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PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI – TELEFÓNICA 2012
                    2ª Fase del Proceso de Selección


                          BASES DE LA CONVOCATORIA

La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del
convenio de colaboración de fecha 2 de noviembre de 2011 suscrito con TELEFÓNICA
ESPAÑA (en adelante, TELEFÓNICA) y del acuerdo de convocatoria de becas firmado
por ambas partes con fecha 10 de abril de 2012, convoca las becas correspondientes a la
2ª fase del proceso de selección de la edición 2012 del Programa Fundación SEPI -
TELEFÓNICA (en adelante, el Programa).

La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases:

1. CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS

   1.1. Duración.

        El periodo formativo tendrá una duración de once meses y se desarrollará
        dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del Programa. El mes
        restante será de descanso para el becario. La forma en que el becario disfrutará
        de este mes será fijada por TELEFÓNICA, que lo comunicará al becario con la
        antelación suficiente.

        La incorporación de los becarios está prevista para el mes de diciembre de 2012.
        Ello no obstante, a solicitud de TELEFÓNICA, podrán establecerse, además, otras
        fechas de incorporación, en cuyo caso, se respetaría la duración de la beca
        expuesta en el párrafo anterior.

        Los becarios que se incorporen, sea cual sea la causa, en fecha posterior a la que
        finalmente se establezca, verán reducida su dotación en la parte proporcional que
        corresponda al periodo de formación práctica no desarrollado.

        A solicitud de TELEFÓNICA, la FUNDACIÓN podrá ampliar la duración de la
        beca de los beneficiarios a los que se refiere el párrafo anterior, hasta completar el
        período formativo establecido.

   1.2. Distribución geográfica.

        La formación práctica de los becarios se llevará a cabo en alguno de los centros de
        trabajo que TELEFÓNICA tiene establecidos en Madrid o en el resto de
        localidades del territorio nacional.

                                         Página 1 de 8
En el transcurso de su periodo de formación, los becarios podrán realizar
    desplazamientos fuera del centro al que inicialmente sean asignados, cuando las
    necesidades de formación así lo requieran.

1.3. Beneficios del Programa.

    1.3.1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado séptimo de estas bases, el
           becario del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios:

          a) Un periodo de once meses de formación práctica en alguno de los
              centros de trabajo de TELEFÓNICA.

          b) A percibir una dotación por el periodo formativo integrada por:

               Una asignación anual que, según los estudios acreditados por el
                beneficiario será la siguiente:

                10.000 €, para los becarios que hayan finalizado los estudios de
                 ingeniero superior.

                9.000 €, para los becarios que hayan finalizado los estudios de
                 ingeniero técnico o graduado (Plan Bolonia).

                   La FUNDACION abonará a cada becario la dotación que
                   corresponda en función de su titulación, en doce mensualidades
                   de 834 € o 750 €, respectivamente.

                A los becarios que ostenten la condición de estudiantes de
                 ingeniería superior, pendientes de aprobación del proyecto fin
                 de carrera, se les abonará una asignación mensual de 750 €, que
                 percibirán hasta el mes en que acrediten, ante TELEFÓNICA y la
                 FUNDACIÓN, haber aprobado el proyecto y solicitado el título
                 correspondiente. A partir del mes siguiente a dicha
                 comunicación, la mensualidad será la que corresponda a los
                 estudios finalizados, conforme a lo establecido en el párrafo
                 anterior.

               Un seguro de accidentes, que será suscrito por la FUNDACIÓN a su
                favor.

          c) A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en los
              términos y condiciones establecidos por la normativa aplicable.




                                   Página 2 de 8
La acción protectora de la Seguridad Social respecto de los
               beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión
               en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de
               la protección por desempleo.

    1.3.2. Sobre las cantidades a percibir por el becario, la FUNDACIÓN practicará
           las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de la Seguridad
           Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la normativa
           aplicable.

    1.3.3. La FUNDACIÓN transferirá a cada beneficiario la cantidad que proceda,
           dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que corresponda.

