19. 1.- La población sana o enferma merece recibir
del personal que presta atención a la salud lo
mejor de sus conocimientos y destrezas en su
beneficio, con interés genuino de mantener su
salud y bienestar, y un trato amable, respetuoso,
prudente y tolerante.
20. 2.- El personal de salud tiene la obligación de
participar en el ámbito de su competencia en
actividades que contribuyan al beneficio de la
salud de la comunidad, así como en la atención
médica en casos de emergencia y desastres.
21. 3.- La actitud del equipo de salud debe mantener
e incrementar la confianza de los individuos a su
cargo, especialmente de los pacientes y personal
que los asiste, puesto que el humanitarismo con
el que se preste la atención al enfermo
contribuye directamente a su estabilización,
recuperación o rehabilitación.
22. 4.- Las instituciones de salud, conforme con sus
posibilidades, deberán asignar a cada médico u
otros prestadores de servicios el número
adecuado de personas de acuerdo con la
complejidad de su atención de salud,
considerando que la sobrecarga de trabajo y la
fatiga son poco propicias para otorgar servicios
de alta calidad.
23. 5.- Con base en las políticas de la Institución y
en casos urgentes, si el paciente es incapaz de
tomar una decisión para su diagnóstico y
tratamiento y en ausencia de su representante
legal, el personal de salud podrá aplicar las
medidas que considere pertinentes y sean
profesionalmente aceptadas.
24. 6.- Es deber de los médicos y de las instituciones
de salud realizar el seguimiento de los pacientes
durante una enfermedad crónica o aguda y no
abandonarlos mientras dure su enfermedad o se
rehabilite.
25. 7.- El prestador de servicios de salud tiene la
responsabilidad de sus enfermos a los que debe
estar dispuesto a atender. Tratará de resolver
cualquier diferencia o falta de afinidad con algún
paciente, reconociéndole su autonomía, y
presentándole alternativas en su tratamiento y,
sólo cuando lo amerite por no contar con los
medios adecuados, lo derivará a otro colega o
nivel para su atención.
27. 1.- Poner todos mis conocimientos, esfuerzos
y recursos técnicos al servicio de la mejora de
la calidad de los servicios de salud
2.- Enaltecer con mi conducta al
mecanismo Aval Ciudadano, para
consolidar la cultura de transparencia y
rendición de cuentas.
3.- Conducir todos mis actos en estricto
apego a los derechos humanos y a la
tolerancia de todas las creencias e
identidades culturales.
28. 4.- Pugnar por aumentar la voluntad de participación
ciudadana en los servicios de salud para impulsar
políticas de cooperación y solidaridad entre
instituciones de salud y ciudadanía.
5.-Abstenerme de usar el nombre o imagen del
Aval Ciudadano para campañas electorales,
promoción personal o de otras organizaciones
6.-Coordinarme con las autoridades de salud
para la solución de conflictos, manteniendo
en todo momento mi independencia de
opinión o juicio
29. 7.-La más estricta discreción y confidencialidad en el
manejo de la información que obtengo en el
monitoreo ciudadano.
8.-Fomentar el flujo e intercambio de información
entre autoridades de salud, personal de las
unidades y usuarios, de manera veraz y
oportuna.
9.-Realizar mi trabajo con estricta neutralidad
política, sin desempeñar funciones, ni
intervenir en procedimientos que no
correspondan a mi ámbito de acción
30. 10.-Evaluar mi trabajo desde una
perspectiva objetiva y crítica, conservando
la imparcialidad, aportando siempre
evidencias para las decisiones de mejora,
sin establecer relaciones o poner
condiciones que comprometan el
cumplimiento de los propósitos del
monitoreo ciudadano.