Este decreto establece medidas restrictivas para mantener el orden público durante la jornada electoral del 19 de abril de 2015 en el municipio de Titiribí, Antioquia. Se declara ley seca desde el 18 hasta el 20 de abril, se prohíbe el porte de armas en esta fecha y se establecen horarios para establecimientos públicos el 18 y 19 de abril. El decreto también indica que la policía velará por su cumplimiento y que habrá sanciones para los infractores.
Decreto número 033 de 2015. ley seca abril 19 de 2015
1. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE TITIRIBÍ
NIT 890980781-7
ALCALDÍA
Carrera 20 No.20-28 Tels: 57-4- 848-23-44 ext.101 Fax : 57-4- 848-26-61
Correo electrónico : alcaldía@titiribi-antioquia.gov.co
Página web : http://www.titiribi-antioquia.gov.co
“Titiribí. . . Construyendo JUNTOS”
Página 1 de 2
DECRETO NÚMERO 033 DE 2015
(Abril 17)
POR MEDIO DEL CUAL SE ADOPTAN ALGUNAS MEDIDAS RESTRICTIVAS
PARA LA CONSERVACION DEL ORDEN PUBLICO, CON OCASIÓN DE LA
JORNADA ELECTORAL PROGRAMADA PARA EL DIA DOMINGO 19 DE
ABRIL DEL AÑ0 2015.
EL ALCALDE MUNICIPAL DE TITIRIBI, ANTIOQUIA, en uso de sus facultades
Constitucionales y legales, en especial las consagradas en el Código Electoral
artículo 206, la Ley 136 de 1994, el Decreto 721 del 17 de abril de 2015 y demás
disposiciones vigentes, y;
CONSIDERANDO:
Que el día domingo diecinueve (19) de Abril de dos mil quince (2015), se llevará a
cabo en todo el país, la jornada de participación democrática de la consulta de los
partidos con personería jurídica para la toma de decisiones y la escogencia de sus
candidatos.
Que con motivo de la jornada de participación democrática de que trata el
considerando anterior, se hace necesario tomar algunas medidas tendientes a
garantizar la seguridad y tranquilidad ciudadana y mantener la estabilidad en el
orden público a nivel municipal, para que el proceso de consulta se desarrolle en
lo posible, en completa tranquilidad y orden.
Que en mérito de lo expuesto, el Ejecutivo Municipal,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO: Ley Seca. Queda prohibido en toda la jurisdicción
municipal la venta y el consumo de bebidas embriagantes, desde las seis de la
mañana (06:00 A.M.) del día Sábado dieciocho (18) de Abril y hasta las Seis de la
Mañana (06:00 A.M.) del día Lunes Veinte (20) de Abril del año 2015.
ARTÍCULO SEGUNDO: Porte de armas. Queda prohibido el porte de toda clase
de armas en la jurisdicción Municipal, desde el sábado 18 de abril y hasta el día
Lunes 20 de Abril de 2015.
ARTÍCULO TERCERO: Horario de funcionamiento para establecimientos
públicos: El horario de funcionamiento para los establecimientos públicos, durante
el día sábado 18 de Abril será el habitual: Música hasta la una y treinta de la
mañana (01:30 A.M.) y cierre a las dos de la mañana (02:00 A.M.) y domingo 19
2. DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
MUNICIPIO DE TITIRIBÍ
NIT 890980781-7
ALCALDÍA
Carrera 20 No.20-28 Tels: 57-4- 848-23-44 ext.101 Fax : 57-4- 848-26-61
Correo electrónico : alcaldía@titiribi-antioquia.gov.co
Página web : http://www.titiribi-antioquia.gov.co
“Titiribí. . . Construyendo JUNTOS”
Página 2 de 2
de Abril Música hasta las once y treinta de la noche (11:30 P.M.) y cierre a las
doce de la noche (12:00 A.M.); fechas en las cuales queda igualmente prohibido
toda clase de espectáculos públicos, tanto en horario diurno como nocturno.
Parágrafo: Los propietarios y/o administradores de los establecimientos públicos
tendrán especial observación y cumplirán estrictamente con lo señalado en el
artículo primero del presente decreto, durante las fechas indicadas.
ARTÍCULO CUARTO: Sanciones. El señor comandante de la Estación de Policía
de la localidad y la señora Inspectora Municipal de Policía y Tránsito, velarán por
el estricto cumplimiento de las medidas tomadas con el presente Decreto y demás
normas del orden nacional y departamental, dejando claro que el incumplimiento
de las mismas, se sancionará de conformidad con la normatividad vigente.
ARTÍCULO QUINTO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición y publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en el Despacho de la Alcaldía Municipal de Titiribí, Antioquia, a los diecisiete
(17) días del mes de Abril del año dos mil quince (2015).
DIEGO ANTONIO MONTOYA TABORDA
Alcalde Municipal