1.4. Situación jurídica de los beneficiarios.

    1.4.1. Los adjudicatarios de las becas del Programa ostentarán la condición de
           becarios de la FUNDACIÓN. En su virtud, durante su período de
           formación, los becarios quedarán sujetos a las normas de la
           FUNDACIÓN, sin que ello comporte la existencia de relación laboral
           alguna entre dicha entidad y el becario. De acuerdo con la normativa de la
           Seguridad Social, los becarios se hallan asimilados a trabajadores por
           cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el régimen general de la
           Seguridad Social.Por mandato legal, la FUNDACIÓN queda obligada a
           incorporar a sus becarios a la Seguridad Social, asumiendo, en relación
           con dicho colectivo, los derechos y obligaciones en materia de Seguridad
           Social establecidos para los empresarios en el mencionado régimen
           general.

    1.4.2. Las becas serán concedidas por la FUNDACIÓN en exclusivo interés del
           propio beneficiario, teniendo la naturaleza de ayudas a su formación, y no
           de remuneración o salario. Durante su período de formación los becarios
           deberán atender las orientaciones que les formulen los tutores designados
           por TELEFÓNICA en el ejercicio de su acción formativa. Los tutores
           evaluarán la actitud y aptitud de los becarios respecto de la formación
           práctica que se lleve a cabo. La labor formativa desarrollada por
           TELEFÓNICA a favor del becario no supondrá la existencia de un vínculo
           laboral entre ambos.


1.5. Incompatibilidades.

    El disfrute de una beca del Programa será incompatible con la realización por
    parte del becario de cualquier actividad, ya sea por cuenta propia o ajena,
    retribuida o no, que, a juicio de la Fundación, interfiera el correcto desarrollo del
    periodo formativo. También resultará incompatible con el cobro de las

                                     Página 3 de 8
prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca de similares
      características.

2. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS

  Con carácter general, quienes deseen optar a alguna de las becas integradas en el
  Programa, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  I.- Haber finalizado antes de la fecha de incorporación a la beca los estudios
  correspondientes a las carreras que a continuación se relacionan, obtenidos en alguna
  de las universidades reconocidas por el estado español o, en otro caso, homologados
  por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

          Ingeniero de Telecomunicación
          Ingeniero en Informática
          Ingeniero Técnico de Telecomunicación
          Ingeniero Técnico en Informática
          Grado en Ingeniería de Telecomunicación
          Grado en Ingeniería Informática
          Aquellos que se incluyan en el listado publicado en la página Web de la
           FUNDACIÓN (www.funep.es), Programa Fundación SEPI – TELEFÓNICA
           2012

      Podrán presentar también solicitud aquellos estudiantes de ingeniería superior
      que estén a falta, exclusivamente, de la presentación o aprobación del proyecto fin
      de carrera.

  II. Idiomas: Nivel medio/alto de inglés

  III. Informática a nivel de usuario.

  IV. Haber obtenido el título académico de que se trate con posterioridad al 31
  diciembre de 2006.

  V. Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1981.

  VI. Estar dispuesto a fijar la residencia en el lugar donde le sea adjudicada la beca.
  VII. No haber sido beneficiario de algún programa de becas de la FUNDACIÓN, ni
  haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución durante el periodo
  formativo.

3. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES




                                         Página 4 de 8
Las solicitudes deberán ser formuladas exclusivamente cumplimentando el formulario
  establecido al efecto en la página web de la FUNDACIÓN (www.fundacionsepi.es). No
  serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio.

  El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 1 de noviembre de 2012.
  Dicho plazo podrá ser ampliado, en el caso de que el jurado encargado del proceso de
  selección lo estime necesario, circunstancia que, en caso de producirse, será
  comunicada a través de la citada página web de la FUNDACIÓN. Asimismo la
  FUNDACIÓN, a solicitud de TELEFÓNICA, podrá autorizar, por estos mismos
  motivos, la apertura de un nuevo periodo de recepción de solicitudes.

4. EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y CONCESIÓN DE BENEFICIOS

  4.1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado (en adelante, el
       Jurado). Sus miembros serán nombrados por el Director General de la
       FUNDACIÓN a propuesta de cada una de las respectivas partes y estará
       integrado por igual número de representantes de la FUNDACIÓN y
       TELEFÓNICA. En todo caso, la presidencia del Jurado recaerá en alguno de los
       representantes de la FUNDACIÓN.

  4.2. Los procesos de selección de los becarios comprenderán las siguientes etapas:

          Exclusión de candidatos: Serán excluidos los candidatos que no reúnan los
           requisitos objetivos establecidos en la base 2, y aquéllos cuyas solicitudes no
           contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentadas de
           forma errónea.

