1. PREVENCIÓN Y CONTROL EPIDEMIOLÓGICO
“TALLER”
ELABORADO POR:
VERÓNICA OQUENDO OSPINA
GRUPO 3, JORNADA: TARDE
DOCENTE
EDWIN GUTIÉRREZ ORTÍZ
ENFERMERO PROFESIONAL UDEA
CENTRO DE SISTEMAS DE ANTIOQUIA “CENSA”
ESCUELA DE SALUD
TÉCNICO LABORAL EN AUXILIAR DE ENFERMERÍA
MEDELLÍN
2016
2. ~ 3 ~
CONTENIDO
pág.
INTRODUCCIÓN 7
OBJETIVOS 8
OBJETIVO GENERAL 8
OBJETIVOS ESPECÍFICOS 8
DESARROLLO 9
1. NORMAS QUE REGLAMENTAN EL COMITÉ PARITARIO DE
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO 9
2. ¿CENSA CUENTA CON ESTE COMITÉ?, ¿QUÉ FUNCIONES TIENE
DESARROLLADO Y QUIÉNES LO COMPONEN? 11
3. COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:
CLÍNICA CES DE MEDELLÍN 15
3.1 Objetivo. 15
3.2 Funciones y composición. 15
4. REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA DEL MANEJO DE LOS
RESIDUOS HOSPITALARIOS 16
5. REALIZAR EN MINIATURA DISPOSITIVOS DEL MANEJO DE
DESECHOS HOSPITALARIOS
6. SISTEMA DE TRATAMIENTO Y/O DISPOSICIÓN FINAL DE
RESIDUOS HOSPITALARIOS 17
7. UBICAR EN CADA UNA DE LAS SEDES DE CENSA (MEDELLÍN,
ITAGÜÍ, BELLO) COMO SE HACE LA DISPOSICIÓN FINAL DE
RESIDUOS. 20
8. NORMAS QUE REGLAMENTAN EL SIVIGILA 22
9. EVENTOS Y ENFERMEDADES DE NOTIFICACIÓN
EPIDEMIOLÓGICA MÁS PREDOMINANTE EN MEDELLÍN 23
9.1 Enfermedad Diarreica Aguda. 24
9.2 Dengue. 25
4. ~ 5 ~
LISTA DE CUADROS
pág.
Cuadro 1. COPASST de Censa. 14
Cuadro 2. Empresa encargada de Saneamiento en Antioquia. 17
Cuadro 3. Sistemas de tratamiento y disposición final de los residuos
hospitalarios.
18
5. ~ 6 ~
LISTA DE ANEXOS
pág.
Anexo 1. Formatos de notificación epidemiológica. 33
Anexo 2. Elecciones COPASST 2014. 34
Anexo 3. Programa de Manejo Integral de Residuos Sólidos (PMIRS),
Sede Itagüí.
35
6. ~ 7 ~
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo aborda una consulta extraclase, el desarrollo de este tema, se
hace para profundizar un asunto de vital importancia dentro del sector de la salud, y
que hace parte del conocimiento general que el futuro Auxiliar de Enfermería debe
tener en cuenta para el ejercicio de su profesión. La seguridad en el trabajo, es un
aspecto clave, que identifica los factores de riesgo en la estructura y en todo lo
relacionado con el puesto y sitio de trabajo, así como también fija las medidas
necesarias, para la prevención y seguridad laboral.
El objetivo principal el cual pretende lograrse con la solución a este taller, es que el
alumno esté en la capacidad de responder a las generalidades del sistema normativo
de salud, reconozca los riesgos biológicos, químicos y físicos a los que está
expuesto y de esta manera logre integrar los diferentes aspectos del ser (ser, saber,
hacer).
La ejecución del presente informe extracurricular, se realiza y se centra en un interés
particular asociado a lo académico, en conocer las leyes por las cuales se regulan
las normas colombianas en el ámbito de residuos hospitalarios; las disposiciones
finales según la ley y aparte, las normas que reglamentan la seguridad laboral en
nuestro país.
La metodología empleada para el desarrollo de esta consulta, partió desde la
investigación realizada a través de medios virtuales como: la plataforma internet,
donde se realizó la búsqueda de fuentes de información en cuanto a: leyes, normas,
seguridad laboral y el PEI (Proyecto Educativo Institucional) del Censa. Estos datos
fueron claves para la construcción de este documento. La indagación de personas
que trabajan en Censa, también es parte de la metodología empleada; ya que estas
personas aportaron información relevante para la solución de los ítems que se
refieren puntualmente a esta institución.
En cuanto a la metodología utilizada en las manualidades, correspondientes al punto
cinco (5) del taller; se utilizaron guías virtuales, como estrategia metodológica a
seguir y que a su vez facilitara un entorno de motivación. Se empleó la capacidad
particular de la alumna; en cuanto a creatividad y así mismo, se plasmó y se llevó a
cabo: partiendo desde una realidad inanimada a una realidad tangible e inventiva.
El presente documento pretende de una forma muy modesta, tratar de unificar
algunos conceptos vistos en clase y contribuir al incremento de los conocimientos del
estudiante: Técnico Laboral en Auxiliar de Enfermería. A continuación, el desarrollo
del taller.
7. ~ 8 ~
OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL
Responder a las generalidades del sistema normativo de salud y reconocer los
riesgos laborales, biológicos, químicos y físicos a los que se está expuesto en el
ejercicio de la profesión y de esta manera; lograr integrar los diferentes aspectos del
ser (ser, saber, hacer).
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Conocer las normas que reglamentan el Copasst o el Copaso.
Conocer el funcionamiento del entorno educativo (Censa), en material de prevención
de riesgos laborales.
Reconocer según la normativa legal para cuáles instituciones está reglamentado un
Comité Paritario de Seguridad Laboral, identificando sus funciones dentro del
programa.
Identificar los tipos de riesgos en la seguridad laboral.
Reconocer los tipos de residuos hospitalarios y su naturaleza reglamentaria, así
como su disposición final.
Conocer las normas que reglamentan el SIVIGILA.
8. ~ 9 ~
DESARROLLO
1. NORMAS QUE REGLAMENTAN EL COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y
SALUD EN EL TRABAJO
Las normas que regulan el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo son:
Inicialmente, la ley 9 de 1979 (24 de Enero), quien en su título III, fijó los parámetros
generales de la Salud Ocupacional en Colombia, como:
Prevenir todo daño para la salud de las personas, derivado de las condiciones de
trabajo.
Proteger a la persona contra los riesgos relacionados con agentes físicos,
químicos, biológicos, orgánicos, mecánicos y otros que pueden afectar la salud
individual o colectiva en los lugares de trabajo.
Eliminar o controlar los agentes nocivos para la salud en los lugares de trabajo.
Proteger la salud de los trabajadores y de la población contra los riesgos
causados por las radiaciones.
Proteger a los trabajadores y a la población contra los riesgos para la salud
provenientes de la producción, almacenamiento, transporte, expendio, uso o
disposición de sustancias peligrosas para la salud pública.
Y en el artículo 111 dejó abierta la posibilidad de constituir el Comité Paritario de
Higiene y Seguridad Industrial. Expresando la ley, lo siguiente:
“Artículo 111º.- En todo lugar de trabajo se establecerá un programa de Salud
Ocupacional, dentro del cual se efectúen actividades destinadas a prevenir los
accidentes y las enfermedades relacionadas con el trabajo. Corresponde al Ministerio
de Salud dictar las normas sobre organización y funcionamiento de los programas de
salud ocupacional. Podrá exigirse la creación de comités de medicina, higiene y
seguridad industrial con representación de empleadores y trabajadores.”
