolvió en enero de 1810 y convocó Cortes
Hasta que se reuniese se crea una Regencia de 5 miembros.
LA CONVOCATORIA La convocatoria es a la Nación con el fin de organizar el poder
24 septiembre 1810 redactando una Constitución.
Primera sesión Unicameral.
Dificultades para llegar a Cádiz. Juntas. Paisanos.
Predominan los eclesiásticos y los burgueses (abogados, funcionarios.)
Dos grupos ideológicamente contrapuestos: Ilustrados-Liberales
LA COMPOSICIÓN
Absolutistas-Serviles
300 diputados Dominan los liberales: revolución liberal-destrucción del A. Régimen.
En la primera sesión 24/9 Las Cortes asumen la Soberanía
Nacional.
Los diputados se erigen representantes
legítimos de la Nación
Terreno económico: el principio de libertad guió las leyes: libertad
para cercar, vender o arrendar fincas (fin de las manos muertas)
Libertad de industria y comercio (fin de los gremios).
OBRA LEGISLATIVA Supresión del régimen señorial (Decreto del 6 de agosto 1811) con-
Leyes y decretos vierte a los señores feudales en propietarios capitalistas y a los
siervos en trabajadores jornaleros o arrendatarios, los títulos seño
riales se convirtieron en propiedades particulares.
El señorío jurisdiccional desaparece, la jurisdicción pasa a manos de
los tribunales.
Terreno religioso: abolición del Tribunal de la Santa Inquisición.
CONSTITUCIÓN DE 1812 Soberanía Nacional Separación de poderes FernandoVII
Promulgada 19 marzo 1812
Reconocimiento de Derechos y Libertades Monarquía Constitucional
19. Derechos y Libertades: Libertad, igualdad ante la ley, propiedad,
Libertad de imprenta, educación (instrucción pública-escuela de
primeras letras), inviolabilidad del domicilio, servicio militar obliga-
torio, Milicia Nacional (formada por ciudadanos armados que defien-
den el régimen liberal contra los enemigos absolutistas.
Separación de poderes: El poder Legislativo: reside en las
Cortes, que representan la voluntad de la Nación, con cierta inter-
vención del Rey. Leyes, sucesión del la corona, tratados, presupues-
tos. Diputación Permanente. Estatuto de los diputados, incompati-
bilidades, inviolabilidad, mandato 2 años. Elegidos por sufragio uni-
versal, español mayor de 25 años varón, sufragio censitario para
presentarse como candidato. Unicamerales.
El poder Ejecutivo: reside en el Rey, inicio y sanción de leyes,
Veto suspensivo 2 años. Nombra a los ministros que son responsa-
bles ante las Cortes. Tienen responsabilidad penal. El poder del Rey
La Constitución de Cádiz 1812 está limitado. Consejo de Estado: nombra el rey a propuesta de las
Cortes.
El poder Judicial: reside en los tribunales, total independencia del
Ideas liberales: Legislativo y Ejecutivo. Códigos únicos. Estado de Derecho.
Ilustración
Forma de gobierno: monarquía parlamentaría, constitucional.
Montesquieu Rousseau
Fernando VII, rey.
Revolución Francesa
Monarquía Inglesa Relación Iglesia-Estado: confesionalidad. La única religión que
Constitución Americana permite el Estado es la católica.
Soberanía: Soberanía Nacional, es la Nación la que tiene el dere-
cho de establecer sus leyes. El poder reside en la Nación.
20. La Constitución de Cádiz 1812
REVOLUCIÓN LIBERAL
Los debates son apasionados pero hemos de decir que en gran medida siempre ganan las votaciones los
liberales, esto tiene una explicación:
a) Forman la mayoría de la asamblea.
b) Los absolutistas en su mayor parte eclesiásticos, se encontraban dispuestos a ciertas concesiones, sobre todo
si al mismo tiempo permitían alguna contrapartida de parte
de los Liberales; respecto a la conservación de sus privilegios Administrativos o Eclesiásticos.
c) La situación de Cádiz, esta se encuentra cercada por los franceses, pero no sufre
penurias económicas por el apoyo de la flota británica, por lo tanto no sufre los horrores de la
guerra como el resto de la península; la población de la ciudad se he duplicado con la llegada
de refugiados, alcanzando los 100.000 habitantes; el ambiente es claramente liberal y a ello
se suma que gran parte de los debates son públicos lo cual origina cierta influencia de los
ciudadanos en la marcha de los debates.
