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PROGRAMABÁSICO
DE
ECONOMÍASOLIDARIA
SOCIALIZACIÓN DE
CONCEPTOS FUNDAMENTALES
1. Ética, valores y principios
2. Solidaridad
3. Economía
4. Economía solidaria
5. Asociatividad y emprendimiento solidario
6. Organización solidaria
7. Trabajo en equipo
8. Educación solidaria
9. Responsabilidad social
10. Medio ambiente
ÉTICA,
VALORESY
PRINCIPIOS
El sector de la economíasolidaria está fundamentado en principios y
valores que son el soporte estructural de la sociedad y tiene mayor
incidencia en los cambios de la conducta individualista, por nuevas
formas de convivencia, tolerancia, ayuda y productividad.
Esta se manifiesta a través de organizacionessolidarias, eficientes y
profesionales,que persiguen el bienestarde sus asociados,donde el lucro
no es el fin, sino el medio para alcanzar el bien de todos los que
participan.
Este proceso esta cimentado en una ética que va más allá de la pura
productividadmaterial, que inspira una forma de saber, de hacer y de
saber hacer, y no solo tener. Está fundada en los derechos humanos sin
distingo ideológicos, religiosos, éticos, sociales, género o de raza.
En otras palabras,la solución para la reconstrucciónde un tejido social
equitativo y justo, sólo puede provenirde organizaciones solidarias que
buscan soluciones comunitarias,donde se implementenproyectos socio-
empresariales,inspirados en la concienciacolectiva, cívica y
comprometida con lealtad y pertenencia a una sociedad responsablede
su propio bienestar colectivo
SOLIDARIDAD:
Es el apoyo que se
brinda entre
personas o una
comunidad,
donde se unen
para el apoyo o la
colaboración
mutua, permite
conseguir los
objetivos
comunesy a su
vez compartir y
desarrollarse
como
organización,
región o persona.
ECONOMÍA
La Economía
es una
ciencia
social que
estudia el
conjunto de
procesos
sociales de
producción,
distribución
y consumode
los bienes y
servicios que
demanda
una sociedad
en un
período de
tiempo
determinado
.
La evolución de
la economía
como ciencia
social, ha dado
lugar al
surgimiento de
modelos
económicos
alternativos
entre los cuales
se encuentra la
economía
solidaria, a
partir de la cual
se busca
rescatar todas
aquellas
experiencias
que demuestran
cómo es posible,
producir,
distribuir,
consumir y
acumular con
sentido
solidario.
En cada época,
la economía se
ocupó de tratar
los problemas
surgidos a partir
de las
contradicciones
e interrogantes
que surgen
respecto a los
procesos de
producción,
distribución y
consumo de los
bienes y
servicios que
demanda una
sociedad.
(Herrera
Beethoven,
1996).
Hoy en día la
economía se ha
transformado
en una ciencia
orientada a
estudiar asuntos
relacionados
con el dinero y
los precios,
olvidando sus
raíces
humanistas por
eso es
importante
anotar que la
economía es
mucho más que
solo fórmulas
matemáticas
entender la
economía
implica tomar
decisiones con
miras a la
satisfacción de
las necesidades
humanas,
donde debe
empezar a
importarnos los
marcos sociales
en los que
estamos
participando.
ECONOMÍASOLIDARIA
EconomíaSolidaria es el sistema socioeconómico,culturaly ambiental conformadopor el conjuntode fuerzas
sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias solidarias,
democráticas y humanistas, sin ánimo de lucropara el desarrollo integral del ser humano comosujeto, actor y
fin de la economía.(Artículo2, Ley 454/98)
ASOCIATIVIDADY
EMPRENDIMIENTOSOLIDARIO
La Asociatividad es un mecanismode cooperación, donde se establecen relacionesy/o se articulan las
personas o gruposde personas,en busca de un objetivo o beneficio común
El Emprendimientosolidario, es la creatividad del pensar y el sentir, desde donde se generan procesos para la
creaciónde bienes sociales,a través del desarrollode proyectossocioeconómicos,que permitan una calidad
de vida para la persona y la comunidad, en un ambiente cooperativo, que puede conducira la conformaciónde
una organizaciónsolidaria.
ORGANIZACIÓNSOLIDARIA
Es la forma de una organización formal y no formal, que sin ánimo de lucro busca el
beneficio social basando sus prácticas en la solidaridad y la cooperación, como iniciativa
de una persona o comunidad.
Es importante anotar que una organización formal es reconocida por el Estado como
comercial
No formal, es todo organización que no ha iniciadosus trámites ante el Estado como
organización comercial.
TRABAJOENEQUIPO
El trabajo en equipo se expresa a través del compañerismo y apoyo mutuo, donde el sentido
de pertenencia a la organización se fortalece. Cuanta más unión y compañerismo se
practique, mejor trabajarán sus asociados y la gestión será más sostenible y competitiva en
el cumplimiento de su misión.
RESPONSABILIDADSOCIAL
La responsabilidad social es la obligación y el compromiso que los miembros de una determinada comunidad o sociedad, ya sea de manera
individual o como parte de un colectivo solidario, tendrán entre sí, así como para con la sociedad o comunidad de donde se habita. Esta
responsabilidad es importante que sea promovida desde todos los sectores y niveles del sector de la economía solidaria.
La responsabilidad social es un concepto normativo, pero no es obligatorio, es decir, no tiene fuerza de ley, pero a pesar de ello no se puede dejar
de observar ya que es indispensable que los ciudadanos tomen una actitud madura y crean conciencia con el ambiente y la sociedad. Así
mismo, el cumplimiento de la responsabilidad social genera beneficios para la sociedad y para la propia organización solidaria, ya que
aumenta la reputación y prestigio de ésta, fomenta la confianza pública y, mejora la salud de los trabajadores y de los individuosque conforman
la sociedad, generando un impacto a nivel de la economía solidaria
EDUCACIÓNSOLIDARIA
La economía solidaria es una búsqueda permanente de formas alternativas de hacer economía desde
la distribución con equidad de los bienes y servicios, la cual se basa en la solidaridad y el trabajo
colectivo.
El desarrollo de estas actividades productivas se basa en el bien común y la búsqueda permanente
de la equidad y el equilibrio con el ambiente, basada en sus principiosde autonomía, igualdad,
responsabilidad social corporativa, transparencia y vida comunitaria.
MEDIOAMBIENTE
La Economía Solidaria
desempeñaun papel
clave para el desarrollo
inclusivo y sostenible
del planeta y que
permite
Facilitarla
relación armónica
entre el medio
ambientey la
producción de las
empresas
solidarias
Generar bienes y
servicios con
respecto al medio
ambiente que no
impacten
negativamente
Facilitarla
organización
comunitaria para el
cuidado, protección
y recuperacióndel
medio ambiente,de
nuestros entornos
Configurar una
cultura ecológica,
desde la persona
hasta la comunidad
CONTEXTO
El contexto económico, social, cultural y ambiental
De manera permanente se viene planteando desde hace décadas la situación de
emergencia en la que nos encontramos, donde la actual crisis no es sólo económica, financiera
y social, es además, ambiental.
El contexto económico en el que hoy vivimos es profundamente injusto, desigual
e insostenible, donde la discriminación entre personas, sexos, etnias y pueblos crece cada día
más; el control democrático de las decisiones o el acceso a las tecnologías, al conocimiento y a
los servicios sociales básicos, están reservados solo a una parte de la población, no solo en
Colombia sino a nivel mundial.
De esta manera, la brecha entre personas con ingresos desiguales y entre
comunidades ricas y empobrecidas sigue creciendo, la exclusión y la precariedad amenazan
amplios sectores sociales, especialmente a mujeres, niños, jóvenes y al adulto mayor. Esta
realidad no es justificable ni inevitable, es el reflejo del modelo político, económico, cultural y
ambiental imperante que puede y debe ser modificado a través, de la acción colectiva, la
construcción de pensamiento social y el desarrollo de prácticas socioeconómicas alternativas.
Por ello, la Economía Solidaria es la que aporta una mirada social, unos valores y
unas prácticas al servicio de dicha transformación, configurando un movimiento alternativo a
nivel mundial y con características propias que se suman al conjunto de organizaciones
ciudadanas que, local, regional y globalmente, participan en la construcción de unas sociedades
y un mundo más equitativo, humano y sostenible
que vivimos:
Desde la Economía Solidaria , las necesidades básicas fundamentales no
se crean, existen en una comunidad, por lo que el papel que juegan las personas en estos
espacios, es el de detectarlas y transformarlas en soluciones colectivas.
Las necesidades fundamentales de la comunidad son: la subsistencia
(salud, alimentación), la protección (sistemas de seguridad y prevención, vivienda), el
afecto (familia, amistades, privacidad,) el entendimiento (educación, comunicación), la
participación (derechos, responsabilidades, trabajo), el ocio (juegos, espectáculos) la
creación (habilidades, destrezas), la identidad (grupos de referencia, sexualidad, valores),
la libertad (igualdad de derechos).
Desde esta perspectiva, la economía solidaria permite la construcción de
espacios donde los grupos sociales o colectivos se asocien, con el fin de dar solución a las
necesidades primarias fundamentales, más aún cuando esto permite constituir
organizaciones con una visión de equidad y bien-estar. que va a permitir asegurar el
futuro de los grupos sociales y ayuda a la transformación de país.
Necesidades del ser humano y sus soluciones:
Se debe fomentar una organización solidaria porque es un medio que permite
unir esfuerzos para lograr los objetivos de un colectivo social, que tienen intereses y
necesidades comunes.
Es la forma adecuada de fomentar la solidaridad, la cooperación, la igualdad, la
justicia y la ayuda mutua, pilares fundamentales para el desarrollo de toda sociedad, que
permite la convivencia, además porque el hombre es un ser social por naturaleza, que necesita
interactuar con sus semejantes para lograr sus objetivos, su crecimiento personal, de su grupo
familiar y la comunidad de su entorno, buscando mejorar su calidad de vida y contribuyendo al
crecimiento de la comunidad a la que pertenece.
