SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 33
LEY ORGANICA DE EDUCACION PROMULGADA EN LA GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA # 5929 DE FECHA SABADO 15 DE AGOSTO DE 2009
ESTRUCTURA CAPITULO I CAPITULO V Art 50 CAPITULO II CAPITULO VI CAPITULO III CAPITULO VII CAPITULO IV Cinco Disposiciones Transitorias
CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES 6.- COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE 1.- OBJETO DE LA LEY 7.- EDUCACION LAICA 2.- AMBITO DE APLICACION 8.- IGUALDAD DE GENERO 3.- PRINCIPIOS Y VALORES RECTORES DE LA EDUCACION 9.- EDUCACION Y MEDIOS DE COMUNICACION 4.- EDUCACION Y CULTURA 10.- PROHIBICION DE INCITACION AL ODIO 5.- EL ESTADO DOCENTE
1.- OBJETO DE LA LEY Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar los principios y valores rectores, derechos, garantías y deberes en educación, que asume el Estado como función indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios constitucionales y orientada por valores éticos humanistas para la transformación social, así como las bases organizativas y de funcionamiento del Sistema Educativo de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 2. ° Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
5.- EL ESTADO DOCENTE Artículo 5. El Estado docente es la expresión rectora del Estado en Educación, en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable, y como servicio público que se materializa en las políticas educativas. El Estado docente se rige por los principios de integralidad, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. En las instituciones educativas oficiales el Estado garantiza la idoneidad de los trabajadores y las trabajadoras de la educación, la infraestructura, la dotación y equipamiento, los planes, programas, proyectos, actividades y los servicios que aseguren a todos y todas igualdad de condiciones y oportunidades y la promoción de la participación protagónica y corresponsable de las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias, de acuerdo con los principios que rigen la presente Ley. El Estado asegura el cumplimiento de estas condiciones en las instituciones educativas privadas autorizadas. Artículo 102 ° La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria.
6.- COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE A.- GARANTIZAR B.- REGULA, SUPERVISA Y CONTROLA D.- PROMUEVE, INTEGRA Y FACILITA LA PARTICIPACION SOCIAL C.- PLANIFICA, EJECUTA, COORDINA POLITICAS Y PROGRAMAS E.- PROMUEVE LA INTEGRACION CULTURAL Y EDUCATIVA REGIONAL Y UNIVERSAL
7.- EDUCACION LAICA Artículo 7. El Estado mantendrá en cualquier circunstancia su carácter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismos religiosos. Las familias tienen el derecho y la responsabilidad de la educación religiosa de sus hijos e hijas de acuerdo a sus convicciones y de conformidad con la libertad religiosa y de culto, prevista en la Constitución de la República.
ESTADOS LAICOS EN EL MUNDO
10.- PROHIBICION DE INCITACION AL ODIO Articulo 10. Se prohíbe en todas las instituciones y centros educativos del país, la publicación y divulgación de programas, mensajes, publicidad, propaganda y promociones de cualquier índole, a través de medios impresos, audiovisuales u otros que inciten al odio, la violencia, la inseguridad, la intolerancia, la deformación del lenguaje; que atenten contra los valores, la paz, la moral, la ética, las buenas costumbres, la salud, la convivencia humana, los derechos humanos y el respeto a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes, que promuevan el terror, las discriminaciones de cualquier tipo, el deterioro del medio ambiente y el menoscabo de los principios democráticos, de soberanía nacional e identidad nacional, regional y local.
CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES 11.- PROHIBICION DE MENSAJES CONTRARIOS A LA SOBERANIA NACIONAL 14.- LA EDUCACION 12.- PROHIBICION DE PROPAGANDA PARTIDISTA EN LAS INSTITUCIONES Y CENTROS EDUCATIVOS 15.- FINES DE LA EDUCACION 13.- PRINCIPIOS DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL Y LA SOLIDARIDAD 16.- DEPORTE Y RECREACION
12.- PROHIBICION DE PROPAGANDA PARTIDISTA EN LAS INSTITUCIONES Y CENTROS EDUCATIVOS Artículo 12. No está permitida la realización de actividades de proselitismo o propaganda partidista en las instituciones y centros educativos del subsistema de educación básica, por cualquier medio de difusión, sea oral, impreso, eléctrico, radiofónico, telemático o audiovisual: a.  En los niveles inicial y primaria. b. En ninguno de los niveles del subsistema de educación básica, puede utilizarse el aula de clases y la cualidad de docente para actividades de carácter partidista. Las condiciones para dar cumplimiento al contenido de este artículo, así como sus excepciones serán establecidas en las leyes especiales y sus reglamentos.
CAPITULO II CORRESPONSABLES DE LA EDUCACION 5.- ORGANIZACIÓN DEL ESTUDIANTADO 1.- LA FAMILIA 2.- LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DEL PODER POPULAR 6.- PARTICIPACION Y OBLIGACION DE LAS EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS EN LA EDUCACION 3.- GESTION ESCOLAR 7.- INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA 4.- COMUNIDAD EDUCATIVA
1.- LA FAMILIA Artículo 17. Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la orientación y formación en principios, valores, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, para cultivar respeto, amor, honestidad, tolerancia, reflexión, participación, independencia y aceptación. Las familias, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el proceso de educación ciudadana y desarrollo integral de sus integrantes.
2.- LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DEL PODER POPULAR Artículo 18. Los consejos comunales, los pueblos y comunidades indígenas y demás organizaciones sociales de la comunidad, en ejercicio del Poder Popular y en su condición de corresponsables en la educación, están en la obligación de contribuir con la formación integral de los ciudadanos y las ciudadanas, la formación y fortalecimiento de sus valores éticos, la información y divulgación de la realidad histórica, geográfica, cultural, ambiental, conservacionista y socioeconómica de la localidad, la integración familia-escuela-comunidad, la promoción y defensa de la educación, cultura, deporte, recreación, trabajo, salud y demás derechos, garantías y deberes de los venezolanos y las venezolanas, ejerciendo un rol pedagógico liberador para la formación de una nueva ciudadanía con responsabilidad social.
3.- GESTION ESCOLAR Artículo 19. El Estado, a través del órgano con competencia en el subsistema de educación básica, ejerce la orientación, la dirección estratégica y la supervisión del proceso educativo y estimula la participación comunitaria, incorporando tanto los colectivos internos de la escuela, como a diversos actores comunitarios participantes activos de la gestión escolar en las instituciones, centros y planteles educativos en lo atinente a la formación, ejecución y control de gestión educativa bajo el principio de corresponsabilidad, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República y la presente Ley.
4.- COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 20. La comunidad educativa es un espacio democrático, de carácter social comunitario, organizado, participativo, cooperativo, protagónico y solidario. Sus integrantes actuarán en el proceso de educación ciudadana de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República, leyes y demás normas que rigen el Sistema Educativo. A tales efectos: 1. La comunidad educativa está conformada por padres, madres, representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadores administrativos y trabajadoras administrativas, obreros y obreras de las instituciones y centros educativos, desde la educación inicial hasta le educación media general y media técnica y todas las modalidades del subsistema de educación básica. También podrán formar parte de la comunidad educativa las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones y centros educativos. 2. La organización y funcionamiento de la comunidad educativa se regirá por la normativa legal que a tal efecto se dicte, la cual deberá desarrollar las normas y los procedimientos para velar por su cumplimiento por parte de sus integrantes. El Estado garantiza, a través del órgano rector con competencia en el subsistema de educación básica, la formación permanente de los ciudadanos y las ciudadanas integrantes de las comunidades educativas para efectos del cumplimiento de la contraloría social y otros deberes y derechos de los ciudadanos y las ciudadanas en la gestión educativa.
