3. Diagnóstico / Estudio de Impacto
2005 2010
Líneas de teléfono fijo por cada 100 habitantes 6,88% 6,98%
Abonados a teléfonos celulares por cada 100
27,12% 70,17%
habitantes
Número de Conexiones de internet por cada 100
0.9% 1,86 %
habitantes
Número de usuarios de Internet por cada 100
5,23% 10,83%
habitantes
Locs. s/servicio Área Rural Área Urbana
Locs. s/servicio
Área Rural 0 26.000
21.500 21.500
Área Urbana 0 0
4. Diagnóstico / Estudio de Impacto
Problemas
Analfabetismo Mínima
Normas Inadecuada
Digital de la utilización de
desactualizadas coordinación
Brecha Digital población recursos TIC
Falta de
normativa para Especialmente Para el
la del área rural, procesamiento Dispersión de
Exclusión y convergencia que genera de trámites, competencias
desigualdad tecnológica y Exclusión servicios y en varias
en el acceso a de servicios. Digital. atención al entidades.
la cliente.
comunicación, Internet es
la información considerado
y el como un
conocimiento. Esfuerzos y
servicio de recursos
valor dispersos en
agregado, implementació
debería n de las TICs.
definirse como
un servicio
básico.
No existen
normas sobre
Derechos del
Consumidor.
5. Objetivos Estratégicos
• Promover el acceso universal de la población boliviana a
las Tecnologías de Información y Comunicación – TICs.
• Garantizar la calidad de los servicios del sector y la
satisfacción de los usuarios.
• Promover el Desarrollo y utilización de las Tecnologías
de Información y Comunicación – TICs.
• Establecer una nueva organización institucional del
sector de Telecomunicaciones
• Promover que el desarrollo del sector sea
ambientalmente sustentable.
6. Principios Fundamentales
“I. Toda persona tiene derecho al acceso universal y equitativo a los
servicios básicos de agua potable, alcantarillado, electricidad, gas
domiciliario, postal y telecomunicaciones.”
Constitución Política del Estado en su Artículo 20
“Son recursos naturales …..el espectro electromagnético…”
“Los recursos naturales son de carácter estratégico y de interés público para
el desarrollo del país.”
Constitución Política del Estado en su Artículo 348
“... todos puedan crear, acceder, utilizar y compartir la información y el
conocimiento, para hacer que las personas, las comunidades y los pueblos
puedan desarrollar su pleno potencial y mejorar la calidad de sus vidas de
manera sostenible”.
Informe Mundial de las Telecomunicaciones.
7. Comparativa
Ley 1632 Anteproyecto
los servicios básicos de
favoreció el libre mercado telecomunicaciones son un derecho, está
centrada en el usuario.
La regulación no tiene muchas exigencias Se introducen nuevas atribuciones a la
para favorecer a los usuarios ATT que favorecen al usuario.
Las frecuencias se otorgan a solicitud de Según políticas del sector, la solicitud de
parte parte para frecuencias de radioenlaces a
operadores
La ATT puede imponer condiciones para
La infraestructura se comparte en base a la compartición de infraestructura
acuerdos entre operadores
No favoreció el despliegue de redes en el Crea el PRONTIS para el desarrollo de
área rural redes en el área rural
No promueve las TICs y el gobierno Considera las TICs y gobierno electrónico
electrónico
8. Disposiciones Generales de la Ley
Derecho fundamental Art. 20 CPE
Exclusión Se excluyen las
Objeto:Establecer el régimen telecomunicaciones vinculadas a la
seguridad y defensa nacional, educación,
general; uso eficiente del salud y emergencias, como la actividad de
espectro, protección de los radioaficionados.
usuarios, calidad, Los servicios de radiodifusión declarados
como oficiales mediante Decreto Supremo
convergencia, participación del por el Órgano Ejecutivo.
Estado
Definición: acceso inalámbrico, títulos habilitantes,
ROE, espectro electromagnético, entre otros.
PRINCIPIOS: Acceso Universal a las Telecomunicaciones/TIC,
Asequibilidad, Calidad, Cobertura necesaria, Continuidad, Eficiencia
económica, Igualdad, Inviolabilidad, Gobierno electrónico, Neutralidad
tecnológica, Prioridad al acceso y uso de las Telecomunicaciones/TIC,
Promoción de las Telecomunicaciones/TIC, Protección al usuario,
Protección del Medio Ambiente, Solidaridad, Sociedad de la
Información y el Conocimiento.