Un asunto importante es la Libertad de Prensa, la cual es aprobada por la Cortes, y es fundamental para
garantizar el carácter liberal del nuevo orden. La abolición de los Señoríos Jurisdiccionales que suprimía las
jurisdicciones particulares y acababa con la servidumbre, es decir, con los restos de propiedad feudal.
Pero uno de los debates fundamentales lo tenemos en la Abolición del Tribunal de la Inquisición, este
debate fue de los más acalorados por la defensa que de su mantenimiento
hacen los absolutistas, en el intento de mantener vivo uno de los más firmes puntales del
Antiguo Régimen. Los debates se centran en los métodos llevados a cabo por los tribunales
de la Inquisición, pero esto es solo la punta del problema, puesto que los liberales pretenden
con la desaparición de la Inquisición, acabar con la policía del Antiguo Régimen; por fin el
22 de Febrero de 1812 quedó abolida la Inquisición. Puesto que en el articulo V del Capítulo
I del texto constitucional se recoge. "El tribunal de la Inquisición es incompatible con Constitución".
21. La Constitución de Cádiz 1812
REVOLUCIÓN LIBERAL
Como una clara idea, de los absolutistas tenemos el reconocimiento en la Constitución de la Religión católica
Apostólica Romana como la única verdadera que es y será perpetuamente la de la Nación Española y a la cual
deben proteger las leyes. En este punto vemos claramente un compromiso con los absolutistas, y un rasgo que
no se da en otras constituciones europeas.
La Cortes de Cádiz, abordaron en realidad, cuestiones fundamentales de reforma, necesarias para el desarrollo del
país; pero la reacción o moderantismo del texto (presiones absolutistas) frustraron en buena parte aquella
oportunidad.
Los principios políticos de la Constitución de 1812. (Obra legislativa)
Soberanía Nacional (artículo 3) este punto es uno de los más fundamentales, puesto que significa el fin del
poder Real de origen divino. Dicho de otra forma, se deroga la monarquía absoluta tradicional y, por tanto, se
acaba con el Antiguo Régimen. El rey pierde muchos de sus poderes. En su lugar se instaura la monarquía
parlamentaria. El poder emana de la Nación.
División de Poderes. El poder Legislativo recae en las Cortes (con cierta intervención del rey) las cuales son la
representación de la voluntad de la nación. Sus poderes son muy amplios: elaboración de las leyes, decisiones
respecto a la sucesión de la Corona, aprobación de los tratados internacionales, fijación anual de las
contribuciones y las fuerzas del ejército, etc. (art. l3l.). Las Cortes se reúnen anualmente durante un período
fijado expresamente por lConstitución, ante el temor de que el rey no las convocara o las suspendiera se crea la
Diputación permanente, integrada por 7 diputados elegidos; su fin es velar por la observancia de la Constitución
mientras la Cortes no están reunidas. El estatuto de los diputados está fijado con detalle en el texto: su
mandato dura dos años, es incompatible con cualquier cargo de nombramiento real, incluido el de ministro, y
resulta inviolable en el ejercicio de sus funciones. Los votos de los diputados son individuales, recordemos que
en las cortes tradicionales el voto era por estamento. El sistema electoral está fijado en la misma Constitución.
La residencia constituye la única condición para ser elector y candidato unido al nivel de renta (muy bajo)
(sufragio universal indirecto). Las Cortes son unicamerales.
