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Rama Judicial del Poder Público
Consejo Superior de la Judicatura
Sala Administrativa
Presidencia
Calle 12 No. 7 - 65 Conmutador - 5 658500 www.ramajudicial.gov.co
ACUERDO No. PSAA16-10452
Enero 22 de 2016
“Por el cual se aplaza la vigencia del Acuerdo PSAA15-10445 del 16 de diciembre de
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LA SALA ADMINISTRATIVA DEL
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las señaladas en
el inciso primero del artículo 619 de la Ley 1564 de 2012 y, de conformidad con lo
aprobado en la sesión de Sala del 22 de enero de 2016, y
CONSIDERANDO
a) Que con Acuerdo No. PSAA13-9810 del 11 de enero de 2013 se adoptó el Plan de
Acción para la Implementación del CGP, el cual “en su conjunto fue fruto de una
construcción colectiva de la Sala Administrativa con el Ministerio de Justicia y del
Derecho, el Instituto Colombiano de Derecho Procesal, las Salas Administrativas de los
Consejos Seccionales de la Judicatura, los despachos y oficinas judiciales de todas
las categorías con competencia en lo civil, comercial, de familia y agrario y los
servidores judiciales, especialmente la UDAE y la comisión especial de jueces y
magistrados”.
b) Que el Acuerdo PSAA15-10445 del 16 de diciembre de 2015, “por el cual se define la
estructura de los Centros de Servicios Judiciales de los Juzgados Civiles y de Familia,
se establecen los mecanismos de coordinación, seguimiento y control y se
reglamentan sus funciones”, se expidió en estricto cumplimiento de: 1) la incorporación
de la oralidad como principio general para la función judicial, dispuesta por el legislador
en el artículo 4º de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de Administración de Justicia; 2) la
Ley 1564 de 2012, Código General del Proceso, que en su artículo 618 determinó que
el Plan de Implementación del código debía incluir como mínimo, entre otros
componentes, el: "2. Nuevo modelo de gestión, estructura interna y funcionamiento de
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el Plan de Acción para la Implementación del Código General del Proceso, y que
incluyó como componente: “2. Nuevo modelo de gestión, estructura interna y
funcionamiento de los despachos, así como de las oficinas y centros de servicios
administrativos”.
c) Que como resultado de las conversaciones con el Ministerio de Justicia, el Defensor
del Pueblo, la Comisión Interinstitucional de la Rama Judicial, los sindicatos de la
Rama Judicial y varios servidores judiciales de las jurisdicciones civil y
de familia, se consideró prudente aplazar la vigencia del Acuerdo
Hoja No. 2 Acuerdo No. PSAA16-10452 del 22 de enero de 2016 “Por el cual se aplaza la vigencia del
Acuerdo PSAA15-10445 del 16 de diciembre de 2015”
Calle 12 No. 7 - 65 Conmutador - 5 658500 www.ramajudicial.gov.co
PSAA15-10445 de 2015 con el fin de adelantar mesas de trabajo con los servidores
judiciales para analizar las observaciones presentadas y proponer los ajustes
necesarios a la reglamentación contenida en el citado acuerdo.
ACUERDA
ARTICULO 1º.- Aplazamiento de la vigencia del Acuerdo PSAA15-10445. Aplazar única y
exclusivamente la vigencia del Acuerdo PSAA15-10445 del 16 de diciembre de 2015, “por
el cual se define la estructura de los Centros de Servicios Judiciales de los Juzgados
Civiles y de Familia, se establecen los mecanismos de coordinación, seguimiento y control
y se reglamentan sus funciones”, hasta el 29 de febrero de 2016, término prorrogable o
anticipable al momento de recibir la Sala Administrativa las conclusiones de la mesa; para
el ejercicio de sus competencias.
Artículo 2: Las mesas de trabajo para el estudio de los Centros de Servicios de que se
ocupa este Acuerdo funcionarán con cuatro representantes de las organizaciones
sindicales, los señores Jueces y empleados y la Sala Administrativa o sus delegados.
Artículo 3. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir del lunes veinticinco (25) de enero
del año dos mil dieciséis (2016). Ordénese su publicación en la Gaceta de la Judicatura.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) días del mes de enero de dos mil dieciséis
(2016).
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  • 2. Hoja No. 2 Acuerdo No. PSAA16-10452 del 22 de enero de 2016 “Por el cual se aplaza la vigencia del Acuerdo PSAA15-10445 del 16 de diciembre de 2015” Calle 12 No. 7 - 65 Conmutador - 5 658500 www.ramajudicial.gov.co PSAA15-10445 de 2015 con el fin de adelantar mesas de trabajo con los servidores judiciales para analizar las observaciones presentadas y proponer los ajustes necesarios a la reglamentación contenida en el citado acuerdo. ACUERDA ARTICULO 1º.- Aplazamiento de la vigencia del Acuerdo PSAA15-10445. Aplazar única y exclusivamente la vigencia del Acuerdo PSAA15-10445 del 16 de diciembre de 2015, “por el cual se define la estructura de los Centros de Servicios Judiciales de los Juzgados Civiles y de Familia, se establecen los mecanismos de coordinación, seguimiento y control y se reglamentan sus funciones”, hasta el 29 de febrero de 2016, término prorrogable o anticipable al momento de recibir la Sala Administrativa las conclusiones de la mesa; para el ejercicio de sus competencias. Artículo 2: Las mesas de trabajo para el estudio de los Centros de Servicios de que se ocupa este Acuerdo funcionarán con cuatro representantes de las organizaciones sindicales, los señores Jueces y empleados y la Sala Administrativa o sus delegados. Artículo 3. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir del lunes veinticinco (25) de enero del año dos mil dieciséis (2016). Ordénese su publicación en la Gaceta de la Judicatura. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D. C., a los veintidós (22) días del mes de enero de dos mil dieciséis (2016). JOSÉ AGUSTÍN SUÁREZ ALBA Presidente