Luego la Resolución 2400 de 1979, creada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad
Social, establece algunas disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad en los
establecimientos de trabajo. Creó en su artículo 2º: La obligación, por parte de los
patronos, de crear los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad. Dando lugar a
programas como; medicina preventiva, sistemas de control para protección de
trabajadores, inducciones antes de asumir un puesto de trabajo, mantener el medio
ambiente del trabajador en adecuadas condiciones de higiene, etc.
Después el Decreto 614 de 1984 (14 de Marzo) determina las bases para la
organización y administración de salud ocupacional en el país, quien en su artículo
25, ordenó la constitución en las empresas públicas o privadas, de un Comité de
9. ~ 10 ~
Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, integrado por un número igual de
representantes de los patronos y de los trabajadores.
Más adelante, el Ministerio del Trabajo con la Resolución 2013 de 1986 (6 de junio),
reglamentó la conformación y el funcionamiento del Comité de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial en los lugares de trabajo y dictamina que todas las empresas e
instituciones públicas o privadas que tengan diez (10) o más trabajadores están
obligadas a conformarlo y regirse bajo esta resolución.
Luego, el Decreto 1295 de 1994, por el cual se determina la organización y
administración del Sistema General de Riesgos Profesionales, en su artículo 63,
determinó que, a partir de su entrada en vigencia, el comité paritario de medicina
higiene y seguridad industrial de las empresas se seguiría llamando: Comité Paritario
de Salud Ocupacional, abreviadamente conocido como: “COPASO”. Y seguirá
rigiéndose por la Resolución 2013 de 1986.
Después el Decreto 016 (9 de Enero de 1997), por el cual se reglamenta la
integración, el funcionamiento y la red de los comités nacional, seccional y local de
salud ocupacional. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, reglamentó la
conformación y el funcionamiento de la red integrada por el comité nacional, los
comités seccionales y los comités locales de salud ocupacional.
La Ley 1562 de 2012, por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se
dictan otras disposiciones en materia de Salud Ocupacional, cambió la expresión:
“Programa de Salud Ocupacional”, Por: “Sistema de Gestión de la Seguridad y
Salud en el Trabajo SGSST”, por eso en la actualidad, ya se está hablando de:
“Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo –COPASST” y no de
“COPASO”, pero en realidad son lo mismo y se rigen por la misma Resolución: 2013
de 1986.1
1
COPASO. ¿Qué es el Copaso? [En Línea]. Medellín, Colombia, 2015. [Citado el 22 de marzo de 2016].
Disponible en Internet: <URL:
http://www.copasosdecolombia.co/userfiles/files/Que%20es%20el%20COPASO.pdf>.
10. ~ 11 ~
2. ¿CENSA CUENTA CON ESTE COMITÉ?, ¿QUÉ FUNCIONES TIENE
DESARROLLADO Y QUIÉNES LO COMPONEN?
El Censa es una empresa de denominación “S.A.S”, conocido como “Sociedad
Anónima Simplificada”, La SAS da la posibilidad a los empresarios de escoger las
normas societarias que más convenga a sus intereses, lo que reafirma que se trata
de una regulación flexible que se puede ajustar a los requerimientos de los socios.
De modo que el Censa, es una empresa constituida por una sociedad anónima
conformada por una o varias personas naturales o jurídicas, es una institución que
ofrece un servicio público pero con sentido social, que funciona con la estructura
legal de constitución de empresa y que por ende, tiene a su cargo una nómina amplia
entre docentes y personal administrativo. Partiendo de lo anteriormente expuesto, la
ley establece claramente que: “Todas las empresas e instituciones, públicas o
privadas que tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a
conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.”2
Siguiendo estos
lineamientos, Censa está en la obligación según la Resolución 2013 de 1986, de
tener totalmente conformado y funcionando correctamente el Comité Paritario de
Seguridad y Salud en el Trabajo –COPASST. El cual se dictamina como un
organismo de coordinación entre el empleador (Censa) y sus trabajadores (nómina
legalmente contratada) para promover y vigilar las normas y programas de salud
ocupacional dentro del instituto.
Debe estar compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los
trabajadores, con sus respectivos suplentes, así:
De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes.
De 50 a 499 trabajadores, dos representantes por cada una de las partes.
De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada una de las partes.
De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de las partes.3
El Censa como institución educativa, ha logrado una expansión y desarrollo que se
ha extendido a lo largo de la Regional Antioquia, donde ha colonizado diferentes
municipios como: Itagüí, Caldas, Bello, Barbosa, Caucasia, El Peñol, Rionegro,
Yarumal y Segovia. También ciudades como: Manizales y Bogotá. A nivel
internacional, ha logrado penetrar mercados como: Estados Unidos, Costa Rica y
2
RESOLUCIÓN 2013 DE 1986. Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de
Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo. [En Línea]. Bogotá, DC. [Citado en marzo 22
de 2016]. Disponible en Internet: <URL: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5411>.
3
MANUAL COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL. Componente Administrativo. [En Línea]. Bogotá,
D.C. Colombia, 2009. [Citado en marzo 22 de 2016]. Disponible en Internet: <URL:
https://tramites.minsalud.gov.co/FormatosDescargables/Copaso/ManualComiteParitarioEnSaludOcupacional.pdf>
11. ~ 12 ~
Argentina4
llevando educación adecuada para el trabajo. Lo cual inspira a pensar,
que actualmente, Censa está conformado por una nómina que puede tener entre:
“1.000 o más trabajadores”, que estarían representados en el comité, por cuatro (4)
integrantes por cada una de las partes (empleador y empleados), con sus
respectivos suplentes. Es importante destacar, que estos representantes nunca se
elegirán por sede, puesto que, la razón social del establecimiento como empresa es
global, compuesta por un representante legal y está cobijando todas las subsedes.
Así que se reúne el sindicato de la institución y por comandita con los ejecutivos, se
eligen los representantes.
En particular, en las empresas, el Representante Legal, que para el caso del Censa
es el Doctor Albert Corredor Gómez, con cédula de ciudadanía. Nº 72.160.581 de
Barranquilla, es el responsable de que se implemente y desarrolle el Programa de
Salud Ocupacional y, así mismo, de la conformación y el funcionamiento del Comité
Paritario de Salud Ocupacional, aunque delegue dicha responsabilidad, en un
subalterno capacitado para el cargo, como sería el caso del Sub Director Académico
el Doctor Elkin Restrepo Escobar.5
El período de trabajo del Comité Paritario, siempre será de dos años, se conforma
mediante un proceso de elección, en el que prime la libertad e igualdad de
participación de todos los trabajadores. Una vez elegido el Comité, deberá ser
inscrito por el representante legal de Censa ante la Dirección Territorial del Ministerio
de la Protección Social correspondiente a la sede de la institución.
Las funciones fundamentales del comité son:
Investigación: De incidentes, accidentes de trabajo, enfermedad profesional e
información estadística.
Capacitación: Participar en las actividades de capacitación dirigidas a directivos,
supervisores, miembros del comité y trabajadores en general en aspectos de
Salud Ocupacional.
Coordinación: Entre empleadores y trabajadores en temas inherentes a la Salud
Ocupacional.
Inspecciones: A las instalaciones locativas, máquinas, equipos, herramientas,
elementos para emergencias, brigada de emergencia, procesos industriales y
operaciones. Esta actividad adquiere especial dimensión ya que su función es
4
CENSA. Sedes. [En Línea]. Medellín, Colombia. [Citado en marzo 22 de 2016]. Disponible en Internet: <URL:
http://www.censa.edu.co/portal/sitio/contenidos_indice_vitrina_mo.php?c=260>.