22. La Constitución de Cádiz 1812
REVOLUCIÓN LIBERAL
Poder Ejecutivo: reside en el Rey, pero su desarrollo lo vemos inspirados en la desconfianza ante el posible
retorno del absolutismo, posee la dirección del gobierno y la administración (art. 170 y 171) e interviene en la
elaboración de las leyes a través de la iniciativa y la sanción, poseyendo veto suspensivo durante dos años. El rey
nombra a los ministros, pero estos son responsables ante las Cortes.
El artículo 172 limita expresamente algunas decisiones del monarca ante la posibilidad que intentara extender
sus poderes.
Queda totalmente regulada la sucesión al trono para evitar lo ocurrido en Bayona. La Constitución regula la
función de los ministros denominados todavía Secretarios de Despacho (hoy diríamos ministros), estableciendo
la necesidad de refrendo para todas las decisiones del rey (art. 225). Se establece también su responsabilidad
penal.
El Consejo de Estado es el principal órgano consultivo del rey. Sus miembros son nombrados por el rey, a
propuesta de las Cortes.
Poder Judicial, es competencia exclusiva de los tribunales. La Constitución prohíbe
expresamente la intervención de las Cortes y el rey, y asegura los principios fundamentales
del Estado de derecho: códigos únicos en materia civil, criminal y comercial para todo el
país, fuero único, salvo para eclesiásticos y militares, inamovilidad de los jueces, garantías
para los ciudadanos etc.
Otros títulos de la Constitución contemplan la organización de la administración
provincial, la hacienda, el ejército (servicio militar obligatorio) y la instrucción publica.
Con respecto a la Instrucción Publica respondía a la concepción ilustrada de que
sólo el desarrollo cultural podía garantizar la economía y la felicidad pública, así como la
fortaleza del Estado mismo. La Constitución recogía taxativamente la responsabilidad de
promover escuelas de primeras letras en todos lo pueblos de la monarquía.
Desde el punto de vista fiscal, los tributos se pagarían por todos los españoles sin
23. La Constitución de Cádiz 1812
REVOLUCIÓN LIBERAL
distinción
Tras muchas discusiones fue aprobada el 19 de Marzo de 1812. Está inspirada en el racionalismo
francés y además influyó en otros países como Portugal, Italia y los países hispanoamericanos que
obtendrán pronto su independencia. Nace, pues, la Constitución como un símbolo, como un arma
en la lucha contra el invasor, y, sobre todos como solución a los problemas de España.
Hemos de recordar el hecho de que los que han aprobado la Constitución son una minoría.
24. EL REINADO DE FERNANDO VII
1814-1833
RESTAURACIÓN DEL ABSOLUTISMO 1814-1820
Derrotado el ejercito Frances en España, Napoleón firmó el Tratado de Valencay (11 de diciembre de
1813) por el que reconocía como rey a Fernando VII cuyo regreso a España se retrasa hasta marzo de
1814. Cruza la frontera por Gerona, se desvía a Zaragoza y llega a Valencia el 16 de abril, donde en los
siguientes veinte días prepararía la restauración del absolutismo. Frente a la minoría liberal, la mayoría
del pueblo español, de la nobleza y del clero mantenían su adhesión al absolutismo y habían luchado
durante la guerra a favor de su rey, Fernando VII.
Un grupo de diputados absolutistas publicó un escrito, el Manifiesto de los Persas (12 de abril) en el que
solicitaban al rey la restauración del poder absoluto, la anulación de toda la obra de las cortes gaditanas
y el retorno al Antiguo Régimen. Las movilizaciones populares, los gestos del ejército, del clero y de la
nobleza animaron a Fernando VII, antes de partir para Madrid, a firmar el 4 de mayo un decreto que
anulaba toda la obra legislativa de las Cortes de Cádiz y restablecía el absolutismo.
Inmediatamente se inició una dura represión contra los liberales y los afrancesados. Numerosos
diputados liberales fueron detenidos y encarcelados, mientras que los funcionarios que habían
colaborado con la administración de José I Bonaparte fueron igualmente depurados y, los que no había
partido al exilio, detenidos. Miles de españoles, liberales y afrancesados, huyeron a Francia y Gran
Bretaña para escapar de la venganza absolutista.
