El documento resume varias conferencias y acuerdos internacionales sobre medio ambiente y desarrollo sostenible como la Conferencia de Estocolmo de 1972, la Cumbre de la Tierra de Río de 1992, la Cumbre del Milenio de 2000, la Cumbre de Johannesburgo de 2002 y convenios como el de Washington de 1941, Ramsar de 1971, Patrimonio Mundial de 1972, Cambio Climático de 1997, y leyes venezolanas sobre especies en peligro, ozono y más. El objetivo general ha sido establecer cooperación global para la protección
Apuntes Derecho Procesal III - Documentos de Google.pdf
Cuadro informativo
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE-RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
CUADRO INFORMATIVO
INTEGRANTE:
DOMINGUEZ ANA CI V- 20541327
SAIA B
FACILITADORA: MARIA ANDREINA PERDOMO
2. LA CONFERENCIA MUNDIAL SOBRE
EL MEDIO HUMANO-ESTOCOLMO
1972
Fue una conferencia internacional
convocada por la Organización de
Naciones Unidas celebrada en
Estocolmo, Suecia entre el 5 y el 16 de
junio de 1972. Fue la primera gran
conferencia de la ONU sobre
cuestiones,ambientalesInternacionales,
y marcó un punto de inflexión en el
desarrollo de la política internacional
del medio ambiente. Es indispensable
cooperar, mediante acuerdos
multilaterales o bilaterales o por otros
medios apropiados, para controlar,
evitar, reducir y eliminar eficazmente
los efectos perjudiciales que las
actividades que se realicen en
cualquier esfera puedan tener para el
medio, teniendo en cuenta
debidamente la soberanía y los
intereses de todos los estados.
EL MEDIO CONFERENCIA MUNDIAL
SOBRE AMBIENTE Y EL
DESARROLLO RIO DE JANEIRO 1992
Tiene como objetivo establecer una
alianza mundial nueva y equitativa
mediante la creación de nuevos niveles
de cooperación entre los Estados, los
sectores claves de las sociedades y las
personas, Procurando alcanzar
acuerdos internacionales en los que se
respeten los intereses de todos y se
proteja la integridad del sistema
ambiental y de desarrollo mundial,
Reconociendo la naturaleza integral e
interdependiente de la Tierra, nuestro
hogar.
Posterior a ello cuenta con 27
principios contemplados en su
espiritu, dando a conocer que todas
las constroversias que tengan los
paises referentes al medio ambiente
deberan resolverse con arreglo a la
Carta De Las Naciones Unidas.
LA CUMBRE DEL MILENIO NUEVA YORK 2000
Los Objetivos de Desarrollo del Milenio, también
conocidos como Objetivos del Milenio (ODM),
son ocho propósitos de desarrollo humano
fijados en el año 2000.
1- Erradicar la pobreza extrema y el
hambre
2- Lograr la enseñanza primaria universa
3- Promover la igualdad entre los géneros
y la autonomía de la mujer
4- Reducir la mortalidadinfantil
5- Mejorar la saludmaterna
6- Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y
otras enfermedades
7- Garantizar la sostenibilidad del medio
ambiente
8- Fomentar una asociación mundial para
el desarrollo
LA CONFERENCIA SOBRE
DESARROLLO SOSTENIBLE
JOHANNESBURGO 2002
la Cumbre de Johannesburgo esta
centrada en la atención de la
universalidad de la dignidad humana y
estamos resueltos, no sólo mediante la
adopción de decisiones sobre objetivos
y calendarios sino también mediante
asociaciones de colaboración, a
aumentar rápidamente el acceso a los
servicios básicos, como el suministro
de agua potable, el saneamiento, una
vivienda adecuada, la energía, la
atención de la salud, la seguridad
alimentaria y la protección de la
biodiversidad. Al mismo tiempo,
colaboraremos para ayudarnos unos a
otros a tener acceso a recursos
financieros, beneficiarnos de la
apertura de los mercados, promover la
creación de capacidad, utilizar la
tecnología moderna para lograr el
desarrollo y asegurarnos de que se
fomenten la transferencia de
tecnología, el mejoramiento de los
recursos humanos, la educación y la
capacitación a fin de erradicar para
siempre el subdesarrollo.
LEY APROBATORIA DE CONVENIO DE
P`ROTECCION DE LA FLORA, LA FAUNA Y DE LAS
BELLEZAS ESCENICAS NATURALES
Es el convenio pionero para Venezuela
en materia de protección de la flora y la
fauna de los países de América, mejor
conocido como Convención de
Washington, y que fue suscrito por
Venezuela el 13 de noviembre de 1941,
según gaceta oficial Nº 20.643. En
dicho convenio se establece la
necesidad de crear en los territorios de
cada Estado firmante, las áreas y
figuras jurídicas definidas para
proteger la flora y la fauna y
mantenerlas en su estado prístino,
además de generar la normativa
necesaria para que así se conserven,
evitando su explotación con fines
comerciales; en consecuencia los
Estados firmantes se comprometieron
a crear estas áreas y figuras jurídicas
en sus territorios, y es así como se
implementa en nuestro país el vigente
sistema de parques nacionales y
monumentos naturales
CONVENCION RAMSAR
La filosofía de Ramsar gira en torno al concepto
de “uso racional”. El uso racional de los
humedales se define como "el mantenimiento de
sus características ecológicas, logrado mediante
la implementación de enfoques por ecosistemas,
dentro del contexto del desarrollo sostenible".