5
PEI, Proyecto Educativo Institucional. Representante Legal y Subdirector Académico. Medellín, Colombia, 2013.
[Citado en marzo 22 de 2016]. Disponible en Internet: <URL: http://www.egm.edu.co/images/pdf/pei-censa-
04092013.pdf>.
12. ~ 13 ~
esencialmente preventiva y por lo tanto debe hacer especial hincapié en detectar
las causas no solo de los accidentes sino de los incidentes, para eliminar los
agentes de riesgo.
Vigilancia: Sobre el cumplimiento, por parte de empleadores y trabajadores de:
Programa de Salud Ocupacional, el Reglamento de Higiene y Seguridad
Industrial, las Normas legales vigentes y actas.
Otras como: Velar por el cumplimiento de acciones en materia de promoción,
prevención y seguridad industrial y promover la participación de los trabajadores
en su seguridad personal y en el cumplimiento de las normas y procedimientos
definidos por el Programa de Salud Ocupacional.6
En general, velar por el desarrollo del Programa de Salud Ocupacional de la
empresa. En particular, debe cumplir con las funciones establecidas en el Artículo
11º De la Resolución 2013 de 1986, además de las señaladas por el Artículo 26 de
Decreto 614 de 1984. Pero el Censa, cumple concretamente con los siguientes
objetivos:
Destinar oportunamente los recursos humanos, financieros y físicos que
garanticen la eficacia del SG- SST.
Promover la seguridad e higiene conservando en óptimo estado los distintos
lugares y equipo de trabajo para que estos no se conviertan en un factor que
propicie accidentes, enfermedades laborales y/o contaminación del medio
ambiente.
Generar espacios de participación que fortalezcan la labor consecuente del
Comité Paritario de Seguridad y Salud en el trabajo (COPASST), hacia las
actividades propuestas en el sistema de gestión.
Crear una cultura de prevención basada en el autocuidado y estilo de vida
saludable.
Identificar, evaluar y valorar los riesgos, presentes en cada uno de los procesos
y/o actividades desarrolladas en la empresa, estableciendo el control de los
mismos.
Cumplir con la legislación colombiana vigente sobre Seguridad y Salud en el
Trabajo, normas sobre prácticas de manufactura, la conservación del medio
ambiente y las demás normas que genere la empresa.
Según Censa, “Es responsabilidad de cada colaborador adherirse a esta política y
reportar prácticas inconsistentes en su contenido o que generen riesgos reconocidos
o inaceptables, para calidad, seguridad, salud y el medio ambiente”.
6
MANUAL COMITÉ PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL. Op. Cit., p. 12 - 13.
13. ~ 14 ~
Cito nuevamente el Artículo 12: Resolución 2013 de 1986, para nombrar según
Censa, las funciones del Presidente del comité y del secretario, las cuales aparecen
a continuación. Además en el cuadro 1, se presenta los nombres de cada uno de los
integrantes del COPASST, con sus respectivos suplentes.
Funciones del Presidente del COPASST:
Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz.
Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o sitio de las
reuniones.
Notificar por escrito a los miembros del comité sobre convocatoria a las reuniones
por lo menos una vez al mes.
Preparar los temas que van a citarse en cada reunión.
Tramitar ante la administración de la empresa las recomendaciones aprobadas en
el seno del comité, y darle a conocer todas sus actividades.
Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del comité e informar a los
trabajadores de la empresa acerca de las actividades del mismo.
Funciones del Secretario del COPASST:
Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones programadas.
Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión y someterla a
la discusión y aprobación del comité.
Llevar archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité y suministrar
toda la información que requieran el empleador y los trabajadores.
Cuadro 1. COPASST de Censa.
Representantes del Empleador
Principales
Andrés Felipe Morant Cano
Coordinador Apoyo Administrativo
Diana Zapata Rendón
Directora Escuela de Salud
Suplentes
Diana Milena Muñoz Borja
Coordinadora Procedimientos de Nómina
Ibis Rocío Yánez Lora
Coordinadora Académica Escuela de Salud
Representantes de los Empleados
Principales
Jhon Mario Gómez Zapata
Coordinador de Procedimientos en Redes de
Comunicaciones
Christian Camilo Zamora Gutiérrez
Coordinador de Infraestructura Tecnológica
Suplentes
Gladis Milena Tamayo Palacio
Coordinadora de Informática
Lludy Yatiana Lopera Isaza
Coordinadora de Admisiones y Registro
14. ~ 15 ~
3. COMITÉ PARITARIO DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO:
CLÍNICA CES DE MEDELLÍN
3.1 Objetivo. El objetivo de este comité es participar de las actividades de
promoción, prevención, divulgación e información sobre medicina, higiene y
seguridad industrial, al igual que proponer medidas que procuren y mantengan la
salud de las personas en sus lugares y ambientes de trabajo, mediante la vigilancia,
el cumplimiento de las normas y políticas que establezca la ley y la institución para el
bienestar de los empleados. Dentro de estos programas encontramos:
Programa de sustancias químicas
Evaluación de puestos de trabajo
Análisis de ausentismo
Sistemas de Vigilancia Epidemiológica como riesgo biológico, riesgo
osteomuscular, para radiaciones ionizantes, entre otros.
3.2 Funciones y composición. El Comité Paritario de Salud Ocupacional es un
grupo de personas que velan por la participa de las actividades de promoción,
prevención, divulgación e información sobre medicina, higiene y seguridad industrial
y proponen medidas que procuren y mantengan la salud de los trabajadores en sus
lugares y ambientes de trabajo.
Según la Resolución 2013 de 1986, el Comité Paritario de Salud Ocupacional estará
compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los
trabajadores, con sus respectivos suplentes. Para el caso de la Clínica, son tres por
cada una de ellas.
El 28 de marzo se llevaron a cabo las elecciones para el COPASO 2014-2016,
gracias a una amplia participación por parte de los colaboradores se recibieron 387
votos y se eligieron tres representantes y tres suplentes para el grupo de trabajo.
Jorge Úsuga (126 votos), Ruth Estela Marín (107 votos) y Ana María Sánchez (74
votos), fueron los candidatos con mayor cantidad de votos, elegidos como
principales; los suplentes para este periodo serán: Gladis Ramírez, Marcela Restrepo
y Marta Ligia Arango.
Además de los tres representantes elegidos por los colaboradores, el Comité
Paritario de Salud Ocupacional está conformado por tres representantes del
empleador, para este caso: Olga Mabel Salazar y Ana María Álvarez, el tercer
miembro está por definir por parte de la Dirección General.7
7
COPASO. Clínica CES, Medellín. Actualidad CES. [En Línea]. Medellín, marzo 2016. [Citado en marzo 22 de
2016]. Disponible en Internet: <URL: http://www.clinicaces.com/noticia.asp?Codigo=55>.
15. ~ 16 ~
4. REGLAMENTACIÓN EN COLOMBIA DEL MANEJO DE LOS RESIDUOS
HOSPITALARIOS
En Colombia se reglamenta el adecuado manejo de residuos hospitalarios a través
del Decreto 2676 de 2000 (Diciembre 22). Derogado por el art. 18, Decreto Nacional
351 de 2014. Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos
hospitalarios y similares.8
Claramente, en el Artículo 1°. Se reglamenta ambiental y sanitariamente, la gestión
integral de los residuos hospitalarios y similares, generados por personas naturales o
jurídicas. El Artículo 3° de la norma, habla sobre el manejo de los residuos
hospitalarios y similares que se rige por los principios básicos de bioseguridad,
gestión integral, minimización, cultura de la no basura, precaución y prevención.
