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Lic. y CP. Jeaneth Ayala Archundia
Profesional Certificado por la CNBV
Especialista en Prevención de Lavado de Dinero
Certified Anti-Money Laundering Specialist
T. 684-8799 ext. 107 | jayala@pld.org.mx
Definición
Lavado de dinero:
Proceso en que la fuente ilícita de recursos obtenidos de una
actividad criminal es el ocultado para esconder el vínculo entre
los fondos y la actividad criminal original.
Financiamiento del terrorismo:
Provisión o recolección de fondos con la intención de que se
utilicen, con conocimiento de ello, para cometer cualquier acto
destinado a causar muerte o lesiones corporales graves con la
intención de intimidar a una población o personas en una
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Objeto de la Ley
Proteger al Sistema Financiero y la economía nacional
de los recursos de procedencia ilícita.
Cómo? A través del establecimiento de medidas y
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La Organización de las Naciones Unidas (ONU):
• Fue fundada el 24 de octubre de 1945, al término de la
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La prestación de servicios de comercio exterior como agente o
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Aduanera de las siguientes mercancías:
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VUMA Monto VUMA Monto
485 $39,091.00 485 $39,091.00
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Obligación informar operaciones acumulativa 6 meses:
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montos iguales o superiores a los señalados en la Ley.
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Avisos AV
SISTEMA AUTOMATIZADOArt. 17 Ley, antepenúltimo
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• INFORMES
• …. quienes realicen Actividades Vulnerables y no hayan llevado acabo
operaciones que sean objeto de aviso o que los mismos se ubiquen
en los supuestos del Art 27 Bis, durante el mes que corresponda
deberán remitir en el formato señalado en el referido art. 34,
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en el que solo se llenaran los campos relativos a la identificación de
quien realice la Actividad Vulnerable….
Informe
Formatos electrónicos AV
La información de los avisos podrá modificarse
Por 1 sola ocasión
dentro de los 30 días siguientes de la fecha de emisión
del acuse electrónico del Aviso
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RCG aplicables
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operación.
Obligaciones realicen
Actividades Vulnerables
5. Clientes de bajo riesgo: Su expediente es integrado a través de
medidas simplificadas
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Actividades Vulnerables
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por cliente dentro del grupo empresarial, aún cuando los distintos
miembros no realicen actividades similares.
11. Manual de Cumplimiento se debe contar con un Manual a los 90
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Obligaciones realicen
Actividades Vulnerables
12. Políticas de conocimiento de Clientes con EBR = Enfoque Basado
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ocultamiento de la información y documentación que sirva de
soporte a la Actividad Vulnerable, los avisos presentados así como
todo el expediente integral del cliente durante 5 años.
Obligaciones realicen
Actividades Vulnerables
15.Brindar facilidades para visitas de verificación, conforme a la
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Proporcionándoles información y documentación soporte.
16.Presentar los Avisos que establece esta Ley
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17. Abstenerse de llevar operaciones con sus Clientes que se
nieguen a proporcionarles información o documentación para
identificarlos.
Obligaciones realicen
Actividades Vulnerables
Las personas morales que realicen Actividades
Vulnerables deberán designar ante la Secretaría a un
representante encargado del cumplimiento de las
obligaciones derivadas de esta Ley y mantener vigente
dicha designación.
En tanto no haya un representante o la designación
no esté actualizada, el cumplimiento de las
obligaciones que la Ley señala, corresponderá a los
integrantes del órgano de administración o al
administrador único de la persona moral.
ENCARGADO DEL CUMPLIMIENTO
Obligaciones
Actividades Vulnerables
Debe existir concordancia entre Avisos presentados a la SHCP por concepto de las actividades
vulnerables Pedimentos y documentación que obliga la Ley Aduanera.
Puntos a Considerar
Fecha del acto u operación es aquella que se establece de conformidad con la Ley Aduanera.
El monto o valor de los actos u operaciones, es el considerado en Aduana.
Cumplimiento de la obligación de Presentar avisos será:
Mediante el sistema electrónico por la cual se transmita la información del Pedimento al SAT
Reglamento Ley FPIORPI expedirá un formato oficial para identificar las fracciones arancelarias de
las mercancías señaladas en la frac.
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Puntos a Considerar
CONDUCTA SANCIÓN
*Incumplir Requerimiento de SHCP
*Incumplir cualquiera de las
obligaciones del Sujeto Activo
*Incumplir con presentar en tiempo los
avisos
*Presentar avisos sin cumplir requisitos
200 a 2 mil días UMA
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10 mil a 65 mil días UMA
806,000.00 a 5,239,000.00
Sanciones Administrativas
La SHCP impondrá sanciones administrativas por el incumplimiento de las obligaciones
relacionadas con los términos y requisitos de la presentación de Avisos e información:
La Secretaría se abstendrá de sancionar al infractor, por una sola vez,
en caso de que se trate de la primera infracción en que incurra,
siempre y cuando cumpla, de manera espontánea y previa al inicio
de las facultades de verificación de la Secretaría, con la obligación
respectiva y reconozca expresamente la falta en que incurrió.
