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28 de Agosto de 2015
La Red Mundial De Mujeres por los Derechos Reproductivos (RMMDR) expresa su preocupación tras
tener conocimiento de los recientes ataques en contra de La Colectiva Feminista para Desarrollo Local y
de La Agrupación Ciudadana para Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico en
medios de comunicación locales en El Salvador. Las dos organizaciones de la sociedad civil están
conformadas defensoras de derechos humanos1
que trabajan por la defensa de los derechos sexuales y
reproductivos de las mujeres en ese país.
Como ha sido señalado por varios procedimientos especiales de Naciones Unidas, las defensoras de
derechos humanos que trabajan en temas de derechos sexuales y reproductivos están particularmente en
riesgo de sufrir graves consecuencias,2
ya que “a menudo se considera que las defensoras cuestionan las
normas socioculturales, tradiciones, percepciones y estereotipos aceptados acerca de la femineidad, […]
y el papel y la condición de la mujer en la sociedad”,3
éste es especialmente el caso de defensoras que
trabajan en temas de derechos humanos relacionadas con el aborto en contextos altamente restrictivos,
como es El Salvador.
El Salvador tiene una de las leyes de aborto más restrictivas del mundo, donde el aborto está criminalizado
en todos los casos, incluso cuando la vida o la salud de la mujer están en riesgo, o en casos de violación o
incesto. Una de las más graves consecuencias de la prohibición total del aborto es la persecución y
encarcelamiento injusto de un número significativo de mujeres que han sufrido abortos espontáneos y
complicaciones relacionadas con el embarazo. La prohibición absoluta también ha alimentado y
perpetuado la amplia proliferación de estigma relacionado con el aborto. Al producirse, reproducirse y
reforzarse en el individuo, la comunidad, las instituciones, la cultura y los diferentes niveles legales, el
estigma del aborto tiene repercusiones particularmente graves en ambientes restrictivos, no sólo para
quienes buscan acceder al aborto o para quienes son sospechosas de tener un aborto, sino también para las
defensoras que defienden los derechos sexuales y reproductivos.
Como consecuencia de la prohibición del aborto y la proliferación de la estigmatización del aborto en El
Salvador, las defensoras que trabajan en derechos sexuales y reproductivos pueden ser sometidas a
diversos ataques, tales como la discriminación, el hostigamiento, la intimidación, vigilancia, ataques
digitales y violencia física y social, entre otros.4
También pueden llegar a ser objeto de difamación pública
y campañas de desinformación, discursos de odio por parte de funcionarios públicos, así como por agentes
no estatales, como líderes religiosos y comunitarios o por parte de grupos fundamentalistas y de los medios
de comunicación, como en el reciente caso de La Colectiva Feminista y La Agrupación Ciudadana, con
los cuales se pretende impedir su labor de avanzar en la agenda de los derechos sexuales y reproductivos
como derechos humanos.
1
Por “Defensoras de Derechos Humanos” nos referimos a las mujeres activistas; hombres que trabajan en la defensa de los derechos de las mujeres; defensores
de derechos humanos lesbianas, gays, bi sexuales y transgénero (LGBT); y grupos comprometidos con el avance de los derechos humanos de las mujeres y
los derechos sexuales. Para más información ver Women Human Rights Defenders International Coalition.
2
See Report of the Special Rapporteur on human rights defenders, Margaret Sekaggya, A/HRC/25/55 December 23 2013, paras 65 and 90.
3
Ibid, para. 99. See also UN Report Promotion and Protection of Human Rights and Human Rights Defenders, E/CN.4/2001/94, 26 January 2001, para. 89
(g); and “Report of the Special Rapporteur on the situation of human rights defenders, Margaret Sekaggya,” A/HRC/16/44, paras. 45 and 85, 20 December
2010.
4
Ibid.
