Heinsohn Privacidad y Ciberseguridad para el sector educativo
Presentación ccss
1. Caja Costarricense de Seguro Social
Gerencia de Pensiones
Seguro de Invalidez Vejez y Muerte
Aspectos Generales y Ultimas Reformas
Junio, 2012
2. Sistema de pensiones multi-pilar
Niveles de Protección Componentes Sistema Financiero Gestión
Régimen No Beneficio ajustable,
Contributivo de condicionado a la
Pilar “Cero” Pública
Pensiones por Monto disponibilidad de
Básico recursos públicos,
Régimen IVM, CCSS Contribución Indefinida
Regímenes Ley Marco
Pública
Primer Pilar Régimen Poder Judicial
Régimen Magisterio Beneficio Definido
Régimen Hacienda
Regímenes Contribución Definida
Segundo Pilar Complementarios Privada
Obligatorios Beneficio Indefinido
Regímenes Contribución Definida
Tercer Pilar Complementarios Privada
Voluntarios Beneficio Indefinido
3. Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte
O Creación: 1941 (entra en operación en 1947)
O Gestor: Caja Costarricense de Seguro Social
O Contingencias cubiertas: jubilación, invalidez
y sobrevivencia.
O Fuentes de financiamiento: cotización
tripartita (trabajador, patrono y Estado).
O Modelo de financiamiento: capitalización
colectiva.
O Afiliación al régimen: trabajadores asalariados
e independientes (obligatorios)
4. Reformas recientes en el SNP
O Reforma estructural 2001: La aprobación de
la Ley de Protección al Trabajador (LPT)
introdujo cambios en la estructura del SNP, pues
incorporó una pensión complementaria
obligatoria (segundo pilar) y la posibilidad de
una pensión complementaria voluntaria (tercer
pilar).
O Reforma Régimen de IVM 2005: Las
condiciones y requisitos establecidos en el
Reglamento del IVM se modificaron: cuotas
mínimas para retiro, formula de cálculo de la
pensión, tasa de remplazo o sustitución,
porcentaje de contribución tripartita.
5. Distribución del sistema multipilar
según inserción laboral
Asalariadas No Asalariados Pobres
3er 3er
pilar pilar
2do pilar
1er pilar 1er pilar RNC
6. Sistema multipilar
Población
Financiamiento Prestación
meta
65 años y más,
inválidos y
Uniforme:
No Contributivo. Impuestos viudas en
US$140
estado de
pobreza
Benef Definido
Asalariados e Pensión mínima
Básico Tripartita
independientes reemplazo
promedio 60%
Contribución
Complementario Obrero/patronal Asalariados definida Pensión
del 15% al 20%
Contribución
Voluntario Libre Libre
definida
7. Evolución histórica del Régimen de IVM:
cotizantes y pensionados, 1947-2008
Seguro de IVM Afiliados y Pensionados 1.947 - 2.008
Junio 2008
Cobertura 57.8%
1,200,000
Año 2005
-asegurados activos y pensionados-
1,000,000 Reforma IVM
Cobertura 46%
800,000
Pensionados
600,000
400,000
200,000
0
1947 1952 1957 1962 1967 1972 1977 1982 1987 1992 1997 2002 2007
8. COMO SE FINANCIA EL RÉGIMEN DE I.V.M.
•Se financia con el aporte de los Asalariados, Patronos y el
Estado.
•Se cotiza sobre la base de un 8% sobre el salario total
reportado, desglosado en la siguiente forma:
•Patrono: 4.92%
•Trabajador: 2.67%
•Estado: 0.41%
9. Caja Costarricense de Seguro Social
Gerencia de Pensiones
REFORMA AL
RÉGIMEN DE INVALIDEZ, VEJEZ Y MUERTE
Año 2.005
10. Principios filosóficos del
Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte
O Universalidad
O Solidaridad
O Unidad
O Igualdad
O Obligatoriedad
O Equidad
O Subsidariedad
13. Objetivos de la reforma 2005
1. Asegurar la sostenibilidad de mediano y largo
plazo.
2. Revisión de los requisitos y beneficios en
relación con los convenios suscritos con la OIT.
3. Incorporar elementos de justicia y equidad en
el Seguro.
4. Mejorar la eficiencia y productividad de la
administración.