Una parte de los guerrilleros que habían luchado contra la ocupación francesa, se integraron en el
ejército regular. Muchos de ellos, sin formación militar, habían alcanzado una elevada graduación
gracias a su heroísmo y popularidad: Juan Martín Díaz El Empecinado, carbonero vallisoletano antes de
la guerra, Francisco Espoz y Mina, un campesino navarro. De este grupo surgirían buena parte de los
pronunciamientos del ejército contra el absolutismo de Fernando VII, todos fracasados: 1814, en
Navarra, Espoz y Mina logra huir a Francia; Juan Díaz Porlier, al año siguiente en La Coruña, donde es
detenido y ejecutado; Richart en 1816, el general Luis de
Lacy en 1817, el coronel Joaquín Nadal en Valencia en 1819.
25. EL REINADO DE FERNANDO VII
1814-1833
TRIENIO LIBERAL 1820-1823
En Las Cabezas de San Juan (entre Sevilla y Cádiz), un destacamento militar aguarda su embarque
para combatir en las colonias americanas. Dos de sus oficiales, el teniente coronel Rafael del Riego
y el coronel Quiroga, en enero de 1820, se sublevan contra Fernando VII y recorren Andalucía
proclamando la Constitución de 1812. La pasividad del resto de ejército, la actuación de los
liberales en las ciudades más importantes y la neutralidad de los campesinos facilitó el triunfo del
pronunciamiento militar. El rey aceptó, el 10 de marzo, la Constitución, nombró un nuevo
gobierno y convocó elecciones a Cortes.
Las Cortes del Trienio desarrollaron una amplia obra legislativa, cuya aplicación apenas resultó
efectiva por la rápida vuelta al absolutismo en 1823. Continuaron la desamortización de los bienes
del clero, suprimieron la Inquisición y la Compañía de Jesús. Nuevos decretos disolvieron los
señoríos jurisdiccionales y los mayorazgos. Reorganizaron el ejército, estableciendo un servicio
militar obligatorio y una Milicia Nacional, cuerpo armado de voluntarios, de extracción urbana y
burguesía media, con el objetivo de defender el orden constitucional.
Los liberales se dividieron en moderados y exaltados. Los primeros planteaban la creación del
sistema liberal con prudencia y sin enfrentamiento con el rey y la nobleza, mientras que los
exaltados querían acelerar la destrucción del feudalismo apoyándose en los sectores liberales
urbanos, el ejército, los intelectuales y la prensa.
Desde finales de 1821, diversas partidas realistas, integradas por nobles y campesinos
descontentos con las reformas liberales, recorren los campos de Galicia, Navarra, Cataluña y el
Maestrazgo actuando como guerrillas en favor de la monarquía absoluta.
Fernando VII, a escondidas del gobierno constitucional, solicitó ayuda a la Santa Alianza. Francia
envió un ejército de casi 100.000 soldados al mando del duque de Angulema, los Cien Mil Hijos de
San Luis, que, ayudados por los realistas españoles, derrotaron a las tropas liberales y repusieron a
Fernando VII como monarca absoluto.
26. EL REINADO DE FERNANDO VII
1814-1833
La vuelta al absolutismo supuso una nueva y durísima represión contra los liberales, quienes partieron de nuevo al
exilio, a Francia y Gibraltar desde donde viajaban a Gran Bretaña y al resto de Europa. Militares como Espoz y
Mina, Torrijos y Gabriel Ciscar, clérigos como Antonio Bernabeu y José María Blanco White, escritores como
Martínez de la Rosa, Mendizábal, el Duque de Rivas, Canga Argüelles y Florez Estrada destacan en la larga lista de
exiliados, cercana a 8.000 personas. Nuevamente, el pronunciamiento militar fue la única vía para los liberales.
En 1831, un grupo de civiles y militares, al mando del general Torrijos, desembarcaron en la costa de Málaga, donde
fueron detenidos y fusilados pocos días después. Se convirtieron en símbolos de la causa liberal al igual que
Mariana Pineda, detenida, procesada y ejecutada ese mismo año por el delito de haber cosido un triángulo verde
en un tafetán morado sobre el que bordó las palabras Ley. Libertad. Igualdad.