5.- ORGANIZACIÓN DEL ESTUDIANTADO Artículo 21. En las instituciones y centros educativos en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo se organizarán consejos estudiantiles, sin menoscabo de otras formas organizativas, destinadas a promover la formación de ciudadanos y ciudadanas mediante la participación protagónica y corresponsable del estudiantado, tomando en cuenta las especificidades de cada nivel y modalidad. Estas organizaciones estudiantiles actuarán junto con la comunidad educativa en los diferentes ámbitos, programas, proyectos educativos y comunitarios, ejerciendo sus derechos y deberes como seres sociales, en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y solidaridad. Las organizaciones estudiantiles se regirán por la normativa que al efecto se dicte.
6.- PARTICIPACION Y OBLIGACION DE LAS EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS EN LA EDUCACION Artículo 22. Las empresas públicas y privadas, de acuerdo con sus características y en correspondencia con las políticas intersectoriales del Estado y los planes generales de desarrollo endógeno, local, regional y nacional, están obligadas a contribuir y dar facilidades a los trabajadores y las trabajadoras para su formación académica, actualización, mejoramiento y perfeccionamiento profesional; así mismo, están obligadas a cooperar en la actividad educativa, de salud, cultural, recreativa, artística, deportiva y ciudadana de la comunidad y su entorno. Las empresas públicas y privadas están obligadas a facilitar instalaciones, servicios, personal técnico y profesional para la ejecución y desarrollo de programas en las áreas de formación para el trabajo liberador, planes de pasantías para estudiantes de educación media general y media técnica, pregrado y postgrado universitario y en las modalidades del Sistema Educativo. La obligación opera también en la ejecución de aquellas acciones en las cuales intervengan en forma conjunta las empresas y los centros de investigación y de desarrollo tecnológico, dentro de los planes y programas de desarrollo endógeno local, regional y nacional.
7.- INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Artículo 23. Las promotoras y constructoras de desarrollos habitacionales públicos o privados están obligadas a construir planteles o instituciones educativas de acuerdo con las especificaciones establecidas en la ley.
CAPITULO III EL SISTEMA EDUCATIVO 1.- SISTEMA EDUCATIVO 5.- EDUCACION EN FRONTERA 2.- ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO 6.- EDUCACION RURAL 3.- MODALIDAD DEL SISTEMA EDUCATIVO 7.- EDUCACION MILITAR 4.- EDUCACION INTERCULTURAL E INTERCULTURAL BILINGUE
CAPITULO III EL SISTEMA EDUCATIVO 8.- LEY ESPECIAL DE EDUCACION BASICA 11.- EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA 12.- LAS LEYES ESPECIALES DE LA EDUCACION UNIVERSITARIA 9.- EDUCACION UNIVERSITARIA 10.- PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION UNIVERSITARIA 13.- LIBERTAD DE CATEDRA
10.- PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION UNIVERSITARIA Artículo 33. La educación universitaria tiene como principios rectores fundamentales los establecidos en la Constitución de la República, el carácter público, calidad y la innovación, el ejercicio del pensamiento crítico y reflexivo, la inclusión, la pertinencia, la formación integral, la formación a lo largo de toda la vida, la autonomía, la articulación y cooperación internacional, la democracia, la libertad, la solidaridad, la universalidad, la eficiencia, la justicia social, el respeto a los derechos humanos y la bioética, así como la participación e igualdad de condiciones y oportunidades. En el cumplimiento de sus funciones, la educación universitaria está abierta a todas las corrientes del pensamiento y desarrolla valores académicos y sociales que se reflejan en sus contribuciones a la sociedad.
11.- EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA Artículo 34. En aquellas instituciones de educación universitaria que les sea aplicable, el principio de autonomía reconocido por el Estado se materializa mediante el ejercicio de la libertad intelectual, la actividad teórico-práctica y la investigación científica, humanística y tecnológica, con el fin de crear y desarrollar el conocimiento y los valores culturales. La autonomía se ejercerá mediante las siguientes funciones: 1. Establecer sus estructuras de carácter flexible, democrático, participativo y eficiente, para dictar sus normas de gobierno y sus reglas internas de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República y la ley. 2. Planificar, crear, organizar y realizar los programas de formación, creación intelectual e interacción con las comunidades, en atención a las áreas estratégicas de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, las potencialidades existentes en el país, las necesidades prioritarias, el logro de la soberanía científica y tecnológica y el pleno desarrollo de los seres humanos.
3. Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento. Se elegirá un consejo contralor conformado por los y las integrantes de la comunidad universitaria. 4. Administrar su patrimonio con austeridad, justa distribución, transparencia, honestidad y rendición de cuentas, bajo el control y vigilancia interna por parte del consejo contralor, y externa por parte del Estado. El principio de autonomía se ejercerá respetando los derechos consagrados a los ciudadanos y ciudadanas en la Constitución de la República, sin menoscabo de lo que establezca la ley en lo relativo al control y vigilancia del Estado, para garantizar el uso eficiente del patrimonio de las instituciones del subsistema de educación universitaria. Es responsabilidad de todos y todas, los y las integrantes del subsistema, la rendición de cuentas periódicas al Estado y a la sociedad sobre el uso de los recursos, así como la oportuna información en torno a la cuantía, pertinencia y calidad de los productos de sus labores.
CAPITULO IV FORMACION Y CARRERA DOCENTE BENEFICIOS SOCIALES 1.- FORMACION DOCENTE 4.- CARRERA DOCENTE 5.- ESTABILIDAD EN EL EJERCICIO DE LA CARRERA DOCENTE 2.- FORMACION PERMANENTE 3.- POLITICA DE FORMACION PERMANENTE 6.- RELACIONES DE TRABAJO Y JUBILACION
CAPITULO V ADMINISTRACION Y REGIMEN EDUCATIVO 1.- SUPERVISION EDUCATIVA 5.- EQUIVALENCIAS DE ESTUDIO 2.- EVALUACION EDUCATIVA 6.- RECONOCIMIENTO DE LOS ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO 3.- EVALUACION INSTITUCIONAL 7.- REGIMEN ESCOLAR 4.- CERTIFICADOS Y TITULOS
1.- SUPERVISION EDUCATIVA Artículo 43. El Estado formula y administra la política de supervisión educativa como un proceso único, integral, holístico, social, humanista, sistemático y metodológico, con la finalidad de orientar y acompañar el proceso educativo, en el marco de la integración escuela-familia-comunidad, acorde con los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo. Se realizará en las instituciones, centros, planteles y servicios educativos dependientes del Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal, de los entes descentralizados y las instituciones educativas privadas, en los distintos niveles y modalidades para garantizar los fines de la educación consagrados en esta Ley. La supervisión y dirección de las instituciones educativas serán parte integral de una gestión democrática y participativa, signada por el acompañamiento pedagógico. La holística se refiere a la manera de ver las cosas enteras, en su totalidad, en su conjunto, en su complejidad, pues de esta forma se pueden apreciar interacciones, particularidades y procesos que por lo regular no se perciben si se estudian los aspectos que conforman el todo, por separado.
CAPITULO VI FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACION 1.- FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACION
1.- FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACION Artículo 50. El Estado garantiza una inversión prioritaria de crecimiento progresivo anual para la educación. Esta inversión está orientada hacia la construcción, ampliación, rehabilitación, equipamiento, mantenimiento, y sostenimiento de edificaciones escolares integrales contextualizadas en lo geográfico-cultural, así como la dotación de servicios, equipos, herramientas, maquinarias, insumos, programas telemáticos y otras necesidades derivadas de las innovaciones culturales y educativas. Los servicios, equipos e insumos referidos, incluyen los vinculados con los programas de salud integral, deporte, recreación y cultura del sistema educativo.
INDICADORES EN EDUCACION PIB 5.1 % 4 % 3.8 % 1994-1997 1998-1999 2002-2003
CAPITULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATORIAS 1.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS 2.- DISPOSICIONES DEROGATORIAS 3.- DISPOSICIONES FINALES
Unesco preseleccionó a Misión Sucre entre los mejores programas educativos. criterios: respuesta a una necesidad concreta del contexto social; producción de resultados tangibles e impacto positivo en las y los jóvenes y sus comunidades; participación de las y los jóvenes en su diseño, ejecución y/o evaluación; establecimiento de alianzas sustentables; y capacidad de transferencia o replica de la experiencia en otros contextos.
GRACIAS POR SU ATENCION