Recomendaciones:
1. Presentar los avisos en una sola exihibición
2. Documentar todos las operaciones sujetas a aviso.
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4. Presunción de inocencia en material administrativa
Cumplimiento
espontáneo
Salvedades de las multas
• Se sancionara con Prisión el uso indebido de la información reportada (alterada, divulgación,
falsificación, uso para fines distintos ,etc.)
• Proporcionar dolosamente información
a las personas que realizan
Actividades Vulnerables
• Modificar o alterar datos o información
de Avisos
2 a 8 años de prisión y
multa ( 500 a 2000
UMAS)
Sanciones administrativas y delitos
Integración de
expedientes de
Identificación de
Clientes o Usuarios.
Alta y Registro SAT
Actividad
Vulnerable
Fecha de
Obligación de
Presentar Avisos
Fecha de
presentación del
primer Aviso
Prorroga de
presentación del
primer aviso
Periodo de
Información del
primer aviso
1 Septiembre 2013
1 Octubre 2013
31 Octubre 2013
17 Noviembre 2013
17 Enero 2014 Sep / Oct / Nov y Dic 13
Presentarse Enero 2014
1 2 3 4
En síntesis
Que debí de hacer?
Y cuando debí de hacerlo?
5.- Presentar avisos, que para efectos de esta Actividad, mediante el sistema electrónico por
el cual se transmita la información de pedimento al SAT de acuerdo con la normatividad
aduanera.
Resumen de Cumplimiento
6.- En caso de ningún acto u operación que sea objeto de Aviso durante el mes que
corresponda, deberá de remitir un informe señalando que en el periodo correspondiente no
se realizaron actos u operaciones objetos de Aviso
Resumen de Cumplimiento
7.- Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y
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parte del SAT.
9.- Contar con un documento en el que desarrollen sus lineamientos identificación de
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cumplimiento a la Ley.
Lic. y CP. Jeaneth Ayala Archundia
Profesional Certificado por la CNBV
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  • 1. Lic. y CP. Jeaneth Ayala Archundia Profesional Certificado por la CNBV Especialista en Prevención de Lavado de Dinero Certified Anti-Money Laundering Specialist T. 684-8799 ext. 107 | jayala@pld.org.mx
  • 2. Definición Lavado de dinero: Proceso en que la fuente ilícita de recursos obtenidos de una actividad criminal es el ocultado para esconder el vínculo entre los fondos y la actividad criminal original. Financiamiento del terrorismo: Provisión o recolección de fondos con la intención de que se utilicen, con conocimiento de ello, para cometer cualquier acto destinado a causar muerte o lesiones corporales graves con la intención de intimidar a una población o personas en una organización nacional o internacional.
  • 3. Objeto de la Ley Proteger al Sistema Financiero y la economía nacional de los recursos de procedencia ilícita. Cómo? A través del establecimiento de medidas y procedimientos para prevenir y detectar actos u operaciones vulnerables por involucrar recursos de prodecedencia ilícita. Para qué? Para recabar elementos de investigación, persecusión de delitos y estructuras financieras de las organizaciones delictivas.
  • 4. Exposición de motivos de la Ley Aumento del delito y la corrupción • Debilitamiento del sector privado legitimo • Pérdida de control o errores en las decisiones relacionadas con la política económica. • Pérdida de ingresos por impuestos. • Riesgos para la reputación de un país. Debilitamiento de las instituciones financieras . Distorsión e inestabilidad económica. Costos sociales. Riesgos para los esfuerzos de privatización.