9. Principales disposiciones
Objetivo Estratégico 1
Promover el acceso universal de la población boliviana a las
Tecnologías de Información y Comunicación – TICs.
Se crea el PRONTIS, programa social a ser ejecutado por el
MOPSV, con un aporte del x% de los ingresos brutos de los
operadores de telecomunicaciones.
•El MOPSV podrá cofinanciar proyectos de Interés Social a
Empresas con participación estatal mayoritaria.
•En su defecto, se licitará los proyectos entre los operadores
adjudicado al menor financiamiento solicitado.
Se otorgan incentivos regulatorios para la expansión de redes
en áreas rurales.
Programa Satelital Túpac Katari: herramienta para el AU
•Los operadores de redes quedan exentos del pago de DAF,
DUF y Tasa de Regulación para servicios prestados en áreas
rurales.
10. Principales disposiciones
Objetivo Estratégico 2
Garantizar la calidad de los servicios del sector y la satisfacción de
los usuarios.
Se establecen derechos de los Consumidores/Usuarios
•La ATT o el regulador velará por los derechos de los
Usuarios.
Se establecerán metas de calidad por servicios,
evaluados mensualmente. Se publicarán indicadores y
metas.
•La ATT o el regulador velará por el cumplimiento de los
parámetros de calidad de los servicios.
Se generarán espacios de participación y control social
por parte de la sociedad
11. Principales disposiciones
Objetivo Estratégico 3
Promover el Desarrollo y utilización de las Tecnologías de
Información y Comunicación – TICs.
El estado en todos sus niveles promoverá el
desarrollo de contenidos y aplicaciones, la prestación
de servicios que usen Tecnologías de la Información
y las Comunicaciones y la masificación del gobierno
electrónico.
Se establecen disposiciones para la firma y
documentos digitales, comercio electrónico y correo
electrónico.
Se introducen modificaciones al Código Penal sobre
delitos informáticos.
12. Principales disposiciones
Objetivo Estratégico 4
Establecer una nueva organización institucional del sector de
Telecomunicaciones
Se crea la ATT, como regulador del sector de
telecomunicaciones y TIC, en el marco de la
convergencia.
Por delegación del MOPSV la ATT ejercerá las
funciones de administración y mantenimiento del
dominio „.bo‟
La ATT regulará también el sector postal
La ATT autorizará a las entidades Certificadoras de
firmas y documentos digitales.
13. Principales disposiciones
Objetivo Estratégico 5
• Promover que el desarrollo del sector sea ambientalmente
sustentable.
Se establecen disposiciones para compartir
infraestructura: por acuerdo de partes y por mandato
de la ATT.
Los operadores deben cumplir con la legislación
ambiental aplicable.
La ATT debe realizar mediciones periódicas de los
campos electromagnéticos de radiofrecuencia.
Debe velar por el aprovechamiento eficiente del
espectro electromagnético.
14. Estructura Orgánica de la
Regulación
MOPSV Propuesta
actual MOPSV
VMTEL VMT
VMTEL VMT
ATE
ENTEL ……. AT ABC …….
L
ATT
15. Atribuciones ATT
Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y sus Reglamentos
Regular, controlar, supervisar, fiscalizar
Establecer condiciones de oferta mayorista
Otorgar, modificar y renovar títulos habilitantes
Homologar Equipos para servicios de Telecomunicaciones/TIC
Conocer y procesar consultas, denuncias y reclamaciones
Publicar estadísticas / Administrar el dominio “.bo”
ATT
17. Títulos habilitantes
Para la prestación de servicios y operación de redes de
Telecomunicaciones/TIC, se establecen los siguientes Títulos
Habilitantes:
Licencia Única, Licencia de Radiodifusión
Habilitación de operación de red y/o prestación de servicio
Autorización para uso de frecuencias
Registro para redes privadas
Permiso para redes satelitales
Se establecen:
•Las Condiciones Generales que regirán un Título
Habilitante en materia de Telecomunicaciones/TIC y los
requisitos para su obtención.
• Casos de otorgación directa
• Listado Único de Títulos Habilitantes e incompatibilidades.
• Causales de revocatoria de Títulos Habilitantes, y
• Declaratoria de Revocatoria por parte de la ATT.
18. Espectro Electromagnético
La administración, autorización del uso de las frecuencias
electromagnéticas en redes de telecomunicaciones,
ATT
radiodifusión y otras en el territorio nacional.