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANOBASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANOgmvm2015
 
Sistema educativo venezolano bases legales
Sistema educativo venezolano bases legalesSistema educativo venezolano bases legales
Sistema educativo venezolano bases legalesMARIAJTF
 
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVOBASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVOfranklinguzman2015
 
Fundamentos Legales del Currículo Bolivariano
Fundamentos Legales del Currículo BolivarianoFundamentos Legales del Currículo Bolivariano
Fundamentos Legales del Currículo Bolivarianojosegamez78
 
Fundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolanoFundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolanoWilmer Alviarez
 
Mapa mental art 3°constitucional gbn
Mapa mental art 3°constitucional gbnMapa mental art 3°constitucional gbn
Mapa mental art 3°constitucional gbnNancyGenis
 
Bases legales de la educacion especial en venezuela.
Bases legales de la educacion especial en venezuela.Bases legales de la educacion especial en venezuela.
Bases legales de la educacion especial en venezuela.Alba Barradas
 
Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014
Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014
Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014Iman Aziz
 
Reglamento del ejercicio de la profesión Docente.
Reglamento del ejercicio  de la profesión Docente.Reglamento del ejercicio  de la profesión Docente.
Reglamento del ejercicio de la profesión Docente.perezaguige
 
LA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALES
LA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALESLA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALES
LA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALESMALANCA74
 
Fundamentos del sistema educativo venezolano
Fundamentos del sistema educativo venezolanoFundamentos del sistema educativo venezolano
Fundamentos del sistema educativo venezolanomarianaabraham
 
Ley orgánica de Educación.
 Ley orgánica de Educación. Ley orgánica de Educación.
Ley orgánica de Educación.perezaguige
 
ley organica de educacion venezuela
ley organica de educacion venezuelaley organica de educacion venezuela
ley organica de educacion venezuelaYuse De Perez
 
Presentacion ley orgánica de educación
Presentacion ley orgánica de educaciónPresentacion ley orgánica de educación
Presentacion ley orgánica de educaciónVictor Belisario
 
Planificacion educativa en venezuela y sus enfoques
Planificacion educativa en venezuela y sus enfoquesPlanificacion educativa en venezuela y sus enfoques
Planificacion educativa en venezuela y sus enfoquesRoger Romero
 