Los residuos hospitalarios y similares representan un riesgo para la salud del
personal médico, paramédico y enfermería, pacientes, visitantes, personal de
recolección de residuos y otros, y de la comunidad en general, además del riesgo
ambiental que de ellos se derivan.
En respuesta con la problemática los Ministerios de Salud y Medio Ambiente
determinaron un Programa Nacional para la Gestión Integral de Residuos
Hospitalarios haciendo parte del Plan Nacional Ambiental PLANASA 2000 – 2010,
con tres componentes fundamentales: el primero, lo constituye el Decreto 2676 de
2000 y sus modificaciones, instrumentos reglamentarios para la gestión integral de
los residuos hospitalarios y similares, en el cual se establecen claramente las
competencias de las autoridades sanitarias y ambientales, quienes deben desarrollar
un trabajo articulado en lo que se refiere a las acciones de inspección, vigilancia y
control.
8
ALCALDIA DE BOGOTÁ. Decreto 2676 de 2000. [En Línea]. Bogotá, D.C. [Citado en marzo 23 de 2016].
Disponible en Internet: <URL: http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11531>.
16. ~ 17 ~
6. SISTEMA DE TRATAMIENTO Y/O DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS
HOSPITALARIOS.
La recolección externa, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos no
peligrosos y peligrosos está a cargo de las empresas especiales de aseo o
especializadas, contratadas para prestar dichos servicios, las cuales cuentan con las
autorizaciones de las autoridades ambientales competentes. El tratamiento de alta
eficiencia utilizado para los residuos anatomopatológicos, cortopunzantes y de
animales es la termo destrucción controlada (Incineración).
Todos los residuos biosanitarios son sometidos, por parte de la empresa especial de
aseo, a esterilización con autoclave, tratamiento de alta eficiencia, que tiene por
objeto eliminar la carga biológica contaminante de dichos residuos. Es de aclarar
que una fracción de los residuos peligrosos infecciosos es sometida a desactivación
mediante autoclave dentro de las instalaciones del INS, siguiendo el principio de
precaución para los residuos generados en procedimientos con microorganismos del
grupo de riesgo 2 y 3. A continuación se presenta un cuadro resumen de los
sistemas de tratamiento y disposición final de los residuos generados por el INS a
cargo de empresas autorizadas por las entidades ambientales y sanitarias
competentes para este fin.
Cuadro 2. Sistemas de tratamiento y disposición final de los residuos hospitalarios.
Tipo de residuo Disposición final
Residuos no peligrosos:
Biodegradables
Inertes
Comunes
Relleno sanitario
Residuos no peligrosos:
Reciclables
Reciclaje de material para volver a ser utilizado
en procesos productivos como materia prima
Residuos peligrosos:
Biosanitarios
Desactivación con autoclave en relleno
sanitario.
Residuos peligrosos:
Anatomopatológicos
Termodestrucción controlada
Relleno sanitario - celda de seguridad
Residuos peligrosos:
Cortopunzantes
Termodestrucción controlada
Relleno sanitario - celda de seguridad
Residuos peligrosos:
De animales
Termodestrucción controlada para animales
(anatomopatológicos) o desactivación con
autoclave
(biosanitarios de animales)
Relleno sanitario - celda de seguridad
Residuos peligrosos:
Químicos reactivos
Entrega a terceros autorizados por la autoridad
ambiental para su destrucción y disposición
final. En relleno sanitario posterior al
encapsulamiento.
17. ~ 18 ~
Cuadro 3. Empresa encargada de Saneamiento en Antioquia.
Gestión externa del manejo de los residuos en la subregión Valle de Aburra.
Esta es la subregión de mayor desarrollo del Departamento, en donde está asentada más
del 50% de la población del mismo y por tanto se ubica la mayor parte de los generadores de
residuos Hospitalarios y Similares. La conforman los municipios de Barbosa, Bello, Caldas,
Copacabana, Envigado, Girardota, Itagüí, La Estrella, Medellín, Sabaneta.
Sobre la Subregión del Valle del aburra tienen jurisdicción dos Corporaciones
Autónomas Regionales, las cuales son:
Corantioquia: Con jurisdicción sobre las áreas rurales de los municipios de
Barbosa, Bello, Caldas, Copacabana, Girardota, Itagüí, La Estrella, Medellín,
Sabaneta y la totalidad del Municipio de Envigado. Sin embargo, en este último
delega sus funciones sobre la Secretaría del Medio Ambiente de dicho Municipio
EMPRESA
LICENCIA
AMBIENTAL
TIPO DE RESIDUOS AUTORIZADOS PARA SU MANEJO
ASEI LTDA
FECHA DE
EXPEDICION
21 DE JULIO
DE 2006.
METROPOL
Tratamiento de residuos (incineración), almacenamiento y disposición
final de residuos industriales (celda de
seguridad) entre ellos:
desechos clínicos resultantes de la atención médica prestada en
hospitales, centros médicos y clínicas.
desechos de medicamentos y productos farmacéuticos.
desechos resultantes de la producción, la preparación y la
utilización de biocidas y productos Fito farmacéuticos.
desechos que contengan cianuros resultantes del tratamiento
térmico y las operaciones de temple.
desechos de aceites minerales no aptos para el uso que estaban
destinados.
mezclas emulsionadas de desechos de aceite y agua o
hidrocarburos y agua.
desechos resultantes de la producción, preparación y utilización
de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas
y barnices.
sustancias químicas de desecho, no identificadas o nuevas,
resultantes de la investigación y el desarrollo o de las
actividades de enseñanza y cuyos efectos en el ser humano o
el medio ambiente no se conozcan.
residuos resultantes de las operaciones de eliminación de
desechos industriales metales pesados en general.
asbesto (polvo y fibras). a1050- lodos galvánicos.
18. ~ 19 ~
Área Metropolitana del Valle de Aburrá: Con jurisdicción sobre las áreas
urbanas de los municipios de Barbosa, Bello, Caldas, Copacabana, Girardota, Itagüí,
La Estrella, Medellín, Sabaneta.
Respecto a la gestión externa, es en esta instancia en donde se observó el mayor
avance, debido a la existencia de rutas hospitalarias para la atención de los
generadores, las cuales son:
Biológicos y Contaminados
Ruta Hospitalaria de EEVVMM E.S.P.
Ruta Hospitalaria de Enviaseo E.S.P.
Ruta Hospitalaria de Interaseo E.S.P.
Ruta de Recolección de ASEI Ltda
Dichas rutas prestan el servicio de recolección y sirven de intermediarios con el
servicio de Incineración de ASEI (ubicado en el municipio de Itagüí), el cual cubre la
totalidad de los municipios del Valle del Aburra y algunos municipios cercanos. Esta
facilidad para el transporte e incineración de los residuos Hospitalarios y Peligrosos
generados en el la Subregión tiene como consecuencia que una parte importante de
los generadores empleen la incineración como alternativa de tratamiento para sus
residuos peligrosos. Sin embargo no se debe emplear la incineración como
alternativa de tratamiento para la totalidad de los residuos Hospitalarios y Similares,
para los cuales se requieren otros tratamientos previos a su vertimiento o disposición
final, o a su reincorporación a los ciclos productivos. En este aspecto es importante
realizar un mayor trabajo con los proveedores de estos productos cómo las fuentes
radiactivas, contenedores presurizados, químicos mercuriales y líquidos reveladores.
Con el fin de que reciban de sus proveedores el tratamiento adecuado.