          Preselección de los candidatos: En la misma, el Jurado tendrá en cuenta los
           siguientes aspectos:

                  La media académica -ponderada según el número de cursos de que
                   consta la carrera y el de años transcurridos para completarla-, la
                   titulación y, en su caso, la especialidad, la participación en Programas
                   Sócrates (Erasmus y Leonardo) o similares.
                  Los master en el área Económica, de Administración y Dirección de
                   Empresas, de Auditoria, de Marketing, de Investigación de Mercados,
                   de Comunicación y Relaciones Públicas, de Community Manager y
                   Redes Sociales, de Procesos, de Metodología y Organización, de
                   Estrategia y Desarrollo de Servicios, de Nuevas Tecnologías, de
                   Telecomunicación y Redes IP o similares, de Recursos Humanos, del
                   área jurídica y/o estudios jurídicos similares.
                  Las prácticas en empresas, especialmente las realizadas en
                   TELEFÓNICA, el nivel de inglés y los conocimientos informáticos
                   declarados por los candidatos, y los cursos complementarios que
                   hayan realizado.

                                        Página 5 de 8
   Entrevista con el Jurado. Su finalidad será evaluar el nivel de adecuación y
           aptitud de los candidatos para la consecución de los objetivos del Programa.

  4.3. Durante el proceso de selección, el Jurado solicitará a los candidatos la
       documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos
       aportados en la solicitud.

  4.4. A la vista de los totales resultados obtenidos en las distintas fases del proceso de
       selección, el Jurado propondrá a la FUNDACIÓN la concesión de las becas
       convocadas a los candidatos que obtengan la mayor puntuación.

  4.5. A propuesta del Jurado, y sólo en el caso de que concurran especiales motivos
       justificados para ello, la FUNDACIÓN podrá declarar desierta, total o
       parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan.

  4.6. La FUNDACIÓN concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado y
       comunicará a los interesados la adjudicación de las mismas. El resto de los
       candidatos quedará como suplente.

  4.7. En el caso de que concurran las circunstancias detalladas en el párrafo segundo
       de la base 3 anterior, el proceso de selección que se lleve a cabo también deberá
       seguir los trámites indicados en la presente base.

  4.8. Los acuerdos que adopte el Jurado quedarán reflejados en un acta, que deberá
       ser firmada por todos los miembros del mismo y a la que podrán tener acceso
       quienes hayan presentado solicitud para el correspondiente proceso de
       selección. En todo caso, dicho acceso sólo podrá ser efectuado, previa petición
       de los interesados, en el domicilio social de la FUNDACIÓN (sito en la calle
       Quintana, nº 2, 3 Planta, 28008 Madrid).

5. OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS

  Las obligaciones que habrán de asumir los adjudicatarios de las becas a las que se
  refiere el presente Programa, son las siguientes:

     Cumplimentar y remitir a la FUNDACIÓN, dentro del plazo que se les traslade, la
      documentación que se les solicite en el momento de adjudicación de las becas.

     Comunicar a la FUNDACIÓN el número de afiliación a la Seguridad Social, en la
      forma que oportunamente les será notificada.




                                        Página 6 de 8
 Remitir trimestralmente a la FUNDACIÓN un informe sobre el desarrollo de su
    proceso de formación en TELEFÓNICA, que deberá realizarse en la forma y con el
    contenido que les será notificado en su momento.

   Comunicar de inmediato a la FUNDACIÓN cualquier incidencia que afecte al
    normal desarrollo del periodo formativo. Se incluyen aquéllas que supongan su
    ausencia del centro formativo, ya sea ésta temporal -que deberá ser acreditada
    mediante remisión del correspondiente parte médico a la FUNDACIÓN- o
    permanente, por causar baja voluntaria en el Programa, con objeto de que la
    FUNDACIÓN pueda cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social.

   Observar durante todo el período de la beca la actitud y el interés necesarios para
    un buen aprovechamiento de la formación.

   Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados por la FUNDACIÓN
    con motivo del seguimiento de la convocatoria que aquélla realiza.

   Atender las orientaciones que reciban de los tutores de TELEFÓNICA en el ejercicio
    de su acción formativa, integrándose en la dinámica del departamento al que sean
    asignados.

   No divulgar cualquier tipo de información de carácter confidencial o reservada a
    la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a la
    FUNDACIÓN o a TELEFÓNICA. Dicha obligación se mantendrá una vez
    finalizado ese periodo.