Fundamentos Legales de la Evaluación.
Fundamentos Legales de la Evaluación. Fundamentos Legales de la Evaluación.
Fundamentos Legales de la Evaluación. perezaguige
 
Planificación educativa en el sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...
Planificación educativa en el  sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...Planificación educativa en el  sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...
Planificación educativa en el sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...Dolores Armira González Colmenares
 
Especial vinculación
Especial vinculaciónEspecial vinculación
Especial vinculaciónisaacrafa
 

La actualidad más candente (20)

BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANOBASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
BASES LEGALES SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO
 
Sistema educativo venezolano bases legales
Sistema educativo venezolano bases legalesSistema educativo venezolano bases legales
Sistema educativo venezolano bases legales
 
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVOBASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
BASES LEGALES DEL NUESTRO SISTEMA EDUCATIVO
 
Fundamentos Legales del Currículo Bolivariano
Fundamentos Legales del Currículo BolivarianoFundamentos Legales del Currículo Bolivariano
Fundamentos Legales del Currículo Bolivariano
 
Fundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolanoFundamentos del modelo educativo venezolano
Fundamentos del modelo educativo venezolano
 
Mapa mental art 3°constitucional gbn
Mapa mental art 3°constitucional gbnMapa mental art 3°constitucional gbn
Mapa mental art 3°constitucional gbn
 
Bases legales de la educacion especial en venezuela.
Bases legales de la educacion especial en venezuela.Bases legales de la educacion especial en venezuela.
Bases legales de la educacion especial en venezuela.
 
Ejes integradores
Ejes integradoresEjes integradores
Ejes integradores
 
Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014
Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014
Sistema educativo venezolano exposicion maestria 2014
 
Reglamento del ejercicio de la profesión Docente.
Reglamento del ejercicio  de la profesión Docente.Reglamento del ejercicio  de la profesión Docente.
Reglamento del ejercicio de la profesión Docente.
 
LA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALES
LA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALESLA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALES
LA EVALUACION EN VENEZUELA -BASES LEGALES
 
Fundamentos del sistema educativo venezolano
Fundamentos del sistema educativo venezolanoFundamentos del sistema educativo venezolano
Fundamentos del sistema educativo venezolano
 
Ley orgánica de Educación.
 Ley orgánica de Educación. Ley orgánica de Educación.
Ley orgánica de Educación.
 
ley organica de educacion venezuela
ley organica de educacion venezuelaley organica de educacion venezuela
ley organica de educacion venezuela
 
Presentacion ley orgánica de educación
Presentacion ley orgánica de educaciónPresentacion ley orgánica de educación
Presentacion ley orgánica de educación
 
Planificacion educativa en venezuela y sus enfoques
Planificacion educativa en venezuela y sus enfoquesPlanificacion educativa en venezuela y sus enfoques
Planificacion educativa en venezuela y sus enfoques
 
Fundamentos Legales de la Evaluación.
Fundamentos Legales de la Evaluación. Fundamentos Legales de la Evaluación.
Fundamentos Legales de la Evaluación.
 
UNEM SAMUEL ROBINSON
UNEM SAMUEL ROBINSONUNEM SAMUEL ROBINSON
UNEM SAMUEL ROBINSON
 
Planificación educativa en el sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...
Planificación educativa en el  sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...Planificación educativa en el  sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...
Planificación educativa en el sistema educativo bolivariano, a todos mis doc...
 
Especial vinculación
Especial vinculaciónEspecial vinculación
Especial vinculación
 

Destacado

Proyecto Ley organica de educacion 2009
 Proyecto Ley organica de educacion 2009 Proyecto Ley organica de educacion 2009
Proyecto Ley organica de educacion 2009pd25pd
 
derechos y deberes alumnado
derechos y deberes alumnadoderechos y deberes alumnado
derechos y deberes alumnadoConchi Aguete
 
Derecho a la educación de los niños (1)
Derecho a la educación de los niños (1)Derecho a la educación de los niños (1)
Derecho a la educación de los niños (1)Stefanie Prado
 
Autoinstrucciones Deberes
Autoinstrucciones DeberesAutoinstrucciones Deberes
Autoinstrucciones DeberesSuperPT
 
Autoinstrucciones Mochila
Autoinstrucciones MochilaAutoinstrucciones Mochila
Autoinstrucciones MochilaSuperPT
 
derechos y deberes. Actividad
 derechos y deberes. Actividad derechos y deberes. Actividad
derechos y deberes. ActividadConchi Aguete
 
Deberes y derechos del niño
Deberes y derechos del niñoDeberes y derechos del niño
Deberes y derechos del niñojosedba
 

Destacado (7)

Proyecto Ley organica de educacion 2009
 Proyecto Ley organica de educacion 2009 Proyecto Ley organica de educacion 2009
Proyecto Ley organica de educacion 2009
 
derechos y deberes alumnado
derechos y deberes alumnadoderechos y deberes alumnado
derechos y deberes alumnado
 
Derecho a la educación de los niños (1)
Derecho a la educación de los niños (1)Derecho a la educación de los niños (1)
Derecho a la educación de los niños (1)
 
Autoinstrucciones Deberes
Autoinstrucciones DeberesAutoinstrucciones Deberes
Autoinstrucciones Deberes
 
Autoinstrucciones Mochila
Autoinstrucciones MochilaAutoinstrucciones Mochila
Autoinstrucciones Mochila
 
derechos y deberes. Actividad
 derechos y deberes. Actividad derechos y deberes. Actividad
derechos y deberes. Actividad
 
Deberes y derechos del niño
Deberes y derechos del niñoDeberes y derechos del niño
Deberes y derechos del niño
 

Similar a Ley Orgánica de Educación de Venezuela

Proyecto de Ley de Educación
Proyecto de Ley de EducaciónProyecto de Ley de Educación
Proyecto de Ley de EducaciónAlejandro Vivas
 
