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ANTEPROYECTO GUIA TÉCNICA PARA LA
      MANIPULACIÓN Y LEVANTAMIENTO
                          MANUAL DE CARGA




NOTA: RESALTADO EN AMARILLO LA METODOLOGIA PARA SU REVISIÓN

Dr. Julio Cesar Reyes

OBSERVACIÓN: En el diagrama de decisiones se toma como punto de partida como peso maximo
23 Kgrs y los pasos sucesivos estan basados en el indice de levantamiento (I/L) y no el peso.
Asi mismo en los anexos hay una diapositiva (DIAGRAMA DE DECISIONES Dr reyes) donde se
compara el diagrama de decisiones del INSHT de España y el Diagrama propuesto.




                                                                                                1
INDICE


                                 Contenido         Pág.
EXPOSICION DE MOTIVOS
CAPITULO I: De los Objetivos
CAPITULO II: Campo de Aplicación
CAPITULO III: Definiciones
CAPITULO IV: Contenido
CAPITULO V: Documentación de Referencia
ANEXOS




                                                          2
1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS


Considerando que históricamente en las condiciones en que se desarrolle o se organice el trabajo, puede
provocar daños o deterioro a la salud de los trabajadores y trabajadoras, sumado a esto, factores como la
falta de acción constante y decidida por parte de los empleadores y empleadoras en muchas
oportunidades en garantizar condiciones dignas de trabajo; el déficit de profesionales y técnicos en área
de seguridad y salud en el trabajo; la nula o escasa participación de los trabajadores y trabajadoras en la
mejora de sus condiciones y ambientes de trabajo ya que por mucho tiempo se encontró sujeta a solo
papeles de observación; la debilidad del Estado en los procesos de educación y control de las diferentes
formas de trabajo hasta finales de la década de los 90, y la existencia de leyes, reglamentos y normas
que en su momento constituyeron documentos en algunos aspecto de avanzada, pero sujeto a
debilidades estructurales que representaron dificultades de interpretación o vacíos técnicos y legales que
limitaron su aplicación o accionar.
Con la reforma de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat)
y la creación de su Reglamento Parcial se estatuye la obligación y por ende se hace necesario la
organización e implementación de acciones de promoción, prevención y corrección en los centros de
trabajo que permitan a los actores sociales desempeñar sus actividades sin perjudicar su salud física,
mental y social, es por ello, que la Manipulación y Levantamiento Manual de Carga forma un eje
transversal para la prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales en lo referente a
la generación de patologías musculoesqueleticas y en especial a las dorsolumbares, a través de un
instrumento que responda a la realidad social, laboral, política y económica; que su construcción sea
colectiva, que responda a la integración de los conocimientos, que conlleve a la unidad de criterios y la
consecución de su objetivo, y de dominio del colectivo. Rompiendo de esta manera con esquemas o
paradigmas de trabajo, al considerar a los trabajadores y trabajadoras sujetos activos y protagónicos en
la transformación favorable de sus realidades labores, el empoderamiento de sus derechos y ejercicio
pleno de ellos, bajo el auspicio directo y constante del Estado Venezolano en su política de desarrollo de
una sociedad más justa.

De la Constitución Republica Bolivariana de Venezuela, se desprende en él capitulo V de los derechos
sociales y de las familias, que define en el Articulo 89, el precepto de que “El trabajo es un hecho
social y gozara de la protección especial del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar
las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras, así mismo,
en la Ley Orgánica del Trabajo, en su Articulo 2, establece “El Estado protegerá y enaltecerá el
trabajo, ampara la dignidad de la persona humana del trabajador y dictara las normas para el
mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, bajo la inspiración de la justicia
social y de la equidad”; la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo,
señala en su Articulo Primero, numeral uno, “Establecer las instituciones, normas y lineamientos de
las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadora,
condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para
el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y
saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la
reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la
recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social”. Por tal motivo al ser la salud y
seguridad en el trabajo un hecho social, el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral,




                                                                                                              3
en cumplimiento de sus responsabilidades y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 18,
numeral 4 de la Lopcymat, desarrolla la presente Norma Técnica con el fin de orientar y facilitar el
cumplimiento de las disposiciones relativas a la Manipulación y Levantamiento Manual de Carga,
contemplado en el Articulos 59 numerales 1 y 2 y 60 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y
Medio Ambiente de Trabajo.



CAPITULO I: OBJETIVO

Establecer los criterios y procedimientos mínimos fundamentales de ergonomiaergonomía y salud
relativas a la Manipulación y Levantamiento Manual de Carga que generen procesos peligrosos, y
patologías músculo-esqueléticas en particular patologías dorsolumbares para los trabajadores y
trabajadoras en cada empresa, establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas
asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, específico y adecuado a sus procesos de
trabajo, persigan o no fines de lucro, sean públicas o privadas, de conformidad a lo establecido en la Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y su Reglamento Parcial.

CAPITULO II: ALCANCE, CAMPO DE APLICACIÓN Y RESPONSABILIDADES:

Alcance

Garantizar a todos los trabajadores y a todas las trabajadoras de cualquier centro de trabajo, con especial
énfasis en aquellos grupos de mayor vulnerabilidad (embarazadas, personas con discapacidad, niños y
niñas, y adolescentes trabajadores, entre otros) condiciones de seguridad, ergonomia, salud y bienestar
en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y
mentales.

Aplicación

Aplicable en toda empresa, establecimiento, explotación, faena, cooperativa u otras formas asociativas
comunitarias de carácter productivo o de servicios, persigan o no fines de lucro, sean públicas o privadas.

Responsabilidades

Se establecerán las responsabilidades especificas de todos los autores sociales incluyendo el estado,
entre los que se encuentran los Empleadores o las Empleadoras, El Servicio de Salud y Seguridad
en el Trabajo, El Comité de Seguridad y Salud Laboral, Los Delegados y Delegadas de Prevención,
El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y los Trabajadores y
trabajadoras con el fin de determinar las obligaciones y participación para el cumplimiento de la Ley
Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y su Reglamento Parcial; facilitando
la implementación de esta Guía técnica en cada uno de los centros de trabajo.

