1. INCOTERMS 2010 Los Incoterms son un conjunto de Reglas internacionales que regulan la forma, los usos y las obligaciones en un contrato de compraventa internacional. La creación de estos términos se remonta hacia 1936 con la Cámara de Comercio Internacional, la cual a través del tiempo ha realizado diferentes adaptaciones producto del continuo crecimiento comercial y debido al nivel de transacciones de mercancías en todo el mundo. La última versión de estos términos fue aceptada a partir de Enero de año 2011, no obstante aún conviven términos correspondientes a contratos anteriores que deberán ser respetados por las partes tal como han sido pactados en el momento de la transacción aún no finalizada. Los Incoterms 2010 se dividen en 2 Grupos
2. 1º GRUPO: Cualquier modo o modos de transporte, incluso combinados, o solamente transporte aéreo, carretero, o marítimo.
3. EXW. Ex Works . En Fábrica El vendedor hace entrega de la mercadería al comprador en su establecimiento sea fábrica, almacén, factoría, etc., sin hacerse cargo del transito interno al lugar de salida (Art. 736), ni el Despacho de exportación. El comprador asume todos los costos y riesgos desde la entrega de la mercadería. Obligaciones del Vendedor: Poner la mercancía a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor Obligaciones del Comprador Elegir el modo de transporte Soportar todos los costos y riesgos inherentes Según esta modalidad el comprador debería efectuar el despacho de exportación
4. FCA: Free Carrier. (De Salida) El vendedor cumple con su obligación cuando entrega las mercancías, despachadas para la exportación, al transportista designado por el comprador en el lugar convenido. El vendedor efectúa el despacho de la mercadería. Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercadería al transportista designado por el comprador en el lugar convenido Efectuar el despacho de exportación de la mercancía Obligaciones del Comprador Elegir el modo de transporte y transportista Soportar gastos y riesgos de la mercancía desde que el transportista se hace cargo de ella en el lugar convenido
5. CPT Carriage paid To o Transporte pagado hasta. (De llegada) El vendedor se hace cargo del flete hasta el lugar de destino convenido y designando al transportista. Desde ese momento el comprador asume los costes y riesgos. El vendedor despacha las mercaderías para la exportación. Obligaciones del Vendedor: Contratar y pagar el transporte hasta el lugar convenido Obligaciones del Comprador Soportar los riesgos inherentes a la mercancía desde que el vendedor la entrega al primer transportista, así como cualquier gasto adicional al tránsito (cargo, descarga, daños en tránsito, etc.)
6. CIP Carriage and Insurance paid to o Transporte y Seguro pagado hasta. (De llegada) Es similar al anterior pero incluye la contratación del seguro y el pago de la prima correspondiente. Obligaciones del Vendedor: Contratar y pagar el transporte de la mercancía hasta el lugar convenido Contratar una póliza de seguro de protección de la mercancía en el transporte por un importe mínimo de su valor de un 110% Obligaciones del Comprador Soportar los riesgos inherentes a la mercancía desde que el vendedor la entrega al primer transportista, así como cualquier gasto adicional de tránsito (Carga, descarga, daños de tránsito, etc.)
7. DAT Entregado en Terminal . (En Destino) Obligaciones del Vendedor: Asumir todos los riesgos del traslado de la mercadería hasta el momento en que es entregada en el lugar convenido, ya sea en deposito, puerto o aeropuerto. El seguro del transporte principal va a cargo del vendedor aunque su contratación no es obligatoria. Obligaciones del Comprador Soportar los riesgos inherentes a la mercancía desde el momento en que es recibida, incluyendo el pago de los derechos de importación.
8. DAP Entregado en punto convenido (En Destino) Obligaciones del Vendedor: Asumir todos los riesgos del traslado de la mercadería hasta lugar en el cual deberá ser despachada para la importación sin ser descargada del medio de transporte pero si asume los riesgos hasta la llegada al lugar. El seguro del transporte principal va a cargo del vendedor aunque su contratación no es obligatoria. Obligaciones del Comprador Soportar los riesgos inherentes a la mercancía desde el momento en que es recibida, incluyendo el pago de los derechos de importación.