Proyecto de Ley de educación de la Provincia de Mendoza
Proyecto de Ley de educación de la Provincia de MendozaProyecto de Ley de educación de la Provincia de Mendoza
Proyecto de Ley de educación de la Provincia de MendozaDebate Mendoza
 
LeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfLeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfNelsonSalazar51
 
Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009Vicente Salias
 
LeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfLeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfGUILLERMOCERTAD3
 
LeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfLeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfGUILLERMOCERTAD3
 
Ley orgánica de educación
Ley orgánica de educaciónLey orgánica de educación
Ley orgánica de educaciónyaritzarivero
 
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)guest1aafae
 
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)guest1aafae
 
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...pd25pd
 
Ley Organica De Educacion 2009
Ley Organica De Educacion 2009Ley Organica De Educacion 2009
Ley Organica De Educacion 2009MireyaRodriguez
 
Ley OrgáNica De EducacióN
Ley OrgáNica De EducacióNLey OrgáNica De EducacióN
Ley OrgáNica De EducacióNvzdas
 
Ley Orgánica de Educación (2009)
Ley Orgánica de Educación (2009)Ley Orgánica de Educación (2009)
Ley Orgánica de Educación (2009)Asdrúbal Suárez
 
Ley orgánica de educación intercultural del Ecuador
Ley orgánica de educación intercultural del EcuadorLey orgánica de educación intercultural del Ecuador
Ley orgánica de educación intercultural del Ecuadormvillapa
 
Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009LuisLinares13
 
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)Ismael Garcia
 
Ley Orgánica de Educación
Ley Orgánica de EducaciónLey Orgánica de Educación
Ley Orgánica de EducaciónRamón Martínez
 

Similar a Ley Orgánica de Educación de Venezuela (20)

Ley24195
Ley24195Ley24195
Ley24195
 
Proyecto de Ley de Educación
Proyecto de Ley de EducaciónProyecto de Ley de Educación
Proyecto de Ley de Educación
 
Proyecto de Ley de educación de la Provincia de Mendoza
Proyecto de Ley de educación de la Provincia de MendozaProyecto de Ley de educación de la Provincia de Mendoza
Proyecto de Ley de educación de la Provincia de Mendoza
 
LeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfLeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdf
 
Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009
 
LeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfLeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdf
 
LeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdfLeyOrganicadeEducacion.pdf
LeyOrganicadeEducacion.pdf
 
Loe2009
Loe2009Loe2009
Loe2009
 
LOE
LOELOE
LOE
 
Ley orgánica de educación
Ley orgánica de educaciónLey orgánica de educación
Ley orgánica de educación
 
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
 
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Def)
 
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...
PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN Aprobado por la Comisión Permanente de ...
 
Ley Organica De Educacion 2009
Ley Organica De Educacion 2009Ley Organica De Educacion 2009
Ley Organica De Educacion 2009
 
Ley OrgáNica De EducacióN
Ley OrgáNica De EducacióNLey OrgáNica De EducacióN
Ley OrgáNica De EducacióN
 
Ley Orgánica de Educación (2009)
Ley Orgánica de Educación (2009)Ley Orgánica de Educación (2009)
Ley Orgánica de Educación (2009)
 
Ley orgánica de educación intercultural del Ecuador
Ley orgánica de educación intercultural del EcuadorLey orgánica de educación intercultural del Ecuador
Ley orgánica de educación intercultural del Ecuador
 
Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009Ley organica-de-educacion-2009
Ley organica-de-educacion-2009
 
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)
Proyecto De Ley Organica De Educacion (Definitivo)
 
Ley Orgánica de Educación
Ley Orgánica de EducaciónLey Orgánica de Educación
Ley Orgánica de Educación
 

Último

PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxOscarEduardoSanchezC
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteJuan Hernandez
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialpatriciaines1993
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...fcastellanos3
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptxJunkotantik
 
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docxPLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docxJUANSIMONPACHIN
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfCESARMALAGA4
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfManuel Molina
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfvictorbeltuce
 
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOTUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOweislaco
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024IES Vicent Andres Estelles
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADOJosé Luis Palma
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfAlfredoRamirez953210
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxlclcarmen
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFAROJosé Luis Palma
 

Último (20)

PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptxPPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
PPT GESTIÓN ESCOLAR 2024 Comités y Compromisos.pptx
 
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parteUnidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
Unidad II Doctrina de la Iglesia 1 parte
 
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundialDía de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
Día de la Madre Tierra-1.pdf día mundial
 
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
Estas son las escuelas y colegios que tendrán modalidad no presencial este lu...
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
La Función tecnológica del tutor.pptx
La  Función  tecnológica  del tutor.pptxLa  Función  tecnológica  del tutor.pptx
La Función tecnológica del tutor.pptx
 
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docxPLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
PLANIFICACION ANUAL 2024 - INICIAL UNIDOCENTE.docx
 
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptxPPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
PPTX: La luz brilla en la oscuridad.pptx
 
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdfBIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
BIOLOGIA_banco de preguntas_editorial icfes examen de estado .pdf
 
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptxPower Point: "Defendamos la verdad".pptx
Power Point: "Defendamos la verdad".pptx
 
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdfTarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
Tarea 5_ Foro _Selección de herramientas digitales_Manuel.pdf
 
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdfMapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
Mapa Mental de estrategias de articulación de las areas curriculares.pdf
 
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJOTUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
TUTORIA II - CIRCULO DORADO UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO
 
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
Metabolismo 3: Anabolismo y Fotosíntesis 2024
 
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADODECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
DECÁGOLO DEL GENERAL ELOY ALFARO DELGADO
 
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDIUnidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
Unidad 3 | Teorías de la Comunicación | MCDI
 
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdfEstrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
Estrategias de enseñanza - aprendizaje. Seminario de Tecnologia..pptx.pdf
 
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptxSINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
SINTAXIS DE LA ORACIÓN SIMPLE 2023-2024.pptx
 
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARONARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
NARRACIONES SOBRE LA VIDA DEL GENERAL ELOY ALFARO
 
TL/CNL – 2.ª FASE .
TL/CNL – 2.ª FASE                       .TL/CNL – 2.ª FASE                       .
TL/CNL – 2.ª FASE .
 