CAPITULO III: DEFINICIONES

A los fines del desarrollo y aplicación de la presente Guía Técnica de Prevención se establecerá las
definiciones necesarias de los términos utilizados; con el fin de una mejor compresión e interpretación de
su contenido al concluir la propuesta de este anteproyecto.

CAPITULO IV: CONTENIDO

1. Medios para la manipulación y levantamiento de carga.



                                                                                                              4
En este apartado se desarrollaráa el contexto de aspectos tales como carga, manipulación de carga,
levantamiento de carga, posibles lesiones derivadas de la manipulación manual de cargas, frecuencia de
estas lesiones, alcance de estas lesiones, como evitar la manipulación y levantamiento manual de cargas
y la adopción de medidas preventivas.

Se establecerá como principio que lo ideal sería contener el problema en la fase del diseño de los
puestos de trabajo, donde es más sencillo evitar o reducir la manipulación y levantamiento manual de
carga, mediante la automatización o mecanización de los procesos de forma que no sea necesaria la
exposición con riesgos a la salud de los trabajadores y trabajadoras.

Igualmente la manipulación y levantamiento manual de cargas es responsable, en muchos casos, de la
aparición de fatiga física, o bien de lesiones, que se pueden producir de una forma inmediata o por la
acumulación de pequeños traumatismos aparentemente sin importancia. Pueden lesionarse tanto los
trabajadores y trabajadoras que manipulan y levantan cargas regularmente como los trabajadores y
trabajadoras ocasionales.

Las lesiones más frecuentes son entre otras: contusiones, cortes, heridas, fracturas y sobre todo lesiones
músculo-esqueléticas. Se pueden producir en cualquier zona del cuerpo, pero son más sensibles los
miembros superiores, y la espalda, en especial en la zona dorsolumbar.

Las lesiones dorsolumbares pueden ir desde un lumbago a alteraciones de los discos intervertebrales
(hernias discales) o incluso fracturas vertebrales por sobreesfuerzo.

2. Regulación de límite de levantamiento de carga manual.

Se establecerán y ampliaran los criterios para establecer un rango de peso que podrá considerarse como
manipulación y levantamiento de carga. Así como la obligación de los empleadores y empleadoras de
evaluar los procesos peligrosos y la adopción de medidas para mitigar las posibles lesiones por
condiciones disergonomicas debido a la manipulación y levantamiento de carga que se encuentren en un
rango de 3 a 18 Kilogramos.

Se considera que la manipulación y levantamiento manual de toda carga que pese más de 3 kilogramos
puede entrañar un potencial riesgo dorsolumbar no tolerable, ya que a pesar de ser una carga bastante
ligera, si se manipula en unas condiciones disergonomicas (alejada del cuerpo, con posturas
inadecuadas, muy frecuentemente, en condiciones ambientales desfavorables, con suelos inestables,
etc.), podría generar un riesgo a la salud de los trabajadores y trabajadoras.

La manipulación manual de cargas menores de 3 kilogramos también podría generar riesgos de
trastornos musculoesqueléticos en los miembros superiores debidos a esfuerzos repetitivos, pero no
estarían contemplados en esta Guía Técnica como tareas que generen riesgos dorsolumbares.

Así pues, a efectos de esta Guía Técnica se debería realizar una evaluación de los riesgos debidos a las
cargas que pesen más de 3 kilogramos en las condiciones anteriormente señaladas. Las cargas que
pesen más de 18 kilogramos muy probablemente constituyan un riesgo en sí mismas, aunque no existan
otras condiciones ergonómicas desfavorables.

Se establecerán límites superiores de levantamiento de carga de forma manual para trabajadores,
trabajadoras, trabajadoras embrazadas y niños, niñas y adolescentes.

Estos límites máximos podrán ser disminuidos y adoptados por cada uno de los centros de trabajo con la
participación directa y protagónica de cada trabajador y trabajadora.



                                                                                                             5
3. Medidas organizativas que puedan evitar manipulación y levantamiento manual de carga.

Cuando no sea posible de forma inmediata evitar manipulación y levantamiento manual de carga se
establecerán los criterios generales que adoptaran los empleadores y empleadoras, con la participación
directa y protagónica de cada trabajador y trabajadora con el fin implementar las medidas más idóneas
para eliminar los posibles efectos a la salud.

Se abordaran aspectos referentes a los controles administrativos que podrán incorporarse en los centros
de trabajo con la participación, valoración y vigilancia permanente de cada trabajador y trabajadora para
mitigar la exposición directa a condiciones disergonomicas.

4. Diseño de empaques para el traslado y transporte de carga.

Se regularan aspectos ccomoon el diseño, dimensiones y características generales de los empaques
para el traslado y transporte de carga.

Estos aspectos tendrán que ver de forma directa con las medidas físicas de los empaques, información
del peso de la carga, centro de gravedad de la carga, diseño de las asas de agarre y otros.

5. Regulación de frecuencia y repetitividad de la manipulación y levantamiento manual de carga.
(Con o Sin Carga)

Este apartado se tocaráa aspectos tales como la frecuencia y repetitividad máxima para la manipulación y
levantamiento manual de carga en una jornada laboral para los trabajadores y trabajadoras.

Se establecerán criterios para el recorrido de distancias con levantamiento de carga, empujar o halar
carga, numero de veces de levantamiento de carga por jornada de trabajo, ciclos de producción y otros
aspectos.

6. Obligación de los empleadores y empleadoras de la formación en higiene postural de los
trabajadores y trabajadoras.

Establecer los criterios mínimos para la formación en higiene postural de los trabajadores y trabajadoras
según la actividad, condiciones y formas en que desarrollen sus tareas. Las cuales serán adoptadas y de
obligatorioción cumplimiento para el adiestramiento masivo de los trabajadores y trabajadoras en cada
una de las tareas que desempeñen por parte de los empleadores y empleadoras.

