2. Desde la época del imperio romano la sal era un producto de suma importancia. Por ella
se construyó un camino desde las salitreras de Ostia hasta la ciudad de Roma, unos
quinientos años antes de Cristo. Este camino fue llamado "Vía Salaria". Los soldados
romanos que cuidaban esta ruta recibían parte de su pago en sal. Este pago se
denomino "salarium argentum" (agregado de sal). De allí viene la palabra "salario".
En Grecia, el intercambio de sal por esclavos, dió origen a la expresión "no vale su sal".
En ese momento la sal no sólo se usaba para condimentar y preservar comida, sino
también como antiséptico (la palabra sal proviene de Salus - diosa de la salud
ORIGEN DEL SALARIO
3. La ganancia sea cual fuere su denominación o método de
cálculo, siempre que pueda evaluarse en efectivo, fijado
por acuerdo o por la legislación nacional, y debida por un
empleador a un trabajador en virtud de un contrato de
trabajo, escrito o verbal, por el trabajo que éste último haya
efectuado o deba efectuar o por servicios que haya
prestado o deba prestar”. Agregando además que: “la
retribución que percibe el trabajador con el fin de
compensar el esfuerzo material o intelectual que éste
realizó”.
COMPENSACIÓN SALARIAL
Constituye salario no sólo la remuneración
ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el
trabajador en dinero o en especie como
contraprestación directa del servicio, sea
cualquiera la forma o denominación que se adopte,
como primas, sobresueldos, bonificaciones
habituales, valor del trabajo suplementario o de las
horas extras, valor del trabajo en días de descanso
obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.
(Art. 127 C.S.T).
Un sistema de compensación está orientado a lograr empleados satisfechos,
retener buenos talentos, resultados mejores para la empresa, motiva los cambios
en los comportamientos de las personas que conforman el equipo de trabajo.
El salario o remuneración salarial, es el pago que
recibe en forma periódica un trabajador de mano de
su jefe a cambio del trabajo para el que fue
contratado. El empleado recibe un salario a cambio
de poner su trabajo a disposición del jefe, siendo
éstas las obligaciones principales de su relación
contractual
4. Características del Salario
En economía, se considera al salario como precio pagado por el trabajo. Los salarios son todos aquellos pagos que compensan a
los individuos por el tiempo y el esfuerzo dedicado a la producción de bienes y servicios. Estos pagos incluyen no sólo los ingresos
por hora, día o semana trabajada de los trabajadores manuales, sino también los ingresos, semanales, mensuales o anuales de los
profesionales y los gestores de las empresas. A los ingresos regulares pactados en los convenios colectivos hay que sumarles las
primas y las pagas extraordinarias, las primas por riesgo, nocturnidad, índice de peligrosidad u horas extraordinarias, así como los
honorarios de los profesionales liberales y la parte de los ingresos percibidos por los propietarios de negocios como compensación
por el tiempo dedicado a su negocio.
Los trabajadores que reciben sus ingresos gracias a un sistema de incentivos obtienen sus salarios siguiendo una fórmula que
asocia el sueldo percibido con la producción o rendimiento alcanzado, de forma que se estimula una mayor productividad y
eficiencia.
Un salario elevado no implica por fuerza que se asignen elevados ingresos anuales. Los trabajadores del sector de la construcción,
por ejemplo, suelen percibir elevados salarios por hora trabajada, pero los ingresos anuales suelen ser reducidos debido a la falta de
continuidad en el empleo de este sector.
6. TiposdeSalarios
Es aquel que se encuentra integrado por un conjunto de elementos conocidos
cuyo monto se conoce predeterminadamente con toda exactitud.
En este salario se presenta cuando se fija un salario diario por semana,
quincena o en mes en cantidad, además de sumarle a dicho salario fijo las
retribuciones periódicas de cuantía previamente conocida que perciba el
trabajador. Los elementos previamente conocidos son por ejemplo: El aguinaldo
y la prima vacacional
Es aquel que se encuentra integrado por un elemento o conjunto de elementos,
cuyo monto no puede conocer predeterminadamente con toda exactitud,
dependiendo de la realización de acontecimientos futuros de realización cierta.
En el caso del salario variable no sabemos cuánto va a percibir el trabajador en
todo el año, porque puede ser que en otro mes gane el doble o más de lo que
ganó en este mes, por lo tanto solo sabemos cuánto en exactitud le
corresponde de prima vacacional y de aguinaldo, por lo que su salario es
variable, es decir, está integrada por elementos que no sabemos si se van a
obtener o no en el mes siguiente.