Los ataques en contra de las defensoras de derechos humanos y su organizaciones tienen consecuencias
devastadoras; con ellos instigan temor y pueden disuadir a las defensoras de continuar su importante
trabajo en garantizar los derechos sexuales y reproductivos, al mismo tiempo que ven violados sus propios
derechos humanos tales como su derecho a defender los derechos humanos, a la libertad y seguridad
personales, a la libertad de expresión, al derecho de reunión pacífica y de asociarse, y a vivir libre de
violencia y discriminación.
Los dirigentes políticos y los funcionarios gubernamentales son cómplices de la perpetuación o incluso
legitimación de la persecución que experimentan las defensoras, ya sea por su falta de respuesta ante estos
casos cuando son traídos a la luz pública, o por acosar directamente a las propias organizaciones
defensoras de los derechos de las mujeres.5
La protección de las defensoras que trabajan en derechos
sexuales y reproductivos en los países donde el aborto está prohibido totalmente incluye protegerlas de
ataques producidos en los medios de comunicación como los experimentados por La Colectiva Feminista
y La Agrupación Ciudadana.
Tal como lo señala la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las
instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente
reconocidos,6
y los organismos de derechos humanos regionales e internacionales, los Estados deben
proveer seguridad a las defensoras, así como crear un entorno seguro y propicio para que ellas puedan
realizar su trabajo, 7
como parte de las responsabilidades del estado de respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos.8
Cuando los gobiernos permiten ataques a las defensoras, impiden los derechos
humanos. En el caso específico de El Salvador, al impedir el trabajo de las defensoras y tratar de silenciar
sus voces, también se limita el debate sobre el aborto en el país, actuando en contra de las recomendaciones
de los expertos de la ONU que han hecho un llamado a El Salvador para que revise su legislación en
materia de aborto y ponga fin a la injusticia resultante. 9
Por lo anterior, la RMDDR insta al Estado de El Salvador a:
 "Reconocer públicamente la función concreta e importa que desempeñan las defensoras y
quienes se dedican a los derechos de las mujeres o a las cuestiones de género en la
consolidación y avance de las sociedad plurales e incluyentes como primer paso para
prevenir o reducir los riesgo que afrontan” según como lo ha recomendado la Relatoría
Especial sobre la situación de los Defensores de Derechos Humanos;10
 Garantizar los derechos humanos de las defensoras a la libertad de expresión, libertad de
reunión y de asociación, a la libertad y seguridad personales y a defender los derechos
humanos, incluyendo los derechos sexuales y los derechos reproductivos;
 Tomar todas las medidas necesarias para garantizar la protección efectiva de La Colectiva
Feminista y La Agrupación Ciudadana de todo tipo de ataques tales como acoso, violencia y
discriminación y para crear el entorno propicio y seguro para que puedan realizar su
trabajo.
5
Women Human Rights Defenders International Coalition (WHRDIC), et al. (2014) Our Right To Safety: Women Human Rights Defenders’ Holistic Approach
to Protection.
6
Office of the High Commissioner for Human Rights, Declaration on the Right and Responsibility of Individuals, Groups and Organs of Society to Promote
and Protect Universally Recognized Human Rights and Fundamental Freedoms, A/RES/53/144, 8 March 1999, Art. 2.
7
Promotion of the Declaration on the Right and Responsibility of Individuals, Groups and Organs of Society to Promote and Protect Universally Recognized
Human Rights and Fundamental Freedoms: protecting women human rights defenders, A/RES/68/181, 30 January 2014, para 9.
8
See Report of the Special Rapporteur on human rights defenders, Margaret Sekaggya, A/HRC/25/55 December 23 2013, para. 100; See also the Inter-
American Commission on Human Rights, Report on the Situation of Human Rights Defenders, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev.1, 7 March 2006, paras. 20,
21, 31-34.
9
Office of the High Commissioner for Human Rights (2015), Guadalupe’s pardon: UN experts urge El Salvador to pardon all women jailed for pregnancy
complications and repeal restrictive abortion law.
10
Report of the Special Rapporteur on the situation of human rights defenders, Margaret Sekaggya, A/HRC/16/44, 20 December 2010, para. 109.