La crisis de la Hacienda, agravadas por la perdida de las colonias americanas, obligaron a Fernando VII a buscar la
colaboración de un sector moderado de la burguesía financiera de Madrid y Barcelona. Concedió un arancel
proteccionista para las manufacturas catalanas y nombró a López Ballesteros, cercano al pensamiento
liberal, ministro de Hacienda.
Sin afectar a los estamentos privilegiados, las reformas fiscales permitieron aumentar la recaudación en un 25
%, sin embargo, esta actitud del monarca no fue bien recibida por los absolutistas más acérrimos, conocidos como
realistas, apostólicos o ultrarrealistas. Desde 1823 se habían creado sociedades secretas absolutistas, con nombres
como Junta Apostólica o el Ángel Exterminador. En 1827 se levantaron en armas partidas realistas (Els
Malcontents) que recorrieron Cataluña reclamando el retorno a los usos y costumbres tradicionales. El infante, don
Carlos María Isidro, hermano y heredero de Fernando VII, aglutino a estos sectores absolutistas.
27. La cuestión sucesoria
En 1829, moría sin descendencia la tercera mujer de Fernando VII. Cuando
su cuarta esposa, María Cristina de Nápoles, anunció que estaba
embarazada, el rey promulgó la Pragmática Sanción el 20 de marzo de 1830.
Desde 1713, en materia de sucesión al trono regía la Ley Sálica de Felipe V
que impedía reinar a las mujeres. Sin embargo, la Pragmática Sanción de
Carlos IV (1789), aprobada por las Cortes pero no publicada, derogaba la
Ley Sálica y retornaba a la tradición española de las Partidas de Alfonso X
el Sabio, que aceptaba a la mujer como heredera y reina en caso de faltar
varón. Faltaba la promulgación, que hizo Fernando VII con el fin de que su
futura hija, Isabel, pudiera ser reina de España.
El otro pretendiente al trono, el infante don Carlos, hermano del rey,
se negó a aceptar la Pragmática Sanción. Consiguió que, en septiembre de
1832, a través del ministro Calomarde, Fernando VII derogara la Pragmática
Sanción aprovechando la debilidad en que se hallaba por un fuerte ataque
de gota. Una vez el rey estuvo recuperado, destituyó a Calomarde y volvió a
poner en vigor la Pragmática. El infante don Carlos no aceptó los hechos y
se exilió en Portugal, desde donde dirigió el partido realista que daría paso
al levantamiento carlista a la muerte del rey.
28. EL REINADO DE FERNANDO VII
1814-1833
Desde 1713, en materia de sucesión al trono regía la Ley Sálica de Felipe V que impedía reinar a
las mujeres. Sin embargo, la Pragmática Sanción de Carlos IV (1789), aprobada por las Cortes
pero no publicada, derogaba la Ley Sálica y retornaba a la tradición española de las Partidas
de Alfonso X el Sabio, que aceptaba a la mujer como heredera y reina en caso de faltar varón.
Faltaba la promulgación, que hizo Fernando VII con el fin de que su futura hija, Isabel, pudiera
ser reina de España.
El otro pretendiente al trono, el infante don Carlos, hermano del rey, se negó a aceptar la
Pragmática Sanción. Consiguió que, en septiembre de 1832, a través del ministro
Calomarde, Fernando VII derogara la Pragmática Sanción aprovechando la debilidad en que se
hallaba por un fuerte ataque de gota. Una vez el rey estuvo recuperado, destituyó a
Calomarde y volvió a
poner en vigor la Pragmática. El infante don Carlos no aceptó los hechos y se exilió en
Portugal, desde donde dirigió el partido realista que daría paso al levantamiento carlista a la
muerte del rey.
