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 Son mecanismos destinados a
garantizar la plena vigencia de la
Constitución y de lo que ella dispone
sobre cualquier otra norma, acto,
autoridad, funcionario u otra persona
Son acciones sumarias destinadas a asegurar los
derechos constitucionales, cuando han sido
transgredidos o estén en peligro de serlo. Tienen
por objetivo reponer los derechos que han sido
violados. La Constitución de 1993 considera seis
garantías constitucionales en su artículo 200,
título V.
2
Garantías
Constitucionales
Habeas Corpus
Acción de Amparo
Habeas Data
Acción Popular
Acción de
Inconstitucionalidad
Acción de
Cumplimiento
A
La acción de hábeas corpus procede de un
hecho u omisión, por parte de cualquier
autoridad, funcionario o
persona, que vulnera o amenaza la libertad
individual o los derechos constitucionales
conexos.
Procede la garantía constitucional
cuando se vulnera o amenaza los
siguientes derechos:
 Guardar la reserva sobre sus
convicciones políticas,
religiosas, filosóficas o de
cualquier otra índole.
 De la libertad de conciencia y
de creencia.
 El de no ser violentado para
obtener declaraciones
B
La acción de amparo, que procede
contra el hecho u omisión, por
parte de cualquier funcionario o
persona,
que vulnera o amenaza los demás
derechos reconocidos por la
Constitución, con excepción de los
señalados en
el inciso 3 del artículo 200 de la
Constitución (acción de hábeas
data)
Procede la garantía constitucional
cuando se vulnera o amenaza los
siguientes derechos:
 De la inviolabilidad de
domicilio.
 De no ser discriminado en
ninguna forma, por razón de
sexo, raza, religión, opinión o
idioma.
 Del ejercicio público de
cualquier confesión religiosa,
siempre que no ofenda la moral
y buenas costumbres
C
Procede contra el hecho u omisión, por
parte de cualquier autoridad, funcionario o
persona, que vulnera
o amenaza los derechos a que se refiere el
artículo 2, inciso 5 y 6 de la Constitución, a
saber:
Inciso 5: “A solicitar sin expresión de causa la
información que requiera y a recibirla de
cualquier
entidad pública, en el plazo legal, con el costo
que suponga el pedido. Se exceptúan las
informaciones
que afectan la intimidad personal y las que
expresamente se excluyan por ley o por
razones de
seguridad nacional”.
Inciso 6: “A que los servicios informáticos,
computarizados o no, públicos y privados,
no suministren
informaciones que afecten la intimidad
personal y familiar”
D
El artículo 200, inciso 4, de nuestra Constitución
Política señala lo siguiente: “La acción de
inconstitucionalidad
procede contra las normas que tienen rango de
ley: leyes, decretos legislativos, decretos de
urgencia, tratados,
reglamentos del Congreso, normas regionales de
carácter general y ordenanzas municipales que
contravengan la
Constitución en la forma o en el fondo”.
Se debe señalar que:
 Se presenta ante el Tribunal
Constitucional.
 Tiene como objetivo mantener
la supremacía de la
Constitución
Puede ser presentado e interpuesto
por:
• el presidente de la República.
• el fiscal de la Nación.
• el defensor del Pueblo.
• 25% del número legal de
congresistas.
• 5000 ciudadanos con firmas
comprobadas por el JNE. Si la
norma es una ordenanza municipal,
lo pueden
presentar el 1% de los ciudadanos
del respectivo ámbito territorial.
• los gobernantes de región.
• los colegios profesionales
E
El artículo 200, inciso 5, de nuestra
Constitución Política señale lo siguiente:
“La acción popular procede por infracción
de la Constitución y de la ley contra los
reglamentos, normas administrativas y
resoluciones y decretos de
carácter general, cualquiera sea la
autoridad de la que emanen”.
Se debe señalar que:
 Se interpone ante la Corte
Superior.
Puede ser interpuesto por:
• ciudadanos peruanos en el pleno
ejercicio de sus derechos.
• ciudadanos extranjeros residentes
en el Perú.
la persona jurídica a través de sus
representantes legales.
• el Ministerio Público.
