El documento describe un proyecto para la hacienda "La Primavera" ubicada en Naranjal. Explica que el propietario obtuvo los permisos ambientales necesarios a través del Ministerio del Ambiente, los cuales le ayudan a prevenir la contaminación mediante el uso de fertilizantes y productos agroquímicos no dañinos de acuerdo a las normas. También recibió capacitación sobre el manejo adecuado de estos productos para proteger el medio ambiente.
1. PROYECTO DE LA HACIENDA “LA PRIMAVERA”
UBICACIÓN: NARANJAL
ING: WILSON ROMERO
INTEGRANTES:
MAOLY ZAMBRANO
CHRISTHOPHER FREIRE
ANTONELA ALARCON
DAVID AMBULUDI
ANDREA VINUEZA
2. En este proyecto daremos a conocer sobre el manejo, permisos,
utilidades y maniobras que se debe tener para mantener una
hacienda con bases legales y permisos,también como el propietario
de la hacienda ayuda a promover el cuidado del medio ambiente
mediante el estudio de fertilizante que utiliza para sus plantaciones el
cual es un 50% no contaminantes y son biodegradables.
El objetivo inducir y deducir las pautas de como los propietarios de
las haciendas cumplen los requisitos para el permiso de medio
ambiente el cual ayuda a conservar nuestro ecosistemas minorando
el consumo de agroquímicos de alta contaminación, y así evitamos
la contaminación de nuestro bioma natural.
3. Alrededor del Ecuador existen cantidades de haciendas los cuales
algunas no cumple las normas del cuidado del medio ambiente y no
toman conciencia de las causas y efectos que pueden ocasionar
algunos productos agroquímicos que pueden ser corrosivos para el
medio ambiente y ecosistema.
A pesar de que existen leyes el cual deben tomar precaución ante
esos productos,laley no ejecutadicha norma y siguencontaminando
el ambiente las personas irresponsables que venden y usan los
productos enlas haciendas provocando grandes pérdidas ennuestro
ecosistema.
Que las autoridades competentes deben realizar un sondeo de los
permisos adecuados para las haciendas el cual debe acatar dichas
normas de cuidados ambientales así permitiendo que los productos
que utilicen las haciendas sean menos corrosivas, mediante el
análisis e investigación de los productos que adquiere el hacendado
y así evitamos que se siga propagando la contaminación ambiental
ya que dichos productos dañan el ecosistema mediante riegos
terrestres o aéreos tal cual algunos de los productos utilizados al
evaporarse provocan lluvias acidas y cambios climáticos a largo
plazo a continuación mostraremos las normas que deben seguir y
cuáles son las leyes ambientales para toda persona que tengas
terrenos de áreas vegetales.
4. Que, el numeral 7 del artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador,
señala como deber primordial del Estado proteger el patrimonio natural del país
Que, el artículo 14 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce el
derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente
equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay y
declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los
ecosistemas, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los
espacios naturales degradados;
Que, el numeral 27 del artículo 66 de la Constitución de la República del
Ecuador, reconoce y garantiza a las personas el derecho a vivir en un
ambiente sano, ecológicamente equilibrado, libre de contaminación y en
armonía con la naturaleza;
Que, el numeral 4 del artículo 276 de la Constitución de la República del
Ecuador señala como uno de los objetivos del régimen de desarrollo, el
recuperar y conservar la naturaleza y mantener un ambiente sano y sustentable
que garantice a las personas y colectividades el acceso equitativo, permanente
y de calidad al agua, aire y suelo, y a los beneficios de los recursos del
subsuelo y del patrimonio natural;
Que, el artículo 19 de la Ley de Gestión Ambiental, determina que las obras
públicas, privadas o mixtas y los proyectos de inversión públicos o privados
que puedan causar impactos ambientales, deben previamente a su ejecución
ser calificados, por los organismos descentralizados de control, conforme con
el Sistema único de Manejo Ambiental;
Que, el literal b) del artículo 15 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación
Secundaria del Ministerio del Ambiente, establece los criterios y métodos de
calificación para determinar en cada caso la necesidad (o no) de un proceso de
evaluación de impactos ambientales en función de las características de una
actividad; entre estos métodos pudiendo incluirse fichas ambientales;
5. Que, mediante informe técnico No. 585-11-DNCA-SCA-MA de 2 de junio
de 2011, remitido con memorando No. MAE-DNPCA-2011-1652 de 5 de
junio de 2011, se recomienda que las fincas bananeras con superficie
igual o menor a 20 hectáreas se regularicen a través de la presentación
de una ficha ambiental y plan de manejo ambiental;
En uso de las atribuciones establecidas en el numeral 1 del artículo 154
de la Constitución de la República de Ecuador en concordancia con el
artículo ] 7 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva;
Art. 1.- Aprobar la ficha ambiental para plantaciones bananeras, que constan
en el Anexo A del presente Acuerdo Ministerial.