Esta será una de las formas de regular los factores de riesgoscontrolar los riesgos y procesos peligrosos
que podrán afectar la salud de los trabajadores y trabajadoras a través de la incorporación de buenos
hábitos de posturas corporales en el desarrollo de las actividades de trabajo.


7. Vigilancia de la Salud de los trabajadores y trabajadoras.

Implementar un modelo de vigilancia permanente con la participación continua y protagónica de los
trabajadores y trabajadoras con el fin de:

    •   Mantener actualizado el conocimiento del comportamiento de una o varias enfermedades,
        condiciones de salud en la empresa o el centro de trabajo por patologías dorsolumbares.
    •   Establecer los factores que determinan la ocurrencia de la enfermedad y/o accidente vigilados.
    •   Formular e implementar medidas de control.




                                                                                                            6
•   Seguir la tendencia persona – tiempo – lugar. Identificar patologías musculoesqueleticas nuevas
        o exposiciones nuevas.
    •   Establecer prioridades para implementar las acciones preventivas.
    •   Evaluar el progreso, éxito, fracaso o dificultades de las medidas de intervención
        implementadas.
    •   Identificar posibles soluciones de control de la exposición.
    •   Generar hipótesis para futuras investigaciones.
    •   Proporcionar información precoz, que permita alertar a tiempo de los problemas relativos a la a
        patologías músculo esqueléticas.
    •   Medir no solamente los indicadores reactivos de salud (morbilidad, accidentalidad, ausentismo
        laboral), sino también los llamados indicadores proactivos o preventivos, a fin de analizar las
        políticas y programas de prevención del tipo ergonómico que promueven un mejor estado de
        salud entre los trabajadores y trabajadoras.

8. Metodología de identificación de riesgos asociados a la manipulación y levantamiento manual
de carga.

Se establecerá la metodología a implementar que permita la identificación de factores de riesgo
asociados a la manipulación y levantamiento manual de carga que garantice la participación directa y
protagónica de los trabajadores y trabajadoras, como los sujetos que se someten a las condiciones de
producción, y que generan de forma efectiva como conocedores de las actividades o tareas que
desarrollan las posibles soluciones a implementar, con el fin de evitar enfermedades ocupacionales.



                         METODOLOGIA PARA LA EVALUACIÓN

Este apartado tiene como finalidad analizar el puesto de trabajo, para evaluar la posible existencia de
riesgo debido a la manipulación manual.
Consta de 5 fases:

APLICACIÓN DEL DIAGRAMA DE DECISIONES

El Diagrama de decisiones tiene como objetivo servir de guía en la metodología de actuación ante una
posible situación de manipulación manual de cargas.
En él se resume el análisis inicial que se debe efectuar, y que puede llevar a dos situaciones: "FIN DEL
PROCESO" y "EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS".
FIN DEL PROCESO: Se llegará a esta situación si las tareas realizadas no implican la manipulación de
cargas que puedan ocasionar lesiones dorsolumbares para el trabajador (las cargas menores de 3 kg
no se considera que sean capaces de generar riesgos dorsolumbares, aunque podrían generarse riesgos
por esfuerzos repetidos, sobre todo en los miembros superiores), si los procesos pueden
automatizarse o mecanizarse, o si es posible evitar la manipulación manual mediante el uso de ayudas
mecánicas controladas de forma manual. Este análisis inicial se revisará periódicamente o si cambian
las condiciones de trabajo.
EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS: Se procederá a realizar una evaluación de los riesgos en aquellas
tareas en que exista una manipulación de cargas susceptible de generar riesgos dorsolumbares (mayores
de 3 kg). Los instrumentos a emplear para realizarla se comentan en las páginas siguientes.
La evaluación puede conducir a dos situaciones:
Riesgo tolerable: Aquellas tareas en las que no se necesite mejorar la acción preventiva.




                                                                                                           7
Se llegaría a "Fin del proceso". Sin embargo, se pueden buscar soluciones más rentables o mejoras que
no supongan una carga económica mportante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar
que se mantiene la eficacia de las medidas de control.
Riesgo no tolerable: Aquellas tareas en las que el resultado de la evaluación sea éste deberán ser
modificadas de manera que el riesgo se reduzca a un nivel de "riesgo tolerable" al menos, con lo que se
llegaría al "Fin del proceso".
Evidentemente si las cargas manipuladas manualmente pesan más de 25 kg de 13.8 kg ó de 36.8 kg
(dependiendo del rango de protección que se esté considerando), existirá seguramente un riesgo debido
al peso de las cargas. A pesar de ello, es aconsejable completar las fichas de recogida de datos con
vistas a detectar otros posibles factores desfavorables que puede ser conveniente tratar de corregir al
rediseñar esas tareas.

DIAGRAMA DE DECISIONES
RECOGIDA DE DATOS. (Ficha 1)
En esta fase se recogerán los datos necesarios para realizar la evaluación del riesgo en cada tarea. Para
ello se cumplimentará en el puesto de trabajo a evaluar la ficha 1 que tiene tres partes:
Datos de la manipulación. (Ficha F1A)
En ella se regogerán datos cuantificables que serán necesarios para realizar la evaluación.
1) Se anotará el peso real que tiene la carga que se manipula.
2) Se tomarán los datos que permitirán calcular el Indice de Levantamiento que servirá como un valor de
referencia a comparar con el peso real, y que no se deberá sobrepasar.
Se marcarán las casillas que correspondan a la situación concreta de la manipulación. 3) Se anotará el
peso que transporta diariamente el trabajador.
4) Se anotará la distancia recorrida mientras se manipulan las cargas.

Datos ergonómicos. (Ficha F1B)
Estos datos son en su mayoría subjetivos, siendo muy importante en este caso la opinión de la persona
que la toma, la cual deberá haber estudiado previamente cómo pueden influir los diferentes "factores de
análisis". La contestación a las preguntas es SI o NO.
Las respuestas afirmativas en estos datos indican que muy probablemente pueda existir un riesgo
debido al factor considerado, aunque en estos casos la persona que realiza la evaluación debe
considerar si se trata de un riesgo tolerable o no tolerable.