Ley Orgánica de Educación de Venezuela

  • 1. LEY ORGANICA DE EDUCACION PROMULGADA EN LA GACETA OFICIAL EXTRAORDINARIA # 5929 DE FECHA SABADO 15 DE AGOSTO DE 2009
  • 2. ESTRUCTURA CAPITULO I CAPITULO V Art 50 CAPITULO II CAPITULO VI CAPITULO III CAPITULO VII CAPITULO IV Cinco Disposiciones Transitorias
  • 3. CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES 6.- COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE 1.- OBJETO DE LA LEY 7.- EDUCACION LAICA 2.- AMBITO DE APLICACION 8.- IGUALDAD DE GENERO 3.- PRINCIPIOS Y VALORES RECTORES DE LA EDUCACION 9.- EDUCACION Y MEDIOS DE COMUNICACION 4.- EDUCACION Y CULTURA 10.- PROHIBICION DE INCITACION AL ODIO 5.- EL ESTADO DOCENTE
  • 4. 1.- OBJETO DE LA LEY Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto desarrollar los principios y valores rectores, derechos, garantías y deberes en educación, que asume el Estado como función indeclinable y de máximo interés, de acuerdo con los principios constitucionales y orientada por valores éticos humanistas para la transformación social, así como las bases organizativas y de funcionamiento del Sistema Educativo de la República Bolivariana de Venezuela. Artículo 2. ° Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.
  • 5. 5.- EL ESTADO DOCENTE Artículo 5. El Estado docente es la expresión rectora del Estado en Educación, en cumplimiento de su función indeclinable y de máximo interés como derecho humano universal y deber social fundamental, inalienable, irrenunciable, y como servicio público que se materializa en las políticas educativas. El Estado docente se rige por los principios de integralidad, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad. En las instituciones educativas oficiales el Estado garantiza la idoneidad de los trabajadores y las trabajadoras de la educación, la infraestructura, la dotación y equipamiento, los planes, programas, proyectos, actividades y los servicios que aseguren a todos y todas igualdad de condiciones y oportunidades y la promoción de la participación protagónica y corresponsable de las familias, la comunidad educativa y las organizaciones comunitarias, de acuerdo con los principios que rigen la presente Ley. El Estado asegura el cumplimiento de estas condiciones en las instituciones educativas privadas autorizadas. Artículo 102 ° La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria.
  • 6. 6.- COMPETENCIA DEL ESTADO DOCENTE A.- GARANTIZAR B.- REGULA, SUPERVISA Y CONTROLA D.- PROMUEVE, INTEGRA Y FACILITA LA PARTICIPACION SOCIAL C.- PLANIFICA, EJECUTA, COORDINA POLITICAS Y PROGRAMAS E.- PROMUEVE LA INTEGRACION CULTURAL Y EDUCATIVA REGIONAL Y UNIVERSAL
  • 7. 7.- EDUCACION LAICA Artículo 7. El Estado mantendrá en cualquier circunstancia su carácter laico en materia educativa, preservando su independencia respecto a todas las corrientes y organismos religiosos. Las familias tienen el derecho y la responsabilidad de la educación religiosa de sus hijos e hijas de acuerdo a sus convicciones y de conformidad con la libertad religiosa y de culto, prevista en la Constitución de la República.
  • 8. ESTADOS LAICOS EN EL MUNDO
  • 9. 10.- PROHIBICION DE INCITACION AL ODIO Articulo 10. Se prohíbe en todas las instituciones y centros educativos del país, la publicación y divulgación de programas, mensajes, publicidad, propaganda y promociones de cualquier índole, a través de medios impresos, audiovisuales u otros que inciten al odio, la violencia, la inseguridad, la intolerancia, la deformación del lenguaje; que atenten contra los valores, la paz, la moral, la ética, las buenas costumbres, la salud, la convivencia humana, los derechos humanos y el respeto a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y afrodescendientes, que promuevan el terror, las discriminaciones de cualquier tipo, el deterioro del medio ambiente y el menoscabo de los principios democráticos, de soberanía nacional e identidad nacional, regional y local.
  • 10. CAPITULO I DISPOSICIONES FUNDAMENTALES 11.- PROHIBICION DE MENSAJES CONTRARIOS A LA SOBERANIA NACIONAL 14.- LA EDUCACION 12.- PROHIBICION DE PROPAGANDA PARTIDISTA EN LAS INSTITUCIONES Y CENTROS EDUCATIVOS 15.- FINES DE LA EDUCACION 13.- PRINCIPIOS DE LA RESPONSABILIDAD SOCIAL Y LA SOLIDARIDAD 16.- DEPORTE Y RECREACION
  • 11. 12.- PROHIBICION DE PROPAGANDA PARTIDISTA EN LAS INSTITUCIONES Y CENTROS EDUCATIVOS Artículo 12. No está permitida la realización de actividades de proselitismo o propaganda partidista en las instituciones y centros educativos del subsistema de educación básica, por cualquier medio de difusión, sea oral, impreso, eléctrico, radiofónico, telemático o audiovisual: a. En los niveles inicial y primaria. b. En ninguno de los niveles del subsistema de educación básica, puede utilizarse el aula de clases y la cualidad de docente para actividades de carácter partidista. Las condiciones para dar cumplimiento al contenido de este artículo, así como sus excepciones serán establecidas en las leyes especiales y sus reglamentos.
  • 12. CAPITULO II CORRESPONSABLES DE LA EDUCACION 5.- ORGANIZACIÓN DEL ESTUDIANTADO 1.- LA FAMILIA 2.- LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DEL PODER POPULAR 6.- PARTICIPACION Y OBLIGACION DE LAS EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS EN LA EDUCACION 3.- GESTION ESCOLAR 7.- INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA 4.- COMUNIDAD EDUCATIVA
  • 13. 1.- LA FAMILIA Artículo 17. Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la orientación y formación en principios, valores, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, para cultivar respeto, amor, honestidad, tolerancia, reflexión, participación, independencia y aceptación. Las familias, la escuela, la sociedad y el Estado son corresponsables en el proceso de educación ciudadana y desarrollo integral de sus integrantes.
