CONTRATO DE COMPRAVENTA CON GARANTÍA HIPOTECARIA.doc
Garantias constitucionales
1. GARANTIAS
CONSTITUCIONALESA l u m n a s :
C a l d e r ó n S u r c o , H a y d y C r i s t a b e l l
C a l l i n a p a V e g a , S h i r l e y E l v i r a
M a y t a S a n c h e z , F a b i o l a N a y e l i
T u r p o J o v e , D a r l y n G r i s e l l
T u r p o Q u i s p e , L e s l y M a r t h a
V e l a s q u e z C a y o , H e l l e n E l i a n e
2. Las Garantías Constitucionales son acciones que tienen por
objeto reponer las cosas al estado anterior a la violación o
amenaza de violación de un derecho constitucional.
Las acciones garantías proceden en los casos en que se violen o
amenacen los derechos constitucionales.
Las garantías constitucionales que hace referencia nuestra Carta
Magna en el Art. Nº 200, son:
Hábeas Corpus
Acción de Amparo
Acción de Hábeas Data
Acción de Inconstitucionalidad
Acción Popular
Acción de Cumplimiento.
3. HABEAS CORPUS
Procede ante un hecho u omisión por parte de cualquier autoridad,
funcionario o persona que vulnera o amenaza la libertad individual o los
derechos constitucionales conexos.
Procede la garantía constitucional cuando se vulnera o amenaza los
siguientes derechos:
Guardar reserva sobre sus convicciones políticas, religiosas, filosóficas
o de cualquier otra índole.
De la libertad de conciencia y de creencia.
El de no ser violentado para obtener declaraciones.
4. La acción de Hábeas Data, que
procede contra el hecho u
omisión, por parte de cualquier
autoridad, funcionario o
persona, que vulnera o
amenaza los derechos a que se
refiere el Artículo 2°, incisos 5 y
6 de la Constitución.
ACCIÓN DE HÁBEAS DATA
5. INCISO 5
“A solicitar sin expresión de causa la
información que refiere y a recibirla de
cualquier entidad pública, en el plazo
legal, con el costo que suponga el
pedido. se exceptúan las
informaciones que afectan la intimidad
personal y las que expresamente se
excluyan por ley o por razones de
seguridad nacional”
6. INCISO 6
“A que los servicios informáticos,
computarizados o no, públicos y
privados no suministren informaciones
que afectan la intimidad personal y
familiar”
*Inciso modificado por Ley N° 26470,
publicadas el 12 de Junio de 1995.
Antes de la reforma, este inciso tuvo
como texto, el primero ya mencionado.
7. ACCIÓN DE AMPARO
Procede contra el hecho u omisión de cualquier
autoridad, funcionario o n persona que vulnera o
amenaza derechos constitucionales que no son
protegidos por los procesos de habeas corpus, habeas
data y de cumplimiento. Así por ejemplo, el derecho al
trabajo, a la contratación, a la sindicalización y a formar
sindicatos, a la propiedad y a la herencia, al debido
proceso y a la tutela jurisdiccional efectiva. etc.
8. PLAZO DE INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA DE
AMPARO
El artículo 44 del CPC establece que el plazo para
interponer la demanda de amparo prescribe a los
sesenta días hábiles de producida la afectación, siempre
que el afectado hubiese tenido conocimiento del acto
lesivo y se hubiese hallado en posibilidad de interponer
la demanda. Si esto no hubiese sido posible, el plazo se
computará desde el momento de la remoción del
impedimento.
9.
10. • Pueden interponer demanda de
acción popular:
• Los Ciudadanos peruanos en ejercicio
pleno de sus derechos.
• Los ciudadanos extranjeros residentes
en el Perú.
• Las personas jurídicas constituidas o
establecidas en el Perú a través de sus
representantes legales.
• El Ministerio Público.
• Los Ciudadanos peruanos en ejercicio
pleno de sus derechos.
• Los ciudadanos extranjeros residentes
en el Perú.
• Las personas jurídicas constituidas o
establecidas en el Perú a través de sus
representantes legales.
• El Ministerio Público.
Impedir las transgresiones,
desviaciones y excesos del
poder, es decir, limita el
poder.
Se preocupa más por las
normas de rango menor
ante la ley pero verificando
siempre el debido
funcionamiento ante la
Constitución.
11. GARANTÍAS CONSTITUCIONALES CON TRATADOS
Y DECLARACIONES INTERNACIONALES
• En la Declaración Universal de Derechos Humanos se ha reconocido que
todas las personas "son iguales ante la ley y tienen, sin distinción,
derecho a igual protección de la ley.».
• Mientras que en el Pacto internacional de Derechos civiles y políticos se
puede leer que «todas las personas son iguales ante la ley y tienen
derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto,
la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas
protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos
de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier
índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o
cualquier otra condición social (artículo 26).
• Muchos de los derechos fundamentales que reconocen los tratados y
declaraciones internacionales, se encuentran regulados en nuestra
constitución en el artículo 2°, donde hace mención a varios derechos
como son a la libertad, igualdad, a la no discriminación, entre otros.
12. ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
• Mediante el procedimiento de Declaración de Inconstitucionalidad, el Tribunal
garantiza la PRIMACÍA DE LA CONSTITUCIÓN.
Las siguientes normas que
sean impugnadas:
• Las leyes
• Los Decretos Legislativos
• Los Decretos de Urgencia
• Los Tratados Internacionales
Los Reglamentos del
Congreso.
• Las normas regionales de
carácter general.
• Las ordenanzas municipales.
Están facultados para interponer acción de
inconstitucionalidad:
• El Presidente de la República
• El Fiscal de la Nación
• El Defensor del Pueblo
• El 25% del número legal de Congresistas.
• Cinco mil ciudadanos con firmas comprobadas
por el JNE.
• Los Presidentes de Región con acuerdo del
Consejo de Coordinación regional o alcaldes
provinciales con acuerdo de su Consejo, en
materias de su competencia.
• Los Colegios Profesionales en materia de su
especialidad.
13. • Esta garantía se deberá entender
directamente con el funcionario o entidad
encargada del cumplimiento que se solicita.
• Una ley orgánica regula el ejercicio de
estas garantías y los efectos de la
declaración de inconstitucionalidad
• Cuando se impone , el órgano
jurisdiccional examina la razonabilidad y la
proporcionalidad del acto restrictivo