Es importante anotar que el Estado promueve y apoya el fomento de
las organizaciones solidarias, concediendo tratamiento preferencial, como lo contempla nuestra
Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 38 que garantiza el derecho de libre
asociación para el desarrollo de las actividades que las personas realizan en sociedad.
Así mismo, el artículo 58 establece que: “el Estado protegerá y promoverá las
formas asociativas y solidarias de propiedad”. Lo anterior es ratificado en la exposición de
motivos de la Ley 454 de 1998, en los siguientes términos: “Como parte de la estrategia social
que diseñó el Gobierno. Acorde con los principios de la democracia participativa, se reconoce
por primera vez en la historia de los planes de desarrollo del país el papel integrador de la
economía solidaria, su capacidad de unir voluntades e intereses económicos 21 y sociales y su
potencial para participar, con criterios equitativos, en procesos que conduzcan a mejorar la
calidad de vida de los colombianos”.
El desarrollo de la Economía Solidaria permite ampliar la base productiva del país
y facilitar a los sectores menos favorecidos el acceso a los recursos productivos y sociales,
mediante la organización de la propiedad. El fomentar organizaciones solidarias, se logra
alcanzar una igualdad social, la satisfacción de las necesidades del asociado y se alcanza un
mejor nivel de vida y bien-estar.
¿Por qué y para qué fomentar una organización solidaria?
Principios, valores
y fines de la
Economía
Solidaria
1. El ser bueno, su trabajo y mecanismos de cooperación tienen primacía sobre
los medios de producción.
2. Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua.
3. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora.
4. Adhesión voluntaria, responsable y abierta.
5. Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción.
6. Participación económica de los asociados, en justicia y equidad.
7. Formación e información para sus miembros, de manera permanente, oportuna
y progresiva.
8. Autonomía, autodeterminación y autogobierno.
9. Servicio a la comunidad.
10. Integración con otras organizaciones del mismo sector.
11. Promoción de la cultura ecológica.
Son principios de la Economía Solidaria:
Valores
Básicos Éticos
1. Autoayuda o esfuerzo propio: El asociado no
puede ser el sujeto pasivo de la acción benéfica
de otros, sino el participe activo para el
mejoramiento de su propio destino.
2. Responsabilidad propia: Significa asumir las
propias responsabilidades en la conducción de las
organizaciones de carácter solidario y no
delegarlas a personas o personas ajenas.
3. Democracia: Dirección y administración de las
organizaciones de carácter solidario en manos de
sus asociados con base en la igualdad.
4. Igualdad: Como manifestación de la dignidad
de la persona humana por encima de otras
consideraciones.
5. Equidad: Característica particular de la justicia
que está más allá de formalismos simplistas.
6. Solidaridad: Característica sobresaliente del
modelo solidario, que se manifiesta cuando los
esfuerzos individuales hacia el objetivo común se
entrelazan estrechamente para configurar un
esfuerzo colectivo que supone la participación de
todos.
1. Honestidad y transparencia: Conceptos que
vinculan convicciones y actividades relacionadas
con honradez, decencia, franqueza, aplicadas a
las organizaciones
solidarias en los diferentes procesos y actividades
conducentes al cumplimiento del objeto social.
2. Responsabilidad y vocación social: Valores que
hacen referencia a la presencia activa de las
organizaciones de economía solidaria y sus
asociados, en las comunidades donde actúa con el
fin de contribuir a su mejoramiento integral o
desarrollo humano sostenible.
La Economía solidaria tiene como fines principales:
1. Promover el desarrollo integral del ser humano.
2. Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamiento
solidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo
y la paz de los pueblos.
3. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.
4. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de
desarrollo económico y social.
5. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo, la
propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin
discriminación alguna.
Fines de la Economía Solidaria.
Como todo proceso socio económico, el sector solidario es regido por un marco normativo, que
data desde 1988, como se cita a continuación:
Ley 79 de 1988. Dota al sector cooperativo de un marco normativo para su
desarrollo, como parte fundamental de la economía nacional.
Decreto 1333 de 1989 Establece el régimen de constitución, reconocimiento y
funcionamiento de las precooperativas
Decreto 1480 de 1989 Por el cual se determinan la naturaleza, características,
constitución, regímenes internos, de responsabilidad sanciones, y se dictan medidas para el
fomento de las asociaciones mutualistas.
Decreto 1481 de 1989 Determina la naturaleza, características, constitución,
regímenes internos, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de los
fondos de empleados
Decreto 1482 de 1989 Por el cual se determinan la naturaleza, características,
constitución, regímenes internos, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para
el fomento de las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas.
Ley 454 de 1998 Determina el marco conceptual que regula la economía solidaria,
se transforma el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el
Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de
la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de
Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza
cooperativa y se expiden otras disposiciones.
Marco normativo general de la economía
solidaria en Colombia:
Directiva No. 31 de 2000. Dota a las organizaciones que conforman el sistema de
la Economía Solidaria, de directrices específicas, para el desarrollo de los programas
educativos que deben adelantar, orientando el uso adecuado de los fondos de
educación
Decreto 1153 de 2001 Por medio del cual se reglamenta la Ley 454 de 1998 en lo
relativo a la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de la Economía Solidaria,
Cones.
Decreto 2350 20 08 2003 Reglamenta la Ley 743 de 2002 - Por el cual el Gobierno
Nacional reglamenta aspectos esenciales para el buen desenvolvimiento de la organización
comunal yla consecución de sus objetivos
Decreto 4290 de 2005. Por el cual se reglamenta la Ley 720 de 2001
Decreto 4588 de 2006 Reglamenta la organización y funcionamiento de las
Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado
Decreto 3553 de 2008 Reglamenta la Ley 1233 de 2008
Ley 1391 de 2010 Reforma la norma rectora de la forma asociativa conocida
como Fondos de Empleados para adecuarla a las condiciones sociales, económicas, políticas y
culturales que determinan el quehacer de estas empresas.
Decreto - 4122 de 2011 - Por el cual se transforma el Departamento
Administrativo Nacional de la Economía Solidaria -DANSOCIAL en una Unidad Administrativa
Especial de Organizaciones Solidarias, se fija su objetivo y estructura.
Decreto 1714 de 2012. Por medio del cual se reglamenta la Ley 454 de 1998 en lo referente al
Consejo Nacional de la Economía Solidaria (CONES).
Marco normativo general de la economía
solidaria en Colombia:
ORGANIZACIONES
SOLIDARIAS
Existen dos formas de desarrollar la solidaridad:
1. La primera cuando nos unimos para crear un
beneficio mutuo, generar ingresos en colectivo y
mejorar la calidad de vida, lo hacemos a través de
las Organizaciones de Economía Solidaria.
2. La segunda, cuando trabajamos en equipo para
ayudar a otras personas o grupos sociales, a
superar sus necesidades, lo realizamos a través de
Organizaciones Solidarias de Desarrollo.
Tipos de organizaciones de
economía solidaria y solidaria de
desarrollo
Las Organizaciones de Economía
Solidaria:
Cooperativas.
Son Empresa asociativas, sin ánimo de lucro, donde los asociados, según el caso, son aportantes y
gestores de la empresa, es creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios, para
satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.
Las cooperativas se dividen de acuerdo al desarrollo de sus actividades así:
▪ Cooperativas especializadas. Atienden una necesidad específica, a una sola clase de actividad económica, social y
cultural
▪ Cooperativas integrales. En el desarrollo de su objeto social, realizan dos o más actividades complementarias entre sí en
la generación de un bien o servicio.
▪ Cooperativas multiactivas. Atienden varias necesidades de servicios en una sola entidad.
▪ Precooperativas. Se organizan para realizar actividades permitidas a las cooperativas y por carecer de capacidad
económica, o educativa, o administrativa, no están en posibilidad de organizarse como cooperativas.
▪ Cooperativas de trabajo asociado. Asocian personas naturales que son gestoras y aportantes directos de su capacidad de
trabajo, con el fin de producir en común para satisfacer sus necesidades, el vínculo de asociación se determina por el
saber hacer intelectual o material de sus asociado
▪ Fondos de empleados. Son organizaciones de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores
dependientes, trabajadores asociados o por servidores públicos que ofrecen servicios.
▪ Asociaciones mutuales. Son organizaciones privadas sin ánimo de lucro que están constituidas por personas naturales
para fomentar la ayuda recíproca entre sus miembros, satisfaciendo sus necesidades mediante la prestación de servicios
que contribuyan al mejoramiento de su calidad de vida.
▪ Entidades auxiliares de la Economía Solidaria. Tiene por finalidad realizar actividades para fortalecer el sector solidario.
Están constituidas bien sea por organizaciones de la economía solidaria o por personas naturales para realizar actividades
orientadas al desarrollo del sector solidario.
Desarrollan su actividad económica en beneficio de sus propios asociados y son:
Las Organizaciones Solidarias de
Desarrollo, ejercen su actividad en beneficio
de terceros, son:
Corporaciones o asociaciones.
Tiene personería jurídica, surge de un acuerdo de voluntades vinculadas
mediante aportes en dinero, especie o actividad, con un fin de beneficio
social, su régimen estatutario se deriva de la voluntad de sus
miembros.
Fundaciones.
Nacen de la voluntad de una o varias personas naturales o jurídicas, su
finalidad es propender por el bienestar común bien sea de un servicio o
grupo en particular, sus acciones tienen un impacto positivo para toda la
comunidad.
Grupos de voluntariado.
Es una fuerza cívica, que tiene por finalidad desarrollar planes,
programas, proyectos de interés general implementados por personas
naturales o jurídicas, que ejercen su acción de servicio a la
comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntariado.
Organizaciones de voluntariado.
• ODV Las que con personería jurídica y sin ánimo de lucro tienen por finalidad
desarrollar planes, programas, proyectos y actividad de voluntarios con la
participación de voluntarios (Ley 7820 de 2001)
• Entidades con acción voluntaria ECAV son aquellas que sin tener finalidad el
voluntariado realizan acción voluntaria.