Es aquel que se encuentra integrado por elementos fijos y variables.
Ejemplo: Salario Fijo + Salario Variable = Salario Mixto
TIPOS DE SALARIOS QUE PERCIBEN LOS
TRABAJADORES PUEDEN SER CUALQUIERA DE LOS
QUE A CONTINUACIÓN SE MENCIONAN:
7. Será el provecho o ventaja que obtenga el trabajador a cambio de la labor que ejecuta
y comprenderá: Las comisiones, primas, gratificaciones, participación en los
beneficios de utilidades y en general todo cuanto perciba y que la Ley no excluya de
manera taxativa como los servicios de comedores, dotación de uniformes y otros de
características similares (ver Art. 133 y 671 de la LOT.), al menos que en la
convención colectiva se incluyan como parte de la remuneración, y por tanto, así
deban ser considerado. (Art. 129 y siguientes de la LOT, Art. 54 y siguientes de la
LEFP y Art. 180 y siguientes del RGLCA).
Clasificación de la Remuneración
Directa Indirecta
Patrono y Trabajador
Patrono
Lo que cancela periódicamente y que tiene
incidencia en las prestaciones
Patrono
Obligaciones derivadas del contrato de
trabajo y terceros
Remuneración
8. No revisten carácter salarial aquellas percepciones o suministros que:
• No ingresen al patrimonio del trabajador.
• No fueren libremente disponibles.
• Estuvieren destinadas a reintegrar los gastos que hubieren incurrido el trabajador con ocasión de
la prestación de sus servicios y cuyo coste deba ser asumido por el patrono.
• Proporcionaren al trabajador medios, elementos o facilidades para la ejecución de su labor, tales
como herramientas, uniformes, implementos de seguridad y provisión de habitación en el supuesto
contemplado en el Art. 241 LOT. Si a estos fines el trabajador recibiere de su patrón sumas de
dinero, estás deberán guardar proporción con los gastos en que efectivamente incurrió o debe
incurrir según lo pactado, y
• Constituyan gratificaciones voluntarias o graciosas originadas en motivos diferentes a la relación
de trabajo”. (Ver Art. 671 LOT y 72 RLOT)
Percepciones no salariales
10. Políticas Política Remunerativa
Políticas Salariales
Directrices formuladas por la Alta Dirección para orientar y facilitar el
cumplimiento de la misión y el desarrollo de la visión. Son reglas o
guías que expresan los límites dentro de los que debe ocurrir la
acción. Las políticas conforman el marco de acción en el que se
deben resolver los conflictos que resulten en desarrollo de las
operaciones de la empresa.
Conjunto de lineamientos que definen el modo de
establecer las compensaciones dentro de la
organización
11. Componentes de la compensación
Beneficios
Compensación
variable
Compensación
Fija
13. ORÍGENES DE BENEFICIOS SOCIALES
PLANIFICACIÓN DE
BENEFICIOS SOCIALES
Los altos impuestos asignados a las empresas, las cuales
entraron a localizar y explorar medios lícitos de hacer deducciones
de sus obligaciones tributarias.
Legislación laboral y de previsión impuesta por el gobierno.
Exigencias de los sindicatos.
•En el ejercicio del cargo: bonificaciones, seguro de vida,
premios de producción, entre otros
•Fuera del cargo, pero dentro de la empresa: descanso,
restaurante, bar, transporte, entre otros
•Fuera de la empresa, es decir en la comunidad: recreación,
actividades comunitarias, entre otros.
Se deben a los siguientes factores:
Los planes de beneficios y servicios sociales están destinados a auxiliar al
empleo en tres áreas de su vida:
14. Son las prestaciones no en metálico, no
retributivas, ni acumulables o
reemplazables por dinero que el
empresario ofrece al trabajador de forma
directa, o a través de un tercero, con la
finalidad de mejorar la calidad de vida del
empleado o de las personas a su cargo.
Se puede decir que:
Beneficios son ciertas regalías y ventajas que las organizaciones conceden
a la totalidad o parte de los empleados como pagos adicionales de los
salarios. En general, constituyen un paquete de beneficios y servicios que es
parte integral de la remuneración del personal.