14. Aspectos básicos de la Reforma
Edad de retiro: Se mantiene en 65 años
Número de cuotas: Se incrementa de 240 a
300
Tasa de contribución: Incremento desde el
7.50% actual al 10.50% a razón de 0.50% cada
5 años iniciando en el 2010 (Art.33)
Salario de referencia: Es el promedio de los
últimos 240 salarios reportados y traídos a
colones de hoy por medio de la inflación.
15. REFORMA PARAMÉTRICA
Detalle Anterior Reforma
Edad Mínima 65 años 65 años
% Cotización 7.5% 10.5% al 2035
Número Cuotas 240 300
Salario Referencia x 48 Salarios 240 indexados
Cuantía Básica 52.2% real Escalonada
Cuantía Adicional 0.87% real 1% real >240
17. INVALIDEZ
ARTICULO 6
Tiene derecho a pensión por invalidez el
asegurado que sea declarado inválido por
la Comisión Calificadora, conforme a lo
previsto en el articulo 8º y que haya
reportado el numero de cotizaciones según
edad al momento de la declaratoria.
18. TABLA DE COTIZACIONES Y EDAD PARA OPTAR
POR PENSIÓN DE INVALIDEZ RÉGIMEN DE IVM
EDAD COTIZACIONES EDAD COTIZACIONES
Años Mínimas Años Mínimas
Cumplidos (meses) Cumplidos (meses)
24 o menos 12 43 90
25 16 44 96
26 20 45 102
27 24 46 108
28 28 47 114
29 32 48 120
30 36 49 120
31 40 50 120
32 44 51 120
33 48 52 120
34 52 53 120
35 56 54 120
36 60 55 120
37 64 56 120
38 68 57 120
39 72 58 120
40 76 59 120
41 80 60 y más 120
42 84
19. INCISOS (Art.6)
INCISO A
Al menos 12 cuotas mensuales, dentro de
los últimos 24 meses anteriores a la
declaratoria si el riesgo ocurre antes de
los 48 años de edad.
INCISO B
Al menos 24 cuotas mensuales, dentro de
los últimos 48 meses anteriores a la
declaratoria si el riesgo ocurre después
de los 48 años de edad.
20. MUERTE
Requisitos generales:
Pensionado por vejez o invalidez
Haber contribuido a este seguro con
mínimo de 12 cuotas durante los últimos 24
meses anteriores a la muerte.
Haber cotizado un mínimo de 180 cuotas
mensuales.
21. Monto de pensiones:
Un 70% para la pensión por viudez cuando la viuda
o viudo es mayor de 60 años de edad.
Un 60% para la pensión por viudez cuando la viuda
o viudo es mayor de 50 años y menor de 60 años
de edad.
Un 50% para la pensión por viudez cuando la viuda
o viudo es menor de 50 años de edad.
Un 30% para cada pensión por orfandad.
Un 20% para padres y hermanos o el remanente
correspondiente.
22. VEJEZ
ARTICULO 5
Tiene derecho a pensión por vejez, el
asegurado que alcance los 65 años de edad,
siempre que haya contribuido a este seguro
al menos con 300 cuotas mensuales.
25. CALCULO (Art.23)
La pensión por vejez o invalidez se calculara
con base en el promedio de los últimos 240
salarios o ingresos mensuales, devengados y
cotizados por el asegurado, actualizados
por inflación, tomando como base el índice
de precios del consumidor.
Se ubica al trabajador en un nivel salarial
acorde con los últimos salarios cotizados.
26. Calculo cuantía básica Articulo 24
SALARIO PROMEDIO REAL CUANTIA
BASICA
Menos de dos salarios mínimos 52.5%
De dos a menos de tres salarios mínimos 51.0%
De tres a menos de cuatro salarios 49.4%
mínimos
De cuatro a menos de cinco salarios 47.8%
mínimos
De cinco a menos de seis salarios mínimos 46.2%
De seis a menos de ocho salarios mínimos 44.6%
De ocho y mas salarios mínimos 43.0%
27. ADEMÁS
INCREMENTO POR CUOTAS:
0.0833% por cuotas extra
después de las primeras 240.
POSTERGACIÓN: 0.1333% por
cada mes postergado después de
haber adquirido el derecho a
pensión por vejez.