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UNIDAD 3.1, 3.2 y 3.3 3.5 FUNCIÓN PÚBLICA 2.pptx
 

Defensoras derechos SR El Salvador

  • 1. 28 de Agosto de 2015 La Red Mundial De Mujeres por los Derechos Reproductivos (RMMDR) expresa su preocupación tras tener conocimiento de los recientes ataques en contra de La Colectiva Feminista para Desarrollo Local y de La Agrupación Ciudadana para Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico en medios de comunicación locales en El Salvador. Las dos organizaciones de la sociedad civil están conformadas defensoras de derechos humanos1 que trabajan por la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en ese país. Como ha sido señalado por varios procedimientos especiales de Naciones Unidas, las defensoras de derechos humanos que trabajan en temas de derechos sexuales y reproductivos están particularmente en riesgo de sufrir graves consecuencias,2 ya que “a menudo se considera que las defensoras cuestionan las normas socioculturales, tradiciones, percepciones y estereotipos aceptados acerca de la femineidad, […] y el papel y la condición de la mujer en la sociedad”,3 éste es especialmente el caso de defensoras que trabajan en temas de derechos humanos relacionadas con el aborto en contextos altamente restrictivos, como es El Salvador. El Salvador tiene una de las leyes de aborto más restrictivas del mundo, donde el aborto está criminalizado en todos los casos, incluso cuando la vida o la salud de la mujer están en riesgo, o en casos de violación o incesto. Una de las más graves consecuencias de la prohibición total del aborto es la persecución y encarcelamiento injusto de un número significativo de mujeres que han sufrido abortos espontáneos y complicaciones relacionadas con el embarazo. La prohibición absoluta también ha alimentado y perpetuado la amplia proliferación de estigma relacionado con el aborto. Al producirse, reproducirse y reforzarse en el individuo, la comunidad, las instituciones, la cultura y los diferentes niveles legales, el estigma del aborto tiene repercusiones particularmente graves en ambientes restrictivos, no sólo para quienes buscan acceder al aborto o para quienes son sospechosas de tener un aborto, sino también para las defensoras que defienden los derechos sexuales y reproductivos. Como consecuencia de la prohibición del aborto y la proliferación de la estigmatización del aborto en El Salvador, las defensoras que trabajan en derechos sexuales y reproductivos pueden ser sometidas a diversos ataques, tales como la discriminación, el hostigamiento, la intimidación, vigilancia, ataques digitales y violencia física y social, entre otros.4 También pueden llegar a ser objeto de difamación pública y campañas de desinformación, discursos de odio por parte de funcionarios públicos, así como por agentes no estatales, como líderes religiosos y comunitarios o por parte de grupos fundamentalistas y de los medios de comunicación, como en el reciente caso de La Colectiva Feminista y La Agrupación Ciudadana, con los cuales se pretende impedir su labor de avanzar en la agenda de los derechos sexuales y reproductivos como derechos humanos. 1 Por “Defensoras de Derechos Humanos” nos referimos a las mujeres activistas; hombres que trabajan en la defensa de los derechos de las mujeres; defensores de derechos humanos lesbianas, gays, bi sexuales y transgénero (LGBT); y grupos comprometidos con el avance de los derechos humanos de las mujeres y los derechos sexuales. Para más información ver Women Human Rights Defenders International Coalition. 2 See Report of the Special Rapporteur on human rights defenders, Margaret Sekaggya, A/HRC/25/55 December 23 2013, paras 65 and 90. 3 Ibid, para. 99. See also UN Report Promotion and Protection of Human Rights and Human Rights Defenders, E/CN.4/2001/94, 26 January 2001, para. 89 (g); and “Report of the Special Rapporteur on the situation of human rights defenders, Margaret Sekaggya,” A/HRC/16/44, paras. 45 and 85, 20 December 2010. 4 Ibid.