15. OBJETIVO VENTAJAS
La previsión social en la empresa consiste en “El
capital humano es uno ofrecer a los trabajadores
unos beneficios de los principales elementos
sociales a través de unas retribuciones flexibles,
de las empresas ”compuestas por una serie de
productos y servicios, con el fin de motivarlos,
fidelizar los y retenerlos. Este paquete de medidas
contribuye a una mejora del bienestar laboral, y a
un aumento de la productividad, como resultado
positivo para la empresa,.“La motivación es un
elemento fundamental para el éxito empresarial ”
Las empresas que implantan beneficios sociales
en sus plantillas de trabajadores, obtienen las
siguientes ventajas: Mejora de la competitividad y
la productividad Mayor eficiencia Retención de
personal clave/estratégico Buen ambiente de
trabajo Plantilla más motivada Mayor compromiso
del personal Mayor reputación de la imagen
corporativa de la empresa.
16. •Los servicios de comedor de la empresa.
•Seguros contra accidentes.
•Seguros médicos paralelos al seguro social.
•Servicios dentales
•Planes para la adquisición de acciones.
•Planes de impulso a las actividades deportivas.
•Los vales del almuerzo, hasta un tope máximo por día de trabajo que fije la autoridad de aplicación.
•Los vales alimentarios y las canastas de alimentos otorgados a través de empresas habilitadas por la autoridad de aplicación,
hasta un tope máximo de un 20 % de la remuneración bruta de cada trabajador comprendido en convenio colectivo de trabajo y
hasta un 10 % en el caso de trabajadores no comprendidos.
•Los reintegros de gastos de medicamentos y gastos médicos y odontológicos del trabajador y su familia que asumiera el
empleador, previa presentación de comprobantes emitidos por farmacias, médico u odontólogo, debidamente documentados.
•Los reintegros documentados con comprobantes de gastos de guardería y/o sala maternal, que utilicen los trabajadores con hijos
de hasta 6 años de edad cuando la empresa no contare con esas instalaciones.
•La provisión de útiles escolares y guardapolvos para los hijos del trabajador otorgados al inicio del periodo escolar.
•El otorgamiento o pago debidamente documentado de cursos o seminarios de capacitación o especialización.
•El pago de gastos de sepelios de familiares a cargo del trabajador debidamente documentados.
TIPOS DE SERVICIOS Y DE BENEFICIOS SOCIALES
Son los beneficios y servicios sociales, que por lo general son comunes para todos los empleados,
independientemente del cargo ocupado, si bien existen algunas diferencias para los distintos niveles.
17. VACACIONES
Todo trabajador precisa de un tiempo de descanso prolongado e
ininterrumpido para su recuperación física y psíquica. La finalidad de las
vacaciones además del descanso del trabajador tiene como intención lograr
la integración familiar sin las presiones y tensiones que implican estar
inmerso en la actividad laboral.
Pare evitar desvirtuar los fines de descanso de las vacaciones estas deben
ser remuneradas, porque si no nos encontraríamos con muchos casos en
que ante la posibilidad de no percibir un ingreso durante las vacaciones el
trabajador opta por no tomárselas.
Así lo estableció la convención Nº52 de la Organización Internacional del
Trabajo (1936)
Las Vacaciones se define como:
18. Exige la prestación de
un mínimo de servicios
Constituye un derecho
del trabajador
Fijado por una fuente
heterónoma
o por la autonomía colectiva:
Remunerado
Descanso anual
continuado
Características de las vacaciones en
el régimen legal:
En Venezuela, el descanso anual que por derecho le corresponde al trabajador se
encuentra establecido en la Ley Orgánica Del Trabajo (LOT) en el capítulo V que
comprende los artículos 219 al 235. Allí se establece que; con relación al disfrute de
vacaciones el artículo 219 expresa que cuando el trabajador cumpla un (01) año de
trabajo ininterrumpido para el patrono, tiene derecho al disfrute de 15 días hábiles de
vacaciones remuneradas y que en años siguientes, tendrá derecho a un (01) día
adicional remunerado por cada año de servicio. Pero sin embargo también limita la
acumulación de días adicionales hasta un máximo de 15 días hábiles.
Esto quiere decir, que un trabajador con quince años de servicio tendrá derecho a
disfrutar de 30 días hábiles de descanso anual, que es la suma de los 15 días hábiles de
disfrute inicial más 15 otros quince días adicionales de disfrute que prevé la norma. Aquí
se pone de manifiesto el carácter progresivo de los derechos laborales consagrados en
la constitución.