Datos individuales. (Ficha F1C)
En este apartado se recogen factores dependientes del individuo, como pueden ser: lesiones en la
espalda o enfermedades importantes; situaciones especiales, como el embarazo de las trabajadoras, que
por sus características hagan que no sea aconsejable que manejen cargas. En caso de manejarlas, estas
deberán ser sensiblemente inferiores a las que se pueden manejar en situaciones normales.

CÁLCULO DEL INDICE DE LEVANTAMIENTO. (Ficha 2)
En esta fase se proporciona una ficha para el cálculo del INDICE DE LEVANTAMIENTO a partir de los
datos de campo recogidos en la ficha F1A (Recogida de datos, datos de la manipulación).
El INDICE DE LEVANTAMIENTO es un límite de referencia teórico, de forma que, si el INDICE de las
cargas transportadas es mayor que este INDICE aceptable, muy probablemente se estará ante una
situación de riesgo.
Este INDICE DE LEVANTAMIENTO se calcula a partir de un peso teórico que dependerá de la zona de
manipulación de la carga y que se multiplicará por una serie de factores de corrección que varían entre 0
y 1, en función del desplazamiento vertical, el giro, el tipo de agarre y la frecuencia.

FICHA 2
CÁLCULO DEL INDICE DE LEVANTAMIENTO




                                                                                                            8
EVALUACIÓN DEL RIESGO. (Ficha 3)
En esta fase se procede a la evaluación del riesgo (utilizando los valores obtenidos en las fichas 1 y 2),
mediante un diagrama que conduce a dos situaciones: RIESGO TOLERABLE O RIESGO NO
TOLERABLE. En este último caso se deberá proseguir con la implantación de medidas preventivas para
su eliminación o reducción.
El proceso de evaluación tiene cuatro pasos:

Primer paso: En general, si la carga pesa más de 23 kg, ya se puede pensar que probablemente
existirá riesgo.
Para individuos sanos y debidamente entrenados, la carga podrá pesar hasta 36.8 kg (peso real
multiplicado por 1.6), pero sólo se podrá manejar esporádicamente.
Si se quiere proteger a la mayoría de la población, incluyendo a las mujeres y a los hombres menos
fuertes, el peso real no deberá superar los 13.8 kg (peso real multiplicado por 0.6).

Segundo paso: Se determinara el indice de levantamiento. Si el mismo es igual o mayor de 3, la tarea
supone un riesgo no tolerable.
También en este caso se podrá optar por proteger a la mayoría de la población o sólo para individuos
entrenados:
  Mayoría de la población: Multiplicar el Peso Aceptable por 0,6.
  Trabajadores sanos y entrenados: Multiplicar el Peso Aceptable por 1,6.

Tercer paso: La evaluación puede seguir dos caminos:
a. Si se transporta la carga una distancia menor de 10 mts.
b. Si se transporta la carga una distancia mayor de 10 mts.
Si el peso transportado diariamente supera los valores propuestos (10.000 kg y 6.000 kg,
respectivamente), existe un riesgo no tolerable.

Cuarto paso: En este paso se valorará si se superan adecuadamente los demás factores de las fichas
F1A y F1B (Datos ergonómicos y datos individuales).

Como se comentó anteriormente, las respuestas afirmativas indican que probablemente pueda existir un
riesgo debido al factor en cuestión y, por tanto, cuantas más aparezcan, más probable será que el riesgo
sea no tolerable.

La persona que realiza la evaluación debe valorar si estas respuestas positivas son susceptibles de
generar riesgos inaceptables, llegando a una situación de RIESGO NO TOLERABLE o, por el contrario,
no son suficientes para generarlos, con lo que se llegaría a una situación de RIESGO TOLERABLE

FICHA 3
EVALUACIÓN DEL RIESGO

MEDIDAS CORRECTORAS (Ficha 4)
Si la evaluación final indica que existe un RIESGO NO TOLERABLE por manipulación manual de cargas,
se deberá usar esta ficha, previo estudio atento de las fichas anteriores que indican qué factores son los
más desfavorables. Posiblemente la actuación sobre algunos factores hará que los restantes puedan
desaparecer o reducirse considerablemente, ya que muchos estarán interrelacionados.

FICHA 4
MEDIDAS CORRECTORAS
Por tanto, se deberán proponer prioritariamente aquel tipo de medidas que más contribuyan a la
eliminación o reducción del riesgo, debido a la manipulación manual de cargas, al nivel más bajo
que sea razonablemente posible. Entre otras se proponen las siguientes:




                                                                                                             9
Utilización de ayudas mecánicas
Reducción o rediseño de la carga. (Reduciendo su tamaño, o su peso, o rediseñando la carga, de
manera que tenga una forma regular, e incluso dotándola de asas que faciliten el agarre).
l
Organización del trabajo. (Para ello, se procurará que la manipulación sea más fácil, organizando las
tareas de forma que se eviten giros, inclinaciones, estiramientos, empujes, etc. innecesarios).
Sería conveniente organizar las operaciones de almacenamiento de forma que los objetos más ligeros se
coloquen en los estantes más altos o más bajos, dejando los centrales para los objetos más pesados.
También podrá, por ejemplo, diseñar periodos de descanso apropiados, de forma que la exposición al
riesgo por parte de los trabajadores se reduzca. La rotación de tareas es también muy interesante, ya
que reduce la exposición del trabajador (siempre que las restantes tareas no impliquen gran actividad
física o los mismos grupos musculares yarticulaciones).
En cualquier caso, estas soluciones no deben sustituir un buen diseño del puesto de trabajo.
Mejora del entorno de trabajo, evitando por ejemplo los desniveles, las escaleras, los espacios
constreñidos o insuficientes, las temperaturas extremadas, etc.