Plan Nacional de Frecuencias
Distribución de Frecuencias: 20% uso gubernamental y 80% uso en servicios
Las frecuencias serán licitadas de acuerdo a un plan, no a solicitud de parte
Se establecen condiciones para:
•El uso del espectro electromagnético,
Comisión de Licitación •Interferencias,
•Emisiones ilegales,
•Autorización para el uso de frecuencias,
•licitación para el uso de frecuencias y
VMTEL •Derechos por asignación, uso y explotación de
ATT frecuencias.
19. Comunicación vía satélite
Realiza la asignación, control, fiscalización y
ATT administración, del espectro electromagnético asociado
a REDES SATELITALES.
Se encontrará bajo titularidad de la ABE, estando exenta
ROE del pago de cualquier derecho por el uso de frecuencias
al interior del país, para la red satelital Túpac Katari.
MOPSV Realiza Procesos de Coordinación con Satélites
Externos
Servicio Satelital
Se define las Servicios de Estación Espacial
características para:
Estaciones Terrenas Receptoras
20. Infraestructura de
Telecomunicaciones
Gobiernos
Municipal Obligació
Acceso y Modalidad n de
Uso es
es de Autónomo instalar
compartido acceso F.O.
s
Los autorizan:
operadores Por Instalación Energía
están acuerdo de torres. eléctrica.
obligados a entre Soportes
dar Acceso, partes. de antenas Hidrocarburo
Uso y redes s.
compartido y Por
Previa
Coubicación mandato
autorizació
en de la Transportes.
n remitida
condiciones ATT.
a la ATT
iguales o
equivalentes
a otro
operador.
21. Defensa y Promoción de la
Competencia
Competencia
Para promover la defensa de la competencia, están
prohibidas las prácticas anticompetitivas, las prácticas
desleales y las operaciones de concentración
económica.
ATT
Se otorga a la ATT competencia para:
Prevenir, evitar y sancionar conductas o acuerdos
anticompetitivos .
Autorizar las operaciones de concentración económica,
que no distorsionen el mercado de las telecomunicaciones
22. Régimen Tarifario I
Política Tarifaría
Los precios serán regulados por la ATT a través del Régimen de
Tope de Precios al operador dominante en un mercado relevante.
Se permitirán los
Para la estructura tarifaria se establecen los descuentos por
siguientes principios: volumen
a) Provisión eficiente de cada servicio, acorde Los operadores
al costo. podrán establecer
b) Solidaridad y redistribución libremente el inicio de
c) Promoción del uso eficiente de los servicios sus ciclos de
d) Prohibición de subsidios cruzados entre facturación.
servicios. Se establecen las
e) Ningún proveedor de servicios podrá Franjas horarias
discriminar a usuarios u otros operadores actualmente
de servicios aprobadas por
Decreto Supremo.
23. Régimen Tarifario II
Tasa de Fiscalización y Regulación
Para titulares de Autorizaciones y/o Registro que no sean
operadores de servicios: 1% anual del valor estimado de
mercado de los equipos utilizados.
Para Titulares que sean operadores de servicios: 1% de sus
ingresos brutos de operación del año anterior;
Para los Servicios de Radiodifusión o Difusión de Señales:
0.5% de los ingresos brutos de operación del año anterior.
Operadores Dominantes, son aquellos que
tienen el 40% del mercado.
Operadores con poder significativo son los
que tienen el 25% del mercado y podrán ser
regulados previa determinación de la ATT.
24. Interconexión y Acceso
La interconexión, es una competencia exclusiva del
nivel Nacional del Estado
•Obligatoriedad de estar conectadas.
•Permitir la interoperabilidad.
•Interconexión con calidad y funcionalidad.
Las Redes Públicas de
•La interconexión no podrá ser
telecomunicaciones/TIC
interrumpida, total o parcialmente, sin
autorización previa escrita de la ATT.
• la interconexión también será obligatoria
entre proveedores de acceso a internet.
Los precios máximos, para los cargos de interconexión y
elementos y servicios de apoyo de un proveedor con Posición
Dominante, serán establecidos por la ATT.
25. Telefonía IP
El servicio público de Voz sobre Internet
requiere de un Título Habilitante para su
funcionamiento.
Es obligatoria la interconexión entre
operadores del Servicio Público de Voz
sobre Internet y la red pública telefónica o
viceversa, será establecida mediante
reglamento.
La ATT otorgará la numeración de acuerdo al Plan
Nacional de Numeración, para que usuarios del
servicio de Voz sobre IP y del servicio público
telefónico puedan comunicarse entre sí.
26. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE
LOS USUARIOS
Derecho al
acceso
universal
Satisfacción
de los grupos No
con discriminació
necesidades La ATT n
especiales
velará el
derecho
a:
Respeto del
Secreto de Derecho al
las Honor,
telecomunica Intimidad y
ciones protección de
datos
27. Control y Participación Social
Pueblo/Organizaciones
sociales podrán:
Participar del diseño de
las políticas públicas de
Evaluar las Políticas Evaluar la calidad de los
telecomunicaciones/TIC
publicas de servicios de
y ejercer control social
telecomunicaciones/TIC telecomunicaciones/TIC
en todos los niveles del
Estado
28. Telecomunicaciones de Acceso
Universal
PRONTIS Financiamiento Ejecución
Proyectos de
Por importe de
Telecom. Con
asignación de
empresa de
frecuencias, multas,
Despliegue de participación
licitaciones, recursos
infraestructura mayoritaria o
externos, donaciones,
de licitación con
etc.
Telecomunicaci operadores.
ones /TIC para
el acceso
universal en Operadores y
aéreas rurales, proveedores de Las redes deberán
periurbanas y servicios de ser accesibles a
de Interés telecomunicaciones los demás
Social con el 2% de sus operadores
ingresos brutos
29. Numeración
La numeración es un recurso escaso
La ATT asignará la numeración de acuerdo al
Plan Técnico Fundamental de Numeración.
La Numeración garantiza la comunicación entre
los usuarios de las diferentes redes, dentro y
fuera del territorio nacional, conforme con la
naturaleza de aquel servicio.
30. Administración y Registro
Dominio .bo
Dominio .bo
Recurso del
sector de
Administrador
Telecomunic
aciones/TIC El ministerio a cargo ejercerá las funciones
de organización, administración y gestión,
pudiendo delegar la administración
Se
Planeación, establece: Se delega a la ATT la administración del
regulación y dominio `.bo‟ , el mantenimiento de las
control del bases de datos, registro de los nombres
estado de dominio y explotación del dominio.
31. Documentos Digitales y Comercio
Electrónico
• Validez Jurídica • Autoridad y
Atribuciones
Se reconoce el La ATT es el
Valor Jurídico y órgano
probatorio de administrativo
todos los actos encargado de
otorgar las
jurídicos autorizaciones a
realizados a las entidades de
través de Certificación y de
documentos y supervisar sus
firmas digitales actividades
Persona Natural o
Garantizando la
Jurídica que
publicidad,
expide certificados
seguridad,
u otros servicios
integridad y
en relación a la
eficacia en el uso
firma digital
de las firmas
autorizada por la
electrónicas.
ATT
• Entidad • Reglamentación
Certificadora
Autorizada
32. Comercio Electrónico
Cuestiones suscitadas por toda relación de
índole comercial sea o no contractual, por
medio de comunicaciones digitales
Correo
La oferta de bienes y servicios deben ser electrónico es
realizados en un ambiente técnicamente toda
correspondencia,
confiable y certificado, además contar con mensaje, archivo
información básica. o dato electrónico
entre PC‟s
La formación, Queda prohibido Se establecerá
oferta y aceptación Los documentos interceptar, vigilar mediante
de los contratos
podrán ser
digitales gozarán comunicaciones reglamento
mediante de plena fuerza relacionadas al condiciones para
documentos probatoria comercio el correo
digitales electrónico publicitario
33. Gobierno Electrónico
Gobierno
accesible,
efectivo,
transparente
Desarrollo de
Utilidad de las soluciones
TIC‟s en casos El Estado adopta innovadoras
de crisis y como política para la
pronta publica la optimización
respuesta del incorporación de de servicios y
Gobierno las TIC‟s a los procedimiento
s
procedimientos
gubernamentales,
cuyos
lineamientos a
cargo del MOPSV
Desarrollar,
promover,
colaborar,
Compatibilizar
gestionar y
sistemas del
dirigir
Gobierno
proyectos de
Gobierno
Electrónico
34. Software Libre
Legislativo Judicial
Ejecutivo
En todos sus Electoral
niveles,
promoverán la
utilización del
Software
Libre
• Plan de implementación de Software Libre
• En coordinación con todos los órganos del
El VCyT elaborará Estado y entes de la Administración Publica
35. Infracciones y Sanciones
Infracciones son las transgresiones a las
disposiciones contenidas en la presente Ley,
sus reglamentos y Contratos
Intervención
Sanciones