Antecedentes históricos de la organización
solidaria objeto del curso:
Como principal hecho, con el cual se inicia la historia del cooperativismo moderno, se destaca la
constitución de la cooperativa de Los probos pioneros de Rochdale, que se concretó un 21 de diciembre de 1844. Esto
no significa, que antes de esta fecha no hubieren existido organizaciones de este tipo. Lo relevante es su pronta
desaparición ante la falta de una buena organización y unos sólidos principios, como los propuestos en Rochdale.
En nuestro medio se destacan las experiencias y formas de organización social, cultural y económica que tuvieron las
comunidades indígenas, en especial los chibchas o muiscas, como:
• MINGA: Fue una organización de trabajo colectivo para construir obras o realizar labores agrícolas que benefician a
toda la comunidad, que hoy en día existe.
• CONVITE: Es un sistema donde todos participan en trabajo en una obra para el beneficio de uno de los miembros del
grupo.
• MANO PRESTADA: Es el trabajo del grupo o de uno de los miembros del grupo en la tierra de uno de ellos, que luego
este retribuirá con trabajo en la tierra de otro.
• FAEBA: Es un sistema para realizar obras de beneficio común, en el que cada miembro de la comunidad aporta
jornadas de trabajo de medio día.
• WAKI: Es una organización colectiva del trabajo para cultivar la tierra en la que se utilizan semillas de propiedad
común y se divide la cosecha por surcos.
• AYNI: Es el sistema de préstamos pactados para mutuo beneficio de jornadas de trabajo agrícola, la que se cancelan en
posteriores oportunidades.
• PASANACU: Es un fondo comunitario al que sus miembros hacen aportes iguales, se utiliza para atender calamidades
familiares graves.
Así mismo es importante anotar que la Iglesia jugó un papel preponderante en la implementación de las
llamadas sociedades mutuarias, que se originaron en 1864 con la fundación en Bogotá de la Sociedad Caridad.
Características económicas, sociales y
culturales de la organización solidaria:
Las características de las organizaciones de economía solidaria, conformada por
personas jurídicas organizadas para realizar actividades sin ánimo de lucro, en las cuales
los trabajadores, son simultáneamente sus aportantes y gestores, creadas con el objeto de
producir, distribuir y consumir conjunta y eficientemente, bienes y servicios para
satisfacer las necesidades de sus miembros y al desarrollo de obras de servicio a la
comunidad en general, observando en su funcionamiento las siguientes características:
1. Estar organizada como empresa que contemple en su objeto social, el ejercicio
de una actividad socioeconómica, tendiente a satisfacer necesidades de sus
asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario.
2. Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines
contemplados en la presente Ley.
3. Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia
de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario.
4. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin
consideración a sus aportes.
5. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no
reducibles, debidamente pagados durante su existencia.
6. Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otras
entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral
del ser humano.
Estructura interna organizativa básica
(dirección, control y comités de apoyo):
Toda organización, más aún en el contexto de la economía solidaria, cuenta con una
estructura interna básica, donde se establecen los procesos de dirección, administrativos, control y
asesoría, los cuales permiten dar un orden a su gobierno, con funciones muy específicas a desarrollar
en cada dependencia.
La estructura organizacional garantiza el cumplimiento de los objetivos establecidos
en la búsqueda de la equidad y la satisfacción de sus necesidades, que depende del tipo de
organización solidaria que se conforme sin embargo, en lo general se apuesta con la siguiente
división básica;
1. Una asamblea general.
2. Un consejo de administración, junta directiva o comité de administración. Esta se da de
acuerdo al tipo de organizaciones solidaria.
3. Una gerencia, dirección ejecutiva o la representación legal. Que se elige al interior de la
junta directiva para que gerencie o dirija la organización el representante legal.
4. Una junta de vigilancia o comité de control social, que vela por que se cumpla con lo
estipulado en los estatutos, reglamentos o normas de la organización solidaria.
5. Una revisoría fiscal. La revisoría fiscal es una instancia de control de la organización,
responsable especialmente de los aspectos económicos, contables y financieros.
6. Comité de asesoría. Estos comités constituyen importantes canales de participación, de
apoyo a las labores del consejo de administración en la organización de economía
solidaria
Una vez se estructura la organización, la cual se visualiza a través
del organigrama, se inicia el proceso administrativo al interior de
las organizaciones solidarias, que se fundamenta en:
• La Dirección, está bajo la responsabilidad de la Asamblea General
• La Administración, está a cargo del Consejo de Administración, que es apoyo por
entes o Comités Asesores.
• El Control, el cual está a cargo de la Junta de Vigilancia y de la Revisoría Fiscal.
• Los Comités de Apoyo. Son importantes canales de participación de los asociados,
de apoyo a las labores del Consejo de Administración en las organizaciones de
economía solidaria.
• Uno de los elementos más importante de estos Comités, es el aporte de
conocimientos y habilidades para el beneficio colectivo, están reglamentados e
integrados por el Consejo de Administración, para periodos que establece el mismo
reglamento
• Comité de educación. Constituyen importantes canales de participación, de apoyo a
las labores del Consejo de Administración en la organización de economía
solidaria, velan por la actualización y formación.
• Comités de asesoría. Realizan de manera permanente actividades que tiendan a la
formación en los principios, métodos y características de la economía solidaria.
• Comité de solidaridad. Es un organismo asesor del Consejo de Administración o
Junta Directiva.
Marco jurídico aplicable al tipo
de organización:
ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA
Cooperativas
• Constitución de 1991, artículos 26, 38 y 39. Las profesiones legalmente reconocidas se puede organizarse en
colegios. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de actividades que las personas realizan
en sociedad. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin
intervención del estado.
• Ley 79 de 1988. Cooperativas. Dotar al sector cooperativo de un marco propicio para su desarrollo.
• Decreto 1482 de 1989. F.A.P. Cooperativas. Por el cual se determinan la naturaleza, características,
constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones de Administraciones Públicas
• Cooperativas. Ley 454 de 1998. Regulación de la economía solidaria.
• Circular 8 del 11 de octubre de 2011. Sistema de administración de riesgos de lavado de activos y financiación
del terrorismo.
• Decreto 2150 95. Artículos 143 a 148. Estructuración y legalización ante cámara de comercio (procedimiento y
requisitos.)
• Cooperativas especializadas. Ley 79 de 1988. Dota al sector cooperativo de un marco normativo para su
desarrollo, como parte fundamental de la economía nacional.
• Decreto 1333 de 1989.Por el cual se establece el régimen de constitución, reconocimiento y funcionamiento de
las precooperativas
• Cooperativas integrales. L 79 88 Artículos 64 y 65. L 454 98 Artículos 34, 35 numeral 23 39, 42, 44 a 51 y 56
la Súper Intendencia Bancaria inspecciona, controla y vigila toda la actividad financiera de las cooperativas
Multiactivas e integrales.
• D 2150 95 Artículos del 143 al 148, su constitución y legalización se rige por el régimen previsto de entidades
privadas sin ánimo de lucro.
• D 427 96 Regula la inscripción y registro ante las Cámaras de Comercio.
• Cooperativas multiactivas. Decreto 962 del 5 de junio de 2018, relativo a normas de buen gobierno aplicables a
las cooperativas de ahorro y crédito, a las multiactivas y a las integrales con sección de ahorro y crédito, así
como a los fondos de empleados de categoría plena.
Marco jurídico aplicable al tipo
de organización:
De acuerdo con el decreto, los fondos de empleados de categoría básica e intermedia, las
asociaciones mutuales, los organismos de segundo y tercer grado y las instituciones auxiliares
del cooperativismo que agrupen o sean creadas por las organizaciones antes mencionadas,
adoptarán facultativamente las disposiciones sobre buen gobierno allí previstas.
• Precooperativas. D 1333 89 Por el cual se establece el régimen de constitución,
reconocimiento y funcionamiento de las precooperativas
• Cooperativas de trabajo asociado. Constitución de 1991, artículos 26, 38 y 39.
• Decreto 4588 de 2006. Reglamenta la organización y funcionamiento de las Cooperativas y
Precooperativas de Trabajo Asociados
• Fondos de empleados. D 1481 89 Por el cual se determinan la naturaleza, características,
constitución, regímenes internos, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el
fomento de los fondos de empleados. Ley 1391 10. Determinan el quehacer de estas
empresas Fondos de Empleados para adecuarlas a las condiciones sociales, económicas,
políticas y culturales
• Asociaciones mutuales Decreto 1480 de 1989 Por el cual se determinan la naturaleza,
características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad sanciones, y se dictan
medidas para el fomento de las asociaciones mutualistas.
• Entidades auxiliares de la Economía Solidaria Ley 79 de 1988. Cooperativas. Dota al
sector cooperativo de un marco normativo para su desarrollo, como parte fundamental de la
economía nacional.
• Ley 454 de 1998. Ley 454 de 1998. Regulación de la economía solidaria. Circular 8 del 11
de octubre de 2011.
Organizaciones solidarias de desarrollo
Corporaciones o asociaciones. La corporación y la asociación se rigen por el código civil,
artículo 633, aplicable a todas las organizaciones del sector solidario se llama persona jurídica,
una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser
representada judicial y extrajudicialmente.
Las personas jurídicas son de dos especies corporaciones y fundaciones de beneficencia pública.
• La ley 80 de 1993, Tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen los contratos
de las entidades estatales.
• la ley 22 de 1987, reconoce y cancela la personería jurídica a las Asociaciones,
Corporaciones, Fundaciones e Instituciones de utilidad común, que tengan su domicilio en el
departamento de Cundinamarca, y en el Distrito Especial de Bogotá, respectivamente, cuya
tramitación se venía adelantando ante el Ministerio de Justicia.
• la ley 52 de 1990, Por la cual se establece la estructura orgánica Marco del Ministerio de
Gobierno se determinan las funciones de sus dependencias y las unidades administrativas
especiales que le están adscritas.
