2. Alfredo Bullard plantea la importancia
del análisis económico del
Derecho, dado que el mismo permite
ampliar las fronteras del abogado y del
economista. En su exposición, habla de
responsabilidad civil
extracontractual, presenta ejemplos
vinculados con la propiedad, explica la
base ideológica de la relación entre
economía y derecho.
También, comenta la relevancia de
entrenar el sentido común.
3. Definitivamente el más a fin de analizar la justificación de la
importante representante del Análisis existencia de la
Propiedad Intelectual Económico del Derecho en el Perú, su
posición recurriremos a las herramientas que nos da él ha
permitido la introducción de un Análisis Económico del
Derecho, tratando de razonamiento económico dentro del
campo del entender cuál es la función económica que
Derecho. Podría encontrarse detrás de esta figura, y si
Alfredo Bullard Gonzáles, quien señala que dicha función
económica merece tutela o no. “Entender economía mejora
la imagen de los En términos generales, la Propiedad
abogados y enriquece el Derecho mismo. Intelectual en
especial los derechos de autor y Ayuda a comprender que
el derecho es solo las patentes de invención, y en menor
una, y quizás no la más importante, de las medida los signos
distintivos- no cumple con ramas del conocimiento
4. El Análisis Económico del Derecho no busca
remplazar el razonamiento jurídico sino
complementarlo. Solo busca que se amplíe las
perspectiva para que al decidir una controversia
jurídica se tome en cuenta no solo los costos
privados que la decisión puede tener, sino al
mismo tiempo los efectos económicos y sociales. El
Análisis Económico del Derecho, es necesario para
lograr la eficiencia del Derecho en la solución de
un problema, el abogado debe tener en cuenta
que no solo debe contemplar el aspecto legal,
sino, también los aspectos socioeconómicos
vigentes, y el impacto de la solución legal de
dicho caso en la sociedad. Por ello es importante
que los legisladores estén capacitados para
promulgar leyes con criterio de racionalidad,
buscando siempre la eficiencia normativa con
incidencia general y no especifica.