   En el caso de adjudicatarios extranjeros no residentes en España, aportar a la
    FUNDACIÓN el número de identificación de extranjeros que se les asigne,
    documento imprescindible para la adjudicación de las becas.

6. ANULACIÓN DE LA BECA.

  6.1. TELEFÓNICA podrá presentar ante la FUNDACIÓN una propuesta escrita
       motivada de anulación de la beca asignada, en el supuesto de que adviertan que su
       actitud o aptitud resulte insuficiente para lograr los objetivos formativos del
       Programa.

  6.2. La FUNDACIÓN podrá anular la beca por cualquiera de las siguientes causas:

          La constatación de alguna irregularidad sustancial en los datos expuestos por
           el becario en su solicitud.

          El incumplimiento grave por parte del becario de algunas de sus obligaciones,
           establecidas en la base 5 que antecede.


                                       Página 7 de 8
   La aceptación de la propuesta a la que se refiere el apartado 6.1 anterior.

          Cuando, por causa de fuerza mayor, no sea posible el mantenimiento de los
           compromisos adquiridos entre la FUNDACIÓN y TELEFÓNICA.

7. BAJA EN EL PROGRAMA.

  La baja en el presente programa de becas podrá producirse:

   Por anulación de la beca.
   Por renuncia voluntaria del beneficiario.

  La baja de un becario en el Programa supondrá la pérdida de todos los derechos
  inherentes a su condición de tal, a partir de la fecha en que se produzca. No obstante,
  en el caso de que el becario renuncie a su beca antes de que finalice su periodo de
  formación comprometido, para que tenga derecho a disfrutar de los mencionados
  beneficios, previamente deberá haber completado un periodo mínimo de formación
  de un mes. En otro caso, no tendrá derecho a percibir dotación alguna.

8. CONSIDERACIÓN FINAL

  La Fundación resolverá, sin ulterior recurso, las eventuales incidencias que pudieren
  surgir en la tramitación de esta convocatoria y en el transcurso del período de vigencia
  de las becas.