• los decretos 1407 91, Reglamenta el reconocimiento, suspensión y cancelación de personería
jurídica a las funciones y corporaciones de carácter nacional, regional y local que desarrollen
actividades relacionadas con las comunidades indígenas.
• Decreto 2035 91, Por el cual se establece la estructura interna del Ministerio de Gobierno,
se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto (
Juntas de Acción Comunal, Asuntos Indígenas).
• Decreto distrital 091 87 y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.
Fundaciones. L 93 38 Sobre vigilancia de instituciones de utilidad Común.
▪ D 1318 88. Min Justicia, Por el cual se delega en los Gobernadores de los Departamentos y en el
Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá, la función de ejercer la inspección y vigilancia sobre las
Instituciones de Utilidad Común.
▪ D 1529 90 Min Justicia y Min Gobierno Por el cual se reglamenta el reconocimiento y cancelación de
personerías jurídicas de asociaciones o corporaciones y fundaciones o instituciones de utilidad común,
en los departamentos.
▪ D 525 90 MinJusticia y MinEducación Inspección y vigilancia de los Institutos docentes públicos y
privados.
▪ D 059 91 Alcaldía Bogotá Por el cual se dictan normas sobre trámites y actuaciones relacionados con
la personería jurídica de entidades sin ánimo de lucro y con el cumplimiento de las funciones de
inspección y vigilancia sobre instituciones de utilidad común.
Grupos de voluntariado
* Organizaciones de voluntariado. ODV
* Entidades con acción voluntaria ECAV
▪ Ley 720 2001 Ley que promueve, reconoce y facilita la Acción Voluntaria como expresión de la
participación ciudadana, el ejercicio de la solidaridad, la corresponsabilidad social, reglamentar la
acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regular sus relaciones.
▪ Decreto 4290 05 Promoción al desarrollo del voluntariado en Colombia. La entidad del Estado
responsable de fomentar esta labor será el Departamento Administrativo Nacional de la Economía
Solidaria, UAEOS
Fundamentos administrativos de
la organización:
La gestión de una organización solidaria para logar el cumplimiento de su objeto social,
debe tener en cuenta el proceso administrativo que básicamente costa de cuatro etapas
1. Planeación es el primer momento del proceso administrativo que responde a tres
preguntas ¿dónde estamos? (diagnóstico) ¿a dónde queremos ir? (visión) y ¿cómo
hacerlo? (estrategia).
2. Organización Segundo momento del proceso administrativo donde se establece la
estructura orgánica, se definen procesos, se construyen manuales de funciones y
procedimientos.
3. Dirección Es la toma de decisiones gestión del talento humano y coordinación con
liderazgo, los procesos y los equipos de trabajo bajo su responsabilidad, mediante su
convicción de la doctrina solidaria, y conciencia de responsabilidad compartida con
los demás miembros del equipo. En las organizaciones solidarias es clave la
autogestión para optimizar los resultados en beneficio de todos los integrantes de la
comunidad asociada.
4. Control Es la fase que contrasta lo planeado con lo ejecutado, consiste en la
validación del correcto desempeño por parte de todos los componentes de la
organización. En casos necesarios, advertir sobre las desviaciones y sugerir acciones
correctivas. En las organizaciones solidarias el control social y el seguimiento el cual
es ejercido por órganos de vigilancia integrados por asociados y el control
económico, contable y financiero, por la revisoría fiscal. Ambos órganos reportan
informes a la Asamblea.
Orientación para la elaboración de
estatutos, reglamentos y legalización de
la organización:
Los estatutos de una Organización Solidaria deben contener, como mínimo
• El nombre, identificación y domicilio de los constituyentes y o fundadores
• El nombre de la Organización Solidaria. También puede tener sigla. El nombre debe tener una
relación directa con el objeto social que determina.
• La clase de persona jurídica (Indicar que es una entidad sin ánimo de lucro del tipo economía
solidaria y solidaria de desarrollo) El Domicilio principal (la ciudad o municipio donde va a
desarrollar su objeto social)
• Los órganos de administración, indicando su composición, designación, funciones, quórum
deliberatorio y decisorio y las facultades del representante legal. (Normalmente son la
Asamblea de asociados,, la Junta Directiva, el Representante Legal).
• Los derechos, deberes y prohibiciones de los asociados y las condiciones para su admisión,
retiro y suspensión
• La periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales se convoca a reuniones
extraordinarias. (Indicando quién convoca, cómo convoca y cuándo convoca).
• El patrimonio y la indicación de su conformación, administración y manejo.
• Las facultades y obligaciones del Revisor Fiscal (es opcional para las asociaciones).
• Las facultades y obligaciones del Fiscal (es obligatorio para las Asociaciones).
• Las causales de disolución y la forma de hacer la liquidación, indicando la destinación del
remanente a una entidad de utilidad común o sin de ánimo de lucro, que persiga fines similares.
Una vez elaborada el Acta de Constitución y los estatutos, presente para registro en
la Cámara de Comercio una copia auténtica o copia secretarial del Acta de Constitución junto con
los estatutos de su entidad.
Luego de registrada la entidad sin ánimo de lucro en la Cámara de Comercio, no olvide
enviar una copia autenticada del acta de constitución, los estatutos y un original del
certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, a la
entidad gubernamental que ejercerá inspección, control y vigilancia.
Tener en cuenta los lineamientos contemplados en la Cartilla ABC del Sector Solidario,
de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, páginas 10,11 y12.
(https www.orgsolidarias.gov.co sites default files archivos
ABC%20Sector%20Solidario.pdf)
AUTORIDAD:
Competencia para tomar ciertas decisiones y para imponerlas a sus subordinados y, a
veces, a los que se encuentran fuera del ámbito de mando a través de la proyección
funcional, cual sucede con el jefe de personal.
ORGANIZACIÓN:
Estructura del departamento o servicio correspondiente.
RELACIONES:
Causas que indican su posibilidad de relacionarse con otros departamentos y niveles de la
empresa.
ENTES DE CONTROL Y
APOYO
Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias:
La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias -UAEOS- es la entidad
del Estado, adscrita al Ministerio del Trabajo, con personería jurídica del sector descentralizado, tiene
como tarea el fomento y el fortalecimiento de las organizaciones solidarias en Colombia (cooperativas,
fondos de empleados, asociaciones mutuales, fundaciones, asociaciones, corporaciones, organismos
comunales y grupos de voluntariado), como parte fundamental de los cuatro ejes de la nueva organización
del Estado a saber, competitividad, política social, inclusión social y reconciliación, eficiencia y buen
gobierno. Este compromiso contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 “Todos por un
nuevo país”, las Organizaciones Solidarias, garantizará el desarrollo de la asociatividad en Colombia, con
lo que aportará al cumplimiento de las metas de Colombia en paz, mas educada, equitativa y sin pobreza y
dentro del marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Es lo referente a la estructura organizacional de la UAEOS, esta conformada por:
▪ Despacho del director
▪ Oficina Asesora Jurídica (nivel staff)
▪ Oficina de Modelo integrado de planeación y gestión (nivel staff)
▪ Despacho del Subdirector
▪ Dirección de investigación y planeación
▪ Dirección de Desarrollo de las Organizaciones Solidarias
Entes de control y apoyo
• Superintendencia de la Economía Solidaria:
La Superintendencia de Economía Solidaria es un organismo técnico del Estado
encargado de supervisar la naturaleza jurídica y la actividad de las empresas de la economía
solidaria que se encuentran sometidas a su supervisión, vigilancia y control. Trabajan en búsqueda
de la protección de los intereses de los asociados y de la comunidad, para generar confianza y
fortalecer al sector como alternativa de desarrollo social y económico del país. Tiene por objeto la
supervisión sobre la actividad financiera del cooperativismo y sobre los servicios de ahorro y
crédito de los fondos de empleados y asociaciones mutualistas y, en general, el aprovechamiento o
inversión de los recursos captados de los asociados por parte de las organizaciones de la economía
solidaria.
Los colectivos y consumidores de este sector tienen derecho a que se les protejan
sus intereses como asociados de las organizaciones solidarias, las cuales corresponden entre otras
a cooperativas de ahorro y crédito, fondos de empleados y asociaciones mutuales.
• Fondo de Garantías Cooperativas - FOGACOOP:
El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas – FOGACOOP es la entidad
encargada de proteger la confianza de los ahorradores y depositantes de las cooperativas inscritas,
por medio del Seguro para su Ahorro. A través del Seguro para su Ahorro, FOGACOOP le
garantiza su dinero ahorrado en las cooperativas inscritas al Fondo, en caso que éstas no le puedan
responder.
Con el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP los depositantes y ahorradores de las
cooperativas inscritas al Fondo pueden ahorrar con tranquilidad y confianza porque el Estado
colombiano, a través de FOGACOOP, los acompaña. Además el Seguro para su Ahorro es
totalmente gratuito para los ahorradores de las cooperativas inscritas a FOGACOOP sean personas
naturales o jurídicas.
• Consejo Nacional de la Economía Solidaria - CONES:
El Consejo Nacional de la Economía Solidaria, Cones, es un organismo de apoyo
de la Economía Solidaria y consultivo del Gobierno en la formulación y coordinación a nivel
nacional de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al
sistema de la Economía Solidaria. (ARTICULO 1. DECRETO 1153 DEL 2001).
• Fondo Nacional de la Economía Solidaria - FONES:
Organismo con personería jurídica, patrimonio propio y naturaleza solidaria
vinculado al Departamento Nacional de la Economía Solidaria convertida a Unidad
Administrativa Especial de la Economía Solidaria y sometida al control, inspección y vigilancia
de la Superintendencia de la Economía Solidaria.
• Mesas Regionales de Educación Solidaria:
La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, promoverá la
realización de Mesas Regionales de Educación Solidaria, como escenarios de participación y
articulación para el diseño de planes, programas y proyectos educativos para el sector solidario.
