EL INTERÉS LEGÍTIMO DE LA REVISIÓN DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS CONTRARIOS A ...
Derecho civil
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
Autor (a): Ángela Pérez
C.I N° V- 20.464767
Barquisimeto, Agosto de 2018
2. “Derecho Civil”
El concepto de lo que es el “Derecho Civil”, funciona en ocasiones, a modo de sinónimo
alternativo del significado de “Derecho”, como un todo, sea “Objetivo o Subjetivo”. A lo largo del
transcurrir en el tiempo, diversidad de autores van mas allá, cuando han catalogado y dado a
entender al “Derecho Civil” como un igual o variante del “Derecho Privado”, basándose en “la
relación existente entre las personas que acuden a estos, en busca de una solución a las
problemáticas”. Finalmente y del mismo modo existen, otros sentidos o acepciones dados al
significado del Derecho, como los siguientes:
.
Derecho Objetivo:
Está conformada por el conjunto de normativas de la
conducta que rigen a cada ser. Subdividido en: Derecho
Objetivo Natural, que son las pautas que rigen la
naturaleza de las cosas y el Derecho Objetivo Positivo,
basado en los patrones regulativos emanados de la
autoridad.
Derecho Subjetivo:
Es la facultad que posee cada
individuo dentro de la sociedad
3. Las Ramas del Derecho Civil:
El Derecho de las Personas (Personas): que estudia las condiciones, de la
personalidad Jurídica, como a las personas consideradas en si misma
Derechos Reales: estudia las cosas y los bienes así como los Derechos
que existen sobre ellos.
Derechos de Obligaciones: ilustra los Derechos de Crédito o
Personales.
Derecho de Familia: estudia los estados familiares y las relaciones
personales y patrimoniales que derivan de los mismos.
Derecho Hereditario: estudia el destino de los elementos del
patrimonio de una persona que deja al morir.
4. DerechoCivilyelCódigoCivil.
"El Derecho Civil es el Derecho Privado que se aplica a todas las personas, cosas o relaciones en
defecto de normas de una rama especial que dispongan lo contrario" - Aguilar Gorrondona-
"Es el conjunto de normas reguladoras de las relaciones ordinarias y más generales de la vida en
que el hombre se manifiesta como tal" -Gustavo Contreras-
Lacodificación
Codificación significa acción y efecto de codificar o sea formar un cuerpo de leyes metódico y
sistemático. Es la tendencia a reunir en códigos las legislaciones de diferentes ramas del derecho;
es la reunión de las leyes de un estado, relativas a una rama jurídica determinada, en un cuerpo
orgánico, sistemático y con unidad científica. Es un sistema legislativo mediante el cual el derecho
positivo de un pueblo se organiza y distribuye en forma regular.
5. DerechoCivilyelCódigocivilvigente.
Códigos Civiles Venezolanos.
El Congreso de Colombia de 1825 decretó que las leyes españolas seguirían vigentes en el país, en todo en
cuanto no se opusieran al nuevo Estado y que el orden con lo que debían observarse esas leyes era la
siguiente:
•Las pragmáticas
•La recopilación de Indias
•La nueva recopilación de Castilla
•Las 7 partida
En 1853 el congreso accedió a la solicitud del Dr. Julián Viso de que se le concediera ayuda económica "en la
empresa de redactar" los Códigos Civil y Penal y sus respectivos procedimientos. Al año siguiente Viso
presentó un proyecto de Código Civil que no llegó a ser considerado por el Congreso.
6. Estructura del Código Civil Venezolano Vigente.
El Código Civil actual Venezolano
es el código civil del 42 con
reforma del 82, es un todo
orgánico, es decir que las
disposiciones contenidas en este
código son de sentido orgánico
coherentes y correlativos como
todo documento codificado está
dividido en secciones y libros.
La estructura material del
Código Civil: Un titulo
preliminar que contiene
disposiciones básicas y
fundamentales lo que se
inicia como es natural con
el artículo 4 y concluye
con el artículo 14.
Desde el artículo 15 se
inicia el titulo I
del Libro Primero del
código Civil. Se refiere a la
jurisdicción especial, ese
primer libro es
fundamental dentro de la
organización de
la sociedad Venezolana en
materia de personas.A partir del artículo 525
se inicia el libro segundo
que se denomina de los
bienes de la propiedad y
sus modificaciones, la
doctrina lo llama de los
bienes y de las cosas,
inicia en el artículo 525 y
concluye en el 795.
Luego en el artículo 796
se inicia el tercer libro, el
titular se denomina de las
materias de adquirir y
trasmitir la propiedad y
demás derechos, allí están
constituidas las
disposiciones relativas a
los principales Derecho
Reales fundamentalmente
el Derecho de Propiedad.
Este es el libro final y
concluye en el artículo
1.987.
A partir del artículo 1988 hasta
el artículo 1993 encontramos
las disposiciones transitorias
que fueron previstas por el
legislador Venezolano en el
orden del modos operandi.
Luego encontramos dos
disposiciones finales en los
artículos 1994 y 1945; las
disposiciones finales se refiere
a la oportunidad que empieza
a seguir el código actual.
Este todo orgánico que nos rige y que es
de capital importancia para vigencia del Derecho
Venezolano, promulgado por el Congreso de la
República en la oportunidad correspondiente que es
indicada, se inicia con el titulo preliminar y siguen
sucesivamente tres libros con el orden de materia que
se ha señalado libro primero, libro segundo y libro