BIBLIOGRAFIA: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la
Manipulación manual de cargas.
Instituto Nacional de seguridad e higiene en el trabajo (España)




                                                                                                        10

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  • 1. ANTEPROYECTO GUIA TÉCNICA PARA LA MANIPULACIÓN Y LEVANTAMIENTO MANUAL DE CARGA NOTA: RESALTADO EN AMARILLO LA METODOLOGIA PARA SU REVISIÓN Dr. Julio Cesar Reyes OBSERVACIÓN: En el diagrama de decisiones se toma como punto de partida como peso maximo 23 Kgrs y los pasos sucesivos estan basados en el indice de levantamiento (I/L) y no el peso. Asi mismo en los anexos hay una diapositiva (DIAGRAMA DE DECISIONES Dr reyes) donde se compara el diagrama de decisiones del INSHT de España y el Diagrama propuesto. 1
  • 2. INDICE Contenido Pág. EXPOSICION DE MOTIVOS CAPITULO I: De los Objetivos CAPITULO II: Campo de Aplicación CAPITULO III: Definiciones CAPITULO IV: Contenido CAPITULO V: Documentación de Referencia ANEXOS 2
  • 3. 1. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Considerando que históricamente en las condiciones en que se desarrolle o se organice el trabajo, puede provocar daños o deterioro a la salud de los trabajadores y trabajadoras, sumado a esto, factores como la falta de acción constante y decidida por parte de los empleadores y empleadoras en muchas oportunidades en garantizar condiciones dignas de trabajo; el déficit de profesionales y técnicos en área de seguridad y salud en el trabajo; la nula o escasa participación de los trabajadores y trabajadoras en la mejora de sus condiciones y ambientes de trabajo ya que por mucho tiempo se encontró sujeta a solo papeles de observación; la debilidad del Estado en los procesos de educación y control de las diferentes formas de trabajo hasta finales de la década de los 90, y la existencia de leyes, reglamentos y normas que en su momento constituyeron documentos en algunos aspecto de avanzada, pero sujeto a debilidades estructurales que representaron dificultades de interpretación o vacíos técnicos y legales que limitaron su aplicación o accionar. Con la reforma de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (Lopcymat) y la creación de su Reglamento Parcial se estatuye la obligación y por ende se hace necesario la organización e implementación de acciones de promoción, prevención y corrección en los centros de trabajo que permitan a los actores sociales desempeñar sus actividades sin perjudicar su salud física, mental y social, es por ello, que la Manipulación y Levantamiento Manual de Carga forma un eje transversal para la prevención de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Ocupacionales en lo referente a la generación de patologías musculoesqueleticas y en especial a las dorsolumbares, a través de un instrumento que responda a la realidad social, laboral, política y económica; que su construcción sea colectiva, que responda a la integración de los conocimientos, que conlleve a la unidad de criterios y la consecución de su objetivo, y de dominio del colectivo. Rompiendo de esta manera con esquemas o paradigmas de trabajo, al considerar a los trabajadores y trabajadoras sujetos activos y protagónicos en la transformación favorable de sus realidades labores, el empoderamiento de sus derechos y ejercicio pleno de ellos, bajo el auspicio directo y constante del Estado Venezolano en su política de desarrollo de una sociedad más justa. De la Constitución Republica Bolivariana de Venezuela, se desprende en él capitulo V de los derechos sociales y de las familias, que define en el Articulo 89, el precepto de que “El trabajo es un hecho social y gozara de la protección especial del Estado. La ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras, así mismo, en la Ley Orgánica del Trabajo, en su Articulo 2, establece “El Estado protegerá y enaltecerá el trabajo, ampara la dignidad de la persona humana del trabajador y dictara las normas para el mejor cumplimiento de su función como factor de desarrollo, bajo la inspiración de la justicia social y de la equidad”; la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo, señala en su Articulo Primero, numeral uno, “Establecer las instituciones, normas y lineamientos de las políticas, y los órganos y entes que permitan garantizar a los trabajadores y trabajadora, condiciones de seguridad, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales, mediante la promoción del trabajo seguro y saludable, la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, la reparación integral del daño sufrido y la promoción e incentivo al desarrollo de programas para la recreación, utilización del tiempo libre, descanso y turismo social”. Por tal motivo al ser la salud y seguridad en el trabajo un hecho social, el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral, 3
  • 4. en cumplimiento de sus responsabilidades y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 18, numeral 4 de la Lopcymat, desarrolla la presente Norma Técnica con el fin de orientar y facilitar el cumplimiento de las disposiciones relativas a la Manipulación y Levantamiento Manual de Carga, contemplado en el Articulos 59 numerales 1 y 2 y 60 de la Ley Orgánica de Prevención Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo. CAPITULO I: OBJETIVO Establecer los criterios y procedimientos mínimos fundamentales de ergonomiaergonomía y salud relativas a la Manipulación y Levantamiento Manual de Carga que generen procesos peligrosos, y patologías músculo-esqueléticas en particular patologías dorsolumbares para los trabajadores y trabajadoras en cada empresa, establecimiento, unidad de explotación, faena, cooperativa u otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, específico y adecuado a sus procesos de trabajo, persigan o no fines de lucro, sean públicas o privadas, de conformidad a lo establecido en la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y su Reglamento Parcial. CAPITULO II: ALCANCE, CAMPO DE APLICACIÓN Y RESPONSABILIDADES: Alcance Garantizar a todos los trabajadores y a todas las trabajadoras de cualquier centro de trabajo, con especial énfasis en aquellos grupos de mayor vulnerabilidad (embarazadas, personas con discapacidad, niños