Podrán participar en las Mesas Regionales de Educación Solidaria: los comités de
educación de las organizaciones solidarias, los organismos de integración de las organizaciones
solidarias, instituciones auxiliares de la economía solidaria, las entidades acreditadas para impartir
educación solidaria, los colegios cooperativos, las instituciones de educación superior que tengan
programas de economía solidaria y representantes de las entidades públicas y del sector educativo.
Las Mesas de Educación Solidaria serán convocadas por la Unidad Administrativa
Especial de Organizaciones Solidarias, cuando se considere necesario.

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Economía solidaria: principios y organización

  • 2. SOCIALIZACIÓN DE CONCEPTOS FUNDAMENTALES 1. Ética, valores y principios 2. Solidaridad 3. Economía 4. Economía solidaria 5. Asociatividad y emprendimiento solidario 6. Organización solidaria 7. Trabajo en equipo 8. Educación solidaria 9. Responsabilidad social 10. Medio ambiente
  • 3. ÉTICA, VALORESY PRINCIPIOS El sector de la economíasolidaria está fundamentado en principios y valores que son el soporte estructural de la sociedad y tiene mayor incidencia en los cambios de la conducta individualista, por nuevas formas de convivencia, tolerancia, ayuda y productividad. Esta se manifiesta a través de organizacionessolidarias, eficientes y profesionales,que persiguen el bienestarde sus asociados,donde el lucro no es el fin, sino el medio para alcanzar el bien de todos los que participan. Este proceso esta cimentado en una ética que va más allá de la pura productividadmaterial, que inspira una forma de saber, de hacer y de saber hacer, y no solo tener. Está fundada en los derechos humanos sin distingo ideológicos, religiosos, éticos, sociales, género o de raza. En otras palabras,la solución para la reconstrucciónde un tejido social equitativo y justo, sólo puede provenirde organizaciones solidarias que buscan soluciones comunitarias,donde se implementenproyectos socio- empresariales,inspirados en la concienciacolectiva, cívica y comprometida con lealtad y pertenencia a una sociedad responsablede su propio bienestar colectivo
  • 4. SOLIDARIDAD: Es el apoyo que se brinda entre personas o una comunidad, donde se unen para el apoyo o la colaboración mutua, permite conseguir los objetivos comunesy a su vez compartir y desarrollarse como organización, región o persona. ECONOMÍA La Economía es una ciencia social que estudia el conjunto de procesos sociales de producción, distribución y consumode los bienes y servicios que demanda una sociedad en un período de tiempo determinado . La evolución de la economía como ciencia social, ha dado lugar al surgimiento de modelos económicos alternativos entre los cuales se encuentra la economía solidaria, a partir de la cual se busca rescatar todas aquellas experiencias que demuestran cómo es posible, producir, distribuir, consumir y acumular con sentido solidario. En cada época, la economía se ocupó de tratar los problemas surgidos a partir de las contradicciones e interrogantes que surgen respecto a los procesos de producción, distribución y consumo de los bienes y servicios que demanda una sociedad. (Herrera Beethoven, 1996). Hoy en día la economía se ha transformado en una ciencia orientada a estudiar asuntos relacionados con el dinero y los precios, olvidando sus raíces humanistas por eso es importante anotar que la economía es mucho más que solo fórmulas matemáticas entender la economía implica tomar decisiones con miras a la satisfacción de las necesidades humanas, donde debe empezar a importarnos los marcos sociales en los que estamos participando.
  • 5. ECONOMÍASOLIDARIA EconomíaSolidaria es el sistema socioeconómico,culturaly ambiental conformadopor el conjuntode fuerzas sociales organizadas en formas asociativas identificadas por prácticas autogestionarias solidarias, democráticas y humanistas, sin ánimo de lucropara el desarrollo integral del ser humano comosujeto, actor y fin de la economía.(Artículo2, Ley 454/98) ASOCIATIVIDADY EMPRENDIMIENTOSOLIDARIO La Asociatividad es un mecanismode cooperación, donde se establecen relacionesy/o se articulan las personas o gruposde personas,en busca de un objetivo o beneficio común El Emprendimientosolidario, es la creatividad del pensar y el sentir, desde donde se generan procesos para la creaciónde bienes sociales,a través del desarrollode proyectossocioeconómicos,que permitan una calidad de vida para la persona y la comunidad, en un ambiente cooperativo, que puede conducira la conformaciónde una organizaciónsolidaria.
  • 6. ORGANIZACIÓNSOLIDARIA Es la forma de una organización formal y no formal, que sin ánimo de lucro busca el beneficio social basando sus prácticas en la solidaridad y la cooperación, como iniciativa de una persona o comunidad. Es importante anotar que una organización formal es reconocida por el Estado como comercial No formal, es todo organización que no ha iniciadosus trámites ante el Estado como organización comercial. TRABAJOENEQUIPO El trabajo en equipo se expresa a través del compañerismo y apoyo mutuo, donde el sentido de pertenencia a la organización se fortalece. Cuanta más unión y compañerismo se practique, mejor trabajarán sus asociados y la gestión será más sostenible y competitiva en el cumplimiento de su misión.
  • 7. RESPONSABILIDADSOCIAL La responsabilidad social es la obligación y el compromiso que los miembros de una determinada comunidad o sociedad, ya sea de manera individual o como parte de un colectivo solidario, tendrán entre sí, así como para con la sociedad o comunidad de donde se habita. Esta responsabilidad es importante que sea promovida desde todos los sectores y niveles del sector de la economía solidaria. La responsabilidad social es un concepto normativo, pero no es obligatorio, es decir, no tiene fuerza de ley, pero a pesar de ello no se puede dejar de observar ya que es indispensable que los ciudadanos tomen una actitud madura y crean conciencia con el ambiente y la sociedad. Así mismo, el cumplimiento de la responsabilidad social genera beneficios para la sociedad y para la propia organización solidaria, ya que aumenta la reputación y prestigio de ésta, fomenta la confianza pública y, mejora la salud de los trabajadores y de los individuosque conforman la sociedad, generando un impacto a nivel de la economía solidaria EDUCACIÓNSOLIDARIA La economía solidaria es una búsqueda permanente de formas alternativas de hacer economía desde la distribución con equidad de los bienes y servicios, la cual se basa en la solidaridad y el trabajo colectivo. El desarrollo de estas actividades productivas se basa en el bien común y la búsqueda permanente de la equidad y el equilibrio con el ambiente, basada en sus principiosde autonomía, igualdad, responsabilidad social corporativa, transparencia y vida comunitaria.
  • 8. MEDIOAMBIENTE La Economía Solidaria desempeñaun papel clave para el desarrollo inclusivo y sostenible del planeta y que permite Facilitarla relación armónica entre el medio ambientey la producción de las empresas solidarias Generar bienes y servicios con respecto al medio ambiente que no impacten negativamente Facilitarla organización comunitaria para el cuidado, protección y recuperacióndel medio ambiente,de nuestros entornos Configurar una cultura ecológica, desde la persona hasta la comunidad
  • 9. CONTEXTO El contexto económico, social, cultural y ambiental
  • 10. De manera permanente se viene planteando desde hace décadas la situación de emergencia en la que nos encontramos, donde la actual crisis no es sólo económica, financiera y social, es además, ambiental. El contexto económico en el que hoy vivimos es profundamente injusto, desigual e insostenible, donde la discriminación entre personas, sexos, etnias y pueblos crece cada día más; el control democrático de las decisiones o el acceso a las tecnologías, al conocimiento y a los servicios sociales básicos, están reservados solo a una parte de la población, no solo en Colombia sino a nivel mundial. De esta manera, la brecha entre personas con ingresos desiguales y entre comunidades ricas y empobrecidas sigue creciendo, la exclusión y la precariedad amenazan amplios sectores sociales, especialmente a mujeres, niños, jóvenes y al adulto mayor. Esta realidad no es justificable ni inevitable, es el reflejo del modelo político, económico, cultural y ambiental imperante que puede y debe ser modificado a través, de la acción colectiva, la construcción de pensamiento social y el desarrollo de prácticas socioeconómicas alternativas. Por ello, la Economía Solidaria es la que aporta una mirada social, unos valores y unas prácticas al servicio de dicha transformación, configurando un movimiento alternativo a nivel mundial y con características propias que se suman al conjunto de organizaciones ciudadanas que, local, regional y globalmente, participan en la construcción de unas sociedades y un mundo más equitativo, humano y sostenible que vivimos:
  • 11. Desde la Economía Solidaria , las necesidades básicas fundamentales no se crean, existen en una comunidad, por lo que el papel que juegan las personas en estos espacios, es el de detectarlas y transformarlas en soluciones colectivas. Las necesidades fundamentales de la comunidad son: la subsistencia (salud, alimentación), la protección (sistemas de seguridad y prevención, vivienda), el afecto (familia, amistades, privacidad,) el entendimiento (educación, comunicación), la participación (derechos, responsabilidades, trabajo), el ocio (juegos, espectáculos) la creación (habilidades, destrezas), la identidad (grupos de referencia, sexualidad, valores), la libertad (igualdad de derechos). Desde esta perspectiva, la economía solidaria permite la construcción de espacios donde los grupos sociales o colectivos se asocien, con el fin de dar solución a las necesidades primarias fundamentales, más aún cuando esto permite constituir organizaciones con una visión de equidad y bien-estar. que va a permitir asegurar el futuro de los grupos sociales y ayuda a la transformación de país. Necesidades del ser humano y sus soluciones:
  • 12. Se debe fomentar una organización solidaria porque es un medio que permite unir esfuerzos para lograr los objetivos de un colectivo social, que tienen intereses y necesidades comunes. Es la forma adecuada de fomentar la solidaridad, la cooperación, la igualdad, la justicia y la ayuda mutua, pilares fundamentales para el desarrollo de toda sociedad, que permite la convivencia, además porque el hombre es un ser social por naturaleza, que necesita interactuar con sus semejantes para lograr sus objetivos, su crecimiento personal, de su grupo familiar y la comunidad de su entorno, buscando mejorar su calidad de vida y contribuyendo al crecimiento de la comunidad a la que pertenece. Es importante anotar que el Estado promueve y apoya el fomento de las organizaciones solidarias, concediendo tratamiento preferencial, como lo contempla nuestra Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 38 que garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las actividades que las personas realizan en sociedad. Así mismo, el artículo 58 establece que: “el Estado protegerá y promoverá las formas asociativas y solidarias de propiedad”. Lo anterior es ratificado en la exposición de motivos de la Ley 454 de 1998, en los siguientes términos: “Como parte de la estrategia social que diseñó el Gobierno. Acorde con los principios de la democracia participativa, se reconoce por primera vez en la historia de los planes de desarrollo del país el papel integrador de la economía solidaria, su capacidad de unir voluntades e intereses económicos 21 y sociales y su potencial para participar, con criterios equitativos, en procesos que conduzcan a mejorar la calidad de vida de los colombianos”. El desarrollo de la Economía Solidaria permite ampliar la base productiva del país y facilitar a los sectores menos favorecidos el acceso a los recursos productivos y sociales, mediante la organización de la propiedad. El fomentar organizaciones solidarias, se logra alcanzar una igualdad social, la satisfacción de las necesidades del asociado y se alcanza un mejor nivel de vida y bien-estar. ¿Por qué y para qué fomentar una organización solidaria?