•Descanso anual continuado: implica, salvo las excepciones que
estipule la ley, que el régimen anual es único, indivisible y anual
•Remunerado: por mas que no exista una prestación durante el periodo
vacacional, esto no implica la pérdida de su remuneración, la ley exige el
pago de las mismas sea efectuado con anterioridad al comienzo de su goce,
y que se determine monetariamente el valor de aquellas prestaciones en
especie que va a dejar de percibir el trabajador por el hecho de su descanso
anual, y que se incluya su valor en el monto anticipado pagado.
•Fijado por una fuente heterónoma o por la autonomía
colectiva: las partes carecen de autoridad para determinar un período de
vacaciones inferior al establecido legalmente, vale decir que La fijación del
período de vacaciones no puede sea adoptada ni modificada.
•Constituye un derecho del trabajador: su goce no es un privilegio
de clase, ya que atiende a la necesidad de una recuperación psicofísica del
trabajador.
•Exige la prestación de un mínimo de servicios: el trabajador debe
haber trabajado como mínimo un año ininterrumpido para tener derecho a la
totalidad del período vacacional.
19. ¿Que sucede con las vacaciones no
disfrutadas cuando termina la relación
de trabajo?
¿Inciden las vacaciones en
las prestaciones sociales?
El trabajador puede tener la certeza de que el patrono está obligado por la
LOT pagarle la remuneración correspondiente a cualquier período vacacional
no disfrutado, incluyendo los bonos vacacionales tal y como lo establece la
ley en su artículo 224 puesto que el disfrute de las vacaciones es un derecho
irrenunciable que se adquiere por cada año ininterrumpido de servicio en los
términos que establece el artículo 219 de la LOT y que al momento de
finalizar el contrato sin haber disfrutado el trabajador sus días de vacaciones
que ha adquirido por derecho, se hace imposible su disfrute.
Cuando la relación de trabajo termine por causas distintas al despido
justificado o no imputables al trabajador, si no ha cumplido un (01) año de
servicio, o si ya lo ha cumplido pero tiene fracción de año (mes o meses)
tiene derecho a que se le pague el equivalente a la remuneración que hubiera
causado en relación a las vacaciones anuales, de conformidad con lo previsto
en los artículos 219 y 223 de la LOT, en proporción a los meses completos de
servicio durante ese año, como pago fraccionado de las vacaciones que le
hubieran correspondido.
El pago fraccionado al que alude la norma comprende tanto las vacaciones
reguladas en el art. 219 de la LOT como el Bono Vacacional que contempla el
art. 223, por lo que se regula tanto el derecho a las vacaciones fraccionadas
como al bono vacacional fraccionado.
La incidencia de las vacaciones sobre las prestaciones
sociales depende del salario que se considere o que se
tome en cuenta para el cálculo de las mismas ya que
dependiendo del concepto de salario que se aplique
puede o no tener incidencia.
Para los efectos de la pregunta, las vacaciones tal
como se establecen en el artículo 219 de la LOT (15
días + 1 día por año) no tienen incidencia directa sobre
las prestaciones.
Lo que si tiene incidencia directa es el bono vacacional
puesto que este si se toma como parte del salario
integral a los efectos de cómputos de las prestaciones
sociales.
20. El trabajador podrá prestar servicio en los días adicionales de disfrute a que pueda
tener derecho conforme a su antigüedad, a su libre decisión. En este caso tendrá
derecho al pago adicional de los salarios que se causen con ocasión del trabajo
prestado
Es obligatorio para el trabajador disfrutar de los 15 días de vacaciones, solo puede
disponer a su voluntad trabajar (manifestado de forma expresa de su puño y letra) en
los días adicionales que se le van sumando cada año a los 15 días de vacaciones
básicos. En tal caso el trabajador tendrá derecho a que dichos días sean doblemente
remunerados.
El trabajador deberá disfrutar las vacaciones de manera efectiva. Mientras exista
la relación de trabajo, el convenio mediante el cual el patrono paga la remuneración de
las mismas sin conceder el tiempo necesario para que el trabajador las disfrute, lo
dejará obligado a concederlas con su respectiva remuneración, sin que pueda alegar
en su favor el hecho de haber cumplido anteriormente con el requisito del pago.
OBLIGATORIEDAD DEL DESCANSO (VACACIONES)