1. Alexander Coral R.
Abogado
Líder de Investigación Legal
actualicese.com
Examen Médico
de Ingreso o Retiro
¿Es obligatorio?
2. Art. 57 Código Laboral
Obligaciones Especiales
del Empleador:
…
7. … … si el trabajador lo solicita, hacerle
practicar examen sanitario y darle certificación
sobre el particular, si al ingreso o durante la
permanencia en el trabajo hubiere sido
sometido a examen médico.
3. Ley 100 de 1993 y demás normas
de Seguridad Social Integral
4. Corte Suprema de Justicia No
12.108, de julio 22 de 1999
“…Pero ahora, cuando en el sector oficial/privado
la asistencia médica se presta a través de
organismos especializados y el empleador ha sido
liberado de esa carga prestacional, el examen
médico de egreso como obligación patronal debe
considerarse desaparecida o innecesaria y
parcialmente subrogada la norma legal…”
5. No confundir el examen médico
“inaplicable”
con
Evaluaciones Médicas Ocupacionales
6. Examen Médico Ocupacional
Es con el fin de monitorear la exposición a
factores de riesgo y determinar la existencia de
consecuencias en la persona por dicha exposición.
(pruebas clínicas, imágenes diagnósticas,
electrocardiograma, etc.) para emitir un
diagnóstico y las recomendaciones.
7. Resolución 2346 de 2007
Artículo 3º
Tipos de evaluaciones
médicas ocupacionales
“…que debe realizar el empleador público/privado
en forma obligatoria son como mínimo:
1. Evaluación médica preocupacional o preingreso.
2. Evaluaciones médicas ocupacionales periódicas
(programadas o por cambios de ocupación).
3. Evaluación médica posocupacional o de egreso.
8. Costo de las evaluaciones
médicas ocupacionales
Resolución 2346 de 2007
Artículo 11
“…costos de valoraciones, evaluaciones,
pruebas, complementarias, etc.. que se
requieran, los pagará el empleador en su
totalidad. En ningún caso, pueden ser
cobrados ni solicitados al aspirante o al
trabajador. …”
9. Contratación de las evaluaciones
médicas ocupacionales
Resolución 2346 de 2007
Artículo 11
“...Empleador podrá contratar con Instituciones
de Salud Ocupacional o EPS (con Medicina del
Trabajo) o con médicos especialistas en medicina
del trabajo/salud ocupacional, con licencia en
salud ocupacional.”
10. Alexander Coral R.
Abogado
Líder de Investigación Legal
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¡Hasta la próxima!
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¿Es obligatorio?