y niñas, y adolescentes trabajadores, entre otros) condiciones de seguridad, ergonomia, salud y bienestar en un ambiente de trabajo adecuado y propicio para el ejercicio pleno de sus facultades físicas y mentales. Aplicación Aplicable en toda empresa, establecimiento, explotación, faena, cooperativa u otras formas asociativas comunitarias de carácter productivo o de servicios, persigan o no fines de lucro, sean públicas o privadas. Responsabilidades Se establecerán las responsabilidades especificas de todos los autores sociales incluyendo el estado, entre los que se encuentran los Empleadores o las Empleadoras, El Servicio de Salud y Seguridad en el Trabajo, El Comité de Seguridad y Salud Laboral, Los Delegados y Delegadas de Prevención, El Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y los Trabajadores y trabajadoras con el fin de determinar las obligaciones y participación para el cumplimiento de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y su Reglamento Parcial; facilitando la implementación de esta Guía técnica en cada uno de los centros de trabajo. CAPITULO III: DEFINICIONES A los fines del desarrollo y aplicación de la presente Guía Técnica de Prevención se establecerá las definiciones necesarias de los términos utilizados; con el fin de una mejor compresión e interpretación de su contenido al concluir la propuesta de este anteproyecto. CAPITULO IV: CONTENIDO 1. Medios para la manipulación y levantamiento de carga. 4
  • 5. En este apartado se desarrollaráa el contexto de aspectos tales como carga, manipulación de carga, levantamiento de carga, posibles lesiones derivadas de la manipulación manual de cargas, frecuencia de estas lesiones, alcance de estas lesiones, como evitar la manipulación y levantamiento manual de cargas y la adopción de medidas preventivas. Se establecerá como principio que lo ideal sería contener el problema en la fase del diseño de los puestos de trabajo, donde es más sencillo evitar o reducir la manipulación y levantamiento manual de carga, mediante la automatización o mecanización de los procesos de forma que no sea necesaria la exposición con riesgos a la salud de los trabajadores y trabajadoras. Igualmente la manipulación y levantamiento manual de cargas es responsable, en muchos casos, de la aparición de fatiga física, o bien de lesiones, que se pueden producir de una forma inmediata o por la acumulación de pequeños traumatismos aparentemente sin importancia. Pueden lesionarse tanto los trabajadores y trabajadoras que manipulan y levantan cargas regularmente como los trabajadores y trabajadoras ocasionales. Las lesiones más frecuentes son entre otras: contusiones, cortes, heridas, fracturas y sobre todo lesiones músculo-esqueléticas. Se pueden producir en cualquier zona del cuerpo, pero son más sensibles los miembros superiores, y la espalda, en especial en la zona dorsolumbar. Las lesiones dorsolumbares pueden ir desde un lumbago a alteraciones de los discos intervertebrales (hernias discales) o incluso fracturas vertebrales por sobreesfuerzo. 2. Regulación de límite de levantamiento de carga manual. Se establecerán y ampliaran los criterios para establecer un rango de peso que podrá considerarse como manipulación y levantamiento de carga. Así como la obligación de los empleadores y empleadoras de evaluar los procesos peligrosos y la adopción de medidas para mitigar las posibles lesiones por condiciones disergonomicas debido a la manipulación y levantamiento de carga que se encuentren en un rango de 3 a 18 Kilogramos. Se considera que la manipulación y levantamiento manual de toda carga que pese más de 3 kilogramos puede entrañar un potencial riesgo dorsolumbar no tolerable, ya que a pesar de ser una carga bastante ligera, si se manipula en unas condiciones disergonomicas (alejada del cuerpo, con posturas inadecuadas, muy frecuentemente, en condiciones ambientales desfavorables, con suelos inestables, etc.), podría generar un riesgo a la salud de los trabajadores y trabajadoras. La manipulación manual de cargas menores de 3 kilogramos también podría generar riesgos de trastornos musculoesqueléticos en los miembros superiores debidos a esfuerzos repetitivos, pero no estarían contemplados en esta Guía Técnica como tareas que generen riesgos dorsolumbares. Así pues, a efectos de esta Guía Técnica se debería realizar una evaluación de los riesgos debidos a las cargas que pesen más de 3 kilogramos en las condiciones anteriormente señaladas. Las cargas que pesen más de 18 kilogramos muy probablemente constituyan un riesgo en sí mismas, aunque no existan otras condiciones ergonómicas desfavorables. Se establecerán límites superiores de levantamiento de carga de forma manual para trabajadores, trabajadoras, trabajadoras embrazadas y niños, niñas y adolescentes. Estos límites máximos podrán ser disminuidos y adoptados por cada uno de los centros de trabajo con la participación directa y protagónica de cada trabajador y trabajadora. 5
  • 6. 3. Medidas organizativas que puedan evitar manipulación y levantamiento manual de carga. Cuando no sea posible de forma inmediata evitar manipulación y levantamiento manual de carga se establecerán los criterios generales que adoptaran los empleadores y empleadoras, con la participación directa y protagónica de cada trabajador y trabajadora con el fin implementar las medidas más idóneas para eliminar los posibles efectos a la salud. Se abordaran aspectos referentes a los controles administrativos que podrán incorporarse en los centros de trabajo con la participación, valoración y vigilancia permanente de cada trabajador y trabajadora para mitigar la exposición directa a condiciones disergonomicas. 4. Diseño de empaques para el traslado y transporte de carga. Se regularan aspectos ccomoon el diseño, dimensiones y características generales de los empaques para el traslado y transporte de carga. Estos aspectos tendrán que ver de forma directa con las medidas físicas de los empaques, información del peso de la carga, centro de gravedad de la carga, diseño de las asas de agarre y otros. 