Ari. 2.- Aprobar la matriz de cumplimiento de buenas prácticas agrícolas, que
constan en el Anexo B del presente Acuerdo Ministerial, aplicable a las
plantanciones bananeras que obtengan ficha ambiental.
Art. 3.- Aprobar las medidas ambientales específicas de aplicación para cada
proyecto del sector bananero que obtengan ficha ambiental, que constan
en el Anexo C del presente Acuerdo Ministerial.
Art. 4.- Todas las actividades del sector bananero que intersectan con el
Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques Protectores o Patrimonio
Forestal del Estado, deberán obtener la licencia ambiental para la ejecución
del proyecto, de conformidad a lo establecido en el artículo
12 del Libro VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del
Ambiente.
Art. 5.- Todas las fincas bananeras con superficie menor o igual a 20 hectáreas
deberán regularizarse ambientalmente a través de la obtención de una ficha
ambiental, excepto las que intersecten con el Sistema Nacional Áreas
6. Protegidas, Bosques Protectores o Patrimonio Forestal del Estado, que
deberán estar a lo dispuesto en el artículo 4 del presente Acuerdo Ministerial.
Ar1. 6.- Todas las fincas bananeras con superficies mayores a 20 hectáreas
deberán regularizarse ambientalmente a través de la obtención de la licencia
ambiental.
Art. 7.- En todos los casos, la actividad de aerofumigación deberá someterse
al proceso de obtención de la licencia ambiental
Art. 8.- Tanto las actividades de fincas bananeras como de aerofumigación,
debido a que generan desechos peligrosos, deberán sujetarse al
cumplimiento del Reglamento para la Pr vención y Control de la
Contaminación por Desechos Peligrosos, contemplado en el Título V de Libro
VI del Texto Unificado de Legislación Secundaria del Ministerio del Ambiente, y
al Ac erdo Ministerial No. 026 publicado en el Registro Oficial No. 334 de 12 de
mayo de 2008,
aplicable.
Art. 9.- Previo a la aprobación de una ficha ambiental, de conformidad a las
disposiciones dictadas en este Acuerdo Ministerial, los proponentes deberán
difundir el Plan de Manejo Ambiental a la población del área de influencia,
mediante uno de los siguientes mecanismos, de conformidad a lo establecido
en el Decreto Ejecutivo No. 1040 de 22 de abril de 2008, publicado en el
Registro Oficial No. 338 de 8 de mayo de 2008: reuniones informativas,
talleres de información, campañas de difusión, entrega de documentación
informativa sobre el proyecto, difusión a través de página web o instalación de
un centro de información pública. El proceso de difusión para fichas
ambientales no se acogerá a lo dispuesto en los Acuerdos Ministeriales No.
112 publicado en el Registro Oficial No. 428 de 18 de septiembre de 2008, No.
121 publicado en el Registro Oficial No. 553 de 20 de marzo de 2009, No. 106,
publicado en Registro Oficial 82 de 7 de Diciembre del 2009.
De la ejecución del presente acuerdo ministerial que entrará en vigencia
a partir de su suscripción sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial,
encárguese a la Subsecretaría de Calidad Ambiental y a las Direcciones
Provinciales del Ministerio del Ambiente.
7. ESPECIFICACIONES
La hacienda que visitamos se llama LA PRIMAVERA el cual el propietario Alexis
puma amablemente nos atendió a nuestra entrevista que le realizamos sobre los
permisos adecuados de medio ambiente que debe tener y cuáles son las normas
y reglas que debe acatar .
Lo que el nos comento que permiso de medio ambiente lo obtuvo mediante
tramite en el ministeria ambiental ubicada en la ciudad de Guayaquil o por el
mandato campesina pero dicho permiso le ayuda muxo ya que con ese permiso
puede prevenir la contaminación ambiental y previene que sus productos que el
produce que son: mango, banano, papaya, fruta de pan,
guaba,cacao,coco,naranja y limón.
Al obtener dicho permiso ambiental nos comento que le inducen charlas de como
debe ser el uso del los productos agroquímicos adecuadamente ya que algunos
productos son altamente corrosivos pero el propietarios nos informo que con la
ayuda de esas charlas ayuda al medio ambiente mediante el uso de abonos
naturales y fertilizantes no dañinos para el ecosistema.