Es importante anotar que la subregión no cuenta con rellenos sanitarios de seguridad
para la disposición de residuos Hospitalarios y Similares y algunos generadores que
no hacen esterilización de alta eficiencia o utilizan sistemas de tratamiento camuflan
los residuos peligrosos con los no peligrosos entregándolos a la Empresa de Aseo
Municipal. En la actualidad en la subregión se encuentran algunos Hornos
Crematorios que prestan el servicio de incineración de residuos Anatomopatológicos,
como es el caso de Jardines Montesacro (Municipio de Itagüí), Fundación
Cementerio de San Pedro (Municipio de Medellín), Horno Crematorio Coosercun
(Cementerio Universal Municipio de Medellín), entre otros.9
9
INSA, ASOCIACIÓN DE INGENIEROS SANITARIOS Y AMBIENTALES. Departamento de Antioquia. Gestión
externa de Residuos en el Valle de Aburrá. [En Línea]. Medellín, Antioquia. [Citado el 2 de abril de 2016].
Disponible en Internet: <URL: https://www.dssa.gov.co/index.php/descargas/297-diagnosticoresiduos/file>.
19. ~ 20 ~
7. UBICAR EN CADA UNA DE LAS SEDES DE CENSA (MEDELLÍN, ITAGÜÍ,
BELLO) COMO SE HACE LA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS.
Censa hace su disposición final de residuos regida por el decreto 2676 de 2000, por
el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares. Sin
embargo, la institución en sus tres sedes (Medellín, Bello e Itagüí) se enfoca en la
generación y clasificación de residuos no peligrosos, los cuales son aquellos
producidos por el generador en cualquier lugar y en desarrollo de su actividad (en
oficinas, cafeterías, centros de copiado, papelerías, entre otros) que no representan
ningún riesgo para la salud humana y/o el medio ambiente. Estos residuos no
peligrosos, el Censa los clasifica en canecas (código de color: rojo, azul, verde, gris)
los cuales se dividen en las siguientes categorías:
Biodegradables: Son aquellos restos químicos o naturales que se descomponen
fácilmente en el ambiente. En estos restos se encuentran los vegetales, residuos
alimenticios, papeles no aptos para reciclaje, jabones y detergentes
biodegradables, madera y otros residuos que puedan ser transformados
fácilmente en materia orgánica.
Reciclables: Son aquellos que no se descomponen fácilmente y pueden volver a
ser utilizados en procesos productivos como materia prima. Entre éstos se
encuentran: papel, plástico, chatarra, telas y radiografías.
Inertes: Son aquellos que no permiten su descomposición, ni su transformación
en materia prima y su degradación natural requiere grandes períodos de tiempo.
Entre éstos se encuentran: el icopor, papel carbón y los plásticos.
Ordinarios o comunes: Son aquellos generados en el desempeño normal de las
actividades. Estos restos se producen en oficinas, pasillos, áreas comunes,
cafeterías y en general en todos los sitios del establecimiento del generador.
Sin embargo, la institución cuenta con un área de enfermería, donde se atienden los
estudiantes y el personal que requiera de un servicio de inmediatez en determinada
situación crítica que requiera atención inmediata. Además de esto, la escuela de
salud ofrece el programa educativo: Auxiliar de Enfermería, donde los estudiantes
realizan prácticas intergrupales dentro del salón de clase, dichas prácticas, así como
la sala de Enfermería del instituto, generan la producción de residuos infecciosos o
de riesgo biológico, que para el caso del Censa: se manejan con el nombre de
“Biosanitarios”, los cuales son todos aquellos elementos o instrumentos utilizados
durante la ejecución de los procedimientos asistenciales, que tienen contacto con los
fluidos del paciente. Por ejemplo: Las prácticas grupales que tienen que ver con el
aprendizaje en colocación de catéteres, inyecciones intramusculares y subcutáneas,
toma de muestras de sangre, entre otros.
20. ~ 21 ~
Este tipo de residuo el establecimiento educativo, por disposición de la legislación
que así lo establece, debe manejarlo en canecas de color rojo; con el objetivo de
alertar a la comunidad estudiantil y a las personas que tendrán contacto con estos
recipientes para su posterior reciclaje; que tienen un grado de peligrosidad y también
para quienes producen estos desechos, advertirles por medio del color, la rotulación
y el etiquetado de la caneca; que ese es el sitio predispuesto específicamente para
su reciclaje.
Muchos de los ejercicios realizados en clase, involucran la utilización de: Gasas,
apósitos, aplicadores, algodones, drenes, vendajes, mechas, guantes, bolsas para
transfusiones sanguíneas, catéteres, sondas, material de laboratorio como tubos
capilares, de ensayo, sistemas cerrados y sellados de drenajes y ropas desechables
o cualquier otro elemento desechable que la tecnología médica introduzca para los
fines previstos de la educación práctica, los cuales finalizan allí en la caneca roja de
Riesgo biológico: Biosanitario.
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, Censa está en la obligación de velar por el
manejo de todos los residuos que produce, hasta cuando éstos sean tratados o
dispuestos de manera definitiva para garantizar ambiental y sanitariamente un
adecuado tratamiento y disposición final de los residuos hospitalarios y similares
conforme a los procedimientos exigidos por los Ministerios del Medio Ambiente y
Salud. Para lo cual hacen uso de la contratación de la prestación del servicio
especial de tratamiento y la disposición final.10
En otra instancia, el pasado sábado 2 de abril de 2016, el Coordinador de la sede de
Censa en el municipio de Itagüí, el Doctor Fabio Esteban Montoya Flórez, corroboró
lo anteriormente expuesto por la Autora, diciendo que se cuentan con puntos
ecológicos dispuestos para la recolección de residuos y que cada punto, cuenta con
tres recolectores ( de códigos de color: Azul, gris y verde), donde los usuarios
depositan sus residuos y al final de cada día, el personal de aseo realiza la
recolección y hace la separación correspondiente, los residuos que no se reciclan, se
sacan diariamente para que el carro recolector los recoja y lo que es reciclaje se
separa y se almacena.
Para efectos de verificación de la información, véase también el Anexo 3 (p.35), que
corresponde a la carta avalada por el Coordinador de Censa Itagüí; correspondiente
al Programa de Manejo Integral de Residuos Sólidos (PMIRS).
Según la Doctora Ibis Yánez Lora, la disposición de los residuos sólidos y el manejo
de estos se realiza igual en las tres sedes. Sin embargo, la sede de Bello, no ha
emitido un comunicado oficial, donde así se demuestre.
10
La Autora, 2016.
21. ~ 22 ~
8. NORMAS QUE REGLAMENTAN EL SIVIGILA
El SIVIGILA se rige por el Decreto 3518 de 2006. Rige en todo el territorio
colombiano y son de obligatorio cumplimiento. Deben ser aplicadas por:
Instituciones e integrantes del sistema general de seguridad social en salud.
Entidades responsables del régimen de excepción.
Organizaciones comunitarias.
Otras instituciones de interés fuera del sector que influyan directamente en la
salud de la población.
Artículo 20, “Notificación Obligatoria”: Todos los integrantes del sistema de salud
pública que generen información de salud; deben realizar la notificación de aquellos
eventos de reporte obligatorio definidos en los modelos y reportes de vigilancia.
Dentro de los términos de estructura de datos, responsabilidad, clasificación,
periodicidad y destino señalados en los mismos. Observando los estándares de
calidad, veracidad y oportunidad de la información notificada.