  • 13. Principios, valores y fines de la Economía Solidaria
  • 14. 1. El ser bueno, su trabajo y mecanismos de cooperación tienen primacía sobre los medios de producción. 2. Espíritu de solidaridad, cooperación, participación y ayuda mutua. 3. Administración democrática, participativa, autogestionaria y emprendedora. 4. Adhesión voluntaria, responsable y abierta. 5. Propiedad asociativa y solidaria sobre los medios de producción. 6. Participación económica de los asociados, en justicia y equidad. 7. Formación e información para sus miembros, de manera permanente, oportuna y progresiva. 8. Autonomía, autodeterminación y autogobierno. 9. Servicio a la comunidad. 10. Integración con otras organizaciones del mismo sector. 11. Promoción de la cultura ecológica. Son principios de la Economía Solidaria:
  • 15. Valores Básicos Éticos 1. Autoayuda o esfuerzo propio: El asociado no puede ser el sujeto pasivo de la acción benéfica de otros, sino el participe activo para el mejoramiento de su propio destino. 2. Responsabilidad propia: Significa asumir las propias responsabilidades en la conducción de las organizaciones de carácter solidario y no delegarlas a personas o personas ajenas. 3. Democracia: Dirección y administración de las organizaciones de carácter solidario en manos de sus asociados con base en la igualdad. 4. Igualdad: Como manifestación de la dignidad de la persona humana por encima de otras consideraciones. 5. Equidad: Característica particular de la justicia que está más allá de formalismos simplistas. 6. Solidaridad: Característica sobresaliente del modelo solidario, que se manifiesta cuando los esfuerzos individuales hacia el objetivo común se entrelazan estrechamente para configurar un esfuerzo colectivo que supone la participación de todos. 1. Honestidad y transparencia: Conceptos que vinculan convicciones y actividades relacionadas con honradez, decencia, franqueza, aplicadas a las organizaciones solidarias en los diferentes procesos y actividades conducentes al cumplimiento del objeto social. 2. Responsabilidad y vocación social: Valores que hacen referencia a la presencia activa de las organizaciones de economía solidaria y sus asociados, en las comunidades donde actúa con el fin de contribuir a su mejoramiento integral o desarrollo humano sostenible.
  • 16. La Economía solidaria tiene como fines principales: 1. Promover el desarrollo integral del ser humano. 2. Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamiento solidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para alcanzar el desarrollo y la paz de los pueblos. 3. Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa. 4. Participar en el diseño y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y social. 5. Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo, la propiedad, la información, la gestión y distribución equitativa de beneficios sin discriminación alguna. Fines de la Economía Solidaria.
  • 17. Como todo proceso socio económico, el sector solidario es regido por un marco normativo, que data desde 1988, como se cita a continuación: Ley 79 de 1988. Dota al sector cooperativo de un marco normativo para su desarrollo, como parte fundamental de la economía nacional. Decreto 1333 de 1989 Establece el régimen de constitución, reconocimiento y funcionamiento de las precooperativas Decreto 1480 de 1989 Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad sanciones, y se dictan medidas para el fomento de las asociaciones mutualistas. Decreto 1481 de 1989 Determina la naturaleza, características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de los fondos de empleados Decreto 1482 de 1989 Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad y sanciones y se dictan medidas para el fomento de las empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas. Ley 454 de 1998 Determina el marco conceptual que regula la economía solidaria, se transforma el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas en el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, se crea la Superintendencia de la Economía Solidaria, se crea el Fondo de Garantías para las Cooperativas Financieras y de Ahorro y Crédito, se dictan normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y se expiden otras disposiciones. Marco normativo general de la economía solidaria en Colombia:
  • 18. Directiva No. 31 de 2000. Dota a las organizaciones que conforman el sistema de la Economía Solidaria, de directrices específicas, para el desarrollo de los programas educativos que deben adelantar, orientando el uso adecuado de los fondos de educación Decreto 1153 de 2001 Por medio del cual se reglamenta la Ley 454 de 1998 en lo relativo a la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de la Economía Solidaria, Cones. Decreto 2350 20 08 2003 Reglamenta la Ley 743 de 2002 - Por el cual el Gobierno Nacional reglamenta aspectos esenciales para el buen desenvolvimiento de la organización comunal yla consecución de sus objetivos Decreto 4290 de 2005. Por el cual se reglamenta la Ley 720 de 2001 Decreto 4588 de 2006 Reglamenta la organización y funcionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociado Decreto 3553 de 2008 Reglamenta la Ley 1233 de 2008 Ley 1391 de 2010 Reforma la norma rectora de la forma asociativa conocida como Fondos de Empleados para adecuarla a las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales que determinan el quehacer de estas empresas. Decreto - 4122 de 2011 - Por el cual se transforma el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria -DANSOCIAL en una Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, se fija su objetivo y estructura. Decreto 1714 de 2012. Por medio del cual se reglamenta la Ley 454 de 1998 en lo referente al Consejo Nacional de la Economía Solidaria (CONES). Marco normativo general de la economía solidaria en Colombia:
  • 20. Existen dos formas de desarrollar la solidaridad: 1. La primera cuando nos unimos para crear un beneficio mutuo, generar ingresos en colectivo y mejorar la calidad de vida, lo hacemos a través de las Organizaciones de Economía Solidaria. 2. La segunda, cuando trabajamos en equipo para ayudar a otras personas o grupos sociales, a superar sus necesidades, lo realizamos a través de Organizaciones Solidarias de Desarrollo. Tipos de organizaciones de economía solidaria y solidaria de desarrollo
  • 21. Las Organizaciones de Economía Solidaria: Cooperativas. Son Empresa asociativas, sin ánimo de lucro, donde los asociados, según el caso, son aportantes y gestores de la empresa, es creada con el objeto de producir o distribuir conjunta y eficientemente bienes o servicios, para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general. Las cooperativas se dividen de acuerdo al desarrollo de sus actividades así: ▪ Cooperativas especializadas. Atienden una necesidad específica, a una sola clase de actividad económica, social y cultural ▪ Cooperativas integrales. En el desarrollo de su objeto social, realizan dos o más actividades complementarias entre sí en la generación de un bien o servicio. ▪ Cooperativas multiactivas. Atienden varias necesidades de servicios en una sola entidad. ▪ Precooperativas. Se organizan para realizar actividades permitidas a las cooperativas y por carecer de capacidad económica, o educativa, o administrativa, no están en posibilidad de organizarse como cooperativas. ▪ Cooperativas de trabajo asociado. Asocian personas naturales que son gestoras y aportantes directos de su capacidad de trabajo, con el fin de producir en común para satisfacer sus necesidades, el vínculo de asociación se determina por el saber hacer intelectual o material de sus asociado ▪ Fondos de empleados. Son organizaciones de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituidas por trabajadores dependientes, trabajadores asociados o por servidores públicos que ofrecen servicios. ▪ Asociaciones mutuales. Son organizaciones privadas sin ánimo de lucro que están constituidas por personas naturales para fomentar la ayuda recíproca entre sus miembros, satisfaciendo sus necesidades mediante la prestación de servicios que contribuyan al mejoramiento de su calidad de vida. ▪ Entidades auxiliares de la Economía Solidaria. Tiene por finalidad realizar actividades para fortalecer el sector solidario. Están constituidas bien sea por organizaciones de la economía solidaria o por personas naturales para realizar actividades orientadas al desarrollo del sector solidario. Desarrollan su actividad económica en beneficio de sus propios asociados y son:
  • 22. Las Organizaciones Solidarias de Desarrollo, ejercen su actividad en beneficio de terceros, son: Corporaciones o asociaciones. Tiene personería jurídica, surge de un acuerdo de voluntades vinculadas mediante aportes en dinero, especie o actividad, con un fin de beneficio social, su régimen estatutario se deriva de la voluntad de sus miembros. Fundaciones. Nacen de la voluntad de una o varias personas naturales o jurídicas, su finalidad es propender por el bienestar común bien sea de un servicio o grupo en particular, sus acciones tienen un impacto positivo para toda la comunidad. Grupos de voluntariado. Es una fuerza cívica, que tiene por finalidad desarrollar planes, programas, proyectos de interés general implementados por personas naturales o jurídicas, que ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntariado. Organizaciones de voluntariado. • ODV Las que con personería jurídica y sin ánimo de lucro tienen por finalidad desarrollar planes, programas, proyectos y actividad de voluntarios con la participación de voluntarios (Ley 7820 de 2001) • Entidades con acción voluntaria ECAV son aquellas que sin tener finalidad el voluntariado realizan acción voluntaria.