F
Procede contra cualquier autoridad o
funcionario renuente a acatar una norma
legal o un acto administrativo. Esta
garantía da a las personas el derecho de
recurrir ante el Poder Judicial, para que
rápidamente se ordene a cualquier
autoridad o funcionario que cumpla lo
señalado. Esta garantía constitucional ha
sido incorporada en la Constitución
de 1993.

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  • 1. 1  Son mecanismos destinados a garantizar la plena vigencia de la Constitución y de lo que ella dispone sobre cualquier otra norma, acto, autoridad, funcionario u otra persona
  • 2. Son acciones sumarias destinadas a asegurar los derechos constitucionales, cuando han sido transgredidos o estén en peligro de serlo. Tienen por objetivo reponer los derechos que han sido violados. La Constitución de 1993 considera seis garantías constitucionales en su artículo 200, título V. 2
  • 3. Garantías Constitucionales Habeas Corpus Acción de Amparo Habeas Data Acción Popular Acción de Inconstitucionalidad Acción de Cumplimiento
  • 4. A La acción de hábeas corpus procede de un hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza la libertad individual o los derechos constitucionales conexos.
  • 5. Procede la garantía constitucional cuando se vulnera o amenaza los siguientes derechos:  Guardar la reserva sobre sus convicciones políticas, religiosas, filosóficas o de cualquier otra índole.  De la libertad de conciencia y de creencia.  El de no ser violentado para obtener declaraciones
  • 6. B La acción de amparo, que procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier funcionario o persona, que vulnera o amenaza los demás derechos reconocidos por la Constitución, con excepción de los señalados en el inciso 3 del artículo 200 de la Constitución (acción de hábeas data)
  • 7. Procede la garantía constitucional cuando se vulnera o amenaza los siguientes derechos:  De la inviolabilidad de domicilio.  De no ser discriminado en ninguna forma, por razón de sexo, raza, religión, opinión o idioma.  Del ejercicio público de cualquier confesión religiosa, siempre que no ofenda la moral y buenas costumbres
  • 8. C Procede contra el hecho u omisión, por parte de cualquier autoridad, funcionario o persona, que vulnera o amenaza los derechos a que se refiere el artículo 2, inciso 5 y 6 de la Constitución, a saber:
  • 9. Inciso 5: “A solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Se exceptúan las informaciones que afectan la intimidad personal y las que expresamente se excluyan por ley o por razones de seguridad nacional”.
  • 10. Inciso 6: “A que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos y privados, no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar”
  • 11. D El artículo 200, inciso 4, de nuestra Constitución Política señala lo siguiente: “La acción de inconstitucionalidad procede contra las normas que tienen rango de ley: leyes, decretos legislativos, decretos de urgencia, tratados, reglamentos del Congreso, normas regionales de carácter general y ordenanzas municipales que contravengan la Constitución en la forma o en el fondo”.
  • 12. Se debe señalar que:  Se presenta ante el Tribunal Constitucional.  Tiene como objetivo mantener la supremacía de la Constitución
  • 13. Puede ser presentado e interpuesto por: • el presidente de la República. • el fiscal de la Nación. • el defensor del Pueblo. • 25% del número legal de congresistas. • 5000 ciudadanos con firmas comprobadas por el JNE. Si la norma es una ordenanza municipal, lo pueden presentar el 1% de los ciudadanos del respectivo ámbito territorial. • los gobernantes de región. • los colegios profesionales
  • 14. E El artículo 200, inciso 5, de nuestra Constitución Política señale lo siguiente: “La acción popular procede por infracción de la Constitución y de la ley contra los reglamentos, normas administrativas y resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen”.
  • 15. Se debe señalar que:  Se interpone ante la Corte Superior. Puede ser interpuesto por: • ciudadanos peruanos en el pleno ejercicio de sus derechos. • ciudadanos extranjeros residentes en el Perú. la persona jurídica a través de sus representantes legales. • el Ministerio Público.
  • 16. F Procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo. Esta garantía da a las personas el derecho de recurrir ante el Poder Judicial, para que rápidamente se ordene a cualquier autoridad o funcionario que cumpla lo señalado. Esta garantía constitucional ha sido incorporada en la Constitución de 1993.