9. DDP Delivery Duty Paid o Entregado en destino con Derechos Pagados (En Destino) Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercancía por su cuenta, a disposición del comprador en le lugar de destino convenido en el país del importador incluidas las operaciones de descarga Efectuar el despachos de exportación e importación Obligaciones del Comprador Soportar los riesgos y gastos que ocurran después de recibida la mercancía en el lugar convenido
11. FAS: Free Alongside Ship o Franco al Costado del Buque El vendedor cumple con sus obligaciones cuando las mercaderías son puestas al costado del buque, en el puerto convenido. A partir de la entrega el comprador asume los costos y riesgos de la mercancía. El vendedor esta obligado a despachar las mercaderías para la exportación. Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercancía en el lugar designado por el comprador en el puerto convenido (al costado del buque). Obligaciones del Comprador Elegir la empresa naviera y dar los datos al vendedor Pagar el Flete y soportar el riesgo de la mercancía desde que el vendedor la entrega al costado del buque
12. FOB: Free on Board Franco a Bordo El vendedor cumple con su obligación cuando la mercadería ha traspasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. A partir de este momento el comprador asume todos los costos y riesgos de la mercadería. Obligaciones del Vendedor: Entregar la mercancía a bordo del buque en el puerto de embarque convenido Obligaciones del Comprador Correr con los gastos y riesgos inherentes a la mercancía desde que traspasa la Borda del Buque.
13. CFR: Cost and Freight o Costo y Flete. El vendedor cumple con su obligación cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Asumiendo los costos hasta ese lugar y el costo del Flete Principal. El seguro corre por cuenta del comprador. El vendedor debe despachar las mercancías para la exportación. Obligaciones del Vendedor: Se hace responsable del flete principal hasta puerto de destino. Obligaciones del Comprador Se hace cargo del Seguro (deterioro, perdida, y su reclamación) desde el momento en que la mercancía se encuentra sobre el medio transportador.
14. CIF Cost, Insurance and Freight Es similar al anterior pero incluye el seguro y el vendedor debe pagar la prima correspondiente al mismo. La póliza de seguro debe ser por un importe mínimo del 110% del valor. Despacha las mercaderías para la exportación. Obligaciones del Vendedor: Es responsable del flete principal y el Seguro de la mercadería hasta puerto de destino. Subscribe una póliza de Seguro a nombre del comprador por un importe mínimo del 110% de su valor. Obligaciones del Comprador Soportar los riesgos inherentes a la mercancía desde su entrega. En el caso de que el comprador deseara que la cobertura se amplíe aun cuando la mercancía ya ha sobrepasado la borda del buque el termino correcto es CIP. Este término se usa en el transporte marítimo o vías navegables interiores .
15. Términos en discontinuidad: DAF: Delivery at Frontier o Entregado en Frontera. Transporte terrestre. El vendedor ha cumplido con su obligación de entrega cuando pone las mercancías despachadas para la exportación en le punto o lugar de frontera convenidos, (antes o después de la frontera), no despachadas para la importación. El vendedor ha de soportar los gastos y riesgos hasta el momento de la entrega. El comprador asume los gastos de descarga. (De acuerdo a la última modificación Incoterms 2000). DES: Delivery ex slip o Entregado sobre buque. Maritimo. El vendedor cumple con su entrega cuando las mercaderías son puestas a disposición del comprador, a bordo del buque, en el puerto de destino acordado, no despachadas para importación. El vendedor es responsable de los gastos y riesgos hasta el momento de la entrega. El comprador asume los gastos de descarga. DEQ: Delivery ex Quay o Entregado en Muelle. Marítimo. El vendedor cumple con su entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador, sin despachar para la importación, sobre el muelle en el puerto de destino convenido. El vendedor soporta los costes y riesgo hasta ese lugar incluida la descarga. Aunque este termino indica que el comprador debe despachar las mercancías para la importación y todos los trámites inherentes, incluidos derechos, las partes pueden incluir entere las obligaciones del vendedor parte de esos costos. DDU: Delivery Duty Unpaid, Entregado Derechos no Pagados. Cualquier modo de Transporte. Incluido Multimodal. El vendedor cumple con su obligación cuando coloca la mercancía a disposición del comprador, en el punto de destino acordado en el país de importación, sin despacharlas para la importación. Asume la totalidad de los riesgos y gastaos hasta el momento que se realiza la entrega.