28. PENSION VEJEZ PROPORCIONAL
REQUISITOS
||
65 años de edad
Haber aportado entre 180 y 299 cuotas al
Régimen I.V.M.
Si el resultado es un monto inferior al
monto mínimo vigente será ajustado a este.
29. PENSION REDUCIDA POR RETIRO ANTICIPADO
REQUISITOS
HABER APORTADO AL MENOS 300 CUOTAS.
HOMBRES ENTRE 62 AÑOS Y 64 AÑOS Y 11 MESES.
MUJERES ENTRE 60 AÑOS Y 64 AÑOS Y 11 MESES.
EL MONTO DE LA REDUCCIÓN DEPENDERÁ DEL
NÚMERO DE TRIMESTRES QUE SE ANTICIPE EL
RETIRO.
LA REDUCCIÓN DEL MONTO DE LA PENSIÓN
CORRESPONDERÁ A UN 1.75% DEL MONTO DE LA
PENSIÓN CORRESPONDIENTE EN CASO DE
VEJEZ, POR CADA TRIMESTRE QUE SE ANTICIPE.
30. PENSION INVALIDEZ PROPORCIONAL
REQUISITOS
Haber aportado 60 cotizaciones al
momento de la declaratoria de invalidez.
Tener un total de 12 cuotas en los últimos
24 meses si es menor de 48 o 24 cuotas en
los últimos 48 meses si es mayor de 48
años.
Si el resultado es un monto inferior al
monto mínimo vigente será ajustado a
este.
31. Retiro Anticipado (Ley Protección al Trabajador)
Desde la perspectiva del marco legal,
este procedimiento se sustenta en el
Articulo 26 de la Ley de Protección del
Trabajador el cual establece que el
afiliado al Régimen de I.V.M ahorrados
en su Régimen Voluntario de Pensiones
Complementarias.
32. REQUISITOS
Contar con un mínimo de 57 años de edad.
Tener acreditadas al menos 360
cotizaciones mensuales al Seguro de IVM.
El periodo de anticipación no podrá
superar los 5 años.
Cancelar a la Caja en un solo tracto el
costo total del anticipo utilizando los
recursos acumulados en la cuenta de
Régimen Voluntario de Pensiones
Complementarias.
33. El costo para financiar el anticipo es alto
Costo Anticipo
Salario Pensión Inicial (Millones)
(Colones) (Colones)
160.000
. 100.000 7.2
200.000 125.000 9.0
300.000 187.500 13.6
800.000 500.000 36.2
1.500.000 937.500 67.8
Fuente: Dirección Actuarial y Económica
34. BENEFICIOS DEL RÉGIMEN DE I.V.M.
•Servicios de salud completo: Seguro de Enfermedad y
Maternidad.
•Pago proporcional de aguinaldo al finalizar el año.
•Dos aumentos al año.
•Viabilidad de préstamo para vivienda por medio de la Caja.
•Por vejez, puede seguir laborando, siempre y cuando cotice
para el seguro de Enfermedad y Maternidad.
35. CIUDADANO DE ORO
•Otorgamiento de una tarjeta que lo acredita como tal.
•Cursos y talleres para ocupar el tiempo libre, desarrollar
nuevas habilidades y destrezas, así como adquirir nuevos
conocimientos.
•Descuentos comerciales.
•Exenciones en transporte público.
•Atención preferencial en instituciones públicas y privadas.
•Actividades anuales: festivales, bingos y concursos.
•Juegos dorados.
36. CONSULTAS EN LINEA
•Brinda información a todos los asegurados y pensionados del
país sobre el monto de su pensión o sus cuotas aportadas.
•Para activar este servicio el interesado debe llenar un
formulario que está disponible en la página web de la institución
y llevarlo debidamente lleno a la sucursal más cercana a su
residencia, debe adjuntar fotocopia de la cédula
•La sección de cuotas reportadas presenta un informe detallado
de todos los patronos que ha tenido un asegurado y que fueron
reportados correctamente, además, muestra los salarios
reportados por cada cotización, en el evento que se encuentre
algún error u omisión, se puede solicitar una revisión por medio
de la mismo página web.
•Otro módulo es la proyección de derechos, ahí se muestra la
fecha cuando podría acceder a la pensión por vejez y el monto
de pensión que le correspondería al momento de la consulta