  • 5. 1. Colocación. La disposición física del dinero en efectivo proveniente de actividades delictivas; es decir, introducir sus fondos ilegales en el sistema financiero. Producto. 2. Estratificación u Ocultamiento. La separación de fondos ilícitos de su fuente mediante “capas” de transacciones financieras, cuyo fin es desdibujar la transacción; es decir disimular el rastro documentado, la fuente y la propiedad de fondos. Dispersión. 3. Integración. Dar apariencia legitima a riqueza ilícita mediante el reingreso en la economía con transacciones comerciales o personales que aparentemente sean normales. Destino del producto Etapas del lavado de dinero
  • 6. La Organización de las Naciones Unidas (ONU): • Fue fundada el 24 de octubre de 1945, al término de la Segunda Guerra Mundial, • Se instituyo por 51 países integrantes • con el fin de mantener la paz y la seguridad en el mundo, promover amistad entre las naciones, mejorar el nivel de vida y defender los derechos humanos • México fue de los países fundadores • Actualmente 193 países miembros La ONU realizó una Carta de acuerdos donde: • El Consejo de Seguridad tiene los siguientes poderes y funciones: • Mantener la paz y la seguridad internacional de conformidad con los propósitos y principios de las Naciones Unidas. Investigar toda controversia o situación que pueda crear fricción internacional. Protección contra organizaciones terroristas Antecedentes
  • 9. La prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal, mediante autorización otorgada por la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico, para promover por cuenta ajena, el despacho de mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley Aduanera de las siguientes mercancías: COMERCIO EXTERIOR FRENTE A LA LEY ANTI LAVADO DE DINERO Agente o Apoderado Aduanal Actividades Vulnerables
  • 10. Prestación de servicios de comercio exterior como agente o apoderado aduanal: Es la persona física autorizada por la SHCP mediante patente, para promover por cuenta ajena el despacho de las mercancías, en los diferentes regímenes aduaneros previstos en la Ley de la materia Definiciones
  • 11. Despacho de Mercancía: Se entiende por despacho aduanero: Es el conjunto de actos y formalidades relativos a la entrada de mercancía al territorio nacional y a salida del mismo, que de acuerdo con los diferentes tráficos y regímenes aduaneros establecidos en el presente ordenamiento deben realizar en la aduana las autoridades aduaneras. Definiciones
  • 12. Agentes y Apoderados Aduanales Sujetos activos para la Ley de Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita
  • 13. Son identificables y objeto de aviso en todo momento, es decir, cualquiera que sea el valor estos bienes Mercancías objeto de aviso Vehículos terrestres, aéreos y marítimos, nuevos y usados; Maquinas para juegos de apuestas y sorteos, nuevas o usadas; Equipos y materiales para la elaboración de tarjetas de pago; y , Materiales de resistencia balística para la prestación de servicios de blindaje de vehículos.
  • 14. Siempre y cuando su valor individual de las siguientes mercancías, sea igual o superior a: Joyas, relojes, Piedras Preciosas y Metales Preciosos; Obras de arte Mercancías objeto de aviso IDENTIFICACION AVISO VUMA Monto VUMA Monto 485 $39,091.00 485 $39,091.00 4,815 $388,089.00 4,815 $388,089.00
  • 15. Obligación informar operaciones acumulativa 6 meses: Solo son aplicables a las operaciones vulnerables que son materia de “identificación” del cliente. Suma acumulada: actos u operaciones que, en lo individual, realicen sus Clientes o Usuarios, por montos iguales o superiores a los señalados en la Ley. Acumulados Avisos AV SISTEMA AUTOMATIZADOArt. 17 Ley, antepenúltimo Art. 7 Reglamento
  • 16. • INFORMES • …. quienes realicen Actividades Vulnerables y no hayan llevado acabo operaciones que sean objeto de aviso o que los mismos se ubiquen en los supuestos del Art 27 Bis, durante el mes que corresponda deberán remitir en el formato señalado en el referido art. 34, un informe en el que solo se llenaran los campos relativos a la identificación de quien realice la Actividad Vulnerable…. Informe Formatos electrónicos AV
  • 17. La información de los avisos podrá modificarse Por 1 sola ocasión dentro de los 30 días siguientes de la fecha de emisión del acuse electrónico del Aviso Restricción a la modificación de avisos e informes Avisos. Formatos electrónicos AV
  • 18.  Obligaciones Prestación de servicios de comercio exterior
  • 19. 1. Registrarse como persona que realiza Actividades Vulnerables 2. Identificar a sus Clientes 3. Expediente único de identificación de cada Cliente o Usuario. Se integra en términos del articulo 12 de las RCG aplicables 4. Integración de expediente previo a la realización de la operación. Obligaciones realicen Actividades Vulnerables
  • 20. 5. Clientes de bajo riesgo: Su expediente es integrado a través de medidas simplificadas 6. Perfil transaccional del Cliente 7. Cuestionario KYC “Conozca a su Cliente” 8. Formatos de identificación Obligaciones realicen Actividades Vulnerables
  • 21. 9. Solicitar Información acerca del Dueño Beneficiario, identificacion o declaración jurada. 10. 6.Grupo Empresarial : Podrá tenerse y conservase un expediente por cliente dentro del grupo empresarial, aún cuando los distintos miembros no realicen actividades similares. 11. Manual de Cumplimiento se debe contar con un Manual a los 90 días del la alta y registro como Actividad Vulnerable. Obligaciones realicen Actividades Vulnerables
  • 22. 12. Políticas de conocimiento de Clientes con EBR = Enfoque Basado en Riesgos 13. Capacitación al personal 14. Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, los avisos presentados así como todo el expediente integral del cliente durante 5 años. Obligaciones realicen Actividades Vulnerables
  • 23. 15.Brindar facilidades para visitas de verificación, conforme a la ley Federal de Procedimiento Administrativo Proporcionándoles información y documentación soporte. 16.Presentar los Avisos que establece esta Ley • En tiempo y en los formatos que establezca la Secretaria. 17. Abstenerse de llevar operaciones con sus Clientes que se nieguen a proporcionarles información o documentación para identificarlos. Obligaciones realicen Actividades Vulnerables
  • 24. Las personas morales que realicen Actividades Vulnerables deberán designar ante la Secretaría a un representante encargado del cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta Ley y mantener vigente dicha designación. En tanto no haya un representante o la designación no esté actualizada, el cumplimiento de las obligaciones que la Ley señala, corresponderá a los integrantes del órgano de administración o al administrador único de la persona moral. ENCARGADO DEL CUMPLIMIENTO Obligaciones Actividades Vulnerables
  • 25. Debe existir concordancia entre Avisos presentados a la SHCP por concepto de las actividades vulnerables Pedimentos y documentación que obliga la Ley Aduanera. Puntos a Considerar Fecha del acto u operación es aquella que se establece de conformidad con la Ley Aduanera. El monto o valor de los actos u operaciones, es el considerado en Aduana.