Artículo 23, “Análisis de la Información”: Todos los integrantes del sistema de salud
pública deben realizar el análisis del comportamiento de los eventos sujetos a la
vigilancia en salud, acorde con los lineamientos establecidos en los modelos y
protocolos de vivencia en salud con el objeto de orientar las intervenciones de salud
dirigidas al individuo y a la colectividad y la formulación de planes de acción en su
jurisdicción. Los Decretos 158 y 147, regulan la notificación obligatoria de las
enfermedades. El Decreto 158 en su Artículo 6, establece: El médico que atiende
enfermos en establecimientos asistenciales públicos o privados, es el responsable de
la notificación ante la Autoridad Sanitaria Regional (Secretaría Regional Ministerial
de Salud) quien a su vez notifica al Ministerio de Salud correspondiente al lugar
donde fue diagnosticada.
El objetivo de esta ley, es la provisión sistémica y oportuna de información sobre la
dinámica de los eventos que afectan la salud de la población. El propósito es orientar
políticas de planificación en salud pública, tomar decisiones para la prevención y
control de las enfermedades y los factores de riesgo en salud. Con ello, pretende
optimizar el seguimiento y evaluación de las intervenciones para la protección de la
salud individual y colectiva. Esta ley se usa para monitoreo de los daños a la salud,
estimular cuantitativamente los problemas de salud, para la detección de cambios
inesperados en la distribución u ocurrencia de una enfermedad (brotes o epidemias),
facilitar la investigación epidemiológica, describir la historia natural de la enfermedad,
detectar cambios en las políticas y monitorear el cambio de los agentes infecciosos.11
11
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Decreto 3518 de 2006. [En Línea]. Bogotá, D.C, Colombia.
[Citado en marzo 23 de 2016]. Disponible en Internet: <URL:
http://www.ins.gov.co:81/normatividad/Decretos/DECRETO%203518%20DE%202006.pdf>.
22. ~ 23 ~
9. EVENTOS Y ENFERMEDADES DE NOTIFICACIÓN EPIDEMIOLÓGICA MÁS
PREDOMINANTES EN MEDELLÍN. (Información según boletín epidemiológico
semana 11: 13 marzo a 19 marzo de 2016).12
Enfermedades:
Morbilidad por enfermedad diarreica aguda en todos los grupos de edad.
Antioquia: 105.962 casos equivalentes a 13.42%.
Medellín: 7,1%
Dengue
Antioquia: 4.484 casos. Dengue Grave: 35 casos. Equivalentes a 14.1%
Medellín: 8.3%. Dengue grave: 4.1%
Microcefalia.
Antioquia: 6 casos equivalentes a 14.0%
Medellín: 3 casos
Leptospirosis
Antioquia: 152 casos equivalentes al 26%.
Medellín: 5.3%
Eventos:
Mortalidad Materna Temprana:
Antioquia: 7 casos equivalentes a 10.9%.
Medellín: 3 casos equivalentes a 4.7%.
Morbilidad Materna Extrema.
Antioquia: 313 casos equivalentes a 8.5%.
Medellín: 3.4%.
Morbilidad Materna.
Antioquia: 7 casos equivalentes a 10.9%
Medellín: 3 casos equivalentes a 4.7%.
Mortalidad Perinatal y Neonatal.
Antioquia: 185 casos equivalentes a 10.9%
Medellín: 84 casos equivalentes a 4.9%.
Violencia de Género.
Antioquia: 1893 casos equivalentes a 12.3%.
Medellín: 3.9%.
12
BOLETÍN EPIDEMIOLÓGICO SEMANAL. Enfermedades de Notificación Epidemiológica. [En Línea]. Colombia,
marzo 2016. [Citado en marzo marzo 28 de 2016]. Disponible en Internet: <URL: http://www.ins.gov.co/boletin-
epidemiologico/Boletn%20Epidemiolgico/2016%20Bolet%C3%ADn%20epidemiol%C3%B3gico%20semana%201
1.pdf>.
23. ~ 24 ~
9.1 Enfermedad Diarreica Aguda. “La Organización Mundial de la Salud (OMS)
define enfermedad diarreica aguda (EDA) como la presencia de tres o más
deposiciones en 24 horas, con una disminución de la consistencia habitual y una
duración menor de 14 días. La EDA puede ocurrir a cualquier edad de la vida, pero
son los lactantes y niños menores de cinco años los más predispuestos a desarrollar
la enfermedad, y a presentar complicaciones como sepsis, deshidratación y muerte”.
Agente Etiológico. Los principales agentes causales de enfermedad diarreica
aguda son: rotavirus, Escherichia coli, Campylobacter jejuni, Shigella sp, Salmonella
spp, Giardia duodenalis, Yersinia enterocolítica, Entamoeba histolytica
Modo de transmisión:
-Rotavirus: La forma primaria es fecal-oral, en bajos títulos del virus en secreciones
del conducto respiratorio y otros fluidos corporales. Dado que el virus es estable en el
medio ambiente, la transmisión puede ocurrir a través de la ingestión de alimentos
contaminados, y mediante contacto con superficies contaminadas.
-Escherichia coli: Agua y alimentos contaminados.
-Campylobacter sp: Leche, agua y otros alimentos contaminados.
-Shigella sp.: Contacto directo y alimentos contaminados.
-Salmonella spp.: Agua y alimentos contaminados.
-Giardia duodenalis: Puede ser directa (mano-boca) o bien indirecta por ingestión de
agua o comida contaminada.
-Yersinia enterocolitica: Agua y alimentos contaminados.
-Entamoeba histolytica: Vía fecal-oral.
Periodo de incubación:
- Rotavirus: de 24 a 72 horas, aproximadamente.
- Escherichia coli: de 3 a 8 días, con una mediana de 3-4 días.
- Campylobacter sp: de 1 o 2 días.
- Shigella sp.: varía de 1 a 7 días, pero típicamente es de 2 a 4 días.
- Salmonella spp.: desde 6 hasta 48 horas, dependiendo de la dosis infectante, la
que puede ser de 15 a 20 UFC para algunos serotipos.
- Giardia duodenalis: es de 1 a 4 semanas.
- Yersinia enterocolítica: de manera típica va de 4-6 días, aunque varía de 1-14.
- Entamoeba histolytica: es de 2 a 4 semanas.
Cuadro clínico. Disminución en consistencia de evacuaciones, puede
acompañarse de náuseas, vómito, dolor abdominal, fiebre; moco y sangre.
Diagnóstico. La mayoría de las veces queda como: Síndrome diarreico
agudo. Exámenes de laboratorio, que puede ser: Estudio del moco fecal (aspecto,
sangre, leucos por campo, eritroctos, grasa, pH, azúcares, bacterias, quistes o
trofozoitos y hongos). Otros exámenes de diagnóstico consisten en: Amiba en fresco
24. ~ 25 ~
(en busca de amibiasis). Examen de líquido duodenal (en sospecha de giardiasis). Y
finalmente el coprocultivo.
Tratamiento. Hay de dos clases: El sintomático (vómito, ingesta de pequeños
volúmenes de líquido). Y el etiológico (uso de antimicrobianos que se ajustan en
shigelosis, giadiasis, amibiasis, septicemia, moco fecal sugestivo de germen invasor,
en complicaciones abdominales).
- Hidratación. Hay que evaluar la presencia e intensidad de la sed, el estado general,
aspecto de los ojos, de la mucosa oral, frecuencia y profundidad de las respiraciones,
intensidad del pulso, el tiempo de llenado capilar. Según el caso se hará terapia de
hidratación oral.
- El tratamiento de la diarrea aguda es alimentación continua, bebidas abundantes.
Evitar alimentos muy azucarados o muy condimentados.