5. Regulación de frecuencia y repetitividad de la manipulación y levantamiento manual de carga. (Con o Sin Carga) Este apartado se tocaráa aspectos tales como la frecuencia y repetitividad máxima para la manipulación y levantamiento manual de carga en una jornada laboral para los trabajadores y trabajadoras. Se establecerán criterios para el recorrido de distancias con levantamiento de carga, empujar o halar carga, numero de veces de levantamiento de carga por jornada de trabajo, ciclos de producción y otros aspectos. 6. Obligación de los empleadores y empleadoras de la formación en higiene postural de los trabajadores y trabajadoras. Establecer los criterios mínimos para la formación en higiene postural de los trabajadores y trabajadoras según la actividad, condiciones y formas en que desarrollen sus tareas. Las cuales serán adoptadas y de obligatorioción cumplimiento para el adiestramiento masivo de los trabajadores y trabajadoras en cada una de las tareas que desempeñen por parte de los empleadores y empleadoras. Esta será una de las formas de regular los factores de riesgoscontrolar los riesgos y procesos peligrosos que podrán afectar la salud de los trabajadores y trabajadoras a través de la incorporación de buenos hábitos de posturas corporales en el desarrollo de las actividades de trabajo. 7. Vigilancia de la Salud de los trabajadores y trabajadoras. Implementar un modelo de vigilancia permanente con la participación continua y protagónica de los trabajadores y trabajadoras con el fin de: • Mantener actualizado el conocimiento del comportamiento de una o varias enfermedades, condiciones de salud en la empresa o el centro de trabajo por patologías dorsolumbares. • Establecer los factores que determinan la ocurrencia de la enfermedad y/o accidente vigilados. • Formular e implementar medidas de control. 6
  • 7. Seguir la tendencia persona – tiempo – lugar. Identificar patologías musculoesqueleticas nuevas o exposiciones nuevas. • Establecer prioridades para implementar las acciones preventivas. • Evaluar el progreso, éxito, fracaso o dificultades de las medidas de intervención implementadas. • Identificar posibles soluciones de control de la exposición. • Generar hipótesis para futuras investigaciones. • Proporcionar información precoz, que permita alertar a tiempo de los problemas relativos a la a patologías músculo esqueléticas. • Medir no solamente los indicadores reactivos de salud (morbilidad, accidentalidad, ausentismo laboral), sino también los llamados indicadores proactivos o preventivos, a fin de analizar las políticas y programas de prevención del tipo ergonómico que promueven un mejor estado de salud entre los trabajadores y trabajadoras. 8. Metodología de identificación de riesgos asociados a la manipulación y levantamiento manual de carga. Se establecerá la metodología a implementar que permita la identificación de factores de riesgo asociados a la manipulación y levantamiento manual de carga que garantice la participación directa y protagónica de los trabajadores y trabajadoras, como los sujetos que se someten a las condiciones de producción, y que generan de forma efectiva como conocedores de las actividades o tareas que desarrollan las posibles soluciones a implementar, con el fin de evitar enfermedades ocupacionales. METODOLOGIA PARA LA EVALUACIÓN Este apartado tiene como finalidad analizar el puesto de trabajo, para evaluar la posible existencia de riesgo debido a la manipulación manual. Consta de 5 fases: APLICACIÓN DEL DIAGRAMA DE DECISIONES El Diagrama de decisiones tiene como objetivo servir de guía en la metodología de actuación ante una posible situación de manipulación manual de cargas. En él se resume el análisis inicial que se debe efectuar, y que puede llevar a dos situaciones: "FIN DEL PROCESO" y "EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS". FIN DEL PROCESO: Se llegará a esta situación si las tareas realizadas no implican la manipulación de cargas que puedan ocasionar lesiones dorsolumbares para el trabajador (las cargas menores de 3 kg no se considera que sean capaces de generar riesgos dorsolumbares, aunque podrían generarse riesgos por esfuerzos repetidos, sobre todo en los miembros superiores), si los procesos pueden automatizarse o mecanizarse, o si es posible evitar la manipulación manual mediante el uso de ayudas mecánicas controladas de forma manual. Este análisis inicial se revisará periódicamente o si cambian las condiciones de trabajo. EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS: Se procederá a realizar una evaluación de los riesgos en aquellas tareas en que exista una manipulación de cargas susceptible de generar riesgos dorsolumbares (mayores de 3 kg). Los instrumentos a emplear para realizarla se comentan en las páginas siguientes. La evaluación puede conducir a dos situaciones: Riesgo tolerable: Aquellas tareas en las que no se necesite mejorar la acción preventiva. 7
  • 8. Se llegaría a "Fin del proceso". Sin embargo, se pueden buscar soluciones más rentables o mejoras que no supongan una carga económica mportante. Se requieren comprobaciones periódicas para asegurar que se mantiene la eficacia de las medidas de control. Riesgo no tolerable: Aquellas tareas en las que el resultado de la evaluación sea éste deberán ser modificadas de manera que el riesgo se reduzca a un nivel de "riesgo tolerable" al menos, con lo que se llegaría al "Fin del proceso". Evidentemente si las cargas manipuladas manualmente pesan más de 25 kg de 13.8 kg ó de 36.8 kg (dependiendo del rango de protección que se esté considerando), existirá seguramente un riesgo debido al peso de las cargas. A pesar de ello, es aconsejable completar las fichas de recogida de datos con vistas a detectar otros posibles factores desfavorables que puede ser conveniente tratar de corregir al rediseñar esas tareas. DIAGRAMA DE DECISIONES RECOGIDA DE DATOS. (Ficha 1) En esta fase se recogerán los datos necesarios para realizar la evaluación del riesgo en cada tarea. Para ello se cumplimentará en el puesto de trabajo a evaluar la ficha 1 que tiene tres partes: Datos de la manipulación. (Ficha F1A) En ella se regogerán datos cuantificables que serán necesarios para realizar la evaluación. 1) Se anotará el peso real que tiene la carga que se manipula. 2) Se tomarán los datos que permitirán calcular el Indice de Levantamiento que servirá como un valor de referencia a comparar con el peso real, y que no se deberá sobrepasar. Se marcarán las casillas que correspondan a la situación concreta de la manipulación. 