La Ley 8338 amplía por 24 meses las ocupaciones temporarias de terrenos e inmuebles dispuestas por las Leyes 7348, 7530, 7542, 7451 y 7788 de Mendoza, las cuales ya habían sido ampliadas anteriormente por la Ley 8121. La ley fue sancionada por el Senado y la Cámara de Diputados de Mendoza el 16 de agosto de 2011.