9.2 Dengue. El dengue es una enfermedad viral febril aguda. Se reconoce un
espectro de manifestaciones de la enfermedad que va desde procesos asintomáticos
hasta cuadros severos; es así como se definen diversas formas clínicas: dengue sin
signos de alarma, dengue con signos de alarma, y el dengue grave donde se
encuentran incluidos el síndrome de choque dengue (SCD) y otras complicaciones
del dengue como miocarditis, encefalitis, hepatitis las cuales se asocian con mayor
mortalidad.
Agente etiológico. Virus del dengue, familia Flaviviridae, género Flavivirus
perteneciente a los arbovirus (virus transmitidos por artrópodos o insectos). El virus
del dengue tiene 4 serotipos (dengue 1, dengue 2, dengue 3, dengue 4), su infección
no provoca protección cruzada prolongada para los otros.
Modo de transmisión. La enfermedad se transmite por la picadura de la hembra
infectada del mosquito Aedes aegypti a un huésped susceptible.
Periodo de incubación. De 3 a 14 días.
Vector. La hembra del mosquito A. aegypti.
Cuadro clínico. Las manifestaciones clínicas del Dengue varían: desde los
pacientes sin ninguna molestia, a pacientes que presentan fiebre que pueda
asemejarse a otras enfermedades. Puede existir: Inicio brusco. fiebre alta, continua
2-7 días, dolor de cabeza, dolor que se presenta detrás de los ojos, Artralgias: dolor
de articulaciones, mialgias: dolor de músculos, erupción dérmica tipo exantema:
manchas rojas en el cuerpo, diarrea y/o dolor abdominal (de barriga), sangrado leve
por fosas nasales, sangrado leve por encías.
25. ~ 26 ~
Diagnóstico. Al hacer el diagnostico se debe tener presente que algunas
molestias pueden confundirse con las de otras enfermedades como por ejemplo
malaria, rubéola, sarampión, fiebre tifoidea, meningitis y la gripe o Influenza. En el
dengue no hay rinorrea (secreción de moco por la nariz) ni congestión nasal.
Tratamiento. Proporcionar líquidos como las soluciones de rehidratación oral
que son recomendadas para poder reponer también los electrolitos. Reposo en
cama. Uso de mosquiteros. Si la temperatura es mayor de 38° bajarla con medios
físicos, si no cediera usar medicamentos como: acetaminofén según dosis adecuada.
9.3 Microcefalia. La microcefalia es un trastorno neurológico poco frecuente en
la que la cabeza del bebé es mucho más pequeña que las cabezas de los otros niños
de la misma edad y sexo. A veces se detecta al nacer, y es generalmente es el
resultado de un desarrollo cerebral anormal en el útero o que no está creciendo
como debería después de nacer.
Etiología. La genética (herencia autosómica recesiva), malformaciones
desarrollo cerebral, Causas secundarias a noxa externa durante el embarazo
(infecciones congénitas, exposición a agentes teratógenos en embarazo), Causas
secundarias a noxa externa durante el embarazo (Causas secundarias a noxa
externa durante el embarazo).
Síntomas. El signo principal de la microcefalia es una cabeza de tamaño
significativamente menor que la de otros niños de la misma edad y sexo. Un niño con
microcefalia severa también puede tener la frente inclinada hacia atrás.
Causas. La microcefalia generalmente es el resultado del desarrollo anormal
del cerebro, que puede ocurrir en el útero o en la infancia. La causa puede ser
genética, así como la fusión prematura de las articulaciones entre las placas óseas
(craneosinostosis), complicaciones en el embarazo, infecciones del feto durante el
embarazo, exposición a drogas o alcohol durante el embarazo, desnutrición grave y
fenilcetonuria.
Diagnóstico. El médico medirá la circunferencia de la cabeza y lo comparará
con una tabla de crecimiento. A veces, en especial si el desarrollo se retrasa,
también puede solicitar pruebas como: una tomografía computarizada o una
resonancia magnética de la cabeza y un análisis de sangre para ayudar a determinar
la causa subyacente.
Tratamiento. A excepción de la cirugía para la craneosinostosis, por lo
general no hay ningún tratamiento para agrandar la cabeza o revertir las
complicaciones. Los programas de intervención en la infancia, que incluyen terapia
26. ~ 27 ~
del lenguaje, terapia física y ocupacional pueden ayudar a su hijo fortalecer sus
capacidades.
9.4 Leptospirosis. La leptospirosis es una enfermedad infecciosa bacteriana de
distribución mundial que en los últimos años ha re-emergido como un problema de
salud pública importante. Por ser una zoonosis afecta tanto a animales como a
personas. En el humano la enfermedad puede ser asintomática o presentarse como
una enfermedad febril bifásica con sintomatología inespecífica y autolimitada que
puede durar de 5-10 días. Los síntomas iníciales característicos además de fiebre de
3 a 10 o más días de presentación, incluyen cefalea, escalofríos, vómito, cefalalgia,
mialgias generalizadas, infección conjuntival, malestar y a veces, postración.
Agente etiológico. Grupo de bacterias, espiroquetas, de la familia
Leptospiraceae género Leptospira. La clasificación taxonómica del género se define
en un grupo de leptospiras patógenas denominado L. interrogans sensu lato; y otro
grupo de leptospiras no patógenas, L. biflexa sesu lato. Actualmente se utiliza el
estudio de la homologación del ADN para la clasificación de las cepas, mediante el
cual se han identificado aproximadamente 300 cepas, que se describen como
especies y serogrupos por cada especie.
Modo de transmisión. Las leptospiras patógenas se establecen en los
túbulos renales de animales reservorios silvestres o domésticos, principalmente
roedores y son excretadas en su orina contaminando el ambiente, donde la bacteria
puede sobrevivir semanas y contagiar a otras especies animales entre las que se
encuentran especies adaptadas como son los bovinos, los equinos, los porcinos en
los que la enfermedad cursa en forma crónica y a especies susceptibles como es el
humano, existiendo dos formas de transmisión: Contacto directo de la piel o mucosas
con la orina de animales infectados. Contacto indirecto de la piel o mucosas con
alimentos, suelos o agua contaminada con la orina de animales infectados.
Periodo de incubación. Generalmente 10 días, con límites de 2 a 26 días.
Cuadro clínico. Los síntomas pueden ser o no bifásicos. En su forma más
común la leptospirosis adopta el aspecto clínico de un síndrome febril anictérico. La
segunda fase presenta las características de la fase inmune y se correlaciona con la
aparición de anticuerpos circulantes de clase IgM. En 5-10% de los casos se agregan
ictericia, manifestaciones hemorrágicas e insuficiencia renal aguda, las bilirrubinas se
elevan por arriba de 15 mg/dl, en tanto que las transaminasas pirúvica y oxalacética
se encuentran ligeramente elevadas constituyendo la enfermedad de Weil. Otros
casos presentan síntomas meníngeos o cursan como síndrome pulmonar
hemorrágico que es la forma más grave y fatal descrita hasta el momento, con 25 a
27. ~ 28 ~
50% de mortalidad asociada superando la ocasionada por el clásico síndrome de
Weil.
Diagnóstico. La enfermedad es usualmente diagnosticada en el laboratorio
mediante la detección de anticuerpos (serodiagnóstico), el cultivo de la bacteria a
partir muestras de sangre, orina o tejidos o por la demostración de la presencia de
leptospiras en los tejidos usando anticuerpos conjugados con marcadores de
fluorescencia. Algunos centros disponen de otros métodos como la reacción en
cadena de la polimerasa (PCR) y la inmunotinción. Las muestras apropiadas y que
más comúnmente se colectan en consecuencia, son:
- Sangre con heparina (para prevenir coagulación) para cultivo en los primeros 10
días.
