El matrimonio "in extremis" es un matrimonio que se celebra cuando uno de los cónyuges se encuentra en peligro inminente de muerte y no requiere cumplir con todas las formalidades de un matrimonio ordinario. Su propósito es proteger patrimonialmente al cónyuge sobreviviente a través de los derechos sucesorios. En Perú, este tipo de matrimonio tiene efectos civiles con solo la inscripción de la partida parroquial en los registros públicos, a pesar de no ser una figura muy
1. MATRIMONIO “IN EXTREMIS”
El Matrimonio “in extremis” es un matrimonio en peligro de
muerte, el cual se lleva a cabo cuando cualquiera de los cónyuges
se encuentra en inminente peligro de muerte, en consecuencia,
no hace falta cumplir todas las formalidades que sí se
demandarían en un matrimonio de tipo ordinario. En este
sentido los pretendientes pueden ser casados por un párroco o
cualquier otro sacerdote.
Si bien no se cumple con la finalidad de hacer vida en común, se
llega a ponderar la finalidad de proteger al cónyuge supérstite
patrimonialmente, quien con el nuevo status civil, podrá ejercer
los derechos sucesorios que le corresponden.
2. En Perú esta forma de celebración de matrimonio, llega a tener
efectos civiles, con la sóla inscripción en los Registros Públicos de
la partida parroquial.
Como vemos, cumple una función importante, a pesar de no ser
una figura muy conocida en nuestros países, pues no es de
frecuente realización; vemos que, más conocido que el
matrimonio in extremis, es el matrimonio masivo, a pesar que
este último, no está regulado en el Código Civil de muchos de
países de Latinoamérica, como es el caso del Perú.
Entre los países latinoamericanos que regulan esta figura están:
Perú, México Argentina, Colombia y Uruguay.