Por consiguiente, la conservación de los
humedales, así como su uso sostenible y el de
sus recursos, se hallan en el centro del "uso
racional" en beneficiode la humanidad.
La misión de Ramsar La Convención emplea una
definición amplia de los tipos de humedales
abarcados por esta misión, incluidos pantanos y
marismas, lagos y ríos, pastizales húmedos y
turberas, oasis, estuarios, deltas y bajos de
marea, zonas marinas próximas a las costas,
manglares y arrecifes de coral, así como sitios
artificiales como estanques piscícolas,
arrozales.
La misión de la Convención es “la conservación
y el uso racional de los humedales mediante
acciones locales y nacionales
3. LEY APROBATORIA DE LA
CONVENCION PARA LA PROTECCION
DEL PATRIMONIO MUNDIAL,
CULTURAL Y NATURAL DE LA
UNESCOConstatando que el patrimonio
cultural y el pa trimonio natural están
cada vez más amenazados de
destrucción, no sólo por las causas
tradicionales de deterioro sino
también por la evolución de la vida
social y económica que las agrava con
fenómenos de alteración o de
destrucción aún más temibles,
Considerando que el deterioro o la
desaparición de un bien del
patrimonio cultural y natural
constituye un empobrecimiento nefast
o del patrimonio de todos los pueblos
del mundo. El Comité del Patrimonio
Mundial estará secundado por una
secretaría nombrada por el Director
General de la Or ganización de las
Naciones Unidas para la Educación, la
Ciencia y la Cultura.
LEY APROBATORIA DEL CONVENIO
MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS
PARA EL CQMBIO CLIMATICO
tiene por objeto aprobar en todas sus
partes y para que surta efectos
internacionales en cuanto a la
República Bolivariana de Venezuela,
“el Protocolo de la Convención Marco
de las Naciones Unidas sobre Cambio
Climático”, adoptado en la ciudad de
Kyoto-Japón, el 11 de diciembre de
1997.
Entre las obligaciones establecidas en
dicho protocolo están las de promover
el desarrollo sustentable; aplicar las
políticas y medidas establecidas para
reducir al mínimo los efectos adversos,
comprendidos los efectos adversos del
cambio climático, efectos en el
comercio internacional y repercusiones
sociales, ambientales y económicas.
AGENDA 21
Se conoce con el nombre de Agenda 21 el
documento estratégico que fue aprobado en la
Conferencia de las Naciones Unidas para el
Medio Ambiente y el Desarrollo que se celebró en
Río de Janeiro el año 1992.
La cumbre de la Tierra fue un acontecimiento
histórico. En Río, se instauró un nuevo sistema
de entendimiento mundial para el desarrollo
sustentable -un entendimiento que respeta la
indivisibilidad de la protección ambiental y el
proceso de desarrollo-. Éste se basa en un
compromiso político y un consenso mundial al
más alto nivel.
Ademas de lo expuesto constituye un plan de
acción para los años 90 y para la primera parte
del siglo XXI, y viene a ser la alianza global de la
Humanidad para el medio ambiente y el
desarrollo, es decir, para el desarrollo
sustentable
LEY APROBATORIA DE ESPECIES
AMENAZADAS DE FLORA Y FAUNA
SILVESTRE
Se aprueba en todas sus partes la
convencion sobre el comercio
internacional de especies amenazadas
de fauna y flora, firmada en
Washington D. C. el 3 de marzo de
1973. Reconocienndo que la fauna y
flora silvestres en sus numerosas
bellas y variadas formas constituyen
un elemento irremplazable de los
sistemas naturales de la tierra, tienen
que ser protegidas para la generacion
y las venuderas. Conscientes del
creciente valor de la fauna y flora
silvestre desde los puntos de vista
estetico, cientifico, cultural,
recreativoy economico.
Reconociendo ademas que los
pueblos y estados son y deben ser los
mejortes protectores de su fauna
silvestre.
Se lograra incluir ademas todas las
especies en peligro de extincion que
son o puden ser afectadas por el
comercio
LEY APROBATORIA DEL CONVENIO
DE VIENA PARA LA PROTECCION DE
LA CAPA DE OZONO
Ley Aprobatoria de la Enmienda del
Protocolo de Montreal relativo a las
Sustancias que Agotan la Capa de
Ozono. Gaceta Oficial de la República
Bolivariana de Venezuela No 38.455 del
09 de Junio de 2006. Ley Aprobatoria de
la Enmienda del Protocolo de Montreal
relativo a las Sustancias
que Agotan la Capa de Ozono. Gaceta
Oficial de la República de Venezuela
No. 5.180 Extraordinario del 04 de
Noviembre de 1997. (Ley Aprobatoria de
la Enmienda del Protocolo de Montreal
sobre las Sustancias Agotadoras de la
Capa de Ozono. Gaceta Oficial de la
República de Venezuela No. 4.580
Extraordinario del 21 de Mayo de 1993.