3) Se anotará el peso que transporta diariamente el trabajador. 4) Se anotará la distancia recorrida mientras se manipulan las cargas. Datos ergonómicos. (Ficha F1B) Estos datos son en su mayoría subjetivos, siendo muy importante en este caso la opinión de la persona que la toma, la cual deberá haber estudiado previamente cómo pueden influir los diferentes "factores de análisis". La contestación a las preguntas es SI o NO. Las respuestas afirmativas en estos datos indican que muy probablemente pueda existir un riesgo debido al factor considerado, aunque en estos casos la persona que realiza la evaluación debe considerar si se trata de un riesgo tolerable o no tolerable. Datos individuales. (Ficha F1C) En este apartado se recogen factores dependientes del individuo, como pueden ser: lesiones en la espalda o enfermedades importantes; situaciones especiales, como el embarazo de las trabajadoras, que por sus características hagan que no sea aconsejable que manejen cargas. En caso de manejarlas, estas deberán ser sensiblemente inferiores a las que se pueden manejar en situaciones normales. CÁLCULO DEL INDICE DE LEVANTAMIENTO. (Ficha 2) En esta fase se proporciona una ficha para el cálculo del INDICE DE LEVANTAMIENTO a partir de los datos de campo recogidos en la ficha F1A (Recogida de datos, datos de la manipulación). El INDICE DE LEVANTAMIENTO es un límite de referencia teórico, de forma que, si el INDICE de las cargas transportadas es mayor que este INDICE aceptable, muy probablemente se estará ante una situación de riesgo. Este INDICE DE LEVANTAMIENTO se calcula a partir de un peso teórico que dependerá de la zona de manipulación de la carga y que se multiplicará por una serie de factores de corrección que varían entre 0 y 1, en función del desplazamiento vertical, el giro, el tipo de agarre y la frecuencia. FICHA 2 CÁLCULO DEL INDICE DE LEVANTAMIENTO 8
  • 9. EVALUACIÓN DEL RIESGO. (Ficha 3) En esta fase se procede a la evaluación del riesgo (utilizando los valores obtenidos en las fichas 1 y 2), mediante un diagrama que conduce a dos situaciones: RIESGO TOLERABLE O RIESGO NO TOLERABLE. En este último caso se deberá proseguir con la implantación de medidas preventivas para su eliminación o reducción. El proceso de evaluación tiene cuatro pasos: Primer paso: En general, si la carga pesa más de 23 kg, ya se puede pensar que probablemente existirá riesgo. Para individuos sanos y debidamente entrenados, la carga podrá pesar hasta 36.8 kg (peso real multiplicado por 1.6), pero sólo se podrá manejar esporádicamente. Si se quiere proteger a la mayoría de la población, incluyendo a las mujeres y a los hombres menos fuertes, el peso real no deberá superar los 13.8 kg (peso real multiplicado por 0.6). Segundo paso: Se determinara el indice de levantamiento. Si el mismo es igual o mayor de 3, la tarea supone un riesgo no tolerable. También en este caso se podrá optar por proteger a la mayoría de la población o sólo para individuos entrenados: Mayoría de la población: Multiplicar el Peso Aceptable por 0,6. Trabajadores sanos y entrenados: Multiplicar el Peso Aceptable por 1,6. Tercer paso: La evaluación puede seguir dos caminos: a. Si se transporta la carga una distancia menor de 10 mts. b. Si se transporta la carga una distancia mayor de 10 mts. Si el peso transportado diariamente supera los valores propuestos (10.000 kg y 6.000 kg, respectivamente), existe un riesgo no tolerable. Cuarto paso: En este paso se valorará si se superan adecuadamente los demás factores de las fichas F1A y F1B (Datos ergonómicos y datos individuales). Como se comentó anteriormente, las respuestas afirmativas indican que probablemente pueda existir un riesgo debido al factor en cuestión y, por tanto, cuantas más aparezcan, más probable será que el riesgo sea no tolerable. La persona que realiza la evaluación debe valorar si estas respuestas positivas son susceptibles de generar riesgos inaceptables, llegando a una situación de RIESGO NO TOLERABLE o, por el contrario, no son suficientes para generarlos, con lo que se llegaría a una situación de RIESGO TOLERABLE FICHA 3 EVALUACIÓN DEL RIESGO MEDIDAS CORRECTORAS (Ficha 4) Si la evaluación final indica que existe un RIESGO NO TOLERABLE por manipulación manual de cargas, se deberá usar esta ficha, previo estudio atento de las fichas anteriores que indican qué factores son los más desfavorables. Posiblemente la actuación sobre algunos factores hará que los restantes puedan desaparecer o reducirse considerablemente, ya que muchos estarán interrelacionados. FICHA 4 MEDIDAS CORRECTORAS Por tanto, se deberán proponer prioritariamente aquel tipo de medidas que más contribuyan a la eliminación o reducción del riesgo, debido a la manipulación manual de cargas, al nivel más bajo que sea razonablemente posible. Entre otras se proponen las siguientes: 9
  • 10. Utilización de ayudas mecánicas Reducción o rediseño de la carga. (Reduciendo su tamaño, o su peso, o rediseñando la carga, de manera que tenga una forma regular, e incluso dotándola de asas que faciliten el agarre). l Organización del trabajo. (Para ello, se procurará que la manipulación sea más fácil, organizando las tareas de forma que se eviten giros, inclinaciones, estiramientos, empujes, etc. innecesarios). Sería conveniente organizar las operaciones de almacenamiento de forma que los objetos más ligeros se coloquen en los estantes más altos o más bajos, dejando los centrales para los objetos más pesados. También podrá, por ejemplo, diseñar periodos de descanso apropiados, de forma que la exposición al riesgo por parte de los trabajadores se reduzca. La rotación de tareas es también muy interesante, ya que reduce la exposición del trabajador (siempre que las restantes tareas no impliquen gran actividad física o los mismos grupos musculares yarticulaciones). En cualquier caso, estas soluciones no deben sustituir un buen diseño del puesto de trabajo. Mejora del entorno de trabajo, evitando por ejemplo los desniveles, las escaleras, los espacios constreñidos o insuficientes, las temperaturas extremadas, etc. BIBLIOGRAFIA: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la Manipulación manual de cargas. Instituto Nacional de seguridad e higiene en el trabajo (España) 10