  • 23. Antecedentes históricos de la organización solidaria objeto del curso: Como principal hecho, con el cual se inicia la historia del cooperativismo moderno, se destaca la constitución de la cooperativa de Los probos pioneros de Rochdale, que se concretó un 21 de diciembre de 1844. Esto no significa, que antes de esta fecha no hubieren existido organizaciones de este tipo. Lo relevante es su pronta desaparición ante la falta de una buena organización y unos sólidos principios, como los propuestos en Rochdale. En nuestro medio se destacan las experiencias y formas de organización social, cultural y económica que tuvieron las comunidades indígenas, en especial los chibchas o muiscas, como: • MINGA: Fue una organización de trabajo colectivo para construir obras o realizar labores agrícolas que benefician a toda la comunidad, que hoy en día existe. • CONVITE: Es un sistema donde todos participan en trabajo en una obra para el beneficio de uno de los miembros del grupo. • MANO PRESTADA: Es el trabajo del grupo o de uno de los miembros del grupo en la tierra de uno de ellos, que luego este retribuirá con trabajo en la tierra de otro. • FAEBA: Es un sistema para realizar obras de beneficio común, en el que cada miembro de la comunidad aporta jornadas de trabajo de medio día. • WAKI: Es una organización colectiva del trabajo para cultivar la tierra en la que se utilizan semillas de propiedad común y se divide la cosecha por surcos. • AYNI: Es el sistema de préstamos pactados para mutuo beneficio de jornadas de trabajo agrícola, la que se cancelan en posteriores oportunidades. • PASANACU: Es un fondo comunitario al que sus miembros hacen aportes iguales, se utiliza para atender calamidades familiares graves. Así mismo es importante anotar que la Iglesia jugó un papel preponderante en la implementación de las llamadas sociedades mutuarias, que se originaron en 1864 con la fundación en Bogotá de la Sociedad Caridad.
  • 24. Características económicas, sociales y culturales de la organización solidaria: Las características de las organizaciones de economía solidaria, conformada por personas jurídicas organizadas para realizar actividades sin ánimo de lucro, en las cuales los trabajadores, son simultáneamente sus aportantes y gestores, creadas con el objeto de producir, distribuir y consumir conjunta y eficientemente, bienes y servicios para satisfacer las necesidades de sus miembros y al desarrollo de obras de servicio a la comunidad en general, observando en su funcionamiento las siguientes características: 1. Estar organizada como empresa que contemple en su objeto social, el ejercicio de una actividad socioeconómica, tendiente a satisfacer necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario. 2. Tener establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en la presente Ley. 3. Tener incluido en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro, movida por la solidaridad, el servicio social o comunitario. 4. Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes. 5. Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles, debidamente pagados durante su existencia. 6. Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano.
  • 25. Estructura interna organizativa básica (dirección, control y comités de apoyo): Toda organización, más aún en el contexto de la economía solidaria, cuenta con una estructura interna básica, donde se establecen los procesos de dirección, administrativos, control y asesoría, los cuales permiten dar un orden a su gobierno, con funciones muy específicas a desarrollar en cada dependencia. La estructura organizacional garantiza el cumplimiento de los objetivos establecidos en la búsqueda de la equidad y la satisfacción de sus necesidades, que depende del tipo de organización solidaria que se conforme sin embargo, en lo general se apuesta con la siguiente división básica; 1. Una asamblea general. 2. Un consejo de administración, junta directiva o comité de administración. Esta se da de acuerdo al tipo de organizaciones solidaria. 3. Una gerencia, dirección ejecutiva o la representación legal. Que se elige al interior de la junta directiva para que gerencie o dirija la organización el representante legal. 4. Una junta de vigilancia o comité de control social, que vela por que se cumpla con lo estipulado en los estatutos, reglamentos o normas de la organización solidaria. 5. Una revisoría fiscal. La revisoría fiscal es una instancia de control de la organización, responsable especialmente de los aspectos económicos, contables y financieros. 6. Comité de asesoría. Estos comités constituyen importantes canales de participación, de apoyo a las labores del consejo de administración en la organización de economía solidaria
  • 26. Una vez se estructura la organización, la cual se visualiza a través del organigrama, se inicia el proceso administrativo al interior de las organizaciones solidarias, que se fundamenta en: • La Dirección, está bajo la responsabilidad de la Asamblea General • La Administración, está a cargo del Consejo de Administración, que es apoyo por entes o Comités Asesores. • El Control, el cual está a cargo de la Junta de Vigilancia y de la Revisoría Fiscal. • Los Comités de Apoyo. Son importantes canales de participación de los asociados, de apoyo a las labores del Consejo de Administración en las organizaciones de economía solidaria. • Uno de los elementos más importante de estos Comités, es el aporte de conocimientos y habilidades para el beneficio colectivo, están reglamentados e integrados por el Consejo de Administración, para periodos que establece el mismo reglamento • Comité de educación. Constituyen importantes canales de participación, de apoyo a las labores del Consejo de Administración en la organización de economía solidaria, velan por la actualización y formación. • Comités de asesoría. Realizan de manera permanente actividades que tiendan a la formación en los principios, métodos y características de la economía solidaria. • Comité de solidaridad. Es un organismo asesor del Consejo de Administración o Junta Directiva.
  • 27. Marco jurídico aplicable al tipo de organización: ORGANIZACIONES DE ECONOMÍA SOLIDARIA Cooperativas • Constitución de 1991, artículos 26, 38 y 39. Las profesiones legalmente reconocidas se puede organizarse en colegios. Se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de actividades que las personas realizan en sociedad. Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del estado. • Ley 79 de 1988. Cooperativas. Dotar al sector cooperativo de un marco propicio para su desarrollo. • Decreto 1482 de 1989. F.A.P. Cooperativas. Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes interno, de responsabilidad y sanciones de Administraciones Públicas • Cooperativas. Ley 454 de 1998. Regulación de la economía solidaria. • Circular 8 del 11 de octubre de 2011. Sistema de administración de riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo. • Decreto 2150 95. Artículos 143 a 148. Estructuración y legalización ante cámara de comercio (procedimiento y requisitos.) • Cooperativas especializadas. Ley 79 de 1988. Dota al sector cooperativo de un marco normativo para su desarrollo, como parte fundamental de la economía nacional. • Decreto 1333 de 1989.Por el cual se establece el régimen de constitución, reconocimiento y funcionamiento de las precooperativas • Cooperativas integrales. L 79 88 Artículos 64 y 65. L 454 98 Artículos 34, 35 numeral 23 39, 42, 44 a 51 y 56 la Súper Intendencia Bancaria inspecciona, controla y vigila toda la actividad financiera de las cooperativas Multiactivas e integrales. • D 2150 95 Artículos del 143 al 148, su constitución y legalización se rige por el régimen previsto de entidades privadas sin ánimo de lucro. • D 427 96 Regula la inscripción y registro ante las Cámaras de Comercio. • Cooperativas multiactivas. Decreto 962 del 5 de junio de 2018, relativo a normas de buen gobierno aplicables a las cooperativas de ahorro y crédito, a las multiactivas y a las integrales con sección de ahorro y crédito, así como a los fondos de empleados de categoría plena.
  • 28. Marco jurídico aplicable al tipo de organización: De acuerdo con el decreto, los fondos de empleados de categoría básica e intermedia, las asociaciones mutuales, los organismos de segundo y tercer grado y las instituciones auxiliares del cooperativismo que agrupen o sean creadas por las organizaciones antes mencionadas, adoptarán facultativamente las disposiciones sobre buen gobierno allí previstas. • Precooperativas. D 1333 89 Por el cual se establece el régimen de constitución, reconocimiento y funcionamiento de las precooperativas • Cooperativas de trabajo asociado. Constitución de 1991, artículos 26, 38 y 39. • Decreto 4588 de 2006. Reglamenta la organización y funcionamiento de las Cooperativas y Precooperativas de Trabajo Asociados • Fondos de empleados. D 1481 89 Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad y sanciones, y se dictan medidas para el fomento de los fondos de empleados. Ley 1391 10. Determinan el quehacer de estas empresas Fondos de Empleados para adecuarlas a las condiciones sociales, económicas, políticas y culturales • Asociaciones mutuales Decreto 1480 de 1989 Por el cual se determinan la naturaleza, características, constitución, regímenes internos, de responsabilidad sanciones, y se dictan medidas para el fomento de las asociaciones mutualistas. • Entidades auxiliares de la Economía Solidaria Ley 79 de 1988. Cooperativas. Dota al sector cooperativo de un marco normativo para su desarrollo, como parte fundamental de la economía nacional. • Ley 454 de 1998. Ley 454 de 1998. Regulación de la economía solidaria. Circular 8 del 11 de octubre de 2011.
  • 29. Organizaciones solidarias de desarrollo Corporaciones o asociaciones. La corporación y la asociación se rigen por el código civil, artículo 633, aplicable a todas las organizaciones del sector solidario se llama persona jurídica, una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles, y de ser representada judicial y extrajudicialmente. Las personas jurídicas son de dos especies corporaciones y fundaciones de beneficencia pública. • La ley 80 de 1993, Tiene por objeto disponer las reglas y principios que rigen los contratos de las entidades estatales. • la ley 22 de 1987, reconoce y cancela la personería jurídica a las Asociaciones, Corporaciones, Fundaciones e Instituciones de utilidad común, que tengan su domicilio en el departamento de Cundinamarca, y en el Distrito Especial de Bogotá, respectivamente, cuya tramitación se venía adelantando ante el Ministerio de Justicia. • la ley 52 de 1990, Por la cual se establece la estructura orgánica Marco del Ministerio de Gobierno se determinan las funciones de sus dependencias y las unidades administrativas especiales que le están adscritas. • los decretos 1407 91, Reglamenta el reconocimiento, suspensión y cancelación de personería jurídica a las funciones y corporaciones de carácter nacional, regional y local que desarrollen actividades relacionadas con las comunidades indígenas. • Decreto 2035 91, Por el cual se establece la estructura interna del Ministerio de Gobierno, se determinan sus funciones y se dictan unas disposiciones complementarias al efecto ( Juntas de Acción Comunal, Asuntos Indígenas). • Decreto distrital 091 87 y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.