Preventiva
Secuestro o Multas e La ATT
Apercibimiento embargo de inhabilitación designara un
equipos temporal Interventor
36. Delitos Informáticos
• Desobediencia a Resoluciones en Procesos de Amparo Constitucional,
Art. 179Bis Acción de Libertad y Acción de Protección de Privacidad
Art. 198 • Falsedad Material
Art. 199 • Falsedad Ideológica
Art. 200 • Falsificación de Documento Privado
Art. 300 • Violación de la Correspondencia y Papeles Privados
Art. 301 bis • Violación de Secretos en Correspondencia no Destinada a la Publicidad
Art. 632 • Delitos Contra la Propiedad Intelectual
Art. 363 bis • Manipulación Informática
Art. 363 ter. • Alteración, Acceso y Uso Indebido de Datos Informáticos
Art. 363 quater. • Falsificación y Suplantación de Identidad Electrónica
Art. 363 quinquer. • Sabotaje Informático
• Delitos Contra las Telecomunicaciones
• Desviación o re direccionamiento de trafico
Art. 363 secter. • Conexión clandestina
• Trafico Internacional Inverso
• Manipulación o intervención de equipos de redes
37. Servicio Postal
Accesibilida
d
Universalida Asequibilida
d d
Titularida
d del
Inviolabilida Estado
Calidad
d
Igualdad Continuidad
38. Servicio Postal Universal
Se promoverá la Programa Nacional
Operador Público
provisión del del Servicio Postal
Designado - OPD
servicio postal Universal (PNSPU)
Servicio expreso,
mensajería,
El órgano ejecutivo
Cartas 2Kg. servicios
reglamentara el PNSPU
financieros
postales
Impresos 2 No requiere
Recursos solo para fines
habilitación, ni
Kg. establecidos
pagos por CAO
Cecogramas El OPD presentara
ATT otorgará
proyectos al Ministerio a
7 Kg. Títulos Habilitantes
cargo
Encomienda Financiamiento de 3% anual
La Aduana exento de operadores postales,
s y Paquetes pagos adicionales servicio aéreo, terrestre y
20Kg. fluvial y otros
39. Habilitación y Regulación
* Para servicio postal * Unidad de * Transgresiones a
Sanciones
Infracciones y
Habilitación
Regulación
expreso, mensajería, Regulación Postal, las establecidas en
transporte de envíos dependiente de la la presente Ley, sus
de correspondencia, Dirección Técnica de reglamentos y
servicios financieros Telecomunicaciones contratos.
postales, conexos y de la ATT
accesorios con valor * Clausura, multas e
* Financiada con inhabilitaciones
agregado recursos de 1% de
* Título habilitante ingresos brutos
temporales de
con documentación anuales de actividades postales
legal, técnica y operadores postales, * La graduación,
económica y pago operadores de montos y forma de
según categoría transporte aéreo, pago se establecerá
* Recabar CAO terrestre y fluvial, del mediante
OPD. Pago de reglamento
* Para obtener el sanciones e ingresos
Titulo Habilitante y el depositadas en
por otorgación de cuanta bancaria de
CAO se establecerán títulos habilitantes y
mediante reglamento la ATT.
CAO
40. Consejo Filatélico Plurinacional -
CFP
CFP tiene como objetivo proponer políticas
y lineamientos y esta conformado por:
VMTEL
MAE del Operador Publico
Designado – OPD
Asociación Nacional de
Filatelistas
Responsable de emisiones
del OPD
Ministerio de Culturas
41. Derechos de los Usuarios del
Servicio Postal
Al Secreto e
Inviolabilidad
A la propiedad Al Respeto a la
de los envíos Intimidad
A la
A la reclamación Confidencialidad
de los datos
A un Servicio
A la información
Postal con
fidedigna
Calidad
A la igualdad a
los que estén en
condiciones
análogas
42. Otras Disposiciones
Los Operadores y Proveedores de servicios de
telecomunicaciones, migrarán sus
Autorizaciones Temporales Transitorias,
MIGRACION Licencias, Autorizaciones y Registros a la nueva
Ley en un plazo máximo de 12 meses a partir
de su promulgación.
La migración al nuevo sistema de títulos
TÍTULOS habilitantes, serán formalizados a través de
HABILITANTES contratos suscritos entre la ATT y el respectivo
titular.
Se establecerán metas de calidad por servicios,
evaluados mensualmente.
CALIDAD Las OBIs serán revisadas en un plazo de 6
meses.
43. Disposiciones Transitorias
El Órgano Ejecutivo normará todos los
REGLAMENTACION aspectos que se requieran para la
operativización y aplicación de la presente
Ley
Se condona todos los de adeudos
regulatorios de la Empresa Nacional de
Televisión Boliviana con la ATT