2. CONTENIDO DE LA PRESENTACION
1. INTRODUCCION
2. NORMATIVA
3. ALGUNAS INTERROGANTES DE UNA S.A.
4. CREACION DE UNA S.A.
3. 1. INTRODUCCION
Solo por el empuje económico que
hemos presentado en los últimos cinco
años y que se ve reflejado en los
rascacielos de nuestro país que han
cautivado a potencias del mundo para
invertir y consolidarse en este territorio
sino es que desde 1927, Panamá se ha
convertido en un foco de atención
para millones de empresarios e
inversionista.
Esto se debe a que en ese año se creó
la Ley 32 que regula las Sociedades
Anónimas reconocidas por sus siglas
S.A.
4. 2. NORMATIVA
1. Ley 32 de 26 de febrero de 1927.
“Sobre Sociedades Anónimas”.
(G.O. 5067 de 16 de marzo de
1927)
2. Articulo. 249. Dos o más
personas naturales o jurídicas
podrán formar una
sociedad de cualquier tipo o una
o más de ellas podrán ser
accionistas, directores,
dignatarios, administradores, apod
erados o liquidadores de la misma.
5. QUE ES UNA
SOCIEDAD?
“ La Sociedad es un contrato por
el cual dos o mas personas se
obligan a poner en común
dinero, bienes o industria, con
animo de partir entre si las
ganancias.”
Art. 1356 CC
6. 1. QUIENES PUEDEN FORMAR UNA S.A?
ALGUNAS INTERROGANTES DE
2. QUE SON LOS ESTATUTOS?
UNA S.A
3. HAY QUE SER RESIDENTE EN PANAMA O ESTAR EN
PANAMA PARA FORMAR UNA S.A?
4. QUE REQUISITOS MINIMOS DEBE TENER CONTENER EL
PACTO SOCIAL?
5. LA SOCIEDAD DEBE TENER CAPITAL MINIMO?
6. ES OBLIGATORIO PAGAR EL CAPITAL DE LA SOCIEDAD?
7. CUALES SON LAS FACULTADES DE LA JUNTA DE
ACCIONISTAS?
8. CUANTOS DIGNATARIOS DEBE TENER LA SOCIEDAD?
9. PUEDE DISOLVERSE UNA SOCIEDAD YA CONSTITUIDA?
7. 1. Los nombres y domicilios de cada uno de los suscriptores del pacto social;
2. El nombre de la sociedad, que no será igual o parecido al de otra sociedad
preexistente de tal manera que se preste a confusión. La denominación incluirá
una palabra, frase o abreviación que indique que es una sociedad anónima y que REQUISITOS MINIMOS
la distinga de una persona natural o de una sociedad de otra naturaleza.
El nombre de la sociedad anónima podrá expresarse en cualquier idioma; QUE DEBE CONTENER
3. El objeto u objetos generales de la sociedad;
4. El monto del capital social y el número y el valor nominal de las acciones en que
EL PACTO SOCIAL
se divide; y si la sociedad ha de emitir acciones sin valor nominal, las declaraciones ART. 2 DE LA LEY 32 DE 26 DE
mencionadas en el artículo 22 de esta ley. FEBRERO DE 1927
El monto del capital social y el valor nominal de las acciones podrá expresarse en
la moneda corriente de la República o en moneda de oro legal de cualquier
país, o en ambas;
5. Si hubiere acciones de varias clases, el número de cada clase, y las
designaciones, preferencias, privilegios y derechos de voto, y las restricciones o
requisitos de las acciones de cada clase; o la estipulación de que dichas
designaciones, preferencias, privilegios y derechos de voto, o las restricciones u
otros requisitos podrán ser determinados por resolución de la mayoría de los
accionistas interesados o por resolución de la mayoría de los directores;
6. La cantidad de acciones que cada suscriptor del pacto social conviene en
tomar;
7. El domicilio de la sociedad y el nombre y domicilio de su agente en la
República,
que podrá ser una persona jurídica;
8. La duración de la sociedad;
9. El número de directores que no serán menos de tres con especificación de sus
nombres y direcciones;
10. Cualesquiera otras cláusulas lícitas que los suscriptores hubieren convenido.
8. LAS FACULTADES DE LA
JUNTA DE ACCIONISTAS
El PACTO SOCIAL PUEDE
ESTABLECER Y DAR A LA JUNTA DE
ACCIONISTAS TODOS LOS
DERECHOS Y PRIVILEGIOS, NO
OBSTANTE LA LEY RESERVA A LOS
ACCIONISTAS EXCLUSIVIDAD PARA
DECIDIR SOBRE ALGUNOS ASUNTOS
QUE AFECTAN A LA SOCIEDAD
TALES COMO:
1. LA VENTA DE BIENES Y DERECHOS DE LA SOCIEDAD
2. ACORDAR SOBRE LA FUSIÒN Y LA DISOLUCION DE LA
SOCIEDAD
3. LA MODIFICACION O ENMIENDA DEL PACTO
SOCIAL, PARA LA DESIGNACION DE LOS
DIRECTORES.