                                                              Madrid, 9 de octubre de 2012




                                        Página 8 de 8

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  • 1. PROGRAMA FUNDACIÓN SEPI – TELEFÓNICA 2012 2ª Fase del Proceso de Selección BASES DE LA CONVOCATORIA La Fundación SEPI (en adelante, la FUNDACIÓN), de conformidad con los términos del convenio de colaboración de fecha 2 de noviembre de 2011 suscrito con TELEFÓNICA ESPAÑA (en adelante, TELEFÓNICA) y del acuerdo de convocatoria de becas firmado por ambas partes con fecha 10 de abril de 2012, convoca las becas correspondientes a la 2ª fase del proceso de selección de la edición 2012 del Programa Fundación SEPI - TELEFÓNICA (en adelante, el Programa). La presente convocatoria se ajustará a las siguientes bases: 1. CARACTERÍSTICAS DE LAS BECAS 1.1. Duración. El periodo formativo tendrá una duración de once meses y se desarrollará dentro de los doce meses siguientes a la fecha de inicio del Programa. El mes restante será de descanso para el becario. La forma en que el becario disfrutará de este mes será fijada por TELEFÓNICA, que lo comunicará al becario con la antelación suficiente. La incorporación de los becarios está prevista para el mes de diciembre de 2012. Ello no obstante, a solicitud de TELEFÓNICA, podrán establecerse, además, otras fechas de incorporación, en cuyo caso, se respetaría la duración de la beca expuesta en el párrafo anterior. Los becarios que se incorporen, sea cual sea la causa, en fecha posterior a la que finalmente se establezca, verán reducida su dotación en la parte proporcional que corresponda al periodo de formación práctica no desarrollado. A solicitud de TELEFÓNICA, la FUNDACIÓN podrá ampliar la duración de la beca de los beneficiarios a los que se refiere el párrafo anterior, hasta completar el período formativo establecido. 1.2. Distribución geográfica. La formación práctica de los becarios se llevará a cabo en alguno de los centros de trabajo que TELEFÓNICA tiene establecidos en Madrid o en el resto de localidades del territorio nacional. Página 1 de 8
  • 2. En el transcurso de su periodo de formación, los becarios podrán realizar desplazamientos fuera del centro al que inicialmente sean asignados, cuando las necesidades de formación así lo requieran. 1.3. Beneficios del Programa. 1.3.1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado séptimo de estas bases, el becario del Programa tendrá derecho a obtener los siguientes beneficios: a) Un periodo de once meses de formación práctica en alguno de los centros de trabajo de TELEFÓNICA. b) A percibir una dotación por el periodo formativo integrada por:  Una asignación anual que, según los estudios acreditados por el beneficiario será la siguiente:  10.000 €, para los becarios que hayan finalizado los estudios de ingeniero superior.  9.000 €, para los becarios que hayan finalizado los estudios de ingeniero técnico o graduado (Plan Bolonia). La FUNDACION abonará a cada becario la dotación que corresponda en función de su titulación, en doce mensualidades de 834 € o 750 €, respectivamente.  A los becarios que ostenten la condición de estudiantes de ingeniería superior, pendientes de aprobación del proyecto fin de carrera, se les abonará una asignación mensual de 750 €, que percibirán hasta el mes en que acrediten, ante TELEFÓNICA y la FUNDACIÓN, haber aprobado el proyecto y solicitado el título correspondiente. A partir del mes siguiente a dicha comunicación, la mensualidad será la que corresponda a los estudios finalizados, conforme a lo establecido en el párrafo anterior.  Un seguro de accidentes, que será suscrito por la FUNDACIÓN a su favor. c) A ser incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en los términos y condiciones establecidos por la normativa aplicable. Página 2 de 8
  • 3. La acción protectora de la Seguridad Social respecto de los beneficiarios de las becas, será la que se deriva de su citada inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo. 1.3.2. Sobre las cantidades a percibir por el becario, la FUNDACIÓN practicará las retenciones tributarias y las deducciones por cuotas de la Seguridad Social que resulten exigibles en cada caso, de acuerdo con la normativa aplicable. 1.3.3. La FUNDACIÓN transferirá a cada beneficiario la cantidad que proceda, dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al que corresponda. 1.4. Situación jurídica de los beneficiarios. 1.4.1. Los adjudicatarios de las becas del Programa ostentarán la condición de becarios de la FUNDACIÓN. En su virtud, durante su período de formación, los becarios quedarán sujetos a las normas de la FUNDACIÓN, sin que ello comporte la existencia de relación laboral alguna entre dicha entidad y el becario. De acuerdo con la normativa de la Seguridad Social, los becarios se hallan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social.Por mandato legal, la FUNDACIÓN queda obligada a incorporar a sus becarios a la Seguridad Social, asumiendo, en relación con dicho colectivo, los derechos y obligaciones en materia de Seguridad Social establecidos para los empresarios en el mencionado régimen general. 