  • 2. Los ataques en contra de las defensoras de derechos humanos y su organizaciones tienen consecuencias devastadoras; con ellos instigan temor y pueden disuadir a las defensoras de continuar su importante trabajo en garantizar los derechos sexuales y reproductivos, al mismo tiempo que ven violados sus propios derechos humanos tales como su derecho a defender los derechos humanos, a la libertad y seguridad personales, a la libertad de expresión, al derecho de reunión pacífica y de asociarse, y a vivir libre de violencia y discriminación. Los dirigentes políticos y los funcionarios gubernamentales son cómplices de la perpetuación o incluso legitimación de la persecución que experimentan las defensoras, ya sea por su falta de respuesta ante estos casos cuando son traídos a la luz pública, o por acosar directamente a las propias organizaciones defensoras de los derechos de las mujeres.5 La protección de las defensoras que trabajan en derechos sexuales y reproductivos en los países donde el aborto está prohibido totalmente incluye protegerlas de ataques producidos en los medios de comunicación como los experimentados por La Colectiva Feminista y La Agrupación Ciudadana. Tal como lo señala la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos,6 y los organismos de derechos humanos regionales e internacionales, los Estados deben proveer seguridad a las defensoras, así como crear un entorno seguro y propicio para que ellas puedan realizar su trabajo, 7 como parte de las responsabilidades del estado de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.8 Cuando los gobiernos permiten ataques a las defensoras, impiden los derechos humanos. En el caso específico de El Salvador, al impedir el trabajo de las defensoras y tratar de silenciar sus voces, también se limita el debate sobre el aborto en el país, actuando en contra de las recomendaciones de los expertos de la ONU que han hecho un llamado a El Salvador para que revise su legislación en materia de aborto y ponga fin a la injusticia resultante. 9 Por lo anterior, la RMDDR insta al Estado de El Salvador a:  "Reconocer públicamente la función concreta e importa que desempeñan las defensoras y quienes se dedican a los derechos de las mujeres o a las cuestiones de género en la consolidación y avance de las sociedad plurales e incluyentes como primer paso para prevenir o reducir los riesgo que afrontan” según como lo ha recomendado la Relatoría Especial sobre la situación de los Defensores de Derechos Humanos;10  Garantizar los derechos humanos de las defensoras a la libertad de expresión, libertad de reunión y de asociación, a la libertad y seguridad personales y a defender los derechos humanos, incluyendo los derechos sexuales y los derechos reproductivos;  Tomar todas las medidas necesarias para garantizar la protección efectiva de La Colectiva Feminista y La Agrupación Ciudadana de todo tipo de ataques tales como acoso, violencia y discriminación y para crear el entorno propicio y seguro para que puedan realizar su trabajo. 5 Women Human Rights Defenders International Coalition (WHRDIC), et al. (2014) Our Right To Safety: Women Human Rights Defenders’ Holistic Approach to Protection. 6 Office of the High Commissioner for Human Rights, Declaration on the Right and Responsibility of Individuals, Groups and Organs of Society to Promote and Protect Universally Recognized Human Rights and Fundamental Freedoms, A/RES/53/144, 8 March 1999, Art. 2. 7 Promotion of the Declaration on the Right and Responsibility of Individuals, Groups and Organs of Society to Promote and Protect Universally Recognized Human Rights and Fundamental Freedoms: protecting women human rights defenders, A/RES/68/181, 30 January 2014, para 9. 8 See Report of the Special Rapporteur on human rights defenders, Margaret Sekaggya, A/HRC/25/55 December 23 2013, para. 100; See also the Inter- American Commission on Human Rights, Report on the Situation of Human Rights Defenders, OEA/Ser.L/V/II.124, Doc. 5 rev.1, 7 March 2006, paras. 20, 21, 31-34. 9 Office of the High Commissioner for Human Rights (2015), Guadalupe’s pardon: UN experts urge El Salvador to pardon all women jailed for pregnancy complications and repeal restrictive abortion law. 10 Report of the Special Rapporteur on the situation of human rights defenders, Margaret Sekaggya, A/HRC/16/44, 20 December 2010, para. 109.