  • 14. 2.- LAS ORGANIZACIONES COMUNITARIAS DEL PODER POPULAR Artículo 18. Los consejos comunales, los pueblos y comunidades indígenas y demás organizaciones sociales de la comunidad, en ejercicio del Poder Popular y en su condición de corresponsables en la educación, están en la obligación de contribuir con la formación integral de los ciudadanos y las ciudadanas, la formación y fortalecimiento de sus valores éticos, la información y divulgación de la realidad histórica, geográfica, cultural, ambiental, conservacionista y socioeconómica de la localidad, la integración familia-escuela-comunidad, la promoción y defensa de la educación, cultura, deporte, recreación, trabajo, salud y demás derechos, garantías y deberes de los venezolanos y las venezolanas, ejerciendo un rol pedagógico liberador para la formación de una nueva ciudadanía con responsabilidad social.
  • 15. 3.- GESTION ESCOLAR Artículo 19. El Estado, a través del órgano con competencia en el subsistema de educación básica, ejerce la orientación, la dirección estratégica y la supervisión del proceso educativo y estimula la participación comunitaria, incorporando tanto los colectivos internos de la escuela, como a diversos actores comunitarios participantes activos de la gestión escolar en las instituciones, centros y planteles educativos en lo atinente a la formación, ejecución y control de gestión educativa bajo el principio de corresponsabilidad, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República y la presente Ley.
  • 16. 4.- COMUNIDAD EDUCATIVA Artículo 20. La comunidad educativa es un espacio democrático, de carácter social comunitario, organizado, participativo, cooperativo, protagónico y solidario. Sus integrantes actuarán en el proceso de educación ciudadana de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República, leyes y demás normas que rigen el Sistema Educativo. A tales efectos: 1. La comunidad educativa está conformada por padres, madres, representantes, responsables, estudiantes, docentes, trabajadores administrativos y trabajadoras administrativas, obreros y obreras de las instituciones y centros educativos, desde la educación inicial hasta le educación media general y media técnica y todas las modalidades del subsistema de educación básica. También podrán formar parte de la comunidad educativa las personas naturales y jurídicas, voceros y voceras de las diferentes organizaciones comunitarias vinculadas con las instituciones y centros educativos. 2. La organización y funcionamiento de la comunidad educativa se regirá por la normativa legal que a tal efecto se dicte, la cual deberá desarrollar las normas y los procedimientos para velar por su cumplimiento por parte de sus integrantes. El Estado garantiza, a través del órgano rector con competencia en el subsistema de educación básica, la formación permanente de los ciudadanos y las ciudadanas integrantes de las comunidades educativas para efectos del cumplimiento de la contraloría social y otros deberes y derechos de los ciudadanos y las ciudadanas en la gestión educativa.
  • 17. 5.- ORGANIZACIÓN DEL ESTUDIANTADO Artículo 21. En las instituciones y centros educativos en los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo se organizarán consejos estudiantiles, sin menoscabo de otras formas organizativas, destinadas a promover la formación de ciudadanos y ciudadanas mediante la participación protagónica y corresponsable del estudiantado, tomando en cuenta las especificidades de cada nivel y modalidad. Estas organizaciones estudiantiles actuarán junto con la comunidad educativa en los diferentes ámbitos, programas, proyectos educativos y comunitarios, ejerciendo sus derechos y deberes como seres sociales, en un clima democrático, de paz, respeto, tolerancia y solidaridad. Las organizaciones estudiantiles se regirán por la normativa que al efecto se dicte.
  • 18. 6.- PARTICIPACION Y OBLIGACION DE LAS EMPRESAS PUBLICAS Y PRIVADAS EN LA EDUCACION Artículo 22. Las empresas públicas y privadas, de acuerdo con sus características y en correspondencia con las políticas intersectoriales del Estado y los planes generales de desarrollo endógeno, local, regional y nacional, están obligadas a contribuir y dar facilidades a los trabajadores y las trabajadoras para su formación académica, actualización, mejoramiento y perfeccionamiento profesional; así mismo, están obligadas a cooperar en la actividad educativa, de salud, cultural, recreativa, artística, deportiva y ciudadana de la comunidad y su entorno. Las empresas públicas y privadas están obligadas a facilitar instalaciones, servicios, personal técnico y profesional para la ejecución y desarrollo de programas en las áreas de formación para el trabajo liberador, planes de pasantías para estudiantes de educación media general y media técnica, pregrado y postgrado universitario y en las modalidades del Sistema Educativo. La obligación opera también en la ejecución de aquellas acciones en las cuales intervengan en forma conjunta las empresas y los centros de investigación y de desarrollo tecnológico, dentro de los planes y programas de desarrollo endógeno local, regional y nacional.
  • 19. 7.- INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA Artículo 23. Las promotoras y constructoras de desarrollos habitacionales públicos o privados están obligadas a construir planteles o instituciones educativas de acuerdo con las especificaciones establecidas en la ley.
  • 20. CAPITULO III EL SISTEMA EDUCATIVO 1.- SISTEMA EDUCATIVO 5.- EDUCACION EN FRONTERA 2.- ORGANIZACIÓN DEL SISTEMA EDUCATIVO 6.- EDUCACION RURAL 3.- MODALIDAD DEL SISTEMA EDUCATIVO 7.- EDUCACION MILITAR 4.- EDUCACION INTERCULTURAL E INTERCULTURAL BILINGUE
  • 21. CAPITULO III EL SISTEMA EDUCATIVO 8.- LEY ESPECIAL DE EDUCACION BASICA 11.- EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA 12.- LAS LEYES ESPECIALES DE LA EDUCACION UNIVERSITARIA 9.- EDUCACION UNIVERSITARIA 10.- PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION UNIVERSITARIA 13.- LIBERTAD DE CATEDRA