- Sangre coagulada o suero para serología.
- Orina para cultivo.
- Muestras postmortem.
- Líquido cefalorraquídeo y dializado para cultivo.
Tratamiento. Amoxicilina 500 mg cada 8 horas por 7 a 10 días (casos leves).
Penicilina Sódica, 2 a 4 millones cada 6 horas IV por 7 días (medicamento de
elección).
Otros antibióticos que pueden ser utilizados y sirven para pacientes alérgicos a
Penicilina:
- Doxiciclina 100mg 2 veces al día VO por 7 días
- Tetraciclina 500mg cada 6 horas VO por 7 días
- Cefalosporinas 2 gr por vía IV cada 24 horas durante las primeras 72 horas y
continuar posteriormente con 1 gr diario por vía IM durante 7 días.
Tratamiento farmacológico niños:
- Penicilina G, 250.000 U/Kg./día IV fraccionado en cuatro dosis (cada 6 horas) por 7
a 10 días.
- Tetraciclina en mayores de 9 años: 25-40 mg/Kg/día, cada 6 horas VO por 7 a 10
días.
- Amoxicilina 40-50 mg/kg de peso cada 8 horas por 7 a 10 días.
9.5 Mortalidad Materna Temprana. Una muerte materna es el producto final de la
correlación de una serie de factores que interactúan a través de toda la vida de la mujer. Una
muerte materna, es la defunción de una mujer durante la gestación, el parto o durante los
siguientes 42 días siguientes a la terminación del embarazo, independiente de su
localización anatomofisiológica, relacionada o agravada por el proceso de embarazo mismo,
del parto, el puerperio o su atención.
28. ~ 29 ~
Causas. Causas obstétricas directas, Causas obstétricas indirectas, Causas no
obstétricas, Causas accidentales e incidentales.
Caracterización epidemiológica. La Organización Mundial de la Salud OMS
estima que aproximadamente 585 mil mujeres mueren en el mundo por complicaciones del
embarazo y el parto. De estas muertes, 99% ocurre en los países en desarrollo. En América
latina, la razón de mortalidad materna promedio es de 270 por 100 mil nacidos vivos.
9.6 Morbilidad Materna Extrema. Se define un caso de morbilidad materna
extrema como una mujer con una complicación durante el embarazo, el parto o
dentro de los 42 días siguientes a la terminación del embarazo, que pone en riesgo
su vida pero sobrevive y que cumple con al menos uno de los criterios de inclusión
establecidos
9.7 Morbilidad Materna. La morbilidad está dada por las complicaciones o
enfermedades que se producen durante la gestación, parto o puerperio y pueden ser
inmediatas o mediatas, afectando la salud de las mujeres muchas veces en forma
permanente. Por cada muerte materna, la OMS estima que entre 30 y 100 mujeres
quedan, en menor o mayor grado, discapacitadas, las cuales en su gran mayoría no
reciben ningún tipo de atención. Anualmente cerca de 50 millones de mujeres se ven
afectadas por la morbilidad materna, es decir, sufren padecimientos derivados del
embarazo, parto o posparto. Esta morbilidad es prolongada y a menudo debilitante
cuando menos para 15 millones de ellas.
9.8 Mortalidad Perinatal y Neonatal. Es aquella que ocurre en el periodo
comprendido entre la vigesimoctava semana de gestación y los siete primeros días de vida,
o muerte del feto que alcanza 1.000 gramos de peso. Una muerte perinatal es el resultado
final de la interacción de una serie de factores presentes en el proceso de gestación. El
componente social se destaca entre ellos, específicamente en lo relacionado con el acceso
económico, educativo, legal o familiar de la madre, así como la oportunidad y eficiencia de
los servicios de salud. Como muerte perinatal se considera todas las muertes ocurridas entre
la vigesimoctava semana de gestación y el séptimo día de nacimiento.
9.9 Violencia de Género. Cualquier acción, omisión, conducta o amenaza que cause
muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico y/o patrimonial a la
persona, y/o afectaciones a las familias o las comunidades, asociada a un ejercicio de poder
fundamentado en relaciones asimétricas y desiguales entre hombres y mujeres, donde se
produce una sobrevaloración de los masculino en detrimento de lo femenino, tanto en el
ámbito público como en el privado, para mantener condiciones de desigualdad y
discriminación.13
13
MINISTERIO DE LA PROTECCIÓN SOCIAL. Guías de promoción de la salud y prevención de enfermedades en salud
pública. [En Línea]. Bogotá, D.C, Colombia, mayo de 2007. [Citado en abril 3 de 2016]. Disponible en Internet: <URL:
https://www.minsalud.gov.co/Documentos%20y%20Publicaciones/GUIAS%20DE%20ATENCION%20-TOMO%20DOS.pdf>.
29. ~ 30 ~
CONCLUSIONES
Tanto a la empresa con su COPASO, como también a la ARL, les interesa la salud
de los trabajadores; ambos trabajan en la prevención de accidentes laborales y de
enfermedades profesionales, mejorando las condiciones de la salud ocupacional al
interior de cada empresa. Trabajando en equipo se evitan o reducen las tragedias
que representan los accidentes y las enfermedades para los trabajadores y sus
familias; se evitan o reducen el pago de incapacidades o pensiones, se reducen los
pagos de indemnizaciones, los pagos de remplazos y, el dinero perdido o dejado de
ganar por la disminución de la producción, entre otros.
El COPASO actuará articulado a las directrices generales de la empresa y como en
toda organización es conveniente que desde el principio se cuente con un
reglamento propio que contenga, como mínimo, las normas legales que lo regulan,
las funciones del COPASO en general, las obligaciones de sus miembros, sus
derechos y deberes, reuniones mínimas, directivos, incentivos, etc.; todo eso dentro
del marco de la ley y del respectivo Reglamento Interno de Trabajo.
En las instituciones educativas y en general cualquier empresa que tenga 10 o más
empleados incluido Censa, debe contar con un Comité Paritario de Seguridad
Laboral y siempre tendrá asociado las mismas funciones y responsabilidades que si
se tratara de un gran emporio empresarial. Estas personas, podrán ser reelegidas o
removidas del cargo cada dos años en los cuales podrá cambiarse de
representantes.
Toda fuente de trabajo debe realizar actividades tendientes a la prevención de
riesgos laborales a efectos de llevar a cabo un control de accidentes de trabajo,
disminuir las incapacidades, y evitar las enfermedades profesionales, alcanzando así
un mayor bienestar social, que se refleja en la economía y algunos costos de la
propia empresa. Estos problemas, proyectan la adaptación de los métodos,
instrumentos y condiciones de trabajo, a la anatomía y la fisiología del trabajador en
el ejercicio de su labor.
A partir de este trabajo, se puede concluir que el buen manejo de residuos
hospitalarios, trae consigo una forma de vivir sanamente; ayudando a la protección
del medio ambiente y minimizando los riesgos tóxicos para el ser humano. Aplicando
los conocimientos adecuados para el manejo de las cantidades peligrosas de los
residuos y su disposición final.
30. ~ 31 ~
CIBERGRAFÍA
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de marzo de 2016]. Disponible en Internet: <URL:
http://www.copasosdecolombia.co/userfiles/files/Que%20es%20el%20COPASO.pdf>.
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funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los
lugares de trabajo. [En Línea]. Bogotá, DC. [Citado en marzo 22 de 2016]. Disponible
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1. ANEXOS
FORMATOS DE NOTIFICACIÓN EPIDEMIOLÓGICA