MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
Fundamentos Administrativos
1. El Principio nº 1 de la “Declaración de Estocolmo” de la
“Conferencia Mundial sobre el Medio Ambiente” más
conocida como “Conferencia de Estocolmo”
“El hombre tiene el derecho fundamental a la libertad, a la
igualdad, y al disfrute de condiciones de vida adecuadas
en un medio de calidad tal que permita llevar una vida
digna y gozar de bienestar y tiene la solemne obligación
de proteger y mejorar el medio para las generaciones
futuras”.
2. El 6 de diciembre de 1978, con la aprobación la Constitución Española,
que en su articulo 45 dice:
“1.- Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio
ambiente adecuado para el desarrollo de la persona
así como el deber de conservarlo;
2.- Los poderes públicos velaran por la utilización racional
de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y
mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el
medio ambiente, apoyándose en la indispensable
solidaridad colectiva;
3.- Para quienes violen lo dispuesto en el apartado
anterior, en los términos que la ley fije se establecerán
sanciones penales o, en su caso, administrativas, así
como la obligación de reparar el daño causado”.
3. Nace en 1987, en la Asamblea General de las Naciones Unidas, el
conocido “Principio de Desarrollo Sostenible”, que fue introducido
por el Informe “Nuestro Futuro Común” más conocido por todos
como “Informe Brundtland” en honor a la Ministra Noruega (Gro
Harlen Brundtland), y que define el desarrollo sostenible como:
“El desarrollo que satisface las necesidades del presente
sin poner en peligro la capacidad de las generaciones
futuras para satisfacer sus propias necesidades”.
4. En junio de 1992, en la ciudad de Río de Janeiro, donde se celebro la
“Conferencia de la Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y
Desarrollo”, más conocida como “Conferencia de Río de Janeiro”, o
también como “Cumbre de Río o de la Tierra”
4.1.- La Declaración de Río de Janeiro sobre el medio ambiente y el desarrollo.
4.2.- La Agenda 21, se define como
“un instrumento no vinculante, que tiene un programa de
acción con la finalidad de que los poderes públicos adopten
un plan integrado de desarrollo social, económico y
medioambiental para el logro del desarrollo sostenible”.
4.3.- El Convenio sobre la Diversidad Biológica, cuyo objetivo es:
“La conservación de la diversidad biológica, la utilización
sostenible de sus componentes y la participación justa y
equitativa en los beneficios que se deriven de la utilización de los
recursos genéticos”.
5. En junio de 1992, en la ciudad de Río de Janeiro, donde se celebro la
“Conferencia de la Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo”,
más conocida como “Conferencia de Río de Janeiro”, o también como
“Cumbre de Río o de la Tierra”
4.4.- La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre
el Cambio Climático, celebrada en Nueva York en
1992, cuyo objetivo es combatir el cambio climático
mediante la adopción de medidas tendentes a
estabilizar las emisiones de los gases de efecto
invernadero en la atmósfera, cuyo principal logro fue
la adopción del Protocolo de Kioto de 1997, con
objetivos cuantificados y vinculantes de reducción de
emisiones de gases de efecto invernadero para los
países desarrollados que lo hayan ratificado.
6. Cuarto fundamento de hecho
En junio de 1992, en la ciudad de Río de Janeiro, donde se celebro la
“Conferencia de la Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y
Desarrollo”, más conocida como “Conferencia de Río de Janeiro”, o
también como “Cumbre de Río o de la Tierra”
4.5.- El documento sobre
los Bosques, que reconoce
a los países en desarrollo
su soberanía en el uso de
los recursos forestales y
regula el comercio
internacional de la
madera, para lograr un
mantenimiento sostenible
de este recurso.