  • 22. 10.- PRINCIPIOS RECTORES DE LA EDUCACION UNIVERSITARIA Artículo 33. La educación universitaria tiene como principios rectores fundamentales los establecidos en la Constitución de la República, el carácter público, calidad y la innovación, el ejercicio del pensamiento crítico y reflexivo, la inclusión, la pertinencia, la formación integral, la formación a lo largo de toda la vida, la autonomía, la articulación y cooperación internacional, la democracia, la libertad, la solidaridad, la universalidad, la eficiencia, la justicia social, el respeto a los derechos humanos y la bioética, así como la participación e igualdad de condiciones y oportunidades. En el cumplimiento de sus funciones, la educación universitaria está abierta a todas las corrientes del pensamiento y desarrolla valores académicos y sociales que se reflejan en sus contribuciones a la sociedad.
  • 23. 11.- EL PRINCIPIO DE AUTONOMIA Artículo 34. En aquellas instituciones de educación universitaria que les sea aplicable, el principio de autonomía reconocido por el Estado se materializa mediante el ejercicio de la libertad intelectual, la actividad teórico-práctica y la investigación científica, humanística y tecnológica, con el fin de crear y desarrollar el conocimiento y los valores culturales. La autonomía se ejercerá mediante las siguientes funciones: 1. Establecer sus estructuras de carácter flexible, democrático, participativo y eficiente, para dictar sus normas de gobierno y sus reglas internas de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República y la ley. 2. Planificar, crear, organizar y realizar los programas de formación, creación intelectual e interacción con las comunidades, en atención a las áreas estratégicas de acuerdo con el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación, las potencialidades existentes en el país, las necesidades prioritarias, el logro de la soberanía científica y tecnológica y el pleno desarrollo de los seres humanos.
  • 24. 3. Elegir y nombrar sus autoridades con base en la democracia participativa, protagónica y de mandato revocable, para el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de los derechos políticos de los y las integrantes de la comunidad universitaria, profesores y profesoras, estudiantes, personal administrativo, personal obrero y, los egresados y las egresadas de acuerdo al Reglamento. Se elegirá un consejo contralor conformado por los y las integrantes de la comunidad universitaria. 4. Administrar su patrimonio con austeridad, justa distribución, transparencia, honestidad y rendición de cuentas, bajo el control y vigilancia interna por parte del consejo contralor, y externa por parte del Estado. El principio de autonomía se ejercerá respetando los derechos consagrados a los ciudadanos y ciudadanas en la Constitución de la República, sin menoscabo de lo que establezca la ley en lo relativo al control y vigilancia del Estado, para garantizar el uso eficiente del patrimonio de las instituciones del subsistema de educación universitaria. Es responsabilidad de todos y todas, los y las integrantes del subsistema, la rendición de cuentas periódicas al Estado y a la sociedad sobre el uso de los recursos, así como la oportuna información en torno a la cuantía, pertinencia y calidad de los productos de sus labores.
  • 25. CAPITULO IV FORMACION Y CARRERA DOCENTE BENEFICIOS SOCIALES 1.- FORMACION DOCENTE 4.- CARRERA DOCENTE 5.- ESTABILIDAD EN EL EJERCICIO DE LA CARRERA DOCENTE 2.- FORMACION PERMANENTE 3.- POLITICA DE FORMACION PERMANENTE 6.- RELACIONES DE TRABAJO Y JUBILACION
  • 26. CAPITULO V ADMINISTRACION Y REGIMEN EDUCATIVO 1.- SUPERVISION EDUCATIVA 5.- EQUIVALENCIAS DE ESTUDIO 2.- EVALUACION EDUCATIVA 6.- RECONOCIMIENTO DE LOS ESTUDIOS REALIZADOS EN EL EXTRANJERO 3.- EVALUACION INSTITUCIONAL 7.- REGIMEN ESCOLAR 4.- CERTIFICADOS Y TITULOS
  • 27. 1.- SUPERVISION EDUCATIVA Artículo 43. El Estado formula y administra la política de supervisión educativa como un proceso único, integral, holístico, social, humanista, sistemático y metodológico, con la finalidad de orientar y acompañar el proceso educativo, en el marco de la integración escuela-familia-comunidad, acorde con los diferentes niveles y modalidades del Sistema Educativo. Se realizará en las instituciones, centros, planteles y servicios educativos dependientes del Ejecutivo Nacional, Estadal y Municipal, de los entes descentralizados y las instituciones educativas privadas, en los distintos niveles y modalidades para garantizar los fines de la educación consagrados en esta Ley. La supervisión y dirección de las instituciones educativas serán parte integral de una gestión democrática y participativa, signada por el acompañamiento pedagógico. La holística se refiere a la manera de ver las cosas enteras, en su totalidad, en su conjunto, en su complejidad, pues de esta forma se pueden apreciar interacciones, particularidades y procesos que por lo regular no se perciben si se estudian los aspectos que conforman el todo, por separado.
  • 28. CAPITULO VI FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACION 1.- FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACION
  • 29. 1.- FINANCIAMIENTO DE LA EDUCACION Artículo 50. El Estado garantiza una inversión prioritaria de crecimiento progresivo anual para la educación. Esta inversión está orientada hacia la construcción, ampliación, rehabilitación, equipamiento, mantenimiento, y sostenimiento de edificaciones escolares integrales contextualizadas en lo geográfico-cultural, así como la dotación de servicios, equipos, herramientas, maquinarias, insumos, programas telemáticos y otras necesidades derivadas de las innovaciones culturales y educativas. Los servicios, equipos e insumos referidos, incluyen los vinculados con los programas de salud integral, deporte, recreación y cultura del sistema educativo.
  • 30. INDICADORES EN EDUCACION PIB 5.1 % 4 % 3.8 % 1994-1997 1998-1999 2002-2003
  • 31. CAPITULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y DEROGATORIAS 1.- DISPOSICIONES TRANSITORIAS 2.- DISPOSICIONES DEROGATORIAS 3.- DISPOSICIONES FINALES
  • 32. Unesco preseleccionó a Misión Sucre entre los mejores programas educativos. criterios: respuesta a una necesidad concreta del contexto social; producción de resultados tangibles e impacto positivo en las y los jóvenes y sus comunidades; participación de las y los jóvenes en su diseño, ejecución y/o evaluación; establecimiento de alianzas sustentables; y capacidad de transferencia o replica de la experiencia en otros contextos.
  • 33. GRACIAS POR SU ATENCION