1.4.2. Las becas serán concedidas por la FUNDACIÓN en exclusivo interés del propio beneficiario, teniendo la naturaleza de ayudas a su formación, y no de remuneración o salario. Durante su período de formación los becarios deberán atender las orientaciones que les formulen los tutores designados por TELEFÓNICA en el ejercicio de su acción formativa. Los tutores evaluarán la actitud y aptitud de los becarios respecto de la formación práctica que se lleve a cabo. La labor formativa desarrollada por TELEFÓNICA a favor del becario no supondrá la existencia de un vínculo laboral entre ambos. 1.5. Incompatibilidades. El disfrute de una beca del Programa será incompatible con la realización por parte del becario de cualquier actividad, ya sea por cuenta propia o ajena, retribuida o no, que, a juicio de la Fundación, interfiera el correcto desarrollo del periodo formativo. También resultará incompatible con el cobro de las Página 3 de 8
  • 4. prestaciones por desempleo o de cualquier otro tipo de beca de similares características. 2. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS Con carácter general, quienes deseen optar a alguna de las becas integradas en el Programa, deberán cumplir los siguientes requisitos: I.- Haber finalizado antes de la fecha de incorporación a la beca los estudios correspondientes a las carreras que a continuación se relacionan, obtenidos en alguna de las universidades reconocidas por el estado español o, en otro caso, homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.  Ingeniero de Telecomunicación  Ingeniero en Informática  Ingeniero Técnico de Telecomunicación  Ingeniero Técnico en Informática  Grado en Ingeniería de Telecomunicación  Grado en Ingeniería Informática  Aquellos que se incluyan en el listado publicado en la página Web de la FUNDACIÓN (www.funep.es), Programa Fundación SEPI – TELEFÓNICA 2012 Podrán presentar también solicitud aquellos estudiantes de ingeniería superior que estén a falta, exclusivamente, de la presentación o aprobación del proyecto fin de carrera. II. Idiomas: Nivel medio/alto de inglés III. Informática a nivel de usuario. IV. Haber obtenido el título académico de que se trate con posterioridad al 31 diciembre de 2006. V. Haber nacido con posterioridad al 31 de diciembre de 1981. VI. Estar dispuesto a fijar la residencia en el lugar donde le sea adjudicada la beca. VII. No haber sido beneficiario de algún programa de becas de la FUNDACIÓN, ni haber renunciado a alguna beca otorgada por esta institución durante el periodo formativo. 3. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Página 4 de 8
  • 5. Las solicitudes deberán ser formuladas exclusivamente cumplimentando el formulario establecido al efecto en la página web de la FUNDACIÓN (www.fundacionsepi.es). No serán admitidas solicitudes presentadas a través de otro medio. El plazo para la presentación de solicitudes finalizará el día 1 de noviembre de 2012. Dicho plazo podrá ser ampliado, en el caso de que el jurado encargado del proceso de selección lo estime necesario, circunstancia que, en caso de producirse, será comunicada a través de la citada página web de la FUNDACIÓN. Asimismo la FUNDACIÓN, a solicitud de TELEFÓNICA, podrá autorizar, por estos mismos motivos, la apertura de un nuevo periodo de recepción de solicitudes. 4. EVALUACIÓN, SELECCIÓN Y CONCESIÓN DE BENEFICIOS 4.1. Los procesos de selección serán llevados a cabo por un jurado (en adelante, el Jurado). Sus miembros serán nombrados por el Director General de la FUNDACIÓN a propuesta de cada una de las respectivas partes y estará integrado por igual número de representantes de la FUNDACIÓN y TELEFÓNICA. En todo caso, la presidencia del Jurado recaerá en alguno de los representantes de la FUNDACIÓN. 4.2. Los procesos de selección de los becarios comprenderán las siguientes etapas:  Exclusión de candidatos: Serán excluidos los candidatos que no reúnan los requisitos objetivos establecidos en la base 2, y aquéllos cuyas solicitudes no contengan todos los datos requeridos o hubieran sido cumplimentadas de forma errónea.  Preselección de los candidatos: En la misma, el Jurado tendrá en cuenta los siguientes aspectos:  La media académica -ponderada según el número de cursos de que consta la carrera y el de años transcurridos para completarla-, la titulación y, en su caso, la especialidad, la participación en Programas Sócrates (Erasmus y Leonardo) o similares.  Los master en el área Económica, de Administración y Dirección de Empresas, de Auditoria, de Marketing, de Investigación de Mercados, de Comunicación y Relaciones Públicas, de Community Manager y Redes Sociales, de Procesos, de Metodología y Organización, de Estrategia y Desarrollo de Servicios, de Nuevas Tecnologías, de Telecomunicación y Redes IP o similares, de Recursos Humanos, del área jurídica y/o estudios jurídicos similares.  Las prácticas en empresas, especialmente las realizadas en TELEFÓNICA, el nivel de inglés y los conocimientos informáticos declarados por los candidatos, y los cursos complementarios que hayan realizado. Página 5 de 8
