2. ¿Qué son las mujeres de alquiler?
• Una mujer de alquiler es una mujer que, de
común acuerdo con una persona o pareja,
acepta que se le implanten en su útero el
embrión anteriormente creado mediante
fecundación in vitro por esa otra persona o
pareja, con el fin de quedar embarazada de
dicho embrión, generado a término y parirlo
en sustitución de la mencionada persona o
pareja.
3. Opiniones
• A favor:
- Los vientres sustitutos ayudan a las personas
con problemas de salud.
- Se hace realidad el deseo de tener una familia
completa.
• En contra:
- Defectos de nacimiento.
- Costos.
- Riesgos de la madre sustituta.
4. Problemas (1)
• 1. Conlleva el tráfico de personas: los vientres
de alquiler implican un movimiento
fronterizo de personas.
• 2. Puede haber hasta siete donantes: la
federación denuncia los tres modelos de
fecundación in vitro que se pueden dar: el
matrimonio que decide concebir un bebé para
venderlo, el caso de la madre biológica que
cede su embrión y un tercer caso en el que la
madre de alquiler concibe a un bebé de
terceros donantes sin identificar
5. Problemas (2)
• 3. Se crea un negocio lucrativo: tanto la
madre biológica como el médico que la trata
reciben una enorme compensación
económica. En Estados Unidos la madre
subrogada cobra entre 20.000 a 35.000
dólares.
• 4. Trata a los bebés como mercancía: los bebés
están sometidos a la voluntad de terceros que
los tratan como mercancía que se compra y se
vende, lo cual supone una violación flagrante
de sus derechos.
6. ¿Es legal en España?
• 1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el
que se convenga la gestación, con o sin precio, a
cargo de una mujer que renuncia a la filiación
materna a favor del contratante o de un tercero.
• 2. La filiación de los hijos nacidos por gestación
de sustitución será determinada por el parto.
• 3. Queda a salvo la posible acción de
reclamación de la paternidad respecto del padre
biológico, conforme a las reglas generales.
• En España, esta opción es ilegal según la Ley de
Reproducción Asistida, ya que para nuestra
legislación, la madre es siempre aquella que dé a
luz.