  • 30. Fundaciones. L 93 38 Sobre vigilancia de instituciones de utilidad Común. ▪ D 1318 88. Min Justicia, Por el cual se delega en los Gobernadores de los Departamentos y en el Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá, la función de ejercer la inspección y vigilancia sobre las Instituciones de Utilidad Común. ▪ D 1529 90 Min Justicia y Min Gobierno Por el cual se reglamenta el reconocimiento y cancelación de personerías jurídicas de asociaciones o corporaciones y fundaciones o instituciones de utilidad común, en los departamentos. ▪ D 525 90 MinJusticia y MinEducación Inspección y vigilancia de los Institutos docentes públicos y privados. ▪ D 059 91 Alcaldía Bogotá Por el cual se dictan normas sobre trámites y actuaciones relacionados con la personería jurídica de entidades sin ánimo de lucro y con el cumplimiento de las funciones de inspección y vigilancia sobre instituciones de utilidad común. Grupos de voluntariado * Organizaciones de voluntariado. ODV * Entidades con acción voluntaria ECAV ▪ Ley 720 2001 Ley que promueve, reconoce y facilita la Acción Voluntaria como expresión de la participación ciudadana, el ejercicio de la solidaridad, la corresponsabilidad social, reglamentar la acción de los voluntarios en las entidades públicas o privadas y regular sus relaciones. ▪ Decreto 4290 05 Promoción al desarrollo del voluntariado en Colombia. La entidad del Estado responsable de fomentar esta labor será el Departamento Administrativo Nacional de la Economía Solidaria, UAEOS
  • 31. Fundamentos administrativos de la organización: La gestión de una organización solidaria para logar el cumplimiento de su objeto social, debe tener en cuenta el proceso administrativo que básicamente costa de cuatro etapas 1. Planeación es el primer momento del proceso administrativo que responde a tres preguntas ¿dónde estamos? (diagnóstico) ¿a dónde queremos ir? (visión) y ¿cómo hacerlo? (estrategia). 2. Organización Segundo momento del proceso administrativo donde se establece la estructura orgánica, se definen procesos, se construyen manuales de funciones y procedimientos. 3. Dirección Es la toma de decisiones gestión del talento humano y coordinación con liderazgo, los procesos y los equipos de trabajo bajo su responsabilidad, mediante su convicción de la doctrina solidaria, y conciencia de responsabilidad compartida con los demás miembros del equipo. En las organizaciones solidarias es clave la autogestión para optimizar los resultados en beneficio de todos los integrantes de la comunidad asociada. 4. Control Es la fase que contrasta lo planeado con lo ejecutado, consiste en la validación del correcto desempeño por parte de todos los componentes de la organización. En casos necesarios, advertir sobre las desviaciones y sugerir acciones correctivas. En las organizaciones solidarias el control social y el seguimiento el cual es ejercido por órganos de vigilancia integrados por asociados y el control económico, contable y financiero, por la revisoría fiscal. Ambos órganos reportan informes a la Asamblea.
  • 32. Orientación para la elaboración de estatutos, reglamentos y legalización de la organización: Los estatutos de una Organización Solidaria deben contener, como mínimo • El nombre, identificación y domicilio de los constituyentes y o fundadores • El nombre de la Organización Solidaria. También puede tener sigla. El nombre debe tener una relación directa con el objeto social que determina. • La clase de persona jurídica (Indicar que es una entidad sin ánimo de lucro del tipo economía solidaria y solidaria de desarrollo) El Domicilio principal (la ciudad o municipio donde va a desarrollar su objeto social) • Los órganos de administración, indicando su composición, designación, funciones, quórum deliberatorio y decisorio y las facultades del representante legal. (Normalmente son la Asamblea de asociados,, la Junta Directiva, el Representante Legal). • Los derechos, deberes y prohibiciones de los asociados y las condiciones para su admisión, retiro y suspensión • La periodicidad de las reuniones ordinarias y los casos en los cuales se convoca a reuniones extraordinarias. (Indicando quién convoca, cómo convoca y cuándo convoca). • El patrimonio y la indicación de su conformación, administración y manejo. • Las facultades y obligaciones del Revisor Fiscal (es opcional para las asociaciones). • Las facultades y obligaciones del Fiscal (es obligatorio para las Asociaciones). • Las causales de disolución y la forma de hacer la liquidación, indicando la destinación del remanente a una entidad de utilidad común o sin de ánimo de lucro, que persiga fines similares. Una vez elaborada el Acta de Constitución y los estatutos, presente para registro en la Cámara de Comercio una copia auténtica o copia secretarial del Acta de Constitución junto con los estatutos de su entidad.
  • 33. Luego de registrada la entidad sin ánimo de lucro en la Cámara de Comercio, no olvide enviar una copia autenticada del acta de constitución, los estatutos y un original del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, a la entidad gubernamental que ejercerá inspección, control y vigilancia. Tener en cuenta los lineamientos contemplados en la Cartilla ABC del Sector Solidario, de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, páginas 10,11 y12. (https www.orgsolidarias.gov.co sites default files archivos ABC%20Sector%20Solidario.pdf) AUTORIDAD: Competencia para tomar ciertas decisiones y para imponerlas a sus subordinados y, a veces, a los que se encuentran fuera del ámbito de mando a través de la proyección funcional, cual sucede con el jefe de personal. ORGANIZACIÓN: Estructura del departamento o servicio correspondiente. RELACIONES: Causas que indican su posibilidad de relacionarse con otros departamentos y niveles de la empresa.
  • 34. ENTES DE CONTROL Y APOYO
  • 35. Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias: La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias -UAEOS- es la entidad del Estado, adscrita al Ministerio del Trabajo, con personería jurídica del sector descentralizado, tiene como tarea el fomento y el fortalecimiento de las organizaciones solidarias en Colombia (cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales, fundaciones, asociaciones, corporaciones, organismos comunales y grupos de voluntariado), como parte fundamental de los cuatro ejes de la nueva organización del Estado a saber, competitividad, política social, inclusión social y reconciliación, eficiencia y buen gobierno. Este compromiso contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 “Todos por un nuevo país”, las Organizaciones Solidarias, garantizará el desarrollo de la asociatividad en Colombia, con lo que aportará al cumplimiento de las metas de Colombia en paz, mas educada, equitativa y sin pobreza y dentro del marco de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Es lo referente a la estructura organizacional de la UAEOS, esta conformada por: ▪ Despacho del director ▪ Oficina Asesora Jurídica (nivel staff) ▪ Oficina de Modelo integrado de planeación y gestión (nivel staff) ▪ Despacho del Subdirector ▪ Dirección de investigación y planeación ▪ Dirección de Desarrollo de las Organizaciones Solidarias Entes de control y apoyo
  • 36. • Superintendencia de la Economía Solidaria: La Superintendencia de Economía Solidaria es un organismo técnico del Estado encargado de supervisar la naturaleza jurídica y la actividad de las empresas de la economía solidaria que se encuentran sometidas a su supervisión, vigilancia y control. Trabajan en búsqueda de la protección de los intereses de los asociados y de la comunidad, para generar confianza y fortalecer al sector como alternativa de desarrollo social y económico del país. Tiene por objeto la supervisión sobre la actividad financiera del cooperativismo y sobre los servicios de ahorro y crédito de los fondos de empleados y asociaciones mutualistas y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados de los asociados por parte de las organizaciones de la economía solidaria. Los colectivos y consumidores de este sector tienen derecho a que se les protejan sus intereses como asociados de las organizaciones solidarias, las cuales corresponden entre otras a cooperativas de ahorro y crédito, fondos de empleados y asociaciones mutuales. • Fondo de Garantías Cooperativas - FOGACOOP: El Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas – FOGACOOP es la entidad encargada de proteger la confianza de los ahorradores y depositantes de las cooperativas inscritas, por medio del Seguro para su Ahorro. A través del Seguro para su Ahorro, FOGACOOP le garantiza su dinero ahorrado en las cooperativas inscritas al Fondo, en caso que éstas no le puedan responder. Con el Seguro para su Ahorro de FOGACOOP los depositantes y ahorradores de las cooperativas inscritas al Fondo pueden ahorrar con tranquilidad y confianza porque el Estado colombiano, a través de FOGACOOP, los acompaña. Además el Seguro para su Ahorro es totalmente gratuito para los ahorradores de las cooperativas inscritas a FOGACOOP sean personas naturales o jurídicas.
  • 37. • Consejo Nacional de la Economía Solidaria - CONES: El Consejo Nacional de la Economía Solidaria, Cones, es un organismo de apoyo de la Economía Solidaria y consultivo del Gobierno en la formulación y coordinación a nivel nacional de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al sistema de la Economía Solidaria. (ARTICULO 1. DECRETO 1153 DEL 2001). • Fondo Nacional de la Economía Solidaria - FONES: Organismo con personería jurídica, patrimonio propio y naturaleza solidaria vinculado al Departamento Nacional de la Economía Solidaria convertida a Unidad Administrativa Especial de la Economía Solidaria y sometida al control, inspección y vigilancia de la Superintendencia de la Economía Solidaria. • Mesas Regionales de Educación Solidaria: La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, promoverá la realización de Mesas Regionales de Educación Solidaria, como escenarios de participación y articulación para el diseño de planes, programas y proyectos educativos para el sector solidario. Podrán participar en las Mesas Regionales de Educación Solidaria: los comités de educación de las organizaciones solidarias, los organismos de integración de las organizaciones solidarias, instituciones auxiliares de la economía solidaria, las entidades acreditadas para impartir educación solidaria, los colegios cooperativos, las instituciones de educación superior que tengan programas de economía solidaria y representantes de las entidades públicas y del sector educativo. Las Mesas de Educación Solidaria serán convocadas por la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, cuando se considere necesario.