  • 6. Entrevista con el Jurado. Su finalidad será evaluar el nivel de adecuación y aptitud de los candidatos para la consecución de los objetivos del Programa. 4.3. Durante el proceso de selección, el Jurado solicitará a los candidatos la documentación que estime necesaria para comprobar la veracidad de los datos aportados en la solicitud. 4.4. A la vista de los totales resultados obtenidos en las distintas fases del proceso de selección, el Jurado propondrá a la FUNDACIÓN la concesión de las becas convocadas a los candidatos que obtengan la mayor puntuación. 4.5. A propuesta del Jurado, y sólo en el caso de que concurran especiales motivos justificados para ello, la FUNDACIÓN podrá declarar desierta, total o parcialmente, la adjudicación de las becas que se convocan. 4.6. La FUNDACIÓN concederá las becas de acuerdo con la propuesta del Jurado y comunicará a los interesados la adjudicación de las mismas. El resto de los candidatos quedará como suplente. 4.7. En el caso de que concurran las circunstancias detalladas en el párrafo segundo de la base 3 anterior, el proceso de selección que se lleve a cabo también deberá seguir los trámites indicados en la presente base. 4.8. Los acuerdos que adopte el Jurado quedarán reflejados en un acta, que deberá ser firmada por todos los miembros del mismo y a la que podrán tener acceso quienes hayan presentado solicitud para el correspondiente proceso de selección. En todo caso, dicho acceso sólo podrá ser efectuado, previa petición de los interesados, en el domicilio social de la FUNDACIÓN (sito en la calle Quintana, nº 2, 3 Planta, 28008 Madrid). 5. OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS Las obligaciones que habrán de asumir los adjudicatarios de las becas a las que se refiere el presente Programa, son las siguientes:  Cumplimentar y remitir a la FUNDACIÓN, dentro del plazo que se les traslade, la documentación que se les solicite en el momento de adjudicación de las becas.  Comunicar a la FUNDACIÓN el número de afiliación a la Seguridad Social, en la forma que oportunamente les será notificada. Página 6 de 8
  • 7.  Remitir trimestralmente a la FUNDACIÓN un informe sobre el desarrollo de su proceso de formación en TELEFÓNICA, que deberá realizarse en la forma y con el contenido que les será notificado en su momento.  Comunicar de inmediato a la FUNDACIÓN cualquier incidencia que afecte al normal desarrollo del periodo formativo. Se incluyen aquéllas que supongan su ausencia del centro formativo, ya sea ésta temporal -que deberá ser acreditada mediante remisión del correspondiente parte médico a la FUNDACIÓN- o permanente, por causar baja voluntaria en el Programa, con objeto de que la FUNDACIÓN pueda cumplir con sus obligaciones respecto de la Seguridad Social.  Observar durante todo el período de la beca la actitud y el interés necesarios para un buen aprovechamiento de la formación.  Asistir a las reuniones y entrevistas a las que sean convocados por la FUNDACIÓN con motivo del seguimiento de la convocatoria que aquélla realiza.  Atender las orientaciones que reciban de los tutores de TELEFÓNICA en el ejercicio de su acción formativa, integrándose en la dinámica del departamento al que sean asignados.  No divulgar cualquier tipo de información de carácter confidencial o reservada a la que hayan accedido durante el periodo de formación, ya sea relativa a la FUNDACIÓN o a TELEFÓNICA. Dicha obligación se mantendrá una vez finalizado ese periodo.  En el caso de adjudicatarios extranjeros no residentes en España, aportar a la FUNDACIÓN el número de identificación de extranjeros que se les asigne, documento imprescindible para la adjudicación de las becas. 6. ANULACIÓN DE LA BECA. 6.1. TELEFÓNICA podrá presentar ante la FUNDACIÓN una propuesta escrita motivada de anulación de la beca asignada, en el supuesto de que adviertan que su actitud o aptitud resulte insuficiente para lograr los objetivos formativos del Programa. 6.2. La FUNDACIÓN podrá anular la beca por cualquiera de las siguientes causas:  La constatación de alguna irregularidad sustancial en los datos expuestos por el becario en su solicitud.  El incumplimiento grave por parte del becario de algunas de sus obligaciones, establecidas en la base 5 que antecede. Página 7 de 8
  • 8. La aceptación de la propuesta a la que se refiere el apartado 6.1 anterior.  Cuando, por causa de fuerza mayor, no sea posible el mantenimiento de los compromisos adquiridos entre la FUNDACIÓN y TELEFÓNICA. 7. BAJA EN EL PROGRAMA. La baja en el presente programa de becas podrá producirse:  Por anulación de la beca.  Por renuncia voluntaria del beneficiario. La baja de un becario en el Programa supondrá la pérdida de todos los derechos inherentes a su condición de tal, a partir de la fecha en que se produzca. No obstante, en el caso de que el becario renuncie a su beca antes de que finalice su periodo de formación comprometido, para que tenga derecho a disfrutar de los mencionados beneficios, previamente deberá haber completado un periodo mínimo de formación de un mes. En otro caso, no tendrá derecho a percibir dotación alguna. 8. CONSIDERACIÓN FINAL La Fundación resolverá, sin ulterior recurso, las eventuales incidencias que pudieren surgir en la tramitación de esta convocatoria y en el transcurso del período de vigencia de las becas. Madrid, 9 de octubre de 2012 Página 8 de 8