El documento trata sobre el desarrollo sostenible. Explica que el desarrollo sostenible satisface las necesidades del presente sin comprometer las capacidades de las futuras generaciones. Se compone de tres dimensiones: social, económica y medioambiental. Además, propone principios básicos como no exceder la tasa de explotación de recursos renovables o no renovables por encima de su capacidad de regeneración o sustitución.
1. EL DESARROLLO
SOSTENIBLE
La tierra provee lo suficiente para satisfacer las necesidades
de cada hombre, pero no la avaricia de cada hombre.
Mahatma Gandhi.
2. EL DESARROLLO
SOSTENIBLE
El desarrollo
sostenible es aquel
que “satisface las
necesidades del
presente sin
comprometer la
capacidad de las
generaciones futuras
para satisfacer sus
propias necesidades”
(CMMAD 1991).
4. El proceso de transición
hacia un desarrollo
sostenible exige un esfuerzo
de cada país en esta
dirección, con un pacto
entre el gobierno y la
sociedad basado en la
democracia, respetando y
beneficiándose de la
diversidad social, étnica y
cultural, y del compromiso
con la ética la transparencia
y la paz.
DIMENSIÓN SOCIAL
6. PRINCIPIOS BÁSICOS QUE PROPONE LA ECONOMÍA DEL
DESARROLLO SOSTENIBLE
El ritmo o tasa de explotación de los recursos
naturales renovables no puede exceder a la
tasa de regeneración y su uso debe ajustarse a
la capacidad regenerativa del ecosistema
suministrador.
El ritmo o tasa de emisión de residuos contaminantes
no puede exceder a la capacidad de asimilación de los
ecosistemas naturales (reciclado, absorción o
esterilización por el medio ambiente), ni tampoco
disminuir irreversiblemente la capacidad de suministro
de servicios ambientales de tales ecosistemas.
El ritmo o tasa de explotación de los recursos
naturales no renovables no debería exceder a la
correspondiente tasa de creación de sustitutos
renovables (compensación del agotamiento con
alternativas renovables).
7. EL VALOR DEL MEDIO AMBIENTE
Funciones de uso
indirecto: Beneficios
funcionales que brinda el
medio ambiente y que no
se pueden apreciar de
manera tangible (funciones
ecológicas, regulación de
las tormentas, protección
contra crecidas).
Valor de existencia: Valor
derivado del
conocimiento de la
existencia permanente
basado, por ejemplo, en
convicciones morales
(hábitats en peligro de
extinción, diversidad
biológica, especies
amenazadas).
Valor de opción: Valor
de uso directo e
indirecto en el futuro
(espaciamiento,
hábitats protegidos,
biodiversidad).
Funciones de uso
directo: Productos que
se pueden consumir
directamente
(alimentos, biomasa,
salud, especies) o
utilizar de forma
tangible (bosques,
suelo).
8. Los recursos naturales: ¿Los aprovechamos
responsablemente?
Los recursos naturales son
Patrimonio de la Nación, solo
por derecho otorgado de
acuerdo a la ley y al debido
procedimiento pueden
aprovecharse los frutos o
productos de los mismos,
salvo las excepciones de ley. El
Estado es competente para
ejercer funciones legislativas,
ejecutivas y jurisdiccionales
respecto de los recursos
naturales.
9. Ley general del medio ambiente
Artículo 91.- Del recurso suelo El Estado es responsable de
promover y regular el uso sostenible del recurso suelo,
buscando prevenir o reducir su pérdida y deterioro por
erosión o contaminación.