  • 26. Cumplimiento de la obligación de Presentar avisos será: Mediante el sistema electrónico por la cual se transmita la información del Pedimento al SAT Reglamento Ley FPIORPI expedirá un formato oficial para identificar las fracciones arancelarias de las mercancías señaladas en la frac. Debemos estar en espera del formato oficial. Puntos a Considerar
  • 27. CONDUCTA SANCIÓN *Incumplir Requerimiento de SHCP *Incumplir cualquiera de las obligaciones del Sujeto Activo *Incumplir con presentar en tiempo los avisos *Presentar avisos sin cumplir requisitos 200 a 2 mil días UMA 16,120 a 161,200 Omitir presentar Avisos 10 mil a 65 mil días UMA 806,000.00 a 5,239,000.00 Sanciones Administrativas La SHCP impondrá sanciones administrativas por el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con los términos y requisitos de la presentación de Avisos e información:
  • 28. La Secretaría se abstendrá de sancionar al infractor, por una sola vez, en caso de que se trate de la primera infracción en que incurra, siempre y cuando cumpla, de manera espontánea y previa al inicio de las facultades de verificación de la Secretaría, con la obligación respectiva y reconozca expresamente la falta en que incurrió. Recomendaciones: 1. Presentar los avisos en una sola exihibición 2. Documentar todos las operaciones sujetas a aviso. 3. Establecer el manual de PLD y FT (reducción de multas) 4. Presunción de inocencia en material administrativa Cumplimiento espontáneo Salvedades de las multas
  • 29. • Se sancionara con Prisión el uso indebido de la información reportada (alterada, divulgación, falsificación, uso para fines distintos ,etc.) • Proporcionar dolosamente información a las personas que realizan Actividades Vulnerables • Modificar o alterar datos o información de Avisos 2 a 8 años de prisión y multa ( 500 a 2000 UMAS) Sanciones administrativas y delitos
  • 30. Integración de expedientes de Identificación de Clientes o Usuarios. Alta y Registro SAT Actividad Vulnerable Fecha de Obligación de Presentar Avisos Fecha de presentación del primer Aviso Prorroga de presentación del primer aviso Periodo de Información del primer aviso 1 Septiembre 2013 1 Octubre 2013 31 Octubre 2013 17 Noviembre 2013 17 Enero 2014 Sep / Oct / Nov y Dic 13 Presentarse Enero 2014 1 2 3 4 En síntesis Que debí de hacer? Y cuando debí de hacerlo?
  • 31. 5.- Presentar avisos, que para efectos de esta Actividad, mediante el sistema electrónico por el cual se transmita la información de pedimento al SAT de acuerdo con la normatividad aduanera. Resumen de Cumplimiento 6.- En caso de ningún acto u operación que sea objeto de Aviso durante el mes que corresponda, deberá de remitir un informe señalando que en el periodo correspondiente no se realizaron actos u operaciones objetos de Aviso
  • 32. Resumen de Cumplimiento 7.- Custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la información y documentación que sirva de soporte a la Actividad Vulnerable, así como la que identifica a sus Clientes o usuarios, por un plazo de 5 años. 8.- Brindar las facilidades necesarias para que se lleven acabo las visitas de verificación por parte del SAT. 9.- Contar con un documento en el que desarrollen sus lineamientos identificación de Clientes y Usuarios, así como los criterios, medidas y procedimientos internos para dar cumplimiento a la Ley.
  • 33. Lic. y CP. Jeaneth Ayala Archundia Profesional Certificado por la CNBV Especialista en Prevención de Lavado de Dinero Certified Anti-Money Laundering Specialist T. 684-8799 ext. 107 | jayala@pld.org.mx