29. La emancipación de la América
hispana
La independencia de las colonias españolas estuvo en manos de la minoría criolla. Estos
descendientes de españoles aspiraban a dirigir los destinos políticos de las tierras americanas
aplicando los principios de la Ilustración y los ejemplos de la revolución francesa (1789) y de la
independencia de los Estados Unidos de Norteamérica (1776–1783). La mayoría indígena y
mestiza, junto con los esclavos negros de origen africano, no participaba de los intereses criollos,
puesto que su situación social y económica no iba a cambiar.
La administración colonial estaba en manos de los españoles peninsulares y marginaba a la rica
minoría criolla. Estos criollos se habían enriquecido con las plantaciones (azúcar, café, tabaco) y el
comercio a pesar del monopolio que la metrópoli imponía a sus colonias. Gran Bretaña conseguía
introducirse en el mercado americano a través del contrabando, ansiaba la libertad comercial para
aumentar sus beneficios en este vasto y amplio mercado, facilitó y alentó los deseos de
independencia de los criollos, igual que Estados Unidos desde 1823 cuando formuló la doctrina
Monroe América para los americanos, principio que pretendía cerrar el continente a los intereses
europeos cambiando el monopolio español por el norteamericano.
Cuatro virreinatos y varias capitanías generales conformaban la estructura colonial: el Virreinato
de Nueva España, desde Panamá hasta California; el de Nueva Granada, hasta la frontera del
actual Perú; el Virreinato del Río de la Plata, desde Buenos Aires hasta la vertiente interior de los
Andes; el Virreinato del Perú y la capitanía general de Chile agrupaban las tierras andinas del
Pacífico.
Igual que en España, cuando estalla la guerra de independencia contra la ocupación francesa, se
forman Juntas en muchas ciudades (Quito, La Paz, Caracas o Buenos Aires) entre 1809 y 1810. En
los primeros momentos declararon su fidelidad a Fernando VII, pero no reconocieron la autoridad
de la Junta Suprema Central. Poco a poco las Juntas proclamaron la independencia.
30. La emancipación se desarrolla a partir de tres focos principales: México, Venezuela y Buenos Aires. En
México, el cura Miguel Hidalgo movilizó en 1810 a miles de campesinos indígenas que reclamaban la
abolición de la esclavitud, del tributo indio y de la reforma agraria. La minoría criolla, ante el cariz
revolucionario y social de la revuelta, reprimió el levantamiento y ejecutó a Hidalgo, sin embargo, su obra
la continuó otro sacerdote, Morelos, quien en noviembre de 1813 proclamó la independencia de México y
se enfrentó al poder español y al criollo. En 1815, Morelos fue apresado y fusilado por las tropas realistas
españolas.
Sólo se mantuvieron diversos y aislados focos guerrilleros, hasta que, en 1821, los criollos y el ejército
español, al mando de Agustín Iturbide, se unieron para proclamar la independencia de México. Iturbide se
convirtió en emperador, Agustín I, hasta que en 1824 una revuelta militar convierte el imperio en
República Federal. En esta situación conflictiva, América Central se separa de México en 1823,
constituyendo las Provincias Unidas (Guatemala,
El Salvador, Nicaragua, Honduras y Costa Rica).
Una vez que Fernando VII regresó a España, se negó a aceptar la separación de las colonias americanas y
envió un ejército de 10.000 soldados con el fin de someter a los rebeldes. Desde Venezuela, Simón Bolivar
encabezó la lucha contra el poder español y se convirtió en e Libertador de Venezuela (1815), Colombia
(1819) y Ecuador (1822), territorios que mantuvo unidos como República de Colombia hasta 1830.
En Buenos Aires, José San Martín había proclamado la independencia de la República Argentina (1810),
ratificada en 1816 por el congreso de Tucumán. En 1817 cruzó los Andes, y proclamó la
independencia de Chile (1818). Bolivar y San Martín, reunidos en Guayaquil decidieron liberar Perú. Se
consiguió la independencia tras la victoria de Ayacucho (1824).
Sólo quedaron en poder de España las islas de Cuba y Puerto Rico hasta 1898, fecha en que la
intervención militar y económica de Estados Unidos puso fin a los restos del imperio español en América.