1. -Especial- I Parte Jornada de Trabajo Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal
2. ¿Qué es la Jornada de Trabajo? Jornada Ordinaria . La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan a las partes, o a falta de convenio, la máxima legal. (art. 158 C.S.T.) Trabajo Suplementario . Trabajo suplementario o de horas extras es el que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal. (art. 159 C.S.T.)
4. Existen dos Jornadas Diurna: entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m. Nocturna: Entre las 10:00 p.m. y las 6:00 a.m. * Por acuerdo contractual o Reglamento de Trabajo, la Jornada nocturna podría iniciar antes .
5.
6.
7.
8. Reparto de las 48 horas entre lunes a viernes para NO laborar el sábado, NO constituye trabajo suplementario (art. 164 C.S.T.) Reparto de Horas para NO laborar el Sábado
9. -Especial- I Parte Jornada de Trabajo Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal
10. -Especial- II Parte Horas Extras Alexander Coral Ramos Abogado Líder de Investigación Legal